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LA RELACIÓN ARRENDATICIA UNIVERSIDAD FERMIN TORO DECANATO DE CS JURIDICAS Y POLITICAS VICERECTORADO ACADEMICO ESCUELA DE DERECHO Alumna: Fabiana Arraez CI.V-23.850.785 Derecho Inquililario SAIA-B

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Page 1: Relacion arrendaticia

LA RELACIÓN ARRENDATICIA

UNIVERSIDAD FERMIN TORODECANATO DE CS JURIDICAS Y POLITICAS

VICERECTORADO ACADEMICOESCUELA DE DERECHO

Alumna: Fabiana ArraezCI.V-23.850.785

Derecho InquililarioSAIA-B

Page 2: Relacion arrendaticia

LEY PARA LA REGULARIZACIÓN Y CONTROL DE LOS ARRENDAMIENTOS INMOBILIARIOS Principios

Establece y regula el marco jurídico del arrendamiento y

Subarrendamiento de los inmuebles urbanos y

suburbanos.

Es de interés y orden publico, de estricto cumplimiento en

todo lo relacionado en materia arrendaticia, con el fin de

erradicar desalojos arbitrarios y proteger a la familia y personas

victima del desalojo.

Se basa en los principios constitucionales de igualdad, equidad y

solidaridad, progresismo y así busca asegurar el

desarrollo humano sostenible, resguardando a la familia y sociedad.

Tanto inmuebles destinados a la vivienda

como aquellos destinados al desarrollo

de actividades comerciales, industriales, de enseñanzas y demás.

Page 3: Relacion arrendaticia

Exclusiones Artículos 6, 7 y 8.

Se excluye al ámbito de aplicación de todas las disposiciones contenidas en

la Ley para La Regularización y Control de los Arrendamientos

Inmobiliarios a:

Se queda excluido del régimen de la ley ejusdem todos aquellos

locales y oficinas ocupados con razón de una relación laboral.

Terrenos no edificados, fincas, fondos de comercio, todo lo relacionado con hoteles,

posadas estadías y demás ramos conexos.

Se excluye, solo en el ámbito del calculo de la fijación de canon de arrendamiento:

+Inmuebles pertenecientes a la Republica Bolivariana de Venezuela,

los estados o municipios. +Los inmuebles cuya Cédula de

Habitabilidad o se encuentre entre los diez años posteriores a la celebración

del contrato de arrendamiento. +Las viviendas uni o bifamiliares las cuales el valor establecido exceda de

1.226 Salarios Mínimos

Page 4: Relacion arrendaticia

Prohibiciones

Queda prohibido dictar como medida cautelar el secuestro de inmuebles destinados a la vivienda u

otros que sean el hogar de personas o familias

La medida cautelar de secuestro será retroactiva en todos aquellos casos, solicitudes y

procedimientos en cualquier grado y deberán suspenderse.

Las viviendas inadecuadas para una vida digna y que no cumplan con las condiciones mínimas de

sanidad y servicios básicos no podrán ser arrendadas, por lo consecuente nadie esta

obligado a pagar arrendamiento por una vivienda de este tipo tales como los ranchos.

Page 5: Relacion arrendaticia

Prohibiciones

Las viviendas que son adjudicadas por el Estado no podrán ser arrendadas ni subarrendadas.

No podrán ser publicados por ningún medio anuncios que contengan como requisito, para arrendar o ser arrendados,

la condición de no poseer niños, estar en espera de un bebe, ser extranjero o cualquier discriminación o

preferencia de credo social, económico, sexual o racial.

Se prohíbe el cobro de dinero por tan solo mostrar o exhibir inmuebles para ser arrendado.

Page 6: Relacion arrendaticia

Competencia de los distintos órganos públicos para la protección del derecho a la vivienda.

La función administrativa en materia inquilinaría le

corresponde al Poder Ejecutivo a través de Ministerio del Poder Popular de habitad y

vivienda.

Para garantizar el cumplimento de la ley, el

ministerio correspondiente creara una dirección nacional

de inquilinato con sede en todos los estados de

Venezuela.

Las atribuciones serán:Velar por los derechos y garantías

contenidos en la ley.Iniciar el procedimiento administrativo a

solicitud de las parte o de oficio, conforme a los principios de la adm. Publica.

Imponer las sanciones administrativas correspondientes.

Proveer refugio o dar solución definitiva a las familias afectadas de desalojo.

Promover y generar viviendas dignas.Realizar censos de contratos de arrendamientos cada 3 años.

Page 7: Relacion arrendaticia

Censo de los contratos de arrendamiento

Cada tres años se debe realizar un censo de contratos de

arrendamiento sobre bienes destinados a la vivienda, habitación o pensión.

Esto para recolectar información sobre la

identificación de las partes del contrato de arrendamiento, las clausulas penales, la duración del contrato, tipo y ubicación

del inmueble y demás información.

Es de obligación del arrendador remitir a la Dirección Nacional de Inquilinato el o los contratos

de arrendamiento que este posea vigente; al igual que el arrendatario tiene derecho a

pedir que su contrato sea remitido para el censo.

Si el arrendador no remite el contrato para el censo,

acarreara con una multa por incumplimiento de la ley.

Page 8: Relacion arrendaticia

Jurisdicción Especial InquilinariaEn la capital del país, Caracas, en lo respectivo a la impugnación de actos administrativos emanados

de la Dirección Nacional de Inquilinato le corresponde a los

Tribunales Superiores en lo civil y Contencioso administrativo.

Al resto del país le corresponde la competencia a los Juzgados de

Municipio o los de igual competencia de la localidad, a los cuales se les atribuye competencia

especial Contencioso Administrativo en materia

inquilinaria.

En lo referente al resto de los procedimientos jurisdiccionales en

materia inquilinaria y que sean regulados por la ley en estudio, el conocimiento será competencia de

la Jurisdicción Civil Ordinaria.

El órgano que designara defensores públicos para defender y proteger el

derecho a la vivienda será la Defensoría Publica para la protección del Derecho a la Vivienda, el cual se ocupara del resguardar

los intereses y derechos de las personas que son sujetos arrendatarios de viviendas

y pensiones.

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FIN