requisitos de validez del acto administrativo

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Catedra: Derecho Administrativo II. Docente: Abg. Diana V Herrera A.

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Page 1: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

Catedra: Derecho Administrativo II.

Docente: Abg. Diana V Herrera A.

Page 2: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

EXISTENCIA VALIDEZ

EFICACIA

NOTIFICACION

TRASCENDENCIA

JURIDICA

LOS ELEMENTOS

ESENCIALES DEL ACTO

ADMINISTRATIVO LE DAN

Page 3: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

ARTICULO 18. LOPA

FORMA FONDO

Motivación

Exteriorización

Formalidades

Competencia

Base Legal

Pertinencia, Causa o Motivo.

Objeto

Finalidad

Page 4: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

REQUISITOS DE VALIDEZ DEL

ACTO ADMINISTRATIVO

(CONTINUACION)

PRESUNCION DE

VALIDEZ DEL ACTO

ADMINISTRATIVO

VALIDEZ DEL ACTO

ADMINISTRATIVO

Page 5: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

La nulidad es consecuencia de un vicio en los elementos

constitutivos del acto. En el derecho administrativo, el

particular o administrado sólo puede pedir la nulidad si está

legitimado, es decir solamente en los casos en que el acto

afecte sus derechos subjetivos o intereses legítimos.

Los actos administrativos, dada su condición de actos emitidos

por razón de interés público, se presumen válidos y producen

todos sus efectos mientras no se declare su nulidad mediante

los medios establecidos por la Ley

Page 6: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

INVALIDANTES

INTRASCENDENTES

VICIOS DE LOS ACTOS

ADMINISTRATIVOS

Vicios de Nulidad Absoluta y

Vicios de Nulidad Relativa

Page 7: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

1ARTICULO

19. LOPA

2

3

4

Cuando así este expresamente

determinado por una norma

constitucional o legal.

Cuando resuelvan un caso

precedentemente decidido con

carácter definitivo y que haya

creado derechos particulares, salvo

autorización expresa de la ley.

Cuando su contenido sea de

imposible o ilegal ejecución.

Cuando hubieren sido dictados por

autoridades manifiestamente

incompetentes, o con prescindencia

total y absoluta del procedimiento

legalmente establecido.

La Nulidad Absoluta, es un vicio que

conduce a una ineficacia intrínseca e

inmediata; no subsanable y en

consecuencia imprescriptible; que

tiene efectos frente a todos.

Page 8: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

Este supuesto establece que no se pueden adquirir

facultades o derechos, por actos administrativos expresos

contrarios al ordenamiento jurídico, cuando no se ostenten

los requisitos esenciales para su adquisición y ello tampoco

podrá producirse a través de la ficción jurídica calificada

como actos administrativos presuntos.

1 CUANDO ASÍ ESTE EXPRESAMENTE DETERMINADOPOR UNA NORMA CONSTITUCIONAL O LEGAL.

Page 9: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

1 CUANDO ASÍ ESTE EXPRESAMENTE DETERMINADO PORUNA NORMA CONSTITUCIONAL O LEGAL.A) POR DETERMINACION CONSTITUCIONAL

Actos que violen o menoscaben los Derechos garantizados

por la Constitución (Articulo 25. CRBV).

Usurpación de Autoridad (Articulo 138. CRBV)

Validez en la Manifestación de Voluntad del Administrado

(Articulo 97, Numerales 2 y 3. LOPA).

B) POR DETERMINACION LEGAL: Se debe examinar el

ordenamiento, para establecer una lista de causales.

Page 10: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

No se pueden adquirir derechos, por actos administrativos expresos

contrarios al ordenamiento jurídico, cuando no se ostenten los requisitos

esenciales para su adquisición. Por tanto, se requiere que la Ley que un

procedimiento, establezca que los actos creadores de derecho que se

dicten en el mismo, puedan ser revocados por la Administración en

determinados casos, y si la autorización expresa no existe, rige el

principio según el cual no pueden revocarse los actos administrativos

creadores de derechos a favor de particulares, y si se produce la

revocación, el acto revocatorio estaría viciado de nulidad absoluta.

2 CUANDO RESUELVAN UN CASO PRECEDENTEMENTEDECIDIDO CON CARÁCTER DEFINITIVO Y QUE HAYACREADO DERECHOS PARTICULARES, SALVOAUTORIZACIÓN EXPRESA DE LA LEY.

Page 11: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

El contenido del acto administrativo, puede referirse a la

aceptación o negativa de una solicitud, a disponer o autorizar

que se realice algún hecho u acto, o negarse a su realización;

en consecuencia ese objeto, como el de todo acto jurídico,

debe ser determinado, determinable, lícito y posible y por

tanto, la imposibilidad del objeto o su ilicitud e

indeterminación son vicios que lo afectan.

3 CUANDO SU CONTENIDO SEA DE IMPOSIBLE OILEGAL EJECUCIÓN.

Page 12: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

La Sala Político Administrativa de la extinta Corte Suprema de

Justicia, en sentencia de fecha 13 de Agosto de 1991 (Caso: Banco del

Caribe vs Ministerio de Hacienda) señaló que: “… Constituyen requisitos

para la validez del contenido de un acto administrativo que éste sea

determinado o determinable, posible y lícito; en forma tal, que la

imposibilidad física de dar cumplimiento al acto administrativo, constituye

un vicio que determina su nulidad absoluta, pues, la presunción de

legitimidad que apareja el acto administrativo, no puede prevalecer contra

la lógica y por eso, el Ordinal 3 del Artículo 19 de la Ley Orgánica de

Procedimientos Administrativos sanciona con la nulidad absoluta a los actos

cuyo contenido sea de imposible o ilegal ejecución…”.

3 CUANDO SU CONTENIDO SEA DE IMPOSIBLE O ILEGALEJECUCIÓN (CONTINUACION).

Page 13: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

4 CUANDO HUBIEREN SIDO DICTADOS POR AUTORIDADESMANIFIESTAMENTE INCOMPETENTES, O CONPRESCINDENCIA TOTAL Y ABSOLUTA DELPROCEDIMIENTO LEGALMENTE ESTABLECIDO:A) CUANDO HUBIEREN SIDO DICTADOS POR

AUTORIDADES MANIFIESTAMENTE INCOMPETENTES:

La Incompetencia Manifiesta, como vicio de nulidad absoluta,

se producirá cuando el funcionario dicta un acto administrativo

para el cual no estaba legalmente autorizado, o bien, cuando aún

teniendo el órgano la competencia expresa para actuar, el

funcionario encargado de ejercer esa competencia es unfuncionario de hecho o un usurpador.

Page 14: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

4 CUANDO HUBIEREN SIDO DICTADOS POR AUTORIDADESMANIFIESTAMENTE INCOMPETENTES, O CON PRESCINDENCIATOTAL Y ABSOLUTA DEL PROCEDIMIENTO LEGALMENTEESTABLECIDO:B) CUANDO HUBIEREN SIDO DICTADOS CON PRESCINDENCIA

TOTAL Y ABSOLUTA DEL PROCEDIMIENTO LEGALMENTEESTABLECIDO: Es decir que falte todo o una parte esencial del

procedimiento. Se establece la nulidad absoluta cuando: 1) Ocurra la

carencia total y absoluta de tramites procedimentales legalmente

establecidos, 2) Se aplique un procedimiento distinto al previsto por la

Ley (Desviación de Procedimiento), y 3) Cuando se prescinde de

principios y reglas esenciales para la formación de la voluntad

administrativa o se transgredan fases del procedimiento queconstituyan garantías del administrado (Principio de la Esencialidad) .

Page 15: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

ARTICULO

19. LOPA

Page 16: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

VICIOS ADMITIDOS POR VIA DE

JURISPRUDENCIA

FALSO SUPUESTO

OMISION DE TRAMITES

QUE CAUSEN INDEFENSION

ABUSO O EXCESO

DE PODER DESVIACION DE PODER

AUSENCIA DE CAUSA

Page 17: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

EL ACTO VICIADO NO

ADQUIERE FIRMEZA

CA

RA

CT

ER

IST

ICA

S

ES DE ORDEN PUBLICO VULNERA EL ORDEN JURIDICO

TANTO PARA LA ADMINISTRACION

COMO PARA EL PARTICULAR

A SOLICITUD DE PARTE (POR

EL INTERESADO) Y DE OFICIO

(POR LA ADMINISTRACION)

ES INDISPONIBLE

SE PUEDE DECLARAR

Y RECONOCER EN

CUALQUIER TIEMPO

Page 18: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

LA TEORIA DEL DERECHO

ADQUIRIDO NO SE FUNCIONALIZA

CA

RA

CT

ER

IST

ICA

S

(CO

NT

INU

AC

ION

)

EL ACTO NO ES CONVALIDABLE

ES TOTAL

ES CAUSAL PARA LA

SUSPENSION DE LOS

EFECTOS DEL ACTO

RECURRIDO

Page 19: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

ARTICULO 20. LOPA

Los vicios de los actos administrativos que no

llegaren a producir la nulidad de conformidad

con el artículo anterior, los harán anulables.

La nulidad relativa puede ser convalidada (Articulo 81. LOPA).

La nulidad relativa no permite solicitar la suspensión de efectos del Acto

Administrativo (Articulo 87. LOPA).

La nulidad relativa puede ser total o parcial (Articulo 21. LOPA).

La nulidad relativa no puede ser declarada si el acto originó derechos

subjetivos o intereses personales, legítimos y directos (Articulo 82. LOPA).

Los actos viciados de nulidad relativa pueden ser revocados en cualquier

momento por la administración (Articulo 82. LOPA).

CARACTERISTICAS

Page 20: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

Son anulables los actos administrativos regulares con

vicios leves, que no impiden la existencia de los elementos

esenciales. Si el acto ya ha sido notificado, dicha

anulabilidad debe ser solicitada en sede judicial por la

Administración; sin embargo puede ser revocado,

modificado o sustituido de oficio en sede administrativa si

el interesado: 1) Hubiere conocido el vicio, 2) Si la

revocación, modificación o sustitución lo favorece sin

perjudicar a terceros, y; 3) Si el derecho hubiera sido

otorgado a título precario.

REVOCACION, MODIFICACION

Y SUSTITUCION DE OFICIO

Page 21: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

El acto administrativo que tenga un vicio de nulidad relativa, es decir, que sea

anulable, si crea derechos a favor de los particulares y ha quedado firme (por

haberse vencido los lapsos para impugnarlos en vía administrativa o

jurisdiccional), es un acto irrevocable por la Administración y si esa revocación

se produce, el acto revocatorio estará viciado de nulidad absoluta (Artículos. 11,

19 Ordinal 2 y 82. LOPA). En caso que el acto se hubiera consumado o sea

imposible retrotraer sus efectos, sólo dará lugar a la responsabilidad de quien

dictó el acto y en su caso, a la indemnización para el afectado

IRREVOCABILIDAD DE ACTOS CON NULIDAD RELATIVA

Page 22: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

La Competencia, puede ser afectada por el Vicio de Incompetencia. Así se tiene,

que si hay incompetencia “manifiesta”, se habla de un Vicio de Nulidad Absoluta,

pero cuando la incompetencia no es “manifiesta” se habla de un Vicio de Nulidad

Relativa. Como Ejemplos, se pueden señalar: 1) Los actos administrativos

adoptados fuera del lapso fijado, adolecen de incompetencia "ratione temporis", lo

cual puede viciar al acto de nulidad relativa cuando el tiempo es esencial para la

emanación del acto, 2) La competencia territorial es un presupuesto del acto

administrativo, cuya eventual falta no constituye un vicio de incompetencia

manifiesta que produce la nulidad absoluta, sino una simple nulidad relativa que

puede ser convalidada.

TEORIA DE LA INCOMPETENCIA

Page 23: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

La Incompetencia Relativa, a diferencia de la Incompetencia Manifiesta se produce

cuando el funcionario que dictó el acto pertenece al mismo organismo al que

correspondía efectuar la actuación, pero le faltó una autorización del superior o el

cumplimiento de algún extremo en particular. Tal situación permite que el acto sea

anulado por la autoridad judicial, porque es anulable, siempre y cuando medie petición

de parte interesada. Cuando la incompetencia es simple o relativa, el acto no es nulo de

pleno derecho, sino simplemente anulable y puede ser convalidado por el superior

jerárquico que sea competente o puede ser declarado nulo por la autoridad judicial.

TEORIA DE LA INCOMPETENCIA (CONTINUACION)

Page 24: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

Cuando el Objeto, se encuentra afectado de ilegalidad, indeterminación, o de

imposibilidad en su ejecución, se halla viciado de Nulidad Absoluta (Articulo 19,

Ordinal 3. LOPA); sin embargo, fuera de estos supuestos, cualquier otro vicio que

presente el objeto constituye un vicio de Nulidad Relativa (Articulo 20. LOPA).

TEORIA DEL ACTO DE ILEGAL, INDETERMINADA O

IMPOSIBLE EJECUCION

Page 25: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

En este caso se hace referencia al elemento Causa, de los Actos Administrativos, en

este sentido, el Abuso o Exceso de Poder, es definido como el desmedido uso de las

atribuciones que le han sido conferidas a un órgano administrativo, lo cual

equivaldría al excesivo celo, a la aplicación desmesurada, esto es, a todo aquello

que rebasa los límites del correcto y buen ejercicio de los poderes conferidos por la

norma atributiva de competencia y funciones, pero si la Administración carece de

esa competencia, no puede ejercer en exceso una facultad que no le ha sido

acordada. Ello se da cuando no existe proporción o adecuación entre la causa, los

motivos y/o presupuestos de hecho que sirvieron de base al funcionario u órgano

autor del acto recurrido para dictar su decisión.

TEORIA DEL ABUSO O EXCESO DE PODER

Page 26: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

En este caso también se hace referencia al elemento Causa, de los Actos

Administrativos, y consiste en la falsedad de los supuestos motivos en que se

basó el funcionario que dictó el acto, o que el acto esta fundamentado en

motivos diferentes a los que debieron servir de fundamento a la decisión, que no

fueron tomados en cuenta o cuando existe una ausencia total de los supuestos

que deben servir de sustento del acto. Igualmente, este vicio consiste en una

mala apreciación de los elementos materiales existentes en el procedimiento

administrativo, de manera que de haberse apreciado correctamente la decisión

hubiere sido otra; pero si la falsedad es sobre unos motivos, y no sobre el resto,

no puede decirse que la base de sustentación de la decisión sea falsa, sino que

por el contrario, la certeza y demostración del resto de los motivos impiden la

nulidad del acto.

TEORIA DEL FALSO SUPUESTO

Page 27: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

1) AUSENCIA TOTAL Y ABSOLUTA DE LOS HECHOS: Se da cuando la

Administración se fundamenta en hechos que no ocurrieron, o no fueron probados o

simplemente la Administración, en la fase constitutiva del procedimiento no logró

demostrar o probar la existencia de los hechos que legitiman el ejercicio de su potestad.

2) ERROR EN LA APRECIACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS HECHOS: Surge

cuando la Administración fundamenta su decisión en hechos que no se corresponden en el

supuesto de la norma que consagra el poder jurídico de actuación. En este caso, puede

señalarse que existe un hecho que fue demostrado, pero la Administración incurre en una

errada apreciación y calificación, atribuyéndoles consecuencias no previstas.

3) TERGIVERSACIÓN EN LA INTERPRETACIÓN DE LOS HECHOS: En este

supuesto, la Administración tergiversa la interpretación y calificación de los hechos

ocurridos para forzar la aplicación de una norma.

Page 28: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE

JUSTICIA, SENTENCIA NÚMERO 01117 DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE

2002. MAGISTRADO PONENTE DR. LEVIS IGNACIO ZERPA

“El vicio de falso supuesto se patentiza de dos maneras, a saber: cuando la

Administración, al dictar un acto administrativo, fundamenta su decisión en hechos

inexistentes, falsos o no relacionados con el o los asuntos objeto de decisión, incurre en el

Vicio de Falso Supuesto de Hecho. Ahora, cuando los hechos que dan origen a la decisión

administrativa existen, se corresponden con lo acontecido y son verdaderos, pero la

Administración al dictar el acto los subsume en una norma errónea o inexistente en el

universo normativo para fundamentar su decisión, lo cual incide decisivamente en la

esfera de los derechos subjetivos del administrado, se está en presencia de un Falso

Supuesto de Derecho que acarrearía la anulabilidad del acto. "

Page 29: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

En este caso, se hace referencia al elemento Finalidad, de los Actos

Administrativos, surgiendo este vicio, cuando la Administración al

emanarlos, actúa con fines distintos de aquellos para los cuales, explícita

o implicitamente, la ley configuró la facultad o el deber de dictarlos. En

otras palabras, la desviación de poder es un vicio de los actos

administrativos que persiguen un fin distinto al querido por el legislador

al establecer la facultad para actuar del órgano administrativo, vicio que

implica la demostración de los hechos que prueben un fin torcido o

desviado perseguido por el órgano. Existe desviación de poder cuando

el acto aun siendo formal y sustancialmente acorde con la ley, no lo es

desde el punto de vista teleológico por cuanto la Administración al

dictarlo no persigue el fin a cuyo logro le fue acordada la facultad, sino

un fin distinto que es por sí mismo contrario a derecho.

TEORIA DE LA DESVIACION DE PODER

Page 30: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

Este vicio pretende controlar la intención de la Administración, algo que va más

allá del simple examen de la apariencia del acto para permitir que se escudriñe en

los motivos reales y concretos que tuvo el autor. Para que se tipifique la

desviación de poder no se requiere que el fin distinto perseguido por el acto sea

contrario a la ley, basta que sea contrario al objetivo que con el acto que se dicta

se trata de conseguir. La desviación de poder es un vicio que afecta el fin del acto,

para Alibert “es el hecho del agente administrativo que realizando un acto de su

competencia y respetando las formas impuestas por la legislación, usa de su

poder en casos, por motivos y para fines distintos de aquellos en vista de los

cuales este poder le ha sido conferido”

TEORIA DE LA DESVIACION DE PODER

(CONTINUACION)

Page 31: Requisitos de Validez del Acto Administrativo

Abg. Diana V Herrera AE-Mail: [email protected]

[email protected]: @dianaherrera22