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Respuesta a las observaciones por el evento Aeroshow 2013.

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C.P.C. JESS MANUEL ESPARZA FLORESAUDITOR SUPERIOR DEL ESTADOP R E S E N T E.-

En relacin a su atento Oficio No. DAS/107/2012 que me fue notificado con fecha 3 de julio de 2014, mismo que contiene el resultado de la auditora practicada a las operaciones realizadas a convenios celebrados por el Municipio de Chihuahua, con la o las personas fsicas o morales que intervinieron en la realizacin del espectculo denominado indistintamente Aero Extremo o Aero Show, durante el ejercicio fiscal 2013, con el objeto de que el suscrito documente, formule comentarios o aclare lo que proceda para la integracin del Informe de Resultados que en su momento se emita, me permito dar respuesta en los siguientes trminos:

En el cuerpo de este documento se dar respuesta a las observaciones contenidas en el pliego, se aclararn las posiciones formuladas en sus comentarios, as como tambin se expondrn los elementos de hecho y de derecho por los cuales consideramos que las citadas observaciones carecen de fundamentacin y motivacin.

De igual forma y conforme al principio de representacin y delegacin de atribuciones que establecen los artculos 29-XII y XIV, 60, 63, 64, 66, 67, 68, 71, 72, 74 y dems aplicables del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua y artculos 2, 3, 6, 10, 17, 25 y relativos del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua vigente hasta el 5 de octubre de 2013, doy respuesta con el carcter que exclusivamente me atribuye el artculo 34 de la Ley de Auditora Superior del Estado y en base a la informacin proporcionada por los Directores de rea y dems Servidores Pblicos que por sus atribuciones les fuera delegada bajo ministerio de ley la actividad municipal, de tal forma que la informacin que aqu se vierte proviene de los antecedentes documentales e informacin que en cada caso proporciona cada uno de los responsables del rea que corresponda a las observaciones en particular y de acuerdo a las atribuciones que a cada quien le compete.

Para efectos de orden y redaccin, a partir de este punto, nuestros comentarios, observaciones y contestaciones, sern identificadas en letra cursiva, entrecomillada y negrita, respetando el contenido y forma de su Oficio, transcribiendo el contenido del Oficio notificado a continuacin y a partir de la Seccin Alcance y Limitaciones:

-----------------------------------------------------------------------------------------

Alcance y Limitaciones

Fueron revisadas las operaciones del ente que tienen una importancia relativa respecto al total, o bien, que sin ser representativas presentan factores de riesgo que puede afectar su integridad, mostrando nicamente los aspectos relevantes identificados durante el proceso de revisin, enunciando las deficiencias u observaciones, y enumerndolas de acuerdo al ndice para su identificacin.

La auditora se practic sobre la informacin proporcionada por el municipio de Chihuahua, Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C. y terceros relacionados con el evento.

La evidencia de auditora obtenida, proporciona una base suficiente y adecuada para emitir el presente informe de resultados.

No se omite manifestar que las observaciones determinadas en este informe, sern evaluadas en trminos del artculo 39 de la Ley de Auditora Superior del Estado de Chihuahua, para lo cual se integrarn en el Informe de Resultados, y en su oportunidad segn lo dispuesto por el artculo 42 de la Ley de Auditora Superior del Estado, la Comisin de Fiscalizacin calificar dicho informe, por lo tanto ser el H. Congreso del Estado de Chihuahua, quien determine el alcance de las observaciones.

NDICE

I. ANTECEDENTES.. Pg. 4

II. CONSIDERACIONES PARA OTORGAR EL APOYO. Pg. 8

III. PARTIDA PRESUPUESTAL.. Pg. 14

IV. CONVENIO Y ADDENDUMS.. Pg. 15

V. PERMISOS Y LICENCIAS.. Pg. 29

VI. RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES DEL MUNICIPIO Pg. 49

VII. GASTOS FUNERARIOS, MDICOS, HOSPITALARIOS Y MATERIALES Pg. 56

I. El primero de junio de 2007, el municipio de Chihuahua celebr convenio de coordinacin con el ejecutivo federal a travs de la Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Comisin Nacional del Agua a fin de transferir las Zonas Federales contiguas a los vasos de las presas de propiedad nacional Chihuahua, Rejn y Chuvscar.

En la clusula segunda de dicho convenio, manifiesta que el objeto del mismo es administrar, custodiar, conservar y realizar el mantenimiento de las zonas de proteccin y federales manifestadas anteriormente.

Dentro de dicho convenio el municipio se comprometi a:

- Recibir las zonas de proteccin y federales descritas en el convenio para su administracin, custodia, conservacin y mantenimiento.

II. El 25 de abril de 2013, se firma Convenio de Colaboracin y Apoyo entre el municipio por conducto del Presidente Municipal Lic. Marco Adn Quezada Martnez, Secretario Lic. Fernando Rodrguez Garca, Tesorero C.P. Idelfonso Seplveda Mrquez, Director de Desarrollo Empresarial y Turstico Lic. Alfonso Prieto Prieto, Oficial Mayor C.P. Horacio Flores Chvez y Presidente de la Comisin de Regidores de Hacienda C. Juan Manuel Fuentecillas Noriega y con la persona moral Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., por conducto de su representante legal C. Luis Felipe Valdez Cavazos por la cantidad de $7,255,000.00, en el cual se establece en la Clusula Tercera, que este recurso ser para cubrir una parte de los gastos para la organizacin del espectculo Aero Extremo a realizarse los das 4, 5 y 6 de octubre de 2013, el cual se solventar con la partida presupuestal N 01-132100-550100005-010204-0F00 asignada en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013, a la Direccin de Desarrollo Empresarial y Turstico del Municipio, mismo que cuenta con un techo financiero de $22,000,000.00 para el Sector Turismo.

En caso de que se presenten imprevistos que se contemplan en el Anexo 1 (Presupuesto 2013) del presente documente jurdico, la Asociacin deber de informar a la Direccin de Desarrollo Empresarial y Turstico antes de hacer los gastos necesarios, esto a fin de que sean previamente autorizados por el municipio segn la Clusula Cuarta del Convenio en cuestin.

En el prrafo que antecede, la Auditora Superior altera el contenido literal de la Clusula Cuarta del Convenio de Apoyo, ya que la misma no hace referencia a algn Anexo, sacando de contexto los alcances de dicha disposicin.

En base a la Clusula Sexta del Convenio, la Asociacin se compromete a lo siguiente:

- A la planeacin, organizacin, comercializacin, coordinacin y operacin del espectculo.

- Contratacin de participantes en el espectculo.

- Contratacin de proveedores para el montaje y operacin.

- Contratacin de seguridad y vigilancia.

- Contratacin del seguro de responsabilidad civil.

- Obtencin de patrocinadores respectivos.

- Obtencin de los permisos respectivos.

- Manejo de los recursos monetarios.

- Otorgar concesiones para la comercializacin de productos y servicios, tales como estacionamiento, restaurante, venta de bebidas.

- Soportar fiscalmente los gastos del evento, y presentarlos a ms tardar en el mes de enero de 2013(sic).Nota: Esta obligacin debi decir al 2014.

En base a la Clusula Sptima del Convenio, el municipio se compromete a lo siguiente:

- Proporcionar ayuda logstica para la celebracin del evento.

- Proporcionar el uso del Parque Tres Presas o Presa El Rejn sin ningn costo.

- Otorgar los permisos municipales.

- Apoyar segn su capacidad con cobertura de medios publicitarios, y diseo de elementos promocionales.

- Proporcionar el servicio de limpia durante y despus del evento.

En su Clusula Octava refiere que, en caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas por la Asociacin, el municipio podr exigir la restitucin de la aportacin que hasta en su momento haya aportado, adoptando los medios legales que unilateralmente considere convenientes.

La Clusula Novena del Convenio, menciona que las partes de comn acuerdo podrn revisar, ampliar y modificar el instrumento, debiendo constar dichas modificaciones por escrito y surtirn efecto a partir de su suscripcin.

La Clusula Dcima Primera establece que, se podr entregar los recursos de la siguiente manera: $4, 000,000.00 en el mes de mayo y $3, 255,000.00 en el mes de julio de 2013.

Como se puede apreciar, la forma y oportunidad en que se pueden entregar los recursos, es optativa.

El 12 de septiembre de 2013, se celebra addendum al Convenio de Colaboracin y Apoyo original, en el que se conviene aportar adicionalmente la cantidad de $7,325,471.00, con el fin de destinarla especficamente a cubrir una parte de los gastos para la organizacin del evento en cuestin, para lo cual, se sustenta presupuestalmente en la partida N 01-132100-550100005-010204-OF00 asignada a la Direccin de Desarrollo Empresarial y Turstico del Municipio, segn oficio girado el 11 de septiembre de 2013 por parte de Oficiala Mayor y el propio addendum.

Adicionalmente, el 25 de septiembre de 2013 se realiza un segundo addendum al Convenio de Colaboracin y Apoyo original, en el que se acuerda aportar la cantidad de $2,550,000.00 con el fin de destinarla a cubrir la totalidad de los gastos para la organizacin del espectculo Aero Extremo 2013; sustentndose presupuestalmente en la partida N 01-132100-550100015-010204-OF00 asignada a la Direccin de Desarrollo Empresarial y Turstico del Municipio, segn los oficios girados el 24 de septiembre por $1,800,000.00 y el 3 de octubre de 2013 por $750,000.00, firmado por parte del Oficiala Mayor el primer documento, y el segundo se encuentra sin signatura alguna; lo que arroja un total entregado de $17,130,471.00.

a) Invitacin para Desarrollar el Evento Aero Show 2013

COMENTARIO:

No se tiene evidencia en base a qu criterio, el municipio determin convenir el evento Aero Extremo 2103 con la Asociacin Civil, esto en virtud de que no existe constancia documental de qu motivo se tom como base para su contratacin, si fue a travs de invitacin por parte de la Presidencia Municipal, o bien, una solicitud que hizo llegar la Asociacin al municipio; informacin solicitada el 14 de mayo de 2014 en oficio N AECF1-259/2014, no dando respuesta sobre el particular el municipio. Por otra parte, el municipio carece de lineamientos para otorgar este tipo de apoyos.

b) Experiencia de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C.

COMENTARIO:

El primer evento del cual se tiene antecedente en el que haya participado dicha Asociacin, fue el realizado los das 29 y 30 de octubre de 2011, relativo al Aero Extremo 2011, mismo que se convino con el municipio de Chihuahua el 11 de octubre del mismo ao, a solo tres meses de la creacin de la Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C; as mismo, en respuesta a la solicitud de informacin emitida por la Asociacin el 23 de enero, hacen saber que en el ejercicio fiscal 2013, solo realizaron el evento Aero Extremo 2013.

c) Solvencia de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C.COMENTARIO:

Se otorg el apoyo por parte del municipio, sin cerciorarse de la solvencia de la Asociacin, sealndose que dentro del acta constitutiva no se cuenta con aportacin por parte de sus asociados para la creacin de la Asociacin Civil; por lo cual, carece de solvencia econmica que en su caso garantice el importe del apoyo otorgado, as como las responsabilidades que se pudieran presentar.

Deseamos dar respuesta a los comentarios que previamente se han vertido en los incisos a), b) y c) de este Captulo II por parte de esa Auditora Superior, siendo importante poner en contexto el evento del cual deriva la revisin practicada, con el fin de comprender los antecedentes, alcances, beneficios a la comunidad y resultados del mismo, de acuerdo a lo siguiente:

1.- El Municipio de Chihuahua fue un patrocinador parcial para apoyar con una parte de los recursos necesarios para cubrir los gastos que se generaron con motivo del evento Extremo Aeroshow 2013, para lo cual firm un convenio de apoyo con la Asociacin Civil Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C.

2.- Como lo manifiesta la Auditora Superior, los recursos asignados al evento fueron considerados en la partida presupuestal correspondiente y autorizados por unanimidad de votos de los Regidores que integraban las diferentes representaciones polticas del H. Ayuntamiento, de acuerdo al Presupuesto de Egresos del Municipio de Chihuahua 2013.

3.-En la realizacin del evento participaron, adems del Municipio de Chihuahua, otros patrocinadores de la iniciativa privada con diversos apoyos econmicos y en especie.

4.- Los criterios bajo los cuales se otorgaron los apoyos solicitados por la Asociacin Civil y las atribuciones de los funcionarios para su intervencin de acuerdo a su competencia, se encuentran regulados en los artculos 28-XIII, 35, 64-XI, 66-II, 74-I y IV del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua, as como 84-VIII, XIV y XVII del Reglamento Interior del Municipio vigente en ese entonces.

5.- La Asociacin Civil fue constituida sin fines de lucro en el ao 2011, por un grupo de empresarios con experiencia dentro del sector comercial y turstico del estado, entre los que se integraron representantes del giro de agencias de viajes, de la industria restaurantera, de la industria aeroespacial y del sector empresarial.

6.- La Asociacin Civil solicit apoyo para robustecer un evento denominado Fiesta del Globo que ya se vena organizando ininterrumpidamente desde el ao 2004. Por lo anterior, el Municipio de Chihuahua, en congruencia con su filosofa de rescate de espacios pblicos, sana convivencia familiar y social, as como la promocin del sector comercial y turstico del municipio, decidi apoyar econmicamente la iniciativa.

7.- La experiencia que en lo individual acreditaron los integrantes de la Asociacin Civil al integrarse a sta, qued de manifiesto en la realizacin del evento en todas sus versiones previas de los aos 2011 y 2012, cuyo xito con los resultados obtenidos qued por dems acreditado, lo que permiti adems de recuperar espacios pblicos de inters para la ciudadana, reflejndose la derrama econmica en el comercio local, poniendo a la Capital del Estado en una posicin privilegiada en la organizacin de espectculos de esta naturaleza, como se puede resumir en la siguiente tabla:

8.- La experiencia demostrada en las organizaciones anteriores, determin la confianza para otorgar el apoyo a esta Asociacin para realizar el evento Extremo Aeroshow 2013, habiendo convenido entre otras cosas en el documento respectivo, la contratacin de una pliza de responsabilidad civil, la cual fue adquirida por la Asociacin.

9.- Por la naturaleza del convenio y las caractersticas de tracto sucesivo que se fueron dando en su cumplimiento, llevaron a pactar desde el principio la posibilidad de ir firmando addendums o convenios adicionales, conforme se fueran revisando los alcances o modificando algunas condiciones, de acuerdo a la disponibilidad de cada una de las presentaciones. Esto consta en la Clusula Novena del convenio original.

10.- Los antecedentes de los convenios, pagos, comprobaciones y dems documentos relacionados con el evento, fueron manejados en forma transparente y publicados en la pgina de transparencia, todos aquellos documentos que integraron la cuenta pblica. As lo reconoce la propia Auditora Superior del Estado, al expresar que fueron solventados los apoyos otorgados a la Asociacin por la cantidad de $17, 130,471.00

d) Datos de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C.

COMENTARIOS:

Objeto Social:

Segn acta constitutiva, esta Asociacin se cre sin carcter preponderantemente econmico y no persigue finalidad lucrativa alguna y, tiene por objeto la organizacin de todo tipo de eventos pblicos y privados en el municipio de Chihuahua, ser una empresa promotora turstica, buscar la realizacin de obras conjuntas entre Gobierno ciudadana, contratacin de espectculos artsticos, deportivos y culturales con el fin de presentarlos comercialmente, contratar y comercializar todo tipo de espacios y mobiliario para eventos, realizar actividades tendientes a la procuracin de fondos para la realizacin de los objetivos de la Asociacin, incluyendo la gestin de recursos ante instancias pblicas, privadas y sociales, as como aceptar donativos, legados, herencias, usufructos y fideicomisos para incrementar o consolidar su patrimonio, entre otros

Asociados miembros del Consejo Directivo de la Asociacin:

Jorge Luis Cuesta Manjarrez, con cargo de Presidente del Consejo Directivo.

Mario Gerardo Dueas Barrios, con cargo de Secretario del Consejo Directivo.

Xavier Chaires Duarte, con cargo de Tesorero del Consejo Directivo.

Humberto Santiago Martens, como Vocal.

Domicilio Fiscal:

Calle Cedro N 201 de la Colonia Granjas, en la ciudad de Chihuahua, Chih.

Asambleas de la Asociacin:

Segn se muestra en el acta de sesin ordinaria formalizada el 9 de marzo de 2012, se nombr como Presidente al C. Jorge Luis Cuesta Manjarrez; Secretario al C. Mario Gerardo Dueas Barrios; Tesorero al C. Xavier Chaires Duarte, y Vocal al C. Humberto Santiago Martens.

Posteriormente en el acta de sesin ordinaria formalizada el 11 de marzo de 2013, se ratifica como Presidente al C. Jorge Luis Cuesta Manjarrez; Secretario al C. Mario Gerardo Dueas Barrios; Tesorero al C. Xavier Chaires Duarte, y Vocal al C. Humberto Santiago Martens.

Se destaca que el 28 de enero de 2014 se elabora acta de asamblea general extraordinaria, en la cual se asienta la reunin sostenida por los asociados con derecho a voto de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., donde se toma nota, y se aprueba la renuncia al cargo de Tesorero de dicha asociacin del Sr. Xavier Chaires Duarte desde el 15 de agosto de 2011, relevndolo de toda responsabilidad en que hubiese podido incurrir en el desempeo de su cargo; siendo protocolizada dicha acta y dando fe de la misma el Notario Pblico N 10, el Lic. Luis Arturo Caldern Trueba; determinndose que este acuerdo no tiene retroactividad, toda vez que se formaliz hasta el 28 de enero de 2014; corroborando lo anterior que, el 9 de marzo de 2012 y 11 de marzo de 2013, la Asamblea de la Asociacin ratific a los integrantes de dicho Consejo Directivo antes mencionados, en cada uno de los puestos referidos.

Dentro del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013del municipio, se cont con la partida presupuestal N 01-132100-550100005-010204-0F00,asignada a la Direccin de Desarrollo Empresarial y Turstico, misma que cuenta con un techo financiero de $39,424,378.00, de la que se destin a la partida de Apoyos al Sector Turismo un importe de $22,000,000., de la cual fueron solventados los apoyos otorgados a la Asociacin por la cantidad de $17,130,471.00.

De lo anterior se desprende que el apoyo que se otorg a esta Asociacin Civil, se cumpli presupuestal y programticamente con lo estipulado en el Presupuesto de Egresos del Municipio de Chihuahua para el Ejercicio Fiscal 2013 que fue autorizado por unanimidad de votos de los Regidores de las diferentes representaciones polticas dentro del Cabildo.

Lo anterior en estricto cumplimiento a lo exigido por la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Pblico en su artculo 41 , disposicin que seala que no podrn realizarse gasto alguno que no cuente con partida presupuestal previamente establecida, requisito que se cumple en cabalidad y por consiguiente los recursos pblicos fueron ejercidos cumpliendo con los requisitos legales exigibles

IV.1. ANLISIS AL CONVENIO Y ADDENDUMS

Derivado del anlisis y evaluacin al convenio y addendums suscritos entre el municipio de Chihuahua y Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., por la cantidad total de $17, 130,471.00 para la organizacin del espectculo Aero Extremo a realizarse los das 4, 5, y 6 de octubre de 2013 en el Parque Tres Presas y/o Presa El Rejn, se obtuvieron los siguientes resultados:

OBSERVACIN IV.1.1.

Del apoyo de $7,255,000.00 entregado por el municipio, se observa que no se otorga en base a un presupuesto presentado por la Asociacin; por lo que, se tuvo la limitante para validar la justificacin o argumentos considerados para determinar este importe, el cual cubrir una parte de los gastos del evento Aero Extremo 2013; corroborando lo anterior los oficios girados por la Contralora Jurdica y el Director de Desarrollo Comercial y Turstico del Municipio, ambos del 9 de abril de 2014, as como oficio del 14 de mayo de 2014 emitido por parte de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., donde hacen saber la inexistencia del Anexo 1 en cuestin; lo que contradice lo dicho en el Convenio de Colaboracin y Apoyo pactado el 25 de abril de 2013, que refiere en la Segunda Clusula la existencia del Anexo 1, en el cual se contemplan los rubros a erogar, mismos que debern ser informados al municipio a travs de la Direccin de Desarrollo Empresarial y Turstico; el apoyo otorgado se liquid de la siguiente manera:

Lo anterior en inobservancia a lo dispuesto en los artculos 29 fraccin XIV y 64 fraccin IX del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua.

Como la propia Auditora Superior seala, mediante el convenio celebrado con la Asociacin Civil se apoy slo parcialmente los gastos que se generaron para la realizacin del evento, por lo que los rubros y actividades que en lo general fueron cubiertos en parte con la cantidad antes sealada, se encuentran perfectamente identificadas en la clusula Sexta que establece entre otros, los siguientes rubros: 1. Contratacin de participantes en el espectculo; 2. Contratacin de proveedores para montaje y operacin; 3.-Contratacin de Seguridad y Vigilancia; 4.- Contratacin del Seguro de responsabilidad Civil; por lo que consideramos que el hecho de no acompaar el anexo es irrelevante ya que sus alcances fueron transcritos en el convenio de antecedentes.

Consideramos que no se funda y motiva adecuadamente la observacin, toda vez que no se adecua la hiptesis observada a los preceptos que dice son violados. Me permito transcribir los artculos del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua que sostienen han sido infringidos:

ARTCULO 29. El Presidente Municipal tendr las siguientes facultades y obligaciones:XIV. Administrar, por conducto de las dependencias competentes, la Hacienda Pblica Municipal, estableciendo los procedimientos tcnicos, financieros y contables que permitan el adecuado control y examen del ingreso y el gasto pblico, siendo aplicable en lo conducente lo dispuesto por los Ttulos Quinto y Sexto, de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Pblico del Estado de Chihuahua, as como la Ley de Proyectos de Inversin Pblica a Largo Plazo del Estado de Chihuahua.

ARTCULO 64. Son atribuciones del Tesorero:

IX. Llevar la contabilidad, el control del presupuesto y elaborar la cuenta pblica anual que debe presentar el Ayuntamiento al Congreso del Estado, acompaando los cortes de caja mensuales y los documentos necesarios para comprobar la conformidad de los gastos con las partidas del presupuesto y la exactitud y la justificacin de ellos;

Como se puede apreciar, en ninguno de los preceptos y ordenamientos sealados por la Auditora Superior, se establece que la forma de justificar y comprobar un gasto o erogacin, deba ser en un Anexo 1 a un contrato, mas aun cuando los conceptos especficos y alcances del gasto se encuentran expresamente detallados en el Convenio firmado de comn acuerdo por las partes. De las disposiciones legales en que se sustenta la observacin no se desprende la obligacin a cargo la administracin municipal como requisito de procedibilidad para el otorgamiento del apoyo, la necesidad del detalle o presupuesto que sealan se omiti.

Se ofrecen como medio de prueba para acreditar lo anterior, las facturas, rdenes de transferencia y convenio de colaboracin y apoyo celebrado entre el Municipio de Chihuahua y Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., mismos que ya se encuentran agregados a las actuaciones, como se desprende del propio anlisis y desglose que hace la Auditora Superior del Estado

De lo anterior se desprende que no existe lesin o quebranto patrimonial alguno

OBSERVACIN IV.1.2.

Del anlisis efectuado al Convenio de Colaboracin y Apoyo pactado el 25 de abril de 2013 por la cantidad de $7,255,000.00, se observa que el municipio erog la cantidad de $2,000,000.00 sin justificacin alguna, antes de la firma del convenio en cuestin el 3 de abril de 2013, o sea 22 das naturales previos a la firma del convenio, lo anterior en inobservancia a lo dispuesto en los artculos 49 fraccin III de la Ley de Presupuesto de Egresos Contabilidad y Gasto Pblico para el Estado de Chihuahua, 29 fraccin XIV, 64 fraccin IX y 66 fraccin II del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua.

La cantidad de $2000,000.00 fue entregada por el Municipio de Chihuahua a solicitud de la Asociacin Civil, como anticipo para realizar diversos pagos de organizacin, operacin y contratacin de servicios, que eran necesarios para garantizar el evento, as como para el pago de obligaciones contradas por la mencionada Asociacin.

La cantidad qued debidamente amparada en su momento por el documento justificatorio consistente en factura A 41, expedida por Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C. con fecha anterior al pago y que la propia Auditora Superior refiere en prrafos anteriores. Adems, la entrega de esta y otras cantidades fue validada por ambas partes en el convenio de apoyo y colaboracin de fecha 25 de abril de 2013.

Nos permitimos transcribir la siguiente tabla que fue proporcionada por ese Ente Fiscalizador, en la cual se acredita que la cantidad pactada en el convenio de apoyo, fue la que efectivamente fue pagada en su momento, sin que existan diferencias entre los importes erogados y los comprobados.

Consideramos que no se funda y motiva la observacin, toda vez que no se actualiza la hiptesis observada a los preceptos que dice son violados. Se transcriben los artculos que a su juicio han sido infringidos:

Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua:

ARTCULO 29. El Presidente Municipal tendr las siguientes facultades y obligaciones:XIV. Administrar, por conducto de las dependencias competentes, la Hacienda Pblica Municipal, estableciendo los procedimientos tcnicos, financieros y contables que permitan el adecuado control y examen del ingreso y el gasto pblico, siendo aplicable en lo conducente lo dispuesto por los Ttulos Quinto y Sexto, de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Pblico del Estado de Chihuahua, as como la Ley de Proyectos de Inversin Pblica a Largo Plazo del Estado de Chihuahua.

ARTCULO 64. Son atribuciones del Tesorero:

IX. Llevar la contabilidad, el control del presupuesto y elaborar la cuenta pblica anual que debe presentar el Ayuntamiento al Congreso del Estado, acompaando los cortes de caja mensuales y los documentos necesarios para comprobar la conformidad de los gastos con las partidas del presupuesto y la exactitud y la justificacin de ellos;

ARTCULO 66. Son atribuciones del Oficial Mayor:

II. Expedir las rdenes para las erogaciones con cargo al presupuesto de las dependencias municipales, excepcin hecha de las que realicen las autoridades seccionales;

Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Pblico del Estado de Chihuahua:

ARTCULO 49. Ser responsabilidad de la Secretara, que los pagos que se efecten con cargo a los presupuestos aprobados se realicen con sujecin a los siguientes requisitos:

III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos, o sus respectivas copias cuando se trate de inversiones concertadas con la federacin, entendindose por justificantes las disposiciones y documentos legales que determinen la obligacin de hacer un pago y, por comprobantes los documentos que demuestren la entrega de las sumas de dinero correspondientes. Cuando se trate de inversiones concertadas con la federacin el requisito que exige la presente fraccin, se cumplir anexando las copias respectivas.

Como se advierte, existen los documentos que justifican y comprueban el gasto, tales como facturas previas al pago, transferencia bancaria que acredita el pago y el convenio donde se validan y acreditan las cantidades pactadas. Adems, el artculo 49 fraccin III de la Ley de Presupuesto de Egresos Contabilidad y Gasto Pblico del Estado de Chihuahua, en que se funda su observacin, no define el momento u oportunidad para su justificacin o comprobacin, lo cual de hecho se realiz en el mismo mes y dentro del mismo ejercicio fiscal.

Se ofrecen como medio de prueba para acreditar lo anterior, las facturas, rdenes de transferencia y convenio de colaboracin y apoyo celebrado entre el Municipio de Chihuahua y Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., mismos que ya se encuentran agregados a las actuaciones, como se desprende del propio anlisis y desglose que hace la Auditora Superior del Estado

De lo anterior se desprende que no existe lesin o quebranto patrimonial alguno

OBSERVACIN IV.1.3.

El 12 de septiembre de 2013, se autoriza apoyo adicional por la cantidad de $7,325,471.00 para el desarrollo del evento, segn el addendum firmado; observndose que se relaciona una serie de gastos, de los cuales no se especifica el importe a erogar, toda vez que a la entrega de $7,255,000.00, la Asociacin no define los montos a erogar en cada uno de los conceptos que refieren en el addendum, y no presenta un presupuesto elaborado en el cual se detallen los gastos del evento; importe que se liquida el 18 de septiembre de 2013 va transferencia bancaria por $4,000,000.00 y cheque N 37101 de misma fecha por $3,325,471.00 de la institucin Banorte, S.A., lo anterior en incumplimiento a lo dispuesto en los artculos 29 fraccin XIV, 64 fraccin IX y 66 fraccin II del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua.

Todos los rubros y actividades que fueron cubiertas con la cantidad sealada de $7, 325,471.00, se encuentran perfectamente identificadas en el addendum que fue firmado de comn acuerdo por las partes el 12 de septiembre de 2013. De la simple lectura al convenio, se puede apreciar que en la clusula Segunda establece entre otros, los siguientes rubros: 1. Contratacin de Fiesta del Globo; 2. Contratacin de Flyers Team; 3.-Contratacin de Lmparas de Cantoya; 4.- Contratacin de Motos Acrobticas X Riders; 5. Contratacin de Demolition Show; 6. Contratacin de Vehculos 4x4; 7. Contratacin de Espectculo Acutico Red Bull; 8. Contratacin de Espectculo Acutico Local; 9. Contratacin de Pirotecnia; 10. Contrato para Show del Foro; 11. Publicidad; 12. Habilitacin de Estacionamientos; 13. Combustible para maquinaria; entre otros.

Debemos puntualizar que como el convenio lo establece, los apoyos proporcionados por el Municipio de Chihuahua son para cubrir parcialmente el evento, existiendo adems otros patrocinadores. Por esta razn, es imposible desglosar el pago por cada concepto, ya que ser la Asociacin Civil en funcin de los patrocinios que obtenga, la encargada en su momento de decidir en qu proporcin se destina a cada rubro.

Consideramos que no se funda y motiva la observacin, toda vez que no se adecua la hiptesis observada a los preceptos que dice son violados. Me permito transcribir los artculos del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua que sostienen han sido infringidos:

ARTCULO 29. El Presidente Municipal tendr las siguientes facultades y obligaciones:

XIV. Administrar, por conducto de las dependencias competentes, la Hacienda Pblica Municipal, estableciendo los procedimientos tcnicos, financieros y contables que permitan el adecuado control y examen del ingreso y el gasto pblico, siendo aplicable en lo conducente lo dispuesto por los Ttulos Quinto y Sexto, de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Pblico del Estado de Chihuahua, as como la Ley de Proyectos de Inversin Pblica a Largo Plazo del Estado de Chihuahua.

ARTCULO 64. Son atribuciones del Tesorero:

IX. Llevar la contabilidad, el control del presupuesto y elaborar la cuenta pblica anual que debe presentar el Ayuntamiento al Congreso del Estado, acompaando los cortes de caja mensuales y los documentos necesarios para comprobar la conformidad de los gastos con las partidas del presupuesto y la exactitud y la justificacin de ellos;

ARTCULO 66. Son atribuciones del Oficial Mayor:

II. Expedir las rdenes para las erogaciones con cargo al presupuesto de las dependencias municipales, excepcin hecha de las que realicen las autoridades seccionales;

Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Pblico del Estado de Chihuahua:

ARTCULO 49. Ser responsabilidad de la Secretara, que los pagos que se efecten con cargo a los presupuestos aprobados se realicen con sujecin a los siguientes requisitos:

III. Que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos, o sus respectivas copias cuando se trate de inversiones concertadas con la federacin, entendindose por justificantes las disposiciones y documentos legales que determinen la obligacin de hacer un pago y, por comprobantes los documentos que demuestren la entrega de las sumas de dinero correspondientes. Cuando se trate de inversiones concertadas con la federacin el requisito que exige la presente fraccin, se cumplir anexando las copias respectivas.

Como se puede apreciar, en ninguno de los preceptos y ordenamientos sealados por la Auditora Superior, se establece que la forma de justificar y comprobar un gasto o erogacin, deba ser en la forma en que lo manifiestan, ms aun cuando los conceptos especficos y alcances del gasto se encuentran expresamente detallados en el Convenio firmado de comn acuerdo por las partes.

Se ofrecen como medio de prueba para acreditar lo anterior, las facturas, rdenes de transferencia y convenio de colaboracin y apoyo celebrado entre el Municipio de Chihuahua y Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., mismos que ya se encuentran agregados a las actuaciones, como se desprende del propio anlisis y desglose que hace la Auditora Superior del Estado

De lo anterior se desprende que no existe lesin o quebranto patrimonial alguno

OBSERVACIN IV.1.4.

El 25 de septiembre de 2013, se autoriza un segundo apoyo adicional por la cantidad de $2,550,000.00 para el desarrollo del evento; observndose que se relaciona una serie de gastos, de los cuales no se especifica el importe a erogar a la entrega de $14,580,471.00, la Asociacin no cuantifica, ni informa a la firma del segundo convenio adicional, ningn gasto realizado a la Direccin de Desarrollo Empresarial y Turstico, tal y como lo establece la Clusula Segunda del Convenio de Colaboracin original pactado; asimismo, no define el gasto en cada uno de los conceptos que refieren en el addendum en base a un presupuesto elaborado; sealndose que este apoyo se solventa tambin de la partida presupuestal N 01-132100-550100005-010204-0F00 de nombre Apoyos al Sector Turismo, el cual se liquida el 24 de septiembre de 2013 va transferencia bancaria por la cantidad de $1,800,000.00 y el resto de $750,000.00 con cheque N 38383 del 7 de octubre de 2013 de Banorte, S.A., observndose adems que el primer pago que se efecta va transferencia bancaria, se realiza un da antes a la firma del Convenio por el segundo apoyo; lo anterior en incumplimiento a lo dispuesto en los artculos 49 fraccin III de la Ley de Presupuesto de Egresos Contabilidad y Gasto Pblico para el Estado de Chihuahua,29 fraccin XIV, 64 fraccin IX y 66 fraccin II del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua.

Todos los rubros y actividades que fueron cubiertas con la cantidad sealada de $2,550,000.00, se encuentran perfectamente identificadas en el segundo addendum que fue firmado de comn acuerdo por las partes el 25 de septiembre de 2013. De la simple lectura al convenio, se puede apreciar que en la clusula Primera establece entre otros, los siguientes rubros: 1. Contratacin de Autores y Compositores; 2. Contratacin de Musicalizacin del Evento; 3.-Contratacin de Renta de Autobuses; 4.- Coordinacin de voluntarios; 5. Compra de uniformes; 6. Compra de artculos promocionales; 7. Alimentacin y logstica; 8. Concierto de piano; 9. Globo aerosttico de promocin.

La cantidad de $1800,000.00 fue entregada por el Municipio de Chihuahua a solicitud de la Asociacin Civil, como anticipo al segundo addendum, para realizar diversos pagos de organizacin, operacin y contratacin de servicios, que eran necesarios para garantizar el evento, as como para el pago de obligaciones contradas por la mencionada Asociacin.

La cantidad qued debidamente amparada en su momento por el documento justificatorio consistente en factura expedida por Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C. Adems, la entrega de esta y otras cantidades fue validada por ambas partes en el segundo addendum de fecha 25 de septiembre de 2013, dentro del mismo mes y ejercicio fiscal.

El fundamento legal invocado para sustentar la observacin, resulta inaplicable y por consiguiente improcedente la observacin planteada, toda vez que no se adecua la hiptesis observada a los preceptos que afirma son violados. Me permito transcribir los artculos del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua que sostienen han sido infringidos:

ARTCULO 29. El Presidente Municipal tendr las siguientes facultades y obligaciones:XIV. Administrar, por conducto de las dependencias competentes, la Hacienda Pblica Municipal, estableciendo los procedimientos tcnicos, financieros y contables que permitan el adecuado control y examen del ingreso y el gasto pblico, siendo aplicable en lo conducente lo dispuesto por los Ttulos Quinto y Sexto, de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad y Gasto Pblico del Estado de Chihuahua, as como la Ley de Proyectos de Inversin Pblica a Largo Plazo del Estado de Chihuahua.

ARTCULO 64. Son atribuciones del Tesorero:

IX. Llevar la contabilidad, el control del presupuesto y elaborar la cuenta pblica anual que debe presentar el Ayuntamiento al Congreso del Estado, acompaando los cortes de caja mensuales y los documentos necesarios para comprobar la conformidad de los gastos con las partidas del presupuesto y la exactitud y la justificacin de ellos;

ARTCULO 66. Son atribuciones del Oficial Mayor:

II. Expedir las rdenes para las erogaciones con cargo al presupuesto de las dependencias municipales, excepcin hecha de las que realicen las autoridades seccionales;

Como se puede apreciar, en ninguno de los preceptos y ordenamientos sealados por la Auditora Superior, se establece que la forma de justificar y comprobar un gasto o erogacin, deba ser en la forma en que lo manifiestan, mas aun cuando los conceptos especficos y alcances del gasto se encuentran expresamente detallados en el Convenio firmado de comn acuerdo por las partes.

Adems, el artculo 49 fraccin III de la Ley de Presupuesto de Egresos Contabilidad y Gasto Pblico del Estado de Chihuahua, en que se funda su observacin, no define el momento u oportunidad para su justificacin o comprobacin, lo cual de hecho se realiz en el mismo mes y dentro del mismo ejercicio fiscal.

Se ofrecen como medio de prueba para acreditar lo anterior, las facturas, rdenes de transferencia y convenio de colaboracin y apoyo celebrado entre el Municipio de Chihuahua y Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., mismos que ya se encuentran agregados a las actuaciones, como se desprende del propio anlisis y desglose que hace la Auditora Superior del Estado

De lo anterior se desprende que no existe lesin o quebranto patrimonial alguno

De la auditora practicada, se identificaron tres documentos presentados por la Asociacin a la Subdireccin de Gobernacin del municipio, y uno ante la Subdireccin del H. Cuerpo de Bomberos y Proteccin Civil Municipal, todos de fecha 24 de septiembre de 2013.

Para la realizacin del evento, conforme a la normatividad, deben tramitar los siguientes permisos:

a) Permiso de Espectculos Pblicos.b) Permiso de Bebidas Alcohlicas.c) Dictamen de Proteccin Civil.

El otorgamiento de permiso para eventos, se encuentra regulado en el Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua, establecindose en su artculo 7 que, la Subdireccin de Gobernacin Municipal, conceder permiso para llevar a cabo eventos siempre y cuando se cuente con licencia otorgada por el Ayuntamiento, y que cumpla con las condiciones de seguridad que se acreditan a travs del dictamen que expedir la Direccin de Desarrollo Urbano y Ecologa del Municipio.

Mediante escrito presentado ante la Subdireccin de Gobernacin Municipal, la Asociacin Civil, solicit el permiso correspondiente para la realizacin del evento, mencionando los eventos que se llevarn a cabo y la duracin de los mismos (das y horas).

Asimismo, por medio de escrito recibido por parte del municipio el 1 de octubre de 2013, se hace saber que contarn con el apoyo de 150 elementos diarios de Seguridad Pblica Municipal durante los das del evento; adems que se contar con 80 elementos de seguridad privada contratados por parte de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C y 40 elementos adicionales diarios para el resguardo de las reas donde se har el montaje.

En respuesta a lo anterior se otorg a Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua A.C., permiso para la realizacin del evento, esto segn se desprende del Permiso ES11093 del 1 de octubre de 2013, emitido por el Lic. Javier Alberto Torres Cardona Subdirector de Gobernacin Municipal.

OBSERVACIN V.1.

El permiso de espectculos pblicos otorgado por la Subdireccin de Gobernacin, no establece los alcances del evento para el cual se autoriz, asimismo no describe las actividades a realizar, ni el fundamento y motivacin que sustente que no exista inconveniente para autorizar el evento como lo afirm en su escrito el Lic. Javier Alberto Torres Cardona, entonces Subdirector de Gobernacin Municipal; lo anterior en contravencin al artculo 29 fraccin I y VII del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua, vigente a la fecha de la emisin del permiso respectivo, as como el artculo 76 de Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua.

De los preceptos legales que esa Auditora Superior seala en su observacin, no se desprende incumplimiento alguno a las atribuciones del Subdirector de Gobernacin Municipal, ya que ninguna de las disposiciones establece los requisitos de un permiso que se consideran violados.

Para precisarlo, transcribimos en lo conducente los artculos reseados:

Artculo 29.- Compete a la Subdireccin de Gobernacin Municipal:I. Cumplir y hacer cumplir mediante actividades de vigilancia y supervisin, las disposiciones reglamentarias en materia de espectculos y diversiones; negociaciones mercantiles y establecimientos en los que se expendan, distribuyan e ingieran bebidas alcohlicas;

II. Analizar y autorizar las solicitudes de permisos para la realizacin de espectculos pblicos; as como supervisar que estos se efecten conforme a las disposiciones legales en la materia.

OBSERVACIN V.2.

De la revisin documental se desprende que no se cuenta con la licencia otorgada por el Ayuntamiento del lugar donde se llevara a cabo el evento (Parque el Rejn), ni existe dictamen emitido por la Direccin de Desarrollo Urbano y Ecologa donde se acredite que se cumple con las condiciones de seguridad, de acuerdo a lo establecido al artculo 7 del Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua; sealndose de igual forma que, mediante el Convenio de Colaboracin y Apoyo, los funcionarios firmantes se comprometieron a otorgar el permiso en cuestin y el uso del Parque; sin embargo, se omitieron los requisitos legales previos para su otorgamiento; lo anterior en contravencin al artculo 29 fraccin I y VII del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua, vigente a la fecha de la emisin del permiso respectivo as como el artculo 76 de Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua.

El uso del Parque Metropolitano El Rejn fue autorizado mediante el Convenio de Apoyo y Colaboracin celebrado con la Asociacin Civil, quedando consignado expresamente en su clusula sptima. En el documento sealado intervino el Oficial Mayor del Municipio quien tiene atribuciones expresas para ello de acuerdo con lo que dispone el artculo 66 del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua, quien le otorga facultades de conservacin y administracin de los inmuebles municipales.

En cuanto al dictamen de la Direccin de Desarrollo Urbano y Ecologa del Municipio, su emisin es opcional, tal y como lo establece el artculo 7 del Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua vigente en ese entonces. No obstante, no es necesario que las licencias para el uso del parque El Rejn deban darse para cada evento en particular, ya que por su propia naturaleza, dicho espacio cuenta con uso de suelo para recreacin y deporte.

Esto es as, en virtud de que la vocacin del uso de suelo se encuentra contenida en el Plan de Desarrollo Urbano para el Centro de Poblacin Chihuahua 2040, aprobado por unanimidad por los miembros del H. Ayuntamiento en la Sesin que le dio vida al instrumento en cita. El PDU es un documento pblico que contempla un uso de suelo de Recreacin y Deporte para esa reserva y los usos que en el parque se realizan no son diferentes a esa actividad.

Lo anterior queda reforzado con lo que dispone el artculo 149 de la Ley de Desarrollo Urbano Sostenible, que establece lo siguiente:

Solo ser necesaria la obtencin de la licencia de uso de suelo cuando se trate de acciones urbanas:

I. Que requieran de la construccin de obras de cabeza o de redes de infraestructura primaria;II. Cuando este condicionado por un Plan o Programa de Desarrollo Urbano vigente; III. Referentes a fraccionamientos campestres, yIV. Relativas a cambio de uso de suelo.

Debemos precisar tambin que de acuerdo al artculo 28 del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua, no existen atribuciones o facultades expresas que le permitan al Ayuntamiento emitir licencias de esta naturaleza, entendiendo como Ayuntamiento al conformado por el Presidente Municipal en unin de Regidores y Sndico. Al igual que en anteriores observaciones, consideramos que esta no se encuentra fundada y motivada, en virtud de que las conductas u omisiones que se le atribuyen a la Subdireccin de Gobernacin, no se encuentran expresamente contenidas en los preceptos legales que se dicen violados y que son artculo 29 fraccin I y VII del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua, vigente a la fecha de la emisin del permiso respectivo as como el artculo 76 de Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua.

Esto se desprende de la simple lectura de los artculos invocados y que en lo conducente se transcriben:

Artculo 29.- Compete a la Subdireccin de Gobernacin Municipal:I. Cumplir y hacer cumplir mediante actividades de vigilancia y supervisin, las disposiciones reglamentarias en materia de espectculos y diversiones; negociaciones mercantiles y establecimientos en los que se expendan, distribuyan e ingieran bebidas alcohlicas;

II. Analizar y autorizar las solicitudes de permisos para la realizacin de espectculos pblicos; as como supervisar que estos se efecten conforme a las disposiciones legales en la materia.

ARTICULO 76.- Es facultad del Municipio a travs de la Subdireccin de Gobernacin Municipal, llevar a efecto la vigilancia, inspeccin y cumplimiento del presente Reglamento.

OBSERVACIN V.3.

El municipio condon el pago del permiso para realizar el evento Aero Extremo 2013 en el Parque el Rejn, a Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., observndose que no se cuenta con la solicitud de dicha condonacin por parte de la Asociacin; incumplindose con lo dispuesto en los artculos 4 de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2013 y 54 prrafo segundo del Cdigo Fiscal del Estado de Chihuahua.

El Municipio de Chihuahua no condon pago de derechos, impuestos o contribuciones a la Asociacin Civil y por lo tanto no viola lo dispuesto en los artculos 4 de la Ley de Ingresos del Municipio de Chihuahua para el Ejercicio Fiscal 2013 y 54 prrafo segundo del Cdigo Fiscal del Estado de Chihuahua.

La Ley de Ingresos del Municipio de Chihuahua para el ejercicio fiscal del ao 2013 establece la Tarifa para el Cobro de Impuestos y Derechos, en cuya fraccin XVIII establece las tarifas que corresponden por los servicios que presta la Subdireccin de Gobernacin, sin que de ellas se advierta alguna tarifa especfica por la expedicin de este tipo de permisos. Lo anterior es as, pues slo se prevn eventos de muy diferente naturaleza al que hoy se analiza y de acuerdo a lo dispuesto por el artculo 5 del Cdigo Fiscal del Estado de Chihuahua, en relacin con lo dispuesto por el artculo 126 del Cdigo Municipal, las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que sealan excepciones a las mismas, as como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicacin estricta.

Por lo tanto, de no encontrarse previsto una tarifa especfica por la expedicin de este tipo de permisos, la autoridad municipal por disposicin expresa del artculo 122 del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua, se encuentra impedido para realizar cobro alguno.

Aun y cuando existiera un concepto expreso en la Ley de Ingresos mencionada y por el cual fuera procedente el cobro de derechos, el Convenio de Apoyo y Colaboracin que fue acordado en plenitud por las partes, establece en su clusula sptima, el compromiso por parte del Municipio de Chihuahua para el otorgamiento de todos los permisos necesarios para el desarrollo del evento, de tal suerte que no resulta exigible la solicitud de condonacin previa por parte de la persona moral a favor de quien se otorg.

No obstante lo anterior y en caso de que la Auditora Superior decida no atender a los razonamientos jurdicos que se exponen, debemos manifestar que no se causa lesin o quebranto al patrimonio municipal toda vez que de conformidad con el artculo 56 del Cdigo Fiscal para el Estado de Chihuahua, las facultades de las autoridades fiscales para determinar la existencia de obligaciones fiscales, sealar las bases de su liquidacin o fijarlas en cantidad lquida, para imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, as como las facultades de verificar el cumplimiento o incumplimiento de dichas disposiciones, se extinguen en el trmino de cinco aos, no sujeto a interrupcinni suspensin.

Anlisis de solicitud del permiso.

Mediante escrito presentado a la Secretara del Ayuntamiento el 1 de octubre de 2013, el Lic. Luis Felipe Valdez Cavazos, en su carcter de representante legal de la Asociacin Civil, solicit el permiso correspondiente para la realizacin del evento Aero Extremo 2013, donde menciona la duracin del mismo, la presentacin de los espectculos siguientes: vuelos acrobticos, paracaidismo, globos aerostticos, vuelos en parapente motorizado, lmparas de Cantoya, aeromodelismo; asimismo indica que ofrecer exhibiciones de motos acrobticas, de Trocas Monstruo, de Wakeboard, de Flyboard, de bicicletas BMX, de vehculos 4 x 4; que adems habr concursos de fotografa y pintura, msica en vivo, locales comerciales y de alimentos. Por su parte el artculo 8 del Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua, establece los requisitos necesarios para la expedicin del permiso del espectculo, sin embargo la Asociacin se limit a mencionar solo algunos aspectos, los cuales para mayor claridad se indica en el siguiente cuadro:

FRACCIN RESPECTIVA DEL ARTCULO 8 DEL REGLAMENTO DE DIVERSIONES Y ESPECTCULOS PBLICOS PARA EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUARESULTADO ADVERTIDO POR LA AUDITORA SUPERIOR DEL ESCRITO DE SOLICITUD DE PERMISORESPUESTA

I. Entregar una solicitud, debiendo acreditar la personalidad con la que se ostenta, sealando nombre, domicilio, el Registro Federal de Contribuyentes y alta en la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico.

Se cuenta con escrito del 27 de septiembre de 2013, sin contar con el Registro Federal de Causantes, alta en la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, ni domicilio.

Cumpliendo con el requisito bsico que consiste en solicitud escrita y acreditacin de la personalidad, se informa que el Registro Federal de Causantes, alta en la Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, y domicilio, obraba en diferentes archivos y se anexa una copia a este documento, identificados como anexos 1, 2 y 3.

II. Describir la clase de espectculo o diversin que pretende presentar.Menciona, mas no describe el espectculo a realizar.

Como lo seala la Auditora Superior, se menciona la clase de espectculo, sin que exista un ordenamiento legal que expresamente defina el nivel de detalle que debe contener la solicitud, por lo que a falta de lineamientos o preceptos expresos, se actu en apego a la legalidad.

III. La ubicacin del lugar donde se pretende realizar el evento.

Si presenta la ubicacin: Parque el Rejn.

Correcto

IV. Precisar el perodo de presentaciones;

Si precisa que el evento ser los das 4,5 y 6 de octubre de 2013.

Correcto

V. Sealar los horarios respectivosEstablece lo siguiente: das 4 y 5 de 7 am a 10 pm y domingo 6 de 7 am a 5 pm.

Correcto

VI. Presentar comprobante del cumplimiento de las obligaciones fiscales municipales en los trminos que seale la Ley de Ingreso para el municipio;

No se cuenta con esta informacin.

Al momento de expedir el permiso, este documento ya obraba en los archivos de la Tesorera Municipal y se acompaa una copia a este documento, identificado como anexo 4 .

VII. Especificar el total del boletaje y sus preciosNo hubo boletaje en el evento.

Correcto

VIII. Presentar el total del boletaje, incluyendo las cortesas, para su sellado o perforacin, los boletos debern estar foliados progresivamente y con la fecha del evento;

No hubo boletaje en el evento.

Correcto

IX. No tener ningn adeudo con la Tesorera Municipal;

No existe constancia de no adeudo.Al momento de expedir el permiso, este documento ya obraba en los archivos de la Tesorera Municipal y se anexa una copia a este documento, identificado como anexo 4.

X. Haber retirado en su totalidad la publicidad de algn espectculo anterior;No hay constancia de publicidad anterior.No existi y por lo tanto es correcto que no exista constancia.

XI. Contar con el nmero de elementos de Seguridad Pblica que previamente la Subdireccin de Gobernacin Municipal, considere conveniente;

Dentro de una de las solicitudes del 24 de septiembre de 2013, indica que se contar con 150 elementos diarios de seguridad pblica, adems de 80 elementos de seguridad privada; asimismo indica que contar con 40 elementos adicionales diarios que resguardarn las reas del montaje, apoyo de Direccin de Vialidad, personal y equipo de seguridad de Proteccin Civil y de la Cruz Roja.No existe constancia de cuantos elementos de seguridad consider la Subdireccin de Gobernacin convenientes, para la realizacin del evento.El permiso se da en base a la solicitud por lo que tcitamente el nmero de elementos considerado es cuando menos el que se aprob en base a la citada solicitud.

No obstante lo anterior, de acuerdo a los resultados que expone la Auditora Superior en lneas ms adelante, se acredita la presencia de elementos suficientes asignados por la Direccin de Seguridad Pblica Municipal. Aunados a los de Seguridad Privada, Vialidad, Cruz Roja, Logstica y Staff.

XII. Cuando se realicen en las vas o lugares pblicos, debern contar adems con las autorizaciones de las dependencias pblicas respectivas y la anuencia de los vecinos segn el caso; yExiste escrito del Gerente General del Parque El Rejn, donde autoriza, y da permiso de utilizar el parque los das del evento; sin embargo del Reglamento Interior del Municipio, no establece dicha Gerencia, ni facultades del mismo.

Existe la autorizacin expresa y convenida por las partes, la cual se encuentra pactada y firmada de conformidad en el Convenio de fecha 25 de abril de 2013, de cuya clusula sptima numeral 3, se desprende la autorizacin y permiso para uso del parque en cuestin.

XIII. Cuando se vaya a consumir bebidas alcohlicas o cerveza, debern contar con la licencia o permiso correspondiente;

Se cuenta con dicho permiso.

Correcto

OBSERVACIN V.4.

Por las omisiones sealadas anteriormente, se observa que el entonces Subdirector de Gobernacin Municipal del Municipio de Chihuahua, Lic. Javier Alberto Torres Cardona, no debi de expedir el permiso para el espectculo en mencin, sin que acreditara haber validado el soporte documental de que se cumplan con los requisitos sealados en el artculo 8 del Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua; por tanto se determina que contravino lo establecido en artculo 29 fracciones I y VII del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua, as como el artculo 8 y 76 del Reglamento de Diversiones y Espectculos Pblicos para el Municipio de Chihuahua.

De acuerdo a la respuesta que damos en la tabla que antecede a esta observacin, se desprende que en la expedicin del permiso se cumplieron los requisitos necesarios para su otorgamiento. En cuanto a los documentos que dicen faltar de acuerdo a la tabla, los requisitos tales como alta en Secretara de Hacienda y Crdito Pblico, Cdula Fiscal y comprobante de domicilio, estos se encuentran debidamente cumplimentados ya que su existencia obra en los archivos y fueron base para el otorgamiento de los permisos en ejercicios anteriores, constituyendo un hecho notorio para la Subdireccin de Gobernacin. Aun y cuando pueden localizarse en los archivos de la propia subdireccin, tambin existen en la Proveedura Municipal, Contralora Jurdica, Tesorera Municipal, los anexamos a este escrito de contestacin, identificados como anexos 1, 2, 3 y 4, los cuales se presentan en copia, sealando para su cotejo con los originales, indistintamente los archivos de la Tesorera Municipal, la Proveedura Municipal dependiente de la Oficiala Mayor y la Subdireccin de Gobernacin dependiente de la Secretara del Ayuntamiento.

.

Segn lo establece el artculo 19 de la Ley que Regula el Funcionamiento de Establecimientos en los que se Expenden, Distribuyen o Ingieren Bebidas Alcohlicas, solamente con la opinin favorable del Presidente Municipal, apoyado en la autorizacin del Cabildo (sic), es competente para otorgar este tipo de permiso; sin embargo el artculo 29 fracciones I y VI del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua (vigente antes de octubre 2013), le otorga facultad al Subdirector de Gobernacin Municipal para la regulacin y vigilancia de bebidas alcohlicas.

La Asociacin mediante escrito de fecha 24 de septiembre de 2013, y presentado a la Subdireccin de Gobernacin Municipal el 1 de octubre de 2013, solicit permiso para la venta de cerveza, manifestando una afluencia aproximada de 90,000 espectadores diariamente, habindose otorgado el permiso N ES-11093 del 1 de octubre de 2013 por parte de la Subdireccin en cuestin.

OBSERVACIN V.5.

El municipio omiti el cobro del permiso para venta de cerveza en el evento Aero Extremo 2013 a Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., observndose que no existe el pago del permiso por parte de la Asociacin; contraviniendo lo dispuesto en los artculos 4 de la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2013 y 54 prrafo segundo del Cdigo Fiscal del Estado de Chihuahua.

El Municipio de Chihuahua no omiti cobro alguno por concepto de derechos, impuestos o contribuciones a la Asociacin Civil y por lo tanto no viola lo dispuesto en los artculos 4 de la Ley de Ingresos del Municipio de Chihuahua para el Ejercicio Fiscal 2013 y 54 prrafo segundo del Cdigo Fiscal del Estado de Chihuahua.

La Ley de Ingresos del Municipio de Chihuahua para el ejercicio fiscal del ao 2013 establece la Tarifa para el Cobro de Impuestos y Derechos, en cuya fraccin XVIII establece las tarifas que corresponden por los servicios que presta la Subdireccin de Gobernacin, sin que de ellas se advierta alguna tarifa especfica por la expedicin de este tipo de permisos especiales. Lo anterior es as, pues slo se prev eventos de muy diferente naturaleza al que hoy se analiza y de acuerdo a lo dispuesto por el artculo 5 del Cdigo Fiscal del Estado de Chihuahua, en relacin con lo dispuesto por el artculo 126 del Cdigo Municipal, las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que sealan excepciones a las mismas, as como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicacin estricta.

Por lo tanto, de no encontrarse previsto una tarifa especfica por la expedicin de este tipo de permisos, la autoridad municipal por disposicin expresa del artculo 122 del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua, se encuentra impedido para realizar cobro alguno.

Aun y cuando existiera un concepto expreso en la Ley de Ingresos mencionada y por el cual fuera procedente el cobro de derechos, el Convenio de Apoyo y Colaboracin que fue acordado en plenitud por las partes, establece en su clusula sptima, el compromiso por parte del Municipio de Chihuahua para el otorgamiento de todos los permisos necesarios para el desarrollo del evento, de tal suerte que no resulta exigible la solicitud de condonacin previa por parte de la persona moral a favor de quien se otorg.

No obstante lo anterior y en caso de que la Auditora Superior decida no atender a los razonamientos jurdicos que se exponen, debemos manifestar que no se causa lesin o quebranto al patrimonio municipal toda vez que de conformidad con el artculo 56 del Cdigo Fiscal para el Estado de Chihuahua, llas facultades de las autoridades fiscales para determinar la existencia de obligaciones fiscales, sealar las bases de su liquidacin o fijarlas en cantidad lquida, para imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, as como las facultades de verificar el cumplimiento o incumplimiento de dichas disposiciones, se extinguen en el trmino de cinco aos, no sujeto a interrupcinni suspensin.

El 24 de septiembre de 2013, el representante legal de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., Lic. Luis Felipe Valdez Cavazos, solicit a Proteccin Civil Municipal realizara la inspeccin de seguridad correspondiente a las instalaciones donde se llevara a cabo el evento, comprometindose la Asociacin a cumplir con las medidas de seguridad necesarias en las distintas reas del evento, lo anterior con el objeto de cumplir con lo establecido en el artculo 33 de la Ley de Proteccin Civil para el Estado de Chihuahua.

Segn se desprende de la informacin proporcionada en copia simple por el municipio, el27 de septiembre de 2013, el Lic. Guillermo vila Olivas, Sub-Director del H. Cuerpo de Bomberos y de la Unidad Municipal de Proteccin Civil, otorg dictamen en materia de seguridad, N SDBPC/1643/2013; haciendo constar que derivado de las reuniones de organizacin y el plano anexo a la solicitud, no exista ningn problema para otorgarse la conformidad respecto a la seguridad debiendo:

Limitar y resguardar areas (sic) utilizadas para los diferentes eventos.

Cada compaa contratada deber cumplir lo (sic) lineamiento (sic) de seguridad necesarios y en su caso suspender cuando no existan condiciones de realizar dicho espectculo.

Utilizar chalecos salvavidas durante la realizacin de eventos acuticos.

Cuidar las medias (sic) de seguridad en los sistemas de gas de los puestos de comidas.

Respetar aforo en cada evento.

Destinar personal de logstica y staff, para dicho evento.

OBSERVACIN V.6.

Del permiso emitido el 27 de septiembre de 2013 con nmero SDBPC/1643/2013 a favor de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., para la realizacin del evento Extremo Aero Show 2013 a efectuarse los das 4, 5 y 6 de octubre de 2013, signado por parte del Lic. Guillermo vila Olivas, Subdirector del H. Cuerpo de Bomberos y de la Unidad Municipal de Proteccin Civil; se observa que presenta la misma fecha del 27 de septiembre de 2013, y el mismo nmero de permiso SDBPC/1643/2013, emitido a favor de la Estancia Infantil Arcoris ubicada en la calle Paseos de Raramuri N 725/Karike de esta ciudad, lo anterior contraviniendo el artculo 29 fraccin XIV del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua al no establecer un sistema de control en la expedicin de estos permisos.

La asignacin de un nmero de oficio a un documento de esta clase, es una actividad propia de cada unidad administrativa de acuerdo a los reglamentos municipales y a los manuales de procedimientos, sin que esto lleve a verse comprometida la facultad de administrar la hacienda pblica por conducto de las dependencias competentes de acuerdo al artculo 29-XIV del Cdigo Municipal, por lo que en su caso, sern estas unidades las que deban observar el deber de cuidado en la emisin o asignacin de folios.

Consideramos que en cualquier supuesto, el repetir un nmero de oficio no afecta el contenido de fondo del mismo y an ms, no viola lo dispuesto en el artculo 29 fraccin XIV del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua.

La observacin se centra en la duplicidad del folio en el otorgamiento de un permiso o licencia, resultando ajenos los hechos planteados al fundamento legal invocado

OBSERVACIN V.7.

En trminos del Convenio de Coordinacin que celebr el Municipio con la Secretara del Medio Ambiente y Recursos Materiales, por conducto de la Comisin Nacional del Agua, se oblig a la administracin, custodia, conservacin y mantenimiento de la Presa El Rejn; por tal motivo, en trminos del artculo 34 de la Ley de Proteccin Civil para el Estado de Chihuahua, en relacin con el artculo 25 del Reglamento de Proteccin Civil del Municipio de Chihuahua, es el municipio el responsable, encargado, administrador, poseedor y ocupantes del inmueble donde se realiz el evento Aero Extremo que nos ocupa; en este sentido y segn lo dispone los ordenamientos legales sealados en el prrafo que antecede, ante la afluencia masiva de personas para el evento, el municipio estuvo obligado a elaborar y hacer cumplir un programa especfico de Proteccin Civil, mismo que fue requerido expresamente por este rgano Tcnico, y que mediante oficio N SDBPC 663/2014 del 13 de mayo de 2014, emitido por la Coordinacin de Proteccin Civil del H. Cuerpo de Bomberos, adjunt la documentacin con la que contaba; sin embargo no se cuenta con evidencia de algn plan especfico emitido, por lo tanto el entonces Subdirector del H. Cuerpo de Bomberos y de la Unidad de Proteccin Civil, contravino lo dispuesto en el artculo 30 ter fracciones III y VI del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua, vigente a la fecha de solicitud y expedicin del permiso en trminos del artculo 64 fracciones I, II y III del Reglamento de Proteccin Civil para el Municipio de Chihuahua.

De acuerdo a la informacin proporcionada por el Lic. Guillermo vila Olivas, en ese entonces titular del rea de Proteccin Civil del Municipio, se cuenta con Plan de Contingencia Mayor (anexo 5) donde se plasma el protocolo a seguir en caso de contingencias por riesgos o desastres naturales. As mismo, informa que se llevaron a cabo en su momento los simulacros necesarios a que se refiere el artculo 34 de la Ley de Proteccin Civil para el Estado de Chihuahua que remite en su observacin, acompandose fotografas testimoniales de lo mismo como anexo 6.

OBSERVACIN V.8.

Era obligacin de la Subdireccin de Proteccin Civil del Municipio de Chihuahua efectuar visita de inspeccin, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las condiciones necesarias en materia de proteccin civil, no existiendo soporte documental que acredite que se le dio cumplimiento a la citada obligacin, segn se desprende oficio N SDBPC 663/2014 del 13 de mayo de 2014, emitido por la Coordinacin de Proteccin Civil del H. Cuerpo de Bomberos donde menciona que no se cuenta con documentacin alguna al respecto, situacin que violenta lo establecido en los artculos 44, 45, 46, 48 del Reglamento de Proteccin Civil para el Municipio de Chihuahua, en relacin con los artculos 49, 51 y 55 de la Ley de Proteccin Civil del Estado de Chihuahua, as como el artculo 30 ter fracciones III y VI del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua, vigente a la fecha de solicitud y expedicin del permiso.

De acuerdo a la informacin proporcionada por el Lic. Guillermo vila Olivas, las inspecciones fueron llevadas a cabo por personal del Departamento de Bomberos a cargo de su titular Jos Manuel Domnguez Castillo, quienes as lo han sealado en sus declaraciones ante la Fiscala General del Estado

VI.1. SERVICIOS PAGADOS POR LA ASOCIACIN:

a) Personal de la Direccin de Servicios Pblicos Municipales

La Direccin de Servicios Pblicos Municipales, apoy en el desarrollo del evento Aero Extremo 2013 con 64 personas, prestando servicios de limpieza y recoleccin de basura, las cuales laboraron en un horario de 3:00 P.M. a 11:00 P.M. los das 4, 5 y 6 de octubre de 2013, a quienes se les pag la cantidad de $1,000.00a cada uno por su participacin en el evento, liquidado por parte de la Asociacin Civil por laborar en horas y das inhbiles, lo anterior segn informacin proporcionada mediante oficio de fecha 22 de enero de 2014 por el Lic. Marcelo Flores Elizondo, Director de Servicios Pblicos Municipales.

VI.2. APORTACIONES DEL MUNICIPIO

a) Direccin de Seguridad Pblica Municipal

Segn oficio con nmero DSPM/015/2014 del 23 de enero de 2014,girado por el M.C.M. Jess Enrique Rodrguez Gndara, Director de Seguridad Pblica Municipal, el operativo fue dividido en dos turnos de 6:00 a 14:30 horas y de 14:30 al trmino del evento, laborando un promedio de 234 elementos por turno, considerando una asistencia flotante de 40,000 personas diariamente, cifra que contradice lo declarado por la Asociacin Civil en su solicitud de permiso donde manifest una afluencia aproximada de 90,000 personas diarias.

- El da 4 de octubre de 2013, laboraron 289 elementos- El da 5 de octubre de 2013, laboraron 304 elementos- El da 6 de octubre de 2013, se suspendi el evento por el incidente suscitado, laborando 148 elementos de 6:00 a 14:30 horas. Se instal el Centro de Mando Mvil y de comunicaciones durante los tres das del evento.b) Coordinacin de Comunicacin Social del Municipio

La Coordinacin de Comunicacin Social del Municipio, apoy en la realizacin del evento Aero Extremo 2013, con los siguientes conceptos:

Lo anterior segn oficio girado el 23 de enero de 2014 por el Lic. Hctor Francisco Ochoa Moreno, Coordinador de Comunicacin Social del Municipio.

c) Direccin de Obras Pblicas

La Direccin de Obras Pblicas apoy en la realizacin del evento Aero Extremo 2013, con los siguientes conceptos:

Lo anterior segn oficio girado el 23 de enero de 2014 por el Ing. Gabriel Aude Venzor, Director de Obras Pblicas Municipales.

d) Direccin de Desarrollo Comercial y Turstico

La Direccin de Desarrollo Comercial y Turstico del Municipio, apoy en la realizacin del evento Aero Extremo 2013, retir de la Tirolesa de manera temporal de las instalaciones del Parque Metropolitano El Rejn.

Lo anterior segn oficio girado el 22 de enero de 2014 por el Lic. Vctor L. Silva vila, Director de Desarrollo Comercial y Turstico.

e) Direccin de Servicios Pblicos Municipales

Apoy con vehculo Nissan estacas, cuatro macro contenedores y un camin tipo Roll Off.

Lo anterior segn oficio girado el 22 de enero de 2014, por el Lic. Marcelo Flores Elizondo, Director de Servicios Pblicos Municipales.

En base a todo lo anterior, debemos manifestar que los rubros a que se hace mencin esa Auditora, relativo a los apoyos otorgados por el Municipio de Chihuahua a travs de sus diversas Dependencias, fue debidamente acordada en la Clusula Sptima del Convenio de Colaboracin y Apoyo de fecha 25 de abril de 2013, celebrado con la Asociacin Civil y que form parte de los compromisos adquiridos por la administracin

VI.3. COSTO DE SEGURIDAD PBLICA

Segn oficio del 23 de enero de 2014, emitido por M.C.M. Jess Enrique Rodrguez Gndara, Director de Seguridad Pblica Municipal, manifiesta que en el evento desarrollado se destinaron los siguientes elementos de seguridad:

El 4 de octubre 289 elementos

El 5 de octubre 304

El 6 de octubre 148 elementos

Se instal el Centro de Mando Mvil y de Comunicaciones durante los tres das programados en el evento.

Dicho operativo no tuvo cobro alguno para la Asociacin por parte del municipio, justificando la omisin en base a evitar violaciones a las faltas contempladas en el Bando de Polica y Buen Gobierno, objetivo de la Direccin de Seguridad Pblica Municipal, como lo son la prevencin y cultura cvica, el de la promocin y fomento de una cultura de paz, de convivencia vecinal armnica, pacfica y libre de violencia de gnero, en donde el municipio tom en cuenta que todo habitante del mismo, tenga el derecho de disfrutar de un ambiente social, armnico y pacfico.

OBSERVACIN VI.3.1.

Ahora bien, en base a la Ley de Ingresos del Municipio de Chihuahua para el Ejercicio Fiscal 2013, el artculo 13, en relacin con el anexo fraccin XXIII, establece el costo del servicio de vigilancia especial de un salario mnimo general de la zona por hora de servicio por elemento; por lo que, se debi de cobrar a la Asociacin la cantidad estimada de $659,589.48 en base al siguiente clculo:

Lo anterior en incumplimiento a lo dispuesto en los artculos 29 fraccin XIV, 64 fraccin IX y 66 fraccin II del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua.

Consideramos que no aplica cobro alguno por concepto de vigilancia especial a que refiere esa Auditora Superior. Esto es as por diversos razonamientos:

En primer trmino tenemos que el evento que se llev a cabo fue de carcter pblico y no privado, tal como es del conocimiento general. Aunado a ello, el festival realizado fue organizado por una Asociacin Civil constituida sin fines de lucro, siendo gratuito el acceso de los asistentes al evento.

Ms all de lo anterior, al tratarse de un evento masivo, de orden pblico, en el cual se deba demantener la seguridad y tranquilidad de los asistentes, era imperante asignar el nmero de elementos necesarios para tal fin. Esto se dio en cumplimiento a las obligaciones y atribuciones que en materia de seguridad pblica expresamente son sealadas por el artculo 21 prrafos noveno y dcimo y 115 fraccin III inciso H) la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, el artculo 68 fracciones I, II y III del Cdigo Municipal para el Estado de Chihuahua y el artculo 54 del Reglamento Interior del Municipio vigente en ese entonces.

La presencia de elementos asignados por la Direccin de Seguridad Pblica Municipal, es recurrente en eventos pblicos organizados por los diferentes rdenes de gobierno, tales como festivales culturales y recreativos, eventos cvicos y ferias organizadas por entidades privadas, sin que sean considerados como vigilancia especial, ya que insistimos, es obligacin primaria de la autoridad municipal, salvaguardar el orden y seguridad de la poblacin en eventos de esta naturaleza.

Me permito citar la transcripcin que esa Auditora Superior refiere en base al Oficio de fecha 23 de enero de 2014, emitido por M.C.M. Jess Enrique Rodrguez Gndara, Director de Seguridad Pblica Municipal, que en lo conducente dice:

Dicho operativo no tuvo cobro alguno para la Asociacin por parte del municipio, justificando la omisin en base a evitar violaciones a las faltas contempladas en el Bando de Polica y Buen Gobierno, objetivo de la Direccin de Seguridad Pblica Municipal, como lo son la prevencin y cultura cvica, el de la promocin y fomento de una cultura de paz, de convivencia vecinal armnica, pacfica y libre de violencia de gnero, en donde el municipio tom en cuenta que todo habitante del mismo, tenga el derecho de disfrutar de un ambiente social, armnico y pacfico.

Se estima improcedente la observacin planteada en relacin a la falta de cobro del importe referido por concepto de servicios de vigilancia especial, debido a que la presencia de los elementos de seguridad pblica municipal en ningn momento implic la prestacin de un servicio de vigilancia especial ya que no se resguard a personas o bienes particulares, sino por lo contrario, la participacin de los elementos se realiz con estricto cumplimiento a la obligacin que los preceptos legales ya citados, impone respecto a vigilar que no se alteren el orden y la tranquilidad pblicos, siendo lo anterior la justificacin para la intervencin de los agentes, ms si la realizacin del evento fue de carcter pblico sin restriccin alguna, en lugar pblico y con la presencia de miles de personas

VI.4.GASTOS FUNERARIOS, MDICOS, HOSPITALARIOS Y MATERIALES

COMENTARIO:

Con motivo de los hechos acontecidos en el desarrollo del Aero Extremo 2013, el municipio hizo frente a los gastos originados de este accidente por concepto de gastos funerarios, mdicos, de hospitalizacin, materiales y de transporte por un total de $15, 122,290.58, segn datos proporcionados por las reas de Tesorera y Oficiala Mayor del municipio al 9 de abril de 2014, como a continuacin se muestra:

Con fecha del 23 de enero de 2014, en sesin extraordinaria N S.O.02/2014, se aprueba por parte del H. Ayuntamiento se gestione que se cubran los gastos derivados de los lamentables acontecimientos.

Con fecha del 15 de noviembre de 2013, se gira oficio N SRIA-489-2013 por parte del Lic. Fernando Mendoza Ruiz, Secretario del H. Ayuntamiento, en el cual solicita a los C.C. Jorge Luis Cuesta Manjarrez y Luis Felipe Valdez Cavazos, Presidente y Representante Legal de Espectculos Extremos del Municipio de Chihuahua, A.C., le informe los trminos de la contratacin de la pliza de seguro de responsabilidad civil, as como los tramites que se han realizado a efecto de hacer efectiva dicha pliza, con el fin de que se est en posibilidad de que se cubran los gastos que se han venido generando.

Con fecha del 23 de enero de 2014, en sesin ordinaria del H. Ayuntamiento N S.O.02/14, se aprueba se solicite a la autoridad competente, tenga al municipio de Chihuahua como interesado, con el fin de que se le restituya los gastos erogados una vez que se deslinden responsabilidades en los procedimientos jurdicos que se llevan a cabo con motivo de los hechos; por lo que, no se han realizado gestiones de cobro ante la Asociacin por parte del municipio, en espera de la resolucin en la cual se deslinden responsabilidades por parte de la autoridad competente.

Como bien lo resea esa Auditora Superior del Estado, con fecha del 23 de enero de 2014, en sesin extraordinaria N S.O.02/2014, se aprob por unanimidad de los integrantes del H. Ayuntamiento se gestione que se cubran los gastos derivados de los lamentables acontecimientos.Este Acuerdo se dio en seguimiento al previo celebrado mediante Sesin Extraordinaria del H. Ayuntamiento verificada el 9 de octubre de 2013, en la cual se autoriz mantener la atencin a los lesionados, sus familias y los familiares de los fallecidos y se gestione que se cubran los gastos derivados de los lamentables acontecimientos.

Con esto, solicitamos nos tenga en tiempo y forma dando contestacin al Pliego de Observaciones que nos fuera notificado con fecha 3 de julio de 2014, mediante Oficio No. DAS/107/2012. Sin otro particular, quedo de Usted

A T E N T A M E N T E MARCO ADN QUEZADA MARTNEZ

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Hoja1II. CONSIDERACIONES PARA OTORGAR EL APOYO

Hoja1III. PARTIDA PRESUPUESTAL

Hoja1IV. CONVENIO Y ADDENDUMS

Hoja1V. PERMISOS Y LICENCIAS

Hoja1a) Permiso de Espectculos Pblicos

Hoja1b) Permiso de Bebidas Alcohlicas

Hoja1c) Dictamen de Proteccin Civil

Hoja1VI. RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES DEL MUNICIPIO

Hoja1I. ANTECEDENTES