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Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 Dofiscal

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  • ResolucinMiscelnea Fiscal

    para 2017Dofiscal

  • RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA

    2017

    Los Ttulos, Indices, Compilaciones, Anlisis comparativos, Correlaciones, Referencias, Comentarios,

    Ejemplos y Sinopsis no forman parte del texto legal, son labor autoral propiedad de

    DOFISCAL EDITORES, S.A. de C.V.

    Esta edicin contiene las disposiciones conocidas hasta el 6 de enero de 2017

    Av. Insurgentes Sur 800, Piso 14, Col. Del Valle C.P. 03100, Benito Jurez, Ciudad de Mxico

    Conmutador: 5351-9500 Larga distancia sin costo: 01-800-200-39-47

    Pgina Web: www.thomsonreutersmexico.com / www.dofiscal.com E-Mail: [email protected]

  • GERENTE DE CONTENIDOS TAX & ACCOUNTING Lic. Luis Enrique Zaldvar

    COORDINADOR DE ANALISTAS TAX & ACCOUNTING

    C.P. Omar Hernndez Trejo

    ANALISTA FISCAL C.P. Augusto Lorenzo Gracida Ramrez

    ANALISTA LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL C.P. Beatriz Ramrez Rivera

    ANALISTA DE COMERCIO EXTERIOR Lic. Cecilia Itzel Rocha Camacho

    Derechos reservados propiedad de Dofiscal Editores, S.A. de C.V.

    Queda prohibida la reproduccin total o parcial de esta obra denominada RESOLUCION MISCELANEA FISCAL

    PARA 2017, por cualquier medio, sin autorizacin escrita de Dofiscal Editores, S.A. de C.V.

  • RESOLUCION MISCELANEA FISCAL

    PARA 2017

    CONTENIDO

    INDICES DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2017Indice GeneralIndice por Reglas ComparativoMemoria de Reformas

    RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 20171. Disposiciones generales2. Cdigo Fiscal de la Federacin3. Impuesto sobre la renta4. Impuesto al valor agregado5. Impuesto especial sobre produccin y servicios6. Contribuciones de mejoras7. Derechos8. Impuesto sobre automviles nuevos9. Ley de Ingresos de la Federacin

    10. Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos11. De los Decretos, Circulares, Convenios y otras disposiciones

    TRANSITORIOS

  • INDICES DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL

    PARA 2017

  • RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2017

    INDICE GENERAL

    Ttulo Reglas

    1. Disposiciones generales 1.1 a 1.10

    2. Cdigo Fiscal de la Federacin 2.1.1 a 2.21.2

    3. Impuesto sobre la renta 3.1.1 a 3.23.24

    4. Impuesto al valor agregado 4.1.1 a 4.6.6

    5. Impuesto especial sobre produccin y servicios 5.1.1 a 5.3.2

    6. Contribuciones de mejoras 6.1

    7. Derechos 7.1 a 7.41

    8. Impuesto sobre automviles nuevos 8.1 a 8.7

    9. Ley de Ingresos de la Federacin 9.1 a 9.16

    10. Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos 10.1 a 10.22

    11. De los Decretos, Circulares, Convenios y otras disposiciones 11.1.1 a 11.7.3

    TRANSITORIOS

  • 1RMINDICE POR REGLAS

    RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2017

    INDICE POR REGLAS COMPARATIVO (1)

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016 (2)

    TITULO 1. DISPOSICIONES GENERALES

    1.1. Excepcin al Secreto Bancario 1.1.1.2. Aclaracin de publicacin de datos de los

    contribuyentes en el Portal del SAT 1.2.1.3. Publicacin de contribuyentes 1.3.1.4. Presuncin de operaciones inexistentes o

    simuladas y procedimiento para desvir-tuar los hechos que determinaron dicha presuncin 1.4.

    1.5. Procedimiento para acreditar que efecti-vamente se adquirieron los bienes o re-cibieron los servicios que amparan los comprobantes fiscales 1.5.

    1.6. Lugar y forma para presentar documen-tacin 1.6.

    1.7. Proteccin de datos personales 1.7.1.8. Requisitos de los trmites 1.8.1.9. Anexos de la RMF 1.9.1.10. Referencias a la Ciudad de Mxico 1.10.

    Notas Autorales:(1) Las reglas y ttulos que contiene este ndice de la Resolucin Miscelnea Fiscal para 2017, son los que aparecen en el texto del mismo publicado por el Servicio de Administracin Tributaria. Adems, se agregaron algunos ttulos que se consideraron de utilidad y que se identifican con la marca*(2) En esta columna se presenta la Regla de la Resolucin Miscelnea anterior cuyo contenido general, en nuestra opinin era semejante

  • DOFISCAL2

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    TITULO 2. CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION

    CAPITULO 2.1.

    DISPOSICIONES GENERALES

    2.1.1. Cobro de crditos fiscales determinados por autoridades federales 2.1.1.

    2.1.2. Acuerdo amplio de intercambio de infor-macin 2.1.2.

    2.1.3. Constancia de residencia fiscal 2.1.3.2.1.4. Opcin para que las personas fsicas con-

    sideren como domicilio fiscal su casa habitacin 2.1.4.

    2.1.5. Domicilio fiscal de las personas fsicas residentes en el extranjero 2.1.5.

    2.1.6. Das inhbiles 2.1.6.2.1.7. Horario de recepcin de documentos 2.1.6.2.1.8. Operaciones de prstamo de ttulos o

    valores, casos en los que se considera que no hay enajenacin 2.1.8.

    2.1.9. Cumplimiento de requisito en escisin de sociedades 2.1.9.

    2.1.10. Aviso para llevar a cabo una fusin pos-terior 2.1.10.

    2.1.11. Fusin o escisin de sociedades que formen parte de una reestructuracin corporativa 2.1.11.

    2.1.12. Concepto de operaciones financieras de-rivadas de deuda y de capital

    Operaciones financieras derivadas de deuda* 2.1.12.

    2.1.13. Actualizacin de cantidades establecidas en el CFF 2.1.13.

    2.1.14. Supuestos en que un conjunto de perso-nas no realiza actividades empresaria-les con motivo de la celebracin de un convenio 2.1.14.

    2.1.15. Verificacin de la autenticidad de los acu-ses de recibo con sello digital 2.1.15.

    2.1.16. Documentacin en copia simple 2.1.16.2.1.17. Documentos emitidos en el extranjero

    para representacin de particulares, autoridades nacionales y extranjeras, y organismos internacionales 2.1.17.

    2.1.18. Representacin de las personas fsicas o morales ante las autoridades fiscales 2.1.18.

  • 3RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.1.19. Pago mediante cheque 2.1.19.2.1.20. Tarjeta de crdito o dbito como medio de

    pago para las personas fsicas 2.1.20.2.1.21. Opcin para que los centros cambiarios,

    los transmisores de dinero y las socie-dades financieras de objeto mltiple no reguladas, realicen pagos a travs de cuentas aperturadas a nombre del re-presentante legal o de uno de sus so-cios o accionistas personas fsicas 2.1.21.

    2.1.22. Pago de DPAs ante las Secretaras de Comunicaciones y Transportes, de Re-laciones Exteriores y de Gobernacin 2.1.22.

    2.1.23. Tasa mensual de recargos 2.1.23.2.1.24. Comprobacin de fondos en el caso de

    cheque devuelto en pago de contribu-ciones 2.1.24.

    2.1.25. Aviso para eximir de responsabilidad so-lidaria 2.1.25.

    2.1.26. Impresin y llenado de formas fiscales 2.1.26.2.1.27. Procedimiento que debe observarse para

    hacer pblico el resultado de la opinin del cumplimiento de obligaciones fisca-les 2.1.27.

    2.1.28. Procedimiento para aclarar la presenta-cin de pagos provisionales mensuales del ISR en cero 2.1.28.

    2.1.29. Opcin para no presentar la declaracin informativa de fiduciarias e informacin de fideicomisos que generan ingresos 2.1.29.

    2.1.30. Procedimiento que debe observarse en la aplicacin de estmulos o subsidios 2.1.30.

    2.1.31. Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federacin y en-tidades federativas 2.1.31.

    2.1.32. Procedimiento amistoso contenido en un Tratado para Evitar la Doble Tributacin No se inclua

    2.1.33. Informacin a cargo de la Federacin, las entidades federativas y sus organis-mos descentralizados, as como de los municipios. Opcin para considerarla por cumplida 2.1.33.

    2.1.34. Suspensin del plazo para emitir resolu-ciones en los recursos de revocacin 2.1.34.

    2.1.35. Interpretacin de los tratados en materia fiscal 2.1.35.

  • DOFISCAL4

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.1.36. Beneficios empresariales para los efectos de los tratados para evitar la doble tri-butacin 2.1.36.

    2.1.37. Aplicacin estandarizada o estndar para los efectos de los tratados para evitar la doble tributacin 2.1.37.

    2.1.38. Personas autorizadas para realizar ava-los en materia fiscal 2.1.38.

    2.1.39. Procedimiento que debe observarse para la obtencin de la opinin del cumpli-miento de obligaciones fiscales 2.1.39.

    2.1.40. Aplicacin en lnea para la obtencin de la opinin del cumplimiento 2.1.40.

    2.1.41. Convenio para el pago de crditos adeu-dados 2.1.41.

    2.1.42. Cobro de crditos fiscales impugnados 2.1.42. 2.1.43. No enajenacin por aportacin de accio-

    nes de sociedades objeto de inversin de fideicomisos de inversin en ener-ga e infraestructura 2.1.43.

    2.1.44. Opcin para presentar consultas colecti-vas sobre la aplicacin de disposicio-nes fiscales, a travs de organizaciones que agrupan contribuyentes 2.1.44.

    2.1.45. Solicitud de nuevas resoluciones de rgi-men antes de que concluya el ejercicio por el cual fue otorgada 2.1.45.

    2.1.46. Consentimiento del contribuyente para compartir informacin fiscal a Nacional Financiera y para que Nacional Finan-ciera solicite informacin sobre las mis-mas a las sociedades de informacin crediticia 11.7.3.2.

    2.1.47. No enajenacin por aportacin de bienes a sociedades objeto de inversin de fi-deicomisos de inversin en energa e infraestructura 2.1.7.

    2.1.48. Suspensin del plazo para notificar la solicitud de inicio de procedimiento amistoso a que se refiere el artculo 26, segundo prrafo del Convenio en-tre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Esta-dos Unidos de Amrica para Evitar la Doble Imposicin e Impedir la Evasin Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta No se inclua

  • 5RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.1.49. Casos de enajenacin para efectos fisca-les tratndose de contratos de prenda burstil con transferencia de propiedad No se inclua

    2.1.50. Costo comprobado de adquisicin de ttu-los tratndose de contratos de prenda burstil con transferencia de propiedad No se inclua

    CAPITULO 2.2.

    DE LOS MEDIOS ELECTRONICOS

    2.2.1. Valor probatorio de la Contrasea 2.2.1.2.2.2. Valor probatorio de la e.firma portable 2.2.2.2.2.3. Informacin que deben contener los cer-

    tificados 2.2.3.2.2.4. Procedimiento para dejar sin efectos el

    CSD de los contribuyentes, restringir el uso del certificado de e.firma o el mecanismo que utilizan las personas fsicas para efectos de la expedicin de CFDI y procedimiento para desvirtuar o subsanar las irregularidades detec-tadas 2.2.4.

    2.2.5. Cancelacin de certificados por muerte o extincin del titular 2.2.5.

    2.2.6. Informacin que se presentar a travs del buzn tributario 2.2.6.

    2.2.7. Buzn tributario y sus mecanismos de comunicacin para el envo del aviso electrnico 2.2.7.

    2.2.8. Facilidad para que las personas fsicas expidan CFDI con e.firma 2.2.8.

    2.2.9. Aclaracin sobre el bloqueo al acceso al buzn tributario por contar con una suspensin provisional o definitiva a su favor 2.2.9.

    2.2.10. Inscripcin en el RFC y trmite de la e.fir-ma para las Sociedades por Acciones Simplificadas 2.2.10.

    2.2.11. Opcin para utilizar el buzn tributario a sector gobierno y particulares No se inclua

  • DOFISCAL6

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 2.3. DEVOLUCIONES Y

    COMPENSACIONES

    2.3.1. Devolucin del IVA para organismos ejecutores derivado de Convenios de Cooperacin Tcnica 2.3.1.

    2.3.2. Saldos a favor del ISR de personas fsicas 2.3.2.2.3.3. Devolucin de saldos a favor del IVA para

    contribuyentes del sector agropecuario 2.3.3.2.3.4. Devolucin de saldos a favor del IVA 2.3.4.2.3.5. Devolucin del IVA a empresas con certi-

    ficacin en materia de IVA e IEPS 2.3.5.2.3.6. Transferencias electrnicas 2.3.6.2.3.7. Procedimiento para consultar el trmite

    de devolucin por Internet 2.3.7.2.3.8. Devolucin o compensacin del IVA por

    una institucin fiduciaria 2.3.8.2.3.9. Formato de solicitud de devolucin 2.3.9.2.3.10. Aviso de compensacin 2.3.10.2.3.11. Compensacin de saldos a favor del IVA 2.3.11.2.3.12. Compensacin de oficio 2.3.12.2.3.13. Contribuyentes relevados de presentar

    aviso de compensacin 2.3.13.2.3.14. Devolucin de saldos a favor del IVA para

    contribuyentes que producen y distribu-yen productos destinados a la alimen-tacin 2.3.14.

    2.3.15. Devolucin de saldos a favor del IVA para los contribuyentes que producen y dis-tribuyen medicinas de patente 2.3.15.

    2.3.16. Devolucin del IVA en enajenacin de ar-tculos puestos a bordo de aerolneas con beneficios de tratado 2.3.16.

    2.3.17. Devolucin automtica de saldos a favor de IVA 2.3.17.

    2.3.18. Devolucin del IVA en periodo preopera-tivo No se inclua

    CAPITULO 2.4.

    DE LA INSCRIPCION EN EL RFC

    2.4.1. Verificacin de la clave en el RFC de cuentahabientes o socios de entidades financieras y SOCAP 2.4.1.

    2.4.2. Inscripcin en el RFC de contribuyentes del RIF ante las entidades federativas 2.4.2.

  • 7RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.4.3. Inscripcin en el RFC de personas fsicas del sector primario; arrendadores de inmuebles, propietarios o titulares que afecten terrenos, bienes o derechos incluyendo derechos reales, ejidales o comunales; mineros; artesanos; ena-jenantes de vehculos usados, des-perdicios industrializables, obras de artes plsticas y antigedades, por los adquirentes de sus bienes o los contri-buyentes a los que les otorguen el uso, goce o afectacin de los mismos 2.4.3.

    2.4.4. Validacin de la clave en el RFC 2.4.4.2.4.5. Clave en el RFC de socios, accionistas o

    asociados residentes en el extranjero de personas morales y asociaciones en participacin residentes en Mxico 2.4.5.

    2.4.6. Inscripcin en el RFC de personas fsicas con CURP 2.4.6.

    2.4.7. Crezcamos Juntos Afliate 2.4.7.2.4.8. Requisitos para la solicitud de inscripcin

    en el RFC 2.4.8.2.4.9. Inscripcin en el RFC de trabajadores 2.4.9.2.4.10. Informe de fedatarios pblicos en materia

    de inscripcin y avisos en el RFC 2.4.10.2.4.11. Procedimiento para la presentacin del

    aviso cuando el contribuyente no pro-porcion su clave en el RFC 2.4.11.

    2.4.12. Protocolizacin de actas donde aparecen socios o accionistas de personas mo-rales 2.4.12.

    2.4.13. Cdula de identificacin fiscal y constan-cia de registro fiscal 2.4.13.

    2.4.14. Inscripcin de personas fsicas y morales que puede realizarse a travs de feda-tario pblico 2.4.14.

    2.4.15. Inscripcin en el RFC 2.4.15.2.4.16. Solicitud de inscripcin en el RFC de fi-

    deicomisos 2.4.16.2.4.17. Inscripcin en el RFC de personas fsicas

    dedicadas exclusivamente a activida-des agrcolas, silvcolas, ganaderas o pesqueras 2.4.17.

    2.4.18. Inscripcin o actualizacin en el RIF por empresas de participacin estatal ma-yoritaria 2.4.18.

  • DOFISCAL8

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 2.5. DE LOS AVISOS EN EL RFC

    2.5.1. Cambio de residencia fiscal de personas morales con fines no lucrativos 2.5.1.

    2.5.2. Aviso de cambio de residencia fiscal de personas fsicas 2.5.2.

    2.5.3. Cambio de residencia fiscal de personas morales 2.5.3.

    2.5.4. Cancelacin en el RFC por defuncin 2.5.4.2.5.5. Casos en que no se modifica la clave en

    el RFC 2.5.5.2.5.6. Personas relevadas de presentar aviso

    de actualizacin al Rgimen de los In-gresos por dividendos No se inclua

    2.5.7. Solicitud de inscripcin y aviso de au-mento de obligaciones del IEPS 2.5.7.

    2.5.8. Solicitud de inscripcin y aviso de au-mento de obligaciones del IVA 2.5.8.

    2.5.9. Opcin para socios, accionistas o inte-grantes de personas morales para pa-gar el ISR en trminos del RIF 2.5.9.

    2.5.10. Aclaracin de obligaciones fiscales en el RFC 2.5.10.

    2.5.11. Casos en que procede la suspensin de actividades por acto de autoridad 2.5.11.

    2.5.12. Opcin para que las personas morales presenten aviso de suspensin de ac-tividades 2.5.12.

    2.5.13. Cambio de domicilio fiscal por Internet 2.5.13.2.5.14. Vigencia del Esquema de inscripcin en

    el RFC a travs del fedatario pblico por medios remotos 2.5.14.

    2.5.15. Actividad que debern seleccionar los contribuyentes vendedores de gasolina y disel 2.5.15.

    2.5.16. Presentacin de avisos en el RFC 2.5.16.2.5.17. Personas relevadas de presentar aviso

    de cambio al Rgimen de las Personas Fsicas con Actividades Empresariales y Profesionales 2.5.18.

    2.5.18. Personas relevadas de presentar aviso de cambio de Rgimen 2.5.19.

    2.5.19. Solicitud para la suspensin o disminu-cin de obligaciones No se inclua

  • 9RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 2.6. DE LOS CONTROLES

    VOLUMETRICOS PARA GASOLINA, DIESEL, GAS NATURAL PARA

    COMBUSTION AUTOMOTRIZ Y GAS LICUADO DE PETROLEO PARA

    COMBUSTION AUTOMOTRIZ, QUE SE ENAJENE EN ESTABLECIMIENTOS

    ABIERTOS AL PUBLICO EN GENERAL Y COMPROBANTES

    FISCALES QUE SE EMITAN

    2.6.1. Inconsistencias en la medicin de contro-les volumtricos 2.6.1.

    CAPITULO 2.7.

    DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET O

    FACTURA ELECTRONICA

    SECCION 2.7.1. DISPOSICIONES GENERALES

    2.7.1.1. Almacenamiento de CFDI 2.7.1.1.2.7.1.2. Generacin del CFDI 2.7.1.2.2.7.1.3. Expedicin de CFDI por comisionistas y

    prestadores de servicios de cobranza 2.7.1.3.2.7.1.4. Servicios de validacin del CFDI 2.7.1.4.2.7.1.5. De la generacin del CSD 2.7.1.5.2.7.1.6. Expedicin de CFDI a travs del Servicio

    de Generacin de Factura Electrnica (CFDI) ofrecido por el SAT 2.7.1.6.

    2.7.1.7. Requisitos de las representaciones im-presas del CFDI 2.7.1.7.

    2.7.1.8. Complementos para incorporar informa-cin fiscal en los CFDI 2.7.1.8.

    2.7.1.9. CFDI que podr acompaar el transporte de mercancas 2.7.1.9.

    2.7.1.10. CFDI globales expedidos por institucio-nes de crdito por intereses exentos 2.7.1.10.

    2.7.1.11. Enajenacin de vehculos nuevos o usa-dos en la que se recibe en contrapres-tacin un vehculo usado y dinero 2.7.1.11.

  • DOFISCAL10

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.7.1.12. CFDI como constancia de retencin del IVA en servicios de autotransporte de carga federal 2.7.1.12.

    2.7.1.13. Pago de erogaciones por cuenta de ter-ceros 2.7.1.13.

    2.7.1.14. Expedicin del CFDI a contribuyentes del RIF por enajenaciones realizadas du-rante el mes 2.7.1.14.

    2.7.1.15. Plazo para entregar o enviar al cliente del sector financiero el CFDI 2.7.1.15.

    2.7.1.16. Comprobantes fiscales emitidos por re-sidentes en el extranjero sin estableci-miento permanente en Mxico 2.7.1.16.

    2.7.1.17. Comprobantes fiscales de centros cam-biarios y casas de cambio 2.7.1.17.

    2.7.1.18. Expedicin de comprobantes por las Ad-ministradoras de Fondos para el Retiro 2.7.1.18.

    2.7.1.19. CFDI expedidos por instituciones de se-guros o fianzas 2.7.1.19.

    2.7.1.20. Expedicin de CFDI, facilidad para incluir las erogaciones autorizadas 2.7.1.20.

    2.7.1.21. Expedicin de CFDI a travs de Mis cuentas 2.7.1.21.

    2.7.1.22. Complemento de CFDI en exportacin definitiva de mercancas 2.7.1.22.

    2.7.1.23. CFDI en operaciones traslativas de do-minio de bienes inmuebles celebradas ante notario 2.7.1.23.

    2.7.1.24. Expedicin de comprobantes en opera-ciones con el pblico en general 2.7.1.24.

    2.7.1.25. Pago de contribuciones y gastos en trans-porte areo de pasaje y carga 2.7.1.25.

    2.7.1.26. Clave en el RFC genrica en CFDI y con residentes en el extranjero 2.7.1.26.

    2.7.1.27. CFDI para devolucin del IVA a turistas extranjeros 2.7.1.27.

    2.7.1.28. Concepto de unidad de medida a utilizar en los CFDI 2.7.1.28.

    2.7.1.29. Comprobantes de donativos emitidos por las entidades autorizadas por Ley para recibir donativos deducibles, as como las Comisiones de Derechos Humanos 2.7.1.29.

    2.7.1.30. Integracin de la clave vehicular 2.7.1.30.

  • 11RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.7.1.31. Integracin del nmero de identificacin vehicular 2.7.1.31.

    2.7.1.32. Cumplimiento de requisitos en la expedi-cin de CFDI 2.7.1.32.

    2.7.1.33. Concepto de tarjeta de servicio 2.7.1.33.2.7.1.34. Facilidad para emitir CFDI sin mencionar

    los datos del pedimento de importacin 2.7.1.34.2.7.1.35. Expedicin de CFDI por pagos realizados 2.7.1.35.2.7.1.36. Entrega o puesta a disposicin de CFDI

    a clientes No se inclua2.7.1.37. Opcin para comercializadores o enti-

    dades gubernamentales de fomento y apoyo a las artesanas, acompaen en el cumplimiento de obligaciones fis-cales a RIF que elaboren y enajenen artesanas 11.7.3.1.

    2.7.1.38. Aceptacin del receptor para la cancela-cin del CFDI No se inclua

    2.7.1.39. Cancelacin de CFDI sin aceptacin del receptor No se inclua

    2.7.1.40. Expedicin de CFDI por las dependen-cias pblicas sin acceso a Internet No se inclua

    SECCION 2.7.2.

    DE LOS PROVEEDORES DE CERTIFICACION DE CFDI

    2.7.2.1. Requisitos para obtener la autorizacin para operar como proveedor de certi-ficacin de CFDI 2.7.2.1.

    2.7.2.2. Publicacin de datos en el Portal del SAT de los proveedores de certificacin de CFDI 2.7.2.2.

    2.7.2.3. Vigencia de la autorizacin de los provee-dores de certificacin de CFDI 2.7.2.3.

    2.7.2.4. Requisitos para que los proveedores de certificacin de CFDI renueven la vi-gencia de la autorizacin 2.7.2.4.

    2.7.2.5. Concepto de la certificacin de CFDI que autoriza el SAT 2.7.2.5.

    2.7.2.6. Requisitos de la garanta para obtener autorizacin para operar como provee-dor de certificacin de CFDI 2.7.2.6.

  • DOFISCAL12

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.7.2.7. Opcin para contratar servicios de uno o ms proveedores de certificacin de CFDI 2.7.2.7.

    2.7.2.8. Obligaciones y requisitos de los provee-dores de certificacin de CFDI 2.7.2.8.

    2.7.2.9. Obligaciones de los proveedores en el proceso de certificacin de CFDI 2.7.2.9.

    2.7.2.10. Verificacin del cumplimiento de requisi-tos y obligaciones para el proveedor de certificacin de CFDI 2.7.2.10.

    2.7.2.11. Amonestaciones a los proveedores de certificacin de CFDI 2.7.2.11.

    2.7.2.12. Causas de revocacin de la autorizacin para operar como proveedor de certifi-cacin de CFDI 2.7.2.12.

    2.7.2.13. Liquidacin, concurso mercantil o acuer-do de extincin jurdica del proveedor de certificacin de CFDI y devolucin de la garanta 2.7.2.13.

    2.7.2.14. Requisitos para ser proveedor de certifi-cacin de expedicin de CFDI a travs del adquirente de bienes o servicios 2.7.2.14.

    2.7.2.15. Solicitud de generacin de certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificacin de CFDI 2.7.2.15.

    2.7.2.16. Operacin del servicio de certificacin y generacin de CFDI de los proveedo-res de certificacin de expedicin de CFDI 2.7.2.16.

    2.7.2.17. Avisos que deben presentar los provee-dores de certificacin de expedicin de CFDI 2.7.2.17.

    2.7.2.18. Solicitud para dejar de operar como pro-veedor de certificacin de expedicin de CFDI 2.7.2.18.

    2.7.2.19. Cancelacin de CFDI certificados por el proveedor de certificacin de expedi-cin de CFDI 2.7.2.19.

  • 13RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    SECCION 2.7.3. DE LA EXPEDICION DE CFDI POR LAS VENTAS REALIZADAS POR

    PERSONAS FISICAS DEL SECTOR PRIMARIO; ARRENDADORES DE

    BIENES INMUEBLES, PROPIETARIOS O TITULARES QUE AFECTEN

    TERRENOS, BIENES O DERECHOS INCLUYENDO DERECHOS REALES,

    EJIDALES O COMUNALES; MINEROS, ARTESANOS;

    ENAJENANTES DE VEHICULOS USADOS, DESPERDICIOS

    INDUSTRIALIZABLES, OBRAS DE ARTES PLASTICAS Y

    ANTIGUEDADES, POR LOS ADQUIRENTES DE SUS BIENES

    2.7.3.1. Comprobacin de erogaciones en la com-pra de productos del sector primario 2.7.3.1.

    2.7.3.2. Comprobacin de erogaciones y reten-ciones en el otorgamiento del uso o goce temporal de inmuebles 2.7.3.2.

    2.7.3.3. Comprobacin de erogaciones en la com-pra de productos del sector minero 2.7.3.3.

    2.7.3.4. Comprobacin de erogaciones en la com-pra de vehculos usados 2.7.3.4.

    2.7.3.5. Comprobacin de erogaciones y reten-ciones en la recoleccin de desper-dicios y materiales de la industria del reciclaje 2.7.3.5.

    2.7.3.6. Comprobacin de erogaciones tratndo-se de adquisicin de bienes, uso o goce temporal de bienes inmuebles, afecta-cin de terrenos, bienes o derechos incluyendo derechos reales, ejidales o comunales 2.7.3.6.

    2.7.3.7. Comprobacin de erogaciones por el pago de servidumbres de paso 2.7.3.7.

    2.7.3.8. Comprobacin de erogaciones en la com-pra de obras de artes plsticas y anti-gedades 2.7.3.8.

    2.7.3.9. Comprobacin de erogaciones, retencio-nes y entero en la enajenacin de ar-tesanas 2.7.3.9.

  • DOFISCAL14

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    SECCION 2.7.4. DE LOS PROVEEDORES DE

    CERTIFICACION Y GENERACION DE CFDI PARA EL SECTOR PRIMARIO

    2.7.4.1. Facilidad para que los contribuyentes personas fsicas productoras del sec-tor primario puedan generar y expedir CFDI a travs de las organizaciones que las agrupen 2.7.4.1.

    2.7.4.2. De la autorizacin para operar como pro-veedor de certificacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.2.

    2.7.4.3. Publicacin de los datos en el Portal del SAT de los proveedores de certifica-cin y generacin de CFDI para el sec-tor primario 2.7.4.3.

    2.7.4.4. Requisitos de las representaciones im-presas de CFDI del proveedor de cer-tificacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.4.

    2.7.4.5. Obligaciones y condiciones para mante-ner la autorizacin para operar como proveedor de certificacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.5.

    2.7.4.6. Operacin del servicio de generacin y certificacin de CFDI, y obligaciones tecnolgicas del proveedor de certifi-cacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.6.

    2.7.4.7. Vigencia de la autorizacin para operar como proveedor de certificacin y gene-racin de CFDI para el sector primario 2.7.4.7.

    2.7.4.8. Requisitos para que el proveedor de cer-tificacin y generacin de CFDI para el sector primario renueve la vigencia de la autorizacin 2.7.4.8.

    2.7.4.9. Verificacin del cumplimiento de requi-sitos y obligaciones para el proveedor de certificacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.9.

    2.7.4.10. Amonestaciones al proveedor de certifi-cacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.10.

  • 15RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.7.4.11. Causas de revocacin de la autorizacin para operar como proveedor de certi-ficacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.11.

    2.7.4.12. Liquidacin, concurso mercantil o acuer-do de extincin jurdica del proveedor de certificacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.12.

    2.7.4.13. Aviso para dejar sin efectos la autoriza-cin para operar como proveedor de certificacin y generacin de CFDI para el sector primario 2.7.4.13.

    SECCION 2.7.5.

    DE LA EXPEDICION DE CFDI POR CONCEPTO DE NOMINA

    Y OTRAS RETENCIONES

    2.7.5.1. Fecha de expedicin y entrega del CFDI de las remuneraciones cubiertas a los trabajadores 2.7.5.1.

    2.7.5.2. Entrega del CFDI por concepto nmina 2.7.5.2.2.7.5.3. No expedicin de constancia y CFDI por

    concepto de viticos comprobados por el trabajador, cuando se haya cumplido con la emisin del CFDI de nmina No se inclua

    2.7.5.4. Emisin del CFDI de retenciones e infor-macin de pagos 2.7.5.4.

    2.7.5.5. Expedicin del CFDI por concepto de nmina por contribuyentes que utilicen Mis cuentas 2.7.5.5.

    2.7.5.6. Infracciones que cometen los provee-dores de certificacin de CFDI al no cumplir con las especificaciones tecno-lgicas determinadas por el SAT No se inclua

  • DOFISCAL16

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    SECCION 2.7.6. DE LAS FACILIDADES DE COMPROBACION PARA

    ASOCIACIONES DE INTERPRETES Y ACTORES, SINDICATOS DE

    TRABAJADORES DE LA MUSICA Y SOCIEDADES DE GESTION

    COLECTIVA CONSTITUIDAS DE ACUERDO CON LA LEY FEDERAL

    DEL DERECHO DE AUTOR

    2.7.6.1. Emisin de CFDI por cuenta de intrpre-tes, actores, trabajadores de la msi-ca y agremiados de gestin colectiva constituidas de acuerdo con la Ley Fe-deral del Derecho de Autor 2.7.6.1.

    2.7.6.2. Facilidades cuando el total de los ingre-sos que perciban sean cobrados a travs de asociaciones de intrpretes y actores, sindicatos de trabajadores de la msica y sociedades de gestin colectiva constituidas de acuerdo con la Ley Federal del Derecho de Autor 2.7.6.2.

    2.7.6.3. Retenciones del ISR e IVA a personas fsicas por parte de asociaciones de intrpretes y actores, sindicatos de tra-bajadores de la msica y sociedades de gestin colectiva constituidas de acuerdo con la Ley Federal del Dere-cho de Autor 2.7.6.3.

    2.7.6.4. Opcin de retenciones del ISR e IVA a personas fsicas que perciban ingre-sos por la realizacin de actividades artsticas, literarias o por derechos de autor que no hayan sido cobrados con la intervencin de las asociaciones de intrpretes y actores, sindicatos de tra-bajadores de la msica y sociedades de gestin colectiva constituidas de acuerdo con la Ley Federal del Dere-cho de Autor 2.7.6.4.

  • 17RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 2.8. CONTABILIDAD, DECLARACIONES

    Y AVISOS

    SECCION 2.8.1. DISPOSICIONES GENERALES

    2.8.1.1. Sujetos no obligados a llevar contabilidad en los trminos del CFF 2.8.1.1.

    2.8.1.2. Contabilidad electrnica para donatarias autorizadas 2.8.1.2.

    2.8.1.3. Contabilidad en idioma distinto al espaol 2.8.1.3.2.8.1.4. Uso de discos pticos compactos o cintas

    magnticas 2.8.1.4.2.8.1.5. Mis cuentas 2.8.1.5.2.8.1.6. Contabilidad en medios electrnicos 2.8.1.6.2.8.1.7. Cumplimiento de la disposicin de entre-

    gar contabilidad en medios electrni-cos de manera mensual 2.8.1.7.

    2.8.1.8. Opcin para enviar documentos digitales a travs del proveedor de certificacin de documentos digitales 2.8.1.8.

    2.8.1.9. Excepcin de conservar la contabilidad a los contribuyentes del RIF 2.8.1.9.

    2.8.1.10. Informacin relacionada con la clave en el RFC de sus usuarios 2.8.1.10.

    2.8.1.11. Cumplimiento de la disposicin de entre-gar contabilidad en medios electrni-cos a requerimiento de la autoridad 2.8.1.11.

    2.8.1.12. Formas oficiales aprobadas por el SAT 2.8.1.12.2.8.1.13. Opcin para expedir constancias o copias

    a terceros de declaraciones informati-vas 2.8.1.13.

    2.8.1.14. Declaraciones y avisos para el pago de derechos 2.8.1.14.

    2.8.1.15. Declaraciones de contribuciones de me-joras, pago de contribuciones y aprove-chamientos en materia de agua 2.8.1.15.

    2.8.1.16. Declaracin de productos y aprovecha-mientos 2.8.1.16.

    2.8.1.17. Informacin de operaciones a que se re-fiere el artculo 31-A del CFF 2.8.1.17.

    2.8.1.18. De los papeles de trabajo y registro de asientos contables 2.8.1.18.

    2.8.1.19. Opcin para utilizar Mis cuentas 2.8.1.19.

  • DOFISCAL18

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.8.1.20. Contabilidad electrnica para personas f-sicas que obtengan ingresos por activi-dades agrcolas, ganaderas, silvcolas o pesqueras No se inclua

    SECCION 2.8.2.

    DE LOS PROVEEDORES DE CERTIFICACION DE DOCUMENTOS

    DIGITALES

    2.8.2.1. Ampliacin de autorizacin de proveedo-res de certificacin de CFDI para ope-rar como proveedor de certificacin de documentos digitales 2.8.2.1.

    2.8.2.2. Autorizacin para operar como provee-dores de certificacin de documentos digitales 2.8.2.2.

    2.8.2.3. Publicacin de datos en el Portal del SAT de los proveedores de certificacin de documentos digitales 2.8.2.3.

    2.8.2.4. Vigencia de la autorizacin de los provee-dores de certificacin de documentos digitales 2.8.2.4.

    2.8.2.5. Requisitos para que los proveedores de certificacin de documentos digitales renueven la vigencia de la autorizacin 2.8.2.5.

    2.8.2.6. Procedimiento de la certificacin de do-cumentos digitales que autoriza el SAT 2.8.2.6.

    2.8.2.7. Requisitos de la garanta para obtener autorizacin para operar como provee-dores de certificacin de documentos digitales 2.8.2.7.

    2.8.2.8. Verificacin del cumplimiento de requisi-tos y obligaciones para el proveedor de certificacin de documentos digitales 2.8.2.8.

    2.8.2.9. Amonestaciones a los proveedores de certificacin de documentos digitales 2.8.2.9.

    2.8.2.10. Causas de revocacin de la autorizacin para operar como proveedor de certifi-cacin de documentos digitales 2.8.2.10.

    2.8.2.11. Liquidacin, concurso mercantil o acuer-do de extincin jurdica del proveedor de certificacin de documentos digita-les y devolucin de la garanta 2.8.2.11.

    2.8.2.12. Opcin para contratar servicios de uno o ms proveedores de certificacin de documentos digitales 2.8.2.12.

  • 19RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.8.2.13. Solicitud de generacin de certificado de sello digital del SAT para operar como proveedor de certificacin de docu-mentos digitales 2.8.2.13.

    SECCION 2.8.3.

    OPCION DE PRESENTACION DE DECLARACIONES ANUALES DE

    PERSONAS FISICAS

    2.8.3.1. Opcin de pago del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2015 2.8.3.1.

    2.8.3.2. Medios electrnicos (e.firma y Contrase-a) que sustituyen a la firma autgrafa 2.8.3.2.

    2.8.3.3. Clave en el RFC y CURP en declaracin anual 2.8.3.3.

    2.8.3.4. Opcin de pago del ISR a travs de la declaracin anual en la opcin Asala-riados 2.8.3.4.

    2.8.3.5. Declaracin anual prellenada para sala-rios y asimilados a salarios 2.8.3.5.

    SECCION 2.8.4.

    DIM VIA INTERNET Y POR MEDIOS MAGNETICOS

    2.8.4.1. Medios para presentar la DIM 2.8.4.1.2.8.4.2. Presentacin de la declaracin informa-

    tiva 2.8.4.2.2.8.4.3. Declaracin informativa de clientes y pro-

    veedores 2.8.4.3.2.8.4.4. Declaraciones complementarias de la

    DIM 2.8.4.4.2.8.4.5. Clave en el RFC y CURP en la declara-

    cin informativa y Contrasea en la DIM 2.8.4.5.

  • DOFISCAL20

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    SECCION 2.8.5. PRESENTACION DE

    DECLARACIONES DE PAGOS PROVISIONALES, DEFINITIVOS Y

    DEL EJERCICIO VIA INTERNET DE PERSONAS FISICAS Y MORALES

    2.8.5.1. Procedimiento para presentar declaracio-nes de pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de impuestos y derechos mediante transferencia electrnica de fondos 2.8.5.1.

    2.8.5.2. Procedimiento para presentar el informe de las razones por las que no se realiza pago de impuestos 2.8.5.2.

    2.8.5.3. Procedimiento en el caso de que el pago de impuestos por lnea de captura se realice fuera del plazo 2.8.5.3.

    2.8.5.4. Procedimiento en caso de pago de im-puestos por modificacin de obligacio-nes 2.8.5.4.

    2.8.5.5. Propuesta de pago con base en los CFDI que obran en poder de la autoridad 2.8.5.5.

    2.8.5.6. Declaracin prellenada con propuesta de pago provisional de ISR y definitivo de IVA, con base en los CFDI 2.8.5.6.

    SECCION 2.8.6.

    PRESENTACION DE DECLARACIONES

    COMPLEMENTARIAS PARA REALIZAR PAGOS PROVISIONALES

    Y DEFINITIVOS

    2.8.6.1. Procedimiento para efectuar la presenta-cin de declaraciones complementa-rias va Internet 2.8.6.1.

    2.8.6.2. Procedimiento para presentar declara-ciones complementarias de pagos provisionales y definitivos de personas fsicas y declaraciones complementa-rias por errores de personas fsicas 2.8.6.2.

    2.8.6.3. Procedimiento para presentar declaracio-nes complementarias por omisin de obligaciones de personas fsicas 2.8.6.3.

  • 21RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.8.6.4. Procedimiento para efectuar la presenta-cin de Declaraciones complementa-rias esquema anterior 2.8.6.4.

    2.8.6.5. Presentacin de declaraciones comple-mentarias del ejercicio de personas f-sicas y personas morales 2.8.6.5.

    SECCION 2.8.7.

    DEL PAGO DE DERECHOS, PRODUCTOS Y

    APROVECHAMIENTOS VIA INTERNET Y VENTANILLA

    BANCARIA

    2.8.7.1. Procedimiento para el pago de DPAs va Internet 2.8.7.1.

    2.8.7.2. Procedimiento para realizar el pago de DPAs en ventanilla bancaria 2.8.7.2.

    2.8.7.3. Variacin de pago de DPAs que se reali-cen en forma subsecuente 2.8.7.3.

    2.8.7.4. Pago del IVA en DPAs 2.8.7.4.

    SECCION 2.8.8. DEL PAGO DE DPAS A TRAVES DEL SERVICIO DE PAGO REFERENCIADO

    2.8.8.1. Procedimiento para el pago de DPAs con lnea de captura va Internet 2.8.8.1.

    2.8.8.2. Procedimiento para el pago de DPAs con lnea de captura en ventanilla bancaria 2.8.8.2.

    2.8.8.3. Procedimiento en el caso de que el pago del DPAs por la lnea de captura se realice fuera del plazo 2.8.8.3.

    SECCION 2.8.9.

    DECLARACION INFORMATIVA DE EMPRESAS MANUFACTURERAS, MAQUILADORAS Y DE SERVICIOS

    DE EXPORTACION (DIEMSE)

    2.8.9.1. Clculo para determinar los activos utili-zados en la operacin de maquila 2.8.9.1.

    2.8.9.2. Presentacin de la DIEMSE 2.8.9.2.2.8.9.3. Presentacin de la informacin de la

    DIEMSE 2.8.9.3.

  • DOFISCAL22

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 2.9. PRESENTACION DE

    DECLARACIONES PARA REALIZAR PAGOS PROVISIONALES,

    DEFINITIVOS Y DEL EJERCICIO DE PERSONAS FISICAS

    2.9.1. Presentacin de los pagos provisionales y definitivos 2.9.1.

    2.9.2. Opcin para la presentacin de declara-ciones bimestrales de personas fsicas que tributen en el RIF 2.9.2.

    2.9.3. Cumplimiento de obligacin de presentar declaracin informativa 2.9.3.

    CAPITULO 2.10.

    PRESENTACION DE DECLARACIONES

    COMPLEMENTARIAS PARA REALIZAR PAGOS PROVISIONALES,

    DEFINITIVOS Y DEL EJERCICIO

    2.10.1. Presentacin de declaraciones comple-mentarias para modificar declaracio-nes con errores 2.10.1.

    2.10.2. Presentacin de declaraciones comple-mentarias por omisin de algunas obli-gaciones fiscales 2.10.2.

    2.10.3. Declaraciones complementarias cuando el pago se realiza fuera del plazo 2.10.3.

    CAPITULO 2.11.

    DEL PAGO DE DPAS VIA INTERNET Y VENTANILLA BANCARIA

    2.11.1. Pago de DPAsPago de diferencias de DPAs* 2.11.1.

    2.11.2. Forma de realizar el pago de derechos sobre minera 2.11.2.

    CAPITULO 2.12.

    DE LAS FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES

    2.12.1. Actualizacin del domicilio fiscal por au-toridad 2.12.1.

    2.12.2. Notificacin electrnica a travs del bu-zn tributario 2.12.2.

  • 23RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.12.3. Medio de comprobacin de integridad y autora de documentos firmados con e.firma del funcionario competente o con sello digital, notificados de forma personal o a travs del buzn tributario 2.12.3.

    2.12.4. Huso horario aplicable para efectos del buzn tributario 2.12.4.

    2.12.5. Inscripcin en el RFC de cuentahabientes por verificacin de datos obtenidos de las instituciones del sistema financiero 2.12.5.

    2.12.6. Atribuciones de los sndicosCarrera afn* 2.12.6.

    2.12.7. Anlisis con las autoridades previo a las consultas sobre operaciones con par-tes relacionadas 2.12.7.

    2.12.8. Consultas en materia de precios de trans-ferencia 2.12.8.

    2.12.9. Informacin de seguimiento a revisiones 2.12.9.2.12.10. Correccin de situacin fiscal a travs del

    pago a plazos 2.12.10.2.12.11. Solicitud para pago a plazos flexibles du-

    rante el ejercicio de facultades de com-probacin 2.12.11.

    2.12.12. Procedimiento a seguir para dejar sin efectos las resoluciones que procedan en trminos del artculo 41, fraccin II del CFF No se inclua

    CAPITULO 2.13.

    DICTAMEN DE CONTADOR PUBLICO INSCRITO

    2.13.1. Aviso para presentar dictamen por enaje-nacin de acciones 2.13.1.

    2.13.2. Presentacin del dictamen fiscal 2016 2.13.2.2.13.3. Opcin para sustituir al contador pblico

    inscrito en dictamen de operaciones de enajenacin de acciones 2.13.3.

    2.13.4. Informacin relativa a la vigencia de la cer-tificacin de los contadores pblicos 2.13.4.

    2.13.5. Inscripcin y actualizacin de informa-cin de las federaciones de colegios de contadores pblicos y organismos no federados 2.13.5.

    2.13.6. Informacin de socios activos y del cum-plimiento de la norma de educacin continua o de actualizacin acadmica 2.13.6.

  • DOFISCAL24

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.13.7. Presentacin del dictamen de estados financieros utilizando el programa SI-PRED 2016 2.13.7.

    2.13.8. Informacin relativa al dictamen de esta-dos financieros 2.13.8.

    2.13.9. Aviso al Colegio Profesional o Federacin de Colegios Profesionales 2.13.9.

    2.13.10. Requisitos que debe cumplir el contador pblico inscrito para la presentacin del dictamen de estados financieros del ejercicio 2016, o de enajenacin de acciones, o de cualquier otro dictamen que tenga repercusin fiscal 2.13.10.

    2.13.11. Inscripcin en el sistema de contadores pblicos registrados para dictaminar estados financieros, enajenacin de acciones, o de cualquier otro dictamen que tenga repercusin fiscal 2.13.11.

    2.13.12. Renovacin del registro de Contador P-blico 2.13.12.

    2.13.13. Clculo del valor del activo que debern realizar los contribuyentes que opten por dictaminar sus estados financieros 2.19.2.

    2.13.14. Dictamen de estados financieros y de enajenacin de acciones de contribu-yentes que hubieran presentado aviso de suspensin de actividades en el RFC 2.19.3.

    2.13.15. Informacin que deber acompaarse al dictamen sobre los estados financieros y al informe sobre la situacin fiscal del contribuyente 2.19.5.

    2.13.16. Informe sobre la revisin de la situacin fiscal del contribuyente 2.19.6.

    2.13.17. Presentacin de dictamen de estados fi-nancieros y de enajenacin de accio-nes va Internet 2.19.7.

    2.13.18. Presentacin e informacin del dictamen de estados financieros y dems infor-macin a travs de Internet 2.19.8.

    2.13.19. Evidencia de la aplicacin de los procedi-mientos de revisin sobre la situacin fiscal del contribuyente 2.19.9.

    2.13.20. Formatos a los que debe sujetarse el tex-to del dictamen 2.19.10.

  • 25RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.13.21. Declaracin sobre la informacin presen-tada en el dictamen y en el informe so-bre la revisin de la situacin fiscal del contribuyente 2.19.11.

    2.13.22. Determinacin del ISR por desincorpora-cin de sociedades controladas 2.19.12.

    2.13.23. Presentacin del dictamen de enajena-cin de acciones va Internet 2.19.13.

    2.13.24. Informacin relativa al dictamen de enaje-nacin de acciones 2.19.14.

    2.13.25. Procedimiento para presentar la informa-cin del dictamen de estados financie-ros 2.19.15.

    2.13.26. Presentacin del archivo de papeles de trabajo del contador pblico inscrito uti-lizando el programa SIPRED 2016 2.19.16.

    CAPITULO 2.14. PAGO A PLAZOS

    2.14.1. Solicitud para pago a plazos 2.14.1.2.14.2. Forma oficial para realizar el pago en par-

    cialidades o diferido 2.14.2.2.14.3. Solicitud para dejar sin efecto una autori-

    zacin de pago a plazos 2.14.3.2.14.4. Opcin del contribuyente de solicitar el

    monto a corregir para los efectos de presentar su solicitud formal, en los trminos del artculo 66, tercer prrafo del CFF 2.14.4.

    2.14.5. Dispensa de garantizar el inters fiscal 2.14.5.

    CAPITULO 2.15. DE LAS NOTIFICACIONES Y LA

    GARANTIA DEL INTERES FISCAL

    2.15.1. Informacin de las cuentas, los depsi-tos, servicios, fideicomisos, crditos o prstamos otorgados a personas fsi-cas y morales 2.15.1.

    2.15.2. Notificaciones realizadas por tercerosObligacin de guardar absoluta reserva

    de los notificadores habilitados*Identificacin del notificador de los terce-

    ros habilitados* 2.15.2.

  • DOFISCAL26

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.15.3. Notificaciones por estrados y edictos en Internet 2.15.3.

    2.15.4. Requerimiento del importe garantizado por carta de crdito 2.15.4.

    2.15.5. Cartas de crdito como garanta del inte-rs fiscal 2.15.5.

    2.15.6. Plizas de Fianzas 2.15.6.2.15.7. Informacin que deben remitir las institu-

    ciones de crdito y casas de bolsa a las autoridades fiscales 2.15.7.

    2.15.8. Formato de pago para afianzadoras 2.15.8.2.15.9. Formalidades para la emisin de cartas

    de crdito 2.15.9.2.15.10. Prctica de segundo avalo 2.15.10.

    CAPITULO 2.16.

    DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION

    2.16.1. Honorarios de interventores o administra-dores 2.16.1.

    2.16.2. Subastas pblicas de bienes embarga-dos va Internet 2.16.2.

    2.16.3. Requisitos que deben cumplir los intere-sados en participar en remates por me-dios electrnicos 2.16.3.

    2.16.4. Confirmacin de recepcin de posturas 2.16.4.2.16.5. Recepcin y aceptacin de posturas 2.16.5.2.16.6. Entero del saldo de la cantidad ofrecida

    en la postura o de la que result de las mejoras 2.16.6.

    2.16.7. Solicitud para la entrega del monto paga-do de bienes que no pueden entregar-se al postor 2.16.7.

    2.16.8. Subasta de entidades federativas 2.16.8.2.16.9. Entrega del bien rematado 2.16.9.2.16.10. Reintegro del depsito en garanta 2.16.10.2.16.11. Incumplimiento del postor 2.16.11.2.16.12. Remate de automviles extranjeros usa-

    dos 2.16.12.2.16.13. Supuestos por los que procede la enaje-

    nacin a plazos de los bienes embar-gados 2.16.13.

  • 27RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.16.14. Determinacin de la garanta del inters fiscal en la enajenacin a plazos de los bienes embargados 2.16.14.

    2.16.15. Formalizacin de la enajenacin a plazos de los bienes embargados 2.16.15.

    2.16.16. Plazo y requisitos para solicitar los exce-dentes del producto del remate o adju-dicacin 2.16.16.

    CAPITULO 2.17.

    DE LAS INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES

    2.17.1. Aplicacin de facilidades como pago a plazos o reduccin de multas y aplica-cin de recargos por prrroga de las contribuciones retenidas 2.17.1.

    2.17.2. Aplicacin de facilidades como pago a plazos o reduccin de multas y aplica-cin de recargos por prrroga de las contribuciones que no se trasladaron y se pagaron directamente por el contri-buyente 2.17.2.

    2.17.3. Reduccin de multas y aplicacin de tasa de recargos por prrroga 2.17.3.

    2.17.4. Reduccin de multas y aplicacin de tasa de recargos por prrroga cuando resul-ta improcedente alguna compensacin 2.17.4.

    2.17.5. Condonacin de multas 2.17.5.2.17.6. Multas por las que no procede la condo-

    nacin 2.17.6.2.17.7. Requisitos para que proceda la condona-

    cin de multas por incumplimiento a las obligaciones fiscales federales distin-tas a las obligaciones de pago 2.17.7.

    2.17.8. Solicitud de condonacin de multas 2.17.8.2.17.9. Solicitud de pago a plazos de las multas

    no condonadas 2.17.9.2.17.10. Condonacin a contribuyentes sujetos a

    facultades de comprobacin 2.17.10.2.17.11. Condonacin de multas que deriven de la

    aplicacin de prdidas fiscales indebi-das 2.17.11.

  • DOFISCAL28

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    2.17.12. Procedimiento para determinar el porcen-taje de condonacin de multas deter-minadas 2.17.12.

    2.17.13. Procedimiento para determinar el por-centaje de condonacin de multas por incumplimiento a las obligaciones fis-cales federales distintas a las obliga-ciones de pago a contribuyentes que tributan en el Ttulo II de la Ley del ISR 2.17.13.

    2.17.14. Procedimiento para determinar el por-centaje de condonacin de multas por incumplimiento a las obligaciones fis-cales federales distintas a las obliga-ciones de pago a contribuyentes que tributan en el Ttulo III de la Ley del ISR 2.17.14.

    2.17.15. Procedimiento para determinar el por-centaje de condonacin de multas por incumplimiento a las obligaciones fis-cales federales distintas a las obliga-ciones de pago a contribuyentes que tributan en el Ttulo IV de la Ley del ISR 2.17.15.

    2.17.16. Procedimiento para determinar el porcen-taje de condonacin de multas por el incumplimiento de obligaciones distin-tas a las de pago en materia de Comer-cio Exterior 2.17.16.

    2.17.17. Infraccin por no atender el requerimien-to para proporcionar el archivo electr-nico del CFDI 2.17.17.

    2.17.18. Requisitos de la solicitud de condonacin de crditos fiscales a contribuyentes en concurso mercantil 2.17.18.

    CAPITULO 2.18.

    DEL RECURSO DE REVOCACION

    2.18.1. Forma de presentacin del recurso de re-vocacin 2.18.1.

  • 29RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 2.19. DE LAS DISPOSICIONES

    TRANSITORIAS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN,

    ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION,

    PUBLICADO EN EL DOF EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013

    2.19.1. Contribuyentes que tributen en el rgi-men de coordinados, y en el rgimen de actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas y pesqueras que opten por dictaminar sus estados financieros 2.19.1.

    2.19.2. Procedimiento del contador pblico ins-crito respecto de contribuyentes que no acepten o no estn de acuerdo con su dictamen 2.19.4.

    CAPITULO 2.20.

    DECLARACION INFORMATIVA SOBRE LA SITUACION FISCAL

    2.20.1. Presentacin de la declaracin informati-va sobre su situacin fiscal 2.20.1.

    2.20.2. Declaracin informativa sobre la situacin fiscal de contribuyentes que hubieran presentado aviso de suspensin de ac-tividades en el RFC 2.20.2.

    2.20.3. Informacin relativa a la declaracin infor-mativa sobre su situacin fiscal 2.20.3.

    2.20.4. Contribuyentes relevados de la obligacin de presentar la declaracin informativa sobre su situacin fiscal 2.20.4.

    2.20.5. Contribuyentes personas morales resi-dentes en Mxico con operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero 2.20.5.

  • DOFISCAL30

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 2.21. DE LA CELEBRACION DE SORTEOS

    DE LOTERIA FISCAL

    2.21.1. Bases de los sorteos fiscales 2.21.1.2.21.2. Medios de pago participantes en los sor-

    teos fiscales 2.21.2.

    TITULO 3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA

    CAPITULO 3.1.

    DISPOSICIONES GENERALES

    3.1.1. Certificaciones de residencia fiscal de re-aseguradoras de riesgo nuclear 3.1.1.

    3.1.2. Certificaciones de residencia fiscal de re-aseguradoras residentes en el extran-jero sin establecimiento permanente en el pas 3.1.2.

    3.1.3. Certificacin de la presentacin de la declaracin para Estados Unidos de Amrica 3.1.3.

    3.1.4. Disposiciones de procedimiento en fi-guras jurdicas extranjeras que sean transparentes fiscales 3.1.4.

    3.1.5. Excepciones a la aplicacin de la acredi-tacin de una doble tributacin jurdica por pagos entre partes relacionadas 3.1.5.

    3.1.6. Procedimiento para determinar si un im-puesto pagado en el extranjero es un ISR 3.1.6.

    3.1.7. Informacin y constancias sobre dividen-dos distribuidos a residentes en Mxico respecto de acciones listadas en el sis-tema internacional de cotizaciones 3.1.7.

    3.1.8. Fecha o periodo de activos o ingresos totales de sociedades financieras de objeto mltiple que forman parte del sistema financiero 3.1.8.

    3.1.9. Concepto de sociedades de objeto mlti-ple de nueva creacin 3.1.9.

    3.1.10. Autorizacin de sociedades financieras de objeto mltiple de nueva creacin 3.1.10.

    3.1.11. Intereses provenientes de operaciones de reporto 3.1.11.

  • 31RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.1.12. Ganancia en la enajenacin de certifica-dos burstiles fiduciarios de un fideico-miso que exclusivamente est invertido en FIBRAS 3.1.12.

    3.1.13. Fideicomisos que intervengan en un mer-cado de operaciones financieras deri-vadas cotizadas en bolsa 3.1.13.

    3.1.14. Residencia de sociedades de responsa-bilidad limitada constituidas en Estados Unidos de Amrica 3.1.14.

    3.1.15. Supuestos en que no se realizan activida-des empresariales a travs de un fidei-comiso 3.1.15.

    3.1.16. Proporcin de distribucin en fideicomi-sos a travs de los cuales se realizan actividades empresariales 3.1.16.

    3.1.17. Formas de acreditar la residencia fiscal 3.1.17.3.1.18. Nocin de firma internacional 3.1.18.

    CAPITULO 3.2.

    DE LOS INGRESOS

    3.2.1. Ingresos acumulables por la celebracin de contratos de mutuo con inters y garanta prendaria con el pblico en general 3.2.1.

    3.2.2. Momento de obtencin de ingresos por prestacin de servicios de guarda y custodia 3.2.2.

    3.2.3. Opcin de acumulacin de ingresos para tiempos compartidos 3.2.3.

    3.2.4. Opcin de acumulacin de ingresos por cobro total o parcial del precio 3.2.4.

    3.2.5. Ingresos acumulables derivados de la enajenacin o redencin de certifica-dos emitidos por los fideicomisos de deuda 3.2.5.

    3.2.6. Determinacin de la ganancia acumula-ble o la prdida deducible en opera-ciones financieras derivadas con una divisa como subyacente en mercados reconocidos y en operaciones fuera de mercados reconocidos (OTCs) 3.2.6.

    3.2.7. Operaciones financieras denominadas Cross Currency Swaps 3.2.7.

  • DOFISCAL32

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.2.8. Determinacin de la ganancia o la prdi-da por la enajenacin de certificados de fideicomisos accionarios 3.2.8.

    3.2.9. Cuenta fiduciaria de dividendos netos 3.2.9.3.2.10. Enajenacin de certificados de fideicomi-

    sos accionarios 3.2.10.3.2.11. Operaciones de prstamo de ttulos ban-

    carios o valores gubernamentales 3.2.11.3.2.12. Concepto de ttulos valor que se colocan

    entre el gran pblico inversionista 3.2.12.3.2.13. Requisitos de los fideicomisos acciona-

    rios 3.2.13.3.2.14. Obligaciones de informacin de los inter-

    mediarios financieros de los fideicomi-sos accionarios 3.2.14.

    3.2.15. Retencin del ISR por intereses pagados por los certificados emitidos por fidei-comisos de deuda 3.2.15.

    3.2.16. Requisitos de los fideicomisos de deuda 3.2.16.3.2.17. Mecnica para determinar la ganancia

    por la enajenacin de acciones recibi-das en prstamo 3.2.17.

    3.2.18. Mecnica para determinar la ganancia por la enajenacin de acciones que no sean restituidas en las operaciones de prstamo de valores 3.2.18.

    3.2.19. Procedimiento para determinar el precio de los activos objeto de inversin de renta variable 3.2.19.

    3.2.20. Disminucin de las comisiones por in-termediacin y precio promedio de adquisicin en la determinacin de la ganancia o prdida en la enajenacin de acciones de fondos de inversin de renta variable 3.2.20.

    3.2.21. Eliminacin de la obligacin de efectuar la retencin a que se refiere el artculo 161 de la Ley del ISR cuando se ob-tenga el escrito firmado por el titular de la cuenta 3.2.21.

    3.2.22. Ganancias en operaciones financieras derivadas de capital referidas a accio-nes o ndices 3.2.22.

  • 33RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.2.23. Determinacin para fondos de inversin de renta variable de la ganancia por la enajenacin de ttulos que no estn listados en el Sistema Internacional de Cotizaciones y de la variacin en la va-luacin de las acciones representativas del fondo de inversin de renta varia-ble, correspondiente a personas fsicas No se inclua

    CAPITULO 3.3.

    DE LAS DEDUCCIONES

    SECCION 3.3.1. DE LAS DEDUCCIONES EN

    GENERAL

    3.3.1.1. Deduccin de indemnizaciones de segu-ros con saldos vencidos de primas 3.3.1.1.

    3.3.1.2. Deduccin de indemnizaciones de segu-ros con primas pagadas, pero no ingre-sadas a las instituciones de seguros 3.3.1.2.

    3.3.1.3. Requisitos de deducciones que se extin-gan con la entrega de dinero 3.3.1.3.

    3.3.1.4. Pago de indemnizaciones y devolucin o restitucin de primas, mediante cheque nominativo, sin expresin para abono en cuenta del beneficiario 3.3.1.4.

    3.3.1.5. Requisitos para deducciones del pago de indemnizaciones y devolucin o restitu-cin de primas en microseguros 3.3.1.5.

    3.3.1.6. Concepto y caractersticas de monede-ros electrnicos utilizados en la adqui-sicin de combustibles para vehculos martimos, areos y terrestres 3.3.1.6.

    3.3.1.7. Deduccin de combustibles para ve-hculos martimos, areos y terrestres, adquiridos a travs de monederos elec-trnicos autorizados por el SAT 3.3.1.7.

    3.3.1.8. Requisitos para solicitar la autorizacin para emitir monederos electrnicos uti-lizados en la adquisicin de combusti-bles para vehculos martimos, areos y terrestres 3.3.1.8.

    3.3.1.9. Vigencia de la autorizacin del emisor de monederos electrnicos utilizados en la adquisicin de combustibles para ve-hculos martimos, areos y terrestres 3.3.1.9.

  • DOFISCAL34

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.3.1.10. Obligaciones del emisor autorizado de monederos electrnicos utilizados en la adquisicin de combustibles para ve-hculos martimos, areos y terrestres 3.3.1.10.

    3.3.1.11. Verificacin del cumplimiento de requi-sitos y obligaciones del emisor au-torizado de monederos electrnicos utilizados en la adquisicin de combus-tibles para vehculos martimos, areos y terrestres 3.3.1.11.

    3.3.1.12. Causas de revocacin de la autorizacin para emitir monederos electrnicos uti-lizados en la adquisicin de combusti-bles para vehculos martimos, areos y terrestres 3.3.1.12.

    3.3.1.13. Informacin publicada en el Portal del SAT y aviso de actualizacin de datos de los emisores autorizados de mo-nederos electrnicos utilizados en la adquisicin de combustibles para ve-hculos martimos, areos y terrestres 3.3.1.13.

    3.3.1.14. Destrucciones peridicas de mercancas que hubieran perdido su valor 3.3.1.14.

    3.3.1.15. Concepto de vale de despensa 3.3.1.15.3.3.1.16. Caractersticas de monederos electrni-

    cos de vales de despensa 3.3.1.16.3.3.1.17. Requisitos para ser emisor autorizado

    de monederos electrnicos de vales de despensa 3.3.1.17.

    3.3.1.18. Vigencia de la autorizacin del emisor de monederos electrnicos de vales de despensa 3.3.1.18.

    3.3.1.19. Obligaciones del emisor de monederos electrnicos de vales de despensa 3.3.1.19.

    3.3.1.20. Verificacin del cumplimiento de requisi-tos y obligaciones del emisor autoriza-do de monederos electrnicos de vales de despensa 3.3.1.20.

    3.3.1.21. Causas de revocacin de la autorizacin para emitir monederos electrnicos de vales de despensa 3.3.1.21.

    3.3.1.22. Informacin publicada en el Portal del SAT y aviso de actualizacin de datos de los emisores autorizados de monederos electrnicos de vales de despensa 3.3.1.22.

  • 35RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.3.1.23. Contribuyentes relevados de presentar aviso relativo a deducciones por prdi-das por crditos incobrables 3.3.1.23.

    3.3.1.24. Opcin de deduccin de gastos e in-versiones no deducibles para contri-buyentes del rgimen de actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas y pes-queras 3.3.1.24.

    3.3.1.25. Intereses por prstamo de ttulos o valo-res celebrados con personas fsicas 3.3.1.25.

    3.3.1.26. Autorizacin para deducir prdidas de otros ttulos valor 3.3.1.26.

    3.3.1.27. Gastos que se hagan en el extranjero a prorrata 3.3.1.27.

    3.3.1.28. Solicitud de resolucin para deducir inte-reses por deudas contradas con par-tes relacionadas 3.3.1.28.

    3.3.1.29. Procedimiento para cuantificar la propor-cin de los ingresos exentos respecto del total de las remuneraciones 3.3.1.29.

    3.3.1.30. Deduccin de pagos realizados por socie-dades mexicanas consideradas trans-parentes fiscales para los efectos de una legislacin extranjera 3.3.1.30.

    3.3.1.31. Deduccin de pagos realizados a entida-des extranjeras transparentes o por el uso de instrumentos hbridos 3.3.1.31.

    3.3.1.32. Operaciones financieras derivadas que pueden contratar los fondos de pensio-nes y jubilaciones 3.3.1.32.

    3.3.1.33. Deduccin de inventarios de 1986 o 1988 3.3.1.33.3.3.1.34. Informacin que se debe presentar por

    la incorporacin de trabajadores en los fondos de pensiones o jubilaciones complementarios a los establecidos en la Ley del Seguro Social 3.3.1.34.

    3.3.1.35. Aviso para deducir pagos por el uso o goce temporal de casa habitacin e inversiones en comedores, aviones y embarcaciones 3.3.1.35.

    3.3.1.36. Opcin para que las sociedades finan-cieras de objeto mltiple no reguladas realicen la deduccin de intereses 3.3.1.36.

    3.3.1.37. Pagos en cajeros automticos mediante el envo de claves a telfonos mviles 3.3.1.37.

    3.3.1.38. Disminucin en las Reservas Tcnicas de las Instituciones de Seguros y Fianzas 3.3.1.38.

  • DOFISCAL36

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.3.1.39. Procedimiento que el SAT debe seguir para llevar a cabo la revocacin de las autorizaciones conferidas para emitir monederos electrnicos utilizados en la adquisicin de combustibles para ve-hculos martimos, areos y terrestres No se inclua

    3.3.1.40. Procedimiento que el SAT debe seguir para llevar a cabo la revocacin de las autorizaciones conferidas para emitir monederos electrnicos de vales de despensa No se inclua

    3.3.1.41. Garanta para obtener autorizacin para emitir monederos electrnicos utiliza-dos en la adquisicin de combustibles para vehculos martimos, areos y te-rrestres No se inclua

    3.3.1.42. Garanta para obtener autorizacin para emitir monederos electrnicos de vales de despensa No se inclua

    3.3.1.43. Deduccin de aportaciones a fondos es-peciales No se inclua

    SECCION 3.3.2.

    DE LAS INVERSIONES

    3.3.2.1. Deduccin de inversiones en obras p-blicas efectuadas con aportaciones gubernamentales 3.3.2.1.

    3.3.2.2. Deduccin de inversiones en refrigerado-res y enfriadores 3.3.2.2.

    3.3.2.3. Por ciento mximo de deduccin de ac-tivos intangibles adquiridos mediante cesin de derechos 3.3.2.3.

    3.3.2.4. Deduccin de inversiones en obras pbli-cas efectuadas con recursos propios 3.3.2.4.

    3.3.2.5. Aviso para prorrogar el plazo de reinver-sin de las cantidades recuperadas en prdidas por caso fortuito o fuerza mayor 3.3.2.5.

    SECCION 3.3.3. DEL COSTO DE LO VENDIDO

    3.3.3.1. Deduccin de bienes adquiridos en 2004 e importados temporalmente 3.3.3.1.

    3.3.3.2. Mtodo detallista para tiendas de auto-servicio o departamentales 3.3.3.2.

  • 37RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.3.3.3. Actividades que pueden determinar el costo de lo vendido de adquisiciones no identificadas a travs de control de inventarios 3.3.3.3.

    3.3.3.4. Opcin para calcular el coeficiente de uti-lidad de pagos provisionales 3.3.3.4.

    3.3.3.5. Determinacin del inventario acumulable para liquidacin de sociedades 3.3.3.5.

    3.3.3.6. Utilidad o prdida fiscal cuando se reduz-can inventarios 3.3.3.6.

    3.3.3.7. Bienes importados que no se considera-rn dentro del costo promedio mensual de inventarios 3.3.3.7.

    3.3.3.8. Deduccin del costo de lo vendido para contribuyentes que prestan servicios derivados de contratos de obra inmueble 3.3.3.8.

    3.3.3.9. Facilidad para presentar el aviso de op-cin para deducir las erogaciones esti-madas relativas a los costos directos o indirectos de obras 3.3.3.9.

    CAPITULO 3.4.

    DEL AJUSTE POR INFLACION

    3.4.1. Aportaciones gubernamentales para obras pblicas que no se consideran deudas 3.4.1.

    3.4.2. Ajuste anual por inflacin del margen por variacin en operaciones derivadas es-tandarizadas operadas en mercados reconocidos 3.4.2.

    CAPITULO 3.5.

    DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO, DE SEGUROS Y FIANZAS, DE LOS ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO, ARRENDADORAS

    FINANCIERAS, UNIONES DE CREDITO Y FONDOS DE INVERSION

    3.5.1. Reservas de riesgos en curso 3.5.1.3.5.2. Deducibilidad de reservas de institucio-

    nes de seguros y fianzas 3.5.2.3.5.3. No retencin por el pago de intereses 3.5.3.3.5.4. Tasa anual de retencin del ISR por in-

    teresesTasa opcional de retencin por promedio

    diario de la inversin* 3.5.4.

  • DOFISCAL38

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.5.5. Retencin del ISR diario por fondos de inversin multiseries 3.5.5.

    3.5.6. Obligacin de enterar y retener el ISR por fondos de inversin 3.5.6.

    3.5.7. Autoridad competente ante la que se tra-mita la constancia de reciprocidad con Estados en materia de ISR 3.5.7.

    3.5.8. Procedimiento para que las instituciones que componen el sistema financiero presenten informacin 3.5.8.

    3.5.9. Clculo de intereses nominales por insti-tuciones del sistema financiero

    Determinacin del inters real pagado por las instituciones que componen el sistema financiero*

    Ttulos cuyo rendimiento sea pagado n-tegramente al inversionista en la fecha de vencimiento*

    Ttulos denominados en UDIS*Ttulos reportados y prstamo de valores*Informe al SAT sobre los intereses nomi-

    nales y reales pagados por las opera-ciones financieras derivadas de deuda*

    Clculo del costo promedio ponderado de adquisicin* 3.5.9.

    3.5.10. Obligaciones de los intermediarios finan-cieros y de la institucin fiduciaria que tengan en custodia o administracin fideicomisos de deuda 3.5.10.

    3.5.11. Informacin anual al SAT de depsitos en efectivo 3.5.11.

    3.5.12. Informacin mensual al SAT de depsitos en efectivo 3.5.12.

    3.5.13. Mecanismo de contingencia para la pre-sentacin de la informacin al SAT de depsitos en efectivo 3.5.13.

    3.5.14. Declaraciones de informacin al SAT por parte de las instituciones del sistema financiero 3.5.14.

    3.5.15. Tipo de cambio de los depsitos en efec-tivo realizados en moneda extranjera y determinacin del valor de las UDIs 3.5.15.

  • 39RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.5.16. Informacin que deben proporcionar las instituciones del sistema financiero a los titulares de las cuentas concentra-doras 3.5.16.

    3.5.17. Depsitos en efectivo a travs de servi-cios ofrecidos por organismos pblicos descentralizados 3.5.17.

    3.5.18. Depsitos en efectivo en cuentas a nom-bre de fideicomisos 3.5.18.

    3.5.19. Cuentas abiertas a nombre de un comi-sionista 3.5.19.

    3.5.20. Depsitos en efectivo destinados a terce-ros 3.5.20.

    3.5.21. Informacin de pagos en efectivo entre instituciones del sistema financiero 3.5.21.

    3.5.22. Identificacin del perceptor de los intere-ses por parte de las administradoras de fondos para el retiro 3.5.22.

    3.5.23. Registro de depsitos en efectivo 3.5.23.3.5.24. Informacin referente al clculo de la ga-

    nancia o prdida por la enajenacin de acciones, ttulos u operaciones finan-cieras derivadas de capital 3.5.24.

    CAPITULO 3.6.

    DEL REGIMEN OPCIONAL PARA GRUPOS DE SOCIEDADES

    3.6.1. Documentacin que debe adjuntarse a la solicitud de autorizacin para aplicar el rgimen opcional para grupos de so-ciedades 3.6.1.

    3.6.2. Aviso de incorporacin al rgimen opcio-nal para grupos de sociedades 3.6.2.

    3.6.3. Aviso de desincorporacin de sociedades integradas del rgimen opcional para grupos de sociedades 3.6.3.

    3.6.4. Aviso de desincorporacin del rgimen op-cional para grupos de sociedades cuan-do el grupo pretenda dejar de aplicarlo No se inclua

    3.6.5. Aviso de desincorporacin del rgimen opcional para grupos de sociedades cuando la integradora ya no pueda ser considerada como tal o deje de cumplir con requisitos para serlo No se inclua

  • DOFISCAL40

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 3.7.

    DE LOS COORDINADOS

    3.7.1. CFDI por concepto de liquidacin 17 Tr RM 2016

    CAPITULO 3.8. DEL REGIMEN DE ACTIVIDADES

    AGRICOLAS, GANADERAS, SILVICOLAS Y PESQUERAS

    3.8.1. Determinacin del ISR de las personas morales del rgimen de actividades agrcolas, ganaderas, silvcolas o pes-queras 3.8.1.

    3.8.2. Determinacin del ISR de las sociedades o asociaciones de productores cons-tituidas exclusivamente por personas fsicas del rgimen de actividades agr-colas, ganaderas, silvcolas o pesque-ras 3.8.2.

    3.8.3. Determinacin del ISR de las personas fsicas del rgimen de actividades agr-colas, ganaderas, silvcolas o pesque-ras 3.8.3.

    3.8.4. Determinacin del ISR de las personas f-sicas que se dediquen exclusivamente a actividades de los sectores agrcola, ganadero, silvcola o pesquero, que ni-camente obtengan ingresos por dichas actividades y sean inferiores al valor anual de 423 UMAs 3.8.4.

    CAPITULO 3.9.

    DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES

    3.9.1. Informacin y constancias sobre dividen-dos o utilidades distribuidos y retencio-nes del impuesto sobre los mismos 3.9.1.

    3.9.2. Claves utilizadas en los comprobantes fiscales de pagos a extranjeros 3.9.2.

    3.9.3. Plazo para presentar informacin de par-tes relacionadas residentes en el ex-tranjero 3.9.3.

  • 41RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.9.4. Facilidad para no presentar informacin de operaciones con partes relaciona-das para las transacciones que se in-dican 3.9.4.

    3.9.5. Opcin para no obtener y conservar do-cumentacin comprobatoria en materia de precios de transferencia 3.9.5.

    3.9.6. Declaracin informativa de fideicomisos empresariales 3.9.6.

    3.9.7. Aviso de prstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumen-tos de capital recibidos en efectivo 3.9.7.

    3.9.8. Opcin para el operador que administre cuentas globales de operaciones finan-cieras derivadas para asumir la obliga-cin de retener el ISR 3.9.8.

    3.9.9. Deduccin de prdidas cambiarias para la determinacin de la PTU 3.9.9.

    3.9.10. Retencin del ISR cuando los dividendos o utilidades se distribuyan a fideicomi-sos 3.9.10.

    SECCION 3.9.1. DE LOS AJUSTES DE PRECIOS

    DE TRANSFERENCIA

    3.9.1.1. Ajustes de precios de transferencia No se inclua3.9.1.2. Aumento o disminucin de ingresos o de-

    ducciones derivados de ajustes de pre-cios de transferencia No se inclua

    3.9.1.3. Deduccin de ajustes de precios de trans-ferencia No se inclua

    3.9.1.4. Deduccin de ajustes de precios de transferencia que resulten de una reso-lucin emitida en trminos del artculo 34-A del CFF No se inclua

    CAPITULO 3.10.

    DEL REGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO

    LUCRATIVOS

    3.10.1. Opcin para las Administradoras de Fon-dos para el Retiro de no determinar la ganancia acumulable 3.10.1.

  • DOFISCAL42

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.10.2. Autorizacin a las organizaciones civiles y fideicomisos para recibir donativos deducibles 3.10.2.

    3.10.3. Publicacin de directorios de las organi-zaciones civiles y fideicomisos autoriza-dos para recibir donativos deducibles, revocados y no renovados 3.10.3.

    3.10.4. Vigencia de la autorizacin para recibir donativos deducibles 3.10.4.

    3.10.5. Organismos de integracin como perso-nas morales con fines no lucrativos 3.10.5.

    3.10.6. Supuestos y requisitos para recibir dona-tivos deducibles

    Objeto social o fin autorizados*Actividades a las que se podrn aplicar

    los donativos*Instituciones o asociaciones de asisten-

    cia o beneficencia privadas*Areas para la preservacin de flora y fau-

    na*Documentacin de donatarias autoriza-

    das*Donataria autorizada que modifique las

    clusulas de patrimonio y liquidacin* 3.10.6.3.10.7. Enajenacin de bienes de activo fijo reali-

    zados por SOCAP 3.10.7.3.10.8. Autorizacin para recibir donativos dedu-

    cibles en el extranjero 3.10.8.3.10.9. Procedimiento que deben observar los

    donatarios a fin de comprobar que es-tn al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales 3.10.9.

    3.10.10. Informacin relativa a actividades desti-nadas a influir en la legislacin 3.10.10.

    3.10.11. Informacin relativa a la transparencia y al uso y destino de los donativos reci-bidos y actividades destinadas a influir en la legislacin 3.10.11.

    3.10.12. Concepto de partes relacionadas para donatarias autorizadas y medio para presentar informacin 3.10.12.

    3.10.13. Solicitud de nueva autorizacin para re-cibir donativos deducibles, en caso de prdida de vigencia, revocacin o no renovacin 3.10.13.

  • 43RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.10.14. Conceptos que no se consideran rema-nente distribuible para las personas morales no contribuyentes 3.10.14.

    3.10.15. Causas de revocacin de la autorizacin para recibir donativos deducibles 3.10.15.

    3.10.16. Procedimiento que el SAT debe seguir para llevar a cabo la revocacin de la autorizacin para recibir donativos de-ducibles 3.10.16.

    3.10.17. Informacin que las organizaciones civi-les y fideicomisos autorizados para re-cibir donativos deducibles mantengan a disposicin del pblico en general 3.10.17.

    3.10.18. Instituciones de Asistencia y Beneficen-cia Privada, supuestos para obtener autorizacin para recibir donativos de-ducibles 3.10.18.

    3.10.19. Inversiones de personas morales autori-zadas para recibir donativos deducibles 3.10.19.

    3.10.20. Donatarias que apoyan proyectos de pro-ductores agrcolas y de artesanos No se inclua

    3.10.21. Plazo para obtener la renovacin de la autorizacin en el caso de prdida de vigencia No se inclua

    3.10.22. Plazo para presentar la informacin en caso de liquidacin o cambio de resi-dencia fiscal No se inclua

    3.10.23. Plazo para presentar la informacin en el caso de revocacin o prdida de vigen-cia de la autorizacin No se inclua

    3.10.24. Requisitos del CFDI que emita el receptor del patrimonio No se inclua

    3.10.25. Cuotas de Recuperacin No se inclua3.10.26. Donatarias que apoyan proyectos de pro-

    ductores agrcolas y de artesanos No se inclua

    CAPITULO 3.11. DISPOSICIONES GENERALES DE LAS PERSONAS FISICAS

    3.11.1. Presentacin de la declaracin anual por prstamos, donativos, premios, y ca-sos en que se releva de presentar el aviso de actualizacin de actividades econmicas y obligaciones 3.11.1.

  • DOFISCAL44

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.11.2. Procedimiento para realizar la retencin del ISR de trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE, al momento del retiro de los recursos de la cuenta in-dividual que cuenten con negativa de pensin 3.11.2.

    3.11.3. Procedimiento para determinar los aos de cotizacin de los trabajadores afilia-dos al IMSS en el retiro de los recursos de la cuenta individual 3.11.3.

    3.11.4. Acumulacin de ingresos provenientes de cuentas personales especiales para el ahorro, contratos de seguro para el retiro o de fondos de inversin 3.11.4.

    3.11.5. Condicin para acreditar que las perso-nas fsicas de nacionalidad extranjera que enajenan su casa habitacin son residentes en Mxico para efectos fis-cales 3.11.5.

    3.11.6. Cumplimiento de la obligacin del feda-tario pblico de sealar si el contri-buyente ha enajenado alguna casa habitacin 3.11.6.

    3.11.7. Procedimiento para determinar los aos de cotizacin de los trabajadores afilia-dos al ISSSTE en el retiro de los recur-sos de la cuenta individual 3.11.7.

    3.11.8. Operaciones de prstamo de ttulos o va-lores donde no existe enajenacin 3.11.8.

    3.11.9. Retencin por dividendos o utilidades distribuidos por sociedades residentes en el extranjero a personas fsicas resi-dentes en Mxico a travs de una bol-sa de valores o mercados reconocidos 3.11.9.

    3.11.10. Cmputo del periodo de enajenacin de acciones en bolsa 3.11.10.

    3.11.11. Compensacin de prdidas y ganancias por enajenacin de acciones en bolsa directamente y a travs de fondos de inversin 3.11.11.

  • 45RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    CAPITULO 3.12. DE LOS INGRESOS POR

    SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO

    PERSONAL SUBORDINADO

    3.12.1. Ingreso acumulable por la liquidacin de opciones para adquirir acciones 3.12.1.

    3.12.2. Opcin para la retencin del ISR por sa-larios 3.12.2.

    3.12.3. Opcin para expedir constancias de re-tenciones por salarios 3.12.3.

    3.12.4. Procedimiento y requisitos para la pre-sentacin de la constancia de sueldos pagados 3.12.4.

    3.12.5. Procedimiento para el pago provisional del ISR por salarios pagados por suje-tos no obligados a retener y por ingre-sos provenientes del extranjero 3.12.5.

    CAPITULO 3.13.

    DEL RIF

    3.13.1. Presentacin de declaraciones comple-mentarias en Mis cuentas 3.13.1.

    3.13.2. Opcin para realizar el pago en efectivo por la adquisicin de gasolina para los contribuyentes que tributan en el RIF 3.13.2.

    3.13.3. Cmputo del plazo de permanencia en el RIF 3.13.3.

    3.13.4. Efectos del aviso de suspensin de activi-dades en el RIF 3.13.4.

    3.13.5. Momento a considerar para dejar de aplicar el porcentaje de reduccin del 100% 3.13.5.

    3.13.6. Cumplimiento de obligaciones fiscales en poblaciones o zonas rurales, sin servi-cios de Internet 3.13.6.

    3.13.7. Presentacin de declaraciones bimestra-les por contribuyentes del RIF 3.13.7.

    3.13.8. Aplicacin de prdidas fiscales pendien-tes de amortizar en el RIF 3.13.8.

    3.13.9. Procedimiento que deben cumplir los contribuyentes del RIF que cambien de rgimen 3.13.9.

    3.13.10. Aviso de adquisicin de negociacin RIF 3.13.10.

  • DOFISCAL46

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.13.11. Cumplimiento de obligaciones para con-tribuyentes del RIF que adems obtie-nen ingresos de los sealados en los Captulos I, III y VI del Ttulo IV de la Ley del ISR 3.13.11.

    3.13.12. Opcin de nombrar representante comn en copropiedad 3.13.12.

    3.13.13. Deduccin de pagos a trabajadores con discapacidad y adultos mayores por contribuyentes del RIF 3.13.13.

    3.13.14. Abandono del RIF No se inclua3.13.15. Aviso de opcin para utilizar coeficiente

    de utilidad para contribuyentes del RIF No se inclua3.13.16. Procedimiento para la determinacin y

    aplicacin del coeficiente de utilidad por contribuyentes del RIF en las de-claraciones provisionales bimestrales No se inclua

    3.13.17. Procedimiento para la determinacin del clculo anual para contribuyentes del RIF que optaron por utilizar el coefi-ciente de utilidad en sus pagos bimes-trales No se inclua

    3.13.18. Plazo de permanencia y porcentajes de reduccin por ejercicio fiscal para con-tribuyentes del RIF que opten por apli-car coeficiente de utilidad No se inclua

    3.13.19. Renta gravable para efectos de la deter-minacin de la PTU para contribuyen-tes que opten por utilizar el coeficiente de utilidad en el RIF No se inclua

    3.13.20. Aplicacin de la deduccin mayor a los ingresos por contribuyentes del RIF No se inclua

    3.13.21. Cmputo del plazo para que los patrones que tributen en el RIF paguen la PTU 11.7.1.1.

    3.13.22. Listado de poblaciones o zonas rurales, sin servicios financieros 11.7.1.2.

    CAPITULO 3.14.

    DE LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL POR OTORGAR EL USO O GOCE

    TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES

    3.14.1. Opcin de los fideicomisos que arriendan inmuebles para realizar el entero de las retenciones a su cargo 3.14.1.

  • 47RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.14.2. Opcin para las personas con ingresos por arrendamiento, sueldos y salarios e intereses, puedan efectuar pagos provisionales trimestrales del ISR por arrendamiento de casa habitacin 3.14.2.

    3.14.3. Presentacin de declaraciones por arren-damiento en Mis cuentas 3.14.3.

    CAPITULO 3.15.

    DE LOS INGRESOS POR ENAJENACION DE BIENES

    3.15.1. Opcin para la actualizacin de deduc-ciones 3.15.1.

    3.15.2. Enajenacin de vehculos usados sin aplicar la disminucin del 20% anual ni actualizacin 3.15.2.

    3.15.3. Responsabilidad solidaria de fedatarios pblicos en la enajenacin de inmue-bles a plazos 3.15.3.

    3.15.4. Tarifa para el clculo de pagos provisio-nales en la enajenacin de inmuebles 3.15.4.

    3.15.5. Documento para acreditar el cumplimien-to de la obligacin de entregar al con-tribuyente la informacin relativa a la determinacin del clculo del ISR de operaciones consignadas en escrituras pblicas 3.15.5.

    3.15.6. Procedimiento para cumplir la obligacin de los fedatarios pblicos de pagar el ISR y el IVA 3.15.6.

    3.15.7. Opcin para los adquirentes de vehculos de no efectuar la retencin del ISR 3.15.7.

    3.15.8. Entero del ISR por enajenacin de inmue-bles ubicados en entidades federativas suscritas al Convenio de Colaboracin Administrativa en Materia Fiscal Federal 3.15.8.

    3.15.9. Clculo de las ganancias o prdidas en la enajenacin de acciones o ttulos en bolsa de valores por series de la emi-sora 3.15.9.

    3.15.10. Procedimiento para identificar el costo de adquisicin de acciones o ttulos cuya custodia y administracin corresponda a un intermediario distinto al que parti-cipa en su enajenacin 3.15.10.

  • DOFISCAL48

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.15.11. Costo promedio de adquisicin de accio-nes o ttulos obtenidos por personas fsicas como consecuencia de un plan de acciones o ttulos en beneficio de empleados de personas morales 3.15.11.

    3.15.12. Determinacin del costo promedio de ad-quisicin de acciones o ttulos enajena-dos en bolsa de valores 3.15.12.

    3.15.13. Aviso para no disminuir el costo de ad-quisicin en funcin de los aos tras-curridos 3.15.13.

    3.15.14. Opcin para no presentar la solicitud de autorizacin para la liberacin de la obligacin de pagar erogaciones con transferencias electrnicas, cheque no-minativo, tarjeta o monedero electrnico 3.15.14.

    CAPITULO 3.16.

    DE LOS INGRESOS POR INTERESES

    3.16.1. Clculo del costo promedio ponderado de ttulos denominados en moneda ex-tranjera

    Clculo del costo promedio ponderado de adquisicin actualizado*

    Ttulos denominados en ME*Cuentas denominadas en dlares de los

    EUA u otras divisas* 3.16.1.3.16.2. Intereses exentos del ISR, percibidos por

    SOCAP 3.16.2.3.16.3. Clculo de intereses nominales y reales

    denominados en moneda extranjeraQue se considera cobro y pago de intere-

    ses*Cuentas de cheques denominadas en ME*Intereses nominales generados por inver-

    siones o instrumentos financieros*Intereses nominales provenientes de la

    enajenacin o redencin de los instru-mentos o inversiones y su costo pro-medio ponderado*

    Clculo del inters real*Ttulos que paguen ntegramente el ren-

    dimiento a su vencimiento*Cuentas denominadas en dlares de los

    EUA u otras divisas* 3.16.3.

  • 49RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.16.4. No retencin en caso de operaciones fi-nancieras derivadas de capital referen-ciadas al tipo de cambio de una divisa 3.16.4.

    3.16.5. Entero del ISR por parte de los fondos de inversin en instrumentos de deuda 3.16.5.

    3.16.6. Casos en que los intermediarios financie-ros no efectuarn retencin del ISR

    Cuentas denominadas en ME* 3.16.6.3.16.7. Intereses de plizas de seguro 3.16.7.3.16.8. Constancia de retencin por intereses 3.16.8.3.16.9. Intereses exentos del ISR, percibidos por

    extranjeros 3.16.9.3.16.10. Opcin de las instituciones que compo-

    nen el sistema financiero de retener el ISR por la enajenacin, redencin o pago de rendimientos 3.16.10.

    3.16.11. Factor de acumulacin por depsitos o inversiones en el extranjero 3.16.11.

    3.16.12. Retencin del ISR por las instituciones de crdito o casas de bolsa en operacio-nes de prstamo de ttulos o valores 3.16.12.

    CAPITULO 3.17.

    DE LA DECLARACION ANUAL

    3.17.1. Tarifas para el clculo de los ejercicios fis-cales de 2016 y 2017 3.17.1.

    3.17.2. Presentacin de la declaracin anual por intereses reales y caso en que se releva de presentar el aviso de actua-lizacin de actividades econmicas y obligaciones 3.17.2.

    3.17.3. Fecha en que se considera presentada la declaracin anual de 2016 de personas fsicas 3.17.3.

    3.17.4. Opcin de pago en parcialidades del ISR anual de las personas fsicas

    Primera parcialidad*Clculo de la segunda y siguientes par-

    cialidades*Falta de pago de alguna parcialidad* 3.17.4.

    3.17.5. Opcin para el clculo de intereses reales deducibles de crditos hipotecarios 3.17.5.

    3.17.6. Instituciones del sistema financiero auto-rizadas para administrar planes perso-nales de retiro 3.17.6.

  • DOFISCAL50

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.17.7. Efectos fiscales de los planes personales de retiro 3.17.7.

    3.17.8. Informacin y constancias de planes per-sonales de retiro 3.17.8.

    3.17.9. Clave en el RFC en deducciones perso-nales erogadas con residentes en el extranjero 3.17.9.

    3.17.10. Aportaciones voluntarias a la cuenta in-dividual 3.17.10.

    3.17.11. Deducciones personales por pago de ser-vicios dentales 3.17.11.

    CAPITULO 3.18.

    DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO CON INGRESOS

    PROVENIENTES DE FUENTE DE RIQUEZA UBICADA EN TERRITORIO NACIONAL

    3.18.1. Documentacin necesaria para acredi-tar la calidad de fondo de pensiones y jubilaciones del extranjero y fondo de inversin o persona moral en los que participan dichos fondos 3.18.1.

    3.18.2. Exencin para las personas morales don-de participan fondos de pensiones y jubilaciones extranjeros 3.18.2.

    3.18.3. Inversiones indirectas hechas por fondos de pensiones y jubilaciones del extran-jero 3.18.3.

    3.18.4. Deducibilidad de pagos por intereses he-chos a fondos de pensiones y jubilacio-nes del extranjero y fondos soberanos extranjeros exentos 3.18.4.

    3.18.5. Opcin de no retencin del ISR por con-cepto de uso o goce temporal de bie-nes inmuebles a residentes en los Estados Unidos de Amrica 3.18.5.

    3.18.6. Aplicacin del artculo 161 de la Ley del ISR a la enajenacin de ttulos que re-presenten exclusivamente acciones de sociedades mexicanas en mercados reconocidos en el extranjero 3.18.6.

  • 51RMINDICE POR REGLAS

    Regla vigente a partir del 1-I-2017

    Regla vigente hasta el

    31-XII-2016

    3.18.7. Aplicacin del artculo 161 de la Ley del ISR a los residentes en el extranjero que obtengan ganancias derivadas de la enajenacin de acciones de un fon-do de inversin de renta variable 3.18.7.

    3.18.8. Informacin del residente en el extranjero cuando realice operaciones financieras derivadas

    Operaciones financieras derivadas de deuda realizadas por residentes en el extranjero* 3.18.8.

    3.18.9. Contraparte