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. .' .' /. REPÚBLICA DE COLOMBIA libertad y Orden .", , 0- -- --- .' ,- . MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO DECRET'Ü NÚME'R0114 2 DE 2016 "Por el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capítulo 11 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, y se adoptan otras disposiciones" EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, en desarrollo de la Ley 1709 de 2014 y, CONSIDERANDO Que en desarrollo del mandato contenido en el artículo 49 de la Constitución Política, mediante la Ley 1709 de 2014 se reformaron varias disposiciones de la Ley 65 de 1993, en especial aquellas relativas a la prestación de los servicios de salud a las personas privadas de la libertad, creándose el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad como una cuenta especial de la Nación, con independencia patrimonial, contable y estadística, sin personería jurídica, constituida por recursos del Presupuesto General de la Nación, con el fin de garantizar el acceso a la salud de la población privada de la libertad. Que en cumplimento de tales disposiciones normativas, se reglamentó a través del Decreto 2245 de 2015, que adicionó el Decreto 1069 de 2015, lo relacionado con la prestación de los servicios de salud a las personas privadas de la libertad bajo la custodia y vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), atendiendo a las competencias a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC, el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y demás entidades involucradas. Que se hace necesario adecuar algunas disposiciones contempladas en el precitado Decreto 1069 de 2015, consultando la realidad administrativa de las entidades responsables, sus competencias específicas y la dinámica y exigencias especiales que demanda la ejecución de los recursos que constituyen el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad, para garantizar en debida forma la prestación de los servicios de salud a esta población . En mérito de lo expuesto, DECRETA Artículo 1.- Modifíquese el parágrafo del artículo 2.2.1.11.1.1 del Decreto 1069 de 2015, el cual quedará así: "Artículo 2.2.1.11.1.1. Objeto y ámbito de aplicación. (... ) Parágrafo. La población privada de la libertad y los menores de tres (3) años que convivan

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REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

libertad yOrden

0shy~ ~ ~ -- --- -

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO

DECRETUuml NUacuteMER0114 2 DE 2016

Por el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposiciones

EL PRESIDENTE DE LA REPUacuteBLICA DE COLOMBIA

En uso de las facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 11 del artiacuteculo 189 de la Constitucioacuten Poliacutetica y el artiacuteculo 54 de la Ley 489 de 1998 en

desarrollo de la Ley 1709 de 2014 y

CONSIDERANDO

Que en desarrollo del mandato contenido en el artiacuteculo 49 de la Constitucioacuten Poliacutetica mediante la Ley 1709 de 2014 se reformaron varias disposiciones de la Ley 65 de 1993 en especial aquellas relativas a la prestacioacuten de los servicios de salud a las personas privadas de la libertad creaacutendose el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad como una cuenta especial de la Nacioacuten con independencia patrimonial contable y estadiacutestica sin personeriacutea juriacutedica constituida por recursos del Presupuesto General de la Nacioacuten con el fin de garantizar el acceso a la salud de la poblacioacuten privada de la libertad

Que en cumplimento de tales disposiciones normativas se reglamentoacute a traveacutes del Decreto 2245 de 2015 que adicionoacute el Decreto 1069 de 2015 lo relacionado con la prestacioacuten de los servicios de salud a las personas privadas de la libertad bajo la custodia y vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) atendiendo a las competencias a cargo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y demaacutes entidades involucradas

Que se hace necesario adecuar algunas disposiciones contempladas en el precitado Decreto 1069 de 2015 consultando la realidad administrativa de las entidades responsables sus competencias especiacuteficas y la dinaacutemica y exigencias especiales que demanda la ejecucioacuten de los recursos que constituyen el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad para garantizar en debida forma la prestacioacuten de los servicios de salud a esta poblacioacuten

En meacuterito de lo expuesto

DECRETA

Artiacuteculo 1- Modifiacutequese el paraacutegrafo del artiacuteculo 2211111 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211111 Objeto y aacutembito de aplicacioacuten ( )

Paraacutegrafo La poblacioacuten privada de la libertad y los menores de tres (3) antildeos que convivan

DECRETO - NUacuteMER01142 Paacutegina 2 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del TItulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentariacutea del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposicionesraquo

con sus madres en los establecimientos de reclusioacuten los servicios a traveacutes del esquema de prestacioacuten de salud definido en el presente capiacutetulo y conforme al Modelo Atencioacuten en Salud se adopte

Sin la poblacioacuten de la libertad que se encuentre afiliada al Reacutegimen Contributivo o a regiacutemenes exceptuados o especiales conservaraacute su afiliacioacuten y la de su grupo familiar mientras continuacutee cumpliendo con las condiciones establecidas para pertenecer a dichos regiacutemenes en los teacuterminos definidos por la ley y sus reglamentos y podraacute conservar su vinculacioacuten a un Plan Voluntario de Salud estos casos las Entidades Promotoras de Salud - EPS las entidades que administran los regiacutemenes excepcionales y especiales y la

deberaacuten adoptar los mecanismos financieros y operativos para viabiacuteliacutezar lo dispuesto en el presente inciso respecto de la atencioacuten intramural de los servicios de salud de la Poblacioacuten Privada la a cargo INPEC

Artiacuteculo Modifiacutequese el numeral 4 artiacuteculo 2211112 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211112 Principios

( ) 4 Corresponsabilidad El Estado las privadas de la libertad que trata el

capiacutetulo y sus familias seraacuten corresponsables en la garantiacutea del derecho a la salud ( )

Artiacuteculo Adicioacutenese un artiacuteculo a la seccioacuten 1 del capiacutetulo 11 del tiacutetulo 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1069 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211113 Atencioacuten en salud de personas en prisioacuten domiciliaria La atencioacuten en salud de personas en prisioacuten domiciliaria prestada atendiendo

reglas

1 con las condiciones pertenecer al reacutegimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud pOdraacuten mantener la afiliacioacuten al mismo en condicioacuten de o

personas que cumplan con las condiciones a un reglmen especial o de en mantendraacuten la afiliacioacuten al mismo cumpliendo con los requisitos respectivos para pertenecer al reacutegimen correspondiente

3 Las personas que no al reacutegimen contributivo del General de Seguridad Social en Salud a un reacutegimen especial o de excepcioacuten seraacuten cubiertas por el subsidiado del Sistema Seguridad en Salud

para

Atendiendo las reglas previamente sentildealadas el INPEC llevaraacute el control de que cumplan con lo dispuesto en el presente artiacuteculo y remitiraacute al Ministerio de

Salud y Proteccioacuten Social la informacioacuten necesaria de dichas poblaciones en eacuteste defina

Paraacutegrafo poblacioacuten indiacutegena recluida en centros de armonizacioacuten conservaraacute su afiliacioacuten al reacutegimen subsidiado en salud bajo las condiciones de la normativa vigente

Artiacuteculo 4- Modifiacutequense el numeral 2 y Y adicioacutenense numerales 8 9 10 Y 11 t Y los paraacutegrafos 4 y 5 al artiacuteculo 111 del Decreto 1069 de 5 los cuales quedaraacuten asl

Artiacuteculo 22111 Destinacioacuten de los recursos del Fondo

( )

DECRETO N~~o111~2 Paacutegina 3 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Caprtulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposiciones )

2 Contratacioacuten de las tecnologiacuteas de salud que deberaacuten ser garantizadas a la poblacioacuten privada de la libertad de que trata el presente capiacutetulo conforme el marco juriacutedico vigente en especial la Ley 1751 de 2015

( )

7 Pago de la comisioacuten fiduciaria y los gastos administrativos incluida la defensa judicial del Patrimonio Autoacutenomo para la atencioacuten de las controversias que se susciten por causa o con ocasioacuten del cumplimiento de los objetivos del Fondo Nacional de Salud de las personas Privadas de la Libertad

8 Contratacioacuten y mantenimiento de los sistemas de informacioacuten requeridos para la prestacioacuten y seguimiento de los servicios de salud para las personas privadas de la libertad de que trata el presente capiacutetulo

9 Financiacioacuten mediante transferencia al Fondo de Solidaridad y Garantiacutea o a quien haga sus veces de las Unidades de Pago por Capitacioacuten de la poblacioacuten privada de la libertad afiliada al Reacutegimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud

10 Financiacioacuten mediante transferencia al Fondo de Solidaridad y Garantiacutea o a quien haga sus veces de las tecnologiacuteas en salud no cubiertas por el aseguramiento de la poblacioacuten privada de la libertad afiliada a cualquiera de los regiacutemenes del Sistema General de Seguridad Social en Salud

11 Financiacioacuten mediante transferencia a las instituciones encargadas de administrar los regiacutemenes especiales y de excepcioacuten del valor percaacutepita del respectivo reacutegimen para atender a la poblacioacuten privada de la libertad afiliada a los mismos

( )

Paraacutegrafo 4 Sin perjuicio de las destinaciones dispuestas en el presente artiacuteculo las tecnologiacuteas en salud a cargo del Fondo Nacional de Salud para la poblacioacuten privada de la libertad cuando asiacute lo determine su Consejo Directivo podraacuten ser garantizados a traveacutes de esquemas de aseguramiento

Paraacutegrafo 5 No seraacuten financiables con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Salud para la poblacioacuten privada de la libertad las actividades intervenciones procedimientos servicios tratamientos medicamentos y otras tecnologiacuteas meacutedicas que cumplan con las caracteriacutesticas definidas por el artiacuteculo 154 de la Ley 1450 de 2011 y el artiacuteculo 15 de la Ley 1751 de 2015 Lo anterior sin perjuicio de que las mismas cumplan con los criterios jurisprudenciales que permitan su reconocimiento

Artiacuteculo 5- Modifiacutequense los incisos primero y segundo del artiacuteculo 22111 24 del Decreto 1069 de 2015 los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 2211124 Estimacioacuten del costo anual de los servicios La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) elaboraraacute anualmente el anteproyecto de presupuesto del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y lo someteraacute a revisioacuten del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad para la remisioacuten de la solicitud de asignacioacuten al Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

En todo caso las entidades que integran el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad deberaacuten prestar toda la colaboracioacuten

iexcl

DECRETO 4 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

la determinacioacuten la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto

Artiacuteculo 6- Modifiacutequese el artiacuteculo 11131 del Decreto 1069 de 2015 el

Artiacuteculo 2211131 Contratacioacuten los servicios de salud reglamento del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad definiraacute las contrataciones deberaacuten someterse al anaacutelisis y recomendacioacuten directa de sus miembros y los lineamientos generales que deberaacuten contrataciones

entidad fiduciaria acuerdo con las instrucciones que le sean impartidas por la USPEC con en las recomendaciones y lineamientos que trata el inciso anterior contrataraacute con personas juriacutedicas o naturales y efectuaraacute los en los teacuterminos se estipulen en dichos contratos con cargo a los recursos del Fondo

Paraacutegrafo la contratacioacuten de la atencioacuten en salud a la poblacioacuten privada la libertad a cargo del INPEC se daraacute prioridad a regionales que garanticen la prestacioacuten de servicios salud intramurales y extra murales a traveacutes de un rocgttri

de servicios de salud Entidades Promotoras de Salud Cajas Compensacioacuten Familiar con salud o una eacutestos Cuando sea una o un programa de salud de una Caja de Compensacioacuten Familiar la que opere el modelo de atencioacuten para la poblacioacuten a que este capiacutetulo no obligada a cumplir las normas de habilitacioacuten financiera previstas en el Decreto 780 de 201 con respecto a poblacioacuten

Artiacuteculo 7- Modifiacutequese el artiacuteculo 111 del Decreto 1 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 22111 Funciones de la USPEC En desarrollo las funciones previstas en el Decreto-Iey 4150 de 2011 y demaacutes leyes que fijen sus competencias corresponde a la Unidad de Penitenciarios y (USPEC) en con la prestacioacuten de servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Analizar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y con la asesoriacutea del Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social la situacioacuten de salud la poblacioacuten privada de la libertad y el efecto de los determinantes sociales en la misma para la planeacioacuten de la atencioacuten y su modificacioacuten realizando la medicioacuten cuantitativa

riesgos a partir del Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) de la informacioacuten suministrada por los prestadores

los de salud y informacioacuten disponible

2 Contratar la entidad fiduciaria con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas la Libertad y establecer las condiciones para que dicha

contrate la prestacioacuten integral y oportuna de los servicios de salud para la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con las decisiones del Consejo Directivo del Fondo asiacute como con el Modelo en Servicios Salud establecido y teniendo en consideracioacuten los respectivos manuales teacutecnicos administrativos para la prestacioacuten de servicios de que se adopten

3 Contratar actividades supervisioacuten e sobre el contrato fiducia mercantil que se suscriba con los recursos del Fondo Nacional de Salud de Personas Privadas la Libertad de acuerdo a lo previsto en el numeral 6 del artiacuteculo

111 del presente capiacutetulo

- 114 2 DECRETO NUMERO Pagina 5 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tftulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Adelantar auditodas permitan la evaluacioacuten y continua la calidad de los servicios salud que propicien el adecuado uso de los recursos del Fondo

5 Garantizar la construccioacuten mantenimiento y adecuacioacuten de la infraestructura destinada a la atencioacuten en de las privadas la libertad dentro de los establecimientos de reclusioacuten orden nacional

6 Adelantar las acciones para la implementacioacuten Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la libertad en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en materia de salud puacuteblica expida el Ministerio Salud y Proteccioacuten Social

8 Reportar al Ministerio Salud y Proteccioacuten Social la informacioacuten correspondiente a la atencioacuten en salud de la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con los lineamientos establecidos en la normatividad vigente y previo acuerdo articulacioacuten de informacioacuten con el Sistema Informacioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

9 Expedir en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (lNPEC) los Manuales Administrativos para la prestacioacuten de servicios de salud que se requieran conforme a particularidades diferenciales de cada establecimiento de reclusioacuten acorde con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada la libertad que se

10 demaacutes que sean necesarias la prestacioacuten de los servicios salud a la poblacioacuten privada de la libertad

Artiacuteculo 8- Modifiacutequese el artiacuteculo 11133 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111 Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario shyINPEC desarrollo de las funciones previstas en el Decreto-ley 4151 de 2011 y demaacutes leyes que sus competencias corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y (1 en con la prestacioacuten de los servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Mantener y actualizar el Sistema Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y (SISIPEC) en relacioacuten con la informacioacuten referida a la poblacioacuten privada la libertad incluyendo la situacioacuten y atenciones en salud de esta poblacioacuten a partir la informacioacuten suministrada por prestadores de los servicios de salud por la central de referencia y contrarreferencia al igual que la informacioacuten de intereacutes en salud puacuteblica y toda aquella sea la y

de los servicios de salud

2 la articulacioacuten e interoperabilidad entre el Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) y de informacioacuten de los prestadores de servicios de salud y los de la USPEC

3 Garantizar las condiciones y medios para el traslado de personas privadas la libertad a la prestacioacuten de servicios de salud tanto al interior de los de reclusioacuten como cuando se requiera atencioacuten extramural de conformidad con los artiacuteculos 22111 y 111424 del presente capiacutetulo y acciones para garantizar la y

DECRETO ~ NUacuteMeR01142 Paacutegina 6 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

4 Reportar al Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la informacioacuten las personas bajo su vigilancia y custodia en los teacuterminos y condiciones INPEC la depuracioacuten y actualizacioacuten la informacioacuten suministrada en las bases de datos

5 en coordinacioacuten con la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) los Manuales Teacutecnicos Administrativos para la prestacioacuten servicios de salud que se requieran conforme a las particularidades diferenciales de cada establecimiento

reclusioacuten con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad que se establezca

6 Adelantar en coordinacioacuten con la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios shylas acciones necesarias requeridas para la implementacioacuten del Modelo de

Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con la USPEC y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en salud puacuteblica expida el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social en coordinacioacuten con las autoridades territoriales de salud y

prestadores de servicios

8 Las demaacutes que sean necesarias para la prestacioacuten de los servicios salud la poblacioacuten la libertad

Artiacuteculo Modifiacutequese el inciso primero del artiacuteculo 111 del Decreto 1069 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211135 Sistemas de Informacioacuten El Sistema Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) la fuente principal informacioacuten autoridades salud y judiciales en lo relativo a las condiciones de reclusioacuten al igual respecto del estado y atenciones en salud de cada una las la se encuentren bajo custodia del Sistema Penitenciario y Carcelario

( r Artiacuteculo 10- Adicioacutenese un paraacutegrafo 3 al artiacuteculo 111422 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111422 Atencioacuten intramural

( )

Paraacutegrafo 3 La supervisioacuten y el seguimiento a la prestacioacuten de los en la modalidad iacutentramural seraacute contratada con cargo a los recursos del Fondo sin pe~uiacutecio del apoyo a la supervisioacuten que preste el INPEC deberaacute certificar la 1ltgt

realizacioacuten de las labores intramurales por parte del personal de salud en las condiciones que le sean solicitadas

Artiacuteculo 11- Modifiacutequese el primero del artiacuteculo 11181 del Decreto 1 069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211181 Gradualidad y transitoriedad esquema para la prestacioacuten de servicios de salud privadas la libertad que trata el presente capiacutetulo se implementaraacute de forma gradual implementacioacuten total deberaacute realizarse antes del 30 de noviembre 2016 ( )

DECRETO Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Artiacuteculo 12- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

PueLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

iacute ~ 1) lH~lt~ ~in (~ 1~ ~ ~ ~ jj ~ ~ U) n

El Ministro de Justicia y del Derecho

El Ministro de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

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~b4CAMA 1M tAM ~ ~ ~ MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

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El Ministro de Salud y Proteccioacuten Social

EJA OiexclIAIA URIBE

DECRETO - NUacuteMER01142 Paacutegina 2 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del TItulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentariacutea del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposicionesraquo

con sus madres en los establecimientos de reclusioacuten los servicios a traveacutes del esquema de prestacioacuten de salud definido en el presente capiacutetulo y conforme al Modelo Atencioacuten en Salud se adopte

Sin la poblacioacuten de la libertad que se encuentre afiliada al Reacutegimen Contributivo o a regiacutemenes exceptuados o especiales conservaraacute su afiliacioacuten y la de su grupo familiar mientras continuacutee cumpliendo con las condiciones establecidas para pertenecer a dichos regiacutemenes en los teacuterminos definidos por la ley y sus reglamentos y podraacute conservar su vinculacioacuten a un Plan Voluntario de Salud estos casos las Entidades Promotoras de Salud - EPS las entidades que administran los regiacutemenes excepcionales y especiales y la

deberaacuten adoptar los mecanismos financieros y operativos para viabiacuteliacutezar lo dispuesto en el presente inciso respecto de la atencioacuten intramural de los servicios de salud de la Poblacioacuten Privada la a cargo INPEC

Artiacuteculo Modifiacutequese el numeral 4 artiacuteculo 2211112 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211112 Principios

( ) 4 Corresponsabilidad El Estado las privadas de la libertad que trata el

capiacutetulo y sus familias seraacuten corresponsables en la garantiacutea del derecho a la salud ( )

Artiacuteculo Adicioacutenese un artiacuteculo a la seccioacuten 1 del capiacutetulo 11 del tiacutetulo 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1069 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211113 Atencioacuten en salud de personas en prisioacuten domiciliaria La atencioacuten en salud de personas en prisioacuten domiciliaria prestada atendiendo

reglas

1 con las condiciones pertenecer al reacutegimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud pOdraacuten mantener la afiliacioacuten al mismo en condicioacuten de o

personas que cumplan con las condiciones a un reglmen especial o de en mantendraacuten la afiliacioacuten al mismo cumpliendo con los requisitos respectivos para pertenecer al reacutegimen correspondiente

3 Las personas que no al reacutegimen contributivo del General de Seguridad Social en Salud a un reacutegimen especial o de excepcioacuten seraacuten cubiertas por el subsidiado del Sistema Seguridad en Salud

para

Atendiendo las reglas previamente sentildealadas el INPEC llevaraacute el control de que cumplan con lo dispuesto en el presente artiacuteculo y remitiraacute al Ministerio de

Salud y Proteccioacuten Social la informacioacuten necesaria de dichas poblaciones en eacuteste defina

Paraacutegrafo poblacioacuten indiacutegena recluida en centros de armonizacioacuten conservaraacute su afiliacioacuten al reacutegimen subsidiado en salud bajo las condiciones de la normativa vigente

Artiacuteculo 4- Modifiacutequense el numeral 2 y Y adicioacutenense numerales 8 9 10 Y 11 t Y los paraacutegrafos 4 y 5 al artiacuteculo 111 del Decreto 1069 de 5 los cuales quedaraacuten asl

Artiacuteculo 22111 Destinacioacuten de los recursos del Fondo

( )

DECRETO N~~o111~2 Paacutegina 3 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Caprtulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposiciones )

2 Contratacioacuten de las tecnologiacuteas de salud que deberaacuten ser garantizadas a la poblacioacuten privada de la libertad de que trata el presente capiacutetulo conforme el marco juriacutedico vigente en especial la Ley 1751 de 2015

( )

7 Pago de la comisioacuten fiduciaria y los gastos administrativos incluida la defensa judicial del Patrimonio Autoacutenomo para la atencioacuten de las controversias que se susciten por causa o con ocasioacuten del cumplimiento de los objetivos del Fondo Nacional de Salud de las personas Privadas de la Libertad

8 Contratacioacuten y mantenimiento de los sistemas de informacioacuten requeridos para la prestacioacuten y seguimiento de los servicios de salud para las personas privadas de la libertad de que trata el presente capiacutetulo

9 Financiacioacuten mediante transferencia al Fondo de Solidaridad y Garantiacutea o a quien haga sus veces de las Unidades de Pago por Capitacioacuten de la poblacioacuten privada de la libertad afiliada al Reacutegimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud

10 Financiacioacuten mediante transferencia al Fondo de Solidaridad y Garantiacutea o a quien haga sus veces de las tecnologiacuteas en salud no cubiertas por el aseguramiento de la poblacioacuten privada de la libertad afiliada a cualquiera de los regiacutemenes del Sistema General de Seguridad Social en Salud

11 Financiacioacuten mediante transferencia a las instituciones encargadas de administrar los regiacutemenes especiales y de excepcioacuten del valor percaacutepita del respectivo reacutegimen para atender a la poblacioacuten privada de la libertad afiliada a los mismos

( )

Paraacutegrafo 4 Sin perjuicio de las destinaciones dispuestas en el presente artiacuteculo las tecnologiacuteas en salud a cargo del Fondo Nacional de Salud para la poblacioacuten privada de la libertad cuando asiacute lo determine su Consejo Directivo podraacuten ser garantizados a traveacutes de esquemas de aseguramiento

Paraacutegrafo 5 No seraacuten financiables con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Salud para la poblacioacuten privada de la libertad las actividades intervenciones procedimientos servicios tratamientos medicamentos y otras tecnologiacuteas meacutedicas que cumplan con las caracteriacutesticas definidas por el artiacuteculo 154 de la Ley 1450 de 2011 y el artiacuteculo 15 de la Ley 1751 de 2015 Lo anterior sin perjuicio de que las mismas cumplan con los criterios jurisprudenciales que permitan su reconocimiento

Artiacuteculo 5- Modifiacutequense los incisos primero y segundo del artiacuteculo 22111 24 del Decreto 1069 de 2015 los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 2211124 Estimacioacuten del costo anual de los servicios La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) elaboraraacute anualmente el anteproyecto de presupuesto del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y lo someteraacute a revisioacuten del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad para la remisioacuten de la solicitud de asignacioacuten al Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

En todo caso las entidades que integran el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad deberaacuten prestar toda la colaboracioacuten

iexcl

DECRETO 4 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

la determinacioacuten la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto

Artiacuteculo 6- Modifiacutequese el artiacuteculo 11131 del Decreto 1069 de 2015 el

Artiacuteculo 2211131 Contratacioacuten los servicios de salud reglamento del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad definiraacute las contrataciones deberaacuten someterse al anaacutelisis y recomendacioacuten directa de sus miembros y los lineamientos generales que deberaacuten contrataciones

entidad fiduciaria acuerdo con las instrucciones que le sean impartidas por la USPEC con en las recomendaciones y lineamientos que trata el inciso anterior contrataraacute con personas juriacutedicas o naturales y efectuaraacute los en los teacuterminos se estipulen en dichos contratos con cargo a los recursos del Fondo

Paraacutegrafo la contratacioacuten de la atencioacuten en salud a la poblacioacuten privada la libertad a cargo del INPEC se daraacute prioridad a regionales que garanticen la prestacioacuten de servicios salud intramurales y extra murales a traveacutes de un rocgttri

de servicios de salud Entidades Promotoras de Salud Cajas Compensacioacuten Familiar con salud o una eacutestos Cuando sea una o un programa de salud de una Caja de Compensacioacuten Familiar la que opere el modelo de atencioacuten para la poblacioacuten a que este capiacutetulo no obligada a cumplir las normas de habilitacioacuten financiera previstas en el Decreto 780 de 201 con respecto a poblacioacuten

Artiacuteculo 7- Modifiacutequese el artiacuteculo 111 del Decreto 1 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 22111 Funciones de la USPEC En desarrollo las funciones previstas en el Decreto-Iey 4150 de 2011 y demaacutes leyes que fijen sus competencias corresponde a la Unidad de Penitenciarios y (USPEC) en con la prestacioacuten de servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Analizar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y con la asesoriacutea del Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social la situacioacuten de salud la poblacioacuten privada de la libertad y el efecto de los determinantes sociales en la misma para la planeacioacuten de la atencioacuten y su modificacioacuten realizando la medicioacuten cuantitativa

riesgos a partir del Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) de la informacioacuten suministrada por los prestadores

los de salud y informacioacuten disponible

2 Contratar la entidad fiduciaria con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas la Libertad y establecer las condiciones para que dicha

contrate la prestacioacuten integral y oportuna de los servicios de salud para la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con las decisiones del Consejo Directivo del Fondo asiacute como con el Modelo en Servicios Salud establecido y teniendo en consideracioacuten los respectivos manuales teacutecnicos administrativos para la prestacioacuten de servicios de que se adopten

3 Contratar actividades supervisioacuten e sobre el contrato fiducia mercantil que se suscriba con los recursos del Fondo Nacional de Salud de Personas Privadas la Libertad de acuerdo a lo previsto en el numeral 6 del artiacuteculo

111 del presente capiacutetulo

- 114 2 DECRETO NUMERO Pagina 5 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tftulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Adelantar auditodas permitan la evaluacioacuten y continua la calidad de los servicios salud que propicien el adecuado uso de los recursos del Fondo

5 Garantizar la construccioacuten mantenimiento y adecuacioacuten de la infraestructura destinada a la atencioacuten en de las privadas la libertad dentro de los establecimientos de reclusioacuten orden nacional

6 Adelantar las acciones para la implementacioacuten Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la libertad en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en materia de salud puacuteblica expida el Ministerio Salud y Proteccioacuten Social

8 Reportar al Ministerio Salud y Proteccioacuten Social la informacioacuten correspondiente a la atencioacuten en salud de la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con los lineamientos establecidos en la normatividad vigente y previo acuerdo articulacioacuten de informacioacuten con el Sistema Informacioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

9 Expedir en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (lNPEC) los Manuales Administrativos para la prestacioacuten de servicios de salud que se requieran conforme a particularidades diferenciales de cada establecimiento de reclusioacuten acorde con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada la libertad que se

10 demaacutes que sean necesarias la prestacioacuten de los servicios salud a la poblacioacuten privada de la libertad

Artiacuteculo 8- Modifiacutequese el artiacuteculo 11133 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111 Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario shyINPEC desarrollo de las funciones previstas en el Decreto-ley 4151 de 2011 y demaacutes leyes que sus competencias corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y (1 en con la prestacioacuten de los servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Mantener y actualizar el Sistema Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y (SISIPEC) en relacioacuten con la informacioacuten referida a la poblacioacuten privada la libertad incluyendo la situacioacuten y atenciones en salud de esta poblacioacuten a partir la informacioacuten suministrada por prestadores de los servicios de salud por la central de referencia y contrarreferencia al igual que la informacioacuten de intereacutes en salud puacuteblica y toda aquella sea la y

de los servicios de salud

2 la articulacioacuten e interoperabilidad entre el Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) y de informacioacuten de los prestadores de servicios de salud y los de la USPEC

3 Garantizar las condiciones y medios para el traslado de personas privadas la libertad a la prestacioacuten de servicios de salud tanto al interior de los de reclusioacuten como cuando se requiera atencioacuten extramural de conformidad con los artiacuteculos 22111 y 111424 del presente capiacutetulo y acciones para garantizar la y

DECRETO ~ NUacuteMeR01142 Paacutegina 6 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

4 Reportar al Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la informacioacuten las personas bajo su vigilancia y custodia en los teacuterminos y condiciones INPEC la depuracioacuten y actualizacioacuten la informacioacuten suministrada en las bases de datos

5 en coordinacioacuten con la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) los Manuales Teacutecnicos Administrativos para la prestacioacuten servicios de salud que se requieran conforme a las particularidades diferenciales de cada establecimiento

reclusioacuten con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad que se establezca

6 Adelantar en coordinacioacuten con la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios shylas acciones necesarias requeridas para la implementacioacuten del Modelo de

Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con la USPEC y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en salud puacuteblica expida el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social en coordinacioacuten con las autoridades territoriales de salud y

prestadores de servicios

8 Las demaacutes que sean necesarias para la prestacioacuten de los servicios salud la poblacioacuten la libertad

Artiacuteculo Modifiacutequese el inciso primero del artiacuteculo 111 del Decreto 1069 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211135 Sistemas de Informacioacuten El Sistema Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) la fuente principal informacioacuten autoridades salud y judiciales en lo relativo a las condiciones de reclusioacuten al igual respecto del estado y atenciones en salud de cada una las la se encuentren bajo custodia del Sistema Penitenciario y Carcelario

( r Artiacuteculo 10- Adicioacutenese un paraacutegrafo 3 al artiacuteculo 111422 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111422 Atencioacuten intramural

( )

Paraacutegrafo 3 La supervisioacuten y el seguimiento a la prestacioacuten de los en la modalidad iacutentramural seraacute contratada con cargo a los recursos del Fondo sin pe~uiacutecio del apoyo a la supervisioacuten que preste el INPEC deberaacute certificar la 1ltgt

realizacioacuten de las labores intramurales por parte del personal de salud en las condiciones que le sean solicitadas

Artiacuteculo 11- Modifiacutequese el primero del artiacuteculo 11181 del Decreto 1 069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211181 Gradualidad y transitoriedad esquema para la prestacioacuten de servicios de salud privadas la libertad que trata el presente capiacutetulo se implementaraacute de forma gradual implementacioacuten total deberaacute realizarse antes del 30 de noviembre 2016 ( )

DECRETO Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Artiacuteculo 12- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

PueLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

iacute ~ 1) lH~lt~ ~in (~ 1~ ~ ~ ~ jj ~ ~ U) n

El Ministro de Justicia y del Derecho

El Ministro de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

r

~b4CAMA 1M tAM ~ ~ ~ MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

r~

El Ministro de Salud y Proteccioacuten Social

EJA OiexclIAIA URIBE

DECRETO N~~o111~2 Paacutegina 3 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Caprtulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposiciones )

2 Contratacioacuten de las tecnologiacuteas de salud que deberaacuten ser garantizadas a la poblacioacuten privada de la libertad de que trata el presente capiacutetulo conforme el marco juriacutedico vigente en especial la Ley 1751 de 2015

( )

7 Pago de la comisioacuten fiduciaria y los gastos administrativos incluida la defensa judicial del Patrimonio Autoacutenomo para la atencioacuten de las controversias que se susciten por causa o con ocasioacuten del cumplimiento de los objetivos del Fondo Nacional de Salud de las personas Privadas de la Libertad

8 Contratacioacuten y mantenimiento de los sistemas de informacioacuten requeridos para la prestacioacuten y seguimiento de los servicios de salud para las personas privadas de la libertad de que trata el presente capiacutetulo

9 Financiacioacuten mediante transferencia al Fondo de Solidaridad y Garantiacutea o a quien haga sus veces de las Unidades de Pago por Capitacioacuten de la poblacioacuten privada de la libertad afiliada al Reacutegimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud

10 Financiacioacuten mediante transferencia al Fondo de Solidaridad y Garantiacutea o a quien haga sus veces de las tecnologiacuteas en salud no cubiertas por el aseguramiento de la poblacioacuten privada de la libertad afiliada a cualquiera de los regiacutemenes del Sistema General de Seguridad Social en Salud

11 Financiacioacuten mediante transferencia a las instituciones encargadas de administrar los regiacutemenes especiales y de excepcioacuten del valor percaacutepita del respectivo reacutegimen para atender a la poblacioacuten privada de la libertad afiliada a los mismos

( )

Paraacutegrafo 4 Sin perjuicio de las destinaciones dispuestas en el presente artiacuteculo las tecnologiacuteas en salud a cargo del Fondo Nacional de Salud para la poblacioacuten privada de la libertad cuando asiacute lo determine su Consejo Directivo podraacuten ser garantizados a traveacutes de esquemas de aseguramiento

Paraacutegrafo 5 No seraacuten financiables con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Salud para la poblacioacuten privada de la libertad las actividades intervenciones procedimientos servicios tratamientos medicamentos y otras tecnologiacuteas meacutedicas que cumplan con las caracteriacutesticas definidas por el artiacuteculo 154 de la Ley 1450 de 2011 y el artiacuteculo 15 de la Ley 1751 de 2015 Lo anterior sin perjuicio de que las mismas cumplan con los criterios jurisprudenciales que permitan su reconocimiento

Artiacuteculo 5- Modifiacutequense los incisos primero y segundo del artiacuteculo 22111 24 del Decreto 1069 de 2015 los cuales quedaraacuten asiacute

Artiacuteculo 2211124 Estimacioacuten del costo anual de los servicios La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) elaboraraacute anualmente el anteproyecto de presupuesto del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y lo someteraacute a revisioacuten del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad para la remisioacuten de la solicitud de asignacioacuten al Ministerio de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

En todo caso las entidades que integran el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad deberaacuten prestar toda la colaboracioacuten

iexcl

DECRETO 4 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

la determinacioacuten la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto

Artiacuteculo 6- Modifiacutequese el artiacuteculo 11131 del Decreto 1069 de 2015 el

Artiacuteculo 2211131 Contratacioacuten los servicios de salud reglamento del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad definiraacute las contrataciones deberaacuten someterse al anaacutelisis y recomendacioacuten directa de sus miembros y los lineamientos generales que deberaacuten contrataciones

entidad fiduciaria acuerdo con las instrucciones que le sean impartidas por la USPEC con en las recomendaciones y lineamientos que trata el inciso anterior contrataraacute con personas juriacutedicas o naturales y efectuaraacute los en los teacuterminos se estipulen en dichos contratos con cargo a los recursos del Fondo

Paraacutegrafo la contratacioacuten de la atencioacuten en salud a la poblacioacuten privada la libertad a cargo del INPEC se daraacute prioridad a regionales que garanticen la prestacioacuten de servicios salud intramurales y extra murales a traveacutes de un rocgttri

de servicios de salud Entidades Promotoras de Salud Cajas Compensacioacuten Familiar con salud o una eacutestos Cuando sea una o un programa de salud de una Caja de Compensacioacuten Familiar la que opere el modelo de atencioacuten para la poblacioacuten a que este capiacutetulo no obligada a cumplir las normas de habilitacioacuten financiera previstas en el Decreto 780 de 201 con respecto a poblacioacuten

Artiacuteculo 7- Modifiacutequese el artiacuteculo 111 del Decreto 1 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 22111 Funciones de la USPEC En desarrollo las funciones previstas en el Decreto-Iey 4150 de 2011 y demaacutes leyes que fijen sus competencias corresponde a la Unidad de Penitenciarios y (USPEC) en con la prestacioacuten de servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Analizar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y con la asesoriacutea del Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social la situacioacuten de salud la poblacioacuten privada de la libertad y el efecto de los determinantes sociales en la misma para la planeacioacuten de la atencioacuten y su modificacioacuten realizando la medicioacuten cuantitativa

riesgos a partir del Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) de la informacioacuten suministrada por los prestadores

los de salud y informacioacuten disponible

2 Contratar la entidad fiduciaria con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas la Libertad y establecer las condiciones para que dicha

contrate la prestacioacuten integral y oportuna de los servicios de salud para la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con las decisiones del Consejo Directivo del Fondo asiacute como con el Modelo en Servicios Salud establecido y teniendo en consideracioacuten los respectivos manuales teacutecnicos administrativos para la prestacioacuten de servicios de que se adopten

3 Contratar actividades supervisioacuten e sobre el contrato fiducia mercantil que se suscriba con los recursos del Fondo Nacional de Salud de Personas Privadas la Libertad de acuerdo a lo previsto en el numeral 6 del artiacuteculo

111 del presente capiacutetulo

- 114 2 DECRETO NUMERO Pagina 5 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tftulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Adelantar auditodas permitan la evaluacioacuten y continua la calidad de los servicios salud que propicien el adecuado uso de los recursos del Fondo

5 Garantizar la construccioacuten mantenimiento y adecuacioacuten de la infraestructura destinada a la atencioacuten en de las privadas la libertad dentro de los establecimientos de reclusioacuten orden nacional

6 Adelantar las acciones para la implementacioacuten Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la libertad en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en materia de salud puacuteblica expida el Ministerio Salud y Proteccioacuten Social

8 Reportar al Ministerio Salud y Proteccioacuten Social la informacioacuten correspondiente a la atencioacuten en salud de la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con los lineamientos establecidos en la normatividad vigente y previo acuerdo articulacioacuten de informacioacuten con el Sistema Informacioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

9 Expedir en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (lNPEC) los Manuales Administrativos para la prestacioacuten de servicios de salud que se requieran conforme a particularidades diferenciales de cada establecimiento de reclusioacuten acorde con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada la libertad que se

10 demaacutes que sean necesarias la prestacioacuten de los servicios salud a la poblacioacuten privada de la libertad

Artiacuteculo 8- Modifiacutequese el artiacuteculo 11133 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111 Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario shyINPEC desarrollo de las funciones previstas en el Decreto-ley 4151 de 2011 y demaacutes leyes que sus competencias corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y (1 en con la prestacioacuten de los servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Mantener y actualizar el Sistema Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y (SISIPEC) en relacioacuten con la informacioacuten referida a la poblacioacuten privada la libertad incluyendo la situacioacuten y atenciones en salud de esta poblacioacuten a partir la informacioacuten suministrada por prestadores de los servicios de salud por la central de referencia y contrarreferencia al igual que la informacioacuten de intereacutes en salud puacuteblica y toda aquella sea la y

de los servicios de salud

2 la articulacioacuten e interoperabilidad entre el Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) y de informacioacuten de los prestadores de servicios de salud y los de la USPEC

3 Garantizar las condiciones y medios para el traslado de personas privadas la libertad a la prestacioacuten de servicios de salud tanto al interior de los de reclusioacuten como cuando se requiera atencioacuten extramural de conformidad con los artiacuteculos 22111 y 111424 del presente capiacutetulo y acciones para garantizar la y

DECRETO ~ NUacuteMeR01142 Paacutegina 6 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

4 Reportar al Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la informacioacuten las personas bajo su vigilancia y custodia en los teacuterminos y condiciones INPEC la depuracioacuten y actualizacioacuten la informacioacuten suministrada en las bases de datos

5 en coordinacioacuten con la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) los Manuales Teacutecnicos Administrativos para la prestacioacuten servicios de salud que se requieran conforme a las particularidades diferenciales de cada establecimiento

reclusioacuten con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad que se establezca

6 Adelantar en coordinacioacuten con la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios shylas acciones necesarias requeridas para la implementacioacuten del Modelo de

Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con la USPEC y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en salud puacuteblica expida el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social en coordinacioacuten con las autoridades territoriales de salud y

prestadores de servicios

8 Las demaacutes que sean necesarias para la prestacioacuten de los servicios salud la poblacioacuten la libertad

Artiacuteculo Modifiacutequese el inciso primero del artiacuteculo 111 del Decreto 1069 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211135 Sistemas de Informacioacuten El Sistema Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) la fuente principal informacioacuten autoridades salud y judiciales en lo relativo a las condiciones de reclusioacuten al igual respecto del estado y atenciones en salud de cada una las la se encuentren bajo custodia del Sistema Penitenciario y Carcelario

( r Artiacuteculo 10- Adicioacutenese un paraacutegrafo 3 al artiacuteculo 111422 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111422 Atencioacuten intramural

( )

Paraacutegrafo 3 La supervisioacuten y el seguimiento a la prestacioacuten de los en la modalidad iacutentramural seraacute contratada con cargo a los recursos del Fondo sin pe~uiacutecio del apoyo a la supervisioacuten que preste el INPEC deberaacute certificar la 1ltgt

realizacioacuten de las labores intramurales por parte del personal de salud en las condiciones que le sean solicitadas

Artiacuteculo 11- Modifiacutequese el primero del artiacuteculo 11181 del Decreto 1 069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211181 Gradualidad y transitoriedad esquema para la prestacioacuten de servicios de salud privadas la libertad que trata el presente capiacutetulo se implementaraacute de forma gradual implementacioacuten total deberaacute realizarse antes del 30 de noviembre 2016 ( )

DECRETO Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Artiacuteculo 12- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

PueLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

iacute ~ 1) lH~lt~ ~in (~ 1~ ~ ~ ~ jj ~ ~ U) n

El Ministro de Justicia y del Derecho

El Ministro de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

r

~b4CAMA 1M tAM ~ ~ ~ MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

r~

El Ministro de Salud y Proteccioacuten Social

EJA OiexclIAIA URIBE

DECRETO 4 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

la determinacioacuten la elaboracioacuten del anteproyecto de presupuesto

Artiacuteculo 6- Modifiacutequese el artiacuteculo 11131 del Decreto 1069 de 2015 el

Artiacuteculo 2211131 Contratacioacuten los servicios de salud reglamento del Consejo Directivo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad definiraacute las contrataciones deberaacuten someterse al anaacutelisis y recomendacioacuten directa de sus miembros y los lineamientos generales que deberaacuten contrataciones

entidad fiduciaria acuerdo con las instrucciones que le sean impartidas por la USPEC con en las recomendaciones y lineamientos que trata el inciso anterior contrataraacute con personas juriacutedicas o naturales y efectuaraacute los en los teacuterminos se estipulen en dichos contratos con cargo a los recursos del Fondo

Paraacutegrafo la contratacioacuten de la atencioacuten en salud a la poblacioacuten privada la libertad a cargo del INPEC se daraacute prioridad a regionales que garanticen la prestacioacuten de servicios salud intramurales y extra murales a traveacutes de un rocgttri

de servicios de salud Entidades Promotoras de Salud Cajas Compensacioacuten Familiar con salud o una eacutestos Cuando sea una o un programa de salud de una Caja de Compensacioacuten Familiar la que opere el modelo de atencioacuten para la poblacioacuten a que este capiacutetulo no obligada a cumplir las normas de habilitacioacuten financiera previstas en el Decreto 780 de 201 con respecto a poblacioacuten

Artiacuteculo 7- Modifiacutequese el artiacuteculo 111 del Decreto 1 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 22111 Funciones de la USPEC En desarrollo las funciones previstas en el Decreto-Iey 4150 de 2011 y demaacutes leyes que fijen sus competencias corresponde a la Unidad de Penitenciarios y (USPEC) en con la prestacioacuten de servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Analizar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y con la asesoriacutea del Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social la situacioacuten de salud la poblacioacuten privada de la libertad y el efecto de los determinantes sociales en la misma para la planeacioacuten de la atencioacuten y su modificacioacuten realizando la medicioacuten cuantitativa

riesgos a partir del Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) de la informacioacuten suministrada por los prestadores

los de salud y informacioacuten disponible

2 Contratar la entidad fiduciaria con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas la Libertad y establecer las condiciones para que dicha

contrate la prestacioacuten integral y oportuna de los servicios de salud para la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con las decisiones del Consejo Directivo del Fondo asiacute como con el Modelo en Servicios Salud establecido y teniendo en consideracioacuten los respectivos manuales teacutecnicos administrativos para la prestacioacuten de servicios de que se adopten

3 Contratar actividades supervisioacuten e sobre el contrato fiducia mercantil que se suscriba con los recursos del Fondo Nacional de Salud de Personas Privadas la Libertad de acuerdo a lo previsto en el numeral 6 del artiacuteculo

111 del presente capiacutetulo

- 114 2 DECRETO NUMERO Pagina 5 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tftulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Adelantar auditodas permitan la evaluacioacuten y continua la calidad de los servicios salud que propicien el adecuado uso de los recursos del Fondo

5 Garantizar la construccioacuten mantenimiento y adecuacioacuten de la infraestructura destinada a la atencioacuten en de las privadas la libertad dentro de los establecimientos de reclusioacuten orden nacional

6 Adelantar las acciones para la implementacioacuten Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la libertad en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en materia de salud puacuteblica expida el Ministerio Salud y Proteccioacuten Social

8 Reportar al Ministerio Salud y Proteccioacuten Social la informacioacuten correspondiente a la atencioacuten en salud de la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con los lineamientos establecidos en la normatividad vigente y previo acuerdo articulacioacuten de informacioacuten con el Sistema Informacioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

9 Expedir en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (lNPEC) los Manuales Administrativos para la prestacioacuten de servicios de salud que se requieran conforme a particularidades diferenciales de cada establecimiento de reclusioacuten acorde con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada la libertad que se

10 demaacutes que sean necesarias la prestacioacuten de los servicios salud a la poblacioacuten privada de la libertad

Artiacuteculo 8- Modifiacutequese el artiacuteculo 11133 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111 Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario shyINPEC desarrollo de las funciones previstas en el Decreto-ley 4151 de 2011 y demaacutes leyes que sus competencias corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y (1 en con la prestacioacuten de los servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Mantener y actualizar el Sistema Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y (SISIPEC) en relacioacuten con la informacioacuten referida a la poblacioacuten privada la libertad incluyendo la situacioacuten y atenciones en salud de esta poblacioacuten a partir la informacioacuten suministrada por prestadores de los servicios de salud por la central de referencia y contrarreferencia al igual que la informacioacuten de intereacutes en salud puacuteblica y toda aquella sea la y

de los servicios de salud

2 la articulacioacuten e interoperabilidad entre el Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) y de informacioacuten de los prestadores de servicios de salud y los de la USPEC

3 Garantizar las condiciones y medios para el traslado de personas privadas la libertad a la prestacioacuten de servicios de salud tanto al interior de los de reclusioacuten como cuando se requiera atencioacuten extramural de conformidad con los artiacuteculos 22111 y 111424 del presente capiacutetulo y acciones para garantizar la y

DECRETO ~ NUacuteMeR01142 Paacutegina 6 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

4 Reportar al Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la informacioacuten las personas bajo su vigilancia y custodia en los teacuterminos y condiciones INPEC la depuracioacuten y actualizacioacuten la informacioacuten suministrada en las bases de datos

5 en coordinacioacuten con la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) los Manuales Teacutecnicos Administrativos para la prestacioacuten servicios de salud que se requieran conforme a las particularidades diferenciales de cada establecimiento

reclusioacuten con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad que se establezca

6 Adelantar en coordinacioacuten con la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios shylas acciones necesarias requeridas para la implementacioacuten del Modelo de

Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con la USPEC y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en salud puacuteblica expida el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social en coordinacioacuten con las autoridades territoriales de salud y

prestadores de servicios

8 Las demaacutes que sean necesarias para la prestacioacuten de los servicios salud la poblacioacuten la libertad

Artiacuteculo Modifiacutequese el inciso primero del artiacuteculo 111 del Decreto 1069 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211135 Sistemas de Informacioacuten El Sistema Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) la fuente principal informacioacuten autoridades salud y judiciales en lo relativo a las condiciones de reclusioacuten al igual respecto del estado y atenciones en salud de cada una las la se encuentren bajo custodia del Sistema Penitenciario y Carcelario

( r Artiacuteculo 10- Adicioacutenese un paraacutegrafo 3 al artiacuteculo 111422 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111422 Atencioacuten intramural

( )

Paraacutegrafo 3 La supervisioacuten y el seguimiento a la prestacioacuten de los en la modalidad iacutentramural seraacute contratada con cargo a los recursos del Fondo sin pe~uiacutecio del apoyo a la supervisioacuten que preste el INPEC deberaacute certificar la 1ltgt

realizacioacuten de las labores intramurales por parte del personal de salud en las condiciones que le sean solicitadas

Artiacuteculo 11- Modifiacutequese el primero del artiacuteculo 11181 del Decreto 1 069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211181 Gradualidad y transitoriedad esquema para la prestacioacuten de servicios de salud privadas la libertad que trata el presente capiacutetulo se implementaraacute de forma gradual implementacioacuten total deberaacute realizarse antes del 30 de noviembre 2016 ( )

DECRETO Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Artiacuteculo 12- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

PueLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

iacute ~ 1) lH~lt~ ~in (~ 1~ ~ ~ ~ jj ~ ~ U) n

El Ministro de Justicia y del Derecho

El Ministro de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

r

~b4CAMA 1M tAM ~ ~ ~ MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

r~

El Ministro de Salud y Proteccioacuten Social

EJA OiexclIAIA URIBE

- 114 2 DECRETO NUMERO Pagina 5 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tftulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Adelantar auditodas permitan la evaluacioacuten y continua la calidad de los servicios salud que propicien el adecuado uso de los recursos del Fondo

5 Garantizar la construccioacuten mantenimiento y adecuacioacuten de la infraestructura destinada a la atencioacuten en de las privadas la libertad dentro de los establecimientos de reclusioacuten orden nacional

6 Adelantar las acciones para la implementacioacuten Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la libertad en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en materia de salud puacuteblica expida el Ministerio Salud y Proteccioacuten Social

8 Reportar al Ministerio Salud y Proteccioacuten Social la informacioacuten correspondiente a la atencioacuten en salud de la poblacioacuten privada de la libertad de acuerdo con los lineamientos establecidos en la normatividad vigente y previo acuerdo articulacioacuten de informacioacuten con el Sistema Informacioacuten del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)

9 Expedir en coordinacioacuten con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (lNPEC) los Manuales Administrativos para la prestacioacuten de servicios de salud que se requieran conforme a particularidades diferenciales de cada establecimiento de reclusioacuten acorde con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada la libertad que se

10 demaacutes que sean necesarias la prestacioacuten de los servicios salud a la poblacioacuten privada de la libertad

Artiacuteculo 8- Modifiacutequese el artiacuteculo 11133 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111 Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario shyINPEC desarrollo de las funciones previstas en el Decreto-ley 4151 de 2011 y demaacutes leyes que sus competencias corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y (1 en con la prestacioacuten de los servicios de salud de la poblacioacuten privada de la libertad

1 Mantener y actualizar el Sistema Informacioacuten de Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y (SISIPEC) en relacioacuten con la informacioacuten referida a la poblacioacuten privada la libertad incluyendo la situacioacuten y atenciones en salud de esta poblacioacuten a partir la informacioacuten suministrada por prestadores de los servicios de salud por la central de referencia y contrarreferencia al igual que la informacioacuten de intereacutes en salud puacuteblica y toda aquella sea la y

de los servicios de salud

2 la articulacioacuten e interoperabilidad entre el Sistema de Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) y de informacioacuten de los prestadores de servicios de salud y los de la USPEC

3 Garantizar las condiciones y medios para el traslado de personas privadas la libertad a la prestacioacuten de servicios de salud tanto al interior de los de reclusioacuten como cuando se requiera atencioacuten extramural de conformidad con los artiacuteculos 22111 y 111424 del presente capiacutetulo y acciones para garantizar la y

DECRETO ~ NUacuteMeR01142 Paacutegina 6 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

4 Reportar al Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la informacioacuten las personas bajo su vigilancia y custodia en los teacuterminos y condiciones INPEC la depuracioacuten y actualizacioacuten la informacioacuten suministrada en las bases de datos

5 en coordinacioacuten con la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) los Manuales Teacutecnicos Administrativos para la prestacioacuten servicios de salud que se requieran conforme a las particularidades diferenciales de cada establecimiento

reclusioacuten con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad que se establezca

6 Adelantar en coordinacioacuten con la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios shylas acciones necesarias requeridas para la implementacioacuten del Modelo de

Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con la USPEC y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en salud puacuteblica expida el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social en coordinacioacuten con las autoridades territoriales de salud y

prestadores de servicios

8 Las demaacutes que sean necesarias para la prestacioacuten de los servicios salud la poblacioacuten la libertad

Artiacuteculo Modifiacutequese el inciso primero del artiacuteculo 111 del Decreto 1069 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211135 Sistemas de Informacioacuten El Sistema Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) la fuente principal informacioacuten autoridades salud y judiciales en lo relativo a las condiciones de reclusioacuten al igual respecto del estado y atenciones en salud de cada una las la se encuentren bajo custodia del Sistema Penitenciario y Carcelario

( r Artiacuteculo 10- Adicioacutenese un paraacutegrafo 3 al artiacuteculo 111422 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111422 Atencioacuten intramural

( )

Paraacutegrafo 3 La supervisioacuten y el seguimiento a la prestacioacuten de los en la modalidad iacutentramural seraacute contratada con cargo a los recursos del Fondo sin pe~uiacutecio del apoyo a la supervisioacuten que preste el INPEC deberaacute certificar la 1ltgt

realizacioacuten de las labores intramurales por parte del personal de salud en las condiciones que le sean solicitadas

Artiacuteculo 11- Modifiacutequese el primero del artiacuteculo 11181 del Decreto 1 069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211181 Gradualidad y transitoriedad esquema para la prestacioacuten de servicios de salud privadas la libertad que trata el presente capiacutetulo se implementaraacute de forma gradual implementacioacuten total deberaacute realizarse antes del 30 de noviembre 2016 ( )

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Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Artiacuteculo 12- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

PueLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

iacute ~ 1) lH~lt~ ~in (~ 1~ ~ ~ ~ jj ~ ~ U) n

El Ministro de Justicia y del Derecho

El Ministro de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

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El Ministro de Salud y Proteccioacuten Social

EJA OiexclIAIA URIBE

DECRETO ~ NUacuteMeR01142 Paacutegina 6 de 7

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el Capiacutetulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del y se adoptan otras disposiciones )

4 Reportar al Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) la informacioacuten las personas bajo su vigilancia y custodia en los teacuterminos y condiciones INPEC la depuracioacuten y actualizacioacuten la informacioacuten suministrada en las bases de datos

5 en coordinacioacuten con la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) los Manuales Teacutecnicos Administrativos para la prestacioacuten servicios de salud que se requieran conforme a las particularidades diferenciales de cada establecimiento

reclusioacuten con el Modelo de Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad que se establezca

6 Adelantar en coordinacioacuten con la Unidad Servicios Penitenciarios y Carcelarios shylas acciones necesarias requeridas para la implementacioacuten del Modelo de

Atencioacuten en Salud para la Poblacioacuten Privada de la Libertad

7 Coadyuvar en coordinacioacuten con la USPEC y las entidades territoriales la implementacioacuten los lineamientos en salud puacuteblica expida el Ministerio de Salud y Proteccioacuten Social en coordinacioacuten con las autoridades territoriales de salud y

prestadores de servicios

8 Las demaacutes que sean necesarias para la prestacioacuten de los servicios salud la poblacioacuten la libertad

Artiacuteculo Modifiacutequese el inciso primero del artiacuteculo 111 del Decreto 1069 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211135 Sistemas de Informacioacuten El Sistema Informacioacuten Sistematizacioacuten Integral del Sistema Penitenciario y Carcelario (SISIPEC) la fuente principal informacioacuten autoridades salud y judiciales en lo relativo a las condiciones de reclusioacuten al igual respecto del estado y atenciones en salud de cada una las la se encuentren bajo custodia del Sistema Penitenciario y Carcelario

( r Artiacuteculo 10- Adicioacutenese un paraacutegrafo 3 al artiacuteculo 111422 del Decreto 1069 de 2015 el cual quedaraacute

Artiacuteculo 22111422 Atencioacuten intramural

( )

Paraacutegrafo 3 La supervisioacuten y el seguimiento a la prestacioacuten de los en la modalidad iacutentramural seraacute contratada con cargo a los recursos del Fondo sin pe~uiacutecio del apoyo a la supervisioacuten que preste el INPEC deberaacute certificar la 1ltgt

realizacioacuten de las labores intramurales por parte del personal de salud en las condiciones que le sean solicitadas

Artiacuteculo 11- Modifiacutequese el primero del artiacuteculo 11181 del Decreto 1 069 de 2015 el cual quedaraacute asiacute

Artiacuteculo 2211181 Gradualidad y transitoriedad esquema para la prestacioacuten de servicios de salud privadas la libertad que trata el presente capiacutetulo se implementaraacute de forma gradual implementacioacuten total deberaacute realizarse antes del 30 de noviembre 2016 ( )

DECRETO Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Artiacuteculo 12- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

PueLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

iacute ~ 1) lH~lt~ ~in (~ 1~ ~ ~ ~ jj ~ ~ U) n

El Ministro de Justicia y del Derecho

El Ministro de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

r

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r~

El Ministro de Salud y Proteccioacuten Social

EJA OiexclIAIA URIBE

DECRETO Paacutegina 6 de 6

Continuacioacuten del Decreto laquoPor el cual se modifican algunas disposiciones contenidas en el CapItulo 11 del Tiacutetulo 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015 Decreto Uacutenico Reglamentario del Sector Justicia

y del Derecho y se adoptan otras disposicionesraquo

Artiacuteculo 12- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicacioacuten y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

PueLiacuteaUESE y CUacuteMPLASE Dado en Bogotaacute DC a los

iacute ~ 1) lH~lt~ ~in (~ 1~ ~ ~ ~ jj ~ ~ U) n

El Ministro de Justicia y del Derecho

El Ministro de Hacienda y Creacutedito Puacuteblico

r

~b4CAMA 1M tAM ~ ~ ~ MAURICIO CAacuteRDENAS SANTAMARiacuteA

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El Ministro de Salud y Proteccioacuten Social

EJA OiexclIAIA URIBE