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RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL RIMA LIC. FLORENTINA GERTOPÁN CONSULTOR AMBIENTAL - CTCA I-821 PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 1 INDICE DE CONTENIDO I.- ANTECEDENTES II.- OBJETIVOS 2.1.- Generales 2.2.- Específicos III.- AREA DE ESTUDIO DEL PROYECTO 3.1.- Localización 3.2.- Superficie total a ocupar o intervenir 3.3.- Área de influencia del Proyecto IV.- ALCANCE DE LA OBRA V.- CONSIDERACION LEGISLATIVA Y NORMATIVAS. VI.- DESCRIPCION DEL PROYECTO PROPUESTO VII.- IDENTIFICACION DE LOS IMPACTOS SIGNIFICATIVOS QUE EL PROYECTO PUEDE OCASIONAR. 7.1.- Medio Físico 7.2.- Medio Biológico 7.3.- Medio Socio Económico VIII.- ELABORACION DEL PLAN DE MITIGACION PARA ATENUAR LOS IMPACTOS NEGATIVOS. 8.1. PLAN DE GESTION AMBIENTAL, MONITOREO Y MANTENIMIENTO 8.1.1. Programa de Operación y Mantenimiento 8.1.2. Programa de Seguridad 8.1.3. Programa de capacitación ambiental y de seguridad industrial 8.2. PLANES AMBIENTALES 8.2.1.- Plan de Control y Monitoreo 8.2.2.- Plan de Manejo Social 8.3.3.- Plan de Contingencia 8.3.4.- Plan de Cierre IX.- BIBLIOGRAFIAS CONSULTADAS

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RELATORIO DE IMPACTO AMBIENTAL

RIMA LIC. FLORENTINA GERTOPÁN CONSULTOR AMBIENTAL - CTCA I-821

PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 1

INDICE DE CONTENIDO

I.- ANTECEDENTES

II.- OBJETIVOS

2.1.- Generales

2.2.- Específicos

III.- AREA DE ESTUDIO DEL PROYECTO

3.1.- Localización

3.2.- Superficie total a ocupar o intervenir

3.3.- Área de influencia del Proyecto

IV.- ALCANCE DE LA OBRA

V.- CONSIDERACION LEGISLATIVA Y NORMATIVAS.

VI.- DESCRIPCION DEL PROYECTO PROPUESTO

VII.- IDENTIFICACION DE LOS IMPACTOS SIGNIFICATIVOS QUE EL

PROYECTO PUEDE OCASIONAR.

7.1.- Medio Físico

7.2.- Medio Biológico

7.3.- Medio Socio Económico

VIII.- ELABORACION DEL PLAN DE MITIGACION PARA ATENUAR LOS

IMPACTOS NEGATIVOS.

8.1. PLAN DE GESTION AMBIENTAL, MONITOREO Y MANTENIMIENTO

8.1.1. Programa de Operación y Mantenimiento

8.1.2. Programa de Seguridad

8.1.3. Programa de capacitación ambiental y de seguridad industrial

8.2. PLANES AMBIENTALES

8.2.1.- Plan de Control y Monitoreo

8.2.2.- Plan de Manejo Social

8.3.3.- Plan de Contingencia

8.3.4.- Plan de Cierre

IX.- BIBLIOGRAFIAS CONSULTADAS

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I. ANTECEDENTES

El señor Felipe Giménez Villalba, lleva adelante el proyecto “Taller

Mecánico-Chapería y Pintura con banco chapista”, la propiedad se

encuentra ubicada en la ciudad de San Lorenzo lugar denominado Barrio

Tayazuape, ubicado sobre las calles Campo Jordán c/ Lucerito con el

propósito de adecuarse a la Ley 294/93 del Decreto Reglamentario 453/13.

El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) realizado está dirigido para

identificar, y evaluar los posibles impactos ambientales que se pudieran dar

en la fase operativa del proyecto, donde se prevén las medidas de

mitigación para eliminar o minimizar los impactos negativos y para

potenciar los impactos positivos.

Cabe destacar, que el inmueble donde se desarrolla el proyecto “Taller

Mecánico-Chapería y Pintura con banco chapista”, se desarrollan

actividades correspondientes a los siguientes ítems: Reparaciones de

maquinarias y equipos, cambio de aceite, chapería y pintura, soldaduras,

todo estos, para uso exclusivo de la empresa. La actividad consiste

básicamente en un taller general, de los vehículos operativos de la

Empresa.

La elaboración de este Estudio De Impacto Ambiental responde a un

requerimiento de la Dirección General de Control de Calidad Ambiental y

de los Recursos Naturales (DGCCARN) – Secretaria del Ambiente.

El referido al Estudio de Impacto Ambiental es un documento técnico que

ajusta a lo establecido en la Ley 294/93 “De Evaluación de Impacto

Ambiental” y su Decreto Reglamentario Nº 453/013, y describen las

actividades que se desarrollaran dentro del proyecto de referencia.

La protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales,

constituyen en la actualidad una política del Estado, que reconoce el

derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente

equilibrado.

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II. OBJETIVOS

2.1. General:

Presentación a la Secretaria del Ambiente (SEAM), el Estudio de

Impacto Ambiental (EIA) correspondiente al Proyecto “Taller

Mecánico-Chapería y Pintura”, abarcando principalmente los

aspectos referentes a los afectos ambientales y medidas de

mitigación propuestos, a fin de adecuarse a la normativa ambiental

vigente.

2.2. Específicos

Identificar medidas protectoras, correctoras o de mitigación de

los principales impactos que se originan con la implementación

del proyecto.

Recomendar medidas de mitigación inherentes a la etapa de

operación y mantenimiento del proyecto.

Plan de Monitoreo, a fin de dar seguimiento a las medidas

recomendadas para el proyecto.

Contribuir al desarrollo Local, Regional y Nacional para estrechar

los vínculos de YAVERE S.R.L.

Estructurar el Plan de Gestión Ambiental del Proyecto

III. AREA DEL ESTUDIO DEL PROYECTO

3.1. Localización

El área de estudio se encuentra ubicada en la Ruta 1 Km. 15, de la ciudad

de San Lorenzo, lugar conocido como barrio Tayazuape, correspondiente

al Distrito de San Lorenzo, Departamento Central, en la propiedad

identificada como Finca Nº 25.420, Padrón Nº 14.790.

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3.2. Superficie total a ocupar o intervenir

Según Título de propiedad, la superficie de la propiedad es de 858,00 m2

con una superficie utilizada como tinglado de 392.00 m2 (Trescientos

Noventa y Dos Metros Cuadrados). El proyecto esta adecuado a la

ordenanza Nº 20/2004 de Prevención contra Incendios.

3.3. Área de Influencia del Proyecto

Área de Influencia Directa (AID)

El área de influencia directa se circunscribe dentro del predio que

representa el total de la propiedad en estudio. A la propiedad bordean

casas.

Dentro de la propiedad se realizan actividades corcenientes a reparaciones

de maquinarias y equipos, cambio de aceite, soldaduras, oficinas, depósitos

y otros para uso de la Empresa Yavere S.R.L.

Área de Influencia Indirecta (A.I.I.)

El área de influencia indirecta del proyecto se extiende hasta unos 500

metros alrededor del área donde está ubicado el taller, la misma se

encuentra insertada en un área donde están ubicadas casas.

IV. ALCANCE DE LA OBRA

Análisis de alternativas de localización del Proyecto

No se han considerado alternativas de localización. La propiedad ha sido

adquirida específicamente por las características de la misma, por su

ubicación, la Empresa. YAVERE S.R.L, tomará las precauciones en los

que se refiere a seguridad de las personas (empleados) utilizando equipos

de protección individual, manejo de residuos sólidos y líquidos, de equipos

utilizados en las distintas áreas del taller, el manipuleo de insumos

(alimentos y bebidas), ruidos generados por la actividad, y todas las

actividades que constituyen gestiones y tratamientos para optimizar las

actividades económicamente y ambientalmente. Otro factor importante

para que el Proyecto sea óptimo, es además de su ubicación, los servicios y

accesos para acceder a la misma. La Empresa cuenta con equipos y

maquinarias en buenas condiciones técnica y mecánica, se realizara

monitoreo constante de las instalaciones, administración y gestión

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ambiental. Se implementara en forma constante alternativas para remediar

los impactos, en casos necesarios, una adecuada concienciación del

personal, en lo que respecta al cumplimiento de medidas de mitigación.

V. CONSIDERACIONES LEGISLATIVA Y NORMATIVA

El marco legal e institucional dentro del cual se analizan los aspectos

ambientales del proyecto, hace relación a la implementación de normativas

para el caso específico, y otros elementos que ayudan a comprender mejor

el escenario socio – económico en el cual se desarrolla.

A partir de la década de los 90, la Legislación Ambiental ha recibido mayor

atención como instrumento para el desarrollo sostenible del país, ya que se

han establecido importantes normas jurídicas relacionadas con el medio

ambiente. Dentro de estas, se debe destacar la Ley Nº 294/93 sobre

Evaluación de Impacto Ambiental y el Decreto Reglamentario 453/013 que

reglamenten la misma, además la de creación de la Secretaria del

Ambiente, promulgada en el año 2000, y la Política Ambiental Nacional

(2006).

Existe una jerarquía de instrumento legales locales, comenzando con la

Constitución Nacional de 1992, y seguido por los Tratados Internacionales,

ratificados por Paraguay, leyes aprobadas por el Congreso Nacional y leyes

especiales, además de normativas regionales, municipales e institucionales.

Los instrumentos legales mas importantes con relación al estudio que no

ocupa son los siguientes:

- Constitución Nacional;

- Ley 1.561/2000 que crea el “ Sistema Nacional del ambiente, el

Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaria del Ambiente”;

- La Política Ambiental Nacional (PAN)

- La Ley Nº 3.180/2.007, “De Minería”

- La Ley Nº 3.239/07 de los Recursos Hídricos en el Paraguay – Por la

cual se establece las normativas para la Gestión de los recursos Hídricos

del Paraguay.

- Ley294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental” – EIA;

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- Decreto Nº 453/013 de Reglamentación de la Ley 294/93;

- Ley 716/95 de Penalización de Delitos Ecológicos;

- Ley Nº 352/94 de Áreas Silvestres Protegidas;

- Ley Nº 422/73- Forestal;

- Ley Nº 536/95 de Fomento a la Forestación y Reforestación;

- Código Sanitario, del Ministerio e Salud Publica y Bienestar Social;

- Ley Nº 1100/97 de Polución Sonora;

- Ley Orgánica Departamental Nº 436/94;

Secretaria del Ambiente (SEAM)

Secretaria creada por Ley 1561/00, tiene por objetivo la formulación,

coordinación, ejecución y fiscalización de la Política Nacional Ambiental.

La SEAM es la autoridad de aplicación de todas las disposiciones legales

que legislen en materia ambiental.

a. Dirección General del Control de la Calidad Ambiental y de los

Recursos Naturales.

Dirección encargada de Administrar la Ley 294/93 de Evaluación de

Impacto Ambiental.

b. Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos

Hídricos.

Encargada de coordinar el mantenimiento, la conservación y

aprovechamiento de los recursos hídricos.

1.1. Marco legal

El marco legal considerado en el presente trabajo es el siguiente:

1.1.1. Constitución Nacional:

De la misma se desprenden una serie de normativas y leyes en materia

ambiental, como:

Artículo 6: La calidad de vida será promovida por el Estado

mediante planes y políticas que reconozcan factores condicionantes.

Artículo 7: Toda persona tiene derecho a habitar en un ambiente

saludable y ecológicamente equilibrado. Constituyen objetivos

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prioritarios de interés social la preservación la conservación la

recomposición y el mejoramiento del ambiente.

Artículo 8: Las actividades susceptibles de producir alteración

ambiental serán reguladas por ley, así mismo ésta podrá restringir o

prohibir aquellas que califique peligrosas”. Asimismo establece que

“el delito ecológico será definido y sancionado por la ley” y

concluye que “todo daño al ambiente importará la obligación de

recomponer e indemnizar.’

Artículo 38: Posibilita a cualquier habitante de la República a

recurrir antes las autoridades en busca de medidas que precautelen

sus derechos a un ambiente sano. Por si mismo, por su representantes

(Gobernadores, intendentes o por medio de asociaciones (grupos

vecinales, comités), quienes podrán obtener la aplicación efectiva de

éstos preceptos constitucionales por medio de la acción o la

excepción de la inconstitucionalidad, la que será planteada ante la

Corte Suprema de Justicia.

Artículo 68 El estado protegerá y promoverá la salud como derecho

fundamental de la persona y en interés de la comunidad”.

Artículo 72: El estado velará por el control de la calidad de los

productos alimenticios, químicos, farmacéuticos y biológicos, en las

etapas de producción, importación y comercialización”.

Artículo 109: Se garantiza la propiedad privada, cuyo contenido y

límites serán establecidos por la Ley, atendiendo a su función

económica y social.

Artículo 168: De las Atribuciones de las Municipalidades 1) La libre

gestión en materia de su competencia, particularmente en las de

urbanismo, ambiente, educación, cultura deporte, turismo, cuerpos

de inspección y policía.

1.1.2. Leyes Nacionales

1.1.2.1. Ley Nº 1561 Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, El

Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente.

El objetivo de la ley se describe en el Artículo 1°: “Esta ley tiene por objeto

crear regular el funcionamiento de los organismos responsables de la

elaboración, normalización, coordinación, ejecución y fiscalización de la

política y gestión ambiental nacional”

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Se define en el Artículo. 2° el Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM)

“Integrado por el conjunto de órganos y entidades públicas de los gobiernos

nacional, departamental y municipal, con competencia ambiental; y las

entidades privadas creadas con igual objeto, a los efectos de actuar en

forma conjunta, orgánica y ordenada, en la búsqueda de respuestas y

soluciones a la problemática ambiental.

En el Artículo 3° se crea el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM),

“órgano colegiado de carácter interinstitucional, como instancia

deliberativa, consultiva y definidora de la política ambiental nacional’.

La creación de la Secretaría del Ambiente (SEAM) se establece en el

Artículo 7° “Como institución autónoma, autárquica, con persona jurídica

de derecho público, patrimonio propio y duración indefinida”.

Las funciones, atribuciones y responsabilidades de la SEAM se enumeran

en el

Artículo 12° entre las cuales las de mayor relevancia son: elaborar la

política ambiental nacional, formular los planes nacionales y regionales de

desarrollo económico, coordinar y fiscalizar la gestión de los organismos

públicos con competencia ambiental, imponer sanciones y multas conforme

a las leyes vigentes a quienes cometan infracciones a los reglamentos

respectivos.

El Artículo 14°, menciona que la SEAM adquiere el carácter de Autoridad

de Aplicación de las siguientes Leyes:

583/76 “Que aprueba y ratifica la convención sobre el Comercio

Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres”.

42/90 “Que prohíbe la importación, depósito, utilización de

productos calificados corno residuos industriales peligrosos o

basuras tóxicas y establece las penas correspondientes a su

incumplimiento”.

112/91 “Que aprueba y ratifica el convenio para establecer y

conservar la reserva natural del bosque Mbaracayú y la cuenca que lo

rodea del río Jejuí, suscrito entre el Gobierno de la República del

Paraguay, el sistema de las Naciones Unidas, The Nature

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Conservancy y la Fundación Moisés Bertoni para la Conservación de

la Naturaleza”.

61/92 “Que aprueba y ratifica el Convenio de Viena para la

Protección de la Capa de Ozono; y la enmienda del Protocolo de

Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono”.

96/92 “De la Vida Silvestre”.

232/93 “Que aprueba el ajuste complementario al acuerdo de

cooperación técnica en materia de mediciones de la calidad del agua,

suscrito entre Paraguay y Brasil”.

251/93 “Que aprueba el Convenio sobre el Cambio Climático,

adoptado durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el

medio ambiente y desarrollo Cumbre de la Tierra celebrado en la

Ciudad de Río de Janeiro, Brasil”.

253/93 “Que aprueba el Convenio sobre Diversidad Biológica,

adoptado durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el

Medio Ambiente y Desarrollo Cumbre de la Tierra celebrado en la

ciudad de Río de Janeiro, Brasil”.

294/93 “De la Evaluación de Impacto Ambiental”, su modificación

la 345/94 y su Decreto Reglamentario.

350/94 “Que aprueba la Convención relativa a los Humedales de

importancia internacional, especialmente como hábitat de aves

acuáticas.

352/94 “De Áreas Silvestres Protegidas”.

970/96 “Que aprueba la Convención de las Naciones Unidas de lucha

contra la Desertificación, en los países afectados por la sequía grave

o desertificación, en particular en África”.

1.314/98 “Que aprueba la Convención sobre la Conservación de las

Especies Migratorias de Animales Silvestres”.

799/96 “De pesca” y su Decreto Reglamentario; y/o todas aquellas

disposiciones legales (leyes, decretos, acuerdos internacionales,

ordenanzas, resoluciones, etc.) que legislen en materia ambiental.

1.1.2.2. Ley Nº 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental

El Artículo 1 Establece “Declarase obligatoria la Evaluación de Impacto

Ambiental. Se entenderá por Impacto Ambiental a los efectos legales, toda

modificación del medio ambiente provocada por obras o actividades

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humanas que tengan, como consecuencia positiva o negativa, directa o

indirecta, afectar la vida en general, la biodiversidad, la calidad o una

cantidad significativa de los recursos naturales o ambientales y su

aprovechamiento, el bienestar, la salud, la seguridad personal, los hábitos y

costumbres, el patrimonio cultural o los medios de vida legítimos”.

Establece en su Artículo 7°, que requerirá de la presentación de Estudios de

Impacto Ambiental para proyectos o actividades públicas o privadas, tales

como:

Los complejos y unidades industriales de cualquier tipo;

Talleres mecánicos, de fundición y otros que sean susceptibles de

causar efectos en el exterior.

1.1.2.3. Ley Nº 716/96 Que Sanciona Los Delitos Contra el Medio

Ambiente

Artículo 1°: Esta Ley protege el medio ambiente y la calidad de vida

humana contra quienes ordenen, ejecuten o, en razón de sus atribuciones,

permiten o autoricen actividades atentatorias contra el equilibrio del

ecosistema, la sustentabilidad de los recursos naturales y la calidad de vida

humana.

En los Artículos 3° y 4° se establecen penas de prisión y multas a las

personas que introduzcan desechos peligrosos al territorio nacional y

procedan a la tala o quema de bosques que perjudiquen gravemente el

ecosistema, los que exploten bosques declarados protectores y los que

alteren los humedales y fuentes o recursos hídricos sin autorización expresa

de la autoridad competente.

En los Artículos 7° y 8° se establecen penas a los responsables de fábricas

o industrias que descarguen gases o desechos sobre los límites autorizados;

o viertan efluentes o desechos industriales no tratados en aguas

subterráneas o superficiales.

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1.1.2.4. Ley Nº 1.160/97, “Código Penal”

Contempla en el Capítulo “Hechos punibles contra las bases naturales de la

vida humana”, diferentes actividades susceptibles de sanciones de pena

privativa de libertad o multa.

Artículo 197: Establece penas para quien indebidamente produjera el

ensuciamiento y alteración de las aguas vinculada con una actividad.

Artículo 198: Establece penas para quien indebidamente produjera la

contaminación del aire vinculada con una actividad.

Artículo 199: Establece penas para quien indebidamente ensuciara o

alterara el suelo mediante el derrame de sustancias nocivas para la

conservación del mismo.

Artículo 200: Establece penas para quien indebidamente procesara o

eliminara en forma inadecuada cualquier tipo de desechos.

Artículo 201: Establece penas por el ingresos de sustancias nocivas al país.

Artículo 203: Se refiere a los hechos punibles contra la seguridad de las

personas frente a riesgos colectivos.

Artículo 205: Establece penas para quienes incumplan las disposiciones

legales sobre la seguridad y la prevención de accidentes en lugares de

trabajo.

1.1.2.5. Ley Nº 1.183/85, “Código Civil”

Contiene diversos artículos que hacen referencia a la relación del individuo

con aspectos ambientales, particularmente en lo que hace relación con los

derechos individuales y colectivos, la propiedad, etc...

Artículo 1.954: La Ley garantiza al propietario el derecho pleno y

exclusivo de usar, gozar y disponer de sus bienes, dentro de los límites y

con la observancia de las obligaciones establecidas en este Código,

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conforme con la función social y económica atribuida por la Constitución

Nacional al Derecho de Propiedad.”

Artículo 2.000: Se refiere al uso nocivo de la propiedad y a la

contaminación.

1.1.2.6. Ley Nº 1.100/97

El objetivo de esta Ley es la prevención de la polución sonora. Esta Ley no

posee una definición de polución sonora pero podríamos precisarla como

aquella contaminación que sobrepasa los límites tolerables de sonido y que

puede así, llegar a causar trastornos físico-psíquicos a una persona. A

grandes rasgos, esta Ley mantiene los niveles máximos de ruido permitidos

por debajo de los máximos aceptados por la OMS (Organización Mundial

de la Salud). La OMS caracteriza como ruido a todo sonido indeseable o

molesto.

Los límites máximos de sonidos no indeseables son 55 decibeles continuos

en horario nocturno, nivel más allá del cual el sonido se convierte en

molesto para dormir y 65 decibeles en horario diurno. Los trastornos

auditivos aparecen al superarse los 75 decibeles.

En su Artículo 10 previene la polución sonora en todas actividades privadas

que podrían producirla.

Artículo 2° Prohíbe causar ruidos y sonidos molestos, así como vibraciones

cuando por razón de horario, lugar o intensidad afecten la tranquilidad, el

reposo, la salud y los bienes materiales de la población.

Artículo 5°. En los establecimientos laborales se prohíbe el funcionamiento

de maquinarias motores y herramientas sin las debidas precauciones

necesarias para evitar la propagación de ruidos, sonidos y vibraciones

molestos que sobrepasen los decibeles que determina el Artículo 9°.

Artículo 9° Se consideran ruidos y sonidos molestos a los que sobrepasen

los niveles promedios que se indican:

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 13

Tabla 1 máximos niveles de ruido permitidos, en decibeles

Ámbito Noche

(20 a 7 hs)

Día

(7 a 20 Hs)

Picos Ocasionales

(7 a 12 y 14 a 19 Hs)

Área

Residencial 45 60 80

Aéreas Mixtas 55 70 85

Área Industrial 60 75 90

1.1.2.7. Ley Orgánica Municipal Nº. 1.294/87:

Las municipalidades legislan el saneamiento y protección del medio

ambiente, emiten todas las disposiciones relativas a los componentes

naturales del medio ambiente, a la ordenación espacial, a las alteraciones,

desequilibrios e impactos ambientales:

Artículo 171:“El Planeamiento del desarrollo físico municipal contendrá

entre otros: d) El análisis de ocupación y utilización del suelo;”

Artículo 172: Aprobación de los Planes de desarrollo Físico Municipal. Los

planes de desarrollo físico municipal, serán aprobados por la Junta

Municipal.

Ley Nº 836/80, “Código Sanitario”: aprobado por la Ley Nº 836 del año

1980, establece las normas a que deben ajustarse las actividades laborales,

industriales, comerciales y de transporte, para promover programas

encaminados a la prevención y control de la contaminación y polución

ambiental, para disponer medidas para su preservación y para realizar

controles periódicos del medio a fin de detectar el eventual deterioro de la

atmósfera, el suelo, las aguas y los alimentos. Se refiere a la contaminación

ambiental en sus Artículos 66, 67 y 68, y al agua para consumo humano y

de recreo en los Artículos 69, 72 y a los alcantarillados y desechos

industriales en el Artículo 84. Se refiere igualmente a la salud ocupacional

y del medio laboral en los Artículos del 86 al 89. El Código define además

al MSPBS, disposiciones de contaminantes del aire, del agua y del suelo.

La Ley 836/80, se refiere también a la polución sonora en sus artículos 128,

129 y 130.

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1.1.3. Decretos Leyes

Decreto Nº 453/03 “Por El Cual Se Reglamenta La Ley N° 294/93 De

Evaluación De Impacto Ambiental”.

En este Decreto se definen los conceptos en que se basa la Ley 294/93 y se

especifican los tipos de actividades sujetas a Estudio de Impacto

Ambiental. Así mismo se establecen los términos de Ambiental Básico. El

Artículo 5°: menciona que “Son actividades sujetas a la EvIA y

consecuente presentación del EIA y su respectivo RIMA.

Decreto Nº 14.398/92 Reglamento General Técnico de Seguridad, Higiene

y Medicina en el trabajo: originado en el Ministerio de Justicia y Trabajo

por el cual este organismo en sus atribuciones establece normas de higiene,

seguridad y medicina del trabajo a ser cumplida en los locales de trabajo de

toda la República.

1.2. Aspecto Institucional

Las instituciones que guardan relación con el proyecto son:

Secretaría del Ambiente (SEAM)

(Ley Nº 1.561/00 y su Decreto Reglamentario Nº 10.579), contempla la

creación del Sistema Nacional del Ambiente (SISNAM), el Consejo

Nacional del Ambiente (CONAM) y la Secretaría del Ambiente (SEAM),

la cual le confiere el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº

294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Reglamentario

14281/96. La SEAM tiene por objeto la formulación, coordinación,

ejecución y fiscalización de la política ambiental nacional. Tanto la gestión

ambiental y el ordenamiento ambiental del territorio nacional están a cargo

de esta institución.

Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSP y BS)

Entre sus funciones está la de organizar y administrar el servicio sanitario

de la República, es la institución responsable de hacer cumplir las

disposiciones del código sanitario y su reglamentación.

Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental (SENASA)

Institución dependiente del MSP y BS. Es la encargada de administrar lo

establecido en las Resoluciones 750/02 (tratamientos de residuos sólidos) y

396/93, 397/93, 585/95 sobre parámetros de descarga de efluentes,

emisiones aéreas, calidad de agua potable, concentraciones máximas

permisibles.

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Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT)

Es la institución encargada de velar por el cumplimiento del Reglamento

General Técnico de Seguridad, Medicina e Higiene en el Trabajo y del

Código del Trabajo, modificada.

Ministerio de Industria y Comercio (MIC)

Ejecuta los proyectos industriales y promueve los programas de

financiamiento para la producción e inversión de capital. Estas acciones las

lleva a cabo a través del régimen de incentivos fiscales y de los

componentes de desarrollo industrial, como también de asistencia técnica

dentro del programa de crédito de la microempresa y del Fondo de

Desarrollo Industrial.

Ministerio de Hacienda (MH)

Fiscaliza el sistema arancelario e impositivo que regula el funcionamiento

contable de la firma.

Instituto de Previsión Social

Institución en donde la empresa debe asegurar a sus empleados para que

puedan recibir asistencia médica y en el futuro acogerse con el beneficio de

la jubilación.

Ande

Institución que dicta las normas y reglamentos referentes a las instalaciones

eléctricas.

VI. Descripción del Proyecto Propuesto

Secciones o dependencias

Administración de maquinarias y equipos.

Taller: Tornería

Chapería y pintura. Metalúrgica. Taller de Reparaciones y

Mantenimientos

Administración Logística

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Departamento de compras. Depósito

Las Etapas desarrolladas en el Taller, son como sigue:

a) Recepción del vehículo o maquinarias/equipos.

b) Inspección Técnica.

c) Derivación del vehículo y/o maquinarias/equipos para la reparación o

servicio correspondiente.

d) Cambio de aceite.

e) Cambios de filtros.

f) Pintura.

g) Otros.

Maquinarias o Equipamiento Básico por Dependencia

Tornos.

Compresor trifásico.

Equipo de soldadura eléctrica.

Equipo de soldadura autógena.

Perforadora de banco.

Pulidora.

Moladora.

Taladro de pie.

Taladro manual.

Materia Prima e Insumos

Piezas mecánicas, componentes eléctricos.

Accesorios de vehículos y maquinarias.

Herramientas.

Grasa para lubricación.

Aceites

Estopas y trapos para limpieza.

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 17

Pintura

Recursos Humanos: Para llevar a cabo todas las actividades del Taller

Mecánico se requieren:

Administración General: 1 Persona

Administración por dependencia: 3 Personas

Taller: 7 Personas.

Horario de Trabajo

07:00 A 18:00 hs. de Lunes a Viernes.

Infraestructuras existentes Las principales instalaciones son:

1. Oficina Gerencia

2. Oficina Administrativa

Taller

3. Depósito de Pintura y aceite.

4. Tinglado Mercadería

5. Estacionamiento

6. Depósito de Repuesto

7. Sección Soldadura

8. Sección Pintura

9. Portería

10. Oficina de Compras

11. Depósito 1

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VII. IDENTIFICACION DE LOS IMPACTOS SIGNIFICATIVOS

QUE EL PROYECTO PUEDE OCASIONAR

7.1. Medio Físico

Contaminación atmosférica por polvo

Debe tenerse en cuenta que los impactos en la atmósfera están dados por la

contaminación, preferentemente por partículas sólidas, polvo y gases,

(Impactos severos), y en menor grado por la construcción de pistas y

caminos (impactos moderados). En todos los casos, estos efectos son

temporales, asociados con el periodo funcional de las operaciones.

Partículas en suspensión y humo negro

Los humos negros solamente son provenientes de los escapes de los

vehículos y eventuales camiones que operan en este proyecto al encender

los motores

Contaminación Sonora (Ruidos)

Las labores ocasionadas por el constante de arreglos de vehículos.

Contaminación del Suelo

La degradación del suelo proviene de la disposición de algunos

contaminantes, como por ejemplo el vertido accidental de aceites y grasas

de camiones, pinturas y otros químicos que deterioran su calidad.

7.2. Medio Biológico

Efectos sobre la Fauna y Flora

En la zona donde se ubica el taller mecánico es intervenida por las

construcciones y/o edificaciones. Los factores bióticos de flora y fauna no

tienen relevancia en la descripción del entorno del sitio de ubicación.

7.3. Medio socio económico

Efectos sociales

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El sitio esta ubicada en una zona urbana, la misma que demuestra su

importancia dentro del contexto del ordenamiento territorial, de acuerdo a

los datos obtenidos del censo de población y vivienda.

La ubicación estratégica de este municipio lo hace bastante apto para las

actividades comerciales, la ciudad recibe un abundante flujo de personas y

transportes diariamente, es ruta obligada en el recorrido del área

metropolitana de Asunción.

Riesgos de Accidentes

Capacitar a los operarios que desarrollarán tareas consideradas de riesgo.

Instalar un sistema de alarma sonora para casos de accidentes.

Impactos positivos

Demanda de mano de obra

Desde el punto de vista ocupacional, la actividad constituye una importante

fuente de trabajo para las personas de la zona en forma directa, además a

otras cantidades mayores de personas en forma indirecta.

Aumento de la población local y demanda de bienes y

servicios

A su vez, la presencia de los trabajadores y otras personas en áreas

aledañas contribuiría a un aumento en la demanda de bienes y servicios

básicos.

VIII. ELABORACION DEL PLAN DE MITIGACION PARA

ATENUAR LOS IMPACTOS NEGATIVOS.

Se llevara en cuenta las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales

(ETAGs)

En el siguiente cuadro se resumen los principales impactos potenciales,

negativos y positivos, en la fase de operación.

8.1. Plan de Gestión Ambiental, Monitoreo y Seguimiento

Este programa consiste en un control de la eficiencia de las medidas de

mitigación de impactos y es de tipo permanente por parte de los

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 20

responsables del proyecto. Sus costos están incluidos en los gastos

operativos.

Medidas de Mitigación Impactos

sobre los componentes

Medidas de Mitigación

Riesgo a la salud operacional y de

accidentes

Medidas y equipos de protección al

personal (EPI), equipos de

emergencia (botiquín de primeros

auxilios) y protección contra

incendios, extintores de diversos

tipos. Responsable el proponente.

Fauna y Flora

No relevante a causa de la actividad

antrópica, zona urbana.

Contaminación del aire producida

por emisiones gaseosas

Instalación de Extractores de gases,

aberturas amplias (puertas y

ventanas) para succión de vapores y

emisiones gaseosas en el sector

operativo del taller. Responsable el

Proponente. Suministro de

mascarilla buconasales (E.P.I.) para

el personal. Responsable el

Proponente

Contaminación sonora

No es relevante, utilización de

equipamientos de protección

individual (auriculares), aberturas

para la disipación del sonido,

organización del trabajo.

Responsable el Proponente.

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 21

Contaminación del suelo—agua

subterránea—superficial

Residuos sólidos, Derivados al

Vertedero Municipal y residuos

líquidos, aceites recolecta y

disposición. (Responsable el

Reciclador Intermediario),

Efluentes cloacales, antrópicos y del

taller derivados a cámaras sépticas y

desagüe cloacal. Responsable el

Proponente.

Generación de empleo directo e

indirecto

Medidas de control para el personal

autorizado sobre aspectos técnicos.

Positivo

Residuos Para revertir el impacto negativo de estos residuos se debe

considerar el potencial de aprovechamiento de dichos residuos. Si

tenemos presente la materia prima que se podría recuperar de dicha

cantidad con la tecnología actual, la misma sería un tanto considerable.

Los mismos, son reciclados y vendidos a terceros.

En cuanto al combate de incendio se debe contar con:

Extintores de polvo seco.

Baldes de arena lavada seca.

8.1.1. Programa de Operación y Mantenimiento

Las Principales Operaciones de Seguimiento

En el Taller

Funciones:

1 Inspección de colmatación de aguas pluviales.

2 Comprobación de retirada de sólidos y disposición de modo adecuado.

3 Inspección de limpieza en el área de trabajo.

4 Comprobación de los accesos internos y externos al taller.

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 22

8.1.2. Programa de Seguridad

Las normas de seguridad ocupacional están establecidas en un sistema, en

el cual se encuentra descrito en un Manual de Operaciones y Seguridad,

donde son considerados los siguientes componentes:

- Cerco perimetral.

- Mantenimiento de los caminos.

- Señalizaciones.

- Guardias de seguridad de la planta.

- Equipos de Primeros Auxilios.

Seguridad ocupacional

LOS OBREROS DEBERÁN SER PROVISTOS DE E.P.I. Capacitar a

los operarios que desarrollarán tareas consideradas de riesgo. Instalar un

sistema de alarma sonora para casos de accidentes.

PROGRAMA DE MONITOREO OBJETIVO

El objetivo del programa de monitoreo es proporcionar información que

muestre que las medidas preventivos y/o correctivas consideradas por el

proyecto, permiten que no se generen impactos negativos en los

componentes físicos del medio, asimismo permite vigilar que se cumplan

con los estándares establecidos en la legislación y por tanto no se estén

generando efectos adversos en el ambiente. Asimismo, se deberá verificar

el cumplimiento de las medidas de mitigación. Se deberá fundamentar la

frecuencia y los puntos donde se instalarán las estaciones de monitoreo.

SITIOS A MONITOREAR

- Área de influencia directa: distintas dependencias del taller, medio

circundante, cauce hídrico y aquellos puntos no previstos que se presenten

de manera fortuita.

MONITOREO DURANTE LA ETAPA DE OPERACIÓN

- Manejo de desechos

- Control de erosión.

- Calidad de aire por Emisiones y Ruido

De control de la Calidad de agua.

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- Emisiones Atmosféricas

8.1.3. Programa de Capacitación ambiental y de seguridad

Industrial.

1. El gerente del taller mecánico, se encargará de establecer los

procedimientos y acciones en casos de accidentes de trabajo. Asimismo al

personal que labora en el taller mecánico se dictarán cursos, seminarios y

charlas sobre educación ambiental, seguridad industrial y salud

ocupacional.

2. Campañas de educación ambiental respecto a:

- Manejo y cuidado de los recursos naturales,

- Legislación Ambiental vigente,

- Cumplimiento de la legislación aplicable en materia de protección

ambiental, salud y seguridad ocupacional,

- Procedimientos de manejo de residuos sólidos (identificación,

almacenamiento y transporte),

- Procedimientos de manejo de aguas y sedimentos,

- Manejo, almacenamiento y disposición final de desechos peligrosos,

- Procedimientos de respuesta a emergencias ambientales y de seguridad

ocupacional,

- Buenas prácticas medio ambientales

- Gestión social y de relaciones con las poblaciones del área de influencia

directa.

3. Campañas de capacitación en seguridad industrial donde se abordarán

los siguientes tópicos:

- Condiciones seguras de trabajo,

- Actos inseguros,

- Condiciones Inseguras,

- Peligros y riesgos,

- Higiene personal,

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 24

- Limpieza y mantenimiento de las áreas de trabajo,

- Equipos de protección personal,

- Uso adecuado de herramientas manuales,

- Manipulación de materiales,

- Manejo de implementos de seguridad,

- Señalización preventiva,

- Manejo de equipos pesados,

- Manejo de materiales peligrosos,

- Manejo de combustibles,

- Reportes de accidentes / incidentes.

4. Capacitación en salud ocupacional y prevención médica; donde se

presentarán los siguientes temas:

- Evaluación médica general,

- Plan de evacuación,

- Polvo, emisiones y ruido,

- Primeros auxilios,

- Enfermedades profesionales

Se tomará las medidas necesarias para asegurar a los trabajadores, las

mejores condiciones de higiene y salud, igualmente garantizar la asistencia

médica de emergencia.

6. Continuar con la dotación de implementos de seguridad personal, como

botas de seguridad, guante, cinturones y protectores de auditivos.

7. Exigir al personal el uso de los equipos de protección personal dotados.

8. Adquisición de botiquines de primeros auxilios, los que deben contener

entre otros, los siguientes artículos: lista de teléfonos de emergencia, venda

de gasa, vendas triangulares, analgésicos, torundas de algodón, guantes

estériles, tijeras, suero oral, gasa estériles, alcohol, suero fisiológico,

termómetro, linterna, aplicadores, etc., proceder a su reposición una vez

que estos medicamentos se hayan utilizado. En el taller mecánico

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 25

solamente las áreas de tracto camiones, montacargas y bodega general

cuenta con botiquines.

9. Adquisición de 3 extintores, que según la norma “debe tener un peso

equivalente a una masa máxima de 20 Kg”. Un extintor para la oficina

administrativa, otro para la oficina de gerencia y un tercero para el taller.

8.2. PLANES AMBIENTALES

8.2.1. Plan de Control y Monitoreo

Se procederá a la medición de los componentes ambientales sensibles, así

también se podrá verificar la efectividad de las medidas de mitigación

propuestas, verificar el cumplimiento de las normas ambientales y/o

detectar de manera temprana cualquier efecto no previsto.

En la tabla se presenta un resumen de las actividades de monitoreo.

Programa de actividades de monitoreo

Factores

Ambientales

Puntos de

Muestreo

Actividades

Frecuencia

Impacto a

Monitorear

SUELO

Este

monitoreo, se

realizará solo

en caso de

existir riesgo

de

contaminació

n:

Suelos no

impermeabili

zados

aledaños al

taller.

-Identifica

ción de

suelos con

residuos de

combustibles

- Vigilar que

no se vierta

de manera

directa aguas

con

contenidos

de

hidrocarburo

s y desechos

sólidos.

-Vigilar

-Semanal

-Mensual

-Mensual

-Calidad del

suelo

-Calidad del

suelo

-Calidad del

suelo

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 26

posibles

derrames de

combustibles

AGUA

-Trampa de

grasas

-Análisis de

muestra de

agua a la

salida de la

trampa de

grasas

-Vigilar la

descarga de

aguas con

residuos o

trazas de

grasas.

-Controlar la

calidad físico

química del

agua de

descarga

-Semestral

-Semestral

-Calidad de

agua que se

descarga

-Calidad de

agua que se

descarga

AIRE

-Mediciones

de ruido en

todas las

áreas de

trabajo del

taller.

- Control de

la emisión de

ruido.

-Semestral

-Ruido

SEGUIRDA

D

Todos los

sitios

del taller

mecánico

- Vigilar el

uso de los

equipos de

protección.

- Constatar la

implementaci

ón del Plan

de

Contingencia

s.

-Constatar la

realización

Permanente

-Semestral

-Mensual

-Mensual

-Tipo de

incidentes

y/o

accidentes

suscitados

-

Capacitación

al personal

que labora en

el taller

-Condiciones

mecánicas de

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 27

de los cursos

para los

trabajadores

-

Mantenimien

to de los

equipos y

maquinaria

los equipos y

maquinaria

del taller

8.2.2. Plan de Manejo Social

Las medidas que se propongan estarán orientadas a prevenir la afectación

de las condiciones de vida del área de influencia y promover los impactos

positivos que se pueda generar, para lo cual se establecerá:

Compromiso de responsabilidad social, con la comunidad, ante la

percepción de molestias, motivadas por el aumento de tránsito

vehicular y el ruido, e interferencia con otras actividades.

Prevención y vigilancia del medio ambiente.

Contratar y emplear mano de obra del sector.

8.2.3. Plan de Contingencia

El propósito fundamental del Plan de Contingencia, es salvaguardar a los

trabajadores, pobladores del área de influencia, equipos y maquinaria, en

situaciones de emergencia que puedan surgir.

Es importante señalar que el mayor riesgo en un taller mecánico se debe a

los potenciales conatos de incendio, derrames de hidrocarburos y también

se pueden considerar fenómenos naturales.

El plan de contingencias motiva a participar activamente y con un alto

espíritu de solidaridad y cooperación; para lo cual se ha establecido

acciones y procedimientos de respuesta para hacer frente a la ocurrencia de

eventos tales como:

Fenómenos naturales.

Derrames de hidrocarburos,

Incendios.

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8.2.4. Plan de Cierre

Cuando por razones de fuerza mayor o porque el taller ha cumplido su

tiempo de vida, se procederá al cierre y abandono del proyecto. “El Plan de

Abandono se define como el conjunto de acciones para abandonar una área

o instalación, corregir cualquier condición adversa ambiental e

implementar el reacondicionamiento que fuera necesario para volver el área

a su estado natural o dejarla en condiciones apropiadas para un nuevo uso.”

Estas acciones permitirán la prevención de efectos al medio por efecto de

los residuos sólidos, líquidos o emisiones que puedan existir o que puedan

aflorar con posterioridad al cierre de operaciones.

En el cierre de operaciones del taller mecánico, con debida oportunidad se

preparará el Plan de Abandono, en el que se indicarán las acciones

necesarias para promover a largo, mediano o corto plazo, la recuperación

de la propiedad, dependiendo del posterior uso que se le dará al área del

taller y conforme los establezca una Auditoría previa.

Las principales acciones consideradas son:

Limpieza del área,

Disposición temporal de materiales, desechos y chatarra,

Desmantelamiento de ambientes,

Demolición y/o readecuación de instalaciones,

Roturación y nivelación del terreno

Disposición final de desechos, escombros y chatarra,

Rehabilitación del área que quede libre.

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PROYECTO: “TALLER MECANICO-CHAPERIA Y PINTURA” Página 29

IX. BIBLIOGRAFIAS CONSULTADAS

1. Mapa Capacidad de Uso de la Tierra de la Región Oriental

Año 1999.

2. Mapa de Reconocimiento de Suelos de la Región Oriental Año

1999.

3. Mapa de Uso Actual de la Tierra de la Región Oriental Año

1999.

4. Manual de Evaluación de Impacto Ambiental, Año 1998

5. Canter, Larry W., (1998). “Manual de Evaluación de Impacto

Ambiental”. Edic. McGrawHill/Interamericana de España. (Madrid).

Segunda Edición.

6. Robles, M. (2000) “Indicadores Básicos para Focalizar el

Gasto Social en Paraguay” (IBFGSP) – Dirección General de

Estadísticas, Encuestas y Censos (marzo, 2000).

7. Atlas ambiental de la Región Oriental del Paraguay, Vol. II

1995. Elaborado por la carrera de Ingeniería Forestal, de la

Universidad Nacional de Asunción.

8. Colección de Flora y Fauna del Museo nacional de Historia

Natural del Paraguay 1996.

9. Geografia Ilustrada del Paraguay. Asunción: Arami, 2007.

ISBN 99925-68-04-6

10. Geografia del Paraguay. Asunción: Editorial Hispana Paraguay

(primera edición), 1999.

11. Conesa Fernández, Vitora V. (1997).Guía Metodológica para la

Evaluación del Impacto Ambiental. Ed. Mundi – Prensa. 3ª edición.

Madrid España

12. Canter, Larry W. (1996). Manual de Evaluación de Impacto

Ambiental. Ed. Mc Graw - Hill. 2ª edición. España.

13. Henry, J. Glyn; Heinke, Gary W. (1999). Ingeniería Ambiental.

Ed. Pretince Hall. 2ª edición. México.