reglemento interno
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ESCUELA FISCAL MIXTA “10 DE DICIEMBRE”
El Cabuyal-Mira-Carchi
REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA “10 DE DICIEMBRE”
CONSIDERANDO:
Que es menester normar la vida institucional con la finalidad de organizar y determinar los mecanismos que rigen el funcionamiento de la escuela y en uso de la atribución que concede el artículo 79 de la Ley de Educación resuelve establecer el Reglamento Interno que será cumpliendo con cabalidad.
CAPITULO I
DEL SR. DIRECTOR.
Art. 1 Los deberes y atribuciones del Director, a mas des que están estipulados en el Reglamento de la Ley de Educción vigente al Art. 77 los siguientes.
A.- Convocar a Junta General de Profesores por lo menos una vez cada Trimestre ordinariamente y extraordinariamente cuando sea necesario.
B.- El Director aceptar y ejecutar las resoluciones adoptadas por la Junta General.
C.- Revisar los Cuestionarios antes de su aplicación, cuadros y libretas de calificación cada trimestre.
D.- Estimular la labor del maestro (a) y alumno (s) que se hubieran destacado el año lectivo.
E.- Revisar y verificar el trabajo de las comisiones para dar fiel cumplimiento con la planificación anual.
F.- Realizar entrevistas individuales y colectivas a los maestros a fin de orientar la labor educativa.
G.- Prevenir, conocer, e investigar los problemas de orden pedagógico, administrativo y sugerir alternativas de solución.
H.- Informar al final del año lectivo sobre los aspectos del avance educativo en lo material y social.
I.- En caso de ausencia del Sr. Director, deberá asumir la responsabilidad el Profesor de grado.
J.- Llevara un registro del cumplimiento de las actividades cívicas de los maestros.
K.-Controlara el Registro de Asistencia diariamente.
CAPITULO II
DE LOS SÑORES PROFESORES
Art. 3 Son deberes y atribuciones de los Señores Profesores del nivel Pre-Primario y Primario los estipulados en el Art. 38 del Reglamento De la Ley de Educación en vigencia se cumplirá con lo siguiente.
A.- Estar presentes los maestros y cumplir la disciplina en la formación al inicio de las labores.
B.- Los turnos para la formación serán alternados y deberá preparar el minuto cívico con los estudiantes incluyendo el Primer Año.
C.- Cumplirá con el calendario cívico escolar.
D.- los señores profesores serán responsables de la disciplina de los alumnos dentro del aula y fuera de ella, en todos los actos socioculturales deportivos que se desarrollen dentro y fuera del plantel.
E.- Se cumplirá con los Art. 318,320, de la Ley de Educación sobre la Evaluación de la disciplina. Art. 265, 270, 271, 272 de la disciplina y asistencia.
F.- Observar el cumplimiento del Art. 40 de las medidas disciplinarias y Art. 41 sanciones Prohibidas del Código de la Niñez y Adolescencia.
CAPITULO III
DE LA PLANIFICACION
A.- La planificación se la realizara dando cumplimiento a las disposiciones del MEC, DE LA Dirección Provincial de Educación, apegado a la Reforma Curricular.
CPITULO IV
DE LA EVALUACION
A.- Dara cumplimiento al Art. 290, 291, 292, 293, 294, 295, de la Evaluación, Normas Generales de la Ley de Educación.
B.- Observara el estricto cumplimiento de los Art. 296, 297, 298, 299, 300, 303 de la Ley de Educación.
CAPITULO V
DE LAS COMISIONES
ART. Son deberes y atribuciones de las comisiones de: Asuntos Sociales, Culturales, Deportiva y Pedagógica.
A.- Planificar las actividades a cumplir en el año lectivo.
B.- Presentar el Plan de Actividades para su aprobación.
C.- Asistir a las reuniones organizadas por el Comité Deportivo.
D.- Presentar el informe anual sobre el desarrollo y cumplimiento de las actividades planificadas en el siguiente año lectivo.
CAPITULO VI
DE LOS ALUMNOS
Art. 7 Son los deberes y derechos de los alumnos los estipulados en los Arts. 140, 141, 142 del Reglamento General de la Ley de Educación.
Art. 8 Los derechos contemplados en el Capitulo III, Derechos relacionados con el desarrollo Art. 37 Derecho a la Educación del Código de la Niñez y Adolescencia.
A.- Hacerse acreedor un estimulo al final del año lectivo, los alumnos que se destacaran en: Aprovechamiento, Bueno Conducta y una correcta Disciplina.
DISPOSICION TRANSITORIA DEL REGLAMENTO INTERNO
A.- El presente Reglamento Interno puede ser modificado por los Profesores que laboran en la Escuela cuando así lo requieran.
B.- Los casos no contemplados en el Reglamento serán resueltos por la Supervisión, la Dirección de Educación sin contravenir las disposiciones Constitucionales y legales vigentes.
C.- el presente Reglamento Interno de la Escuela Fiscal Mixta “10 de Diciembre” de la Parroquia Juan Montalvo, Cantón Mira fue discutido y aprobado en la sesión de Profesores en el mes de Septiembre del año lectivo 2007-2008.
DISPOSICION FINAL
El presente Reglamento Interno entrara en vigencia a partir de su aprobación por la Dirección Provincial de Educación y Cultura del Carchi.
Dado y firmado en la Dirección de la Escuela Fiscal Mixta “10 de Diciembre” de la Parroquia Juan Montalvo, Cantón Mira, Provincia del Carchi a los 10 días del mes de Junio del 2008.
Pro. Irene Silva Prof. Janella Betancourt
DIRECTORA SECRETARIA