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II Foro de Investigación y Conservación del “Bosque La Primavera” 5 - 6 de marzo de 2009. Zapopan, Jalisco. 28 Revisión de los criterios de zonificación en la actualización del Programa de Manejo Área de Protección de Flora y Fauna La Primavera Francisco Quintero Miranda 1 , Guillermo Dávila Orozco 1 , Ramón Gerardo Cabrera Orozco 1 Introducción La zonificación es un instrumento técnico y dinámico de planeación, que permite ordenar el territorio de un Área Natural Protegida (ANP), en función del grado de conservación y representatividad de sus ecosistemas, de la vocación natural del terreno, así como de su uso actual y potencial. Para esto, es imprescindible tomar en cuenta no sólo las características biofísicas del ecosistema, sino también las realidades sociales y económicas de la región, ya que esta herramienta orienta el desarrollo, facilita la negociación, da certidumbre a la inversión pública y privada, contribuye a detener el deterioro y a conservar la biodiversidad y los ecosistemas. La zonificación es la herramienta más común de los manejadores de un ANP, el producto esperado es un documento acompañado de mapas en el cual se hace constancia de los acuerdos alcanzados sobre el uso de un espacio o recurso determinado dentro del ANP y las regulaciones correspondientes. El establecimiento de una determinada zonificación en un ANP, representa la conjugación de elementos tanto jurídicos como técnicos. A veintinueve años del decreto de La Primavera como ANP, y a catorce años de que el gobierno federal transfiriera la administración del Área de Protección de Flora y Fauna La Primavera (APFFLP) al gobierno de Jalisco, se revisa y actualiza el programa de manejo publicado en el 2001, con base en lo que señala el reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en materia de Áreas Naturales Protegidas, sobre la necesidad de revisar un programa de manejo por lo menos cada cinco años, para evaluar su efectividad y proponer posibles modificaciones (Capítulo III. Art. 77-79). Por tal motivo y como parte de los trabajos de actualización del programa de manejo, se hace una revisión de la zonificación por medio del cual se establece el esquema de ordenamiento espacial del territorio que comprende el APFFLP, con base en sus características y valores, así como de las regulaciones específicas a que estarán sujetas las actividades dentro del ANP, de acuerdo a dicho ordenamiento. Antecedentes El Bosque La Primavera se ubica en la región central del estado de Jalisco, en los municipios Tala, Tlajomulco de Zúñiga y Zapopan, cuenta con una extensión de 40,000 hectáreas, de 1 Dirección Ejecutiva del Área de Protección de Flora y Fauna Bosque La Primavera. Av. Vallarta 6503. Condominio Concentro Local E38, C.P. 45020, Zapopan, Jalisco, México. [email protected]

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II Foro de Investigación y Conservación del “Bosque La Primavera” 5 - 6 de marzo de 2009. Zapopan, Jalisco.

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Revisión de los criterios de zonificación en la actualización del Programa de Manejo Área de Protección de Flora y Fauna La Primavera

Francisco Quintero Miranda1, Guillermo Dávila Orozco1, Ramón Gerardo Cabrera Orozco1 Introducción La zonificación es un instrumento técnico y dinámico de planeación, que permite ordenar el territorio de un Área Natural Protegida (ANP), en función del grado de conservación y representatividad de sus ecosistemas, de la vocación natural del terreno, así como de su uso actual y potencial. Para esto, es imprescindible tomar en cuenta no sólo las características biofísicas del ecosistema, sino también las realidades sociales y económicas de la región, ya que esta herramienta orienta el desarrollo, facilita la negociación, da certidumbre a la inversión pública y privada, contribuye a detener el deterioro y a conservar la biodiversidad y los ecosistemas. La zonificación es la herramienta más común de los manejadores de un ANP, el producto esperado es un documento acompañado de mapas en el cual se hace constancia de los acuerdos alcanzados sobre el uso de un espacio o recurso determinado dentro del ANP y las regulaciones correspondientes. El establecimiento de una determinada zonificación en un ANP, representa la conjugación de elementos tanto jurídicos como técnicos. A veintinueve años del decreto de La Primavera como ANP, y a catorce años de que el gobierno federal transfiriera la administración del Área de Protección de Flora y Fauna La Primavera (APFFLP) al gobierno de Jalisco, se revisa y actualiza el programa de manejo publicado en el 2001, con base en lo que señala el reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en materia de Áreas Naturales Protegidas, sobre la necesidad de revisar un programa de manejo por lo menos cada cinco años, para evaluar su efectividad y proponer posibles modificaciones (Capítulo III. Art. 77-79). Por tal motivo y como parte de los trabajos de actualización del programa de manejo, se hace una revisión de la zonificación por medio del cual se establece el esquema de ordenamiento espacial del territorio que comprende el APFFLP, con base en sus características y valores, así como de las regulaciones específicas a que estarán sujetas las actividades dentro del ANP, de acuerdo a dicho ordenamiento. Antecedentes El Bosque La Primavera se ubica en la región central del estado de Jalisco, en los municipios Tala, Tlajomulco de Zúñiga y Zapopan, cuenta con una extensión de 40,000 hectáreas, de

                                                            

1 Dirección Ejecutiva del Área de Protección de Flora y Fauna Bosque La Primavera. Av. Vallarta 6503. Condominio Concentro Local E38, C.P. 45020, Zapopan, Jalisco, México. [email protected]

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las cuales 30,500 hectáreas aproximadamente fueron decretadas en 1980, como Zona de Protección Forestal y Refugio de Fauna Silvestre (ZPFRFS), y en el año 2000 se dotaron por la SEMARNAT con su categoría actual como Área de Protección de Flora y Fauna La Primavera (APFFLP), con base en la legislación vigente. El 19 de febrero de 1980, el presidente Lic. José López Portillo declaró La Primavera como ZPFRFS, sin modificar el régimen de tenencia de la tierra vigente. El 6 de marzo de ese mismo año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que, por causa de utilidad pública, se establecía como Zona de Protección Forestal y Refugio de la Fauna Silvestre la región conocida como La Primavera, que se localiza dentro de una superficie aproximada de 30,500 hectáreas en los municipios de Tala, Zapopan y Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco. El 7 de diciembre de 1995, se llevó a cabo el acuerdo de coordinación entre la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP) y el gobierno del estado de Jalisco, con el objeto de transferir a este último la administración de la ZPFRFS, así como para llevar a cabo diversas acciones coordinadas que apoyen a la restauración, conservación, desarrollo y vigilancia de dicha área natural protegida. En cumplimiento al acuerdo de coordinación mencionado, se creó en 1996 el Comité Técnico para la Administración del Bosque La Primavera (CTABLP), para apoyar la operación y seguimiento de las acciones coordinadas que se desarrollen en el área. Igualmente, en febrero de 1997 entró en funciones la Dirección Ejecutiva del Bosque La Primavera (DEBLP), dependiente del CTABLP. En junio de 1997, se constituyó un fideicomiso público en el que el gobierno de Jalisco es el “fideicomitente”, a fin de adicionar recursos humanos, materiales y financieros para la administración del bosque y en el que los “fideicomisarios” son la comunidad residente en la ZPFRFS, los visitantes a la misma, así como la comunidad jalisciense beneficiaria en la zona de influencia de la ZPFRFS. El 23 de julio de 1996 el CTABLP aprobó en lo general el anteproyecto de la primera versión del programa de manejo y el 4 de marzo de 1998 se sometió a consulta pública, por disposición de la SEMARNAP (hoy SEMARNAT), cuyos resultados fueron analizados e incorporados al texto definitivo de dicha versión. El 7 de junio de 2000, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual se dota a La Primavera con una categoría acorde con la legislación vigente, quedando con el carácter de Área de Protección de Flora y Fauna (APFF). El 22 de mayo de 2001, la SEMARNAT publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna La Primavera, acto con el que entró en vigor dicho instrumento, aunque diversas labores de conservación, manejo y gestión se venían realizando con anterioridad por parte del CTABLP-DEBLP. Se maneja CTABLP-DEBLP como un binomio inseparable, ya que como se verá más adelante en el apartado de contexto legal y administrativo, la Dirección Ejecutiva es el brazo ejecutivo del CTABLP. Contar con este Programa de Conservación y Manejo fue posible por la confluencia de tres factores: 1) la elaboración por parte de la Universidad de Guadalajara del documento “Plan

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de Manejo Bosque La Primavera”; 2) la inscripción del polígono en el registro público de la propiedad y 3) la definición de las reglas administrativas por parte del CTABLP, mismas que dieron respuesta a los planteamientos emitidos por la ciudadanía en la consulta pública realizada entre marzo y abril de 1998, que pedían dar certidumbre sobre la intervención en el territorio de La Primavera. El 22 de mayo de 2006 se cumplieron cinco años de la publicación del programa de manejo por lo que se emprende la tarea de revisarlo con base en lo que señala el reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas Naturales Protegidas, sobre la necesidad de revisar el programa de manejo, evaluar su efectividad y proponer modificaciones. Materiales y Métodos Para la revisión de la zonificación del programa de manejo vigente del APFFLP se creó una comisión especial dentro del Comité Técnico, con la finalidad de establecer los criterios que permitieran avalar la zonificación actual o en su caso hacer las modificaciones pertinentes. Los principales criterios utilizados fueron: 1.- La zonificación actual es válida salvo en los casos que se demuestre lo contrario. 2.- Ajustar los límites entre zonas cuando lo ameriten las características del territorio. 3.- Atender a las demandas específicas de los propietarios que estén haciendo planteamientos justificados. 3.- Opciones de manejo y uso del territorio apoyándose en los Ordenamientos Ecológicos Territoriales Comunitarios. 4.- A sugerencia de la subdirección de análisis de información espacial de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, se suavizaron los polígonos sin representar aquellos polígonos de menos de una hectárea de superficie (manejarlo a nivel de política). Una vez definidos los criterios se trabajó en un Sistema de Información Geográfico (SIG) utilizando la información sobre atributos biológicos y físicos del territorio con que se contaba en ese momento y que obtuvo gracias al apoyo de algunas dependencias gubernamentales y universidades. Entre los insumos utilizados para tal fin se contó con un plano topográfico con curvas de nivel a 1 m, del cual se pudieron trabajar mapas temáticos de pendientes, exposiciones, modelos digitales de elevación, modelos de sombreado, mapas altimétricos, entre otros. También se utilizó un mapa de coberturas vegetales proporcionado en el año 2002 por CONAFOR-CARTODATA como resultado de la primera fase de la utilización del software Explorafor para la clasificación de estratos a partir del color y textura de imágenes infrarrojas. Resultados Como resultado de la aplicación de los criterios antes mencionados a la zonificación del programa de manejo vigente para el APFFLP (Figura 1), se obtuvo un plano de zonificación propuesto (Figura 2).

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Figura 1. Zonificación actual.

Figura 2. Zonificación propuesta.

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Conclusiones El proceso de la revisión aun no esta terminado, falta integrar algunos criterios como son las revisiones de los ordenamientos territoriales comunitarios de 11 ejidos dentro del ANP que cuentan con este instrumento de planeación, así como procesos de consulta pública. Este trabajo reúne los criterios técnicos que sirven de base para el proceso de gestión ante propietarios y comunidades. Bibliografía Anónimo 2009. Justificación de la zonificación del Parque Nacional Barranca del Cupatitzio (s.f.).

Recuperado el 02 de marzo de 2009 de, http://www.cofemermir.gob.mx/uploadtests/11922.66.59.2.Justificaci%C3%B3n%20Zonificaci%C3%B3n.doc.

SEMARNAT, 2000. Programa de manejo del Área de Protección de Flora y Fauna La Primavera. México. Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales. 131 pp.