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EL MEF APOYA LAS GESTIONES DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES, PARA QUE PUEDAN ACCEDER A LOS RECURSOS DE ENDEUDAMIENTO Gasto no financiero (t) Saldo de deuda total / Ingresos corrientes totales (promedio 4 últimos años) Crecimiento del gasto Saldo de deuda 100% Estimado gasto no financiero (t-1) *Variación % promedio móvil de ingresos de 4 años (t-2) Ahorro en cuenta corriente Ingreso Corriente Total – Gasto Corriente Total 0 Elaborar los estudios de preinversión de los proyectos a ser financiados con los recursos del endeudamiento. Obtener la viabilidad del proyecto a ser financiado con endeudamiento, emitida por la DGIP del MEF o por el órgano correspondiente del SNIP cuando la declaración de viabilidad haya sido materia de delegación. Acciones a realizar por los GR y GL para concertar, con cargo a sus recursos determinados, una operación de endeudamiento con garana del GN o que sea traspasada por el GN Reglas Fiscales Las reglas fiscales tienen por objetivo asegurar en forma permanente la responsabilidad fiscal y el manejo transparente de las finanzas públicas de los GR y GL, con la finalidad de mantener el crecimiento económico del país en el mediano y largo plazo. Para el cálculo de las reglas fiscales, se aplican las definiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1275, el cual aprueba el marco de responsabilidad y transparencia fiscal de los GR y GL. Reglas Fiscales para los GR y GL: ENDEUDAMIENTO DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES CON CARGO A SUS RECURSOS DETERMINADOS (CANON, SOBRECANON, REGALÍAS MINERAS, RENTA DE ADUANAS, FOCAM Y FONCOMUN) Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Las operaciones de administración de deuda que realicen los GR y GL no están afectos al referido monto máximo. Se recomienda coordinar con la DGIP los estudios de preinversión, considerando que en el proceso de concertación se debe contar con su opinión favorable. Elaborar el informe técnico que demuestre su capacidad de pago para atender el servicio de la deuda a ser contratada a su favor. Aprobar en sesión del consejo regional, o de concejo municipal, según corresponda, la gestión del préstamo y el mecanismo de pago de la deuda a ser contratada. En el caso de una operación de endeudamiento traspasada al GR o GL, adicionalmente se deberá autorizar al presidente regional o alcalde a firmar el convenio de traspaso de recursos. Solicitar a la DGETP la aprobación del préstamo o garantía, adjuntando copia del acuerdo del consejo regional o del concejo municipal. Otras acciones que se requieran pueden ser consultadas con la Dirección de Créditos de la DGETP del MEF.

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Page 1: Reglas Fiscales ENDEUDAMIENTO DE LOS GOBIERNOS ......endeudamiento público para financiar sus obras prioritarias, y respaldar el oportuno pago de la deuda con los recursos determinados

EL MEF APOYA LAS GESTIONES DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES, PARA QUE PUEDAN ACCEDERA LOS RECURSOS DE ENDEUDAMIENTO

La Décimo Primera Disposición Complementaria y Transitoria del TUO de la Ley Nº 28563 - Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, establece que los GR y GL pueden concertar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto máximo o igual a los recursos determinados y recursos directamente recaudados disponibles para la inversión pública, previstos durante el periodo del mandato de la autoridad respectiva, según las proyecciones establecidas en el MMM, y en concordancia con lo dispuesto en la Ley de Descentralización Fiscal, Decreto Legislativo N° 955 y el Decreto Legislativo N° 1275 – Decreto Legislativo que aprueba el Marco de Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los GR y GL.

Gasto no financiero (t)

Saldo de deuda total / Ingresoscorrientes totales (promedio 4últimos años)

Crecimientodel gasto

Saldo dedeuda 100%

Estimado gasto no financiero (t-1)*Variación % promedio móvil deingresos de 4 años (t-2)

Ahorro en cuenta corriente

Ingreso Corriente Total – Gasto Corriente Total 0

• Elaborar los estudios de preinversión de los proyectos a ser financiados con los recursos del endeudamiento. • Obtener la viabilidad del proyecto a ser financiado con endeudamiento, emitida por la DGIP del MEF o por el órgano correspondiente del SNIP cuando la declaración de viabilidad haya sido materia de delegación.

Acciones a realizar por los GR y GLpara concertar, con cargo a susrecursos determinados, unaoperación de endeudamiento congarantía del GN o que seatraspasada por el GN

Reglas Fiscales

Las reglas fiscales tienen por objetivo asegurar en forma permanente la responsabilidad fiscal y el manejo transparente de las finanzas públicas de los GR y GL, con la finalidad de mantener el crecimiento económico del país en el mediano y largo plazo.

Para el cálculo de las reglas fiscales, se aplican las definiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1275, el cual aprueba el marco de responsabilidad y transparencia fiscal de los GR y GL.

Reglas Fiscales para los GR y GL:

ENDEUDAMIENTO DE LOSGOBIERNOS REGIONALES YGOBIERNOS LOCALES CON

CARGO A SUS RECURSOSDETERMINADOS

(CANON, SOBRECANON, REGALÍAS MINERAS,RENTA DE ADUANAS, FOCAM Y FONCOMUN)

Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público

Las operaciones de administración de deuda que realicen los GR y GL no están afectos al referido monto máximo.

• Se recomienda coordinar con la DGIP los estudios de preinversión, considerando que en el proceso de concertación se debe contar con su opinión favorable.• Elaborar el informe técnico que demuestre su capacidad de pago para atender el servicio de la deuda a ser contratada a su favor.• Aprobar en sesión del consejo regional, o de concejo municipal, según corresponda, la gestión del préstamo y el mecanismo de pago de la deuda a ser contratada.• En el caso de una operación de endeudamiento traspasada al GR o GL, adicionalmente se deberá autorizar al presidente regional o alcalde a firmar el convenio de traspaso de recursos.• Solicitar a la DGETP la aprobación del préstamo o garantía, adjuntando copia del acuerdo del consejo regional o del concejo municipal.• Otras acciones que se requieran pueden ser consultadas con la Dirección de Créditos de la DGETP del MEF.

Page 2: Reglas Fiscales ENDEUDAMIENTO DE LOS GOBIERNOS ......endeudamiento público para financiar sus obras prioritarias, y respaldar el oportuno pago de la deuda con los recursos determinados

Operación deendeudamiento

Externa

Con garantía

Con garantía

Traspasada(Endeudamiento MEF)

Operaciones deendeudamiento

Sin garantíaInterna

LOS GOBIERNOS REGIONALES Y GOBIERNOS LOCALES PUEDEN RESPALDAR CON SUS RECURSOS DETERMINADOS (CANON,

SOBRECANON, REGALÍAS, FOCAM Y FONCOMUN) LA CONTRATACIÓN DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO

INTERNAS Y/O EXTERNAS.

La Décimo Primera Disposición Complementaria y Transitoria del TUO de la Ley Nº 28563 - Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, establece que los GR y GL pueden concertar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto máximo o igual a los recursos determinados y recursos directamente recaudados disponibles para la inversión pública, previstos durante el periodo del mandato de la autoridad respectiva, según las proyecciones establecidas en el MMM, y en concordancia con lo dispuesto en la Ley de Descentralización Fiscal, Decreto Legislativo N° 955 y el Decreto Legislativo N° 1275 – Decreto Legislativo que aprueba el Marco de Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los GR y GL.

Monto Límite del Endeudamiento Interno

Con la finalidad de promover las obras de infraestructura y servicios públicos a favor de la poblaciones vulnerables en las regiones del Perú, el Ministerio de Economía y Finanzas estima conveniente difundir los mecanismos contemplados en el marco legal vigente, para que los gobiernos regionales (GR) y gobiernos locales (GL) puedan acceder a los recursos de endeudamiento público para financiar sus obras prioritarias, y respaldar el oportuno pago de la deuda con los recursos determinados que perciban.

Introducción

1. Endeudamiento Externo: puede ser contratado únicamente con la garantía del gobierno nacional (GN). Opcionalmente, el GN (MEF) puede contratar la operación de endeudamiento externo directamente y traspasarla a los GR y GL, en las mismas condiciones financieras, mediante convenios de traspaso de recursos.

2. Endeudamiento Interno: puede ser contratado con o sin la garantía del GN. El GN (MEF) también puede contratar la operación y traspasarla a los GR y GL.

¿Qué modalidades de Operacionesde Endeudamiento pueden gestionarlos GR y GL?

1. Demostrar capacidad de pago. 2. En el caso de los PIP, se debe contar con la declaratoria de viabilidad.3. Tratándose de una operación de endeudamiento traspasada al GR o GL, se debe firmar un Convenio de Traspaso de Recursos con el MEF.4. En el caso de una operación de endeudamiento garantizada

por el GN (MEF), adicionalmente se debe contar con lo siguiente:

4.1. Calificación crediticia favorable cuando el monto de la operación es mayor de S/ 15 millones (individual o acumulado). 4.2. Encontrarse dentro del Monto Límite de Endeudamiento Interno de los GR y GL. 4.3. Dar cumplimiento a las reglas fiscales.5. Contar con el informe previo de la Contraloría General de la República.

¿Qué debe tenerse en cuentapara concertar una operación deendeudamiento con garantía delGN o traspasada por el GN a losGR y GL?En el caso de los GR, los recursos se destinarán para financiar

única y exclusivamente Proyectos de Inversión, y en el caso de los GL podrán financiar la ejecución de obras de inversión y servicios públicos. Los PIP deberán ser aprobados previamente en el marco del Invierte.pe.

Según la Constitución Política del Perú, los gastos de carácter permanente no se financian con recursos de endeudamiento.

Destino de los recursos de unaOperación de Endeudamientocontratada por o para los GR y GL

El pago del Servicio de la Deuda (amortización, intereses, comisiones y otros) se realiza a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP) del MEF, la cual deducirá los montos necesarios para atender oportunamente dichas obligaciones, de las asignaciones financieras del GR o GL por concepto de canon, sobrecanon, regalías mineras, renta de aduanas, FOCAM y FONCOMUN. Finalmente, hará la transferencia directamente a las cuentas previstas para el pago de la deuda, de acuerdo al cronograma de pagos.

Mecanismos para el pago delServicio de la Deuda

Las operaciones de administración de deuda que realicen los GR y GL no están afectos al referido monto máximo.

MEF(DGETP)

FLUJOS que perciben los GR y GL por*Canon*Sobrecanon*Regalías mineras*Renta de aduanas*FOCAM*FONCOMUN

---------

2 3

Acreedor

El MEF deduce el monto para

el pago de compromisos

Suscribren convenio

de traspaso

de recursos

Transfiere recursos y

paga la deuda

---------

GR/GL

1