resÚmen ejecutivo
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RESÚMEN EJECUTIVO.
A solicitud de Industrias Plásticas Argentinas S.R.L. se desarrolló el presente
Estudio de Impacto Ambiental Simplificado para el proyecto de operación de una planta
de producción de bolsas y film de polietileno, la cual se encuentra actualmente en
funcionamiento.
Se ha planteado como objetivo principal del proyecto el reciclado de parte de la
materia prima (polietileno).
Las bolsas de plástico están hechas de polietileno de baja densidad, polietileno
lineal, polietileno de alta densidad o de polipropileno, polímeros de plástico no
biodegradable, con espesor variable entre 18 y 30 micrómetros. El proceso de fabricación
de las bolsas de plástico incluye la extrusión de la resina, la impresión se realiza por
flexografía y barnizado. Finalmente el proceso de soldado o sellado por medio de calor y
presión.
Las bolsas de plástico son una de las formas más comunes de transporte de
alimentos y de acondicionamiento de la basura doméstica y, a través de su decoración con
los símbolos de las marcas, constituyen una forma de publicidad para las tiendas que las
distribuyen.
Anualmente, circulan en todo el mundo entre 500 mil millones y un billón de estas
bolsas.
Industrias Plásticas Argentinas S.R.L. fabrica diferentes tipos de bolsas de plástico
según su función: si es transportar alimentos, se denomina bolsa de tipo camiseta, por la
forma de las asas, es una bolsa hecha de Polietileno de Alta Densidad, que puede
transportar desde 200 gs a 12 kilos de alimentos. También fabricamos bolsas tipo film que
protegen de la acción del oxígeno en los alimentos altamente sensibles, como la carne
roja, alimentos con alto contenido de grasas, etc.
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INDICE Página
I. INFORMACION GENERAL..........................................................................................3
II. MARCO LEGAL APLICABLE.........................................................................................5
III. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO..................................................................12
IV. OBJETIVOS Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PROYECTO.............................13
V. DESCRIPCIÓN DEL AMBIENTE..................................................................................13
VI. COMPONENTES DEL PROYECTO.............................................................................16
VII. DIAGRAMA DE FLUJO DE OPERACIONES UNITARIAS............................................16
VIII. ETAPAS DEL PROCESO..........................................................................................16
IX. TECNOLOGÍA A UTILIZAR Y DETALLE DE LOS PROCESOS.........................................18
X. EQUIPOS DEL PROCESO............................................................................................23
XI. PROCESO OBTENCIÓN DE SCRAP ....................................................................................23
XII. PRODUCCIÓN ACTUAL, PRODUCCIÓN PROYECTADA
Y AUMENTO DE PRODUCCIÓN.....................................................................................25
XIII. DETALLE EXHAUSTIVOS DE MATERIAS PRIMAS
E INSUMOS DEL PROYECTO...................................................................................25
XIV. TECNOLOGÍA A UTILIZAR Y DETALLE DE LOS PROCESOS.
EQUIPOS CON CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS.......................................................26
XV. CONSUMOS Y OTROS USOS DEL AGUA. FUENTE, CALIDAD Y CANTIDAD............26
XVI. DESCRIPCIÓN DE LOS EFLUENTES LÍQUIDOS Y GASEOSOS..................................26
XVII. DESCRIPCIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS......................................26
XVIII. DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES..................................................27
XIX. PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL (PGA) .......................................................31
XX. BIBLIOGRAFÍA........................................................................................................33
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I. INFORMACIÓN GENERAL
Nombre del responsable técnico del Proyecto: Industrias Plásticas Argentinas S.R.L.
Domicilio Fiscal: Las Heras Nº 433. San Salvador de Jujuy.
Planta Industrial: Palpalá colectora S/N
Teléfonos: 0388-4253700 (fijo) / 388-480 0063 (móvil)
Correo electrónico: [email protected] / [email protected]
CUIT: 30-68735168-8
Nombre de socios titulares: Leonardo Emilio Espinosa – Alfredo Sadir
Fecha de inicio de actividades: 01/08/1996
Nombre del responsable técnico del EIA: ing. Cecilia Florencia Macchioni. MP: 1409 QI
Registro N° 141 en el Registro de Consultores en ElAs de la Provincia de Jujuy. Dirección de
Calidad Ambiental. e-mail: [email protected]
Colaboradores:
Lic. Jorge Subelza MP 74. Tel 3885877874
e-mail: [email protected]
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II. MARCO LEGAL APLICABLE
La legislatura de Jujuy sanciona con fuerza de Ley n° 5630. Prohibición del uso de bolsas
de material no biodegradable en el territorio de la provincia de Jujuy.
ARTICULO 1. – Prohíbase el uso de bolsas de papel de material no biodegradable para
contener las mercaderías, materiales o productos expedidos por supermercados,
almacenes, comercios y/o industrias en general en todo el territorio de la Provincia de
Jujuy.
ARTÍCULO 2.- Las bolsas utilizadas para contener las mercaderías, materiales o productos
expendidos por supermercados, almacenes, comercios y/o industrias en general, deberán
ser reemplazadas por bolsas de material biodegradable.
ARTICULO 3.- Quedan exceptuadas del artículo 1, el uso de bolsas de material no
biodegradable para contener alimentos o insumos húmedos, elaborados o preelaborados,
únicamente como continente o envase y todos aquellos que por razones de seguridad y
conservación no puedan reemplazarse por materiales biodegradables.
Señalamos que para el desarrollo de este proyecto se ha considerado la siguiente
normativa.
Normativa Nacional
Ley Nº 25.675 - Ley General del Ambiente
ARTÍCULO 1.- La presente ley establece los presupuestos mínimos para el logro de una
gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la
diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.
ARTÍCULO 2.- La política ambiental nacional deberá cumplir los siguientes objetivos:
a) Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad de
los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la realización de las
diferentes actividades antrópicas;
b) Promover el mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y
futuras, en forma prioritaria;
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c) Fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión;
d) Promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales;
e) Mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos;
f) Asegurar la conservación de la diversidad biológica;
g) Prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre
el ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del desarrollo;
h) Promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo
sustentable, a través de una educación ambiental, tanto en el sistema formal como en el
no formal;
i) Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a
la misma;
j) Establecer un sistema federal de coordinación interjurisdiccional, para la
implementación de políticas ambientales de escala nacional y regional
k) Establecer procedimientos y mecanismos adecuados para la minimización de riesgos
ambientales, para la prevención y mitigación de emergencias ambientales y para la
recomposición de los daños causados por la contaminación ambiental.
ARTICULO 3.- La presente ley regirá en todo el territorio de la Nación, sus disposiciones
son de orden público, operativas y se utilizarán para la interpretación y aplicación de la
legislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su vigencia en cuanto no se
oponga a los principios y disposiciones contenidas en ésta. Principios de la política
ambiental
ARTICULO 4.- La interpretación y aplicación de la presente ley, y de toda otra norma a
través de la cual se ejecute la política Ambiental, estarán sujetas al cumplimiento de los
siguientes principios: Principio de congruencia: La legislación provincial y municipal
referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la
presente ley; en caso de que así no fuere, éste prevalecerá sobre toda otra norma que se
le oponga. Principio de prevención: Las causas y las fuentes de los problemas ambientales
se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos
que sobre el ambiente se pueden producir. Principio precautorio: Cuando haya peligro de
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daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá
utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los
costos, para impedir la degradación del medio ambiente. .
Principio de equidad intergeneracional: Los responsables de la protección ambiental
deberán velar por el uso y goce apropiado del ambiente por parte de las generaciones
presentes y futuras.
Principio de progresividad: Los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma
gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un cronograma temporal
que facilite la adecuación correspondiente a las actividades relacionadas con esos
objetivos.
Principio de responsabilidad: El generador de efectos degradantes del ambiente, actuales
o futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de
recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental
que correspondan.
Principio de subsidiariedad: El Estado nacional, a través de las distintas instancias de la
administración pública, tiene la obligación de colaborar y, de ser necesario, participar en
forma complementaria en el accionar de los particulares en la preservación y protección
ambientales.
Principio de sustentabilidad: El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los
recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de
manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras.
Principio de solidaridad: La Nación y los Estados provinciales serán responsables de la
prevención y mitigación de los efectos ambientales transfronterizos adversos de su propio
accionar, así como de la minimización de los riesgos ambientales sobre los sistemas
ecológicos compartidos.
Principio de cooperación: Los recursos naturales y los sistemas ecológicos compartidos
serán utilizados en forma equitativa y racional, El tratamiento y mitigación de las
emergencias ambientales de efectos transfronterizos serán desarrollados en forma
conjunta.
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Evaluación de impacto ambiental
ARTÍCULO 11.- Toda obra o actividad que, en el territorio de la Nación, sea susceptible de
degradar el ambiente, alguno de sus componentes, o afectar la calidad de vida de la
población, en forma significativa, estará sujeta a un procedimiento de evaluación de
impacto ambiental, previo a su ejecución.
ARTÍCULO 12.- Las personas físicas o jurídicas darán inicio al procedimiento con la
presentación de una declaración jurada, en la que se manifieste si las obras o actividades
afectarán el ambiente. Las autoridades competentes determinarán la presentación de un
estudio de impacto ambiental, cuyos requerimientos estarán detallados en ley particular
y, en consecuencia, deberán realizar una evaluación de impacto ambiental y emitir una
declaración de impacto ambiental en la que se manifieste la aprobación o rechazo de los
estudios presentados.
ARTÍCULO 13.- Los estudios de impacto ambiental deberán contener, como mínimo, una
descripción detallada del proyecto de la obra o actividad a realizar, la identificación de las
consecuencias sobre el ambiente, y las acciones destinadas a mitigar los efectos negativos.
Normativa Provincial
Ley 5063 General del Medio Ambiente
Esta ley establece, las normas tendientes a protección, preservación, conservación,
defensa y mejoramiento del ambiente, promoviendo una política de desarrollo
sustentable y compatible con esos fines, que hagan posible una óptima calidad de vida
para las generaciones presentes y futuras que habiten en el territorio de la Provincia de
Jujuy
ARTÍCULO 2.- Define la evaluación del Impacto Ambiental (EIA): procedimiento técnico-
administrativo al que se refiriere el Art. 41 de la Ley N° 5063 General del Ambiente,
procedimiento destinado a identificar, prevenir, evitar o disminuir los elementos que
integran al ambiente natural y humano, los proyecto de obras o actividades públicas o
privadas.
Se entiende por Impacto Ambiental a cualquier cambio neto, positivo o negativo, que se
provoca sobre el ambiente como consecuencia, directa o indirecta, de acciones antrópicas
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que puedan producir alteraciones susceptibles de afectar la salud y la calidad de vida, la
capacidad productiva de los recursos naturales y los procesos ecológicos esenciales.
Para la ejecución de obras y/o actividades públicas o privadas a realizarse dentro del
territorio provincial, y susceptibles de producir efectos o alteraciones sobre el medio
ambiente, deberán realizarse estudios previos de impacto ambiental, que serán sometidos
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental por la autoridad de aplicación de la
Ley N° 5063, conforme lo establecido en los artículos 40 a 51 de esa Ley y en el presente
Decreto Reglamentario.
Quedan expresamente comprendidos los proyectos o acciones que desarrollen el Estado
Nacional, Provincial y Municipal.
ARTÍCULO 3.- De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 42 de la Ley
5063, los proyectos de obras o actividades incluidos en los Anexos I y II del presente
Decreto, quedan sometidos obligatoriamente al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental que se reglamenta en el presente.
ARTÍCULO 4.- Tanto los proyectos de obra o actividades comprendidos en el Anexo I,
como los del Anexo II, deberán someterse al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental, que se reglamenta por éste
Decreto, ante la autoridad de aplicación provincial. Esta última deberá adoptar las
medidas necesarias para coordinar el procedimiento con los municipios involucrados,
haciendo cumplir toda la normativa vigente, tanto provincial como municipal.
Solicitud de Factibilidad Ambiental
ARTÍCULO 5.- Previamente a cualquier otro trámite, los responsables de los proyectos de
obras o actividades incluidos en los Anexos I y II, deberán presentar ante la autoridad de
aplicación la “Solicitud de Factibilidad Ambiental” abonando el arancel mínimo que ésta
fije en concepto de tasa retributiva de servicios ambientales, la que será integrada
conforme lo establece el Art. 29º del presente reglamento. El Estado Provincial estará
exento del pago de la mencionada tasa, únicamente cuando presente proyectos a ejecutar
directamente por entes públicos provinciales. La “Solicitud de Factibilidad Ambiental”
tiene carácter de declaración jurada y debe estar firmada por los responsables legales y
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técnico del proyecto.- Si se trata de proyectos de obras o actividades incluidos en el Anexo
I, se acompañará la solicitud con la presentación del “Estudio de Impacto Ambiental
Detallado” de acuerdo a lo establecido por los artículos 7º a 14º. En el caso de proyectos
incluidos en el Anexo II, los responsables junto con la “Solicitud de Factibilidad
Ambiental”, deberán presentar un “Estudio Simplificado de Impacto Ambiental” de
acuerdo a lo pautado por el artículo 15º de este Decreto. En todos los casos, los Estudios
de Impacto Ambiental deberán ser elaborados conforme a los requisitos exigidos por el
artículo 18º, de este Decreto Reglamentario. La autoridad de aplicación podrá requerir la
cantidad de copias que resulten necesarias. Los proponentes de obras o actividades
comprendidas de los Anexos I y II del presente podrán presentar a la autoridad de
Aplicación con carácter previo al estudio de Impacto Ambiental Detallado o del Estudio
Simplificado de Impacto Ambiental, según correspondiere, un Aviso de Proyecto
solicitando de la Autoridad de Aplicación una declaración en la cual, previa evaluación
sumaria del posible impacto, magnitud y/o carácter interjurisdiccional del proyecto, se
pueda exceptuar al mismo, de cumplir con el procedimiento de Evaluación de Impacto
Ambiental previsto en este Decreto a su recalificación. Recibido el Aviso de Proyecto, la
Autoridad de Aplicación deberá recabar el correspondiente informe técnico en la forma
que establece el artículo 7. El proponente deberá pagar un arancel mínimo de la tasa
retribuida correspondiente. Dentro del plazo de diez días, la Autoridad de Aplicación se
expedirá emitiendo un acto administrativo por medio del cual: a) acepte la solicitud
emitiendo una declaración de ausencia de impactos ambientales significativos; o b)
Rechace la solicitud, disponiendo la necesidad de que el proyecto u obra en cuestión
cumpla con el procedimiento de Evaluación de Impacto ambiental, reglamentado por este
Decreto
Las características de este proyecto lo encasillan en el ANEXO II: “Proyectos sometidos al
procedimiento de evaluación de Impacto Ambiental Simplificado”
9. Industrias del Plástico y la Goma.
ARTÍCULO 16.- El Estudio de Impacto Ambiental Simplificado contendrá al menos los
siguientes contenidos:
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1. Nombre, domicilio real y legal del responsable legal y del responsable técnico del
proyecto de obra o actividad. Tratándose de personas jurídicas se acompañará copia
certificada del instrumento constitutivo y de su inscripción en el Registro correspondiente.
2. Marco Legal aplicable
3. Denominación y descripción general del proyecto.
4. Objetivos y beneficios socioeconómicos del proyecto.
5. Localización del proyecto con indicación de la jurisdicción municipal correspondiente.
6. Poblaciones más cercanas. Población afectada directa e indirectamente.
7. Superficie del terreno. Superficie cubierta existente y proyectada. Superficies afectadas.
8. Etapas del proyecto y cronogramas.
9. Consumo y otros usos del agua. Fuente, calidad y cantidad.
10. Detalle exhaustivos de materias primas e insumos del proyecto.
11. Tecnología a utilizar y detalle de los procesos.
12. Ensayos, determinaciones, estudios de campo y/o laboratorios realizados
13. Descripción de los efluentes líquidos y gaseosos, en su cantidad y calidad u otro tipo
de emisiones o vertidos, ruidos, vibraciones, olores, energía, emisiones luminosas,
partículas, etc.
14. Descripción de los residuos sólidos generados, en su cantidad y calidad.
15. Descripción de la forma de tratamiento y/o lugar de disposición de residuos.
16. Identificación, descripción y valoración de los principales impactos ambientales del
proyecto.
17. Medidas adoptadas para prevenir, evitar, eliminar, reducir o mitigar los efectos
contaminantes y el impacto ambiental en general.
18. Compromiso de adecuación a los estándares y valores fijados en los Anexos III, IV y V
de éste.
• Decreto Reglamentario 5980/06. Reglamentación de la Ley General de Medio Ambiente
Cumplidos los requisitos exigibles, la autoridad de aplicación otorgará el Certificado
Ambiental, instrumento que acredita, en forma exclusiva, la aprobación del sistema de
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manipulación, transporte, tratamiento o disposición final que los inscriptos aplicarán a los
residuos peligrosos.
Este Certificado Ambiental será renovado en forma anual.
III. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO
Industrias Plásticas Argentinas. S.R.L. se dedica a la fabricación de bolsas plásticas
de distintos gramajes, tiene 20 años de trayectoria en el mercado local y con intervención
en bocas de venta en las provincias de Jujuy, Salta y Tucumán, dedicada exclusivamente a
la fabricación de bolsas y film de polietileno.
La maquinaria existente nos permite fabricar todo tipo de bolsas demandadas
por el mercado, satisfaciendo las necesidades de industrias, comercios, publicidad, el
sector de salud (en el ámbito estatal y privado), entre otros. En nuestras instalaciones
también se producen film de polietileno de alta y baja densidad. Disponemos de equipos
impresores de alta definición y calidad de tinta para obtener una óptima flexografía de
hasta 6 colores. En lo que respecta a la fabricación de polietileno fabricamos film
termocontraíble con gran demanda, con la legislación vigente en menor cantidad al sector
supermercadista. Contamos con un mediano grado de industrialización ambientalmente
responsable, fabricamos nuestros productos a partir de materiales de primera calidad
suministrados por petroquímicas líderes en la industria del polietileno. Destacamos que
emplean mecanismos de reutilización de los recortes propios de la fabricación de los
productos, mediante el reciclado del material en nuestra propia planta, el material así
obtenido se denomina scrap (solo de reciclado de material de la propia planta), es limpio y
no está mezclado con otro tipo de plásticos y proviene del mismo proceso de fabricación,
de ésta manera puede reconvertirse, en otra etapa, como materia prima para la
fabricación de bolsas de consorcio, residuos y tubos.
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IV. OBJETIVOS Y BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS DEL PROYECTO
Objetivos Generales
• Fabricación de bolsas y films de polietileno.
• Contribuir a la política del estado provincial del cuidado del medio ambiental al
reutilizar los recortes propios de la fabricación de los productos.
Objetivos Específicos
• Producir 50 tn. de los distintos tipos de productos.
Beneficios socioeconómicos del Proyecto
La fabricación de bolsas y film de polietileno son utilizados para contener
alimentos o insumos húmedos, elaborados o preelaborados, y todos aquellos que por
razones de seguridad y conservación no puedan reemplazarse por materiales
biodegradables.
V. DESCRIPCIÓN DEL AMBIENTE
Localización y acceso al proyecto
La planta industrial de Industrias Plásticas Argentinas S.R.L. donde se fabrican las
bolsas de polietileno se ubica sobre colectora S/N, Palpalá, provincia de Jujuy.
La jurisdicción a la que corresponde es a la Municipalidad de Palpala.
La población afectada directamente es la que trabaja en la planta industrial y la
afectada indirectamente es la población que se ve beneficiada con el producto terminado.
Las coordenadas geográficas de ubicación de la planta industrial donde se
desarrolla el proyecto son:
X: 24.264898, Y: 65.217632.
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Mapa 1: Ubicación de la Planta Industrial
Foto 1: Frente de la Planta Industrial
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Para acceder al lugar desde San Salvador de Jujuy, se toma por la Ruta Nacional N°
66 con dirección a la ciudad de Palpala, al acceder al ingreso a Palpala, se debe girar a la
derecha y tomar por colectora alrededor de 450 mt.
A la izquierda de la planta procesadora de Industrias Plasticas Argentinas se
encuentra el centro de compras mayoristas y minoristas Nico.
VI. COMPONENTES DEL PROYECTO
Superficie del terreno. Superficie cubierta existente y proyectada. Superficies afectadas
Figura. Vista de la planta
El predio comprende aproximadamente 5000 m2 y con una nave industrial de
1.426 m2 donde se ubican las maquinas industriales para la fabricación de bolsas y film de
polietileno, administración, comedor, vestuarios y baños.
La superficie afectada tiene la siguiente distribución:
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Nave de producción: 1292 m2.
Administración: 64 m2
Comedor, vestuarios y baño: 70 m2
No existe superficie proyectada.
VII. DIAGRAMA DE FLUJO DE OPERACIONES UNITARIAS
VIII. ETAPAS DEL PROCESO
Se tiene 4 líneas de producción.
1 Film plástico de alta densidad. El proceso es por extrusión y laminado.
2 Film plástico de baja densidad. El proceso es por extrusión y laminado.
3 Bolsas plásticas de baja densidad. Distintos tamaños. El proceso es por extrusión,
laminado, sellado, corte e impresión. Dependiendo de los requerimientos del cliente.
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4 Bolsas plásticas de alta densidad. Distintos tamaños. El proceso es por extrusión,
laminado, sellado, corte e impresión. Dependiendo de los requerimientos del cliente.
IX. TECNOLOGÍA A UTILIZAR Y DETALLE DE LOS PROCESOS.
En todos los casos se utiliza materia prima nueva y reciclada (Scrap).
Bolsas plásticas de alta y baja densidad. (Explicación del proceso)
El proceso comienza con la mezcla del polímero de alta o baja densidad, según el
producto que se quiera obtener con Scrap (residuo plástico de producción). En las
fotografías 1, 2 y 3 se muestran el stock de materia prima del proceso. (Ver plano de
planta).
Foto 1: Stock de Scrap.
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Foto 2: Stock de polímero nuevo.
Foto 3: Stock de polímero nuevo (emeraud).
Esta mezcla es introducida a través de la tolva a la extrusora 1 donde por efectos
del calor, entre 200 y 300 °C se amalgama la materia prima. Ajustando la válvula de aire
comprimido se le da el ancho a las bolsas. La velocidad brinda el grosor de la bolsa
(densidad). El ventilador centrífugo enfría el globo plástico. Como producto de esta etapa
obtenemos una bobina de film de polietileno terminada.
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1.- EXTRUSORAS
2.- TROQUELADORAS
En esta etapa, la bobina de film de polietileno es troquelada de acuerdo a los
requerimientos de los clientes, en general los tamaños se encuentran estandarizados.
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3.- CONFECCIONADORAS En esta etapa del proceso, se realiza el corte de las bolsas tipo camiseta.
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4.- IMPRESORAS
En esta etapa del proceso se realiza la impresión de las bolsas de acuerdo a la
solicitud de los clientes con los logos de Empresas o para el objetivo que fueron creadas
las bolsas (residuos patógenos, diversos productos alimenticios, otros).
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THINER PARA PINTURAS
5.- PRODUCTO TERMINADO
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X. EQUIPOS DEL PROCESO
La planta de procesos cuenta con las siguientes maquinas:
10 extrusoras para los distintas líneas de producción (indicar producto de cada una)
2 confeccionadoras, una de 2 pistas y una de 4 pistas: confeccionan bolsas, suelda y corta
(indicar producto de cada una).
7 troqueladoras: (indicar producto de cada una).
4 impresoras de color (2 de 4 colores y 2 de 6 colores)
2 confeccionadoras tipo camiseta
XI. PROCESO OBTENCIÓN DE SCRAP
Es un proceso, que tiene como principal objetivo la recuperación de desechos
plásticos para la reutilización directa, la fabricación de nuevos productos y como
combustible.
Así pues, una bolsa reciclada proviene de otro producto plástico que ya se ha
utilizado y que por medio de un proceso fisicoquímicos se recupera para una nueva bolsa
u objeto.
Por consiguiente, el proceso de reciclado de bolsas costa de las siguientes fases:
• Separación
• Control de calidad del material
• Fundido del plástico
• Empuje a través de un extrusor
• Pequeñas piezas o bolitas de plástico
• Obtención de un nuevo producto.
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Los equipos utilizados para la producción de scrap son los siguientes: Molino,
agrumadora, y extrusora
XII. PRODUCCIÓN ACTUAL, PRODUCCIÓN PROYECTADA Y AUMENTO DE
PRODUCCIÓN.
La planta productiva se encuentra en actividad en el lugar desde el año 2015.
La producción actual es de 50 tn entre los distintos tipos de productos principales.
No se tiene producción proyectada
XIII. DETALLE EXHAUSTIVOS DE MATERIAS PRIMAS E INSUMOS DEL
PROYECTO.
Porcentaje de materia prima nueva y reutilizada para cada producto:
Se utiliza 200 litros de solvente para la impresión de las bolsas según lo solicitan los
clientes, el solvente es tipo thiner.
Pinturas: tipos y cantidades utilizadas.
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70 % pintura al agua
30 % pintura con diluyente
Proveedores de materias primas.
Frecuencia de provisión (Se necesitan más datos de la materia prima, cantidad,
frecuencia de recepción, tipo de materia prima con hojas de seguridad de cada uno)
Simpa
Alta platica
Lumprek
XIV. TECNOLOGÍA A UTILIZAR Y DETALLE DE LOS PROCESOS. EQUIPOS CON
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS.
Las extrusoras, confeccionadoras e impresoras son automáticas, utilizan energía
eléctrica.
Trifásica programados por computadora plc.
Las troqueladoras son manuales y requiere la vigilancia de un trabajador.
El horario de trabajo se divide en 3 turnos de 8 hs. cada uno, siendo:
Turno mañana: 07 a 15 hs.
Turno tarde: 15 a 23 hs.
Turno noche: 23 a 07 hs.
La dotación del personal de planta es de veinticinco (25) operarios, en el
sector de administración y ventas es de cuatro (04) personas.
XV. CONSUMOS Y OTROS USOS DEL AGUA. FUENTE, CALIDAD Y
CANTIDAD
El proceso de fabricación de bolsas y film de polietileno no requiere de consumo de
agua.
Se utiliza agua para el lavado en el proceso de Scrap pero esta es reutilizada.
XVI. DESCRIPCIÓN DE LOS EFLUENTES LÍQUIDOS Y GASEOSOS
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Efluente líquido: El proceso de fabricación de bolsas y film de polietileno no genera
efluentes líquidos, se utiliza agua para el lavado pero esta es reutilizada.
Efluente gaseoso: no genera
Emisión de partículas: no genera.
Vibraciones: solo se observa en el ingreso y egreso de camiones en forma eventual para
proveer de materia prima al proceso.
Ruidos: Si genera, el funcionamiento de las maquinas genera ruido continuo pero dentro
de los límites permitidos por la legislación, este ruido es interno, no hay fugas al exterior
de la nave.
No se ha observado que el ruido genere molestias a vecinos.
XVII. DESCRIPCIÓN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS GENERADOS
Efluentes solidos: se generan residuos sólidos urbanos, estos son depositados en un
contenedor interno y una o dos veces por semana llevados a un contenedor autorizado
que se encuentra en la ciudad de Palpala.
El proceso tiene residuos de tubos de cartón que se suman al tratamiento que se les
brinda a los residuos sólidos urbanos.
Los tanques vacíos que contenían los solventes para el proceso son retirados por
personas que realizan productos comercializables de chapa (asadores, otros).
Los pallets donde se encontraba la materia prima son depositados temporalmente
en el fondo del predio y son retirados por personas que trabajan con madera.
XVIII. DESCRIPCIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES
Identificación, descripción y valoración de los principales impactos ambientales del
proyecto
El presente ítem tiene por objeto realizar la identificación, descripción y valoración
de los potenciales impactos ambientales asociados a la actividad de fabricación de bolsas
y film de polietileno. La metodología utilizada, se basa en la propuesta de Conesa-
Fernández Vítora y se realiza la parte cualitativa de la matriz.
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La misma consta de los siguientes pasos:
Identificación de las acciones del Proyecto que pueden generar impactos
Llegada de la materia prima nueva.
Elaboración de Scrap
Elaboración de bolsas de polietileno
Elaboración de film de polietileno
Salida de productos para la comercialización
Componentes potencialmente impactados por las acciones del Proyecto
Agua.
Suelo.
Aire.
Población.
Bienes y servicios.
Identificación de los impactos ambientales
Para la identificación de los impactos ambientales se construyó una matriz Causa -
Efecto, en donde el cruce entre las filas y las columnas establece las interacciones entre el
efecto originado por las acciones que se desarrollarán durante el proyecto, y los
componentes ambientales y sociales susceptibles de recibir dicho efecto. Es decir, serán
los cruces para los cuales se valorará cualitativamente la importancia del impacto
generado.
Las interacciones identificadas se muestran a continuación (marcas de color gris).
Componente Ingreso de
materia prima
Elaboración de Scrap
Elaboración de bolsas de
polietileno
Elaboración de film de polietileno
Salida de productos para
la comercialización
Agua
Suelo
Aire
Población
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Bienes y servicios
Tabla: Matriz causa-efecto
Descripción y valoración de impactos
Los criterios que se siguieron para la valoración cualitativa de los impactos se
definen a continuación.
Criterios Efectos ambientales y valores posibles
Signo Positivo ( + ), Negativo ( - ) o Nulo ( 0 )
Intensidad (INT) Baja (1), Media (2), Alta (4), Muy Alta (8), Total (12)
Extensión (EX) Puntual (1), Parcial (2), Extensa (4), Total (8), Crítica (+4)
Momento (MO) Inmediato o Corto Plazo (4), Mediano plazo (2), Largo plazo (1),Crítico (+4)
Persistencia (PE) Fugaz (1), Temporal (2), Permanente (4)
Reversibilidad (RV) Corto Plazo (1), Medio Plazo (2), Irreversible (4)
Sinergia (SI) No Sinérgico (1), Sinérgico (2), Muy sinérgico (4)
Acumulación (AC) Simple o No acumulativo (1), Acumulativo (4)
Efecto (EF) Indirecto (1), Directo (4)
Periodicidad (PR) Discontinuo o Impredecible (1), Periódico (2), Cíclico o Continuo (4)
Recuperabilidad (MC) Inmediata (1), Medio Plazo (2), Mitigable (4), Irrecuperable (8)
Tabla: Criterios de valoración de impactos y valores es
Posteriormente se calcula la Importancia del Impacto (IMP), la cual se define como
la importancia del efecto de una acción sobre el componente considerado.
La IMP viene representada por un número que se deduce de la siguiente fórmula:
IMP = ± (3INT + 2EX + MO + PE + RV + SI + AC + EF + PR + MC)
De acuerdo al valor de importancia obtenido para cada uno de los impactos, se los
clasifica en:
Irrelevante 0 a 25: Aquel cuya recuperación es inmediata tras el cese de la actividad, y no
precisa prácticas protectoras o correctoras.
Moderado 26 a 50: Aquel cuya recuperación no precisa prácticas protectoras o
correctoras intensivas, y en el que la consecución de las condiciones ambientales iniciales
requiere cierto tiempo.
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Severo 51 a 75: Aquel en el que la recuperación de las condiciones del medio exige la
adecuación de medidas protectoras o correctoras, y en el que, aún con esas medidas,
aquella recuperación precisa un período de tiempo dilatado.
Crítico 76 a 100: Aquel cuya magnitud es superior al umbral aceptable. Con él se produce
una pérdida permanente de la calidad de las condiciones ambientales, sin posible
recuperación, incluso con la adopción de medidas protectoras o correctoras.
Acción Impactante:
Ingreso de Materia prima - Egreso de productos para su comercialización. Valoración
Signo I EX MO PE RV SI AC EF PR MC Importancia
- 1 1 4 1 1 1 1 1 2 1 15 Irrelevante
Análisis
El ingreso y egreso de camiones a la planta industrial produce un impacto mínimo
en el suelo, se encuentra asfaltado.
La intensidad es baja debido a los volúmenes que trata.
La extensión es puntual porque está limitada al lugar de ingreso y egreso de
materia prima y mercadería.
El momento es inmediato.
Se trata de un efecto no sinérgico y no acumulativo.
Se trata de un efecto negativo de carácter irrelevante por lo que no se precisa de la
implementación de medidas.
Acción Impactante:
Elaboración de Scrap Valoración
Signo I EX MO PE RV SI AC EF PR MC Importancia
+ 8 4 1 4 1 4 4 4 4 1 35 moderado Análisis
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La elaboración de Scrap es un impacto ambiental positivo, es un proceso de
reciclaje y reutilización de desechos plásticos.
Su intensidad es alta en función del beneficio para la comunidad.
La extensión en grande porque va a recuperar desechos de varios barrios de la
ciudad (disminución de residuos plásticos).
No tiene fecha de finalización el proyecto, en consecuencia es a largo plazo.
Va a ir aumentando el volumen recuperado de residuos, en consecuencia
aumentara el beneficio para la población.
Acción Impactante:
Elaboración de bolsas y film de polietileno Valoración
Signo I EX MO PE RV SI AC EF PR MC Importancia
+ 1 4 2 4 1 1 1 4 4 1 23 irrelevante Análisis
La elaboración de bolsas y film de polietileno es un impacto positivo para la
población y los bienes y servicios. Es un servicio que permite transportar y /o conservar
alimentos y otros artículos que de otra forma seria complicado o complejo su traslado y
conservación.
XIX. PROGRAMA DE GESTION AMBIENTAL (PGA)
Medidas y acciones de prevención y mitigación del impacto ambiental y rehabilitación,
restauración o recomposición del medio alterado según correspondiere.
Premisas generales del PGA
El PGA establece los procedimientos necesarios para el manejo ambientalmente
sustentable sobre la base de los impactos identificados; como así también, para asegurar
el cumplimiento de las leyes ambientales de aplicación nacional y provincial asociados al
mismo.
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El presente programa será considerado como el estándar mínimo que deberá cumplir
todo el personal asociado al Proyecto (personal, proveedores, inspectores y/o visitantes).
Se capacitará al personal en el cumplimiento del PGA.
El PGA es un documento dinámico que permite incluir aspectos que previamente no
habían sido tenidos en cuenta o por la aparición de cambios relevantes a lo largo de la
vida útil del proyecto.
Objetivos y alcances
Los objetivos principales del PGA son:
Minimizar y mitigar los posibles impactos ambientales negativos identificados.
Dar cumplimiento a las leyes y normativas ambientales.
Garantizar una gestión ambiental sustentable, mediante la implementación de
sistemas, programas y procedimientos que aseguren la protección ambiental.
El PGA es de aplicación en todas las áreas y actividades asociadas con el Proyecto.
Medidas mitigadoras generales
Se implementarán las siguientes acciones generales:
1. Se contará con un responsable ambiental.
2. Se colocarán suficientes señales de advertencia, para proteger la seguridad
pública y el ambiente.
3. Se hará mantenimiento específico sobre todos los equipos y maquinaria, o se
reemplazaran cuando así sea requerido.
4. La totalidad de los residuos, tendrán una gestión integral desde su generación y
clasificación, hasta su tratamiento y disposición final en lugares habilitados para tal efecto.
5. Se dará estricto cumplimiento a toda la normativa ambiental de orden nacional y
provincial.
6. Todo el personal afectado a la operación, sin excepción, será informado y
capacitado en la temática ambiental del Proyecto y en las medidas de protección
ambiental asociadas a su actividad.
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7. Se contará con los correspondientes planes de contingencias para eventuales
situaciones de emergencia: incendios, derrames, fugas, etc.
Medidas mitigadoras especificas del proyecto.
Las medidas se establecen para aquellos efectos identificados en la Evaluación de
Impacto Ambiental como relevantes: Moderados.
Se destaca que la mayoría de los impactos ambientales resultaron irrelevantes,
igualmente se proponen medidas de prevención a fin de evitar el efecto del impacto o
mejorar la calidad ambiental del lugar.
Cómo Reducir y Combatir el uso de Bolsas de Plástico.
Entre las principales medidas, alternativas y opciones se destacan:
• Un cambio en la cultura de usar y tirar por medio de la educación ambiental de los
ciudadanos.
• Consumo y uso racional consciente y responsable de las bolsas plásticas de un solo
uso.
• Producción y consumo sostenible.
• Gestión integral de los residuos sólidos.
• Programa de recuperación de reciclado. Reducir y combatir la contaminación
ambiental, los combustibles fósiles y muchos otros problemas ambientales.
• Cumplir la normativa en materia ambiental.
• Estilo de vida sostenible.
XX. BIBLIOGRAFÍA
Ley n° 5630. Prohibición del uso de bolsas de material no biodegradable en el territorio de
la provincia de Jujuy.
Ley Nº 25.675 - Ley General del Ambiente.
Ley 5063 General del Medio Ambiente.
Conesa Fernández Vítora, V. (1997b). Guía Metodológica para la Evaluación del Impacto
Ambiental. 3ª Edición. Ediciones Mundi-Prensa, Madrid, España, 407 pp.
Planos correspondientes a dichas Especificaciones.