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La Sección Sindical Resoluciones y Estatutos

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La Sección SindicalResoluciones y Estatutos

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LA SECCIÓN SINDICAL ENLOS ESTATUTOS

LA ORGANIZACIÓN Y SUSESTRUCTURAS

REGLAMENTO DE LA SECCIÓN SINDICAL

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Índice

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RESOLUCIONES Y ESTATUTOS DEL 25º CONGRESO FEDERAL

ESTATUTOS

Titulo II.-Estructura y Funcionamiento

Capítulo II: Secciones Sindicales .................................................. 7

Artículo 14: Concepto ................................................................. 7

Artículo 15: Constitución ............................................................ 7

RESOLUCIONES

1.-Política Organizativa y Normas Estatutarias

A II.-ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

5. La Organización y sus estructuras ........................................... 11

El Sindicato en la empresa ......................................................... 12

a.- Las Secciones Sindicales ............................................... 13

b.- Delegados de personal, miembros de Comités deEmpresa y Delegados de Prevención ............................. 15

c.- Horas Sindicales ............................................................. 19

El Sindicato en las pymes .................................................... 21

El Sindicato en las multinacionales ...................................... 23

Las Federaciones de CC.AA. ..................................................... 25

Los Sindicatos Provinciales, Intercomarcales, Provincialeso Insulares .................................................................................. 29

La Coordinación Sectorial en la Federación .............................. 31

La Coordinación en la empresa ................................................. 33

La Coordinación en los grupos de empresa con distintasactividades ................................................................................. 34

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A III.-NORMATIVA INTERNA

2. REGLAMENTOS

A. Reglamento de la Sección Sindical de MCA-UGT ................... 35

Capítulo I: Fundamentos legales y organizativos ........................ 37

Artículo 1: De la Acción Sindical ................................................. 37

Artículo 2: Fundamentación ........................................................ 37

Artículo 3: Desarrollo de la Acción Sindical ................................ 38

Capítulo II: Constitución de la Sección Sindical .......................... 39

Artículo 4: Concepto ................................................................... 39

Artículo 5: Registro de las Secciones Sindicales ........................ 40

Artículo 6: Deberes ..................................................................... 41

Artículo 7: Órganos, funcionamiento y funciones ....................... 42

Artículo 8: Delegados Sindicales ................................................ 47

Artículo 9: Coordinación .............................................................. 47

Artículo 10: Obligaciones de los cargos y candidatos ................ 48

Artículo 11: Comités de Empresas Europeos ............................. 49

Artículo 12: Representantes en los Consejos de Administracióny en los Órganos Paritarios ..................................... 50

Capítulo III: Derechos y deberes de los afiliados en laSección Sindical ......................................................... 52

Artículo 13 ................................................................................... 51

Índice

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ESTATUTOS

TITULO II:

ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO II:

SECCIONES SINDICALES

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Estatutos: Las Secciones Sindicales

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ESTATUTOS

TITUTO II: ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO II: SECCIONES SINDICALES

ARTÍCULO 14.- Concepto

La Sección Sindical es la base de MCA-UGT. La for-man los afiliados a UGT que trabajen en un mismo centrode trabajo estable.

Las Secciones Sindicales constituidas en el seno deMCA-UGT, se regirán, como norma fundamental, por elReglamento de la Sección Sindical de MCA-UGT.

ARTÍCULO 15.- Constitución

La Sección Sindical se constituirá en todos los centrosde trabajo que cuenten con mínimo de tres afiliados. Enel caso en que una empresa tenga varios centros de tra-bajo ubicados en distintos lugares geográficos, se consti-tuirá una Sección Sindical en cada centro, siendo de apli-cación el Reglamento de la Sección Sindical de MCA-UGT.

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RESOLUCIONES

1.-POLÍTICA ORGANITIVA YNORMAS ESTATUTARIAS

A.II ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

5. LA ORGANIZACIÓN YSUS ESTRUCTURAS

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Resoluciones: La Organización y sus Estructuras

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RESOLUCIONES

1. POLÍTICA ORgANIzATIvA Y NORMASESTATUTARIAS

A.II Estructura Organizativa

5.-La Organización y sus Estructuras

La acción sindical requiere una correcta vertebración yorganización de la Federación, con la adecuada coordi-nación de sus estructuras, vertebración que debe consi-derar la realidad autonómica del Estado, su desarrollo ycompetencias en materia laboral y social.

Ello nos obliga a establecer mecanismos que:

n Preserven en todo momento la concepción de Sindi-cato de ámbito de Estado con una acción sindicalbasada en el principio de solidaridad.

n Impulsen el desarrollo de estructuras adaptadas a larealidad autonómica con criterios de eficacia sindi-cal y racionalización de los recursos humanos y eco-nómicos.

n Consoliden, potencien y racionalicen los SindicatosComarcales, Intercomarcales o Provinciales.

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Por ello y con el fin de ser más eficaces, la Federaciónestará, en su conjunto, sujeta a las siguientes líneas deactuación:

n Se dotará de estructuras flexibles y descentralizadas.

n Un organismo de ámbito superior, no debe hacerfunciones que pertenezcan a uno de ámbito inferior,sino que deberá apoyar al mismo para conseguir sufortalecimiento y consolidación.

n La asignación de responsabilidades en cada organis-mo, será acorde con los objetivos sindicales marca-dos en los Planes de Acción en cada ámbito.

El Sindicato en la Empresa

La empresa es el marco natural en el que se desarro-lla nuestra actividad sindical. La necesidad de represen-tar y defender los intereses de los trabajadores, hace im-prescindible una sólida organización en la misma.

El centro de trabajo es la base de la actividad sindicaly del desarrollo organizativo, por ello, debe ser objetivoprioritario de nuestra Federación la constitución y mante-nimiento de Secciones Sindicales, que agrupen a los afi-liados de cada empresa, quienes deben contar con losmecanismos adecuados de participación en la toma dedecisiones.

La empresa debe convertirse, por tanto, en el lugar ha-bitual donde se produce la afiliación al Sindicato, utilizan-do para ello la Sección Sindical.

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a.- Las Secciones Sindicales

Los Sindicatos Provinciales, Intercomarcales, Comar-cales, Insulares, etc, procederán a la constitución y legali-zación de Secciones Sindicales, susceptibles de ello yque cuenten con un mínimo de tres afiliados.

En cualquier caso, la Sección Sindical se consideraráconstituida, únicamente cuando hubiere configurado susórganos de dirección y control.

Serán funciones de la Sección Sindical:

n Desempeñar las actividades propias dirigidas a im-plantar el Sindicato en la empresa y desarrollar supolítica organizativa y sindical.

n Captación de nuevos afiliados.

n Asesoramiento y atención a los mismos.

n Información permanente a los afiliados.

n Seguimiento diligente en el cobro de las cotizaciones.

n Nombrar el Delegado Sindical.

n Designar candidatos a las Elecciones Sindicales.

n Velar por el correcto uso del crédito horario otorga-do a los representantes legales de los trabajadores.

n Coordinar la acción sindical de los Delegados de

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Personal, miembros del Comité de Empresa, Dele-gados de Prevención, Delegados Sindicales, desa-rrollando la estrategia sindical, con el objetivo de do-tarse de una mayor implantación en el centro de tra-bajo.

n Coordinar sus acciones con el Sindicato Comarcal,Intercomarcal o Provincial.

n Coordinar sus acciones con las Secciones Sindica-les de otros centros de trabajo pertenecientes, to-dos ellos, a la misma empresa. Esta coordinacióndeberá realizarse siguiendo los criterios definidospor la Comisión Ejecutiva correspondiente, en fun-ción del ámbito en el que se produce.

n Potenciar la negociación colectiva como el más cla-ro instrumento de expresión de la actividad sindical,dando participación a los afiliados en la misma.

n Reivindicar el papel fundamental que las SeccionesSindicales deben jugar en la negociación y adminis-tración de los convenios.

n Fijar las prioridades reivindicativas que necesiten elapoyo de los trabajadores para conseguirlas. Entreellas cabe destacar:

w Organización del trabajo.

w Empleo.

w Control de la contratación.

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w Formación Profesional Continua.

w Jornada y horas extraordinarias.

w Salud Laboral y Medio Ambiente.

w Productividad y Nuevas Tecnologías.

w Competencias, garantías sindicales, acumulaciónhoraria y participación en la empresa.

w Potenciación de las reclasificaciones profesionales.

Por tanto, el Congreso considera de especial impor-tancia:

Que se constituyan Secciones Sindicales en todos loscentros de trabajo que, contando con un mínimo de tresafiliados, se den las condiciones necesarias para ello.

Que se elija el Delegado Sindical en todas las Seccio-nes Sindicales.

Que las Secciones Sindicales pongan a disposición dela Federación el crédito horario no utilizado por los repre-sentantes de la misma.

b.- Delegados de Personal, miembros de Comi-tés de Empresa y Delegados de Prevención

Los Delegados de Personal, miembros de Comités deEmpresa y Delegados de Prevención, representan un ca-pital importante de nuestra Federación en la empresa.

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De su formación ideológica y técnica permanente, de-penderá en gran medida que nuestra política sindical pue-da desarrollarse en los centros de trabajo, y en conse-cuencia, que nuestra implantación entre los trabajadoressea cada día mayor.

Por ello, es absolutamente necesario que la Federa-ción planifique, en sus correspondientes programas detrabajo, las acciones a desarrollar, para que aquellos, ensu tarea de representación, las lleven a efecto desempe-ñando una función integral de intervención sindical en laempresa.

En la planificación deberán tenerse presentes los si-guientes aspectos:

n Formación: Por su importancia para el logro de losobjetivos propuestos, de la formación requiere un de-sarrollo específico que se concreta en los apartadoscorrespondientes. No obstante, es preciso insistir enla necesidad de que los Delegados de Personal,miembro de Comité de Empresa, Delegados Sindi-cales y Delegados de Prevención, asistan a los cur-sos de formación, tanto sindical como técnica, pro-gramados por la Federación.

n Información: Se ha constatado a lo largo de los añosla importancia de las tareas de informar y comunicarpara lograr un crecimiento organizativo y afiliativocontinuado:

n Asambleas Informativas: los Sindicatos Provincia-les, Intercomarcales, Comarcales, Insulares, etc, re-

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alizarán reuniones periódicas cuando las circunstan-cias así lo requieran y, en todo caso, como mínimo,cada seis meses de acuerdo con sus Órganos de Di-rección y Control.

Este proceso informativo diseñado como nexo deunión directo entre la Federación, a través de los Sin-dicatos Provinciales, Intercomarcales, Comarcales,Insulares, etc, y los delegados de personal, miem-bros de Comités de Empresa y Delegados de Pre-vención permitirá transmitir la política sindical a de-fender por nuestra Organización y a recibir su opinióny valoración de la misma.

n Comunicación Escrita: Mediante la información escri-ta, se podrá aumentar el conocimiento real de los pro-blemas, la opinión expresa de la Federación, las po-sibles soluciones a proponer, las iniciativas a desa-rrollar, etc.. Todo ello, en la convicción de que éstacontribuya a que cada día sean más los afiliados a laFederación y así consolidar un sindicato fuerte y efec-tivo para la defensa de los trabajadores.

n Reuniones Sectoriales: Otro de los aspectos que de-berá tenerse en cuenta en la planificación, son lasreuniones sectoriales, reuniones de trabajo que con-tribuyan a lograr dos objetivos:

n Asegurar que la acción sindical esté sustentada en unaamplia participación de los trabajadores afectados.

n Analizar, valorar, debatir y proponer soluciones a laproblemática específica del sector.

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n Fichero del Delegado: Las Federaciones dispondránde un fichero actualizado de todos los Delegados dePersonal, miembros de Comités de Empresa y De-legados de Prevención, al objeto de poder desarro-llar las actividades programadas con un mayor gra-do de acierto y eficacia.

n Se mantendrá un fichero de candidatos que se pre-sentaron por MCA-UGT en las elecciones sindicalesy no fueron elegidos, con los cuales se tendrá la ma-yor relación posible como valor de nuevos afiliados odelegados posibles de la Federación.

Constituir equipos de trabajo, dedicados al asesora-miento e información destinados a todos aquellos Dele-gados de Personal elegidos en empresas, que por sus ca-racterísticas no pueden constituir Secciones Sindicales.

En definitiva se trata de garantizar la aplicación de unapolítica que nos permita un mayor acercamiento de lasestructuras de la Federación hacia nuestros Delegadosde Personal, Miembros de Comités de Empresas y Dele-gados de Prevención en todos los centros de trabajo.

Por tanto, el Congreso considera de especial impor-tancia:

Que se realicen los esfuerzos necesarios al objeto deconsolidar y ampliar nuestra representatividad en todoslos centros de trabajo de los distintos sectores que con-forman la Federación.

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Que se mantenga contacto permanente con todos losDelegados de Personal, miembros de Comités de Empre-sa y Delegados de Prevención, con el fin de generar losvalores culturales e ideológicos del movimiento sindical,estimular su militancia activa en el Sindicato, contribuir asu formación integral y capacitarles para abordar eficaz-mente la acción sindical cotidiana.

c.- Horas Sindicales

Los representantes sindicales disponen, de acuerdocon la legalidad vigente, de un crédito de horas mensua-les retribuidas, pudiendo pactarse en convenio colectivola acumulación de las mismas, en una o varias personas.Dichas horas, constituyen uno de los elementos impres-cindibles, sin el cual, no podrían desarrollarse las activi-dades sindicales propias de un Sindicato.

La evolución y modernización experimentada por elsindicalismo en los últimos tiempos, ha conllevado el quelos sindicatos amplíen cada vez más su campo de actua-ción, no pudiendo circunscribirse sólo a la empresa, loque implica que una parte importante de la acción sindicalse realice fuera de ésta.

Por tanto, las actividades sindicales han de ser enten-didas en sentido amplio, es decir, no exclusivamente co-mo las acciones llevadas a cabo en el seno de la empre-sa, sino también las realizadas fuera de ésta, esto es, enel marco de organismos de representación sindical quesobrepasan el ámbito de la empresa, como los SindicatosProvinciales, Intercomarcales, Comarcales, Insulares,etc, y las Federaciones de Comunidad Autónoma.

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Desde este punto de vista, la utilización de las horassindicales no puede ser considerado como un patrimonioindividual de cada representante, sino como un patrimo-nio colectivo de MCA-UGT, patrimonio que debe estar adisposición de ésta para su mejor uso y distribución.

En este sentido, y teniendo en cuenta el Reglamentode la Sección Sindical de MCA-UGT, en el que por unaparte se establece la dependencia de las Secciones Sin-dicales de Empresa "del organismo de ámbito superior".Por otra parte, que los afiliados que sean designados can-didatos y que ocupen cargos en órganos de representa-ción deberán poner a disposición de MCA-UGT su créditohorario", para uso exclusivo de actividad sindical, en losdistintos niveles de la Federación.

Por lo tanto, el Congreso considera de especial impor-tancia:

Que las decisiones sobre la distribución y utilizaciónde las horas sindicales de que dispongan los miembrosde MCA-UGT, en cualquier organismo de representación,necesarias para la realización de actividades sindicalesque sobrepasen el ámbito de la empresa, corresponde-rán, por el siguiente orden, a:

n Federaciones de Comunidad Autónoma.

n Sindicatos Provinciales, Intercomarcales, Comarca-les, Insulares, etc.

n Secciones Sindicales.

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Que dichas decisiones se tomarán en base a las ne-cesidades prioritarias de cada uno de los organismos ci-tados.

Que las Secciones Sindicales gozarán de total auto-nomía en la distribución de las horas dedicadas a activi-dades sindicales propias de la empresa, garantizando eluso correcto de las mismas.

El Sindicato en las Pymes

La realidad del tejido productivo, conformado por pe-queñas empresas, hace que la acción sindical no alcanceen numerosas ocasiones a los trabajadores que en ellastrabajan. La atomización empresarial es otro de los pro-blemas a los que tenemos que dar respuesta para crecersignificativamente.

En ellas, la constitución y actividad de las seccionessindicales resulta difícil, manifestándose unas carenciascomunes: escaso funcionamiento sindical, desconoci-miento del sindicato en la empresa, de los derechos labo-rales, del convenio colectivo de referencia, etc. En mu-chos casos, los trabajadores carecen de representación oel Delegado no está afiliado.

Las PYMES son las empresas en las cuales debemoshacer una mayor incidencia en lograr un aumento signifi-cativo de la afiliación, ya que en él tenemos representa-ción pero un bajo número de afiliados. La estructura denuestra Federación debe tener presente en la estrategiay en los objetivos de crecimiento a este tipo de empresas,a través de la creación de equipos estables que manten-

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ga un contacto permanente con los trabajadores paraconsolidar una presencia activa en los centros de trabajo,con el objeto de desarrollar funciones de apoyo, asisten-cia, información, asesoramiento y seguimiento de las sec-ciones sindicales, delegados y afiliados, trasladando laimagen del sindicato al conjunto de los trabajadores deestas empresas.

Cada Organismo, es decir, cada Sindicato Comarcal,Intercomarcal o Provincial tiene la obligación de delimitarlos objetivos, las prioridades, las zonas de actuación, loscriterios de funcionamiento de los equipos y, finalmente,su composición y funciones.

Las personas que integren dichos equipos deben es-tar dotadas de una agenda de trabajo, objetivos y meca-nismos de seguimiento y coordinación concretos y eva-luables de forma periódica.

Los servicios que ofrecemos en nuestras sedes debenser llevados a los centros de trabajo, con el objeto de ga-rantizar un acercamiento permanente a los trabajadores,fomentando un mayor contacto directo del afiliado y/o de-legado con los responsables comarcales, intercomarca-les o provinciales.

En definitiva, se trataba de buscar nuevas solucionesfuncionales y organizativas para acercar el Sindicato a lostrabajadores, priorizando y racionalizando recursos parallegar a estas empresas.

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El Sindicato en las Multinacionales

La compleja problemática de las relaciones laboralesy del trabajo en el escenario configurado por las multina-cionales, impactan sobre todos los aspectos de la organi-zación y funcionamiento de los sindicatos, y exigen cuan-do menos un examen de sus roles, objetivos, estrategias,políticas, programas y planes de trabajo.

Todo esto exige la definición clara de objetivos y laadopción de estrategias y programas integrales que con-duzcan la organización y acción sindical, articulando el pla-no nacional con el internacional configurado por las empre-sas multinacionales. Se trata en consecuencia, de contem-plar en forma armónica las diversas dimensiones del traba-jo sindical, con una visión de corto, medio y largo plazo.

La política internacional de MCA-UGT se sustenta, enconsonancia con lo descrito, en las siguientes líneas fun-damentales: el internacionalismo del movimiento sindical;la solidaridad entre los trabajadores; la lucha por la con-quista, la ampliación y el mantenimiento de los derechoshumanos, sociales, laborales y sindicales; la consecuciónde una globalización económica socialmente responsa-ble; la defensa de los intereses de los trabajadores ha-ciendo frente al poder de las empresas multinacionalesy al traslado de los centros de decisión desde la escalanacional a la internacional; la influencia sobre las estruc-turas políticas regionales; el fortalecimiento de la unidadsobre las estructuras políticas regionales; el fortalecimien-to de la unidad sindical internacional; la necesidad de co-ordinar y aunar la voz de los trabajadores; el fortaleci-miento de las federaciones europeas e internacionales

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(FEM, FETCM, ICM y FITIM) a las que está afiliada y eldesarrollo de acciones transnacionales colectivas.

n MCA-UGT se compromete a través de políticas acti-vas de las secciones sindicales, en las multinacio-nales, para actuar en defensas de los derechos y li-bertades de los trabajadores, y para ello proponedesarrollar los siguientes objetivos.

a) Mejorar el estado de los derechos laborales y lascondiciones de trabajo en el ámbito de las multi-nacionales y sus contratistas, subcontratistas,proveedores, distribuidores y concesionarios, através de las secciones sindicales, tomando co-mo base las normas de la Organización Interna-cional del Trabajo y otros instrumentos interna-cionales en materia de derechos laborales.

b) Fortalecer la capacidad de acción de las seccio-nes sindicales y de los trabajadores en el ámbitotransnacional; y los cambios en la organizacióny el trabajo que ello implica.

c) Proponer la adopción de códigos de conducta anivel de las multinacionales, impulsar AcuerdosMarcos Internacionales, para garantizar los de-rechos de los trabajadores en aquellos paísesdonde existan multinacionales.

d) Apoyar la creación de estructuras más ampliasde representación a través de los Consejos Mun-diales en las empresas multinacionales.

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Las Federaciones de CC.AA.

El Congreso Federal de MCA-UGT manifiesta que lasFederaciones de Comunidad Autónoma son la base so-bre la que se estructura la Federación Estatal, a efectosde dirigir y coordinar sus actuaciones territorialmente ygarantizar la solidaridad y homogeneidad en el seno delas mismas.

La base organizativa de la Federación de ComunidadAutónoma la constituyen los Sindicatos Provinciales, In-tercomarcales, Comarcales, Insulares, etc, que impulsa-rán la presencia de la Federación en los centros de traba-jo mediante la constitución y el mantenimiento de las Sec-ciones Sindicales. Asimismo, organizarán las tareas deapoyo a las pequeñas empresas mediante la puesta enmarcha de equipos de organizadores sindicales, que visi-ten sistemáticamente los centros de trabajo de su compe-tencia, para dinamizar y apoyar la acción sindical.

Las peculiaridades propias de cada una de las Comu-nidades Autónomas hace que cada una de las correspon-dientes Federaciones se estructuren como mejor conven-ga a sus fines y según se aprueben en sus respectivosCongresos.

Las Federaciones de Comunidad Autónoma deberáncontar necesariamente con un órgano de dirección (Co-misión Ejecutiva), uno de participación y control (Comitéde Comunidad Autónoma), así como, una Comisión deControl Económico.

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Las Federaciones de Comunidad Autónoma tendrán,entre otras, las siguientes funciones:

Será competencia de las Federaciones de ComunidadAutónoma configurar el mapa Comarcal, Intercomarcal oProvincial que mejor convenga, mediante la Resolucióncongresual correspondiente.

La competencia e interés directo sobre la negociacióncolectiva en sus diferentes ámbitos y asegurar el buen de-sarrollo de su gestión.

Las Federaciones deben estimular la presencia y par-ticipación activa de las mujeres, los jóvenes y los profe-siones en las tareas del Sindicato, recogiendo y defen-diendo sus reivindicaciones e incorporándolos a las tare-as de dirección de la Federación.

Las Federaciones de Comunidad Autónoma procede-rán a la constitución y legalización de Secciones Sindica-les en todas las empresas que sean susceptibles, así co-mo, su incorporación al registro de Secciones Sindicalesde la UGT. No obstante, dicha competencia podrá ser de-legada en las estructuras inferiores de las respectivas Fe-deraciones de Comunidad Autónoma. En aquellas que,por sus dimensiones reducidas, no puedan constituir Sec-ción Sindical, la Comisión Ejecutiva nombrará al respon-sable para el seguimiento de estas empresas.

Potenciar el nombramiento de los delegados sindica-les en todas las Secciones Sindicales.

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La Formación Sindical y Formación para el Empleo decarácter sectorial.

Informar a los delegados y delegadas, afiliados y afi-liadas a través de asambleas, reuniones periódicas y/omediante la entrega de documentación de todo aquelloque sea de su interés.

La representación institucional ante las Administracio-nes Organizaciones Empresariales e Instituciones Públi-cas y Privadas de su ámbito.

Protagonizar la acción sindical de su ámbito de actua-ción.

Coordinar las acciones de los Sindicatos Comarcales,Intercomarcales, Provinciales e Insulares constituidos ypotenciar su constitución donde no existan.

Asumir las funciones correspondientes de los SindicatosComarcales, Intercomarcales, Provinciales e Insularescuando éstos no estén constituidos estatutariamente.

Las Federaciones de Comunidad Autónoma promove-rán la creación de las ATCs (tanto a nivel de Federaciónde CC.AA., como de Sindicatos y Secciones Sindicales).

Las Federaciones de Comunidad Autónoma promove-rán la creación de las ATPs (tanto a nivel de Federaciónde CC.AA., como de Sindicatos).

Administrar los recursos económicos y humanos de laFederación de Comunidad Autónoma, así como los del

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conjunto de la misma, bajo el principio de solidaridad en-tre Comarcas.

Las Federaciones de Comunidad Autónoma elabora-rán presupuestos consolidados anuales de funcionamien-to que deberán ajustarse a sus recursos y deberán seraprobados por sus órganos de control, así como, balan-ces consolidados del ejercicio anual.

En Afiliación:

n Potenciar la afiliación entre los trabajadores y losdelegados de nuestros sectores con campañas es-pecíficas.

n Garantizar, gestionar y coordinar el cobro de la cuo-ta.

n Actualización de la base de datos de afiliación conel objetivo de optimizar recursos y dar un mejor ser-vicio a los afiliados.

n El desarrollo de un política de servicios comunesque prime a los afiliados frente a los no afiliados.

En Elecciones Sindicales:

n Impulsar las Elecciones a representantes de los tra-bajadores en la empresa.

n Asumir la responsabilidad de las Elecciones Sindi-cales coordinando su seguimiento con la participa-ción de sus estructuras inferiores.

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n Actualización de la base de datos de EleccionesSindicales con el objetivo de optimizar recursos ydar un mejor servicio a los delegados.

n Mantener un seguimiento de los Delegados elegi-dos por la Federación, y cantidades que no fueronelegidos.

Los Sindicatos Provinciales, Intercomarcales,Comarcales, Insulares, etc

El Sindicato Provincial, Intercomarcal, Comarcal, Insu-lar, etc, lo constituyen los afiliados a la Federación de lasdistintas Secciones Sindicales de empresa, y aquellosotros que no la tengan constituida en su ámbito.

La constitución en Sindicato Provincial, Intercomarcal,Comarcal, Insular, etc, llevará aparejada, necesariamen-te, la elección de los órganos de dirección (Comisión Eje-cutiva), participación y control (Comité Comarcal, Interco-marcal o Provincial). Y que éstos se reúnan con la perio-dicidad que marquen las Normas y Reglamentos de suFederación de ámbito de CC.AA., correspondiente.

Funciones

Las funciones de los Sindicatos Provinciales, Interco-marcales, Comarcales, Insulares, etc, serán, entre otras,las siguientes:

n Ostentar la representación de la Federación en suámbito de actuación.

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n Promocionar y extender la negociación colectiva a to-das las empresas de su ámbito, asesorando en todomomento a las Secciones Sindicales y Delegados dePersonal o miembros de Comité de Empresa.

n Detectar las necesidades formativas de nuestros cua-dros y dotarles de los conocimientos que les permitanenfrentarse más eficazmente a las complejas situa-ciones en las que se desarrolla su acción sindical.

n Informar a los delegados y afiliados, mediante reunio-nes periódicas y la entrega de documentación.

n Mantener una estrecha colaboración entre las dis-tintas áreas que componen la Comisión EjecutivaProvinciales, Intercomarcal, Comarcal, Insular, etc,y sus homónimas de la Comisión Ejecutiva de Co-munidad Autónoma.

n Extender la presencia de la Federación a todasaquellas empresas de su ámbito en las que no exis-ta afiliación.

n Fomentar la realización de Elecciones Sindicales entodas aquellas empresas de su ámbito.

n Practicar una política de apoyo y solidaridad entretodas las Secciones Sindicales.

n Colaborar con la Comisión Ejecutiva de su Federa-ción para la actualización del Fichero de Afiliados yElecciones Sindicales.

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n Hacer un seguimiento exhaustivo de las cotizacio-nes, al objeto de evitar retrasos en el pago de lasmismas.

n Potenciar las estructuras internas, dotándose lasComisiones Ejecutivas de los medios humanos paradesarrollar eficazmente el proyecto sindical de laFederación.

n Desarrollar una acción sindical eficaz, es necesarioque los miembros de las Comisiones Ejecutivas de-diquen el máximo tiempo a las tareas del Sindicato.

n Establecer un servicio de atención en los locales delas zonas donde existe una importante presencia detrabajadores de nuestros sectores.

n Crear Secciones Sindicales en todos los centros detrabajo que cuenten con un mínimo de tres afiliados.

n Consolidar las Secciones Sindicales constituidas,promocionarlas y asistirlas permanentemente.

La Coordinación Sectorial en la Federación

La diversidad de sectores que componen la Federa-ción, con independencia de mantener una estructura ho-mogénea a través de las Federaciones de ComunidadAutónoma, hace necesaria la articulación y coordinaciónde actuaciones en cada uno de ellos individualmente, conel objeto de atender a los trabajadores de los mismos ensus peculiaridades concretas.

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La coordinación sectorial se realizará necesariamentea nivel Federal y a tal efecto, la Comisión Ejecutiva Fede-ral podrá designar un coordinador de cada Sector, que se-rá ratificado por el Comité Federal.

Las Federaciones de Comunidad Autónoma, siempreque un sector tenga implantación en su territorio, nombraráun coordinador sectorial, en su ámbito de actuación, el cualserá convocado a las reuniones sectoriales a nivel Federal.

La Comisión Ejecutiva Federal convocará reunionesfederales sectoriales. Los acuerdos tomados en dichasreuniones serán de obligado cumplimiento, siempre quesean adoptados por el 75% de los organismos coordina-dos y que representen a más del 75% de los afiliados. Deno darse esta circunstancia la Comisión Ejecutiva Federaladoptará las resoluciones oportunas, informando de ellasal Comité Federal.

Serán funciones del coordinador sectorial federal:

n Garantizar, en colaboración con la Comisión Ejecuti-va Federal, los cauces de comunicación y de infor-mación con todas las Secciones Sindicales del sec-tor, así como a las Federaciones de Comunidad Au-tónoma afectadas.

n Coordinar las actuaciones en materia de actividadsindical, especialmente de negociación colectiva entodas las Secciones Sindicales del sector, dando co-nocimiento a la Federación de Comunidad Autónoma,respetando en todo momento los criterios generalesde política sindical establecidos en la Federación.

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La Coordinación en la empresa

Es responsabilidad de la Federación la coordinaciónde las Secciones Sindicales de otros centros de trabajopertenecientes, todos ellos, a la misma empresa. Esta co-ordinación deberá realizarse siguiendo los criterios defini-dos por la Comisión Ejecutiva correspondiente, en fun-ción del ámbito en el que se produce.

En las empresas con más de un centro de trabajo, enla misma o distintas Comunidades Autónomas, las res-pectivas Secciones Sindicales estarán coordinadas entresí a través de la Comisión Ejecutiva superior correspon-diente, y serán los Secretarios Generales de las Seccio-nes Sindicales quienes asuman esta función en primerainstancia.

La convocatoria de las reuniones de Coordinación esresponsabilidad de la Comisión Ejecutiva que podrá dele-gar en el portavoz la función de convocar con su VºBº.

Con independencia de la figura del Delegado Sindical,las Secciones Sindicales tendrán autonomía para nom-brar un portavoz, sin carácter ejecutivo ni estable, cuyamisión será actuar como tal en el marco de la empresa.

Los acuerdos tomados en las reuniones de Secreta-rios Generales, serán de obligado cumplimiento para lasSecciones Sindicales afectadas, siempre que sean adop-tados por el 75% de las mismas y que representen a másdel 75% de los afiliados.

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Resoluciones: La Organización y sus Estructuras

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En cualquier caso, las Secciones Sindicales estaráncoordinadas por la Comisión Ejecutiva superior corres-pondiente.

La coordinación en los grupos de empresascon distintas actividades

El mapa empresarial en el que realizamos nuestro tra-bajo sindical es variable y está viendo modificadas susestructuras. Ello nos obliga a plantearnos adaptacionesorganizativas que sirvan para atender las demandas y losintereses de los trabajadores en esta compleja realidadempresarial. Hay que actuar como un solo sindicato. Larespuesta que los trabajadores esperan es una sola UGT,unida y actuando de manera coherente y coordinada conel objetivo de consecución y defensa de las mejores con-diciones de trabajo, evitando manifestar división y desco-ordinación.

En las grandes áreas que concentran un número ele-vado de empresas como son los polígonos industriales,aeropuertos, etc. se hace necesaria la coordinación y co-laboración con las otras federaciones a través de la Uniónpara optimizar nuestros recursos y prestar un mejor servi-cio a los afiliados.

Igualmente, cuando la organización de una empresadel ámbito de MCA adquiera el modelo de Grupo de Em-presas por segregación de sus líneas de negocio, lasSecciones Sindicales de todas las correspondientes anuestra Federación, se organizarán según lo regulado enel apartado “La Coordinación en la Empresa” .

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RESOLUCIONES

A.III NORMATIVA INTERNA

2. REGLAMENTOS

A.REGLAMENTO DE LASECCIÓN SINDICAL

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Reglamento de la Sección Sindical

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CAPÍTULO I

Fundamentos Legales y Organizativos

Artículo 1. De la Acción Sindical

1. La Ley Orgánica de Libertad Sindical en su artículo8 dice que "los trabajadores afiliados a un sindicato po-drán, en el ámbito de la empresa o centro de trabajo,constituir Secciones Sindicales de conformidad con lo es-tablecido en los Estatutos del Sindicato". En cuanto a losderechos de la Sección Sindical recoge, entre otros, "dis-poner de un tablón de anuncios, participar en la Negocia-ción Colectiva y utilizar un local adecuado para desarro-llar sus actividades (en aquellas empresas o centros detrabajo con más de 250 trabajadores)”

2. Por otra parte, en el artículo 10 de la citada ley, serecoge que las Secciones Sindicales en las empresas ocentros de trabajo que ocupen a más de 250 trabajadores"estarán representadas por Delegados Sindicales elegi-dos por y entre sus afiliados en la empresa o en el centrode trabajo". Contempla también este artículo las condicio-nes exigidas al Sindicato para poder disponer de los De-legados Sindicales y las garantías de los mismos.

Artículo 2. Fundamentación

1. Metal, Construcción y Afines de la Unión General deTrabajadores, Federación de Industria elabora el presen-te Reglamento de la Sección Sindical de MCA-UGT, para

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Reglamento de la Sección Sindical

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regular la constitución de las Secciones Sindicales, esta-blecer sus competencias y los derechos y obligacionesde sus afiliados.

2. Este Reglamento de la Sección Sindical de MCA-UGT tendrá una referencia expresa en los Estatutos Fe-derales, y se incorporará a la Normativa Interna de la Fe-deración.

Artículo 3. Desarrollo de la Acción Sindical

1. El ejercicio de la actividad sindical en la empresa ofuera de ella comprenderá, en todo caso, el derecho a lanegociación colectiva, el ejercicio del derecho de huelga,el planteamiento de conflictos individuales y colectivos ya la presentación de candidaturas para la elección de Co-mités de Empresa y Delegados de Personal, en los térmi-nos previstos en las normas correspondientes.

2. Bien por acuerdo, bien a través de la negociacióncolectiva, se podrá ampliar el número de Delegados Sin-dicales establecido en la escala del artículo 10.2 de laL.O.L.S., atendiendo a la plantilla de la empresa o, en sucaso, de los centro de trabajo corresponden a cada unode éstos.

3. El empresario procederá a deducir de los salarios lacuota sindical y a la correspondiente transferencia a soli-citud del sindicato del trabajador afiliado y previa confor-midad, siempre, de éste.

4. Los trabajadores afiliados a un Sindicato podrán, enel ámbito de la empresa o centro de trabajo:

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Reglamento de la Sección Sindical

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a) Constituir Secciones Sindicales de conformidad conlo establecido en los Estatutos del Sindicato.

b) Distribución y recepción de la información sindical.

c) Celebración de reuniones.

d) Capacidad para representar en la empresa al Sindi-cato y a sus afiliados.

e) Derecho de audiencia en el caso de despidos y san-ciones de los afiliados.

CAPÍTULO II

Constitución de la Sección Sindical

Artículo 4. Concepto

1. La Sección Sindical es la organización que se da elSindicato en la empresa o en el centro de trabajo para de-sarrollar sus tareas de defensa de los intereses de los tra-bajadores y, particularmente, de sus afiliados.

La Sección Sindical es una instancia organizativa in-terna del Sindicato, que agrupa a todos los afiliados en laempresa o centro de trabajo que organiza una Federa-ción determinada.

2. La Sección Sindical es la base de MCA-UGT. La for-man los afiliados a UGT que trabajen en un mismo centrode trabajo estable.

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Reglamento de la Sección Sindical

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Una Sección Sindical podrá constituirse:

a) A solicitud de los afiliados de una empresa o, centrode trabajo que tenga tres o más afiliados.

b) Por iniciativa de la Comisión Ejecutiva de la Federa-ción de CC.AA. o de los Sindicatos Provinciales, In-tercomarcales, Comarcales, Insulares, etc.

c) Si en un centro de trabajo, la empresa se divide envarios, que dependan de una sola empresa matriz,la Comisión Ejecutiva de la Federación de CC.AAcoordinará las Secciones Sindicales resultantes ytambién podrá mantener una sola Sección Sindical,previa autorización de la CEF.

Artículo 5. Registro de las Secciones Sindicales

1. Cada Federación de CC.AA. llevará un Registro deSecciones Sindicales y de Delegados Sindicales. La Fe-deración actualizará periódicamente, tanto interna comoexternamente, las incidencias (altas, bajas y modificacio-nes) producidas en relación con las Secciones Sindica-les.

2. Para elección y revocación de los órganos de direc-ción de la Sección Sindical y de sus respectivos miem-bros, se estará –por analogía- a lo señalado al efecto enlos Estatutos Federales para los órganos de dirección delSindicato.

3. La Sección Sindical, sus órganos de dirección, re-presentación y control, y sus afiliados, están sometidos a

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Reglamento de la Sección Sindical

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las disposiciones previstas en los Estatutos del Sindicato,debiendo seguir en todo momento las directrices estable-cidas, en el marco de sus competencias, por los órganoscorrespondientes del Sindicato.

Artículo 6. Deberes

La Sección Sindical administrará el buen uso de lashoras sindicales que correspondan a todos sus miem-bros, por las distintas tareas de representación, Delega-dos de Personal, Miembro del Comité de Empresa, Dele-gados de Prevención, Delegados Sindicales, etc., así co-mo su acumulación, siendo dichas horas patrimonio deMCA-UGT.

Las decisiones sobre la distribución y utilización de lashoras sindicales de que disponga los miembros de MCA-UGT, en cualquier organismo de representación (Comitésde Empresa, Comités Intercentros, Delegados de Perso-nal, Delegados de Prevención, etc.), necesarias para larealización de actividades sindicales que sobrepasen enámbito de la empresa, corresponderán por el siguiente or-den, a:

n Federaciones de Comunidad Autónoma.

n Sindicatos Provinciales, Intercomarcales, Comarca-les, Insulares, etc.

n Secciones Sindicales.

Dichas decisiones se tomarán en base a las necesida-des prioritarias de cada uno de los organismos citados.

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Reglamento de la Sección Sindical

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Las Secciones Sindicales gozarán de total autonomíaen la distribución de las horas dedicadas a actividadessindicales propias de la empresa, garantizando el uso co-rrecto de las mismas.

La Sección Sindical, defenderá los intereses de susafiliados, velando por la integridad física, moral y materialde los mismos. La Sección Sindical llevará en el seno dela empresa la política sindical de MCA-UGT, llevando acabo la mejor tarea posible de proselitismo, información yformación.

Las acciones a nivel de empresa deben orientarse enla dirección y decisiones tomadas a nivel de MCA-UGT yde la Unión General de Trabajadores.

Las Secciones Sindicales asumirán las responsabili-dades que correspondan a cada Sección Sindical con suorganismo inmediatamente superior.

Artículo 7. Órganos, funcionamiento y funciones

Para constituir una Sección Sindical hará falta un míni-mo de tres (3) afiliados. Cuando una Sección Sindical so-brepase el número de siete (7) afiliados, nombrará unaComisión Ejecutiva de acuerdo con sus propias necesida-des. La Comisión Ejecutiva actuará de forma colegiada.

Una vez elegida la Comisión Ejecutiva de la SecciónSindical, ésta dará cuenta al Sindicato Provincial, Interco-marcal, Comarcal, Insular, etc, o en su defecto la Comi-sión Ejecutiva de CC.AA. mediante copia del acta de laasamblea donde fue elegida.

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La Comisión Ejecutiva de la Sección Sindical se reuni-rá de forma periódica y levantará acta de cuantas reunio-nes celebre.

Son funciones de la Comisión Ejecutiva de la SecciónSindical, entre otras las siguientes:

n Llevar un Registro de Afiliados, que será actualiza-do mensualmente, con la situación de la emisión delrecibo y el pago de la cuota para cada uno de los afi-liados. Este Registro estará integrado en el Ficherode Afiliación de UGT. La Sección Sindical que estéautorizada por la Comisión Ejecutiva Federal corres-pondiente para realizar el cobro de la cuota por des-cuento en nómina, deberá cumplir los requisitos exi-gidos por el Reglamento de Cuotas Confederal.

n Potenciar la Organización, aumentando la afiliación.

n Propiciar e impulsar la información y formación delos afiliados.

n Difundir y poner en práctica las resoluciones, pro-gramas y planteamientos.

n Garantizar la obtención de los derechos contempla-dos en la Ley Orgánica de Libertad Sindical (tablónde anuncios, local sindical, delegados sindicales) enla empresa o centro de trabajo, y aprovecharlos efi-cazmente según lo establecido en las Resolucionesdel Sindicato y de acuerdo con las necesidades e in-tereses de la Organización.

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Las Secciones Sindicales con un número elevado deafiliados podrán constituir el Pleno de la Sección Sindical,compuesto por representantes de los distintos departa-mentos de la empresa y la Comisión Ejecutiva de la Sec-ción Sindical.

Son órganos de la Sección Sindical, la Asamblea Ge-neral, el Pleno y la Comisión Ejecutiva.

La Asamblea General será convocada, al menos unavez al año de forma ordinaria, por:

n La Comisión Ejecutiva de la Sección Sindical por símisma, o cuando lo solicite por escrito 1/3 de los afi-liados.

n El pleno de la Sección Sindical.

La convocatoria de la Asamblea será notificada a laComisión Ejecutiva del organismo inmediatamente supe-rior, con una antelación de 48 horas.

Asimismo, cuando las Secciones Sindicales adoptenResoluciones que afecten al Órgano inmediatamente su-perior, enviarán copia de dicha Resolución al Organismocorrespondiente.

La Asamblea General es el máximo órgano de la Sec-ción Sindical, la componen los afiliados a ésta, o los dele-gados elegidos a tal fin. Sus funciones son:

n Elegir la Comisión Ejecutiva de la Sección Sindical,de la cual el Secretario General será preferentemen-te Delegado Sindical.

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n Fijar la duración del mandato de la Comisión Ejecu-tiva que no podrá exceder de cuatro (4) años.

n Ratificar las altas.

n Elegir y cesar los candidatos del Sindicato a lasElecciones Sindicales, para los órganos unitarios derepresentación, así como los Delegados de Preven-ción y los Delegados Sindicales que le correspon-dan. Las candidaturas aprobadas por la SecciónSindical deberán ser firmadas y selladas por la Fe-deración antes de su presentación ante la MesaElectoral correspondiente.

n Controlar la tarea y juzgar la gestión de los repre-sentantes elegidos en las Elecciones Sindicales, delos Delegados de Prevención y de los DelegadosSindicales así como del órgano de dirección de laSección Sindical. Todo ello a través de los órganosde representación y control elegidos democrática-mente por los afiliados.

n Aprobar la política global de la Sección Sindical ysus normas de funcionamiento, que deberán estardentro de las determinadas por la Federación en susÓrganos Federales.

n Fiscalizar la labor de la Comisión Ejecutiva.

n Analizar los asuntos a tratar en los Congresos deámbito superior y elegir los delegados a los mismos.

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n Desarrollar el convenio colectivo de aplicación en laempresa o en el centro de trabajo, así como nego-ciar un convenio colectivo o un acuerdo propio, paralo que la Sección Sindical debe ser autorizada ex-presamente por la Comisión Ejecutiva Federal. Elproceso de negociación, que debe ser participativo,estará sujeto a la coordinación y dirección que so-bre esta materia tiene la Comisión Ejecutiva Federaly por delegación expresa la Federación de CC.AA.correspondiente.

n Administrar las cantidades económicas obtenidasde su actividad sindical (negociación colectiva, sub-venciones u otros ingresos relacionados con su ta-rea sindical), o de las aportaciones recibidas de suFederación, para lo que necesitará autorización ex-presa de la Comisión Ejecutiva Federal. La Adminis-tración de dichos recursos y la contabilización de losmismos, deben llevarse de acuerdo con los criteriosestablecidos en el Sindicato y ser revisados periódi-camente por la Comisión de Control Económico Fe-deral.

La Sección Sindical no podrá disponer de cuentas enentidades financieras o de crédito, salvo que fuera expre-samente autorizada para ello por la Comisión EjecutivaFederal. En este caso, dichas cuentas serán abiertas anombre del organismo de la Federación Estatal al quepertenezca la Sección Sindical, bajo su Código de Identi-ficación Fiscal, fijando la Comisión Ejecutiva Federal to-dos los extremos sobre la utilización y disposición deaquellas.

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Artículo 8. Delegados Sindicales

Las Secciones Sindicales que tengan opción a tenerdelegado o delegados sindicales, será preferentementeel Secretario General de dicha Sección Sindical uno deellos, siendo el responsable de coordinar la acción sindi-cal en la empresa. Así mismo todos los delegados sindi-cales deberán poner a disposición de MCA-UGT su crédi-to horario.

Artículo 9. Coordinación

En las empresas con más de un centro de trabajo, endistintas Comunidades Autónomas, las respectivas Sec-ciones Sindicales estarán coordinadas entre sí a travésde la Comisión Ejecutiva superior correspondiente, y se-rán los Secretarios Generales respectivos quienes asu-man esta función en primera instancia.

La convocatoria de la reuniones de Coordinación aresponsabilidad de la CEF, podrá delegar en el portavozla función de convocar con su VºBº .

Con independencia de la figura del Delegado Sindical,las Secciones Sindicales tendrán autonomía para nom-brar un portavoz, sin carácter ejecutivo ni estable, cuyamisión será actuar como tal en el marco de la empresa.

Los acuerdos tomados en las reuniones de Secreta-rios Generales, serán de obligado cumplimiento para lasSecciones Sindicales afectadas, siempre que sean adop-tados por el 75% de las mismas y que representen a másdel 75% de los afiliados.

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En cualquier caso, las Secciones Sindicales estaráncoordinadas por la Comisión Ejecutiva superior corres-pondiente.

Artículo 10. Obligaciones de los cargos y candi-datos.

Los afiliados a MCA-UGT que sean designados candi-datos y los que ocupen cargos en organizaciones de re-presentación, bajo el nombre de nuestra Organización(Comités de Empresa, Comités Intercentros, Delegadosde Personal, Delegados de Prevención, etc.) serán losportavoces de las decisiones que tomen la Comisión Eje-cutiva de la Sección Sindical y la Asamblea General deAfiliados. Asimismo, pondrán a disposición de la Federa-ción las horas sindicales que como cargo de representa-ción tienen.

Están obligados a depositar su carta de dimisión a laComisión Ejecutiva de su Sección Sindical, sin fecha, pa-ra que sea hecha efectiva cuando la Asamblea de Afilia-dos lo estime oportuno.

El depósito y custodia de esta carta de dimisión co-rresponderá a la Comisión Ejecutiva del Organismo inme-diatamente superior correspondiente, quien a petición dela Sección Sindical determinará sobre su uso.

En todo caso, las bajas o dimisiones en los órganosde representación de la empresa serán comunicadas a laComisión Ejecutiva del organismo inmediatamente supe-rior correspondiente, al menos con quince (15) días deantelación, a su efectividad.

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Artículo 11. Comités de Empresa Europeos

La coordinación de las respectivas Secciones Sindica-les de las empresas que constituyan un Comité de Em-presa Europeo, se llevará a efecto por la Comisión Ejecu-tiva Federal.

El miembro del Comité de Empresa Europeo en repre-sentación de MCA-UGT informará puntualmente a la Co-misión Ejecutiva Federal de cuantas reuniones se cele-bren y del contenido de las mismas.

La acción sindical a desarrollar en dichos Comités seráacorde con las resoluciones de nuestra Federación.

Aquellos puntos del orden del día que plantean dudasde contradicción con nuestras resoluciones, serán pues-tos en conocimiento de la Comisión Ejecutiva Federal pa-ra analizar la postura a mantener.

El nombramiento para formar parte de los Comités deEmpresa Europeos será hecho por la Comisión EjecutivaFederal, a propuesta de las Secciones Sindicales, con elconocimiento previo de las respectivas Federaciones deComunidad Autónoma.

Los miembros de los Comités Europeos tienen la obli-gación de:

a) Pasar copia de todas las convocatorias del CEU,con su orden del día a la CEF y a todas las SeccionesSindicales.

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b) Al recibir la convocatoria del Miembro del CEU, con-tactará con el responsable de la CEF por si fuera necesa-rio fijar algún criterio sobre los temas a tratar.

c) Después de las reuniones del CEU elevará un infor-me a las Secciones Sindicales y al responsable sectorialde la CEF, y éste a su vez, reenviará dicho informe a lasFederaciones de CC.AA. o Insulares respectivas.

Artículo 12. Representantes en los Consejos deAdministración y en los Organismos Paritarios.

a) Representantes en los Consejos de Administración.

Los afiliados a la Federación, que representen a lamisma en los Consejos de Administración de las empre-sas u Órganos similares de otras Organizaciones o Insti-tuciones, serán nombrados y cesados libremente por laComisión Ejecutiva Federal o en su caso, de ComunidadAutónoma. Para hacer efectivo este criterio vendrán obli-gados a entregar a la CEF su carta de dimisión antes detomar posesión.

La Comisión Ejecutiva Federal, una vez hecha la con-sulta a la Sección o Secciones Sindicales de la empresao grupo en la que sería Consejero, y a las Federacionesde Comunidad Autónoma afectadas, propondrá para sunombramiento como Consejero al compañero que entien-da reúne las condiciones para esta labor y preferente-mente desarrolle su función sindical dentro del ámbito dela empresa o grupo de empresas.

El Consejero será el representante y portavoz de UGTdentro del Consejo de Administración de la empresa. Ela-

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borará un informe por escrito de cada reunión del Conse-jo, que hará llegar, a la mayor brevedad posible, a la Co-misión Ejecutiva Federal, y ésta lo remitirá a las Federa-ciones de Comunidad Autónoma correspondientes y a lasSecciones Sindicales, poniendo a disposición de los mis-mos la documentación facilitada en las reuniones delConsejo y mantendrá una estrecha colaboración con lasSecciones Sindicales, Comisión Ejecutiva de la Federa-ción de Comunidad Autónoma y con la Comisión Ejecuti-va Federal.

b) Representantes en los Órganos de Gobierno de losOrganismos Paritarios.

La Comisión Ejecutiva Federal, o en su caso de Co-munidad Autónoma, nombrará y cesará libremente a losrepresentantes de las Federaciones en los mismos. Ladesignación deberá recaer en compañeros que hayan de-sarrollado su labor sindical dentro del ámbito del sector aque corresponde el Organismo Paritario.

CAPÍTULO III

Derechos y Deberes de los Afiliados en laSección Sindical

Artículo 13.

1. Los afiliados de la Sección Sindical son sujeto delos derechos y deberes que, para todos los afiliados, secontemplan en los Estatutos Federales de MCA-UGT. No

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obstante, en el ámbito organizativo de la Sección Sindicaldeben observarse con especial atención los siguientesDerechos y Deberes.

2. Derechos de los afiliados:

a) Ser elector y elegible en la elección de los órganosde dirección, representación y control de la SecciónSindical así como en la elección de candidatos delSindicato a las Elecciones Sindicales, y en la elec-ción de los Delegados de Prevención y de los Dele-gados Sindicales que correspondan.

a.1) Los afiliados en situación de jubilación parcialsólo podrán ser electores cuando se elijan losÓrganos de Dirección de la Sección Sindical.

b) Participar en las tareas de negociación y defensade sus condiciones de trabajo (a través del conve-nio colectivo o del acuerdo de empresa).

1.- Derecho a participar en la elaboración de la Pla-taforma Reivindicativa, mediante la aportaciónde ideas y sugerencias a través de los caucesque establezca la Sección Sindical o, en su de-fecto, la Federación.

2.- Derecho a la información periódica, vigente ycontrastada, sobre la marcha de las negociacio-nes.

3.- Derecho a decidir sobre la firma del convenio oacuerdo, a través de los cauces que establezca

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Reglamento de la Sección Sindical

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la Sección Sindical o, en su defecto, la Federa-ción: mediante consulta directa a todos los afi-liados o por decisión de los órganos de repre-sentación y control de la Sección Sindical.

3. Deberes de los afiliados:

a) Pagar la cuota estatutaria establecida por el Sindi-cato, a través del Descuento en Nómina o por Do-miciliación Bancaria, con arreglo a lo establecido enlos Estatutos y Normativa Interna del Sindicato.

b) Defender los intereses generales del Sindicato y losacuerdos tomados reglamentariamente y en el mar-co de sus competencias por la Sección Sindical.

c) Acatar y cumplir las Resoluciones tomadas por losórganos competentes del Sindicato, particularmentela participación en todo lo relacionado con el ejerci-cio del derecho de huelga y las movilizaciones con-vocadas por UGT.

d) Asistir y participar activamente en los órganos de laSección Sindical y en los actos e iniciativas que és-ta lleve a cabo.

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DIRECCIONES

DE

MCA-UGT

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FEDERACIÓN DIRECCIÓN TELÉFONOANDALUCÍA C/ Antonio Salado 8,12º-2ª - 41002 Sevilla 954 50 63 93S. P. Almería Javier Sanz, 14 - 4º - 04004 Almería 950 27 12 98S. I. Cádiz Avda. Andalucía 6 - 3º - 11008 Cádiz 956 25 08 08S. C. Cam. Gibraltar Avda. Fuerzas Armadas 2 - 11202 Algeciras 956 63 12 51S. P. Córdoba Marbella s/n - 14013 Córdoba 957 29 91 42S. P. Granada Avda. de la Constitución 21 - 18014 Granada 958 20 94 99S. P. Huelva Puerto 28 - 21001 Huelva 959 25 04 19S.P. Jaén Pº de la Estación 30 - 23008 Jaén 953 27 55 05S. P. Málaga Alemania 19, 1ª Pl. - 29001 Málaga 952 22 97 62S. P. Sevilla Blas Infante 4-2º - 41011 Sevilla 954 28 13 61

ARAgÓN C/ Costa, 1-2º - 50001 zaragoza 976 70 01 08S. C. Andorra Jose Iranzo s/n - 44500 - Andorra 978 84 36 86S. C. Alcañiz Avda. Aragon 7, Pasaje. - 44600 Alcañiz (Teruel) 978 83 10 50S. C. Barbastro Beato M. Escrivá 2 - 22300 Barbastro (Huesca) 974 31 24 35S. C. Calamocha Avda. Sagunto-Burgos s/n - 44200 Calamocha 978 73 00 37S. C Calatayud Padre Claret 5 - 50300 Calatayud (Zaragoza) 976 88 11 70S. C. Caspe Plaza Aragón 1, 2ª - 50700 Caspe (Zaragoza) 976 63 20 40S. C. Ejea de Cab. Pasaje Aragón s/n - 50600 Ejea de los Caballeros 976 66 20 99S. C. Huesca Avda. del Parque 9 - 22002 Huesca 974 22 99 96S. C Monzón Galicia s/n - 22400 Monzón (Huesca) 974 41 57 44S. C. Sabiñánigo Gral. Villacampa 14 - 22600 Sabiñánigo (Huesca) 974 48 20 93S. C Tarazona Cortes de Aragón, 14 - 1ª- 50500 Tarazona (Zar.) 976 64 09 27S. C. Teruel Plaza de la Catedral 9- 4º - 44001 Teruel 978 60 85 84S. C. Utrilllas San Vicente de Paúl s/n - 44760 Utrillas (Teruel) 978 75 79 08

ASTURIAS Plza general Ordóñez 1, 6º. 33005 Oviedo 985 27 55 83S. C. de Avilés Pza. Vaticano s/n Bajo - 33401 Avilés (Asturias) 985 56 88 01S. C. del Caudal Pza. del Mercado s/n - 33600 Mieres (Asturias) 985 46 79 52S. C. de Gijón Mariano Moré 22 Entresuelo - 33206 Gijón 985 35 24 19S. C. de Nalón Pza. la Salve s/nº - 33900 - Sama de Langreo 985 67 60 95S. C de Occidente Maestro Maseda, 5 Bajo - 33710 Navia (Asturias) 985 63 14 35S. C. Oviedo-Siero Pza. General Ordónez 1, 3º - 33005 Oviedo 985 25 38 22

Sta. Isabel, 20-Bajo - 33420 Lugones-Siero 985 26 40 94S. C. de Oriente José Glez. Soto, 2 - 1º - 33550 Cangas de Onís 985 84 84 93

Direcciones de MCA-UGT

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Direcciones de MCA-UGT

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FEDERACIÓN DIRECCIÓN TELÉFONO

BALEARES Font i Monteros, 8 - 3º - 07003 P.Mallorca 971 76 19 14S. I. Menorca Pza. Augusto Miranda s/n 1º - 07701 Mahón 971 36 72 05

CANTABRIA C/ Rualasal, 8, 4º - 39001 Santander 942 22 79 28

S. C. Besaya La Pontanilla, s/n - 39400 Los Corrales de Buelna 942 83 03 62

S. C. Campoo Avda. Castilla, s/n -39200 Reinosa (Cantabria) 942 75 28 11

S. C. Central Avda. Bilbao, 54 - 39600 Muriedas (Cantabria) 942 26 12 25

S. C. Oriental Pza. Constitución, 10, 1º - 39770 Laredo 942 60 76 93

CAST.-LA MANCHA C/ Cuesta Carlos v, 1, 2º - 45001 Toledo 925 28 30 19

S. P. Albacete Mayor, 58, 2º- 02002 Albacete 967 52 22 07

S. C. Alcázar S. J. Socuéllamos, 14-3 - 13700 -Tomelloso (C.R.) 926 51 40 98

S. C. Almansa Pza.Rey Don Jaime 7- Apto.228- 02640 Almansa 967 34 29 54

S. P. Ciudad Real Alarcos, 24-7º - 13002 Ciudad Real 926 21 47 47

S. P. Cuenca Hermanos Valdés, 5, 1º - 16002 Cuenca 969 23 19 08

S. P. Guadalajara Pza Pablo Iglesias, 2, 2º - 19001 Guadalajara 949 21 38 07

S. C. Manzanares Molinos de Viento,1 -13200 Manzanares (C.Real) 926 61 39 62

S. C. Puertollano Juan Bravo,6 - 2º - 13500 - Puertollano (C.Real) 926 42 67 58

S. P. Toledo Cuesta Carlos V, 1 - 1º - 45001 Toledo 925 25 15 65

CASTILLA Y LEÓN C/ gamazo 13, 2º - 47004 valladolid 983 32 90 08

S. P. Ávila Isaac Peral, 18 - 05001 Ávila 920 25 26 42

S. P. Burgos San Pablo, 8 - 2º - 09002 Burgos 947 25 22 67

S. P. León Gran Vía San Marcos, 31 - 24001 León 987 27 06 86

S. C. Medina del C. San Martín, 3 - 47400 Medina del Campo (Va) 983 81 13 96

S. P. Palencia Mayor Antigua, 69 - 34005 Palencia 979 70 24 03

S. P. Salamanca Gran Vía, 79-81 - 37001 Salamanca 923 28 04 60

S. P. Segovia Avda. Fernández Ladreda, 33 - 40002 Segovia 921 43 64 00

S. P. Soria Vicente Tutor, 6 - 42001 Soria 975 22 33 95

S.P. Valladolid Gamazo, 13, 2º - 474004 - Valladolid 983 32 90 08

S. P. Zamora Lope de Vega, 6 - 49013 Zamora 980 51 90 92

S.C. Bierzo Av. Valdés, 36 - 1º - 24400 Ponferrada (León) 987 42 56 21

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FEDERACIÓN DIRECCIÓN TELÉFONOCATALUNYA Pza. vázquez Montalbán, 6-2ª - 08001 Barcelona 933 01 83 62

S. I. Anoia-Alt PenedésFarraf Rambla Sant Joseph 5-08800 Vilanova i La Geltrú (B) 93 814 14 40

S. I. Bages-Berguedá Pº. Pere III, 60-62 - 08240 - Manresa (Barcelona) 93 874 44 11

S. T. Vallés Oriental-Maresme Esteve Terrades, 30-32 - 08400 Granollers (Barna.) 93 879 31 06

S. C. Baix Llobregat Crta. d'Espluges, 240-242 - 08940 Cornellá (B) 93 261 91 35

S. C del Barcelonés Rambla Sta. Mónica, 10-1º - 08002 Barcelona 93 301 57 97

S. I. Girona Miquel Blai, 1-4º - 17001 Girona 97 221 33 44

S. C. L'Hospitalet Rambla Marina, 429-431 - 08901 L'Hospitalet (B) 93 338 92 53

S. C. Osona Vendrell, 33 Bj.- 08560 Manlleu (Barcelona) 93 851 31 30

S. I. Tarragona Ixart, 11-4º - 43003 Tarragona 97 723 41 93

S. I. Terres D'Ebre Ciutadella, 13-1º - 43500 Tortosa (Tarragona) 97 744 44 56

S. I. Terres de Lleida Avgda. Catalunya, 2 - 25002 Lleida 97 328 17 23

S. C. Valles Occidental Rambla, 73 - 08202 Sabadell (Barcelona) 93 725 75 75

EUSkADI C/ Colón de Larreategui, 46, Bis - 48011 Bilbao 944 25 56 00S. I. de Ayala-Vitoria San Antonio, 45, Bajo - 01005 Vitoria 945 15 04 38

S. I. San. Sebastián-Bidasoa Catalina de Erauso, 7 - 20010 S. Sebastián (Guip.) 943 46 98 00

S. C. Alto Deba-Alto Gohierri Garibai, 6 bis - 20500 Arrasate-Mondragón (Guip.) 943 79 03 74

S. C. Bajo Debay Costa Urola Isasi, 2-1º - 20600 Eibar (Guipúzcoa) 943 82 07 82

S. C. Basauri Urbi, 7 Entreplanta - 48970 Basauri (Vizcaya) 944 49 32 98

S. C. Bilbao-Margen Dcha. Jado, 5-1º Dcha. - 48950 Erandio (Vizcaya) 944 67 69 88

S. C. Durangesado Avda. Montevideo, 30 Bajo - 48200 Durango (Vi) 946 81 90 26

S. C. Margen Izda Avda. Juntas Generales, 4-2º - 48901 Barakaldo (Vi) 944 18 94 00

ExTREMADURA C/ Marquesa de Pinares, 36 - 06800 Mérida 924 30 09 08S. C. de Cáceres Obispo Segura Sáez, 8 - 10001 Cáceres 927 21 38 14

S. C. Campo Arañuelo Pablo Luego, s/n - 10300 Navalmoral de la Mata (C) 927 53 19 48

S. C. Mérida-T.Barros Marquesa de Pinares, 36 - 06800 Mérida (Badajoz) 924 30 09 08

S. I. Norte Extremeño Tr. General Mora, 5 - 10840 Moraleja (Cáceres) 927 14 74 78

S. C. Sur Extremeño Avda Díaz Ambrona, 24 - 06300 Zafra (Badajoz) 924 55 52 90

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Direcciones de MCA-UGT

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FEDERACIÓN DIRECCIÓN TELÉFONO

gALICIA Miguel Ferro Caaveiro, 12 -2º - 15707 Santiago 981 58 97 43S. I. Compostela Miguel Ferro Caaveiro, nº 12 - 3ª - 15707 Santiago 981 57 54 17

S. I de Coruña Avda. Fernández Latorre, 27-2º - 15006 A Coruña 981 23 72 64

S. C. C. Lucense Apto. Correos, 88 - 27890 San Ciprián (Lugo) 982 55 55 00

S. C. Ferrol Calle del Carmen, 43-45, 2º- 5402 Ferrol (A Coruña) 981 35 12 37

S. I. de Lugo Ronda da Muralla, 58-1º - 27003 Lugo 982 22 02 79

S. I. de Ourense Parque San Lázaro, 14-1º - 32003 Ourense 988 24 20 98

S. I de Pontevedra Pasantería, 1 -1 - 36001 Pontevedra 986 84 49 57

S. C. de Vigo Enrique Heraclio Botana, 2-4º - 36201 Vigo (Pontev.) 986 22 75 48

LA RIOJA C/ Milicia, 1-Bis - 26003 Logroño (La Rioja) 941 25 58 60

LAS PALMAS C/ Avda. 1º de Mayo, 21 - 35002 Las Palmas g.C. 928 36 99 28

TENERIFE Méndez Núñez, 84-4º 38001 Sta. Cruz Tenerife 922 28 89 55

MADRID Avda. América 25, 4ª - 28002 Madrid 91 589 73 50

Zona Este Simón García de Pedro, 2 - 28805 Alcalá de Henares 91 881 89 76

Avda. de la Constitución, 135 - 28850 - Torrejon 91 676 62 22

Zona Norte Avda. Valdelaparra, 108 - 28100 Alcobendas 91 662 08 75

Zona Oeste Real, 74 - 28400 Villalba 91 850 13 01

Zona Sur Avda. de los Ángeles, 20 - 28903 Getafe 91 696 05 11

La Concha, 2 -28300 - Aranjuez 91 892 10 82

Sureste Silos, 27 - 28500 Arganda 91 871 34 50

Suroeste Huesca, 2 - 28944 - Fuenlabrada 91 697 54 27

MELILLA Pza. 1º de Mayo, s/n- Ap. 358 - 52002 Melilla 952 67 26 02

MURCIA Santa Teresa, 10-5º - 30005 Murcia 968 28 12 30S. C. del Altiplano Epifanio Ibáñez, 9-Entres.- 30510 Yecla (Murcia) 968 75 15 97

S. C. de Cartagena Pza. España, 12 - 4º- 30201 Cartagena (Murcia) 968 52 96 52

S. C. Río Mula Avda. Constitución s/n 30191 Campos del Río (Mu) 968 65 27 57

S. C. del Valle del Guadalentin Corredera, 36 - 30800 Lorca (Murcia) 968 46 98 70

S. C. Vega Segura Pérez Cervera, 3 - 30530 Cieza (Murcia) 968 76 13 63

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Direcciones de MCA-UGT

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FEDERACIÓN DIRECCIÓN TELÉFONO

NAvARRA Avda. zaragoza, 12-1º - 31003 Navarra 948 29 06 24

S. C. Tudela Cuesta de la Estación, 3 - 31500 Tudela (Navarra) 948 82 18 01

PAÍS vALENCIANO Arquitecto Mora, 7-4º - 46010 valencia 963 88 41 10

S. C. Bajo Vinalopo- Vega Baja Pza. Constitución, 3 - 03203 Elche (Alicante) 965 42 38 12

S. C.Horta Nord-Camp Turia, Camp Morvedre Ausías March, 12 - 46133 Meliana (Valencia) 961 49 32 05

S. C. L'Alicanti Pablo Iglesias, 23, 5º - 03004 Alicante 965 14 87 34

S. C. La Marina Avda. L'Aigüera, 1 (ed. Central Park) - 03500 Benidorm 965 86 20 11V. Vinalopó Glorieta, 22 - 03660 Novelda (Alicante) 965 60 04 78

S. C. Valencia Sure Interior C/Virgen del Olivar, 10 - 46900 Torrent (Valencia) 961 56 41 45

S. C. Millars-Plana Baixa-Palancia Avda. País Valencià, 18 - Enlo. - 12200 Onda (Castellón) 964 60 14 58

S. C. Plana Alta-Maestrat-Els Ports Pza. las Aulas, 5-5º - 12001 Castellón 964 23 98 82

S. C. Ribera Alta Costera-Canals Curtidors, 27 - 46600 Alcira (Valencia) 962 41 27 51

S. C. Ribera Baja-Safor-Valls

D'Albaida La Vall, 48 - 46400 Cullera (Valencia) 96 172 33 10

S. C. Horta Valencia Arquitecto Mora, 7-4º - 46010 Valencia 96 388 41 10

METAL, CONSTRUCCIÓN Y AFINESFEDERACIÓN DE INDUSTRIA

Avda. de América 25, 5ª y 6ª Pltas. - 28002 MADRIDTelf.: 91 589 75 11 - Fax: 91 589 75 24

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