riesgos psicosociales

18

Upload: greybiliss

Post on 24-May-2015

572 views

Category:

Education


0 download

DESCRIPTION

Riesgos psicologicos.

TRANSCRIPT

Page 1: Riesgos psicosociales
Page 2: Riesgos psicosociales

RIESGOS

PSICOSOCIA

LES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA“ANTONIO JOSÉ DE SUCRE”

BARQUISIMETO – LARA

AUTORES:Greybili Pastora Sandoval Pérez C.I. 19.686.340Ricardo Antonio Oropeza Sánchez C.I. 16.643.626Higiene Industrial I Lapso 2014-1 Sección S1

Barquisimeto, Julio 2014

Page 3: Riesgos psicosociales

RIESGOS PSICOSOCIALES

Se tiende a denominar «estrés» tanto a los factores que lo provocan

(los estresantes) como a la propia de respuesta de «estrés», o incluso a

la situación de presencia conjunta de estresantes y estrés. Al mismo

tiempo, se confunde esta situación de «estrés» con las potenciales

consecuencias del mismo (a las que se refiere el término inglés

«strain»), incluso llegando en algunos casos a atribuirle categoría de

enfermedad.

CAUSAS DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES

RIESGOS PSICOSOCIALES

Características de la tarea

Estructura de la organización

Características del empleo

Organización del trabajo

Factores externos a la empresa

Page 4: Riesgos psicosociales

Financiado por:

Siempre que en el lugar de trabajo vaya a introducirse una innovación que pueda alterar significativamente la situación actual, sean nuevos procesos de producción, nuevos equipos materiales o humanos, cambios en la organización del trabajo, etc.

A partir de la constatación de una serie de anomalías o disfunciones, que nos hagan sospechar que existen problemas de tipo psicosocial, por ejemplo, gran cantidad de quejas, aumento del absentismo, disminución de la productividad, etc., en toda la empresa o en alguna sección o departamento específico.

Para comprobar que unas determinadas medidas preventivas existentes son las adecuadas, por ejemplo, para verificar si las acciones llevadas a cabo tras una evaluación de riesgos son las idóneas.

Cuando, como consecuencia de una evaluación global anterior, se quieren evaluar de forma más específica los factores psicosociales en determinadas actividades, grupos de trabajo o grupos de riesgos específicos.

Por requisito legal, se plantea la necesidad de detectar los posibes riesgos psicosociales existentes en una situación de trabajo, con el objetivo de establecer medidas de mejora de la salud y de la seguridad de los trabajadores.

En función de lo establecido por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31 de 8 de Noviembre de 1996), en su capítulo III, artículo 16, la evaluación de riesgos de carácter psicosocial en el lugar de trabajo puede ser necesaria a partir de diferentes situaciones, entre ellas:

Page 5: Riesgos psicosociales

¿Cómo evaluar un Riesgo Psicosocial?

La evaluación de riesgos es un paso necesario para detectar, prevenir y/o

corregir las posibles situaciones problemáticas relacionadas con los riesgos

psicosociales. El ser humano no es una maquina de producir. Se trata

normalmente de una evaluación multifactorial, que tiene en cuenta aspectos de la

tarea, la organización del trabajo, el ambiente, el desempeño, etc.

Page 6: Riesgos psicosociales

RIESGOS PSICOSOCIALES EMERGENTES EN EL TRABAJO

Los cambios en el mundo del trabajo acaecidos en las últimas décadas, han

llevado a un incremento en las tasas de prevalencia de algunos riesgos

psicosociales.

En general, podemos decir que, para realizar una evaluación de factores psicosociales en una situación de trabajo, debemos

seguir las siguientes fases:

Determinación de los riesgos que se han de analizar

Identificación de los trabajadores expuestos a dichos riesgos

Elección de la metodología y de las técnicas que se deben utilizar

Formulación de las hipótesis de trabajo

Planificación y realización del trabajo de campo

Análisis de los resultados

Elaboración de informes con los resultados

Elaboración de un programa de intervención y puesta en marcha de dicho programa

Seguimiento y control del programa

Page 7: Riesgos psicosociales

El informe publicado por la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el

Trabajo sobre riesgos psicosociales en el trabajo revela que los cambios técnicos

u organizativos en el mundo laboral, junto con los cambios socioeconómicos,

demográficos y políticos, incluido el fenómeno de la globalización, han dado lugar

a la aparición de los denominados riesgos psicosociales emergentes que tienen

consecuencias sobre la salud de la población debido a que pueden provocar un

mayor estrés laboral, repercutiendo negativamente en la salud y seguridad de los

trabajadores.

Un riesgo psicosocial emergente es cualquier riesgo que:

a) Está causado por nuevos procesos, tecnologías, lugares de trabajo, cambios

sociales u organizativos; o

b) Era un factor conocido, pero se considera como un nuevo riesgo debido a

avances científicos o percepciones sociales. Se considera que el riesgo va en

aumento cuando:

a. el número de situaciones de peligro que producen el riesgo va en

aumento;

b. la probabilidad de exposición al riesgo aumenta; o

c. los efectos sobre la salud de los trabajadores empeoran.

Estos riesgos han sido agrupados en cinco áreas:

1) Nuevas formas de contratación laboral, caracterizadas por la aparición de

contratos de trabajo más precarios junto con la tendencia a la producción

ajustada, y la subcontratación e inseguridad en el puesto de trabajo. Los

trabajadores con contratos precarios suelen realizar tareas más peligrosas, en

peores condiciones, y recibir menos capacitación. La falta de estabilidad

laboral y contractual puede aumentar los niveles de estrés y de ansiedad del

trabajador.

2) Envejecimiento de la población laboral activa y retraso en la edad de jubilación,

que la hace más vulnerable a la carga mental y emocional.

3) Intensificación del trabajo, caracterizado por la necesidad de manejar

cantidades de información, y carga de trabajo cada vez mayores y bajo una

Page 8: Riesgos psicosociales

mayor presión en el ámbito laboral. Este riesgo está presente sobre todo en los

campos muy competitivos en los que los trabajadores pueden temer que su

eficiencia y su rendimiento se evalúen con mayor detenimiento y, por ello,

tienden a trabajar más horas para finalizar sus tareas.

En ocasiones, puede que no reciban una compensación adecuada por ese

aumento de la carga laboral, o que no reciban el apoyo social necesario para

poder asumir dicha carga. El estrés laboral provocado por el aumento de la

carga laboral, junto con las mayores exigencias sobre un menor número de

trabajadores, repercutirían de forma negativa en la salud y la seguridad de los

trabajadores.

4) Fuertes exigencias emocionales en el trabajo, junto con un incremento del

acoso psicológico y de la violencia, en especial en los sectores de la asistencia

sanitaria.

5) Desequilibrio y conflicto entre la vida laboral y personal, debido a la falta de

ajuste entre las condiciones de trabajo y la vida privada de las personas. Los

empleos precarios, con excesiva carga de trabajo, sumado a horarios laborales

variables o impredecibles, sin que se le permita al trabajador ajustarlos a sus

necesidades personales; pueden provocar conflictos en la vida profesional y

privada del trabajador, con efectos perjudiciales para su salud.

Hay que señalar que siempre han existido riesgos psicosociales en el trabajo;

lo que ha cambiado es la percepción social que existe sobre ellos, que genera una

diferencia “epidemiológica”. Los cambios sociales ocurridos; la nueva ordenación

del trabajo; los cambios en los sectores ocupacionales; el cambio de la relación

profesional entre los trabajadores y los clientes o usuarios, han contribuido al

incremento de este tipo de riesgos, hasta el punto de constituir un problema que,

por el número de bajas laborales en las que están implicados, y por las

consecuencias que tienen sobre el éxito de una organización merecen ser

considerados y tratados por las autoridades que regulan el mundo del trabajo y de

la salud.

El Estado Venezolano Certificó primer Acoso Laboral en Caracas. Por:

CiudadCCS. Viernes 26/03/2010 07:28AM.

Page 9: Riesgos psicosociales

El Estado, a través del Instituto de Prevención, Salud y Seguridad Laborales

(Inpsasel), certificó el pasado 15 de marzo que una trabajadora de Pdvsa-La

Campiña “fue objeto de un acoso laboral”, también conocido como Síndrome de

Mobbing. Es el único caso que se ha certificado en el Distrito Capital y el sexto a

nivel nacional, según estadísticas de Inpsasel.

Los otros cinco datan de 2006 y 2007, y se produjeron cuatro en Zulia y uno en

Yaracuy. Todos corresponden a mujeres mayores de treinta años. De los seis

certificados, cinco se produjeron en organismos públicos: Pdvsa (1), Instituto

Nacional de Tierras (2), Universidad del Zulia (1) y Aguas de Yaracuy (1). El

restante corresponde a la empresa Fujitec Venezuela. Sin embargo, las denuncias

son mucho más que las certificaciones. Según las estadísticas de Inpsasel, en

2009 se produjeron 1.588 y en lo que va de 2010 van 267 reportes.

Rosalía Zingales, directora general del Inpsasel, define el Acoso Laboral como

una acción dirigida a “la destrucción moral de una persona” dentro de su lugar de

trabajo. Esta situación de desfavorable ambiente de trabajo produce el Síndrome

de Mobbing (acosar en inglés) que en el Inpsasel está catalogado en la lista de

enfermedades ocupacionales bajo el Código 070-04.

Un caso en Caracas. En la certificación sobre la trabajadora de Pdvsa-La

Campiña suscrita por la doctora Ingrid Freitez, médica de la Dirección Regional de

Salud de los Trabajadores (Diresat Caracas/Vargas) se asevera que “a través de

la Evaluación de las Condiciones y Puesto de Trabajo se constató que,

efectivamente, hubo una exposición a Riesgos Psicosociales Laborales durante

ocho (8) horas diarias en los últimos cuatro meses, desde agosto hasta noviembre

de 2009”.

El informe certifica que la empleada, perteneciente a la Gerencia Corporativa

de Relaciones Laborales, fue sometida a “presión laboral, sobretiempo,

hostigamiento, elevados niveles de atención, maltrato, supervisión rígida, presión

de rendimiento; todo infringido por parte de su supervisor directo”.

El Inpsasel concluyó que “la trabajadora fue objeto de un acoso laboral

(Síndrome de Mobbing)”, expresa el informe.

Page 10: Riesgos psicosociales

La certificación se basa, en primer lugar, en los estudios clínicos suministrados

por Psiquiatría Ocupacional de Pdvsa-La Campiña y la Unidad Nacional de

Psiquiatría del IVSS Dr. Jesús Maza de Gregorio, Sebucán.

Posteriormente, fue evaluada por las consultas de Medicina y Psicología

Ocupacional del Inpsasel, que sugiere que en su entorno laboral “sean aplicadas

medidas correctivas de saneamiento y erradicación de los riesgos psicosociales

para evitar reactivación de la enfermedad”.

Dice que la trabajadora padeció un estado patológico contraído con ocasión del

trabajo, “imputable a la acción de los factores de riesgo psicosociales laborales y

emocionales, tal como lo establece el artículo 70 de la Ley Orgánica de

Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

El documento dice, finalmente: “Certifico que se trata de un trastorno de

adaptación con síntomas mixtos de ansiedad y depresión como manifestación de

riesgo sicosocial laboral, código CIE-10: F43.2, considerada Enfermedad

Ocupacional, que le ocasiona a la trabajadora una Discapacidad Temporal”. Y

agrega: “Se recomienda su reintegro laboral tomando en consideración que la

mejoría de la paciente se debe, fundamentalmente, en mantenerla alejada del

factor que le ocasionó el trastorno descrito”.

El caso en carne y hueso. La empleada fue contratada en 2003 y en 2006 es

trasladada a la Gerencia Corporativa de Relaciones Laborales. En 2008, crea una

cuenta de correo electrónico para atender en línea solicitudes de los trabajadores.

Además, impulsa el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de Pdvsa-La

Campiña, una norma interna para relaciones laborales, entre las funciones,

asignadas por su jefe.

A mediados su nuevo supervisor inmediato le retira la cuenta de correo de

atención a los trabajadores, sin aviso ni protesto. Posteriormente, la releva de sus

funciones y le asigna las de un aprendiz del INCES que ella había entrenado para

la recopilación de recaudos. Desmantela su equipo y el 4 de noviembre de 2009 le

comunica por escrito que él asumiría las funciones inherentes a su cargo. Es

despojada de su puesto de trabajo y reubicada en el lugar que ocupaba la

Page 11: Riesgos psicosociales

recepcionista. La mayoría de estas acciones están respaldadas con

comunicaciones escritas y correos electrónicos que tienen validez legal.

Ahora, ya certificado el caso, Pdvsa deberá asumir las recomendaciones de

Inpsasel.

Obligaciones de las empresas. Explica la directora general del Inpsasel que la

certificación sólo se emite cuando el acoso genera discapacidades temporales. Lo

óptimo es que las empresas eviten ambientes de trabajo desfavorables y que, en

caso de que se produzcan, se aboque a acciones que permitan solventarlos antes

de que se genere la enfermedad.

Sin embargo, una vez emitido el certificado, el trabajador debe acudir a su

puesto laboral, preferiblemente acompañado de un Procurador del Trabajo. En

este caso, la empresa está obligada “no sólo a corregir, sino a impedir que ocurra”

otra vez. Explicó Zingales que la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y

Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) establece que, adicionalmente, el

empleador debe indemnizar al trabajador. “En el caso de acoso laboral es el doble

del salario correspondiente a los días de reposo”. Este aporte no implica daño

moral, por lo que el trabajador tiene la opción, si lo decidiera, a acudir a los

tribunales competentes para demandar una indemnización por los daños morales

causados.

Además, el artículo 119 de la misma ley establece multas al empleador de

entre 26 UT (BsF 1.690) y 75 UT (BsF 4.875).

Al ser consultada sobre la prominencia de certificaciones por acoso laboral en

instituciones públicas, expresó: “No es que el sector público acose más, sino que

el trabajador del sector público pelea más por conservar su trabajo porque las

condiciones laborales son mejores”.

A manera de conclusión, la directora general Rosalía Zingales recomienda la

prevención por parte del empleador para evitar estas perturbaciones.

Mobbing en las leyes venezolanas Lopcymat:

Page 12: Riesgos psicosociales

> Art. 56: “Son deberes de los empleadores, adoptar las medidas necesarias

para garantizar a los trabajadores condiciones de salud, higiene, seguridad y

bienestar en el trabajo”. Numeral 5: “Abstenerse de realizar toda conducta

ofensiva, maliciosa, intimidatoria y de cualquier acto que perjudique psicológica o

moralmente a los trabajadores, prevenir toda situación de acoso por medio de la

degradación de las condiciones y ambiente de trabajo, violencia física o

psicológica, aislamiento, o por no proveer una ocupación razonable al trabajador

de acuerdo a sus capacidades y antecedentes, y evitar la aplicación de sanciones

no claramente justificadas o desproporcionadas y una sistemática e injustificada

crítica contra el trabajador o su labor”.

> Art. 119: “Sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales,

administrativas o disciplinarias, se sancionará al empleador o empleadora con

multas de veintiséis (26) a setenta y cinco (75) unidades tributarias (UT) por cada

trabajador expuesto cuando: No identifique, evalúe y controle las condiciones y

medio ambiente de trabajo que puedan afectar tanto la salud física como mental

de los trabajadores y trabajadoras en el centro de trabajo, de conformidad con lo

establecido en esta Ley, su Reglamento o las normas técnicas” (Numeral 19).

Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de

Violencia

> Art. 49: La persona que mediante el establecimiento de requisitos referidos a

sexo, edad, apariencia física, estado civil, condición de madre o no, sometimiento

a exámenes de laboratorio o de otra índole para descartar estado de embarazo,

obstaculice o condicione el acceso, ascenso o la estabilidad en el empleo de las

mujeres, será sancionado con multa de 100 a 1000 UT.

Prevenir El Estrés laboral

Algunas medidas eficaces para prevenir el estrés laboran son:

Conceder a los trabajadores tiempo suficiente para realizar sus tareas;

Ofrecer descripciones de trabajo claras;

Page 13: Riesgos psicosociales

Recompensar a los trabajadores por un buen rendimiento;

Permitir que los trabajadores presenten quejas y tomarlas en serio;

Conceder a los trabajadores la posibilidad de controlar su trabajo;

Reducir al mínimo los riesgos físicos;

Permitir que los trabajadores participen en las decisiones que les conciernen;

Adaptar la carga de trabajo a las capacidades y recursos de cada trabajador;

Diseñar tareas que sean estimulantes;

Definir claramente las funciones y responsabilidades en el trabajo;

Ofrecer oportunidades de interacción social, y

Evitar ambigüedades por lo que se refiere a la seguridad del puesto de trabajo

y al desarrollo de la carrera profesional.

Page 14: Riesgos psicosociales

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

Carolina Hidalgo/Ciudad CCS. El Estado Venezolano Certificó primer Acoso Laboral en Caracas. Por: CiudadCCS. Viernes 26/03/2010 07:28AM. Disponible: http://www.aporrea.org/ddhh/n153835.html. Consultado: Julio/2014.

Factores de riesgos psicológicos. Fundación para la prevención. Disponible: http://saia.uft.edu.ve/uts/file.php/3408/11_FACTORES_PSICOSOCIALES.pdf. Consultado: Julio/2014.

Monte (2012). Riesgos Psicosociales en el Trabajo y Salud Ocupacional. Simposio: Salud Ocupacional. Rev. Perú M. ed. Exp. Salud Pública. Disponible: http://www.scielo.org.pe/pdf/rins/v29n2/a12v29n2. Consultado Julio/2014.

Ochoa y otros (2012) Riesgos Psicosociales. Instituto Universitario de Tecnología de Administración Industrial. Puerto La Cruz. Disponible: http://saia.uft.edu.ve/uts/mod/resource/view.php?id=224530. Consultado: Julio/2014.

Riesgos psicológicos. Disponible en: http://es.wikipedia.org/wiki/Riesgos_psicoso ciales. Consultado Julio/2014.