resumen de derecho constitucional guatemalteco

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RESUMEN DE DERECHO CONSTITUCIONAL ANTECEDENTES DEL CONSTITUCIONALISMO Surge cuando el estado hace la separación de poderes y les asigna la esfera de competencia y atributos que le corresponden a cada uno.. Tras haber separado el poder surgieron problemas y se necesitaba algo que diera la nueva organización social por eso se creo una disciplina siendo esta el derecho constitucional Es cuando el poder personal es sustituido por el poder estatal manifestándose por medio de la constitución El derecho constitucional nació a fines del siglo 18 y 19 LOS HEBREOS fueron el primer pueblo que practicó el constitucionalismo por medio de la TEOCRACIA este concepto ha sido aplicado a aquellos sistemas políticos en los cuales los súbditos viven o pretenden vivir bajo el dominio de una autoridad divina. El régimen teocrático de los hebreos se caracterizo por la política que fue en función a la teología durante mas de dos mil años la Biblia ha sido por encima de su papel de imperativa ley moral LOS GRIEGOS en las instituciones políticas griegas se puede ver que ellos iban en contra de la arbitrariedad y el poder concentrado y que se regían por principios del estado de derecho regulado democrática y constitucionalemte apoyando la igualdad y justicia igualitaria. El poder político estaba así distribuido de forma racional y eficazmente controlado, LA REPUBLICA ROMANA Este imperio se constituyó en el prototipo de absolutismo monárquico con elementos teocráticos fundado en la fusión de autoridad religiosa en el emperador según el cual el dominio absoluto el monarca tenía su fuente originaria en la delegación del poder político del pueblo del emperador.

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Page 1: Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco

RESUMEN DE DERECHO CONSTITUCIONAL

ANTECEDENTES DEL CONSTITUCIONALISMO Surge cuando el estado hace la separación de poderes y les asigna la esfera de competencia y atributos que le corresponden a cada uno..Tras haber separado el poder surgieron problemas y se necesitaba algo que diera la nueva organización social por eso se creo una disciplina siendo esta elderecho constitucionalEs cuando el poder personal es sustituido por el poder estatal manifestándose por medio de la constitución El derecho constitucional nació a fines del siglo 18 y 19

LOS HEBREOS fueron el primer pueblo que practicó el constitucionalismo por medio de la TEOCRACIA este concepto ha sido aplicado a aquellos sistemas políticos en los cuales los súbditos viven o pretenden vivir bajo el dominio de una autoridad divina. El régimen teocrático de los hebreos se caracterizo por la política que fue en función a la teología durante mas de dos mil años la Biblia ha sido por encima de su papel de imperativa ley moral

LOS GRIEGOS en las instituciones políticas griegas se puede ver que ellos iban en contra de la arbitrariedad y el poder concentrado y que se regían por principios del estado de derecho regulado democrática y constitucionalemte apoyando la igualdad y justicia igualitaria. El poder político estaba así distribuido de forma racional y eficazmente controlado,

LA REPUBLICA ROMANA Este imperio se constituyó en el prototipo de absolutismo monárquico con elementos teocráticos fundado en la fusión de autoridad religiosa en el emperador según el cual el dominio absoluto el monarca tenía su fuente originaria en la delegación del poder político del pueblo del emperador.

HISTORIA CONSTITUCIONAL DE GUATEMALA PERIODO PREINDEPENDIENTE

CONSTITUCIÓN DE BAYONA Carta fundamental contenía algunos mandatos de desarrollo orgánico -constitucional y fue emitida con principio de rigidez, fue promulgada con el objeto de darle carácter de normas supremas a aquellos aspectos que el rey consideraban de absoluta importancia esta constitución enumera alguno de los derechos individuales

CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUIA ESPAÑOLA

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Esta constitución establecía el proceso de Formación de las leyes y de sanción real. Destacando la organización del gobierno del interior de las provincias además incorpora las instituciones reales de la función administrativa .Lo novedoso de está constitución es que se hace un detalle de las atribuciones y funcionamiento de los tres poderes , su objeto primordial fue el poder publico.

PERIODO INDEPENDIENTE

ACTA DE 1821 Fue suscrita el acta de independencia con expresión originaria de soberanía esta impuso el principio de seguridad jurídica se continuo con el de la Constitución Política de la Monarquía española determinó la convocatoria del Congreso y la forma de su composición

ACTA DE INDEPENDENCIA DE 1823El acta contiene la expresión de que los representantes de las provincias se han congregado en virtud de convocatoria legítima para pronunciarse sobre la independencia, su unión, y su gobierno BASES CONSTITUCIONALES: El documentos estableció cuales era los propósitos de la Constitución, la forma de gobierno la nueva denominación de ESTADOS FEDERADOS DE CENTRO AMERICA, y la práctica de la religión católica, apostólica, y romana con exclusión del ejercicio público de cualquier otra . El carácter de rigidez de las bases constitucionales se torna impreciso,

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE CENTRO AMERICAEstablece en sus declaraciones dogmáticas, su soberanía y autonomía , sus primeros objetivos, la conversación de los derechos humanos de libertad, igualdad , seguridad, y propiedad, adoptando un sistema republicano y Sus elementos:

-una constitución escrita, -separación de sus órganos y funciones públicas

( Ejecutivo, legislativo y judicial, ) - Representatividad de personas que ejercen el poder

( presidente , vicepresidente, ministros . - Periodicidad de mandatos en el ejercicio del poder - Publicidad. ( obligación de publicar decisiones y actuaciones de

funcionarios y empleados públicos y representativo instaurando la división de poderes

Está inspirada en la constitución estadounidense y francesa

Page 3: Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUATEMALA establecía que solo el legislativo y el ejecutivo tenía la iniciativa de ley se limito a la soberanía y estableció la administración municipal.

El presidente de Guatemala convoca a una Asamblea Nacional Constituyente la que promulga tres decretos.:

-Ley constitutiva del ejecutivo Ley Constitutiva del Supremo o poder Judicial Declaración de los derechos de sus habitantes y del estado.

* Aquí se terminó un período de ausencia de derechos constitucional por mas de 10 años debido a la desintegración de Centro América.

ACTA CONSTITUTIVA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAFue decretada por la asamblea nacional constituyente, se crea un sistema presidencialista de cuatro años, con la posibilidad de reelección, se crea la separación de poderes , limitó el estatuto de deberes y derechos de los guatemaltecos.

LEY CONSTITUTIVA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Fue una constitución laica centrista y sumaria, se reconoció el derechos de exhibición personal y se volvió al régimen de separación de poderes , crea un legislativo unicameral, y un ejecutivo bastante fuerte la rigidez constitucional se estableció con bastante firmeza.. En está la Constitución los derechos humanos son llamados garantías sufrió varías reformas al derechos de trabajo, la prohibición de monopolios las reservas del estado, el derecho d e petición, la libertad de emisión, se regulan los casos en que una persona puede ser detenida, y el debido proceso.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA FEDERAL DE CENTROAMÉRICATenían Iniciativa de les los tres órganos del estado y las asambleas de los estados: la rigidez constitucional quedó definida mediante la aprobación bicameral

DECRETO DE LA JUNTA REVOLUCIONARIA DE GOBIERNO Y DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA Más que una declaración dogmático-ideológica de un movimiento armado que se revela contra el orden jurídico –político, las bases fundamentales de una organización estatal , en decir bases constitutivas, dogmáticas y orgánicas para una concepción del Estado Guatemalteco

CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DE L 11 DE MARZO DE 1945

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El veinte de octubre de 1944 se gestó una revolución que derrocó al General Jorge Ubico y el 11 de marzo 1945 se decreta una nueva constitución con tres características fundamentales

Aspiración moralizadora los funcionarios y empleados públicos deben ser honestos

Mejoramiento de la educación con campañas alfabetizadoras Mejoramiento del sistema penitenciario En el aspecto laboral se fijo un salario mínimo, se fijaron jornadas

de trabajo, descansos y vacaciones, al derecho de sindicalización, al derecho de huelga y paro. Regulación de la mujer y menores de edad.

Dentro de las garantías sociales se crea el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,

Se crean las municipalidades se mantiene la educación laica, y no se le reconoce la personalidad jurídica a la iglesia.

Bajo esta constitución gobernó Jacobo Arbenz Guzmán quien mejoro las condiciones de los trabajadores, quien propuso una reforma agrar9ia y motivo un golpe de estado.

CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL 2 DE FEBRERO DE 1956

Se vio influenciada por dos tratados ratificados por Guatemala1- La declaración Americana de los Derechos Humanos del Hombre.

2- La declaración Universal de los derechos humanos.

está constitución adopto el término de derechos humanos dentro de sus innovaciones están se le reconoce la personalidad jurídica ala iglesia limita el intervensionismo del estado y limita los procesos de expropiación de la tierra mejoro el régimen legal de las universidades privadas protegió las inversiones extranjeras y suprimió el derecho de rebelión.* se produjo un retroceso en los procesos republicanos de las separación de poderes al concentrar las funciones ejecutivas y legislativas del Ministerio de la Defensa Nacional.

CARTA FUNDAMENTAL DE GOBIERNO Contenía una confusión de funciones administrativas y legislativas la de mayor importancia destacaba que el jefe de gobierno sería el Ministro de la Defensa Nacional y quien ejercía las funciones ejecutivas y legislativas, era una virtual sustitución del titular del Organismo Ejecutivo y una seudo-sustitución de la soberanía popular radicada en los integrantes del organismo Legislativo. Todo se redujo a declaraciones normativas dogmáticas al fijar el concepto de que el poder publico radicaba en el ejército.La constitución profundiza la tendencia anticomunista, mejora el régimen legal de las universidades privadas se crea la vicepresidencia de la república se reduce el período presidencia de 4 años, se mantiene el principio de no reelección del presidente , denomina garantías

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constitucionales de los derechos humanos crea un consejo de estado, se crea, la corte de constitucionalidad como tribunal temporal .

El 23 de marzo de 1982 se da un golpe de Estado en contra del gobierno de Lucas García se dejo en el poder una Junta Militar de Gobierno, integrada por Ríos Mont., posteriormente quedó en el poder el General Ríos Mont. En 1983 su Ministro de Defensa le dio golpe de Estado, convoca a una asamblea Nacional Constituyente y los diputados toman posesión el uno de julio de 1984.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPUBLICA DE 1985

La cual fue promulgada el 31 de mayo de 1985 y entró en vigencia el 14 de enero de 1986, Dentro de sus innovaciones están adopta nuevamente el término de derechos Humanos Para comprenderla mejor la dividimos en tres partes

1- PARTE DOGMATICA ( VERDAD ABSOLUTA ) Es Aquella en donde se establecen , los principios y derecho humanos, tanto individuales como sociales que se le otorgan al pueblo como sector gobernado, frente al poder público como sector gobernante. Basado en la existencia de un régimen democrático ( Art. 1 al 139 )

2- PARTE ORGANICA Es la que establece como se organiza el poder es decir las estructuras jurídico políticas del Estado y limitaciones, del poder público frente a la población. ( Arts. 140- al 262 )

3- PARTE PRACTICA es la que establece las garantías y los mecanismo para hacer valer nuestros derechos establecidos en la constitución, y para defender el orden constitucional.

DERECHO CONSTITUCIONAL Conjunto de normas jurídicas que determinan la organización y actividad del estado y los derechos de los individuos ya sea como gobernantes o gobernados En si se refiere a la estructura jurídica fundamental del estado y las relaciones de éste con los individuos en cuanto a su actuación como ente soberano dotado de imperio para poder imponerse a aquellos. Regulando lo relativo a los tres poderes del estado , así como lo concerniente a derechos, individuales, políticos, sociales etc.

FINES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

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Es la garantía de la libertad y dignidad de los individuos, mediante la sumisión del estado, considerando el estado de derecho

IMPORTANCIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL En este cuerpo legal está contenido lo referente a la organización y funcionamiento del Estado y demás garantías que el Estado le reconoce al individuo

FORMAS DE NACIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN

1-ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTEEs el cuerpo colegiado integrado por varios miembros electos por el pueblo y su función especifica es la redactar o reformar una constitución

El ejercicio de la asamblea nacional constituyente

ILIMITADO O AMPLIO Se ejercita en forma amplia se crea una constitución

LIMITADO O RESTRINGIDO se refiere a la modificación de la constitución Art. 278 al 279

2- OTORGADAS Un monarca otorga el poder por la constitución en acto de bondad y libertad

3-PACTADASAcuerdo o convenio al que llegan los gobernantes y gobernados

4-REFERÉNDUM CONSTITUCIONALEl gobierno elabora la constitución y le presenta al pueblo para su consideración , el gobierno no acepta la opiniones del pueblo

SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓNEste es un principio que descansa en la distinción de poder constituyente ( manifestación concreta del pueblo para el ordenamiento jurídico político que regirá el destino de la nación ) y poder legislativo ordinario en el establecimiento por parte del propio poder constituyente de un complicado y riguroso procedimiento que debe observarse por los casos de reforma o enmienda de los preceptos constitucionales de tal forma que una enmienda

o reforma constitucional no puede realizarse mediante el mismo procedimiento de una ley ordinaria

FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL

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DERECHO ESCRITOEl principio de escritura parece responder mejor a la exigencia de seguridad jurídica y la concepción garantista de la constitución

Una vez promulgada la constitución no hay texto, escrito que se integre ala constitución formar más que los de reforma constitucional.La propia constitución contiene un rango superior a la ley normal.

JURISPRUDENCIALos órganos judiciales al aplicar la constitución , la interpretan fijan o aclaran, la adaptan a circunstancias sociales y políticas del momento La jurisprudencia emanada ene le ejercicio de tal función integra junto con otras fuentes el derecho constitucional del país

TRATADOS INTERNACIONALESDerechos humanos son ratificados por nuestro país

RELACIONES DEL DERECHO CONSTIRUCIONAL CON OTRAS DISCIPLINAS

DERECHO ADMINISTRATIVOSu estudio abarca el desenvolvimiento, de la organización de los órganos administrativos del estado en principios del derecho constitucional y el sistema de servicios públicos aplicado a los particulares

DERECHO FISCALSe refiere a al ordenamiento jurídico patrimonial y económico, referido a una justicia fiscal y social

DERECHO PENAL Su relación a delitos de orden político

DERECHO JUDICIAL El derecho constitucional determina las normas que ha de obedecer la estructura de tribunales y su funcionamiento justo y eficiente refiriéndose al principio del debido proceso

DERECHO LABORAL Regulas las relaciones entre trabajadores y patronos 101 y 106 CPRG

DERECHO MERCANTIL la constitución garantiza la libre contratación y relaciones comerciales Art. 43 ( libertad de industria, trabajo y comercio )

DERECHO INTERNACIONAL La tramitación y ratificación de tratados que operan con arreglo a las normas de derecho interno de cada país

DERECHO CIVIL

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La propiedad privada se ha constituido como la base de declaraciones de derechos

INFLUENCIAS INTERNACIONALES EN NUESTRA CONSTITUCIÓN

Revolución estadounidense : Que se orientaba a defender al pueblo y a los individuos que lo componente de la clase dirigente , La constitución escrita y rígida la estabilidad del poder ejecutivo su fortaleza y eficacia. Los vastos poderes reservados al poder judicial, la protección de los derechos de las personas de los grupos, de las minorías y la concepción de ver a los representantes populares solamente como mandatarios.

Revolución Francesa Agrega derechos sociales que se derivan de la protección de la dignidad humana que tienen el Estado dando una prueba de que a la larga los pueblos no pueden vivir sin dentro de un orden de legalidad y seguridad jurídica.

SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN Descansa fundamentalmente en la distinción entre poder constituyente y poder constituido 1- El poder constituyente: Es la manifestación concreta de dicha soberanía mediante el cual el pueblo se da así mismo el ordenamiento político-jurídico plasmándolo en un documento denominado CONSTITUCIÓN.

2- El poder constituido son órganos estatales encargados de actuar en nombre del estado , se encuentran necesariamente subordinados por el Estado debiendo de ajustar todo su accionar a lo regulado por este , la subordinación de los poderes constituidos al poder constituyente se materializa al respeto de la constitución ** la supremacía de la Constitución constituye la más eficiente garantía de libertad y dignidad del individuo , al imponer a los poderes constituidos la obligación de encuadrar sus actos a lo que prescribe nuestra constitución.**

LEGITIMIDAD DE LA CONSTITUCIÓNPara que sea legitima se requiere

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1- Que la Asamblea nacional constituyente , que sancione, decrete y promulgue la constitución haya sido electa democráticamente y libremente por medio de elecciones

2- Que en la integración de ese órgano hayan participado todas las corriente políticas, filosóficas e ideológicas de la nación

3- Que al momento de la discusión y aprobación de la constitución, los diputados tengan criterio para efectuar la misma.

DIVISIÓN DE LOS ORGANISMOS DEL ESTADO

La delimitación de atribuciones de cada organismo evitando el abuso de poder y es allí donde surgen los pesos y contrapesos, que pretende que ninguno de los tres poderes del estado se exceda de sus facultades imponiendo controles recíprocos que son la ( la interpelación y el bicameralismo ). Estos dos tipos de controles constituyen parte del orden constitucional, es decir al sistema de pesos y contrapesos.

JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL

Es aquella que inviste a cierto tribunales ya sean de jurisdicción ordinaria o especializada para que satisfagan pretensiones que tengan origen en normas de derechos constitucional ,, haciendo valer la realización efectiva de los preceptos constitucionales de naturaleza sustantiva. ** la jurisdicción constitucional consiste en mecanismos que tienden a asegurar el respeto absoluto de la Constitución por parte de quienes detentan el poder.

SUJETOS DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL

1- el órgano encargado de satisfacer la pretensión constitucional.

2- las personas individuales o jurídicas que pueden acudir ante la jurisdicción constitucional que les satisfaga una pretensión constitucional

OBJETO DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONALEs obtener el respeto absoluto de quienes detentan el poder , de los derechos fundamentales de las personas reconocidos y consagrados en la parte dogmática de la constitución, para evitar que se violen dichos derechos.

RESOLUCIONES DE ORDEN CONSTITUCIONALDebemos de distinguir entre sentencias declarativas que son y están encaminadas a obtener la tutela directa de derechos fundamentales (

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por ejemplo el amparo, exhibición personal, y la inconstitucionalidad en casos concretos ) sentencias constitutivas ** ( producen efectos contra todas los hombre ejemplo la inconstitucionalidad general )

CONSTITUCIÓNDEFINICIÓNConjunto de normas fundamentales para la organización de un estado, que regulan el funcionamiento de órganos de poder público y establecen principios para el ejercicio de derechos dentro del estado

PODER CONSTITUYENTEEs la facultad soberana del pueblo a darse su ordenamiento jurídico –político, por medio de una constitución y al revisar la misma cuando sea necesario

QUE ES UNA REFORMA CONSTITUCIONALUna reforma encuentra su justificación en la necesidad de adaptación de la constitución a un entorno cuyas necesidades políticas, económicas, sociales y culturales, han variado desde el momento de la creación de la constitución, generándose una inadecuación de la realidad actual o cuando surgen las denominadas lagunas constitucionales ( son cuando no se previó la regulación de una situación )

PROCEDIMIENTO DEL PODER CONSTITUYENTEPara la elaboración y adopción de la constitución , Una asamblea nacional constituyente será elegida por todo el pueblo para esta tarea.

SUJETOS DEL PODER CONSTITUYENTE1- El sujeto del poder es el pueblo y este se lo delega a una corte , congreso, o asamblea constituyente

2- El objeto del poder es poder soberano para crear la Constitución.

QUIENES PUEDEN PROPONER REFORMAS A LA CONSTITUCIÓN- El presidente de la república- - 10 diputados del congreso- el pueblo pidiéndolo al congreso en un número no menor de 5,000

ciudadanos empadronados.

COMO PUEDE SER REFORMADA NUESTRA CONSTITUCIÓN1- por medio de una Asamblea nacional Constituyente2- Reformas por el Congreso de la República.3- ** en el artículo 278 los derechos individuales para ser reformados se necesita que se integre una Asamblea nacional Constituyente.

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QUE ARTICULOS SE PUEDEN REFORMAR Todos , ni los que no se puedan reformar pueden ser modificados por el Congreso de la República con el voto afirmativo de las dos terceras partes de total de diputados , pero las reformas que se hagan no entraran en vigencia hasta que sean ratificadas mediante consulta popular.

LOS ARTICULOS QUE NUNCA PUEDEN SER REFORMADOS ( artículos pétreos o no reformables) El artículo 278 y artículos 3 al 46 que se refiere a la forma republicana de gobierno , a la no reelección para el ejercicio de la presidencia de la república, así restársele efectividad o vigencia a los artículos que se refieren al ejercicio de la presidencia de la república así como variar su contenido ( Arts. CPRG Soberanía, prohibición para optar a presidente y vicepresidente)

QUIENES TIENE INICIATIVA PARA PROPONER REFORMAS1. El presidente de la república en consejo de ministros2- Diez o más diputados del congreso 3- La Corte de Constitucionalidad4- El pueblo mediante petición dirigida al Congreso por no menos

de cinco mil empadronados.

EL PROCEDIMIENTO DEL PODER CONSTITUYENTE

El fondo o centro del poder constituyente radica en la soberanía del pueblo este para ejercer el poder constituyente delegando su soberanía en Asambleas o congresos o cortes constituyentes. En nuestra constitución el poder constituyente derivado se puede ver en el título VII del artículo 277 al 281 lo cuales expresan los mecanismo para reformar nuestra constitución.* Para reformas a los artículos establecidos en la parte dogmática el capitulo I y titulo II

1- Es indispensable que el congreso con el voto afirmativo de dos tercera y ratificación de la población para la consulta popular que lo integren . 2- convoquen a una asamblea nacional constituyente ( electa por el pueblo por el voto de dos terceras partes de los miembros del congreso ) mediante decreto. 3- Señalara artículos a revisar comunicando al Tribunal Supremo Electoral para que fije fecha para las elecciones de 5 a 20 días conforme la ley electoral ( consulta popular )

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** La Asamblea nacional constituyente es temporal, dado que sólo funcionara el tiempo necesario para crear o reformar la constitución o leyes constitucionales **

De conformidad con el artículo 175 de la Constitución y el inciso a) del artículo 164 de la ley de amparo, exhibición personal y de const. La Corte de constitucionalidad posee competencia para dictaminar sobre la reforma de las leyes constitucionales previamente a la aprobación por parte del congreso.

Dentro del tramite establecido establece que previamente a su aprobación debe contarse con un dictamen favorable de la corte de constitucionalidad. Y siendo desfavorable se debe a razones que atenten el orden constitucional por motivos extrajuridicos, para solicitar un dictamen La facultad que tiene la corte de constitucionalidad se le da el carácter de colegislador privilegiado que le permite intervenir en el proceso de reforma de leyes constitucionales

El ordenamiento jurídico guatemalteco es amplio en cuanto a la legitimación activa de solicitud de reformas a la constitución La revisión o enmienda se adecua al texto constitucional convirtiéndose el procedimiento de reforma en un medio de defensa del orden constitucional puesto que a través de este se evita que se modifique o que se suspenda la vigencia de métodos extrajuridicos, en un momento de revisión a la Constitución al considerar que una de sus normas resulta necesaria su modificación dando lugar a la alteración de vías de hecho que pone en peligro el estado de derecho

Desde la creación de la corte de constitucionalidad de 1985 en ningún momento se ha iniciado propuestas de reformas constitucional debido a la credibilidad y legitimidad que goza la corte.

EXTINCIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS DE LA CONSTITUCIONConsideran que oponerse es un derecho como los otros ( Art. 45 de la CPRG ) el hombre no puede permitir el abuso de poder para proteger y defender las garantías constitucionales

PASOS PARA QUITAR EL GOBIERNO

El pueblo puede hacer - Cambio por la fuerza o por revolución ( no se cumple con el ordenamiento jurídico rompiendo el marco de derecho - Resistencia pacifica (cumpliendo con el ordenamiento jurídico la corte de constitucionalidad se encamina al marco de derecho

DERECHO DE REOVOLUCION Es un derecho natural que la constitución le reconoce a los habitantes de esta nación

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Es extremista, solo se ejercita después de agostados todos los hechos legales Es de restitución es devolver al pueblo lo que se le ha vedado Es de transición busca corregir un abuso de poder.

PROCEDIMIENTO DE REFORMA

1- Artículo 278 ( ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE ) Se puede reformar El Capitulo I y titulo II Derechos Individuales

1- Con el voto afirmativo de la dos terceras partes convoquen a una Asamblea Nacional.

2- En el decreto de convocatoria señalara el artículo o los artículos que han de revisarse

3- Y se le comunicará al TSE para que fije dira y hora para las elecciones dentro un plazo máximo de 120 días

2- reformas por el CONGRESO Y CONSULTA POPULAR1- Será necesario que el congreso apruebe con el voto afirmativo de

las dos terceras partes 2- Las reformas no entrarán en vigencia hasta que sean ratificas en

consulta popular conforme el artículo 173 de la CPRG ( Convoca a Tribunal electoral a iniciativa del presidente o del congreso. quienes fijan las preguntas

3- Si es resultado es de ratificación entran en vigencia 60 días después que el TSE anuncie el resultado.

REFORMAS POR LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

Para reformar el artículo 278 o cualquier artículo de los artículos contenidos en el capitulo 1 y título II de está constitución en indispensable que el congreso de la república con el voto afirmativo de la dos terceras partes de los miembros que lo integran convoque a la respectiva asamblea. Nac.El decreto de convocatoria señalara el artículo o los artículos que hayan en revisarse y comunicará al Tribunal Supremo Electoral, para que fije la fecha en que llevarán las elecciones en un plazo máximo de veinte días, procediéndose de conformidad con la ley electoral y de partidos políticos ( Si no se protegieran estos derechos a través de una rigidez constitucional para su su reforma resultarían ineficaces por su facilidad de modificación o extinción

REFORMAS POR EL CONGRESO DE LA REPUBLICA Y POR MEDIO DE UNA CONSULTA POPULAR Para cualquier reforma constitucional será necesario que el congreso la apruebe con el voto afirmativo de las dos terceras partes , Las partes no entrarán en vigencia sino hasta que sean ratificadas mediante la consulta popular de conformidad con el artículo 173 de nuestra constitución está

Page 14: Resumen   de  derecho   constitucional Guatemalteco

entrara en vigencia sesenta días después que el tribunal supremo electoral anuncie el resultado de la consulta.Se puede observar un procedimiento rígido para la modificación del resto de artículos susceptibles de nuestra constitución. Este procedimiento implica dos fases esenciales como la Aprobación del congreso y la ratificación del puebloLas constituciones no son inmutables al constante cambio de vida que la ley exige se hace necesario hacerles algunas reformas de lo cual surgen algunos presupuestos, la reforma constitucional resulta lícita aún cuando poco aconsejable para los fines de derecho la abrogación o modificación de un norma constitucional se realiza de modo implícito, basándose naturalmente por el procedimiento prescrito en nuestra constitución

TIPOS DE PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN

1- Legal es el procedimiento normal previsto en la constitución a través de artículos transitorios dando pautas a seguir dicha reforma

2- Procedimiento anormal es el producido por una ruptura del orden constitucional echando por tierra la estructura institucional del estado ya sea mediante movimiento popular revolucionario o por un golpe de estado RASGO COMUN DEL PROCEDIMIENTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL

1- INICIATIVA Es la decisión de emprender la reforma o la declaración de ella en ser necesaria ( correspondiendo ala cámara legislativa o al pueblo ) estableciéndose un lapso de tiempo para la revisión.

2- REFORMA Comprende la redacción y discusión y la aprobación provisional o definitiva de nuevos textos correspondiendo a veces a las chamarras legislativas sin intervención del poder ejecutivo

3- RATIFICACIÓN Es atribuida al pueblo que debe de manifestarse por medio de un referéndum ( consulta popular o votación )

La función de la reforma constitucional consiste en adaptar la Constitución a la realidad lo que puede impedir la ruptura de orden constitucional.La vida de los sistemas constitucionales oscila entre dos polos1- La Necesidad de una progresiva evolución de la constitución 2- La Convivencia de una estabilidad constitucional que favorezca el conocimiento de la constitución

La reforma constitucional no es la única vía de evolución constitucional existe el procedimiento es cual es la jurisprudencia constitucional esto se realiza por medio de la corte de constitucionalidad

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LIMITES A LA REFORMA CONSTITUCIONAL

El artículo 281 de la constitución nos dice que en ningún caso podrán reformar }se ni por una asamblea nacional constituyente ni por el congreso Los Artículos 140, 141, 165 inciso g 185 y 187 ( a cuestionen que se refieran a la forma republicana de gobierno , y al principio de no reelección al ejercicio de la presidencia de la república

** la inclusión de la normas pétreas en nuestro sistema puede justificarse por abuso que los gobernantes han cometido con el pueblo a través de las reformas constitucionales a través de dictaduras **

1-LIMITES EXPLICITOS ( se encuentran formalmente en la constitución) Estos son un mecanismo de defensa del ordenamiento preconstituido por fuerzas políticas que lo caracterizan, estos consisten en cláusulas que nunca se podrán reformar, esta inmutabilidad es absoluta cuando se prohíbe reformar la forma de gobierno establecido en nuestro artículo 281

2- LIMITES TEMPORALES Es admisible la reforma cuando se dan circunstancias particulares como no haber transcurrido cierto periodo de tiempo desde la adopción del texto constitucional . otras veces está prohibida la reforma si no ha pasado cierto tiempo desde la revisión anterior

La prohibición temporal puede ser expresa o implícita cuando los términos de la cláusula del procedimiento de reforma se han distanciado unas de otras. La prohibición expresa puede ser directa como cuando la constitución dispone que no podrá reformarse cuando ya hayan pasando cierto numero de años desde su vigencia o dependiendo de circunstancias de invasión extranjera o estado de emergencia

3- LIMITES IMPLÍCITOS Se refiere a que ningún ordenamiento si quiere subsistir puede consentir que rebasen algunas instituciones que corresponde a la parte esencial de la constitución y que únicamente el poder constituyente puede hacer las reformas del caso al cuerpo legal

EXCEPCIONES A LAS VIAS LAS CUALES SE PUEDEN REFORMAR LA COSNTIUCION EN BASE A LOS SIGUIENTES GRUPOS

4- EL DERECHO NATURAL5- TRATADOS INTERNACIONALES 6- ARTICULOS PETREOS

CARACTERÍSTICAS DE NUESTRA CONSTITUCIÓN

ESCRITA:

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nuestra constitución es escrita , ya que posee una serie de normas precisas, legisladas, y promulgadas, a las cuales debe ajustarse la conducta del estado. ( Esto sirve de testimonio solemne y público de principios que rige el estado)

CODIFICADA está contenida en un documento unitario, orgánico, y sistemático, respondiendo a un sistema de constitucional bien planeado

RIGIDA ( ver titulo IV poder público ) son las que poseen cierto tipo de formalidades que no existen en las leyes ordinarias para reformarla se afirma que esto le da más estabilidad y fuerza a la Constitución

La constitución rígida plantea la exigencia de la posible adaptación progresiva de su contenido a la cambiante realidad social es decir es decir debe amoldarse continuamente a la realidad cambiante necesita convertirse en un documento vivo al ritmo de exigencias sociales

DESARROLLADA Ya que expone fundamentos de organización política, insertando disposiciones relativas a otras materias.

ORIGINARIA Contiene principios nuevos u originales para la regulación del proceso político de la formación del estado

PARCIALMENTE PETREA prohíbe la reforma de una o varias de sus cláusulas

DERECHOS HUMANOS ( 44 CPRG ) Los derechos humanos individuales son los que están unidos a todos los seres humanos y no se separan son los derechos fundamentales del hombre conquistan al poder público o sea aquellos a los que el pueblo tiene el derecho ante cualquier gobierno del mundo solo por el hecho de haber nacidos como seres humanos

La declaración de derechos suele ser consecuencia de una revolución política social o económica que trata de afirmar atributos de la persona frente a un régimen o orden de cosas que los desconocen.

Son aquellos derechos inherentes a la naturaleza humana sin los cuales el hombre no puede vivir y desarrollarse integralmente

Históricamente las primeras declaraciones de derechos con verdades sentido democrático que estuvieron dirigidas a la generalidad de la población y no al hombre en si.

INSTRUMENTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS-Declaración Universal de derechos humanos

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- Declaración Americana de derechos humanos

DIFERENCIA ENTRE DERECHOS HUMANOS Y CONSTITUCIÓNLos derechos humanos no contienen mecanismo para hacer efectivos los derechos.La constitución si contiene los mecanismos para hacerlos efectivos por medio de la parte orgánica de la misma

PREEMINENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL ( 46 CPRG ) En materia de derechos humanos los tratados y convenios aceptados y ratificados por Guatemala tiene preeminencia sobre el derecho interno

DERECHOS HUMANOS SEGÚN SU CONTENIDOSe dividen en tres categorías1--Individuales (derechos civiles) son los que se reconocer determinados ámbitos de acción a la autonomía de los particulares garantizándoles iniciativa e independencia frente al estado.

DERECHOS INDIVIDUALESDerecho a la vida Supera los demás cercos por circunstancias de que ningún otro derecho puede concebirse separadamente de la vida , es el derecho de mantener y desarrollar la existencia del hombre como medio para realizar un fin

Derecho a la integridad personal Cuando se ocasiona un daño al individuo tanto física como mental

Derecho de igualdad Todos los seres humanos cualquiera que sea la clase condición social ala que pertenece sus medio económicos, raza o religión , tiene iguales derecho , en cuanto a la igualdad de oportunidades y en la promoción de valores y desarrollo humano

Derecho de libertad La libertad es el disfrute de los derechos fundamentales mediante los cuales el hombre, puede satisfacer sus necesidades fundamentales, una armonía entre derecho y libertad

Derecho de libertad de locomoción Toda persona tiene pleno derecho de moverse o desplazarse libremente dentro del territorio nacional , en donde la libertad de elección y fijación de residencia y domicilio va en añadidura así como la prohibición de expatriación de ningún guatemalteco Circunstancias en la que se priva el derecho de locomoción:-El arraigo, y durante el estado de alarma y o por responsabilidades penales contraídas

Derecho de libertad de acción

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Es el derecho de hacer todo lo que queramos siempre y cuando la ley no lo prohíba Formas de limitar el derecho de acción Flagrante delito (momento que se descubre la comisión de delito 257 CPP)2- Sentencia condenatoria firma por autoridad competente

Derecho de petición Es un derecho de todo ciudadana para dirigirse a los poderes públicos solicitando, favor , reparación de agravios o adopción de medidas que satisfagan el interés del peticionario este derecho tiene sus limitaciones.En el artículo 137 de la CPRG el derecho de petición en materia política corresponde exclusivamente a los guatemaltecos se excluye a los extranjeros

Derecho de libertad de acceso a tribunales y dependencias del estado Derecho de toda persona de presentarse a tribunales y oficinas públicas en calidad de interesado

Para ejercer sus acciones y hacer valer sus derechos de conformidad con la ley los extranjeros únicamente podrán acudir a la vía diplomática en caso de denegación de justicia Art. 29 CPRG

Derecho de reunión y manifestación Hay que distinguir estos dos derechos la reunión significa la mera agregación de personas para concentrarse para revelar con su presencia ideas, sentimientos, o aspiraciones, el derecho de asociación implica la constitución de una entidad moral que persigue un fin común y está dotada de una organización ( el derecho de reunión publica solo puede restringirse cuando su fin sea congrio a la Constitución, leyes ordinarias buenas costumbres, o circunstancias que lo hagan ser peligrosa para la tranquilidad pública )

Derecho a libertad de emisión de pensamiento Consiste en la facultad de exponer la propia convicción científicas, religiosa, etc, sin necesidad de previa autorización , salvando los respetos de libertad ajena y exigencias de orden público Sus limitantes, ( Art. 27 y 36 Ley de emisión del pensamiento) a juicio de jurado y a sanciones las publicaciones en que se abuse la libertad de emisión de pensamiento son los siguientes ( impresos que impliquen traición a la patria, hieran la moral, falta de respeto la vida privada, )Derecho de Aclaración Y Rectificación Art. 37 Ley de Emisión Pensamiento En publicaciones que se deben de aclarar - si atribuye a personas hechos inexactos

- se hagan imputaciones( Debe publicarse en forma gratuita en la misma página y caracteres y limitarse a rectificar la publicación principal ) **Cuando el medio de comunicación, no cumple con aclarar o rectificar los hechos cometidos en contra del agraviado el juez de paz apremia para que se publique previa audiencia al periódico **

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JURADOSReunión de cierto número de ciudadanos que sin pertenecer a la magistratura profesional son llamados por la ley para concurrir transitoriamente a la administración de justicia Las deliberaciones serán secretas y las decisiones por mayoría absoluta Art. 65 LEPCOMO SE ESCOGEN LOS JURADOS Se integra por una lista que existe en los departamentos En el departamento de Guatemala ( Son 7 personas de colegios de abogados, 7 por medio de la asociación de periodistas y siete de la municipalidad en los demás departamentos son tres por cada asociación. RequisitosGuatemalteco, mayor de edad, de notoria conducta no ser funcionario y empelado público,

CUANDO DA LUGAR A L JUICIO DE JURADOS-Impresos sediciosos (alzamiento contra el orden público), traición a la patria, contra la moral, calumnias e injurias graves

PROCEDIMIENTO DEL JUICICO

1- Delito (ofendido presenta escrito al Juez 1 instancia penal. ) Art. 54 LEP2- 48 horas después de la citación se hace sorteo de jurados3-Integrado el Jurado el juez los cita para audiencia, de organización y organización del mismo 4- Juez fija día y hora para la vista plazo de 3 días 5-Vista pública6-Deliberaciones de los jurados, ( forma secreta )7- Si no deliberan recaban nuevas pruebas 24 horas se resuelve8- Apelación remite autos ala Sala en 48 horas a la sala se fija hora y día para la vista

Libertad de religión La religión comprende tres aspectos ( libertad de creencias, de expresión ya sea oral o escrita, y la libertad de practicar libremente el culto d e su religión )

Personalidad jurídica de las iglesias Autorización que le confiere el estado para adquirir derechos y contraer obligaciones al igual que las personas individuales,

Tenencia y portación de armas A fin de reforzar su seguridad y la legitima defensa de el y su familia nadie nos puede obligar a entregar armas salvo mediante orden de juez competente

Propiedad privada

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Derecho de todo ser humano de poder adquirir bienes y ser dueños, y así disponer de estos bienes y pertenencias como mejor les parezca siempre que se respeten las leyes del estado ** Este derecho no es un derecho absoluto ni incondicional tiene su limitante ya que la propiedad privada es un derecho humano individual en función social es decir servir al dueño pero también a la colectividad

Protección al derecho de propiedad Con esta norma se esta evitando que el estado abuse de las personas con la imposición de multas elevadas , las multas que se imponen por no pagar el valor de los impuestos no podrán ser mayores de los que no se pago.

Derecho de autor o inventor Es la disposición de la s creaciones como se quiera libremente de acuerdo a leyes y tratados así como su respectivo registro

Libertad de industria , comercio, y trabajo Esta libertad consiste en la posibilidad de dedicarse a cualquier actividad productora sin tropezar con privilegios o rabas de origen estatal ( la única limitante son la que por motivos sociales, o de interés nacionales estén contenidas en ley )

GARANTIAS PROCESALES CONSTITUCIONALES ( Materia penal ) -Ser notificados del motivo dela detención

-Autoridad que lo ordenoLugar en que permanecerá Art. 7 CPRG

-Ser informa sobre sus derechos sobre todo contar con un abogado defensor Art. 8 CPRG

-Interrogatorio ante autoridades judiciales competentes ( En un término no mayor de 24 horas )

-Centro de detención Legal ( El estado debe mantener al detenido en lugares legales y públicos destinados para el efecto )

-La policía no debe presentar a los medios de comunicación a la persona que no ha sido indagada por tribunal competente Art. 13 CPRG

El detenido tiene el derecho de no declarar contra si mismo , cónyuges, persona unida de hecho, ni contra sus parientes dentro del cuarto grado de ley Art. 16 CPP, 442 CPP,

La declaración simple , al sindicado no se le juramenta ni se protesta, solamente se le amonesta 408 CPP

Derecho de defensa; Nadie puede ser condenado ni privado de sus derechos, sin haber sido oído, citado, y vencido en juicio ante autoridad competente.

Presunción de Inocencia ( toda persona es inocente mientras no se declare su culpa en sentencia ejecutoriada 14 CPP

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Publicidad de proceso ( En materia penal tienen de derecho a conocer , de todas las actuaciones, documentos y diligencias penales sin reserva alguna y de manera inmediata todas las partes inmersas en el juicio penal.

Detención por faltas o infracciones:Podemos ser detenidos por infracciones a reglamentos. Si llevamos nuestros documentos de identificación, o persona que nos conozca y la autoridad le crea entonces tenemos derecho a ser detenidos pero si a presentarnos ante juez competente dentro de 48 horas ( si no nos presentamos estamos incurriendo en delito ) para estos casos todos los días y horas son hábiles para ello entre 8 y 18 horas ** Si no presentamos documento de identificación, si nos pueden detener pero la autoridad dentro del termino de una (1) hora nos deberá presentar ante autoridad competente

Irretroactividad de ley ( Salvo en materia penal cuando favorezca al reo )

NO HAY DELITO NI PENA SIN LEY ANTERIOR ( Si una acción que nosotros cometemos, o que dejemos de hacer no está calificada por una ley como delito o falta no se nos puede castigar sin ello.

Inviolabilidad de domicilio 23 CPRG ( nadie puede ingresar a la residencia, solo mediante orden juez competente y solo lo pueden hacer después de las seis de mañana y antes de las seis de la tarde

DERECHOS SOCIALES ECONOMICOS, Y CULTURALES Son todos aquellos que la constitución reconoce a la persona ya no de forma individual si no como miembros dela sociedad por lo tanto el estado esta obligado a prestarlos, garantiza el derecho la salud, educación, de conformidad al principio de justicia social CARACTERÍSTICAS - Son derechos colectivos de prestación del estado-Son programáticos el estado debe de acatar dentro de sus posibilidades

2--Sociales - la familia ( igualdad de derechos entre cónyuges, paternidad

responsable igualdad de hijos ante la ley )

GRADO DE PARENTESCOPOR CONSANGUINIDAD hacia arriba ( Línea ascendente) los padres en primer grado, abuelos segundo grado bisabuelos en tercer grado tatarabuelos cuarto grado ( Línea descendente ) hijos en primer grado, nietos segundo grado, bisnietos tercer grado y tataranietos cuarto grado (Línea colateral ) hermanos segundo grado, tíos carnales segundo grado, tercer grado tíos ** hermanos de tus abuelos ) en cuarto grado sobrinos *** hijos de los hermanos de tu papá o mamá.

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AFINIDAD primer grado esposa, yernos y nueras en segundo grado suegros cuñados padrastro y madrastra, hijastros

- la cultura ( es el grado de desarrollo artísticos, científico de la sociedad )

- educación ( fin de la educación desarrollo físico, moral e intelectual , así como la instrucción de la CPRG y derechos humanos. )

- ( Universidad de San Carlos ( máxima entidad educativa del país, goza de autonomía le corresponde desarrollar la educación superior del estado

COMO SE GOBIERNA LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA- Su máxima autoridad es el consejo superior universitario ( lo integra el rector, los decanos de las facultades, Un representante del Colegio profesional egresado de esa universidad que corresponda a cada facultad, un catedrático titular y un estudiante por cada facultad

COMO SE SOSTIENE LA UNIVERSIDADEl estado está obligado a darle cada año una cantidad de dinero no menor del 5 por ciento del presupuesto general de ingresos

COMO SE CONTROLA UNIVERSIDAD PRIVADA SUPERIORExiste el Consejo de Enseñanza privada superior ( se integra por dos delegados de la USAC, dos de universidades privadas, y un delegado del Colegio de Profesionales que no tenga cargo alguno en alguna universidad . PAGAN IMPUESTOS LAS UNIVERSIDADESTodas las universidades están exentas del pago de arbitrios, impuestos o contribuciones

LA COLEGIACIÓNSon asociaciones gremiales no lucrativas, esencialmente con personalidad jurídica y patrimonio propio El fin del Colegio de profesionales es velar por el buen funcionamiento y desempeñó de las labores de los colegiados ORGANIZACIÓNCien graduados de la profesión, acta notarial en la que se hará constar designación de junta directiva, y proyecto estatutos, La junta directiva solicita al consejo superior universitario la aprobación de la constitución del colegio y su aprobación.de la constitución del colegio y su inscripción ( se acompañan acta constitutiva y proyecto de estatutos ) el Consejo superior universitario, recaba informe de la asamblea de presidentes de los colegios profesionales, emite una resolución aprobando o no - acta de inscripción con copia certificada para entregar ala junta directiva ( prueba de la personalidad jurídica ) Consejo superior universitario , remite al diario oficial, - publicar copia certificada de estatutos y acta de inscripción ORGANIZACIÓN DE LOS COLEGIOS

1- Asamblea general órgano superior reunión de todos lo miembros activos

2- Junta directiva, actúa como órgano ejecutivo ( siete miembros ) presidente, vicepresidente, secretario, vocales

3- Comisiones

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IMPUGNACIONESContra lo dispuesto por la asamblea de colegios profesionales cabe recursos de AclaraciónAmpliaciónApelación ante organismo superior

- deporte ( El estado está obligado a dar el 3 por ciento de sus ingresos al deporte federado y no federado,

AUTONOMIA EN EL DEPORTELa Constitución le da autonomía al deporte federado a través de sus organismo que son ( Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y Comité olímpico Guatemalteco *tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y no pagan ninguna clase de impuestos y arbitrios )

- Salud - ( Seguridad social, para beneficio de los habitantes del país, su

régimen se instituye como función pública en forma nacional, unitaria y obligatoria y está a cargo del IGSS

- Comunidades Indígenas - ( El gobierno de Guatemala respeta, reconoce, y promueve las

formas de vida, costumbres, tradiciones, idiomas y dialectos y personas que formen parte de las distintas comunidades indígenas)

-- Trabajo - El régimen laboral de Guatemala debe organizarse conforme a

principios de justicia social ( trato de forma justa , en cuanto a sus condiciones de vida humana )

- Derechos mínimos de trabajador - Todo trabajo debe ser pagado, pago en moneda de curso legal, goce

del salario mínimo, protección a la mujer trabajadora, quince días hábiles de vacaciones, libertad de organizarse en sindicatos, los menores de catorce años no pueden trabajar,

- LA JORNADA DE TRABAJO - no puede exceder de 8 horas diarias ni de 44 a la semana. **

Son 48 para efectos de pago **- Trabajo nocturno ( no puede ser mayor de seis ni de 36 a la

semana )- Trabajo mixto ( no puede ser mayor de siete ni de 42 a la

semana ) - ** horas extraordinarios deben ser remuneradas como tal. **

Artículo 116 CPRG Los trabajadores tienen derecho a la huelga , ** siempre y cuando no afecten los servicios públicos esenciales **

4- DERECHOS POLÍTICOS

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Son de contenido positivo en la que se le da participación a los ciudadanos en la formación de organismos del estado y el acceso a funciones públicas

-elegir y ser electo-derecho a la paz -derecho a la libre determinación de los pueblos.

REGIMEN ECONOMICO SOCIAL

QUIEN ORIENTA LA ECONOMIA NACIONAL118El estado tiene la obligación de orientar la economía nacional con el propósito de lograr una equitativa distribución de la riqueza ( es decir que todos tenga empleo y reciban una cantidad de dinero justa a manera de vivir dignamente )

Concepto Moneda Es una media de cambio autorizada y adoptada su característica ser de curso legal

Banco de GuatemalaInstitución Bancaria que es el centro del sistema financiero de un país normalmente total o parcial por el gobierno de estado en su calidad de regular el crédito y la moneda

Quienes integran la junta monetaria-Presidente Banco de Guatemala nombrado por el presidente de la república -Ministros de Finanzas, economía agricultura y ganadería y alimentación -Un miembro electo por el congreso, -un miembro electo por consejos d e administración o juntas directivas de los bancos privados y nacionales-un miembro electo por el consejo superior universitario de la USAC

Funciones de la Junta Monetaria (Vigila lo relativo al dinero ) - Establecer la política monetaria cambiaria, y crediticia del país.- Velar por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional- Velar por la estabilidad y fortalecimiento de la banca privada

OBLIGACIONES DEL ESTADO119- Promover el comercio- Promover la inversión ( nacional y extranjero ), capital y ahorro, - Mejorar el nivel de vida de sus habitantes, - Defender a los consumidores y usuarios en cuanto a la calidad de

productos de consumo

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INTERVENCIÓN DE EMPRESAS 120El estado las puede intervenirlas con el objeto de seguir prestando el servicio al público de manera normal

BIENES DEL ESTADO 121

Ingresos fiscales y municipales Monumentos y reliquias arqueológicas Frecuencias radio eléctricas Los de dominio publico ( Aguas marítimas y continentales, aguas subterráneas Patrimonio del Estado

LIMITACIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES138-139 CPRG 138-140En caso de invasión del territorio de perturbación grave de la paz, de actividades contra la seguridad del estado o de calamidad pública..

La limitación de los derechos constitucionales se fundamentar en que está limitación está hecha para la seguridad e integridad del estado y del orden público y es para que se cumpla el bien común que persigue el estado, y además se sustenta el interés de la sociedad priva sobre el particular

El bien común puede verse perturbado por distintos factores ya sean intensos o externos. Ante la posibilidad de ese peligro el poder público tiene la misión de reestablecer el equilibrio y la paz social

En tal caso de la suspensión de las normas permanecen validad, aunque se suspende, temporalmente su eficacia . Un aspecto particularmente delicado a la suspensión concierne a la determinación de la fuente normativa que puede permitirla habilitando un órgano constitucional por lo general al ejecutivo para suspender la constitución y establecer un orden excepcional cuando se dan situaciones de peligro para el ordenamiento constitucional

LEY DE ORDEN PÚBLICOSe concreta a regular lo que conocemos como estados de excepción y las medidas que la autoridad legalmente constituida puede adoptar en dichos casos, Los estados d e excepción se traducen en una restricción a determinados derechos expresamente reconocidos y garantizas por la ley suprema del país. No afectara el funcionamiento de los organismo del estado y sus miembros gozarán siempre de las inmunidades y prerrogativas que les reconoce la ley tampoco afectará el funcionamiento de los partidos políticos

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La constitución ha ligerado un positivo avance en cuanto a la protección constitucional de los derechos humanos aun durante los estados de excepción en otras palabras se ha limitado la esfera de intervención del estado, lo que armoniza los principios básicos del derechos

DERECHOS QUE PUEDEN SUSPENDERSE

Libertad de acciónDetención ilegalLibertad de locomociónTenencia y portación de armasLibertad de emisión del pensamiento

GRADOS EN QUE SE SUSPENDEN 1-estado de prevención2-estado de alarma3-estado de calamidad pública ( terremotos, inundaciones 4-estado de sitio 5-Estado de guerra

Nos dice que también existe el toque de queda que puede ser decretado o establecido por el gobierno estableciendo que de tales horas a tales horas no pueden circular las personas ni vehículos estos se hace para evitar el desorden y el robo.

La suspensión es una limitación que supone una derogación transitoria del normal funcionamiento de algunas de las instituciones y del ejercicio de ciertos derechos garantizados a ellas

ESTADO DE PREVENCIÓN Y ESTADO DE ALARMA

El estado de prevención y alarma se dirige a debilitar los hechos que atacan la constitución sino los derechos que esta garantiza, se califica al estado de alarma como racional elemento del orden. No es más que el orden de policía en tiempos normales fortaleciendo por situaciones de emergencia Se resume el estado de prevención como un refuerzo de las atribuciones delas autoridades civiles y un estado de alerta por las fuerzas de policía pero sin la intervención preponderante de que al ejercito le corresponde el estado de sitio o de guerra

ESTADO DE CALAMIDAD PUBLICA

Se encuentra destinado a proveer de las medidas apropiadas en casa provocados especialmente por fenómenos naturales como terremotos,

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inundaciones, epidemias, que afecten ya sea a todo el territorio nacional o determinadas zonas del mismo. Pues aparte de constituir un mal material conlleva un peligro para el orden social por la terrible depresión que produce y lo más grave el hurto se incrementa en esa circunstancias

ESTADO DE GUERRA

EL estado de guerra es una institución jurídica prevista de antemano cuyo objeto es restablecer la paz pública y con ella , el imperio de la ley se caracteriza por un reforzamiento del poder ejecutivo consiste en atribuir ala autoridad militar competencias pertenecientes a la civil

ESTADO DE SITIO Es siempre un hecho o conjunto de hechos ya producidos inequívocamente cierto, que pueden consistir en una conmoción interior o un ataque exterior pero ambos producen una perturbación del orden al mismo tiempo originan un peligro grave e inminente el cual puede afectar conjuntamente el ejercicio de la constitución

CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO DE EXCEPCION

-Debe ser evidente un caos reinante.- Las medidas a aplicar son de carácter temporal o transitorio-La aplicación de medidas será la consecuencia de fenómenos naturales o convulsiones sociales - La finalidad es la defensa del orden constitucional o superar un caos por fenómenos naturales

APLICACIÓN:Se aplicara en los casos de invasión del territorio nacional, de perturbación grave de la paz, de calamidad pública o de actividades contra la seguridad del estado

Artículo 2 el presidente de la república en consejo de ministros calificará las situaciones previstas en el artículo anterior y según la naturaleza o gravedad emitirá el decreto que corresponda con las especificaciones del caso

Artículo 6 Inmediatamente después de emitido el decreto que establece el estado de alarma, de calamidad publica, o de sitio se dará cuenta al Congreso de la república para que lo ratifique, modifique o impruebe. En caso de modificaciones o de improbación por parte del Congreso lo actuado con anterioridad tendrá plena validez

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REQUISITOS PARA LA DECLARATORIA DEL ESTADO DE EXCEPCION

El estado de prevención debe tener la aprobación del Congreso de la República después de declarado por el presidente en Consejo de Ministros

EL DECRETO QUE ACUERDE EL ESTADO DE EXCEPCION ESPECIFICARA

1- Los motivos que lo justifiquen, los cuales deberán de ser de suficiente peso para que verdaderamente justifiquen un medida de tal magnitud

a- Los derechos que no pueden asegurarse en su plenitud el decreto deberá ser explicitó en ese sentido

b- El territorio que afecte el decreto deberá de determinar si es de aplicación en todo el territorio nacional o en una parte o zona del mismo

c- El tiempo que durará su vigencia los efectos d el decreto no podrán exceder de treinta día por cada vez

ESTADO Es una sociedad humana asentada en un territorio determinado, sujeto a un poder soberano, que crea, define, y aplica un ordenamiento jurídico para obtener el bien común de sus componententes.

ELEMENTOS1-TERRITORIOEs el espacio físico en que el estado ejerce su poder y desenvuelve su actividad específica.El territorio es el ámbito espacial de validez del orden jurídico del estado.

FUNCION DEL TERRITORIOConstituye una limitación física de la soberanía estatal

** El estado se reserva el demonio de una faja terrestre de tres kilómetros a los largo de los océanos, contados a partir de la línea superior de las marear de doscientos metros, alrededor de las orillas de los lagos de cien metros a cada lado de las riberas de los ríos navegables de cincuenta metros alrededor de las fuentes manantiales donde nazcan las aguas que surtan a las poblaciones.

LIMITACIÓN A LAS FAJAS FRONTERIZAS solo los guatemaltecos de origen o las sociedades cuyos miembros tengan las mismas calidades podrán ser propietarios o poseedores de inmuebles situados en la faja de quince

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kilómetros de ancho a lo largo de fronteras medidos desde la línea divisoria ( Trata el estado con esta medida de evitar conflicto y manera de unidad estatal ).

ESPACIOS GEOGRAFICOS ESPACION TERRESTRE

Comprende no solo el suelo sino el subsuelo terrestre, el lecho y el subsuelo del mar territorial y la zona económica exclusiva y plataforma continental 142 CPRG

ESPACIO MARÍTIMO Es la anchura del mar hasta un límite que no exceda de dos millas marinas medias a partir de la línea base Zona contigua ( que toca o cosa ) No podrá ser mayor de 24 millas marinas contadas de la líneas base

Zona económica Exclusiva No se extenderá más halla de 2000 millas de navegación contadas a partir de la cuales se mide la anchura del mar territorial . sus derechos de soberanía conllevan fines de explotación, exploración, conservación, administración de recursos naturales.

Plataforma Continental Es aquella que comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más halla del mar territorial , los derechos de explotación y exploración de recursos naturales.

La zona son los fondos marinos y oceánicos son patrimonios de la humanidad y ningún estado podrá ejercer soberanía

ESPACIO AERERO

navegación aérea Es el uso del espacio aéreo con el objeto de permitir la navegación de otras naves en el territorio del Estado Soberano

Telecomunicaciones a larga distancia Son disposiciones que aseguran la garantía y libertad de comunicaciones y de tránsito.

Cinco libertades-El derecho de atravesar el territorio de los estados partes sin aterrizar - El derecho de aterrizar por motivos no comerciales en el Territorio de los estados.-El derecho de embarcar pasajeros, correo y mercancías, con destino al territorio del estado del cual la aeronave posee la nacionalidad .

ESPACIO AEREO Y ESPACIO ULTRATERRESTREEl espacio ultraterrestre comienza donde la atmósfera de la tierra se desvanece en un vació de 80 y 160 kilómetros sobre el suelo su altura no esta oficialmente delimitada por el convenio

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2- POBLACIÓNSon los habitantes que residen en forma permanente en su territorio.Nacionalidad : ( 144 al 146 de la CPRG ) Es el lazo jurídico y político de carácter permanente que vincula un individuo a un Estado

Principios de la nacionalidad -Todo hombre debe tener una nacionalidad -Todo hombre es libre de cambiar su nacionalidad- La nacionalidad implica vinculación efectiva con el país del cual es nacional

La nacionalidad puede ser : Originaria : cuando resulta del nacimiento

Son guatemaltecos de origen los nacidos en territorio nacional , y los hijos de padre o madre guatemaltecos nacidos en el extranjero . Se exceptúan los hijos de funcionarios diplomáticos.

Adquirida Cuando proviene de la nacionalidad por otra

Nacionalidad de centro americanosSon guatemaltecos a los nacionales por nacimiento de las repúblicas que constituyeron la federación centroamericana

Sistemas que rigen la nacionalidadIUS SANGUINIS es el derecho sobre los lazos consanguíneos

IUS SOLILa nacionalidad se determina por el lugar de su nacimiento

Apatrida es aquella persona que carece de nacionalidad

Pueblos Homogéneos : Son aquellos que pertenecen a la misma raza, idioma, cultura y religión permitiendo organizarse políticamente de manera independiente y de constituir un estado

CIUDADANIA 147 CPRG Institución que habilita para el ejercido de todos los derechos políticos y comporta deberes y responsabilidades hacia el estado Son derechos y deberes de los guatemaltecos además de los consignados en otras normas de la Constitución y Leyes de la República los siguientes

- cumplir y velas por el cumplimiento de la constitución- obedecer las leyes- guardar respeto a las autoridades

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3- SOBERANIA/ PODER PODER El estado , le permite dictar normas obligatorias que regulan la convivencia social de los habitantes que se encuentra en su jurisdicción

El poder es el que nos manda por lo que se han creado normas jurídicas por parte del estado para la ordenamiento de la colectividad para cumplir con las atribuciones

Características del poder-No es absoluto.-esta determinado en el ordenamiento jurídico.-es un poder soberano está por encima de otro poder .-es un poder de dominación ya que permite hacer uso de la coacción para que cumplan las disposiciones legales.

El poder público es considerado como competencia, imperativo jurídico y un medio

-competencia:porque se distribuyen en tres funciones legislativa, ejecutiva y judicial

-imperativo jurídico: El poder público implica la facultad de crear el derecho, definirlo en normar jurídicas y aplicarlo unilateralmente sin previa consulta empleando la coacción si es necesario

-medio Instrumento adecuado para realizar los fines fundamentales del estado en especial el bien común

SOBERANIA Es el poder supremo del estado , poder que no esta sometido a ningún otro poder y que tienen bajo su dominio a todos los otros poderes que puedan existir en esa organización política

** La soberanía radica en el pueblo quien la delega en sus gobernantes, quienes determinan y constituyen el poder **.

Características de soberanía.- es única-es indivisible (no puede dividirse) - Inalienable (No puede cederse, ) - Imprescriptible (No deja de tener vigencia a lo largo del tiempo.-es absoluto

Sujetos de la soberanía 1- ESTADO como persona jurídica solo puede existir en el derecho, la soberanía se encuentra sometida al derecho ya que la soberanía significa

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la existencia de un poder supremo, que tiene por objetivo el bien común. de la población.

GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN El organismo ejecutivo realiza una doble función

-Los actos de gobierno tienden a la dirección de la administración.

- La administración organiza los servicios públicos destinados al obtener el bien público

4-ORDENAMIENTO JURÍDICO Conjunto de normas jurídicas vigentes y positivas que se relacionan entre sí, que están jerarquizadas y que rigen en cada momento la vida del ser humano y las instituciones dentro de una nación determinada.

5-BIEN COMUN Es el bienestar de sus habitantes su progreso y aseguramiento de la paz dentro del ordenamiento jurídico Art. 1 CPRG.

FORMAS DE ESTADO

1- ESTADO SIMPLE O UNITARIOEs aquel en que la soberanía se ejercita de manera directa sobre un solo pueblo que está habitando un mismo territorio, además posee un solo centro de impulsión política y administrativa dando lugar a

Centralización PolíticaLa actividad pública corresponde a órganos cuya competencia se extiende a todo el territorio nacional.

Centralización administrativa Cuando el órgano superior mantiene la dirección y control de órganos que integran la administración .

Descentralización Cuando las funciones del estado son cumplidas por órganos de competencias limitada.

Todos los individuos obedecen a una sola autoridad y viven bajo un solo régimen constitucional

SISTEMA DE GOBIERNOSon utilizados para designar al conjunto de poderes públicos o sea los órganos a los que se le atribuye el ejercicio supremo de la soberanía

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REPUBLICANO (quiere decir que se opone a la monarquía y a lo autocrático) Está es electiva y temporal existen o pueden existir una jefatura encargada a una persona o varias siendo el resultado de una elección el ejercicio del poder está directo e indirectamente en el pueblo quien lo delega a sus gobernantes

Teoría de la representación.Adecuándose en el sistema democrático en el cual se produce a raíz de elecciones libres y periódicas , con la pluralidad de partidos políticos , y diversas corrientes de opinión con libertad de expresión

IDIOMA OFICIAL El idioma oficial de Guatemala es el español las lenguas vernáculas formas parte del patrimonio de la Nación

Solo el estado reconoce respeta y promueve los idioma indígenas ( kiche, man, poqomchi, etc. )

RELACIONES INTERNACIONALES 149-151 CPRG Guatemala normará sus relaciones con otros estados, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio muto y equitativo entre los estados

IMPERIO DE LA LEYDebe entenderse la formalmente creada por el órgano popular representativo ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE como expresión de voluntad general en donde la ley ordinario se subordina a la ley fundamental la CONSTITUCIÓN .

RESPONSABILIDAD POR INFRACCION DE LEY Los funcionarios y empleados públicos actúan unilateralmente imponiendo sus decisiones dentro del marco de la constitución Política de la República de Guatemala y las leyes pero actual limitadamente

Los particulares Tienen el deber de obediencia, pero el derecho de afirmar la juridicidad y reclamar la actuación unilateral indicada para el bien común

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La responsabilidad de los funcionarios y empelados públicos podrá deducirse mientras no hubiere consumado la prescripción cuyo término será de veinte años

Ni los guatemaltecos ni los extranjeros podrán reclamar al estado la indemnización de daños y perjuicios causados por movimientos armados o disturbios civiles

NO OBLIGATORIEDAD DE ORDENES ILEGALESNingún Funcionario o empleado público civil o militar está obligado a cumplir ordenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito.

ORGANOS DEL ESTADOEn la Constitución y en leyes conexas de carácter ordinario que se desarrollan en lo relativo al Organismo legislativo, Ejecutivo y Judicial.Cuyo objeto del estado es esencialmente un fin de derecho.

ORGANISMO LEGISLATIVOEs el órgano del estado que tiene a su cargo esencialmente la función de legislar, tiene una naturaleza eminentemente política, la función creada del derecho que le corresponde

FUNCION LEGISLATIVA Y JUSTIFICACIÓN DE FUNCION LEGISLATIVAEs la que permite al Estado formular el derecho objetivo o regla de derecho, con reglas preceptivas o decisiones de autoridad que obedecemos todo porque nos obligan, nos prohíben o nos permiten hacer algo con tales argumentos

FUNCION LEGISLATIVA El estado instituye el ordenamiento jurídico que regula su organización y su acción, así como la vida social. La función legislativa es la actividad estatal que tiene por objeto la creación de normas jurídicas generales en otra palabra la de hacer leyes.

COMPOSICIÓN DEL ORGANISMO LEGISLATIVOUNICAMERALISMOSostiene que el poder legislativo se ejerce por una sola cámara llamada de diputados o representantes.

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

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POTESTAD.Esta compuesto por diputados electos directamente por el pueblo en un sufragio universal y secreto por el sistema de distritos electorales y de lista nacional, para un periodo de cuatro años pudiendo ser reelectos

INTEGRACIÓNCada uno de los departamentos de la república, constituye un distrito electoral el municipio de Guatemala forma el distrito central , y los otros municipios del departamento constituyen el distrito de Guatemala.Por cada distrito electoral deberá elegirse como mínimo un diputado. La ley establece el número de diputados que correspondan a cada distrito en proporción a la población un número equivalente al veinticinco por ciento de diputados distritales será electo directamente como diputados por lista nacional. La falta definitiva de un diputado se declarará vacante el cargo. Llamando al postulante que aparezca en la respectiva nómina distrital o lista nacional a continuación del último cargo adjudicado.

SESIONESEl periodo anual de sesiones se inicia el catorce de enero de cada año sin necesidad de convocatoria. El congreso se reunirá en sesiones ordinarias del catorce de enero al quince de mayo y del uno de agosto al treinta de noviembre de cada año. Se reunirán en sesiones extraordinarias cuando sea convocado por La Comisión Permanente o por el Organismo Ejecutivo .para conocer los asuntos que motivaron la convocatoria.

Podrá conocer de otras materias con el voto favorable de la mayoría absoluta del total de diputados que lo integran .

El veinticinco por ciento de diputados o más tiene derecho a pedir a la Comisión Permanente la convocatoria del Congreso. por razones suficientes de necesidad o conveniencia pública. Si la solicitare por lo menos la mitad más uno del total de diputados, la comisión permanente deberá proceder inmediatamente su convocatoria

ORGANIZACIÓN DEL ORGANISMO LEGISLATIVO Se encuentra por cuatro organismos internos.

1- Pleno del congreso., ( Diputados )2- Junta Directiva ( Coordina actividades del congreso, convoca a

sesiones se elige anualmente3- Comisiones de trabajo del congreso ( Analizan proyectos y se pasan

al pleno4- Comisión permanente del congreso ( Se encarga de labores del

congreso el período vacaciones se elige anualmente )

MAYORIA PARA LAS RESOLUCIONES

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Las resoluciones del congreso, deben tomarse con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que lo integran salvo los casos en que la ley exija un número especial

AUTORIZACIÓN A DIPUTADOS PARA DESEMPEÑAR OTRO CARGOLos diputados pueden desempeñar el cargo de ministros o funcionario de Estado o de cualquier otra entidad descentralizada o autónoma. En estos casos deberá concedérseles permiso por el tiempo que duren en sus funciones ejecutivas, en su ausencia será sustituido por el diputado suplente.

PRERROGATIVAS DE LOS DIPUTADOS Los diputados son representantes del pueblo y dignatarios de la Nación como garantía para el ejercicio de sus funciones gozarán, desde el día que se les declare electos, de las siguientes prerrogativas.

1- Inmunidad personal para no ser detenidos n juzgados , Sui la Corte Suprema de Justicia no declara previamente que ha lugar a formación de causa después de conocer el informe del juez pesquisidor que deberá nombrar para el efecto. Se exceptúa el caso de flagrante delito en que el diputado sindicado deberá ser puesto inmediatamente a disposición de la Junta Directiva o Comisión Permanente del Congreso para los efectos del antejuicio correspondiente .

2- Irresponsabilidad por sus opiniones, por su iniciativa y por la manera de tratar por negocios públicos en el desempeño de su cargo.

Todas las dependencias del estado tienen la obligación de guardar a los diputados las consideraciones derivadas de su alta investidura. Sólo el congreso será competente para juzgar y calificar si ha habido arbitrariedad o exceso y para imponer las sanciones disciplinarias pertinentes

REQUISITOS PARA EL CARGO DE DIPUTADOPara ser electo diputado, se requiere ser guatemalteco de origen y estar en el ejercicio de sus derechos ciudadanos

JUNTA DIRECTIVA Y COMISION PERMANENTEEl congreso elegirá cada año su junta Directiva. Antes de clausurar el período de sesiones ordinarias elegirá la Comisión Permanente presidida por el Presidente del Congreso , la cual funcionará mientras el congreso no esté reunido, la integración y las atribuciones de la Junta directiva y de la Comisión Permanente serán fijadas en la Ley de Régimen anterior.

PROHIBICIONES PARA SER DIPUTADOSa) -Los funcionarios y empleados de los Organismos Ejecutivo, Judicial

y Tribunal Y contraloría de Cuentas así como, los magistrados del tribunal supremo electoral y el director del Registro de ciudadanos.

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Quienes desempeñen funciones docentes y profesionales al servicio de establecimientos de asistencia social, están exceptuados de la prohibición anterior

b) Los contratistas de obras o empresas públicas que se costeen con fondos del estado o del municipio

c) Los parientes del Presidente de la República y los del Vicepresidente dentro del cuatro grado de afinidad o segundo de afinidad

d) Los que habiendo sido condenados en juicio de cuentas por sentencia firme no hubieren solventado sus responsabilidades

e) Quienes representen intereses de compañías o personas individuales que exploten servicios públicos.

f) Los militares en servicio activo.

Al tiempo de su elección posteriormente, si el electo resultare incluido en cualquiera de las prohibiciones contenidas en este artículo, se declarará vacante su puesto, pero si fuera de los comprendidos en las literales a) y e) podrá optar entre el ejercicio de sus funciones o el cargo de diputado

Es Nula la elección de diputado que recayere en funcionario que ejerza jurisdicción en el distrito electoral que lo postula, o la hubiere ejercido tres meses antes de la fecha en que se haya convocado la elección.

El cargo de diputado es compatible con el desempeño de misione s diplomáticas temporales o especiales y con la representación de Guatemala en congresos internacionales.

ATRIBUCIONES DEL CARGO DE DIPUTADOa) Abrir y cerrar sus periodos de cesiones

b) Recibir el juramento del vice y presidente de la república , al presidente del organismo judicial y darles posesión a sus cargos

c) Aceptar o no la renuncia del presidente o vicepresidente de la república el congreso aprobará la renuncia respectiva.

d) Dar posesión de la presidencia de la república , al vicepresidente en caso de ausencia absoluta o temporal del presidente

e) Desconocer al presidente de la república si habiendo vencido su período constitucional continua en el ejercicio del cargo. En tal caso el ejercito pasara a depender del congreso

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Declarar con el voto de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el congreso la incapacidad física o mental del presidente de la república para el ejercicio del cargo . la declaratoria debe fundarse por dictamen previo de una comisión de cinco médicos por la junta directiva del colegio a solicitud del congreso.

Declarar si ha lugar o no a formación de causa contra el presidente y Vicepresidente de la República , presidente y Magistrado de La corte Suprema de Justicia, del tribunal supremo electoral, y de la corte de Constitucionalidad, Ministro s y Viceministros de Estado, cuando estén encargados del despacho, secretarios de la presidencia de la república subsecretarios que lo sustituyan, procurador de los derechos , Fiscal General y Procurador General de la Nación

** Toda resolución sobre esta materia ha de tomarse con el voto favorable de las dos terceras partes del número total de diputados **

INTERPELACIONES A MINISTROS

Acto por el cual los ministros de estado tiene la obligación de presentarse al congreso a fin de contestar preguntas que se le plantean sobre el ejercicio de su cargo

Las preguntas básicas deben comunicarse al ministro o ministros interpelados con cuarenta y ocho horas de anticipación , ni el congreso en pleno , ni autoridad alguna, podrá limitar a los diputados al congreso el derecho de interpelar.

Cualquier diputado puede hacer las preguntas adicionales que estime pertinentes relacionadas con el asunto o asuntos que motiven la interpelación y de está podrá derivarse el planteamiento de un voto de falta d e confianza que deberá ser solicitado por cuatro diputados.

EFECTOS DE LA INTERPELACIÓNCuando se plantea la interpelación de un ministro este no podrá ausentarse del país, ni excusarse de responder en forma alguna. Si se emitiere voto de falta de confianza a un ministro aprobado por no menos de la mayoría absoluta del total d e diputados al congreso, el ministro presentara inmediatamente su renuncia.El presidente de la república podrá aceptarla pero si considera en consejo de Ministro, que el acto o actos censurables al ministro se ajustan a la conveniencia nacional y política de gobierno

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El interpelado podrá recurrir dentro d e los ocho días a partir de la fecha del voto de falta de confianza.Si no lo hiciere se le tendrá por separado del cargo e inhábil para ejercer al cargo por un período no menor de seis meses.

ASISTENCIA DE MINISTROS AL CONGRESOCuando para el efecto sean invitados los ministros de Estado están obligados de asistir a las sesiones, no obstante podrán asistir y participar y podrán hacerse representar por los viceministros .**Todos los funcionarios y empleados públicos están obligados a acudir e informar al congreso cuando esté o sus comisiones lo consideren necesario.**

CONVOCATORIA A ELECCIONES POR EL CONGRESOEs obligación del congreso o en su defecto a la comisión permanente convocar sin demora a elecciones generales cuando en la fecha indicada por la ley el tribunal supremo electoral no lo hubiere hecho

ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS DEL CONGRESO171 CPRG

1- Calificar credenciales que extenderá el TSE a los diputados electos.

2- Nombrar y remover a su personal administrativo.

3- Aceptar las renuncias que presenten sus miembros

4-Llamar a diputados suplentes en caso de renuncia, o muerte de alguno de los diputados.

5- Elaborar y aprobar su presupuesto

MAYORIA CALIFICADA

Aprobar antes de su ratificación con el voto de las dos terceras partes que integran el congreso, tratados, convenios o cualquier arreglo internacional cuando.

- Se refiera al paso de ejércitos extranjeros por el territorio nacional o al establecimiento temporal de bases militares extranjeras.

PROCEDIMIENTO CONSULTIVO Las decisiones políticas de especial trascendencia deberá ser sometidas a procedimiento consultivo de todos lo ciudadanos, La consulta será r

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evocada por el TSE a iniciativa del Presidente o del Congreso de la república ** La ley constitucional s electoral regulará lo relativo a esta institución **

FORMACIÓN Y SANCION DE LEYQUIENES TIENEN INICIATIVA DE LEY:Los diputados al CongresoEl Organismo EjecutivoLa Corte Suprema de Justicia.La USACEl TSE

Las leyes calificada como constitucionales requieren para su reforma, el voto de las dos terceras partes del total de diputados que integran el congreso previo dictamen favorable de la corte de constitucionalidad.

TRAMITE DE CREACIÓN Y FORMACIÓN DE LEY

1) presentado para su trámite un proyecto de ley ,

( se observará un procedimiento que prescribe la ley orgánica y régimen interior del Organismo Legislativo.)

2) Se pondrá en discusión en tres sesiones celebradas en distintos días y no podrá votarse hasta la tercera sesión ( se exceptúan los casos en los que el congreso declare de urgencia nacional )

3) Aprobado un proyecto de ley, la junta directiva del congreso, en un plazo no mayor de diez días, lo enviará al Ejecutivo, para su sanción, promulgación y publicación.

4) Dentro de los quince días de recibidos el decreto y previo acuerdo tomado en consejo de ministros , el presidente de la república podrá devolverlo al congreso para las observaciones que estime pertinentes en ejercicio de su derecho de veto ( impedir )

5) Si el ejecutivo no devolviere el decreto dentro de los quince ( 15 ) días siguientes a la fecha de su recepción , se tendrá por sancionado y congreso lo deberá promulgar como ley dentro de los ocho (8) días siguientes

6) En caso de que el congreso clausurare sus sesiones antes de que expire el plazo en que puede ejercitarse el veto el ejecutivo

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podrá devolver dentro de los primeros ( 8 ) días del siguiente período de sesiones ordinarias

7) Devuelto el decreto al congreso , La junta directiva lo deberá poner en conocimiento del pleno en la siguiente sesión y el congreso en un plazo no mayor de ( 30 ) días .

8) Si no fueren aceptadas las razones del veto ( impedimento ) y el congreso rechazare el veto por las dos terceras partes del total de sus miembros

9) El Organismo Ejecutivo deberá obligadamente sancionar y promulgar el decreto dentro de los ocho ( 8 ) días siguientes de haberlo recibido Si el organismo ejecutivo no lo hiciere , la junta directiva del congreso ordenará su publicación en un plazo que no exceda de tres días para que surta como ley de la república

10) La ley empieza a regir en todo el territorio nacional ocho día después de su publicación en el Diario Oficial,

No necesitan de sanción del Ejecutivo las disposiciones del congreso relativas a su régimen interior y las contenidas en los artículos 165 y 170 ( atribuciones, interpelaciones, asistencia de los ministros a interpelaciones ) de la CPRG **

ORGANISMO EJECUTIVO

Es el en cargado de administrar al estado y lo coordina , su estructura es en base al principio de jerarquía y parte de la descentralización del poder

El presidente de la república es el jefe del estado de Guatemala y ejerce las funciones del organismo ejecutivo por mandato del pueblo

El presidente de la república actuara siempre con los ministros en consejo o separadamente, es el comandante del ejército

El presidente, ministros, ( se encargan de gestión y organización que pretende la administración pública) y viceministros y demás funcionarios dependientes integran el organismo ejecutivo

ELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Será electos por un período de cuatro años, por medio de voto secreto , si ninguno de obtiene la mayoría absoluta se procederá segunda elección dentro de un plazo no mayor de sesenta y menor de cuarenta y cinco días

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REQUISITOS PARA SER PRESIDENTE Ser guatemalteco de origen, ser mayor de cuarenta años,

PROHIBICIONES1- El caudillo ni jede de golpes de estado.2- Los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad cuando este ultimo se encuentre ejerciendo la presidencia.3-Los miembros del ejercito salvo que estén de baja o situación de retiro. 4-Los magistrados del TSE5- Los ministros de Cualquier Religión o Culto

PROHIBICIÓN DE REELECCIÓNLa reelección o la promulgación de periodo presidencial son punibles de conformidad con la ley

CONVOCATORIA A ELECCIONES Y TOMA DE POSESIÓN

Se regirán por lo establecido en la Ley electoral y de Partidos Políticos

FALTA TEMPORAL O ABSOLUTA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Si la falta fuere temporal lo suplirá el vicepresidente de la república y en caso de falta permanente de ambos lo completará la persona que designe el Congreso de La república con el voto favorable de las dos terceras partes del total de diputados,

MINISTROS DE ESTADO

REQUISITOS PARA SER MINISTRO

- Ser guatemalteco de Origen-Hallarse en el goce de sus derechos ciudadanos

- Ser mayor de treinta años.

VICEMINISTROS DE ESTADOEn cada ministerio habrá un viceministro que reúna todas las calidades para ser ministro

PROHIBIBICIONES PARA SER MINISTRO DE ESTADO

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-Los parientes del presidente y vicepresidente dentro del cuatro grado de consanguinidad y segundo de afinidad

Los hubiere sido condenados en juicio de cuentas y no hubiere solventado sus responsabilidades.

- Los contratistas de obras o empresas que se costeen con los fondos del Estado de sus entidades descentralizadas, autónomas o semiautonomas del municipio.

-Los ministros de cualquier religión o culto

- Quienes defiendan o representen intereses de personas individuales o jurídicas que exploten servicios públicos.

FUNCIONES- Ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio.

-Presentar anualmente al presidente de la república el proyecto de su ministerio

Concurrir al Congreso de la República y participar en los debates sobre negocios relacionados en su ramo.

- Afirmar los decretos, acuerdos y reglamentos dictados por el presidente de la república relacionada con su despacho para que tengan validez

- Dirigir tramitar resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio

CONSEJO DE MINISTROS Y SURESPONSABILIDAD

El presidente , vicepresidente de la república y los ministros de Estados reunidos en sesión, constituyen el Consejo de Ministros el cual conoce asuntos sometidos a sus consideración,

** De las decisiones del Consejo de Ministros serán solidariamente responsables los ministros que hubieren concurrido salvo aquellos que hayan hecho contar su voto adverso Art. 195 CPRG ** y ley de responsabilidades

MEMORIA DE ACTIVIDADES DE LOS MINISTERIOS

Los ministros están obligados a presentar anualmente al Congreso en los primeros diez días de febrero la memoria de actividades de sus respectivos ramos, que deberá contener la ejecución presupuestaria de su ministerio

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SECRETARIOS DE LA PRESIDENCIA

El presidente de la república tendrá los secretarios que sean necesarios, Los secretarios general y privado de la presidencia de la república deben de reunir los mismos requisitos que exigen para ser ministros y gozarán de iguales prerrogativas e inmunidades

ACTORES DEL SISTEMA POLÍTICO1- El gobierno:La constitución concibe al gobierno como el promotor del bien común y el responsable de la consolidación del régimen de igualdad y libertad.

ELEMENTOS FUNDAMENTALES PARA CONSOLIDAR UN GOBIERNO

1- RECLUTAMIENTO POLITICOproceso por el cual el estado se nutre d e recursos humanos que le servirán de base técnica administrativa al margen del gobierno en el poder

2- SOCIALIZACIÓN POLÍTICAProceso por el cual se inculca la cultura política en la sociedad

3- COMUNICACIÓN POLÍTICA Es aquella que debe realizar un gobierno para e establecer canales de comunicación adecuados ala sociedad civil siendo esta la campaña electoral

2- Partidos Políticos Grupo de hombres unidos para promover, mediante un esfuerzo en conjunto el interés nacional sobre un principio particular en que todos están de acuerdo su fin ultimo político es de llegar al poder para poner en practica los programas que según su criterio llevan la sociedad al desarrollo

3- Grupos de presión Son grupos organizados desempeñando acciones a influir en las instituciones del poder público produciendo decisiones favorables a sus fines. ** las organizaciones de mayor eficacia en el rol de grupos de presión es la Iglesia, ella siempre ha estado a la defensa de los sectores de la población más desposeídos

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ORGANISMO JUDICIAL Se encarga de la administración de justicia , la Corte suprema ejerce la función jurisdiccional , siendo el principal tribunal del estado, todos los tribunales están subordinados a ellas menos la corte de CONSTITUCIONALIDAD

DERECHO PUBLICO Y PRIVADO

DERECHO PUBLICO ( prevalece el interés social ) Regula la organización y la actividad del estado con los particulares RAMAS DE DERECHO PUBLICO derecho constitucionalNormas que regulan la organización fundamental del estado.

derecho administrativoEstudia normas jurídicas que rigen las actividades de la administración es decir la actividad que desarrolla el estado para alcanzar sus fines.

derecho fiscalNormas que regulan la gestión económica del estado y el sistema impositivo

derecho penalNormas que regulan la tipificación de delitos y aplicación de penas y medidas de seguridad

derecho procesalSon las reglas de organización y procedimiento de órganos judiciales de los cuales el estado ejerce la función jurisdiccional

DERECHO PRIVADO (prevalece interés particular) Regula las relaciones entre particulares es decir aquellas en que ninguna de las partes actúa revestida de poder estatal ( No hay entre ellos subordinación )

Derecho civil Regula las relaciones ente particulares considerados como personas

Derecho mercantil Estudio del conjunto de disposiciones que afectan la actividad comercial

GARANTIAS CONSTITUCIONALES Medios procésales que garantizan que se cumplirán y se respetarán los derechos que la constitución consagra. 1- exhibición personal 2-Amparo 3-Inconstitucionalidad

LA DEFENSA DE LA CONSTITUCIÓN

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La constitución prevé una serie de instrumentos jurídicos llamados a preservarla en su conjunto estos instrumentos no son estáticos ni tienen limites de derecho sustantivo.Dentro de la jurisdicción se regula lo relativo a la Competencia constitucional de la cual hay antecedentes en los ordenamientos jurídicos guatemalteco, se norman por primera vez en Guatemala el establecimiento de una corte de constitucionalidad con carácter permanente

CARACTERÍSTICAS DE LOS SISTEMAS D E PROTECCIÓN DE LA CONSTITUCION

La auto aplicación de la constituciónLa aplicación de justicia por el juzgador no puede estar sujeta a la voluntad de las partes el orden público constitucional debe ser protegido por la jurisdicción y dentro de su función respetar los principios de verticalidad y preferencia de normasUna norma inconstitucional es aplicar mal el derecho y la mala aplicación derivada de preferir la norma que por su rango prevalente ha de regir el caso

Controladores de la constitucionalidadLa corte de constitucionalidad

CORTE DE CONSTITUCIONALIDADEs un tribunal permanente de jurisdicción privativa cuya función esencial es la defensa del orden constitucional actúa como tribunal colegiado con independencia de los demás organismo del estado y ejerce funciones especificas que le asigna la CPRG

INTEGRACIÓN

Se integra por cinco magistrado titulares cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente cuando conozca de asuntos de inconstitucionalidad en contra de la corte suprema de justicia, congreso dela república,

PRESUPUESTOLa independencia económica se garantiza por un porcentaje de los ingresos que correspondan al OJ

FUNCIONLa función esencial es la defensa del orden constitucional

RESOLUCIONES Apelación Art. 60 ley de amparo

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SISTEMA POLÍTICOEl control político de constitucionalidad de las leyes, es el examen que se hace de las leyes, para establecer si son o no conformes ala constitución un control por lo regular, antes que ser sucesivo a la emanación y promulgación de ley es preventivo, o sea interviene antes que la ley entre en vigor

Se ejercita por órganos no judiciales sino por órganos políticos ( el congreso, el presidente, se les llama políticos no solo por su naturaleza , por la elección y status de los miembros que lo conforman sino también este contenido se encuentra en el artículo 183 CPRG que se refiere al derecho de veto que tiene el presidente con respecto a las leyes emitidas por el congreso y también se señala que es deber del presidente cumplir y hacer cumplir las leyes y la constitución (** es decir que el presidente puede impedir una ley alegando inconstitucionalidad , aunque el artículo 272 indica que le corresponde a la corte de Constitucionalidad emitir una opinión sobre la inconstitucionalidad de la ley vetada por este argumento )

SISTEMA JUDICIALLa rigidez y concuente primacía constitucional y el hecho de que las leyes ordinarias no pueden contravenir los principios de la ley superior y para el caso el control judicial expresó que es obligación del juez no aplicar normas inconstitucionales porque la constitución así lo manda así es el juez el sujeto conocedor del derecho especializado en por ende su responsabilidad

SISTEMA MIXTO En Guatemala nuestra constitución recogió ambos sistema con el objeto d e proveer varias opciones de la defensa de la misma, encontramos en los artículos 266 y 267 de la CPRG la regulación de amabas modalidades de control jurisdiccional de la constitucionalidad de las leyes apareciendo en el artículo 268 del mismo cuerpo legal la creación del tribunal Constitucional denominado Corte de Constitucionalidad, Además la misma constitución mando crear una ley reguladora,( ley de amparo , exhibición personal y de inconstitucionalidad )

JURISDICCIÓN CONSTITUCIONALEs la función especifica de los jueces que consiste en la potestad de deshacer , o acabar controversias sobre conflictos en función a la constitución

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DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL Es el conjunto de principios y normas que regulan el procedimiento de la justicia constitucional y la administración de los preceptos constitucionales

El derecho constitucional guatemalteco tiene su origen lógicamente en la CPRG y está desarrollada por el decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente , ( Ley de amparo, Exhibición personal, y constitucionalidad , por las disposiciones complementarias que están en uso de su capacidad reglamentaria , que no solo es administrativa

La doctrina legal o jurisprudencia que emana de los fallos de éste y supletoriamente las leyes comunes interpretadas en congruencia con el espíritu. De la constitución ( Art. Ley de Amparo, Exhibición personal y Constitucionalidad)

EXHIBICIÓN PERSONAL (ARTICULOS 263 Y 264 DE LA CPRG)Es una garantía concebida para proteger la libertad y la integridad de la persona por medio de un procedimiento sencillo, informal, y rápido. la exhibición personal se da en el lugar donde se encuentra detenida la persona el juez tiene la obligación de cosntituisrse al lugar

AMPAROEs el instrumento especializado en obtener la satisfacción de pretensiones de mantenimiento o restitución en el goce de los derechos humanos

La corte de constitucionalidad ha calificado el amparo como proceso de carácter extraordinario

Radica en que ataca actos que no están expresados o formalizados ni en normas ni en sentencias ya que para la impugnación de éstas existen instrumentos específicosEn el amparo lo que está en el centro de la impugnación en un hecho en sí, es decir que el bien de la vida litigiosa se constituye en el objeto de la pretensión de amparo es el hecho, acto u omisión que da a lugar a la violación de un derecho humano.Es considerado un remedio para proteger derechos garantizados por disposiciones constitucionales o declaraciones de derechos.

CLASES DE AMPARO

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1- Amparo propiamente dicho por violación de la constitución o leyes constitucionales

2- O de los derechos libertades o garantías consignados en leyes secundarias

3-Por inconstitucionalidad de leyes o disposiciones de carácter general o inconstitucionalidad de leyes en casos concretos

ORGANOS JURISDICCIONALES

1- Corte de constitucionalidad2- Corte suprema de justicia3-Sala de apelaciones4- jueces de primera instancia

CARACTERÍSTICAS

1- Conjunto de actos coordinados en orden a obtener la satisfacción de pretensiones las cuales se deducen ante un órgano supraordenado a las partes

2- Es un proceso constitucional ya que son normas de naturaleza constitucional las que sirven de fundamento a las pretensiones que en él se deducen

3- Es un proceso que tiende a obtener la satisfacción de una pretensión de restitución de goce de derechos humanos

4- es un proceso de impulso oficial (el órgano jurisdiccional esta obligado a realizar los actos necesarios para que avance el y logre su finalidad el mismo) 5- Es un proceso de tramitación sencilla y breve

6-Es un proceso extraordinario y subsidiarioDe conformidad con el artículo 19 de la ley de Amparo previamente deben agotarse los recursos ordinarios por cuyo medio se ventilan adecuadamente los procesos de conformidad con el principio del debido proceso y que el amparo por su propia naturaleza subsidiaria y extraordinaria no puede constituirse en una vía procesal paralela a la jurisdicción ordinaria.

COMPETENCIA DEL AMPAROEn el proceso de amparo la competencia atiende a dos criterios por la jerarquía de la autoridad requerida y otro territorial es la ley de amparo la que regula la competencia en este ámbito

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ALCANCE DE LA ACCIÓN DE AMPARO

1- Protege los derechos individuales sin necesidad de ser reglamentados por la ley

2- protege los derechos sociales en la medida en que sean operativos.

3-Protege los derechos públicos subjetivos (derechos frente al estado derechos cívicos y políticos)

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

1- Iniciación rogada y las diligencias posteriores son de oficio

2- prioridad y celeridad, la tramitación y la resolución sobre cualquier asunto

DE CONFORMIDAD CON LAS REGLAS D E COMPETENCIA CONTENIDAS EN EL CAPITULO DOS DE LA LEY DE AMPARO 1- La corte de constitucionalidad en calidad de tribunal extraordinario conoce en única instancia los procesos de amparo contraCongreso de la República , Corte Suprema de justicia, Presidente y vicepresidente de la república.

2- La Corte Suprema de Justicia conoce de los amparos en contra deTribunal supremo electora , ministros y viceministros de estado, salas de cortes de apelaciones, cortes marciales, tribunales de segunda instancia y los contenciosos administrativos, al fiscal general de la república , procurador de los derechos humanos, junta monetaria, embajadores acreditados en el extranjero y consejos nacional de desarrollo urbano y rural

3- A las salas de cortes de apelación del orden común conoce de amparos en contra de Viceministros de estado y directores generales los funcionarios judiciales de cualquier ramo que conozca primera instancia , los alcaldes y corporación municipal de las cabeceras departamentales , jefe de contraloría de cuentas los gerentes jefes o presidentes de entidades descentralizadas o autónomas o sus cuerpos directivos consejos o juntas rectoras de toda clase director de registro de ciudadanos, asamblea y juntas de colegios profesionales , cónsules o encargados d e consulados guatemaltecos consejos regionales o departamentales de desarrollo urbano y rural y gobernadores y PGN

4- A los jueces de primera instancia del orden común de conformidad a su jurisdicción conocen de los amparos

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administradores de rentas jueces menores, jefes y empleados dela policía , alcaldes y corporación municipal ( Se excluyen los de las cabeceras departamentales y entidades de derecho privado

INTERPOSICIÓN Para pedir amparo salvo los casos establecidos en la ley de amparo deben agotarse los recurso ordinarios judiciales y administrativos por cuyo medio se ventilan adecuadamente de conformidad al debido proceso Art 19 ley de amparo

INADMISIBILIDAD DEL AMPAROAdemás DE Lo establecidos en el artículo en el artículo 22 de la misma ley señala que cuando la persona solicita amparo haya omitido el señalamiento de uno o más requisitos el tribunal que conoce el caso resolverá dándole tramité al amparo y ordenando al interponente cumplir con los requisitos faltantes dentro del termino de tres días pero no se suspenderá su trámite

LEGITIMACIÓN DEL AMPARO El solicitante debe ser la persona directamente agraviadaEso quiere decir que queda sujeto a la vulneración de un derecho constitucional y a la existencia de un agravio

La legitimación activa en el proceso de el amparo se da a favor del titular del derecho que ha sido desconocido en confirmación de lo anterior

Toda persona tiene derecho cuando se da una de la situaciones de riesgo, amenaza, restricción, o violación a los derechos que la constitución y leyes reconocen

AMPARO PROVISIONALLa suspensión provisional del acto reclamado procede tanto de oficio como a instancia de parte en cualquier caso el tribunal en la primera resolución que dicte aunque no se hubiere pedido resolverá sobre la suspensión provisional del acto, resolución o procedimiento reclamados que estén vulnerando los derechos del recurrente

PROCEDIMIENTO DEL AMPARO

FASE DE INTRODUCCIÓN se compone por

1-PETICIÓN DE AMPARO2- admisión

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3- resolución sobre el amparo provisional 4- envió del informe circunstanciado o antecedentes de la

autoridad o entidad impugnada 5- recepción de los antecedentes o informe circunstanciado6- vista a los interesados ( primera audiencia)7- Alegaciones dentro d e 48 horas8- Relevo de pruebas si es el caso

2- FASE DE PRUEBA 1- Apertura a prueba ( indicación de hechos que se pesquisaran de oficio por el término de 8 días 2- Proposición d pruebas por las partes 3- Practica de pruebas

3- FASE DE DECISIÓN

1- audiencia a las partes por 48 horas , al concluirse el periodo probatorio ( Segunda audiencia )

2- Alegaciones3- Vista pública si la pide alguna de las partes dentro de los tres días

siguientes 4- Sentencia que debe pronunciarse dentro de los 3 días se

cuentan a partir del vencimiento del plazo de practicada las diligencias pertinentes.

4-FASE DE EJECUCIÓN1- constituida por todos los actos encaminados a lograr el cumplimiento efectivo del amparo

5- FASE DE IMPUGNACION Compuesta por el tramite del recurso d e apelación de la cual conoce la corte de constitucionalidad 1- Interposición del recurso de apelación la cual puede hacerse indistintamente ante el tribunal que ha conocido del amparo o a la corte de constitucionalidad

2-Admisión del recurso

3- Solicitud de los antecedentes en su caso y envió de los mismos por el tribunal de primer grado

4- Señalamiento de día y hora dentro de 3 días siguientes de recibidos los antecedentes

5- Emisión de sentencia dentro de los 5 días inmediatos a la vista la, sentencia y los autos son susceptibles de ACLARACIÓN Y AMPLIACIÓN , resuelve dentro de 48 horas

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** La sentencia es la forma normal d e terminación del proceso de amparo también son posibles las formas normales del sobreseimiento ( en caso de fallecimiento del interponente si el derecho afectado solo le concierne a su persona ) y desistimiento

SENTENCIAEn el caso de la terminación el tribunal de amparo examinará los hechos analizara pruebas, y actuaciones y todo aquello que formal real, y objetivamente resulte pertinente examinara todos los fundamentos de derecho aplicables con base en consideraciones anteriores siempre en forma extensiva a la constitución otorgara o denegara el amparo

EJECUCIÓNEn no solo que s e declare la existencia del derecho vulnerado, si no además que ceses los actos violatorios y se restituya el goce derecho en cuestión de ahí que la ley de amparo imponga a los tribunales la ejecución de lo resuelto

*** se pueden paga pago de daños y perjuicios ****

** Ante quien se dirige el memorial de apelación de amparo***

** Que es jurisdicción privativa **

RECURSOS1- APELACIÓN ART 60 ley de Amparo

La corte de constitucionalidad conocerá todos los recursos de apelación que se interpongan en materia de amparo

2- ACLARACIÓN Y AMPLIACIÓN ART 70 ley de Amparo -Cuando los conceptos de un auto o sentencia sea oscuros, ambiguos, o contradictorios puede pedirse que se aclaren -Si se hubiere omitido resolver alguno de los puntos sobre los que versare el amparo se puede solicitar la ampliación

3- OCURSOSi alguna de las partes afectadas estima que el trámite y ejecución del amparo el tribunal no cumple lo previsto con la ley o lo resuelto podrá ocurrir en queja ante la corte de constitucionalidad para que previa audiencia de 24 horas al ocursante resuelva lo procedente

LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LEYES EN CASO CONCRETOLa inconstitucionalidad de la ley en caso concreto es una acción que puede hacerse valer en todo tipo proceso de cualquier competencia o jurisdicción en cualquier instancia, incluso en casación hasta antes de dictarse

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sentencia se puede plantear por cualquiera de las partes como acción excepción, o incidente . Y debe ser resuelta por el propio tribunal que conoce la controversia. La resolución definitiva admite el recurso de apelación conociendo en segunda instancia la corte de constitucionalidad.

CASOS ESPECIALESINCONSTITUCIONALIDAD EN CASACIÓN

- se plantea antes de dictar sentencia- - Cabe plantearse como motivación del recurso de casación siendo

obligatorio su conocimiento

INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY EN LO ADMNISTRATIVO- se señala en el procedimiento administrativo- Debe plantearse la acción ante el tribunal de lo contencioso dentro

de los 30 días que causa estado la resolución - Se tramita como caso de inconstitucionalidad de ley en caso

concreto

INCONSTITUCIONALIDAD DE UNA LEY EN EL RAMO LABORAL- Contra una ley planteada durante un proceso con motivo de un

conflicto colectivo y se resuelve por el tribunal de trabajo correspondiente

CARACTERÍSTICAS El efecto que puede lograrse mediante esta acción

es la declaratoria de inaplicabilidad del caso concreto o particular de las normas. La afirmación en el sentido que el derecho constitucional guatemalteco, es materia de control de constitucionalidad de leyes, reglamentos o disposiciones, y la incosnttiucionalidad en caso concreto ( propio del modelo difuso , que es el control de constitucionalidad de las leyes que se confía a todos lo tribunales de un estado, dotándolos de la facultad y obligación de inaplicación en un caso concreto de las leyes que se consideran contrarias a la constitución )

DESARROLLO DE PROCEDIMIENTO El objeto de esta modalidad es provocar un estudio de la justicia constitucional contrastando la ley suprema con la ley ordinaria a efecto de determinar si existe colisión, para el interponerte, rige el requisito de

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exponer en forma razonada, y clara los motivos jurídicos en que descansa la impugnación.Debe advertirse pues que en los procesos judiciales , este medio concreto o incidental puede iniciarse en cualquier momento del trámite hasta antes de dictarse sentencia

APELACIÓN ANTE LA CORTE DE COSNTITUCIONALIDAD Debe admitirse que al tribunal ordinario que resuelve la cuestión constitucional es primera instancia, se le otorga el rango de tribunal constitucional y de la apelación conoce la corte de constitucionalidad

PROCEDENCIA DE LA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDADLa acción directa de inconstitucionalidad procede contra las leyes , reglamentos o disposiciones de carácter general que contengan vicio parcial o total de la inconstitucionalidad y persigue que la legislación mantenga, limites que la propia constitución ha fijado excluyendo del ordenamiento jurídico las normas, que no se conforman con la misma anulándolas con efectos generales de conformidad con los artículos 267 de la CPRG 133 y 134 de la ley de Amparo,

CARACTERÍSTICAS DE LA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

Legitimación.La legitimación activa para promoverla, La junta directiva del colegio de abogados por medio de su presidente, el Ministerio Público, el Procurador de los derechos humanos, en normas que afecten su competencia, y o cualquier persona con el auxilio de tres abogados colegiados.

Acción PopularLa facultad de promover la inconstitucionalidad general cualquier persona. La ley reguladora respectiva exige que la petición de inconstitucionalidad debe expresar en forma razonada y clara los motivos jurídicos en que descansa la impugnación exigencia que ha matizado y desarrollado el órgano jurisdiccional constitucional en varios fallos asentando que sin su cumplimiento con rigor científico jurídico, no es posible entre al estudio de la cuestión de fondo.

DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO La inconstitucionalidad de las leyes reglamentos o disposiciones de carácter general que contengan vicio parcial o total de inconstitucionalidad se planearan directamente ante la corte de constitucionalidad

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1- SUSPENSIÓN PROVISIONAL La corte de constitucionalidad deberá decretar de oficio y sin formar artículo dentro de los ocho días siguientes a la interposición de la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si a su juicio es notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables.

2- AUDIENCIASi no se dispone la suspensión provisional o en su caso decretada ésta se dará audiencia por quince días comunes a Cualquier autoridad o entidad que la Corte de Constitucionalidad estime pertinentes

3-VISTATranscurridos los quince días de la audiencia se haya evacuado o no la misma se oficio se señalara día y hora para la vista dentro del término de veinte días, La vista será publica si no pidiere el interponerte

4-SENTENCIALa sentencia deberá pronunciarse dentro de los veinte días siguientes al de la vista , la corte de constitucionalidad deberá dictar sentencia dentro del termino máximo de dos meses a partir de la fecha que se haya interpuesto la inconstitucionalidad

EFECTO DE LA INCONSTITUCIONALIDAD Cuando la sentencia de la corte de constitucionalidad declara la inconstitucionalidad total de una ley reglamento o disposición de carácter gneral estás quedarán sin vigencia y la inconstitucionalidad fuere parcial quedará sin vigencia en la parte que se declare la inconstitucionalidad.

En ambos casos dejarán de surtir efecto desde el día siguiente al de la publicación del fallo en el diario oficial.Contra las sentencia de la Corte de Constitucionalidad y contra los autos no cabe recurso alguno.

LA INCONSTITUCIONALIDAD SOBREVENIDAAl entrar en vigencia la constitución no puede consentirse que los efectos de los actos legislativos de gobierno y administrativos de ipso trasciendan los límites trazados por las normas incorporadas en el nuevo texto fundamental del Estado pues aceptarlo significaría negar la validez y existencia del régimen de legalidad o del estado constitucional de derecho .

LA INCONSTTIUCIONALIDAD COMO EXCEPCION O INCIDENTE

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1- La inconstitucionalidad de una ley que hubiere sido citada como apoyo de derecho en la demanda, en la contestación o de cualquier otro modo que resulte el tramité de un juicio Se tramita en cuerda separada se da audiencia al las partes por 9 días haya sido o no evacuado la audiencia y se resolverá la inconstitucionalidad en un auto razonado dentro del termino de 3días siguientes

EL HABEAS DATA Todas las personas tienen derecho a conocer de los actos de la administración en poder de cualquier organismo del estado, entidades descentralizadas y cualquier organismo de carácter privado que maneje recursos públicos. Es un recurso judicial al que pueden recurrir las personas a la que no se les a entregado la información solicitada en un plazo determinado

LA EXHIBICIÓN PERSONAL O HABEAS CORPUS ( Arts 263-264 CPRG ) Garantía concebida para proteger la vida, la libertad y la integridad de la persona por medio de un procedimiento sencillo, informal y rápido .Y se da en el lugar donde se encuentra detenida la persona el juez tiene la obligación de constituirse en el lugar donde se encuentra la persona afectada. CARACTERÍSTICAS Se caracteriza por ser antiformalista es decir que no se requiere más que la simple denuncia del afectado o de cualquier otra persona, debiendo la autoridad judicial competente conocer sobre su procedencia o no

La exhibición como garantía permite solamente la aplicación supletoria de las disposiciones relativas al amparo.

La exhibición no permite el recurso de apelación por ser este un procedimiento caracterizado por su celeridad lo considerado permite establecer que el procedimiento de exhibición es de UNICA INSTANCIA

PROCEDENCIA Quien se encuentre ilegalmente preso, detenido o cohibido de cualquier otro modo en el goce de su libertad individual, amenazado, de la pérdida de ella o sufriere vejámenes, aún cuando su prisión o detención fuere fundada en ley tiene derecho a pedir su inmediata exhibición ante los tribunales de justicia ya sea con el fin de que se restituya o garantice su libertad se haga cesar lo vejámenes o termine la coacción a la que estuviere sujeto

INTERPOSICIÓN 1-Puede pedirse por escrito por teléfono o verbalmente por el agraviado o por cualquier otra persona sin necesidad de acreditar representación

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alguna y sin sujeción a formalidad es de ninguna clase ( Art. 85 ley de amparo ) 2- Trámite inmediato emitiendo un auto de exhibición ordenando que se presente el detenido en 24 horas a partir de la denuncia

3-El Juez se constituye en el lugar donde está el agraviado o fuera del perímetro se sombra un juez ejecutor

4- Si la autoridad desobedece se dicta orden de captura y se ordena la libertad del agraviado si corresponde.

5-Se levanta acta de la exhibición seguidamente la resolución declara con o sin lugar la exhibición

COMPETENCIA Sin perjuicio de que la exhibición personal podrá iniciarse ante cualquier tribunal el que dictará prevención las providencias urgentes que el caso requiera pasando sin demora el conocimiento del asunto con informe de lo actuado al tribunal competente ( Art. 84 ley de amparo. )