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R RE EG GL LA AM ME EN NT TO O I IN NT TE ER RN NO O INSITITUCIÓN EDUCATIVA Nº5080 “SOR ANA DE LOS ANGELES” “SOR ANA DE LOS ANGELES” “SOR ANA DE LOS ANGELES” “SOR ANA DE LOS ANGELES” CALLAO VIGENCIA: 2011 – 2015

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Reglamento de la I.E- Sor Ana de los Ángeles del Callao

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RRREEEGGGLLLAAAMMMEEENNNTTTOOO IIINNNTTTEEERRRNNNOOO

INSITITUCIÓN EDUCATIVA

Nº5080

“SOR ANA DE LOS ANGELES”“SOR ANA DE LOS ANGELES”“SOR ANA DE LOS ANGELES”“SOR ANA DE LOS ANGELES”

CALLAO

VIGENCIA: 2011 – 2015

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REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA Nº 5080

“SOR ANA DE LOS ÁNGELES”

La Institución Educativa Pública Nº 5080 "Sor Ana de los Ángeles", fue creado por R.S. Nº 086-85-ED, con fecha 20/03/1985 e inaugurado el 01/04/1985, está ubicado en la Ciudad Satélite Santa Rosa, Alameda de los Misioneros S/N , en el Distrito del Callao, jurisdicción de la Dirección Regional de Educación del Callao (DREC). La Institución Educativa Pública Nº 5080 "Sor Ana de los Ángeles", como órgano de ejecución descentralizado del Ministerio de Educación, tiene como finalidad lograr el desarrollo de la educación, garantizando la calidad y eficiencia de los servicios en armonía con la política educativa del sector, los planes de desarrollo y las características peculiares de la comunidad de Santa Rosa. El Decreto Supremo Nº 009-2005-ED, que aprueba el “Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo” en su artículo 32º literal c) señala: “Reglamento Interno (RI).- Es un instrumento de

gestión que regula la organización y el funcionamiento integral (pedagógico, institucional y

administrativo) de la institución y de los distintos actores, en el marco del Proyecto Educativo

Institucional, de otros instrumentos de planeación local y regional y de las normas legales

vigentes. Establece pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los

diferentes miembros de la comunidad educativa”.

Por tanto, el Reglamento Interno es un documento normativo a nivel de la institución educativa, que contiene un conjunto de normas, que permite a la administración regular la relación laboral servidor – empleador, que fijan sus derechos y obligaciones, dichas normas se sujetan a la legislación laboral respetando el régimen laboral de cada trabajador; asimismo se establecen los derechos y obligaciones de los educandos, padres de familia y otros actores de la comunidad educativa.

Las disposiciones contempladas en el presente Reglamento Interno determinan las funciones generales y específicas del personal que labora en la Institución Educativa y alcanzan a todo el personal, alumnos y padres de familia o apoderados. El presente documento regula el funcionamiento organizativo, administrativo y pedagógico de la Institución Educativa para lograr los fines, objetivos y metas propuestas. Además determina las funciones generales y específicas del personal que labora en el colegio, así como las normas de convivencia de nuestros alumnos, centro del proceso educativo. El Personal Directivo, Docente y Administrativo de la IE "SOR ANA DE LOS ANGELES" ha elaborado el presente Reglamento Interno, como el instrumento técnico que permita mejorar la Gestión Educativa y Administrativa de esta casa de estudios.

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CAPITULO I ASPECTOS GENERALES 1. OBJETIVO GENERAL: Establecer Normas y Procedimientos de carácter interno que permiten brindar un servicio educativo de calidad, frente a los retos de un nuevo orden social en el mundo globalizado de creciente competitividad. 2. OBJETIVOS ESPECIFICOS: 2.1. Planificar, diseñar, organizar, coordinar, ejecutar y evaluar el servicio educativo que brinda el plantel, acorde a la realidad, garantizando la calidad y eficiencia educativa. 2.2. Garantizar la gestión administrativa que se brinda en la Educación Básica Regular, utilizando los recursos propios con que cuenta la Institución Educativa. 2.3. Impulsar, propiciar una excelente gestión y capacidad de respuesta frente a los requerimientos específicos que permitan obtener resultados de calidad acorde con la modernización y conforme al avance de la Ciencia y Tecnología. 3. ALCANCE: El reglamento interno norma las funciones y actividades de los agentes educativos de nuestra Institución Educativa Pública N° 5080 “Sor Ana de los Ángeles”. 4. FINALIDAD: 4.1. Normar las acciones para la planificación, organización, y ejecución de la I.E. N° 5080 estableciendo un adecuado clima institucional en base al respeto de la persona y el fortalecimiento de la unidad y desarrollo institucional mejorando el servicio educativo en el aspecto Técnico Pedagógico, acorde con las nuevas corrientes Pedagógicas. 4.2. Garantizar la eficiencia, eficacia y calidad del servicio educativo. 4.3. Impulsar el desarrollo de la educación, comprometiendo la participación protagónica de los agentes educativos. 4.4. Promover e impulsar la práctica de valores e identidad con la I.E. 4.5. Fortalecer la identidad nacional y el respeto hacia las distintas expresiones de la cultura nacional. 5. ESTRUCTURA ORGÁNICA: La I.E. 5080 cuenta con una estructura orgánica horizontal, dinámica y flexible. 5.1. Órgano de Dirección:

• Director. • Sub Dirección de Formación General.

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• Sub Dirección de Educación Primaria. 5.2. Órgano Técnico Pedagógico y de Asesoramiento:

• Consejo Académico de letras • Consejo Académico de Ciencias • Coordinador de grado (Primaria) • Comité de Evaluación • Comisión de Racionalización • Comité de Disciplina escolar, Tutoría y convivencia:

• Policía escolar • Municipio Escolar • Comité de PEC

• Comité de Defensoría del Niño y del Adolescente.

COORDINADORES DE AREA:

• Coordinación de Laboratorio. • Coordinación de Educación Por el Trabajo. • Coordinación de Educación Física. • Coordinación del Aula de Innovación Pedagógica. • Coordinación del Programa de Recuperación Académica.

5.3. Órgano de Ejecución:

• Docentes. • Auxiliares de Educación.

5.4. Órgano de Apoyo Administrativo:

• Subdirección de Administración • Secretaria. • Oficinista • Auxiliar de contabilidad • Mesa de Partes y Tramite documentario • Biblioteca. • Comité de Recursos financieros. • Guardianía y personal de limpieza.

5.5. Órgano de Participación concertación y vigilancia:

• Asamblea general del Personal Docente de IE. • CONEI • COTIE • Alumnos. • Municipio Escolar. • Padres de Familia. • Ex alumnos. • Sindicato de Profesores. • Junta de Presidente de comités de Aula. • Comité de seguridad y Defensa Civil.

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6. BASES LEGALES: 6.1. Constitución Política del Perú. 6.2. Nueva Ley General de Educación N° 28044 6.3. DL. 25762 Ley orgánica del Ministerio de Educación modificado por la ley 26510 y los decretos supremos 051-95-ED y 002-96-ED 6.4. Ley Nº 27783 ley de bases de la descentralización. 6.5. Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010. 6.6. Ley General del Profesorado N° 24029, su Reglamento D.S. N° 19-90-ED y su modificatoria ley del profesorado N° 25212 y su reglamentación D.S. N° 19-90. 6.7. D.S. Nº 013-2004-ED Reglamento de Educación Básica Regular. 6.8. D.S. Nº015-2004-ED Reglamento de Educación Básica Alternativa 6.9. Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. 6.10. D.S. N° 002-96-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. 6.11. D.S. N° 015-2004-ED Reglamento de Organización y Funciones de Direcciones Departamentales y UGELs 6.12. D.S. N° 69-63 Responsabilidades de Empleados y Funcionarios del Sector Educación. 6.13. R.M. N° 574-94-ED Reglamento de Control y permanencia del Personal del Ministerio de Educación. 6.14. D.S. N° 050-82-ED Reglamento sobre el Sistema de Supervisión y Monitoreo.. 6.15 D.S. Nº 18-2004-ED- Aprueba reglamento de APAFAS de las II.EE Públicas 6.16. R.S. N° 189-82-ED Normas sobre el funcionamiento de kioscos escolares. 6.17. Proyecto Huascarán resolución de Secretaría General Nº 503-2003-ED 6.18. Informe Ejecutivo de Gestión Anual – RM-596-2004-ED 6.19. R.M. N° 1326-85 Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas en Secundaria. 6.20. R.M. N° 1225-85-ED Normas sobre la Determinación de Alumnos que han obtenido los más altos puntajes de Educación. 6.21. R.M. N° 814-85-ED Funciones de los Auxiliares de Educación. 6.22. R.D. N° 0711 Funciones para el personal Administrativo del Plantel, trabajadores de Servicio y Guardianía. R.M. N° 353-89-ED. 6.23. R.M. N° 1241-84-ED Normas para Bibliotecas Escolares. 6.24. R.M. N° 1173-91-ED Normas para la Selección de Personal y Provisión de Cargos Directivos, Jerárquicos de Centros de Programas Educativos Estatales y Particulares. 6.25. R.M. N° 291-95-ED Autorización de Excursiones y Visitas Escolares. 6.26. D. L. N° 276-84 Ley de Bases de la Carrera Administrativa. 6.27. R.M. N° 002-98-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. 6.28. R.D.N° 010-98-ED Normas para el desarrollo de Programas de Recuperación Académica en Centros y Programas Educativos de Educación Secundaria de Menores. 6.29. R.M. Nº 0019-2004-ED 6.30. R.M. Nº0048-2005-ED 6.31. R.M. 0068-2005-ED 6.32. D.S. 020-2001-ED y su modificatoria D.S. 033-2001 proceso de contrato de personal. 6.33. Ley Nº 28198 colegio de profesores del Perú 6.34. D.S. 17-2004 – ED del Colegio de Profesores del Perú. 6.35. D.L. Nº 719 Ley de Cooperación Técnica Internacional y su reglamento D.S. 015- 92-PCM 6.36. Reglamento General de APAFAS de las instituciones educativas públicas. 6.37. D.S. Nº018-2004-ED 6.38. R.M 009-2005 Normas para el desarrollo de la gestión pública 6.39. R.M. No 0712-2006-ED 6.40. Ley de Procedimientos administrativos 27444 y Directiva 11-2007

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6.41. DIRECTIVA Nº 050 - 2007–ME/SG Normas de transparencia en la conducta y desempeño de funcionarios y servidores públicos. 6.42. El Nuevo Código de los Niños y Adolescentes - Ley N° 27337 6.43. R.M. Nº 234-2005-ED – Aprueba Directiva Nº 004-VMGP-2005- evaluación de Aprendizajes en la EBR 6.44. R.M. Nº 048-2004-ED Orientaciones para las Actividades Educativas 6.45. R.M. Nº 0710-2005-ED Orientaciones y normas nacionales para la gestión de las II.EE. de Educación Básica y Educación Técnico Productiva. R.M. 348 – 2010 – ED Directiva del inicio y desarrollo del Año escolar.

CAPITULO II DE LAS FUNCIONES DE LOS ORGANOS QUE INTEGRAN 1.ÓRGANO DE LA DIRECCIÓN 1.1 DEL DIRECTOR Art. 1. El Director es la primera autoridad del plantel, representa legalmente a la Institución, cumple y hace cumplir las normas y dispositivos legales vigentes. Depende de la dirección regional de educación del Callao (DREC) D.S. Nº 007-2001- ED Y R.M. Nº 168-2002-ED. Siendo sus funciones las siguientes: El Director es la primera autoridad del Colegio Nacional "Sor Ana de los Ángeles" que garantiza el desarrollo de sus actividades, lo representa legalmente, conforma un equipo de gestión con el personal directivo y jerárquico, lidera la participación de la comunidad educativa y preside el Consejo Educativo Institucional. Depende de la Dirección de Educación del Callao (DEC). Sus funciones del Director (a)

En lo Pedagógico

1. Optimizar la calidad de los aprendizajes y del desempeño docente, con medidas que promuevan y estimulen a la innovación pedagógica y la diversificación curricular, la investigación y propuestas experimentales, orientadas a cualificar los logros de aprendizaje, la práctica docente en el aula y el desarrollo de diversos talentos en estudiantes y docente.

2. Monitorear, supervisar y evaluar continuamente el servicio educativo, acompañando y asesorando los esfuerzos de los docentes por mejorar la calidad de su práctica pedagógica.

3. Crear espacios y oportunidades constantes de ínter aprendizaje, de reflexión sistematización de las prácticas, dirigidas a mejorar las competencias de los docentes y las condiciones de aprendizaje de los alumnos.

4. Organizar en forma regular eventos de capacitación y actualización docente, así como evaluar su ejecución e impacto.

5. Suscribir convenios y/o contratos entre el centro educativo y otras entidades con fines educativos y culturales, sin afectar las horas de aprendizaje en el aula. priorizando en estos convenios la capacitación del personal docente.

6. Apoyar la practica docente de los estudiantes de educación, con permanencia del docente responsable en el aula asignada, el asesoramiento al practicante acogiendo sus contribuciones a la innovación pedagógica.

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7. Aprobar y apoyar las visitas de estudio, excursiones y demás actividades de aprendizaje fuera del centro educativo, supervisando la existencia de medidas de seguridad y demás previsiones que garanticen el aprovechamiento pedagógico de estas experiencias.

8. Incentivar la participación de los alumnos ofreciéndoles canales y oportunidades constantes permitiendo y adelantando diferente formas de organización autónomas, como Municipios Escolares y Consejos estudiantiles dirigidos a contribuir en el desarrollo del centro educativo y a satisfacer sus propios intereses.

9. Promover, monitorear y evaluar la articulación al desarrollo del proceso educativo de programas y acciones de aprendizaje de cultura y deporte así como de prevención, convocados por el Ministerio de Educación y otras instituciones, autorizando la participación del centro educativo en concursos, campeonatos, juegos deportivos y otros eventos de aprendizajes de los educandos.

10. Diseñar, la oferta educativa basándose en información actualizada del mundo del trabajo y de la comunidad.

11. Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, evitando la pérdida de horas.

12. Planificar y aplicar la medición de logros de aprendizajes en los diferentes grados, al menos una vez al año, para monitorear y evaluar el servicio educativo y mejorar los estándares de calidad.

13. Aprobar los documentos normativos que orientan la vida del centro educativo y que estén en concordancia con lo dispuesto por las normas oficiales, sin saturar el tiempo de los docentes con obligaciones formales que limiten posibilidades a la innovación pedagógica.

14. Convocar a los profesores de la I.E. a reuniones de carácter pedagógico al final de cada bimestre o trimestre según corresponda.

15. Los Directores de las II.EE. públicas informan periódicamente a la Comunidad Educativa y al CONEI, la ejecución del Plan Anual de trabajo y la administración y uso de los Recursos Propios según Ley Nº 27927 y R.M. Nº 0494-2007-ED.

* En lo Administrativo

16. Delegar funciones a los Subdirectores y a otros en coordinación con los miembros de la comunidad escolar, y designar a los docentes para actividades internas y de representación en actividades externas.

17. Supervisar evaluar las actividades pedagógicas y administrativas con el personal directivo y jerárquico del centro educativo.

18. Evaluar, incentivar y reconocer esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas, según lo dispuesto en las normas vigentes.

19. Organizar el proceso de matrícula, en coordinación con los subdirectores de ambos niveles administración y la comisión de vacantes, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar, convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, hasta el mes de octubre del año lectivo. La matrícula es gratuita y no está condicionada al pago de la cuota señalada por la Asociación de Padres de Familia (APAFA) R.M. Nº 0494-2007-ED o a cualquier otro tipo de condicionamiento.

20. Presentar al órgano intermedio el personal contratado y nombrado a nivel docente y administrativo que reúne los requisito legales ,de acuerdo a la propuesta de selección y de evaluación efectuadas por la Comisión Especial de Evaluación de cada nivel o modalidad educativa, en atención a las necesidades educativas y a las plazas que corresponden al centro educativo de referencia.

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21. En el centro educativo público, presentar al órgano intermedio las licencias, de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionando y designando, previa propuesta de la respectiva Comisión de Evaluación, al docente reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al Órgano Intermedio del Ministerio de Educación para las acciones correspondientes. La resolución se emite dentro de los diez días útiles. Asimismo proponer al órgano intermedio licencias del personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber.

22. Conformar el Comité de Gestión de recursos financieros, el cual deberá informar de manera pública a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes del centro educativo, al inicio y al finalizar el año escolar.

23. El director esta facultado para justificar inasistencias por compensación la personal de la IE. por trabajos o representaciones fuera de su horario.

24. La dirección otorga el reconocimiento de un día no laborable al personal administrativo en reconocimiento por el día del servidor público que será tomado en el día del asueto del maestro para no perjudicar en normal desenvolvimiento de sus labores.

25. En el tiempo de vacaciones escolares del medio año la dirección reconocerá como premio al desempeño laboral del sector administrativo algunos días para que hagan sus gestiones de carácter personal

* En los recursos y servicios del centro educativo

26. Planificar, organizar y administrar los servicios y recursos prestados por la I.E. , recogiendo periódicamente la Opinión del Consejo Educativo Institucional (CONEI) y manteniendo informada a la comunidad educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales y asegurando una atención equitativa a las necesidades de los diversos niveles existentes en el centro educativo. Debe tenerse en cuenta que los centros educativos están eximidos del pago de obligaciones por servicios de agua y energía eléctrica de acuerdo a Ley 27627 del 28-12-01.

27. Formular el presupuesto del centro educativo público y velar la correcta administración de todos los recursos, incluyendo los recursos propios.

28. Presidir el Comité de Gestión de recursos financieros que tendrá entre sus funciones adjudicar la administración de librería, campos deportivos y otros instalaciones de la I.E. que puedan generar ingresos propios de la IE de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes, con conocimiento del CONEI, así como autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos de la IE, de acuerdo con las normas oficiales, asegurando la conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos, y un tipo de utilización que no distorsiones los fines educativos del centro, con prohibición de actividades que puedan implicar consumo de bebidas alcohólicas.

29. Coordinar con la Asociación de Padres y Madres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del PAT y la priorización de sus gastos para los requerimientos pedagógicos y de participación cultural y deportiva.

30. El Director tiene el deber de informar al órgano superior los actos de inmoralidad y delictivos que sucedan en la IE.

31. Conformar una comisión de vacantes para la matrícula de alumnos nuevos, en ambos niveles elegidos democráticamente en asamblea. La presente comisión estará integrada: a) El Director de la IE, b) El subdirector del nivel c) Dos docentes en cada nivel, un personal administrativo, durante todo el año.

* En las relaciones con la Comunidad Educativa

h) Propiciar la conformación de Consejo Educativo Institucional de la IE y presidirlo, como instancia de PARTICIPACIÓN, CONCERTACIÓN Y VIGILANCIA

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CIUDADANA DE LA Institución Pública la gestión, dando aportes a las comisiones de democratización y moralización a los Consejos regional y provincial de educación.

32. Conformar el Comité Especial de evaluación del personal ingresante, para cada nivel integrado y supervisado por: a) El Director del plantel quien lo presidirá.

b) El Subdirector del nivel como secretario.

c) Un docente de cada nivel, elegido (a) en asamblea.

33. Prevenir y mediar en situación de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas a interior de la comunidad escolar.

34. Promover en coordinación con los gobierno locales programas de cultura y deporte tanto informativos, de capacitación y de practica directa.

* En relación a niños y adolescentes con necesidades especiales, en centros educativos públicos.

35. Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.

36. Comprometer a la comunidad educativa a intervenir a favor de la situación de niños, niñas y adolescentes trabajadores y con necesidades especiales, tomando medidas que garanticen su integración al centro educativo.

* Otras funciones inherentes a su cargo.

2. DE LOS SUBDIRECTORES Art. 2. Los Sub-Directores constituyen el órgano de apoyo en la administración de la I.E siendo inherentes a su cargo la función técnico-pedagógica. Tienen la obligación de brindar calidad en cada una de las funciones a su cargo, con oportunidad y eficiencia, procurando obtener una capacitación sólida y permanente, actuando con lealtad y respeto hacia la institución y sus miembros, cumpliendo las órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en que tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con sus funciones. Debe ser un modelo de identidad de los profesores, sus actitudes, ideales y práctica de valores éticos deben constituir un paradigma en la comunidad educativa. Siendo sus funciones las siguientes: 1.-Tener permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones actuando con equidad en sus relaciones con sus superiores con el personal docente, comunidad educativa, cumpliendo y haciendo cumplir las funciones generales dispuestas por la ley General de Educación, la normatividad vigente, la Dirección General de la I.E. y el presente Reglamento Interno de la I.E. 2.- Participar en la formulación de los documentos técnico pedagógicos; PEI, PCC, RI, Plan anual y Administrativos; CAP correspondientes a su nivel. 3. Asumir la responsabilidad de la organización, desarrollo, supervisión evaluación y control de todas las acciones de gestión pedagógica, administrativas y de los diferentes servicios que brinda la I.E. 4.- Presentar y exponer anualmente el plan de trabajo correspondiente a su nivel. 5. Firmar el parte de asistencia a la hora de ingreso y salida. 6 .Cumplir con su horario de trabajo y permanecer en la institución a solicitud del director por necesidad de servicio. 7. Asistir obligatoriamente a todas las reuniones convocadas por la Dirección, actividades programadas u otras que sean delegadas por la Dirección dentro o fuera de la I.E.

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8. Presentar al inicio del año escolar su carpeta técnico Pedagógica y la mantiene al día con los documentos inherentes a su cargo:

· Ficha de Datos informativos · Título · Acreditación de últimas capacitaciones pedagógicas · Acreditación del nivel básico de informática educativa. · Plan de trabajo anual correspondiente a su nivel. · CAP de su nivel · Organigramas · Plano de distribución de secciones · R.I. · Misión, visión, matriz axiológica de la I.E. · Perfil y manual de funciones · Calendario cívico escolar y docentes responsables · Proyectos que ha elaborado para su nivel · Horario · Distribución del cuadro de horas · Distribución de alumnos por turnos, grados y secciones, · Nómina De tutores · Relación de coordinadores · Nóminas de alumnos · Horario personal de trabajo · Horarios de clase de los profesores · Informe y estadística por bimestre del rendimiento académico por grado y sección · Cronograma de jornadas y reuniones técnico pedagógicas, entrega de libretas y reuniones

con los padres de familia · Resoluciones, normas, directivas emanadas del MED.

9.- Orientar el trabajo de los Coordinadores de grado o sección, Jefes de Taller, o de laboratorio, brindándoles el asesoramiento correspondiente y haciéndoles conocer las disposiciones oficiales. 10- Programar y realizan jornadas de actualización e innovación pedagógica. 11.- Establecer en coordinación con otros sub -directores los horarios y turnos de trabajo del personal. 12.- Llevar el Control del parte de asistencia del personal a su cargo y presentar su informe mensual a la Dirección. 13.- Remplazar al personal docente, en caso de enfermedad, licencia, permiso (en primaria).En secundaria dispone el reemplazo de los profesores ausentes por los auxiliares. 14.-Informar periódicamente al Director, a los profesores, alumnos y padres de familia sobre el desarrollo del proceso de aprendizaje. 15.-Presentar el análisis de la estadística bimestral y anual del rendimiento académico por grado y sección en las diversas áreas con la finalidad de realizar las acciones correspondientes para mejorar el servicio educativo. 16.-Informar oportunamente y por escrito a la Dirección del plantel, sobre la situación del nivel a su cargo:

• Estado de matrícula por grados y turnos • Vacantes disponibles por grados y turnos • Posibles plazas de contrato o excedencias • Requerimientos o necesidades de su nivel, por orden de prioridad.

17.-Promover y propiciar la cooperación, la unión y las buenas relaciones humanas entre el personal del nivel a su cargo. 18.- Participar en las actuaciones y formación de los alumnos.

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19.-Gestionar y desarrolla oportunamente las acciones necesarias para captar alumnado en caso de evidenciarse deserción escolar. 20.-Coordinar con los profesores el proceso de matrícula. 21.-Coordinar con el CONEI las acciones de mejoramiento e infraestructura de su nivel. 22.-Informar a la Dirección oportunamente y por escrito sobre los problemas y dificultades que se presentan en su nivel, dando propuestas y alternativas viables para la solución de los mismos. 23.-Coordinar con la Dirección la designación de los profesores los coordinadores. 24.-Comunicar oportunamente a todos los profesores de su nivel la calendarización del Año escolar, fechas cívicas y otras actividades a realizarse durante el año lectivo así como las responsabilidades que asumirán los docentes en dichas actividades. 25-Coordinar con la Dirección y las comisiones la elaboración del cuadro de horas, (en secundaria) 26.-Coordinar con la Dirección y los docentes de su nivel la rotación de grado (en primaria) 27.-Publicar las fechas de entrega de la documentación técnico pedagógica, entrega de notas y de libretas. 28.-Coordinar con los profesores responsables del aula Huascarán y con los docentes de su nivel los horarios de ingreso de los alumnos según sus necesidades. 29.-Capacitar a los profesores de su nivel de acuerdo a las últimas innovaciones pedagógicas. 30-Programar, asesorar, y supervisar la elaboración de las unidades de aprendizaje y otros documentos técnico-pedagógicos los que deberá devolver debidamente visados y firmados dentro de las 48 horas siguientes. 31.-Recepcionar y distribuir oportunamente los textos, módulos , material educativo y didáctico emanados por el MED y la DREC y los existentes en la I.E, dando la directiva por escrito, respecto a la entrega y distribución de los mismos alumnos y/o padres de familia, su uso de conservación y devolución. 32.-Coordinar con el bibliotecario las acciones de organización distribución y control, conservación y devolución de los libros entregados a los alumnos. 33.-Coordinar con la Dirección, la publicación oportuna del consolidado mensual de asistencia del personal de la I.E. 34.-Justificar las faltas, inasistencias y permisos según las disposiciones legales vigentes, llevando el control de los mismos e informando oportunamente a la Dirección. 35-Participar en la organización del desfile escolar, feria de ciencias u otra actividad que promueva el Ministerio de Educación o DREC, en coordinación con la dirección de la I.E presentando su informe al término de la misma. 36.- Organizar las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo. 37- Conversar en forma personal y privada con los profesores que incumplen con sus funciones. En caso de reincidencia lo hace por escrito dando las recomendaciones del caso e informando a la dirección de la I.E. 38- Comunicar con anticipación y con la formalidad del caso, a los profesores responsables de evaluar los cursos de subsanación y aplazados. 39.-Llevar el control de los alumnos repitentes, aplazados y de los que llevan cursos a cargo correspondientes. 40.- Demostrar capacidad administrativa y pedagógica capacitando permanentemente a los docentes de su nivel en la elaboración de documentos técnico pedagógicos, innovaciones, elaboración de material didáctico, que permitan implementar y mejorar la calidad de servicio de su nivel. Presentando el informe a la Dirección de las acciones realizadas por bimestre. 41.- Promover, planificar, organizar y coordinar con los docentes de su nivel jornadas y talleres de orientación para alumnos en procura de un mejor rendimiento académico, difusión de sus derechos y desarrollo de su personalidad. 42.- Informar periódicamente al Director sobre la situación del área a su cargo. 43.-Apoyar al Director en todas las acciones pedagógicas y gestiones administrativas que se efectúan dentro y fuera del plantel, para el bienestar de la institución.

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44.-Solicitar y hacer entrega oportuna de la papeleta de salida, cada vez que se ausenta de la I.E, especificando en la misma, el motivo de salida, lugar de destino, justificación, hora de retorno firma y sello correspondiente, debiendo tener conocimiento del mismo su jefe inmediato superior y la dirección de la I.E 45.- Organizar y publicar el periódico mural de su nivel. 46.- Representar por delegación al Director. 47.- Estimular y fomentar el sentido de responsabilidad de los docentes, teniendo como base la puntualidad, participación, identificación con la Institución, esmero, espíritu de trabajo, lealtad, práctica de principios éticos y morales y colaboración en la acción educativa. 48.- Tener al día la documentación de matrícula y documentos de los alumnos. 49.- Actualizar el inventario de su nivel, velar por su mantenimiento, mejoramiento y conservación. 50.- Presentar oportunamente antes de la finalización del año escolar a la Dirección, los requerimientos y necesidades de su nivel para ser incluidos en el presupuesto. 51.- Participar en la mesa Directiva en las reuniones convocadas por la Dirección asumiendo el rol que le corresponde y apoyando al Director con el desarrollo de la misma dando los alcances que le compete a su nivel. FUNCIONES DEL SUB - DIRECTOR DE FORMACIÓN GENERAL

El Subdirector (a) de Formación General es el Docente que sigue en jerarquía al Director (a) del Plantel, su jornada laboral es: De 40 horas cronológicas, su horario debe estar publicado en lugar visible, donde constará la atención al público .

Sus funciones son:

a) Orientar, coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo integral del currículum asegurando el mejoramiento de las acciones y servicios educativos.

b) Participar en la formulación del Plan Anual de Trabajo de la I.E. correspondiente. c) Dirige la elaboración y ejecución del Plan de Supervisión Interna. d) Orientar el trabajo del Personal Docente, brindándole el asesoramiento correspondiente y

haciéndole conocer las disposiciones oficiales. e) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnico- pedagógicas en

coordinación con la Dirección y las coordinaciones. f) Representar a la I.E. dentro y fuera de él, en instancias de ausencia del Director (a). g) Controla la puntualidad en la entrega de las evaluaciones correspondientes al período

respectivo y la recepción de las libretas de notas del alumnado. h) Atender a los alumnos y Padres de Familia en el aspecto académico, llevando un cuaderno de

registro donde conste los datos del padre visitante, la fecha, asunto, conclusiones, etc. i) Informar a la Dirección del Plantel sobre el desarrollo de las actividades técnico-pedagógicas. j) Organiza las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo y en el

período vacacional. k) Programar reuniones de trabajo con los Profesores, a fin de analizar la problemática técnico-

pedagógica, por áreas , por grados , mínimo una vez en cada periodo, cuidando que para estas actividades no se perjudique a los alumnos con perdida de horas de clase

l) Programar al finalizar cada periodo las jornadas pedagógicas, sin asistencia de alumnos, para evaluar el avance curricular y la problemática educativa

m) Supervisa y coordina las actividades de orientación y bienestar del educando. n) Elabora el anteproyecto del Cuadro de Horas del Personal del Centro Educativo, en forma

oportuna y eficaz. o) Hacer cumplir el presente Reglamento.

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p) Capacitarse en forma permanente de acuerdo a las actuales innovaciones pedagógicas, para poder orientar a los docentes.

q) Publicar mensualmente el Consolidado de Inasistencias y Tardanzas del personal a su cargo, en lugar visible, primero el borrador, luego el original antes de ser enviado a la DREC.

r) Comunicar oportunamente las directivas emanadas de la DREC. s) Otras acciones que le asigne el Director (a) del Plantel. t) Organizar el proceso de matrícula de los alumnos regulares así como también de los alumnos

nuevos en los diferentes grados y, en coordinación con la Dirección, la Subdirección administrativa y la comisión de vacantes.

u) El Subdirector de Formación General es el responsable de llevar el Registro de faltas y tardanzas del personal a su cargo.

FUNCIONES DE LA SUBDIRECTORA DEL NIVEL PRIMARIA

La Subdirectora de Educación Primaria depende del Director (a) y por delegación cumple las funciones técnico pedagógicas que le corresponden al Director y tiene por funciones:

1. Es responsable de la programación, organización y evaluación de las acciones técnico -pedagógicas del nivel Primaria.

2. Preside las reuniones técnico-pedagógicas y administrativas de su área 3. Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del PAT, el PEI, el PCC y el RI. 4. Organiza y ejecuta el servicio de supervisión educativa en el nivel primario, haciendo

público el programa de supervisión opinada en el mes de abril, indicando aspectos a supervisar.

5. Organizar el proceso de matrícula de los educandos así como también de los alumnos nuevos en coordinación con la Dirección, el Subdirector Administrativo y la comisión de vacantes.

6. Expedir certificados de estudios con la firma del Director (a) del Colegio. 7. Estimular y sancionar a los alumnos, previa coordinación con el Director (a) del Colegio. 8. Evaluar y estimular la labor del personal a su cargo por acciones extraordinarias en

beneficio del Colegio, del educando y la comunidad, previo informe y autorización del Director (a).

9. Promueve proyectos de investigación sobre métodos y procedimientos del proceso de enseñanza - aprendizaje, incentivando la creación y producción del material educativo.

10. Realiza reuniones de trabajo con los docentes con el fin de optimizar la labor técnico- pedagógica, orientando el proceso de planificación y programación pedagógica de acuerdo a la calendarización del año escolar, dentro del horario de trabajo.

11. Determina el horario de clases por turno y áreas. 12. Organizar y ejecutar los programas de recuperación educativa en su nivel. 13. Orienta y sugiere las normas y criterios de evaluación del educando, respetando y haciendo

respetar la autonomía de evaluación del docente. 14. Programar al finalizar cada periodo las jornadas pedagógicas, sin asistencia de alumnos,

para evaluar el avance curricular y la problemática educativa. 15. Orientar y programar las acciones de trabajo de los docentes en el periodo de vacaciones

de los alumnos del medio año. 16. Desarrollar y apoyar las acciones de OBE. 17. Orientar a los coordinadores de grado, para el logro de la calidad educativa. 18. En caso de inasistencia del profesor, reemplazar a éste. 19. Todo acuerdo con el personal docente de primaria, deberá quedar asentada en acta.

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20. Publicar mensualmente el Consolidado de Inasistencias y Tardanzas injustificadas del personal a su cargo, en lugar visible antes de ser enviado a la DREC. Comunicar oportunamente las directivas emanadas de la DREC .

21. Cumplir otras funciones que le asigne el Director(a) del Centro Educativo. FUNCIONES DEL SUB-DIRECTOR (A) DEL AREA ADMINISTRATIVA

El Subdirector (a) del Área Administrativa cumple la jornada laboral de 40 horas cronológicas distribuyendo sus horas para ambos niveles, en los períodos de funcionamiento del Colegio, depende del Director(a) del Centro Educativo y cumple con las siguientes funciones:

1. Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo del Centro Educativo.

2. Controla la asistencia y puntualidad del personal del Centro Educativo. Realiza el consolidado mensual que publicará en lugar visible antes de su envío a la DREC, para conocimiento del Personal.

3. Elabora el cuadro de necesidades del personal, material y recursos económicos y sugiere fuentes de financiamiento.

4. Es el responsable de organizar el proceso de matrícula en coordinación con la Dirección, Subdirectores de ambos niveles y la comisión de vacantes.

5. Coordinar con el área técnico-pedagógica para brindar un apoyo efectivo en las acciones educativas que desarrolla la institución educativa.

6. Organizar, desarrollar o implementar las labores de trámite documentario y archivo del Colegio.

7. Administrar la planta física, velar por su mantenimiento y conservación en estrecha coordinación con el Personal de Servicio.

8. Organizar, actualizar y administrar el inventario físico de todos los bienes del colegio. 9. Establece los horarios y turnos de trabajo del Personal así como también el rol de

vacaciones de acuerdo a las necesidades de la I,E, 10. Organiza y llevar al día el escalafón del Personal del Centro Educativo. 11. Supervisa y racionaliza los ingresos propios de la I.E. con la participación del Consejo

Educativo Institucional y de acuerdo a la normatividad vigente. 12. Informa periódicamente al Director(a) sobre la situación del área a su cargo. 13. Racionaliza, supervisa y evalúa el trabajo del Personal Administrativo y de Servicio. 14. Manejar el cuaderno de desplazamiento del .personal. 15. Registrar en el libro de donaciones, todos los donativos al IE. 16. Cumplir otras funciones que le asigne el Director(a) de la IE.

PROHIBICIONES Y SANCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO Art. 3. -El personal Directivo tiene prohibido: 1.- Iniciar el año académico sin la debida presentación de los documentos técnico pedagógico a su cargo. 2.- .Abandonar su puesto sin motivo justificado 3.-. Registrar o firmar el parte de asistencia fuera de fecha y hora. 4.- Justificar su inasistencia en el parte. 5.- Incumplir con sus funciones de acuerdo al presente reglamento.

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6.- Incumplir con los deberes señalados en la ley del profesorado. 7.- Faltar a las actividades cívicas patrióticas u otras programadas por la institución. 8.- Usar los ambientes de la I.E. para desarrollar o participar en reuniones particulares ajenas a su función. 9.- Participar en actividades ajenas a su función u otras actividades en horario de trabajo. 10.- Faltar a reuniones de carácter institucional convocados por alguno de los estamentos de la I.E u otra institución que convoque y sean delegados. 11- Retirarse antes del término de las asambleas convocadas por la Dirección sin la autorización del Director. 12.- Otorgar vacantes o cambio de turno sin la debida autorización de la Dirección. 13.-Faltar el respeto al Director desacatando sus ordenes siempre que tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con sus funciones. 14.- Faltar de palabra o fomentar con actos, gestos o actitudes, palabras u obras el rompimiento de relaciones humanas entre el personal que la Labora en la I.E. y la comunidad educativa. 15.-Negarse a firmar arbitrariamente documentos de carácter pedagógico o administrativo. 16.- No mantener al día los documentos inherentes a su cargo. 17.- No mantener informado al personal a su cargo sobre los resultados de la evaluación y supervisión docente. 18- Disponer más de 60 minutos para su refrigerio distrayendo el tiempo en otras actividades ajenas a su cargo o en conversaciones privadas con los profesores o amistades. 19.- Aprovechar el cargo para formar grupos dando consignas y manipulando actitudes y decisiones del personal a su cargo. 20.- Evaluar a los alumnos, cobrar por cambio de turnos o vacante, traficar con notas. 21.- Disponer de los recursos de la Institución Educativa sin conocimiento ni autorización de la Dirección o aprobación de los miembros del CONEI. 22- Solicitar permisos, adelanto de vacaciones en periodos de matrícula, evaluación o finalización del año escolar. 23.- Negarse a asumir funciones, que le correspondan o que le sean delegadas, cuando haya necesidad de servicio. 24.- Hacer comentarios negativos de los docentes, personal administrativo miembros o miembros de la comunidad educativa con la intención de dañar su dignidad y reputación. 25- Realizar convenios con personas o instituciones particulares sin la autorización del estamento respectivo. Art. 4. Las sanciones a las que se hacen acreedores los miembros del personal directivo y jerárquico son: a) Ser amonestado Verbalmente o por escrito por parte del jefe inmediato superior según el caso

lo amerite. b) Ser informado por escrito al CONEI para estudiar el caso y tomar las medidas correctivas

correspondientes. c) Ser denunciado a la autoridad administrativa competente por los casos indicados en el art. 1

inciso 54 del presente Reglamento. d) Las faltas de carácter disciplinario son las que se contemplan en los Arts. 28 del D.L. No 276

Ley de bases de la carrera administrativa. y Art. 27 de la ley del profesorado No 24029 y su modificatoria 25212.

CAPITULO III

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DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y TÉCNICO PEDAGÓGICO 1 .DEL CONSEJO ACADÉMICO Art.5.- El consejo académico es un órgano de asesoramiento de la gestión educativa, coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el Director e integrado por los subdirectores, personal jerárquico y dos representantes de los docentes por cada nivel, debiendo cumplir como requisito haber sido capacitado en programas de actualización pedagógica docente, no menor de dos años o acreditar estudios de maestría o post-grado o estar desarrollando proyectos innovadores. Art.6 -Son propuestos anualmente por los profesores y designados por la Dirección, al inicio del año escolar. El Consejo Académico tiene las siguientes funciones: 1.-Elaborar, desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (Proyecto Curricular de Centro). 2.- Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los aprendizajes de los alumnos. 3.- Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional. 4.- Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes. 5.-Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones. 6.-Elaborar los criterios e indicadores de auto evaluación institucional. 7.-Participar, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo, en la organización de actividades y programas de la Institución Educativa. 2. DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Art.7.- El comité de evaluación es presidido por el Director y cumple la función de evaluar el ingreso y la permanencia del personal docente y administrativo, normado por la Directiva 185-2006-ME/SG-OGA-UPER de conformidad con el Art.9 de la Ley No 28175, Ley Marco del Empleo Público. Art. 8.- El comité de evaluación está integrado de la siguiente manera:

• Director de la institución educativa quién lo presidirá y tendrá voto dirimente. • El Sub-Director del nivel o al que haga sus veces. • Un representante de los servidores administrativos a través del gremio sindical de

Instituciones educativas acreditado por la respectiva organización (sólo para el caso de plazas administrativas)

• Un docente elegido por la mitad más uno de los docentes de los profesores nombrados del nivel, en asamblea convocada por el Director (sólo para el caso de plazas docentes).

• Un representante de los padres de familia integrante del CONEI con voz pero sin voto. • El CONEI es responsable de verificar y certificar el proceso.

3. COMISIÓN DE RACIONALIZACIÓN Art.9.- El proceso de racionalización de las plazas de personal docente y administrativo existentes en la I.E. implica determinar la excedencia o déficit de plazas, La comisión de racionalización está integrada por:

• Un Presidente (Director de la I.E.) • Sub Directora de Primaria y un docente del nivel.

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• Sub Director de Secundaria y un docente del nivel. • Sub Directora de Administración y un representante Administrativo.

Art.10.-La comisión de Racionalización de la I.E. cumple las siguientes funciones:

1.- Comunicar a la DREC la relación nominal del personal excedente, indicando el apellidos y nombres, cargo, nivel o grupo Ocupacional, especialidad, jornada laboral, lugar de residencia, centro de trabajo código modular, título, tiempo de servicios oficiales y tiempo de permanencia en la I.E., dentro de las 72 horas de haber determinado la identidad del personal que será declarado excedente. 2.-Adjuntar una copia fotostática del acta de excedencia. 3.- Comunicar con memorándum a cada uno de los Docentes o Personal Administrativo que resultó excedente, indicando que deberá de acercarse a la DREC para ver su caso. 4.- Con Oficio poner a disposición de la DREC, para su conocimiento y posterior reubicación y reasignación por racionalización al personal declarado excedente en el proceso. Art.11.- La comisión de racionalización emplea el procedimiento normado en la R.M. Nº 026-2004-ED, y R.M. Nº 0043-2004-ED, asimismo se aplicaran las normas vigentes emitidas por el Ministerio de Educación – Circulo de la Calidad de la Mejora del Gasto del presente año.

4. DEL COORDINADOR DE TUTORIA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR

Art.12.- Mediante R.D. de la I.E. se conformará el comité de tutoría, convivencia, disciplina escolar, y defensoría del menor y del adolescente. El coordinador de tutoría, convivencia, disciplina escolar y defensoría, es responsable de: 1.- Planificar, organizar, supervisar y evaluar las acciones de tutoría para los educandos, así como las actividades que de ella emanan. Jerárquicamente depende del Sub Director de Formación General. 2.-.Elaborar y ejecutar el plan de área. 3.- Propiciar y fomentar la disciplina y el respeto mutuo entre los educandos por medio de la práctica de valores. 4.- Detectar los problemas que presenten los educandos y contribuir a su solución o tratamiento a través de tutoría grupal o individual o derivándolo al servicio psicológico. 5.- Orientar a los docentes tutores en la aplicación de métodos y técnicos relacionados con tutoría. 6.- Orientar el trabajo de los Auxiliares de Educación brindando el apoyo y asesoramiento correspondiente en forma oportuna. 7.- Propiciar y coordinar la conformación de los comités de aula, brindando el apoyo necesario. 8.- Promover y organizar la escuela de padres. 9.- Implementar adecuadamente el botiquín escolar para casos de emergencia. 10.-Coordinar con el comité de defensoría del menor y del adolescente el plan de trabajo y las acciones a tomar para atender los casos que por su naturaleza requieran la atención frente a casos de maltrato, violencia infantil, hostigamiento sexual y abuso, coordinando con las instituciones locales: municipio, comisaría, juzgado y otros. 11.- Orientar y Coordinar el trabajo del Municipio Escolar. 12. -Otros que le asigne la Dirección. 13. – Coordinador de grado. 4.1. DEL COMITÉ DE DISCIPLINA Art. 13.- El consejo de disciplina está conformado por docentes del nivel Primario, Secundario que demuestren calidad moral y cumplimiento de sus deberes.

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Sus integrantes son designados por turnos (preferentemente nombrados) elegidos en la asamblea de profesores. Los miembros que lo integran son: Un presidente, un secretario y dos vocales en cada turno. El trabajo estará apoyado por los auxiliares de educación de cada turno. Son sus funciones generales: Elegir a los coordinadores de grado. 1.- Hacer cumplir el Reglamento Interno. 2.- Velar por la disciplina, orden, puntualidad y correcta presentación de los alumnos en coordinación con los auxiliares de educación, profesores de turno, profesores de aula, coordinadores de sección (secundaria) y la policía escolar. 3.- Coordinar con los auxiliares para el mantenimiento del orden durante las formaciones de ingreso, salida, actuaciones u otras actividades que se realicen. 4.- Recomendar a los alumnos el cuidado de la infraestructura y la capacidad instalada (mobiliario) de la I.E. y materiales de enseñanza. 5.- El Presidente de la Comisión de Disciplina, producida una infracción del R. I. o de las normas generales de convivencia, convocará inmediatamente una reunión para analizar y tomar las medidas necesarias. Todo lo actuado debe figurar en un cuaderno o libro de actas correspondientes. 6-. Sostener una permanente coordinación con los auxiliares de educación y coordinadores de grado para conocer el seguimiento que estos hacen de los casos de indisciplina o de los alumnos con matrícula condicionada. 7.- Es responsabilidad de cada integrante del Consejo de Disciplina investigar el caso a fin de dar su opinión con conocimiento de causa. 8. Una vez que el Consejo de Disciplina hace la evaluación del caso, recomendando la sanción correspondiente, citará a los padres del alumno para conocer el hecho. 9- Citar a los padres del alumno para informarle la falta cometida por este, y recomendarles que tomen las medidas más adecuadas. 10.- De persistir el acto de indisciplina, se le invitará a los padres de familia que retiren a su hijo (a) de la I.E. informando a la dirección para que se elabore el decreto correspondiente. 11.-. En caso de gravedad se invita a los padres del alumno para hacerle conocer el caso y sugerirles el retiro de su hijo (a) de la I.E. conforme a los dispositivos legales vigentes. 12.- En diciembre se cita a los padres de familia de los alumnos que tuvieron problemas de conducta (según el caso), durante el año escolar para darles a conocer la situación final de su hijo en forma verbal o escrita haciéndole firmar el cuaderno o libro de acta correspondiente. 13.- Elevar su informe a la dirección antes de la clausura del año escolar adjuntando la relación de los alumnos con matrícula condicional y aquellos que no deben retomar a la I.E. En el informe deben figurar las firmas de todos los integrantes del Consejo de Disciplina. Art.14.- Son funciones del presidente del comité de disciplina: 1.- Convocar y preside las reuniones del C.D. 2. Recibir, dentro de las 48 horas de haberse producido la indisciplina, en audiencia a los menores sujetos a casos de indisciplina, quienes formularan sus descargos. 3.- Coordinar con los auxiliares de educación (secundaria) y a los coordinadores de grado (primaria) 4.- Dar por iniciada la reunión siempre y cuando exista el quórum reglamentario. 5.- Informar a la dirección sobre la labor del consejo de disciplina al final del año.

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Art.15.- Son funciones del Secretario del Comité de Disciplina: 1.- Llevar el libro de actas. 2.-Recibir y confeccionar los documentos del Consejo de Disciplina.

Art.16.- Son funciones de los vocales: 1.-Participar activamente en las reuniones convocadas por el C.D. teniendo voz y voto. ART.17.- Se consideran los siguientes tipos de sanciones: 1.-Amonestación verbal.- Cuando la falta es leve y por primera vez se dicta las medidas correctivas por el profesor o coordinador de grado / sección, en coordinación con el auxiliar de educación correspondiente. 2.-Amonestación escrita.- En caso de reincidencia y/o falta grave el auxiliar de educación o el coordinador de grado de primaria, informará por escrito al Consejo de Disciplina para que tome las medidas correspondientes:

• Exhaustivamente investiga el problema, al término de 48 horas se reúne para tratar el caso, citando a los padres de familia para hacerle conocer la indisciplina de su hijo y entregar la amonestación o sanción por escrito, previa firma del cargo.

• Se suspenderá al alumno temporalmente de (1 a 8 días), según sea el caso (peleas y disturbios, asistencia a clases en estado etílico o falta de respeto, agresión verbal, etc.)

3.-Matrícula condicionada.- Esta medida se aplica cuando el alumno no supera su conducta inadecuada pese a las recomendaciones y orientaciones que le da el Consejo de Disciplina o cuando el padre de familia que no asiste a las citaciones. 4.-Separación de la IE.- Se aplica en caso de falta grave o reincidencia que daña la moral y las buenas costumbres, daños a la infraestructura y capacidad instalada y falta de palabra a su compañero, profesor y demás trabajadores de la I.E. o padres de familia. Además cuando comete los siguientes actos:

• Portar o ingerir sustancias tóxicas. • Portar o ingerir bebidas alcohólicas. • Portar armas (punzo cortantes o de fuego).

4.2 COMISIÓN DE DEFENSORIA DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE.

Art.18.- La Defensoría del Niño y el Adolescente (DESNA) funciona en la I.E a cargo de 4 promotores, 2 de secundaria y 2 de primaria, distribuidos en ambos niveles y turnos , contribuyen al gran objetivo de sensibilizar y comprometer a la comunidad, influyendo en la construcción de una cultura de respeto y buen trato de nuestra niñez y adolescencia. Las DNA se crean en 1992 al promulgarse el Código de los Niños y Adolescentes (Ley N° 26102). Art.19.- Su finalidad es Promover, Defender y Vigilar los derechos que la legislación reconoce a los niños y adolescentes. Siendo las funciones de los promotores:

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1.- Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes de la I.E que se encuentran en estado de riesgo, abandono, o situación vulnerable. Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior. 2.- Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede promover audiencias especiales de conciliación entre cónyuges, padres con apoyo de otras instituciones. 3.-Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan. 4.- Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas. 5.- Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes. 6.-Conformar y/o formar parte de las Redes de Servicio o Comités de Vigilancia Local, a fin de complementar y articular el trabajo que realizan. 7.- Propician acciones de movilización y campañas de sensibilización comunitaria a nivel local, involucrando tanto a las familias como a las autoridades y miembros de instituciones y dirigidas a cumplir un determinado objetivo en torno a un tema o problemática específica. 8. Organizan charlas, talleres, elaboración de materiales y realizan Trabajo con medios de comunicación masivos y comunitarios que tengan un objetivo específico en beneficio de la Defensoría del niño y del adolescente. 9.- Inaugurar la D.E.S.N.A en acto público para que la comunidad conozca de su existencia. Art. 20.- La Defensoría está conformada por

• Un responsable quien asume la función de “defensor“, • 4 docentes “defensores-promotores” preferentemente de Ciencias Humanas o Sociales. • Padres de familia voluntarios que constituyen un apoyo. • Además participarán profesionales o personas de la comunidad debidamente capacitadas.

Art.21.- La Defensoría deriva los casos a una instancia, autoridad o profesional según su competencia. Esta derivación se realiza a través de una comunicación por escrito y otras acciones complementarias y no debe tardar más de 7 días desde que se tomo el conocimiento del caso. Art. 22 .-El Código de los Niño y Adolescentes, señala que las Defensorías forman parte del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente, por lo que se deberá definir y asegurar los recursos financieros, humanos y un ambiente de funcionamiento, horario, y capacitación de sus miembros así como la planificación y el registro en la oficina de defensorías de la Dirección General de Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES),asegurando la permanencia del personal necesario para el servicio, y estableciendo redes con aquellas instituciones con las cuales se puedan realizar acciones conjuntas en bien de la niñez . COMITÉ DE TUTORÍA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR.

El Comité de Tutoría está conformado por:

a) El Director General que lo preside. b) Los Subdirectores de ambos niveles. c) Un profesor de cada nivel designado en Asamblea. d) Un padre de familia por nivel designado por APAFA.

Sus funciones son:

1. Planificar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades de orientación y bienestar del educando.

2. Promover la participación de los padres de familia en las actividades de OBE (Escuela de Padres).

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3. Motivar a todos los docentes para que realicen su labor de OBE como una acción predominantemente orientadora comprendiendo que todos somos OBE.

4. Informar al Director sobre cualquier aspecto que interfiera o dificulte el normal desarrollo de la labor educativa.

5. Solicitar a la APAFA el apoyo económico para atender los casos de emergencia que por orfandad o accidente confrontan los educandos de acuerdo a lo estipulado por ley.

6. Promover y organizar campañas de orientación y bienestar del educando, mediante charlas, conferencias, seminarios, etc.

7. Promover un clima armónico entre los docentes, padres de familia y educandos. 8. Coordinar y apoyar el programa a través de valores por sección, con los profesores tutores

en el nivel en cada una de las áreas; tomando en cuenta la programación anual del colegio. 9. Promover la actualización constante sobre el currículo valorativo de los docentes. 10. Coordinar y dirige el trabajo de las tutorías, incidiendo en la practica de valores para lograr

un clima de armonía en la comunidad educativa. 11. Informar en Asamblea sobre la labor desarrollada , sobre el trabajo de los tutores , dejando

previamente al Subdirector el documento correspondiente

DEL COMITE DE ACTIVIDADES

Depende de la Subdirección de Formación General de la I.E., sus funciones son:

1. Promover la participación organizada del colegio hacia la comunidad. 2. Presentar su Plan de Trabajo al iniciar el Año escolar, el cual debe ser aprobado por

Asamblea. 3. Promover y desarrollar actividades de carácter cultural, artístico, social, deportivo y

recreacional dando prioridad al folklore nacional con alumnos, docentes y padres de familia.

4. Promover, realizar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con el Calendario Cívico Escolar y la celebración del Aniversario del Colegio hacia la comunidad.

5. Motivar permanentemente la identificación del alumnado, personal docente y padres de familia con la institución

6. Organizar en coordinación con OBE: clubs, municipios, brigadas, patrullas de defensa civil y otros que propicien la participación de los educandos (as).

5. DEL COORDINADOR DE EXTENSIÓN EDUCATIVA - ACTIVIDADES E IMAGEN INSTITUCIONAL Art. 23. La coordinación de actividades tiene la responsabilidad: 1. Planificar, organizar, ejecutar y evaluar todas las actividades internas y externas de la I.E. como apoyo a la tarea educativa integral. 2. Propiciar un ambiente cordial y de confraternidad entre todos lo integrantes de la Comunidad Educativa con participación directa. 3 Organizar, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades de carácter cívico patriótico, orientados a fortalecer la identidad institucional, conciencia regional y nacional. 4.-Promover el desarrollo de actividades educativas de carácter cultural, recreacional y otros. 5.- Dar a conocer por escrito el cronograma de actividades a realizarse durante el año lectivo. 6. Permanecer en el plantel durante las horas de trabajo. 7. Coordinar con el servicio de tutoría al educando, para realizar diferentes actividades que se desarrollarán en el plantel, formaciones, escuela de padres, actuaciones, etc. Garantizando la participación de la totalidad de docentes.

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8.- Elaborar un cronograma de las actividades consideradas prioritarias para cada uno de los estamentos. 9.- Comunicar a la opinión pública sobre acciones sobresalientes de la institución 10.- Velar por la imagen institucional y el ornato de la I. E. 6. DE LOS COORDINADORES DE ÁREA: 6.1. DEL COORDINADOR DE CTA: Art.24 Son funciones de los jefes de laboratorio: 1. - Organizar y coordinar el uso de laboratorio con los Docentes de Área. 2.- Velar permanentemente por el funcionamiento y equipamiento de Laboratorio. 3.- Participar y apoyar en la elaboración de la Programación Curricular del Área. 4.- Formular el diseño de las guías de práctica de laboratorio, para el logro de las actividades de la programación curricular. 5.- Asesorar directamente en el aspecto técnico Pedagógico y científico a los docentes de Área. 6.- Participar activamente en los eventos de las Ferias de Ciencias. 7.- Organizar cursos de capacitación y/o actualización para docentes y auxiliares de laboratorio. 8.- Garantizar que el inventario de laboratorio sea actualizado. 9.- Gestionar material educativo para implementación de laboratorios. 6.2.-DEL COORDINADOR DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO: Art. 25.- Son funciones del Coordinador de educación para el trabajo: 1. -Organizar y coordinar el uso de los talleres y aula de cómputo con los Docentes de Área. 2.- Velar permanentemente por el funcionamiento y equipamiento de los talleres. 3.-Participar y apoyar en la elaboración de la Programación Curricular del Área. 4.- Formular el diseño de las hojas de proyecto, para el logro de las actividades de la programación curricular. 5.- Coordinar con los docentes de su área el aspecto técnico pedagógico y elaboración de material didáctico así como actividades inherentes a su área. 6.- Participar activamente en los eventos de la I.E. 7 .Reportar a la Dirección la pérdida o deterioro de las máquinas, equipos y otros implementos de los talleres. 8- Mantener actualizado el inventario 9.- Gestionar con el comité de talleres, Dirección y APAFA para la implementación de los talleres. 6.3 DEL COORDINADOR DE EDUCACIÓN FÍSICA: Art.26 El coordinador de educación física depende del Director y sub director de Formación General. Son sus funciones: 1.- Diversificar y evaluar los programas curriculares en base a los carteles de capacidades y contenidos de acuerdo a nuestra realidad institucional y en coordinación con los docentes del área. 2.- Planificar, organizar y ejecutar acciones de implementación del programa de deporte en los niveles de primaria y secundaria.

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3.-Coordinar con los técnicos deportivos las acciones a realizar en la I.E tanto en primaria como en secundaria. 4.-Organizar eventos de carácter cultural y deportivo. 5.-.Elaborar el programa de recreación y deporte durante el periodo vacacional. 6- Apoyar en la ejecución de los programas de educación ambiental 7.- Participar con los docentes del área en actividades y eventos de prevención de enfermedades, uso indebido de drogas, seguridad vial. .Entre otros. 8.- Cumplir funciones que le asigne el Director. 7. EL AULA DE INNOVACION PERDAGÒGICA (AIP) Art.27.- El Aula de Innovación Pedagógica es un órgano de asesoramiento de los docentes en el uso y aplicación de las TIC por lo que deberán demostrar idoneidad en el cargo y reunir los requisitos necesarios llámese acreditaciones y capacitaciones en el área que compete a la función que van a desempeñar. Siendo sus funciones: 1.- Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de TIC en el trabajo educativo y en la solución de los problemas que se presenten. 2.- Asesorar a los docentes en el uso de recursos informáticos (uso de la computadora, Intranet, Internet). 3.-.Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TIC. 4.- Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación. 5.- Reportar el estado de los recursos TIC a la dirección de la institución educativa., lleva el inventario de los equipos y materiales de la sala de innovación así como el estado minucioso de cada uno de ellos en una hoja clínica. 6.- Llevar el inventario, organizando el catálogo de los recursos TIC del aula de innovaciones pedagógicas a su cargo. 7.- Proyectar en coordinación con la dirección y los docentes, el horario de uso del aula de innovaciones pedagógicas, garantizando la oportunidad de acceso a todos los estudiantes. 8.- Incentivar en los docentes de la institución educativa la formulación de propuestas y el desarrollo de actividades para el aprovechamiento educativo de la TIC. 9.- Propiciar la integración de los recursos TIC que ofrece el Aula de Innovación Pedagógica en la práctica docente. 10.- Permitir la comunicación permanente de docentes y alumnos a través de los recursos TIC que facilita el Innovación Pedagógica 11.- Convocar a reuniones mensuales para analizar el desarrollo del proceso de integración de las TIC en su institución educativa y adoptar las medidas pertinentes. 12.- Mantener el aula de innovaciones como un ambiente favorable y agradable para el aprendizaje, facilitando el trabajo individual y en grupo de los estudiantes, brindándoles apoyo permanente durante el desarrollo de la clase. 13.- Promover la participación de la comunidad educativa en el aprovechamiento educativo de las TIC. 14.-Elabora el informe anual señalando los logros, dificultades, alternativas de solución y recomendaciones. PROHIBICIONES: Art.28.- Los docentes responsables del aula de innovación pedagógica están prohibidos:

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1.-. Usar la sala de innovación con fines personales. 2.- Usufructuar con los materiales, bienes o equipos. 3.- .Utilizar los equipos para Cursos particulares. 4.- Cobrar a los alumnos por el uso de los equipos. 5.- Emplear los equipos y materiales para realizar trabajos particulares o ajenos a la Institución. 6.- Dejar de brindar el servicio, debiendo prever la atención permanente. 7. - Cobrar a los docentes por los cursos de capacitación que dicten. 8.- Vender programas educativos a los docentes o alumnos. 9.- Abandonar el aula de innovación pedagógica para realizar otras actividades. 10.- No brindar apoyo al docente que desarrolla su clase en el aula de innovación. 8. PROGRAMA DE RECUPERACIÓN ACADÉMICA Y VACACIONES ÚTILES Art. 29.-El programa de Recuperación Pedagógica y vacaciones útiles son programas de servicio a la comunidad educativa que funcionan en el periodo vacacional de enero y febrero. El primero está dirigido a los estudiantes que desaprobaron hasta tres asignaturas y/o talleres. También estará dirigido para aquellos que tengan pendiente una asignatura de subsanación de años anteriores. La I.E. está facultada para desarrollar el programa de recuperación pedagógica como lo establece la R.M. No 0712-2006 ED, para estudiantes que pasaron a este programa como resultado de la evaluación al término del año escolar. El programa de vacaciones útiles se desarrolla con la finalidad de promover el uso adecuado del tiempo libre y práctica de deporte así como para aquellos alumnos que deseen seguir afianzando o desarrollando sus capacidades en las diversas áreas de estudio. Art. 30.-El Director de la Institución Educativa donde se realiza el programa de recuperación y vacaciones útiles conformará una comisión de supervisión del programa de recuperación y otra del Programa de vacaciones útiles, ambas comisiones se formarán por separado y estarán integradas por:

• El Director quien la preside. • Un representante de los padres de familia. • Un docente por nivel, seleccionado y evaluado por la Dirección que participará en el

programa y que cumplirá la función de coordinador.

Art. 31.- El programa de recuperación Pedagógica será gratuito siempre y cuando el estado asuma la subvención de su funcionamiento y otorgue a los docentes una bonificación adicional por los servicios prestados en periodo de vacaciones en dicho programa. .En caso contrario ambos programas serán subvencionados por los Padres de familia. Las Comisiones supervisarán el cumplimiento de los fines y calidad del P.R.P. y vacaciones útiles nombrando entre sus miembros un tesorero, quién administrará los fondos específicos provenientes de los pagos efectuados por los padres de familia. Debiendo presentar su balance y el informe correspondiente al término del mismo. Art. 32.- El Director de la Institución Educativa elevará a la autoridad inmediata superior el plan de trabajo del Programa de Recuperación Pedagógica y vacaciones útiles por separado, para conocimiento, fines y/o adopción de medidas de desestimación de su ejecución, el plan del programa de recuperación pedagógica debe contener un anexo relacionado con las capacidades y contenidos de las Áreas curriculares objeto de recuperación.

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El Plan de vacaciones útiles debe contener las áreas con las capacidades y contenidos de las áreas curriculares a desarrollar y los talleres, deportes u otros a desarrollar.

Art.33.- Los educandos podrán participar en el P.R.P, organizado por su institución educativa o en otra siempre y cuando tenga la autorización del Director del colegio de origen. En este último caso, al término del programa, el Director remitirá las actas de evaluación por triplicado, correctamente llenadas y acompañadas de un oficio de atención. Art.34.- Las características del Programa de Recuperación Pedagógica (RP) son: 1.-Está Dirigido a los alumnos que al finalizar el año escolar (diciembre) que no lograron las capacidades y competencias básicas de grado. Puede incluirse a los educandos del primer grado previa coordinación con los padres de familia. 2.- Permite la promoción de grado de los educandos. 3.- El Programa de Recuperación Pedagógica y vacaciones útiles tiene una duración de seis semanas. Art. 35 Son funciones de la Comisión supervisora: 1.- Elaborar una ficha de evaluación de los profesores aspirantes. 2.-Definirá el inicio, horarios, costos, pagos, servicios, y selección de personal.

Art. 36.- Son requisitos para pertenecer a los programas que se desarrollan en la I.E los siguientes: 1.-Haber presentado una solicitud de participación en cualquiera de los programas a desarrollarse. 2.- Contar con la aprobación de la comisión supervisora quien evaluará las solicitudes teniendo en cuenta:

• La plena identificación del docente y su participación permanente en las actividades educativas durante el tiempo de servicios que presta en la Institución.

• No haber participado en alguno de los programas el año anterior y respetando el orden que le corresponda según acuerdo con el coordinador de su área.

• El coordinador del área siempre en cuando cumpla sus funciones son los primeros en ser considerados en PRP.

• Presentar cualidades personales y de desempeño profesional que garanticen el logro de los objetivos del programa, solicitando para ello el informe a la comisión de supervisión.

• Puntualidad permanencia en el aula, participación en las actividades programadas por la IE.

• Identificación institucional e informe del concejo académico

Art. 37.- La información sobre la situación del educando en el Programa de Recuperación, se proporcionará semanalmente mediante una tarjeta Informativa que contendrá las calificaciones, asistencia y los comentarios relevantes correspondientes. En caso de que los educandos tuvieran dificultades en su aprendizaje, la comunicación a los padres o tutores, se hará de manera personal y a tiempo para que estos puedan tomar las medidas pertinentes de apoyo a su hijo (a) o pupilo (a). Art. 38.- Son funciones de los coordinadores: 1.- Planificar conjuntamente con la comisión el desarrollo del programa; propaganda, inscripción. 2.- Solicitar el apoyo del personal docente en el desarrollo de alguna acción que ayude a desarrollar de manera eficaz y eficiente el programa. 3- Presentar a la Dirección su plan de trabajo antes del inicio del programa.

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4.- Asistir a la I.E. con puntualidad, desempeñar su función con esmero. 5.- .Mantener relaciones cordiales con los Padres de Familia y docentes demostrando estricto cumplimiento del reglamento interno de la I.E. Así como una adecuada administración de los ingresos. 6.- Matricular a los alumnos y realizar los cobros correspondientes por derecho de enseñanza, llevando un control minucioso de los mismos. 7. Entregar a cada docente la lista de alumnos matriculados en el programa e ir actualizando el ingreso de los alumnos permanentemente. 8.- Monitorear el trabajo docente. y proveer diariamente a los docentes los materiales correspondientes como plumones, tiza, copias de exámenes así como coordinar el uso de los ambientes a utilizar tomando la previsión de su mantenimiento y cuidado. 9.- Coordinar con los profesores las decisiones o acciones a desarrollar para brindar un mejor servicio. 10.- Coordinar con la comisión y personal docente la distribución de los ingresos al inicio del programa. 11.-Reunirse con los docentes y Director quincenalmente o de manera extraordinaria para ser informado acerca del avance del programa y tomar las medidas necesarias en caso de presentarse alguna dificultad. 12.- Coordinar con la sub-dirección la entrega de los resultados de la evaluación de los educandos después del Programa de Recuperación Pedagógica. 13.- Presentar las actas de evaluación a la sub-dirección al término del programa, por duplicado para alumnos (as) de la misma Institución Educativa y por triplicado para aquellos que procedan de otras Instituciones Educativas (I.E de destino, DRE y Archivo de la I.E. de origen). 14.- Coordinar con la comisión la compra de algún bien o mejora de la I.E. destinando un porcentaje de los ingresos. 15.- Presentar a los docentes y a la comisión el balance correspondiente.

CAPITULO IV

1. ÓRGANO DE EJECUCIÓN 1.1 DE LOS DOCENTES Art. 39.-.El personal docente debe ser dinámico, proactivo, innovador, actualizado, responsable, veraz, respetuoso de los principios éticos y morales, identificado con su vocación y con su institución siendo digno ejemplo de sus alumnos. Cumple con las siguientes funciones: 1.- Participar en la elaboración de los documentos de planificación y gestión educativa, 2.- Promover el cultivo de valores nacionales, espirituales y sociales acorde con los objetivos educacionales. 3.- Integrar las diferentes comisiones de trabajo cumpliendo con eficiencia y responsabilidad el trabajo que se le asigne, dando informe oportuno y por escrito del mismo. 4-. Organizar el comité de aula de la sección en la que fue asignado Tutor. 5.- Representar a la I.E. participando de las diferentes actividades y eventos académicos y cívicos patrióticos 6-. Asumir una coordinación, organizar y ambientar su aula mensualmente y preparar material educativo con la colaboración de los alumnos y padres de familia. 7.- Evaluar el proceso enseñanza-Aprendizaje y elaborar oportunamente la documentación correspondiente que sea requerida por la Dirección o el órgano correspondiente. 8.- Mantener actualizada la documentación pedagógica y Administrativa de su responsabilidad.

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9.- Elegir, en primaria, a los brigadieres, sub-brigadieres y policías escolares. 10.- Colaborar en forma activa en el control de la disciplina, el orden, la puntualidad y la presentación de los alumnos que tiene a su cargo. Llevar el control de asistencia diaria de sus alumnos. 11.- Participar promoviendo campañas de prevención contra las enfermedades (pediculosis, dengue, etc.) 12.- Participar en eventos de actualización profesional que propicien la UGEL o la I.E. sobre acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo así como proponer proyectos de innovación Técnico Pedagógicas con el propósito de mejorar la calidad educativa 13.- Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanezcan en la I.E. 14.-Atender los problemas que afecten el desarrollo de los alumnos y su aprendizaje tratando o derivando los que requieran atención especializada, informando previamente al padre o apoderado atendiéndolo previa cita o en sus horas libres. 15.- Velar por el buen estado de conservación de los bienes de la I.E. 16.- Coordinar y mantener una comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos, asimismo debe remitirle las pruebas de las evaluaciones luego de ser calificadas. 17.- Entrega las libretas de calificaciones a los padres de familia previo informe académico y conductual de la sección o aula a su cargo. 18.- Confecciona un inventario del mobiliario del aula a su cargo. El mobiliario deberá encontrarse debidamente enumerado. 19.- Solicita a la Dirección, reunión de profesores, mediante un documento escrito donde sustentará el pedido así como su sugerencia respectiva, sobre asuntos de interés general. 20.-Tener su carpeta pedagógica al día donde deberá figurar entre otros:

• Plan de aula. • Organigramas (estructura nominal y funcional). • Reglamento de Aula. • Nómina de alumnos (incluido el código de cada educando). • Nómina de los padres de familia y/o apoderados. • Integrantes de la Junta Directiva del Comité de Aula. • Relación de alumnos por número y carpeta. • Programación Curricular. • Cartel de competencias y capacidades. • Unidades de Aprendizaje. • Plan de Tutoría.

21.- Entrega oportunamente los registros de evaluación para la revisión de los mismos y confección de las libretas de calificaciones y actas de fin de año. 22.- Permanecer junto a su sección o aula a su cargo en las formaciones con la finalidad de ayudar a mantener el orden. 23.-Conduce a sus alumnos (profesores de primaria) en las horas de salida hasta la puerta. 24.-.Abandonar el aula (profesores de secundaria) luego de comprobar que ya no se encuentre ningún alumno en la misma después de la séptima hora. 25.- Recibir los documentos que la Dirección o algún miembro de la plana jerárquica le remitan, firmando el cargo correspondiente y teniendo derecho a formular su descargo por escrito. 26.- Coordinar con los profesores que utilizan la misma aula, en diferentes turnos, para una mejor presentación y ser responsables del mantenimiento de la misma. En la hora de recreo dejará con llave el aula, quedando bajo su responsabilidad cualquier incidente que ocurra en la misma.

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27.- Solicitar a la Dirección la autorización para ingresar a la I.E. los días no laborables para realizar actividades concernientes a su labor educativa. 28.- Hacer conocer previamente a la Dirección de toda actividad o iniciativa a favor de la I.E. 29.- Tener en su archivo la relación de los alumnos desaprobados y promovidos tanto en primaria como en secundaria. 30.-Las visitas de estudio se realizan solo una vez al año dando atención al programa anual del área o grado, dando prioridad al área de mayor necesidad, siendo rotativas las áreas cada año. Las visitas se realizan hasta el 15 de Octubre a nivel local y hasta el 15 de noviembre fuera de Lima y no exceden más de 3 días, útiles. 31.-Las visitas de estudio se realizan siempre que formen parte de la programación curricular, con acuerdo y consenso de los docentes de grado o especialidad y con la aprobación del comité de aula y la Dirección. Todo procedimiento contrario constituye una falta. 32.- Las visitas de estudio se realizan dentro del horario de clase o como parte del plan anual de trabajo, en primaria, y en el nivel secundaria se procurara en lo posible realizar dichas visitas de estudio también en la semana, además puede ser interdisciplinario, debiendo solicitar a la Dirección la autorización correspondiente para realizar las acciones del caso. Debiendo presentar a la Dirección el plan de visita de estudio por lo menos con 48 horas de anticipación conteniendo los siguientes documentos:

� Objetivos y finalidad de la visita. � Docentes del grado que participan. � Padres de familia o docentes que irán a la visita. � Lista de alumnos que participan. � Copia de la reunión en la que se aprueba la visita. � Autorización visada por la Dirección y firmada por los padres de familia, indicando costo,

fecha. hora de partida, hora de retorno. � Copia de la licencia de conducir del Chofer � Placa y constancia de revisión técnica de la movilidad � Copia de DNI del chofer � Copia de SOAT � Para viajes de promoción certificado médico de los alumnos.

33.- Presentar el informe económico y pedagógico a los padres de familia y a la Dirección. 34.-Las visitas realizadas sin los requisitos anteriores constituyen falta grave ya que su incumplimiento pone en riesgo la integridad de los alumnos. 35.-Cumplir a cabalidad su horario de clase respetando el cambio de hora. 36.- En las actividades relevantes, cívico patrióticos y otros indicados por la Dirección asiste con el uniforme oficial. 37.- Asistir a la I.E. con ropa presentable. 38.-.-Solicitar por escrito a la Dirección el permiso correspondiente para retirarse de la I.E. sólo en caso de necesidad urgente, debidamente justificada. 39.-.Comunica a los padres de familia, en la reunión de fin de año, la Directiva respectiva. Hace entrega de las libretas de calificaciones y los materiales y útiles escolares que no hubieran sido utilizados por los alumnos en el año escolar que culmina. 40.- Aplica las evaluaciones de recuperación y aplazados los alumnos en fecha programada. En ausencia del docente responsable lo realiza otro profesor de área, previa orden escrita por la Dirección. Presentando en un plazo de 24 horas el informe y registrando las notas en el cuaderno correspondiente. 41.- Promueve y propicia la unión, confraternidad, cooperación y las buenas relaciones humanas. 42-Participa de manera comprometida y responsable de las reuniones técnico pedagógicas programadas por la I.E.

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43.- Presenta el informe técnico pedagógico correspondiente al término de cada bimestre y al finalizar el año escolar. 44.- En el mes de noviembre en coordinación con los coordinadores de área o grado presenta los syllabus correspondientes para el siguiente año escolar así como la lista de requerimientos para ser incluidos en el presupuesto del año siguiente. 45.-. Presenta el informe correspondiente después de cada actividad o comisión de la que fue responsable 46.-. Otros asignados por la Dirección o Sub-Dirección de acuerdo a las normas.

PROHIBICIONES PARA EL PERSONAL DOCENTE

Art.40.- El docente debe ser digno ejemplo de los alumnos, por lo tanto se encuentra prohibido de:

1.-. Abandonar o evadirse del local de la I.E. en horas de labor docente y dejar el dictado de sus clases o tareas educativas para atender asuntos particulares y perder el tiempo en horas de trabajo en tareas ajenas a la actividad docente. 2.- Utilizar a los alumnos en comisiones particulares o mandados. 3.- Comer en el aula durante las horas del dictado de clases. 4.-.Retrasar la labor pedagógica no entregando a tiempo los documentos técnico pedagógico, notas y otros solicitados por la Dirección o Sub-Dirección y que son inherentes a su cargo. 5.- Negarse a participar en las diversas comisiones o actividades delegadas por la dirección o Sub-Dirección sin motivo justificado. 6.- No asistir a las reuniones técnico pedagógicas programadas por la Dirección o Sub-Dirección. 7.- Entregar a los padres de familia a solicitud de éstos, documentos contenidos en la ficha de matrícula de los alumnos sin la autorización de la Dirección. 8.- Asistir a la I.E en estado etílico o con síntomas de haber bebido licor, drogas. 9.- Aplicar castigos físicos o psicológicos a los alumnos (Verbales, amenazas, condiciones) 10.-Permanecer en los ambientes administrativos o kioscos en las horas de formación, actividades cívicas y después del recreo cuando se tiene clase. 11.-Hacer borrones o enmendaduras sobre las observaciones hechas en los partes de asistencia. 12.-Firmar el parte de asistencia o marcar la tarjeta de otro profesor. 13.-Recibir regalos, obsequios y donaciones a cambio de algún beneficio. 14.- Crear y fomentar enfrentamientos entre colegas, secciones, turnos o con los padres de familia. 15.-Programar o ejecutar paseos o visitas de estudio sin cumplir con los requisitos para estos casos. 16.-Realizar clases particulares o pagadas con alumnos o grupos de alumnos de la I. E. que comprometan o que tengan relación con la programación de su área y las evaluaciones. 17.-Vender libros, golosinas o cualquier producto comercial sin la autorización de la Dirección. 18.- Seducir a sus estudiantes. 19.- Hostigamiento con pasquines o documentos difamatorios a los docentes y autoridades, dentro o fuera de la institución. FALTAS

Art. 41 Se consideran faltas graves: 1- El incumplimiento al cargo asignado y al presente reglamento. 2.-.Los dispuestos por la normatividad vigente. 3-.Dar mal ejemplo con actitudes impropias del educador.

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4- Hacer comentarios negativos de los compañeros de trabajo dañando la dignidad y la reputación de los mismos con panfletos, volantes, cartas u otros medios. 5.-Insinuar o instigar a los padres de familia, profesores y otras personas en contra de algún integrante de la comunidad educativa. 6. Retirarse de las reuniones sin la autorización de la dirección antes de que estas culminen. 7.-.Faltar de palabra obra, o mostrar actitudes violentas a cualquier integrante de la Comunidad educativa. 9.-Justificarse a sí mismo o anotar observaciones en el parte de asistencia 10.-.No entregar la documentación respectiva, (programación curricular, registros de notas a través del SIAGIE 2.0) ello es considerado como negligencia funcional. 11.- El incumplimiento de las normas establecidas en el reglamento Interno. 12.-Incumplimiento de las órdenes de sus superiores, y así como el mandato de la asamblea de profesores. 13.-El incurrir en actos de violencia. 14. La negligencia en el desempleo de sus funciones.. 15. La utilización y disposición de los bienes de la institución, en beneficio propio o de terceros. 16.-.La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez. Se consideran faltas leves: No participar en las actividades cívico-patrióticos donde interviene la I.E. como desfiles y otras. SANCIONES Llamada de atención, memorándum y si persiste en una falta grave se le deriva con resolución a la DREC con informe a su escalafón. No participará en el PRP. ESTIMULOS

Art.42.-Los estímulos se otorgan al personal que destaca en su labor docente, en los casos siguientes: 1. Cumplimiento de sus funciones, conducta solidaridad, puntualidad y práctica de valores. Estos pueden ser en forma escrita y en acto público los cuales pueden ser otorgados por la Dirección del centro educativo, CONEI, APAFA, DREC. 2. Resolución Directoral de felicitación otorgada por la Dirección; por labor sobresaliente en beneficio de los alumnos o la I.E. y según los requisitos contemplados en la ley del profesorado y normatividad vigente para ser reconocidos en el escalafón correspondiente previo trámite de la Dirección. Serán entregados con ocasión del día del maestro. 1.2.- DE LOS AUXILIARES DE EDUCACION Art.43.- Los Auxiliares de Educación por ser considerados docentes sin título pedagógico Art. 243-DS 031-85-ED., cuya labor es esencialmente de apoyo técnico – pedagógico al profesorado; su colaboración en actividades formativas – disciplinarias del alumnado y administrativas conforme a las normas y procedimientos. Los auxiliares de educación deben ser modelos de

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identidad de los alumnos, con sus actitudes, comportamiento, valores morales, tener la convicción plena de su vocación y de ser un gran apoyo para la I.E. 1.-Contribuir al desarrollo de acciones y actividades tendientes a la formación integral del educando. 2.- Los auxiliares de educación tienen la obligación de acreditar anualmente cursos de capacitación en primeros auxilios y cursos relacionados con su función. 3. Los auxiliares de educación secundaria, para un mejor desempeño de sus funciones dependen y coordinan con la coordinación de tutoría Convivencia disciplina y profesores , Subdirector de Formación General, coordinador de tutoría convivencia y disciplina, Profesores y todo el personal de la Institución Educativa. 4.-.El auxiliar de educación debe tener al día su carpeta Pedagógica, y presentarla a los coordinadores de tutoría y convivencia y de disciplina y a la Dirección para su revisión y Vº Bº correspondiente. Esta carpeta debe contener: a. Plan de Trabajo b. Normas y dispositivos relacionados con su función. c. Relación de profesores según especialidad. d. Distribución de horas. e. Relación de alumnos por grados y secciones, según el turno. f. Cuaderno de seguimiento de las conductas de los alumnos. g. Relación de alumnos con problemas de conducta y con matrícula condicionada. h. Informe bimestral de los alumnos observados por el Consejo de Disciplina. i. Ficha de criterios de evaluación de la conducta de los alumnos. j. Otros de acuerdo al nivel. k. Presentar informe anual (Logros, dificultades sugerencias). 5.- La jornada laboral de los auxiliares de educación es de 30 horas semanales distribuidos en 6 horas diarias. 6.- El auxiliar de educación ingresará por lo menos 25 minutos de anticipación a la hora normal del ingreso al plantel. Su salida será obligatoriamente bajo responsabilidad por lo menos con 25 minutos después de la hora d salida de los alumnos. En dicho lapso cuidará de los educandos para su ingreso y salida de la I.E. 7.- El refrigerio de los auxiliares no será tomado en el mismo tiempo ni en hora de recreo.

El Horario de ingreso es de 12:30 m. y salida 6:45 pm 8.- Los auxiliares de educación permanecerán en el pabellón que les ha sido asignado y estarán pendientes de las aulas a su cargo. 9.- Prestarán apoyo en la realización de actividades de carácter institucional o cívico patriótico que se realicen sábados, domingos o feriado, donde se les delegue una responsabilidad por necesidad de servicio. 10.-Los auxiliares de educación tienen la obligación de contribuir en el desarrollo de acciones y actividades tendientes a la formación del educando. 11.- Atender en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos relacionados con la disciplina, conducta y asistencia de los alumnos- 12.- Propiciar el mantenimiento de un clima de cooperación amistad y respeto entre alumnos, docentes, padres de familia, ex alumnos y comunidad. 13. Colaborar con el profesor coordinador o tutor del aula y los padres de familia de las secciones a su cargo en la formulación del plan de trabajo del comité de Aula. 14.-Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen comportamiento de los educandos en coordinación con su jefe inmediato. 15.-.Orientar y apoyar a los alumnos en todas las actividades educativas y de servicio comunal que desarrolla la I.E.

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16.-Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar. 17.- Fomentar en coordinación con los profesores especializados del área, la práctica del deporte, cultura, artes y folklore nacional e internacional. 18.- Hacer firmar a los profesores en las aulas que les corresponde el parte diario de clases. 19.- Los casos de indisciplina, inasistencia y tardanzas continuas deben ser puestas en conocimiento del tutor, según la gravedad de la falta al consejo de disciplina, con un breve informe escrito del incidente. 20.- Exigir y velar porque los alumnos tengan una adecuada presentación personal de sus prendas de vestir y deportivas, corte de cabello sin adornos ni otros que no indique el reglamento. 21.-.Orientar y apoyar a los educandos para que se realicen actividades o acciones que permitan la conservación de la infraestructura, mobiliario, material educativo entre otros de la I.E. 22.- Comunicar a la sub-Dirección de Formación General o a la Dirección antes de hacerse cargo de una sección por ausencia de un profesor. Supervisa el cumplimiento de las tareas escolares y controla la disciplina del mismo. En el Nivel Primario la coordinadora de turno comunicara a la sub Directora la ausencia de un docente. 23.- Fomentar en el alumnado el amor y respeto a los símbolos patrios. 24. Proporcionar a los profesores con la debida anticipación tiza, mota, plumones o material didáctico, entre otros. 25.- Evaluar la conducta de los alumnos mediante el control de asistencia, puntualidad orden, disciplina, presentación y aseo personal teniendo en cuenta el reglamento. 26.- Mantener actualizado el registro de asistencia de las aulas a su cargo. 27.- Lleva y transporta a los alumnos que requieran atención médica, en situaciones de enfermedad o cuando se suscita accidentes en la I.E. o fuera de él, siempre y cuando se trate de actividades programadas y aprobadas por la Dirección luego comunica al tutor o padre de familia. 28.- Promover el cultivo de valores y respeto y fraterna consideración para los profesores y autoridades escolares, así como para sus compañeros y comunidad educativa. 29.- Apoyar a sus colegas auxiliares en el ingreso, salida de los alumnos para el mejor logro de la disciplina y el orden, sin distinción de turno. 30.- Difundir el reglamento interno a los alumnos. 31.-. Solucionar problemas de indisciplina coordinando con el tutor-coordinador, el consejo de disciplina, defensoría, servicio según el caso. 32.-Tomar las medidas del caso si observa la presencia de personas ajenas a la I.E. 33.- Organizar la Policía Escolar con apoyo de los tutores, integrantes del consejo de disciplina. 34.-.Velar por el cumplimiento de las funciones de los Brigadieres y Policías Escolares. 35.- Estar atento a todo tipo de desorden que protagonicen los alumnos, poner orden al instante y tomar las medidas correspondientes del caso, sean alumnos de primaria o secundaria. 36.- Controlar la disciplina y está en constante atención de cualquier incidente o evasión de los alumnos en horas de clase. 37.-. Asumir la función de otro auxiliar ante la ausencia de éste, sobre todo en el control de la disciplina. 38.- Retirarse de la I.E. luego de verificar la salida total de los alumnos, de lo contrario cualquier incidente que ocurra debido a su descuido es de su entera responsabilidad, como es orednar subir las sillas para la limpieza coordinando con los docentes. 39.- Las aulas a su cargo deben presentar un mobiliario codificado· 40.- Colaborar en las actividades que se realizan en la I.E. así como fechas cívicas. 41.- Acompaña en las representaciones en los diferentes eventos que participa el colegio. 42.- Realizar charlas educativas sobre educación cívica, normas de urbanidad, campañas contra las drogas y otros en horas libres o ausencia de los profesores PROHIBICIONES Y FALTAS: Art.44.- Los auxiliares están prohibidos de:

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1. - Parcializarse en el control de asistencia de los alumnos. 2.- Permanecer fuera del área de trabajo sin autorización. 3.- Remplazar a un profesor sin la autorización de la Sub-dirección de Formación General. 4.- No mostrar respeto ni apoyo a los docentes que se lo solicitan. 5.- Recibir obsequios, recompensas u otros presentes de los alumnos o padres de familia a cambio de algún beneficio. 6.- Castigar físicamente a los alumnos. 7.- Sancionar por faltas graves en forma personal sin el conocimiento de la coordinación de tutoría Consejo de disciplina y no dar cuenta a sus superiores. 8.-. Recibir a familiares o amigos en horas de trabajo. 9.- Encubrir faltas de algunos alumnos por amistad u otros motivos. 10.- Dedicarse a tareas ajenas a su trabajo en horas de labor. 11.-.Distribuir propaganda político-partidaria o de grupo, cartas, panfletos o cualquier otro documento que dañe la buena marcha de la I.E. o conduzca la ruptura de las relaciones humanas de la I.E. 12.- Presentarse en la I.E. con indicios de ebriedad. 13.- Libar licor con los estudiantes. 14.- Evadirse de la I.E. en horas de labor. 15.- Jugarse de manos con los alumnos, en todo momento debe mantener el respeto correspondiente, a fin de que éstos guarden la misma compostura del caso. 16.- Fumar dentro de la I.E. 17. Utilizar los ambientes o útiles de oficina para trabajos y reuniones particulares. 18.-Anotar observaciones en el parte de asistencia o justificarse a si mismo, usurpando las funciones del personal jerárquico. 19.-.Emitir informes sobre la disciplina sin haber consultado previamente con el tutor, coordinador, Consejo de disciplina y la Defensoría del niño y del adolescente. 20.-Prestar dinero de los alumnos e intimar con ellos. 21.-.Quedarse con las pertenencias decomisadas de los alumnos. 22.-.Permanecer en los quioscos o cafetería en horario de trabajo o recreo. 23.- No respetar el horario que se les asigne, en caso de necesidad del servicio se les comunicará oportunamente el cambio de horario. 24.-. Interrumpir las clases sin motivo justificado o sin la autorización de la Dirección. 25.-.Escuchar música en horario de trabajo y en el ambiente asignado para la atención a los alumnos y padres de familia. 26.-.Distribuir propaganda político-partidaria o de grupo, cartas, panfletos o cualquier otro documento que dañe la buena marcha de la I.E. o conduzca la ruptura de las relaciones humanas de la I.E.

CAPITULO V

ÓRGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO

Art. 45º FUNCIONES DE LA SECRETARIA

La Secretaria depende jerárquicamente de la Dirección del Área . Sus funciones son:

a) Preparar y remitir la correspondencia de la Dirección

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b) Realizar el control y seguimiento al trámite de expedientes y correspondencia, así como de las gestiones de la Dirección con otras Instituciones.

c) Organiza, clasifica, distribuye, y controla el archivo, que ingresa a la Dirección. d) Redacta documentos variados y de acuerdo a instrucciones de la Dirección. Por

necesidad. e) Recibe y atiende al público que desea entrevistarse con el Director (a). f) Mantener en reserva los documentos de carácter confidencial. g) Coordinar con el Director (a) para preparar la agenda de reuniones, con los demás

directivos, docentes y/o administrativos. h) Velar por las seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes de la Secretaria. i) Lleva el libro de actas de reuniones y sesiones, teniéndolo al día. j) Tratar a las Autoridades, personal docente y a los alumnos (a) con el debido respeto y

consideración. k) Realiza otras funciones que le asigne la Dirección.

FUNCIONES DEL (a) OFICINISTA (a)

Art. 46º.- Depende de la Subdirección donde ha sido asignado. Sus funciones son:

a) Cumplir las funciones a su cargo con diligencia, bajo responsabilidad de acuerdo al manual de funciones de cada oficina, elaborar y dirigir los documentos de información con responsabilidad

b) Elaborar la nómina de los alumnos antes del inicio del año lectivo. c) Realiza en coordinación con los auxiliares de educación la matrícula de los alumnos

nuevos y ratificación de los antiguos. d) Mantiene organizado y clasificado las carpetas con los documentos de matrícula de los

alumnos por grados y secciones de acuerdo a las indicciones del Subdirector respectivos, verificando las partidas de nacimiento de los alumnos que ingresen al ler. Grado de Primaria y Secundaria.

e) Con el apoyo del personal Administrativo elabora las hojas de información y carnets . f) Preparar constancias de trabajo para el personal docente por orden del Subdirector (a)

respectivo. g) Elaborar según el nivel, constancias de estudios y de conducta. h) Lleva el registro del consolidado de notas por secciones y grados. i) Digitará y generará las actas promocionales de recuperación y de subsanación. j) Tratar a las autoridades, personal docente y a los alumnos (as) con el debido respeto y

consideración. k) Otras funciones que le asigne la Subdirección a la que pertenece.

FUNCIONES DEL(A) AUXILIAR DE CONTABILIDAD

Art. 47º.- Es responsable del manejo económico del Centro Educativo y depende de la Subdirección Administrativa, sus funciones son:

a) Recaudar, controlar y depositar en el banco los fondos provenientes por diversos conceptos. b) Cautelar los fondos del Colegio. c) Verificar el valor de la autorización de giro y de las especies valoradas. d) Atender los pagos que realizan los alumnos por los diferentes conceptos, extendiendo el

recibo respectivo. e) Recepcionar, registrar y firmar los comprobantes de pago con el V.B. del Director(a).

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f) Contabilizar los fondos provenientes por concepto de recursos propios. g) Administrar los recursos provenientes de las donaciones, actividades de beneficio, actividades

productivas, servicio de cafetería y otras que se autoricen. h) Realizar arqueos de caja periódicamente o cada vez que lo solicite la Subdirección

Administrativa, manteniendo el libro de caja del Centro Educativo al día. i) Revisar, preparar y controlar la documentación contable para los balances correspondientes. j) Informar mensualmente el balance económico (ingresos y egresos). k) Elevar el libro de caja a la DEC. para su revisión. l) Llevar ordenadamente el archivo de los documentos sustentatorios de ingresos y egresos. m) Velar por la seguridad de los documentos contables y de los bienes asignados a su cargo. n) Cumplir otras funciones que le asigne la Subdirección Administrativa. o) Directiva 001- 2011 OCI y normas de procedimientos de ejecución resolución directoral

regional Nª 00400 – 2011.

FUNCIONES DE MESA DE PARTES Y TRAMITE DOCUMENTARIO

Art. 48º.- El auxiliar de Mesa de partes, depende de la Subdirección de Administración y cumple las funciones siguientes:

1. Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir, y archivar la documentación de ingreso y egreso de la IE previo cargo.

2. Distribuye internamente los documentos para su procesamiento. 3. Llevar los libros de registro de expedientes de la secretaria y el libro de flujo de trámites de

la Dirección, actualizados. 4. Proporciona información a los usuarios sobre el trámite documentario. 5. Tratar a las autoridades, personal docente y a los alumnos (a) con el debido respeto y

consideración. 6. Otras funciones que le asigne la Subdirección a la que pertenece.

AUXILIAR DE NOTAS Y CERTIFICADOS

Art. 49º.- Depende de la Subdirección de Área Administrativa. Sus funciones son:

a) Cumplir las funciones a su cargo con diligencia, bajo responsabilidad de acuerdo al manual de funciones de cada oficina.

b) Mantener actualizada y ordenada la documentación que corresponda a cada oficina y cuidar su autenticidad con celo.

c) Otras funciones que les asigne la Subdirección del Área Administrativa. d) Elabora el orden de meritos, verifica el orden de merito, constancia de estudios,

resolución de traslado exoneraciones, conducta (ambos niveles) resolución para paseos resolución de cursos a cargo.

e) Elaborar el censo electrónico anualmente.

DEL BIBLIOTECARIO (A)

Art. 50º.- La bibliotecaria es la única responsable de cuidar y velar por el mantenimiento del material de la biblioteca, depende el Subdirector de Administración y sus funciones son:

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a) Debe cumplir su jornada laboral atendiendo ambos turnos, turno de mañana de 8:00 a 4:00 pm con refrigerio de 12:30 a 1:30 pm. Y de la tarde de 10:30 a 6:35 pm y su refrigerio de 1:30 a 12:30 publica su horario de atención en lugar visible para todos.

b) Preparar el plan de organización y funcionamiento de la biblioteca. c) Recepcionar y registrar todo el material bibliográfico que por cualquier conducto llegue a la

biblioteca. d) Realizar la clasificación y codificación del material de biblioteca. e) Disponer los trabajos complementarios como: etiquetado, forrado, marcado y ubicación de

estantería. f) Atender a los usuarios de acuerdo al horario establecido. g) Entregar material de lectura y/o otros controlando su devolución. h) Sugerir la adquisición de libros, previa coordinación con el personal docente por

especialidades. i) Publicar la bibliografía existente orientando a los lectores para el uso de catálogos y códigos

de los textos, revistas y periódicos. j) Llevar el inventario general actualizado del material bibliográfico y video. k) Apoyar y facilitar al personal docente en el uso de la biblioteca y material de vídeo. l) Cautelar el equipo de vídeo y de proyección. m) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres a su cargo. n) Al finalizar el año escolar solicitar a los docentes la devolución de los libros que adeuden a la

biblioteca, caso contrario informar a la Subdirección administrativa. o) Cumplir otras funciones que le asigne la Subdirección administrativa. p) Distribución de los libros de estado de los dos niveles. q) Recepcionar los libros de los, estudiantes de ambos niveles.

DE LA AUXILIAR DE LABORATORIO

Art. 51º.- Depende de la Subdirección administrativa y del Jefe del laboratorio como jefe inmediato. Cumple las siguientes funciones:

a) Cumple su jornada laboral que permita atender y apoyar en las prácticas de laboratorio a los docentes de acuerdo al horario de estos.

b) Proporcionar y distribuir sobre las mesas de trabajo, los materiales solicitados por los docentes del área, de acuerdo a la guía práctica o relación proporcionada por el docente. en la organización, instalación, codificación e inventario de los equipos, materiales y reactivo del laboratorio. Participar

c) Apoyar y asistir a los docentes de ciencias naturales, biología, química y física, durante el trabajo en el laboratorio, en la preparación de soluciones, materiales biológicos y otros materiales didácticos solicitados para la práctica.

d) Terminada la práctica, recepcionan los materiales utilizados comprobando el estado en que se encuentran y ubicarlos en su respectivo lugar.

e) Realizar el mantenimiento de los equipos o instrumentos del laboratorio. Revisando y renovando oportunamente las etiquetas de los recipientes de reactivos.

f) Controlar y cautelar el uso del laboratorio, informando oportunamente sobre las bajas sufridas en el equipo y/o materiales de laboratorio.

g) Elaborar los requerimientos del material e insumos necesarios para el funcionamiento y conservación del laboratorio.

h) Llevar el inventario actualizado de los bienes del laboratorio. i) Mantener el laboratorio en completa limpieza y orden.

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j) Cumplir otras funciones que le asigne la Subdirección administrativa.

DEL TRABAJADOR DE MANTENIMIENTO Y SERVICIO.

Art. 52º.- Depende de la Subdirección de administración y sus funciones son:

a) Cumplir los turnos de servicio que se le asigne. b) Realizar tareas de portería durante el día. c) Ejecutar labores de limpieza, mantenimiento y reparación en los ambientes que se les ha

asignado. d) Informar de las tareas que desarrolla diariamente con la aprobación de su jefe inmediato. e) Cautelar el buen uso de los materiales de limpieza. f) Velar por la buena conservación y presentación de los diferentes ambientes y patio del Centro

Educativo. g) Controlar que los muebles, enseres y otros bienes que salen del Colegio cuenten con la

autorización oficial del Director (a). h) Colaborar en las tareas generales y específicas que se le asignen dentro del Colegio y asumir

con eficiencia el cargo para el cual fue nombrado. i) Realizar trabajos de almacenamiento, embalaje y distribución de materiales. j) Realizar otras funciones que se le asigne la Subdirección de Administración, según fuera el

caso. k) En caso de pérdida comprobada de enseres, mobiliario, componentes y agregados, por la

negligencia del personal que le corresponde dicha zona de la IE, será responsable dicho personal de servicio. En caso de reincidencia comprobada, el caso debe ser visto en el Consejo Educativo Institucional para su tratamiento.

l) Si ocurriera el caso anterior la Subdirección Administrativa compartirá la responsabilidad con el personal a su cargo en la pérdida de los enseres mencionados en el inciso (K).

m) Debe portar el cuaderno de ocurrencias.

DEL PORTERO.

Art. 53º.- Depende de la Subdirección de administración y cumple con las siguientes funciones:

a) Controlar y custodiar el local, las oficinas, materiales, equipos, enseres y otros, bajo registro y anotar en el libro de ocurrencias las incidencias que observe.

b) Controlar la entrada y salida de materiales, equipo y enseres del Colegio, lleva un cuaderno de registro

c) Colaborar con el mantenimiento del Centro Educativo, pintado y limpieza de las instalaciones.

d) El portero deberá ejercer un estricto control en la puerta de ingreso, solicitando su identificación a las persona ajenas al plantel, ingresando sólo los que sean autorizados por la autoridad correspondiente y lleva un cuaderno de registro

e) Colaborar en otras funciones que se le asigne. f) Los padres de familia sólo ingresarán con una citación.

FUNCIONES DEL ARTESANO Y/O ELECTRICISTA.

Art. 54°.-El artesano y/o electricista de la IE depende de la Subdirección Administrativa, y cum-

ple las siguientes funciones:

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a).-Tiene la responsabilidad de mantener en óptimas condiciones las instalaciones de luz,

verificando que los controles, tomacorrientes, interruptores de todos los ambientes,

incluyendo las aulas, las cajas de luz, se encuentren en perfectas condiciones sin peligro para

los alumnos.

b).-Tiene la responsabilidad del control de la bomba de agua, tuberías, cañerías, suministro

adecuado y regular del agua a la institución, verificando oportunamente cualquier avería e

informar.

c).-Tiene la responsabilidad de reparar mesas, sillas, puertas de las aulas y de los casilleros en

la sala de profesores, así como de los diferentes ambientes de la I.E. facilitando a los

profesores que requieran dichos muebles, informando las reparaciones efectuadas con

firma de recepción del docente.

d).-Apoyar al medio día en abrir las puertas, de las 12:45 a 1:00 PM. para el ingreso del nivel

secundario de martes a viernes.

e).-Otros que ordene sus superiores, por necesidad de servicio.

DEL PORTERO GUARDIAN.

Art. 55º.-Es la persona responsable de la seguridad del Centro Educativo en el turno que le corresponde y depende de la Subdirección del Área Administrativa, cumple las siguientes funciones:

a) Abrir y cerrar las puertas de acceso al Centro Educativo en la hora señalada por la administración.

b) Cumple en forma permanente la vigilancia interna del Plantel durante sus horas de labor y en sus horas de permanencia, si habita en el Centro Educativo.

c) Cumplir funciones de portería en el plantel. d) Controlar el ingreso y salida de alumnas, registrar las incidencias que pudieran producirse. e) Atender la entrada y salida de los Padres de Familia en reuniones extraordinarias que la

Dirección convoque (Sábados o Domingos) f) Verificar las órdenes de entrega y salida de equipos, materiales, herramientas, mobiliario y

enseres. Y lleva un cuaderno de registro. g) Informar ocurrencias y/o novedades durante su servicio, anotando en su cuaderno de registro h) Apoyar en las funciones de limpieza. i) Realizar las demás funciones afines al cargo. j) El horario del guardián se inicia a la 8:00 pm con su respectivo relevo de llaves. AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (ALMACÉN) DESCRIPCIÓN DEL CARGO. Velar por la conservación seguridad y distribución de los bienes y distribución de los materiales de la IE. Art. 56°.- Depende de la sub dirección administrativo o de l Director de la IE. FUNCIONES ESPECÍFICAS. a) Almacenar y registrar las maquinas, equipos, herramientas y otros materiales que otorgan o

proporcionan a la IE los órganos inmediatos superiores.

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b) Visar las guías de remisión, facturas pedidos de comprobante de salida. c) Pecosa, previa verificación de los materiales que ingresan a la IE. d) Programar la entrega de materiales que requiere el personal e) Programar y coordinar con la sub direcciones de primaria y secundaria de distribuciones de los

materiales didácticos, f) Coordinar con la directora o la sub directora administrativa, como para de los pedidos de

materiales. g) Coordinar con la tesorera del plantel sobre las necesidades de ver los gastos y de las obras que

se realizan en el plantel. h) Elaborar el cuadro de necesidades de bienes de los pedidos. i) Entregar con cargo las herramientas, maquinas equipos y otros que solicitan el personal

docente y y administrativo del plantel, j) Inventariar los bienes físicos del almacén y del plantel en general. k) Informar semestralmente por escrito a la dirección o sub dirección administrativa sobre las

altas y bajas de los bienes de IE. l) Instalar el equipo de sonido los días lunes o en las actividades centrales con autorización de la

dirección o con la sub dirección administrativa. 1.4 COMISIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Art.57 .- Los recursos propios de la Instituciones Educativa son gestionados por el Comité de Gestión de Recursos Propios, de acuerdo a las normas legales y está conformado por:

· El Director de la Institución Educativa quien lo preside y tiene voto dirimente. · El tesorero o quien haga sus veces en la Institución Educativa. · Un docente, representante de los profesores. · Un trabajador administrativo, representante del personal administrativo, si lo hubiera. ·

Art. 58.- El representante del personal docente y el representante del personal administrativo, son elegidos democráticamente, mediante voto directo y secreto, por el periodo de un año. El Comité de Gestión de recursos propios informa bimestralmente al Consejo Educativo Institucional del manejo de los recursos propios de la Institución Educativa. El Tesorero del Comité de Gestión de Recursos Propios deposita estos recursos en la cuenta abierta en coordinación con la respectiva unidad ejecutora. Art. 59.- Son funciones del administrador de recursos financieros: 1.- Recaudar el dinero que ha ingresado a la I.E por concepto de recursos propios, alquileres. y secretaría 2.- Participar en la elaboración del balance mensual 3.- Llevar debidamente archivados los talonarios de recibos y otros 4.- Apoyar en forma efectiva a la Dirección. 5.- Realizar los pagos por conceptos de teléfono entre otros. 1.4 GUARDIANIA Y PERSONAL DE LIMPIEZA. Art. 60.- El personal de servicio desempeña sus funciones con responsabilidad y eficiencia, se encarga del mantenimiento y cuidado de las aulas, mobiliario, baño, patio, ventanas, infraestructura y otros. Cumpliendo las siguientes funciones:

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1.-Nombrar un coordinador responsable de distribuir los horarios, áreas de trabajo. 2.- Respetar el horario de trabajo que corresponde a 40 horas cronológicas fuera del refrigerio en casos de necesidad del servicio, se les cambiará de turno y horario haciéndoseles conocer oportunamente. 3.-Permanecer en la IE dentro de su horario establecido, los cuales son de 6:00 a.m. – 2.15 p.m. o de 11 a.m. a 7.15 p.m (que incluye un refrigerio de 15 minutos), cumpliendo con las funciones designadas por el presente reglamento, la normatividad vigente las mismas que las desempeña con eficiencia y responsabilidad, velando por la limpieza, seguridad en general de la I.E. y los bienes existentes en ella. 4.-Firmar el cuaderno de asistencia a la hora de ingreso y salida de la I.E. 5.-Mantener pulcritud en el servicio que brinda así como en su presentación personal usando el uniforme correspondiente. 6.- Tomar iniciativa para realizar su trabajo debiendo mantener su área de trabajo de manera presentable:

· Servicios higiénicos, · Jardines, áreas verdes, · Encerado de los ambientes principales de la institución: ambiente de espera, pasadizos,

dirección, sala de profesores, sala de reuniones. · Limpiar las ventanas de las aulas · Mantenimiento de laboratorio, aula Huascarán, talleres u otros que indique la Dirección.

7.- Mostrar cortesía y respeto con el personal que labora en la I.E., padres de familia, alumnos y otras personas que visitan la I.E. 8.- Colaborar con la seguridad, mantenimiento y limpieza en cualquier evento que se realice en la I.E. 9.- Realizar el mantenimiento permanente de la I.E estando atento a brindar su servicio a solicitud del personal que labora en la institución. 10.- Presentar oportunamente los requerimientos de limpieza y otros materiales que necesita para cumplir con su trabajo. 11.-Llevar un inventario de los enseres que recibe (especialmente el guardián) debiendo dar cuenta a la Dirección en caso de pérdida. 12.- Los materiales que se le entregan para el cumplimiento de su función, son de su entera responsabilidad, en caso de pérdida, debido a su descuido será repuesto por ellos. 13.- Apoyar en las acciones educativas que se realizan en la I.E. de manera solícita y sobre todo ante cualquier caso de emergencia. 14.- Informar a la Dirección o persona encargada, de cualquier incidente que va en contra de la buena imagen de la I.E. 15.- Evitar en todo momento tener roces con los padres de familia u otras personas que visitan la I.E. 16.- Apoyar en la limpieza en caso de la ausencia de un compañero de trabajo en bien de la I.E., únicamente durante sus horas de labor y turno. 17.- Hacer uso de sus vacaciones de acuerdo a las disposiciones del Ministerio de Educación (enero-febrero), ya que en el mes de marzo es necesaria su presencia. 18.- Realizar rondas permanentes por todo el local de la I.E. para custodiar los bienes y patrimonios de la I.E. e informar inmediatamente sobre cualquier deterioro que observe sobre la infraestructura. 19.- Cumplir eficientemente con la limpieza general de los ambientes que se les asigna (pisos, paredes, ventanas, puertas, lavaderos, inodoros, etc.) 20.- Impedir el ingreso a personas ajenas a la institución en horas de clase, salvo autorización expresa de las autoridades correspondientes. 21.- Controlar el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido. 22.- Custodiar al Plantel a través de rondas garantizando su seguridad.

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23.- Cumplir con las funciones que le asigne el Director, sub director, personal jerárquico y docente. 24.- Presentar el informe correspondiente a la Dirección, ante cualquier incidente, pérdida, deterioro de la infraestructura presentado en su turno de trabajo. 25.- Apoyar en la distribución de documentos dentro y fuera de la I.E. 26.- Llevarán un cuaderno anecdotario diario. PROHIBICIONES, FALTAS Y SANCIONES: Art. 61.- El personal de servicio será evaluado en el desempeño de sus funciones a través de una ficha .Considerándose falta el incumplimiento de las funciones dispuestas en el presente reglamento, haciéndose merecedor de las sanciones dispuestas por la normatividad vigente. Siendo supervisados a través de una ficha Considerándose además: 1.- No desempeñar sus funciones con responsabilidad, eficacia y eficiencia. 2.- El personal de servicio no puede ser contratado por ningún profesor o comité de aula para realizar labores de limpieza remunerada dentro del local de la I.E. 3.- Está prohibido vender golosinas, rifas, encargos u otros en la I.E 4.- Salir de la I.E. en horas de trabajo. 5.- Permitir el ingreso de familiares sin motivo justificado, personas ajenas o vendedores a la I.E. quedando bajo responsabilidad tales hechos. 6.- Fomentar peleas, desorden, actos de violencia u otros entre compañeros de trabajo. 9. No atender la solicitud de algún personal de la I.E. que solicita su servicio justificándose que no le corresponde o no es su área de trabajo. 10. Realizar Cobros a los profesores, padres de familia o Instituciones que alquilan el local por servicios adicionales a su función sin conocimiento y autorización de la Dirección. 11.- Participar en reuniones, protestas, firma de documentos que no son de su competencia, denigrando a la I.E o algún personal que allí labora. 12.-. Tomar más tiempo que el asignado para el refrigerio. 13.- Asistir en estado de ebriedad a la I.E. 14. -Perder el tiempo en conversaciones o actividades ajenas a su función. 15. Sacar de la I.E cuadernos, materiales u otros sin la autorización o conocimiento de la Dirección. 16. Faltar sin aviso al responsable del área de Personal. 1.5 FUNCIONES DEL PORTERO: Art. 62.- El portero guardián tiene las siguientes funciones: 1. No permitir el ingreso de personas ajenas a la I.E, salvo razón justificada, para lo cual solicita el documento de identidad, registrando en el cuaderno de control de ingreso el nombre completo del visitante, el número del D.N.I. y el motivo de la visita. 2. No permitir la salida de artefactos, computadoras, proyector, muebles, material audiovisual,

materiales de laboratorio u otros que por su alto costo deben ser cuidados. Constituyendo negligencia de funciones el préstamo, pérdida o deterioro de los mismos debiendo asumir su reposición inmediata.

3. La salida de carpetas , mobiliario o algún bien de la I.E que deba ser reparado saldrá con la debida autorización escrita de la Dirección, archivando dicho documento como cargo.

4. Realizar funciones de mantenimiento del sector designado. 5. Contar una copia del inventario .de la I.E. 6. Entregar al término de su servicio el cuaderno de incidencias al personal que lo releva.

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7. No permitir la salida del alumnado, salvo necesidad urgente, previa entrega de la autorización escrita por el tutor, profesor de aula o Auxiliar de Educación, quedando archivada la papeleta de permiso.

8. Realizar rondas periódicas por el perímetro de la I.E. 9. No permitir el ingreso de personas en estado etílico a la I.E. Art. 63.-Se consideran faltas al incumplimiento de las funciones dispuestas por el presente reglamento, haciéndose merecer de las sanciones dispuestas por la normatividad vigente. FUNCIONES DEL GUARDIAN NOCTURNO: Art. 64.- El guardián nocturno tiene las siguientes funciones: 1.- Realizar rondas nocturnas por toda la I.E. 2.- Verificar que todas las puertas estén cerradas 3.- No permitir el ingreso de personas ajenas o padres de familia a la I.E. salvo autorización escrita de la Dirección para que realicen la limpieza o reuniones de Comité de Aula. 4.-No permitir la salida de muebles, equipos y/o enseres del local de la I.E; cualquier pérdida queda bajo su responsabilidad. 5.- Tener una copia del inventario de los enseres de las aulas y de la I.E. en general. 6.- Informar a la Dirección por escrito o verbalmente sobre cualquier incidente ocurrido dentro de su horario de trabajo. 7.- A su relevo con el portero diurno da cuenta de la conformidad o novedades presentadas durante su jornada. 8.- Informar sobre cualquier deterioro en la infraestructura del local de la I.E. 9.- Colaborar estrechamente con el turno noche en el cuidado del local de la I.E. 10.- En caso de observar personas ajenas al interior de la I.E., durante su turno, toma las precauciones del caso y comunica a la Delegación Policial del Sector. Art. 65.- Se consideran faltas al incumplimiento de las funciones dispuestas por el artículo 56 del presente reglamento, haciéndose merecedor de las sanciones dispuestas por la normatividad vigente.

CAPITULO VI

ORGANO DE APOYO Y PARTICIPACION 1. LOS ALUMNOS Art 66.- Los alumnos participan en la I.E. a través de sus representantes que integran el CONEI y el Municipio Escolar .El Municipio Escolar, es una organización de niños y adolescentes, que desarrollan actividades que contribuyen a su formación integral, promoviendo valores, ciudadanía y democracia. Los Municipios Escolares constituyen un espacio para opinar, participar y organizar con sus compañeros, frente a los problemas y planteando posibles soluciones. Art 67.-La estructura básica de los Municipios Escolares son:

· Coordinación general. · Coordinadores por grado

Art.68.- Los Municipios Escolares cumplen sus funciones a través de 4 líneas de acción:

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• Educación, cultura y deportes: En la que puedes desarrollar actividades de prensa escolar (periódico mural, radio escolar), competencias deportivas, eventos artísticos y culturales, etc.

• Salud y ambiente: En la que se encuentra el botiquín escolar, actividades de prevención y control con los centros de salud, campañas (limpieza, drogas, defensa del medio ambiente, etc.).

• Producción y Servicios: Proyectos productivos (huertos, granjas, reciclaje, etc.), kiosco escolar, capacitación técnica, actividades pro fondos (rifas, concursos, ferias, etc.), mantenimiento (pintado de paredes, mobiliario, pizarras, servicios higiénicos, áreas verdes, etc.), Defensa Civil.

• Derechos del Niño: capacitación en liderazgo, defensoría escolar, campañas sobre maltrato, abuso sexual, derechos del niño. brigadas de seguridad.

1.1 DERECHOS, DEBERES, OBLIGACIONES, FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS. DERECHOS: Art.69- Los estudiantes de Educación Primaria y Secundaria tienen derecho a: 1. Recibir una formación integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente que le brinde la

seguridad moral y física, así como los servicios de orientación y bienestar. 2. - Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación, y ser informado de las disposiciones

que le conciernen como alumno. 3. - Recibir estímulos en mérito al cumplimiento destacados de sus deberes. 4. - Ser evaluado con justicia, conocer por lo menos con 48 horas de anticipación la fecha y hora

de sus evaluaciones y ser informado oportunamente de sus resultados. 5. - Elegir y ser elegido miembro de cualquier organización estudiantil, deportiva y cultural en

representación de la I.E. 6. -Ser atendido en algún reclamo oportuno, sea en forma verbal o escrita, siempre que lo realice

con corrección y fundamentando su pedido. 7. - Solicitar ser evaluado con posterioridad en caso de enfermedad o viaje imprevisto previa

presentación del documento que justifique esa ausencia (certificado médico o boleto de viaje) dentro de las 48 horas.

8. -Ser evaluado en otra fecha en caso que estuviera representando al colegio en eventos culturales o deportivos.

9. -Recibir oportunamente su libreta de calificaciones. 10. Consultar a sus profesores sobre alguna duda en las tareas o temas. 11. Los alumnos que trabajan tienen una tolerancia de una hora pedagógica para ingresar a la I.E.

para lo cual deben de presentar una constancia de trabajo expedida por su empleador. 12. Recibir oportunamente los primeros auxilios en caso de accidente dentro de la I.E. todos los

alumnos deben estar inscritos en el Seguro Escolar para poder acceder a sus beneficios oportunamente.

13. No ser retirado del aula de clases por falta de cumplimiento de tareas, bajo ningún motivo, excepto la de ser convocado por alguna instancia superior.

14. Los alumnos con confesión religiosa distinta a la católica tienen el derecho de solicitar ser exonerados de su participación como alumnos regulares en el curso de Ed. Religiosa.

15. Asimismo, aquellos alumnos que se encuentren no capacitados para asistir al curso de Educación Física, deberán igualmente solicitar su exoneración oportunamente.

DEBERES: Art. 70.- Los alumnos de la I.E. tienen los siguientes deberes:

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1. Respetar al personal Directivo, Jerárquico, Profesores, personal administrativo, Auxiliar,

compañeros y otras personas que laboren en la I.E. 2. Participar en forma responsable en las actividades educativas y permanentes de la I.E.,

absteniéndose de intervenir en actividades político partidarias dentro de la I.E. y en actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres.

3. Llegar puntualmente a la I.E. teniendo en cuenta los siguientes horarios. • Turno mañana: Ingreso de 7:30 a 7:45 a.m. hora salida de 12:45 pm Turno tarde: Ingreso

de 12:55 a 1:10 p.m. hora en que se cerrará la puerta de ingreso. Salida 6:35 pm. No se permitirán las tardanzas salvo justificación debidamente presentada o con la presencia

del padre de familia o apoderado. El ingreso y salida se anunciará mediante el timbre.

4. Ingresar a la I.E. limpio en su persona y vestimenta, su uniforme único completo debidamente presentable y luciendo de insignia de la I.E. en su pecho, zapatos lustrados, cabellos limpios y sin parásitos. Los hombres con corte de tipo escolar, las mujeres con trenzas recogidas hacia atrás sujetadas con una cinta blanca y la falda debajo de la rodilla.

5. - Cuidar y conservar limpios los diferentes ambientes, mobiliario y demás instalaciones así como los equipos y materiales de enseñanza.

6. - Cumplir con las tareas escolares y aprender sus lecciones, asimismo mantener sus útiles escolares en buen estado.

7. - Responsabilizarse de la recepción, conservación y devolución del buen estado de los libros o materiales entregados por el Ministerio de Educación.

8. -Demostrar en todo momento respeto con las personas dentro y fuera de la I.E. 9. -Justificar su inasistencia en compañía de sus padres o apoderado al día siguiente de la falta. 10. Asistir a las clases de educación física con el uniforme deportivo o buzo de la I.E. 11. Presentarse con puntualidad a sus evaluaciones portando lo necesario para este caso. 12. Pagar con 24 horas de anticipación los derechos de examen por curso aplazado, subsanación y

repitencia del grado. 13. Respetar los Símbolos Patrios y Héroes Nacionales, entonar con entusiasmo y patriotismo el

Himno Nacional. Participar en los desfiles cívico – patriótico. 14. Comunicar a la Dirección, profesores, auxiliar o personal de la I.E. acciones que dañen o

deterioren las instalaciones o bienes de la I.E. 15. Implementar y mantener en buen estado las áreas verdes de la I.E. 16. Presentar diariamente su cuaderno de control debidamente firmado por sus padres y en

perfecto estado de conservación. 17. Las promociones que egresarán, tanto de primaria como de secundaria, ofrecerán a la

Institución un donativo, que tendrá como valor el total de los aportes individuales, colaborando con diez nuevos soles cada uno.

18. Sobre las actividades de promoción deben ser realizadas por los padres de familia, evitando el descuido de formación académica de los alumnos.

19. El viaje de promoción se realizará al menos con un 70% de los alumnos del aula y preferentemente evitar juntar alumnos de otras secciones.

20. Los maletines o mochilas deben ser de color oscuro (negro) sin adornos ni presentar pintas. PROHIBICIONES Y FALTAS Art. 71.- En lo referente a las prohibiciones y faltas se tendrán en cuenta los siguientes criterios: relaciones humanas, Disciplina y Civismo. Se consideran faltas las siguientes: 1. Tener modales y vocabulario inadecuado y soez.

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2. Portar radios, celulares, grabadoras, revistas, periódicos, los celulares solo en casos de emergencia de contenido cuestionable y otros objetos impropios para el quehacer educativo.

3. Molestar, golpear, insultar, poner sobrenombres o apodos a sus compañeros de clase o de la I.E. 4. Asistir a la I.E. sin el uniforme único, adornos, maquillaje, aretes, pulseras, así como tatuajes en

la piel que desvirtúen la calidad del educando. 5. Comer o masticar chicles en la formación y horas de clase. 6. No ingresar a las aulas o permanecer en los kioscos y servicios higiénicos en las horas de clase. 7. Hacer inscripciones en el mobiliario, ambientes e instalaciones de la I.E. 8. Traer los cabellos sueltos en las mujeres y tener otro corte que no sea el de tipo escolar en los

varones. 9. Vender productos comerciales o de otra índole, o realizar colectas, sin la autorización respectiva

de la Dirección. 10. Realizar escenas de tipo amoroso dentro de la I.E. o en sus inmediaciones. 11. Esta prohibido el uso del corrector. Art. 72.- Se consideran faltas graves a las que a continuación se mencionan: 1. Desprestigiar a la I.E. o a los miembros que la integran observando una conducta inadecuada o

haciendo comentarios negativos sobre ellos. 2. Faltar el respeto a los profesores, auxiliares, personal de servicio y padres de familia. Falta

grave 3. Participar, promover y alentar discordias, riñas o protagonizar actos reñidos contra la moral

dentro y en las inmediaciones del local de la I.E, afectando la dignidad de la persona y el prestigio de la I.E. Falta Grave.

4. Fumar, beber licor o ingresar en estado etílico a la I.E. Falta grave 5. Traer a la I.E. ropa de calle, objetos punzo cortantes o armas camufladas en la mochila o

vestimenta. Falta grave 6. Falsificar firmas en documentos o alternar sus calificaciones en su libreta de notas o

certificados. Falta grave 7. Salir de la I.E sin la autorización correspondiente del profesor de aula, tutor, sub-director o

Auxiliar. Falta grave 8. Utilizar el nombre de la I.E. para actividades no autorizadas por la Dirección. Falta grave 9. Intentar sobornar a los profesores. Falta grave. 10. Deteriorar, destruir o romper los bienes de la I.E., los cuales posteriormente deben ser

repuestos o arreglados por los infractores. 11. Hacer tareas diferentes a las áreas que se estén dictando en el momento. 12. Conversar, hacer desorden en las formaciones, actuaciones y durante el dictado de clases. 13. Ingresar al aula sin pedir permiso estando presente el profesor o cualquier personal que labora

en la I.E. 14. No informar de las pruebas, papeletas y comunicaciones a sus padres de familia. 15. Plagiar o hacer uso de otras formas similares en el momento de sus evaluaciones. 16. Negarse a participar o representar a la I.E. en actividades Cívico – Patrióticos, Culturales,

Deportivas. 17. Permanecer en los servicios higiénicos, kioscos o en otros ambientes y perder tiempo en horas

de clase. 18. Botar desperdicios o papeles (ensuciar) en los patios y demás ambientes. 19. Deteriorar, atorar los servicios higiénicos en forma deliberada, ocasionando perjuicios en su

uso. 20. Abandonar el aula de clase sin el permiso respectivo del profesor o autoridad escolar, salvo en

casos de emergencia. 21. Escalar las paredes para ingresar o evadirse de la I.E. 22. Deteriorar las áreas verdes.

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Art.73.- Los estudiantes que sobresalen en sus estudios, comportamiento y actividades deportivas o representando a la I.E. ocupando puestos de privilegio, se harán merecedores a estímulos o premios consistentes en: 1. Felicitación escrita. 2. Publicación en cuadro de méritos. 3. Diploma al Mérito. Art. 74.- Las sanciones a las que se hacen acreedores los alumnos se aplicarán de acuerdo a la falta o reincidencia de la misma, previa investigación; se cita a los padres del alumno para hacerle conocer la falta de su hijo procediendo de la siguiente manera: 1.- Si la falta es leve, se reunirá el tutor y el auxiliar de educación (en secundaria) encargado de la sección para solucionar el caso. En primaria se responsabiliza al profesor de aula. 2.- En caso que la falta sea grave el personal responsable informará al Consejo de Disciplina para que tome las medidas correspondientes del caso y aplique la sanción correspondiente, sea en el nivel primaria y secundaria. 3.- En caso de agresión física el alumno será separado de la I.E previa investigación y esclarecimiento de los hechos. Las sanciones que se apliquen a los alumnos son: 1. Amonestación verbal. 2. Amonestación escrita. 3. Asignación de tareas de mejoramiento del aula y del colegio, si la falta fuera de carácter contra

la infraestructura. 4. Matrícula condicional en caso de reincidencia. 5. Suspensión de asistir a la I.E., por reincidencia de falta grave de 2 a 5 días según la gravedad de

l falta. 6. Separación de la I.E. cuando la falta reviste gravedad y comprometa la integridad física y moral

de los educandos. En la aplicación de sanciones a los alumnos se evita la humillación y se brinda la orientación correspondiente para la recuperación del alumno. 2. PADRES DE FAMILIA

Art.75.-La Asociación de Padres de Familia (APAFA) es una organización estable de personas naturales, sin fines de lucro, de personería jurídica de derecho privado y puede inscribirse en los Registros Públicos. Es regulada por el Código Civil, en lo que sea pertinente, la Ley General de Educación, es derecho de los padres de familia de participar en el proceso educativo de sus hijos.

Art.76.- En la Asociación de Padres de Familia participan los padres de familia, tutores legales y curadores de los estudiantes de la institución educativa pública, de acuerdo a los requisitos señalados en la Ley. La Asociación de Padres de Familia ejerce las siguientes atribuciones:

1.- Participar en el proceso educativo de sus hijos. 2.- Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la institución educativa, promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje y la inclusión de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades. 3.- Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes.

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4.- Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos. 5.- Gestionar la implementación de programas de apoyo alimentario; de salud física y mental; de deportes, orientación vocacional y de otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes. 6.-Recibir información sobre el manejo administrativo, financiero y económico de la institución educativa. 7.-Denunciar, ante los órganos competentes las irregularidades que se produzcan en las instituciones educativas. 8.-Participar, a través de veedores, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se realicen en las instituciones educativas 9.-Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en las instituciones educativas. 10.-Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados. 11.-Participar, a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional. 12.-Organizarse en instituciones de grado superior para formar parte de los órganos de participación, concertación y vigilancia ciudadana previstos en la Ley General de Educación. Art.77.-Los padres de familia participan través de su representante en el CONEI: 1.-Participar en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan Anual de Trabajo (PAT), con excepción de los aspectos técnico-pedagógicos. 2.-Participar en el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución educativa, de conformidad con las normas que emite el Ministerio de Educación y las instancias intermedias de gestión, en concordancia con los criterios y procedimientos que establezca el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa. 3.-Propiciar la solución de conflictos que se susciten en el CONEI, priorizando soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. 4.-Participar en el proceso de autoevaluación de la institución educativa. 5.-Vigilar el acceso, la matrícula oportuna y la asistencia de los estudiantes, en la institución educativa. 6.-Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las instituciones educativas públicas. 7.-Vigilar el adecuado destino de los recursos de la institución educativa y de aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. 8. Colaborar con Director para garantizar el cumplimiento de las horasa efectivas de clases.

Art.78.- Toda APAFA debe contar, cuando menos, con la siguiente estructura orgánica básica:

1.-Órganos de Gobierno. 2.-La Asamblea General. 3.-El Consejo Directivo. 4.-Órganos de Participación:

• El Pleno de los Presidentes de los Comités de Aula y de los Comités de Talleres. • Los Comités de Aula. y, • Los Comités de Talleres.

5.-Órgano de Control:

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• El Consejo de Vigilancia.

Art.79.- Asamblea General La Asamblea General es el máximo órgano de la APAFA. Está constituida, cuando corresponda, por la reunión de los padres de familia, tutores y curadores de los estudiantes de las instituciones educativas públicas. Art.80.-Atribuciones de la Asamblea General Son atribuciones de la Asamblea General de la APAFA: 1.-Aprobar y modificar su estatuto. 2-Debatir y aprobar los informes económicos mensuales y los balances semestrales. 3.-Debatir y aprobar el Plan Operativo Anual (POA). 4.-Fijar el monto de las cuotas ordinarias, extraordinarias y multas de los asociados. 5.-Remover, por causa justificada, a los integrantes del Consejo Directivo.

• Elegir, mediante sorteo, a los integrantes del Comité Electoral. • elegir al veedor ante los comités especiales. • Elegir a su representante ante el CONEI.

Art. 81.- Consejo Directivo El Consejo Directivo es el órgano ejecutivo de la APAFA. Sus integrantes son elegidos sólo por voto directo, universal y secreto. Su mandato es de dos años. No hay reelección inmediata.

No pueden integrar el Consejo Directivo, el Consejo de Vigilancia ni el Comité Electoral de la APAFA:

1.-El personal directivo y jerárquico, o los docentes y trabajadores administrativos de la institución educativa correspondiente; 2.-Los miembros de la APAFA, cuyos hijos, tutelados o curados cursen el último grado de estudios que brinda la institución; 3.-Los miembros de la APAFA que registren antecedentes penales.

DE LOS DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA.

Art. 82.- Son deberes de los padres de familia, tutores y curadores son los siguientes:

1.-Educar a sus hijos, tutelados y curados. 2.-Contribuir a que en la institución educativa exista un ambiente adecuado que beneficie el aprendizaje y permita la formación integral de los estudiantes. 3.-Estar informados sobre el rendimiento académico y la conducta de sus hijos. 4.-Apoyar la labor educativa de los profesores. 5.-Colaborar y participar en las actividades educativas programadas por el Director y los docentes. 6.-Cuidar y preservar los bienes de la institución educativa. 7.-Cumplir con las obligaciones previstas en el estatuto de la APAFA. 8.-Denunciar, ante los órganos o autoridades competentes, a los integrantes de los órganos de la APAFA que incurran en irregularidades. 9.-Colaborar con las actividades que realicen las instituciones educativas en función del PEI. 10.-Velar por que las instituciones educativas brinden las facilidades indispensables que requieran los estudiantes con discapacidad.

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11.-Velar por la probidad y transparencia de la gestión institucional. 12.-Velar por el cumplimiento del derecho a la educación de calidad de los estudiantes. 13.- Enviar a sus hijos puntualmente, correctamente uniformados, con la insignia, limpios en su vestimenta y cuerpo y con los útiles escolares correspondientes de acuerdo al horario de clases. 14.-Justificar obligatoriamente la inasistencia de sus hijos dentro de las 24 horas siguientes. 15.-Matricular personalmente a sus hijos en las fechas programadas y el turno correspondiente, presentando la documentación pertinente. 16.-Asistir puntualmente a las reuniones programadas por los profesores, comités de aula o APAFA 17.-Recibir personalmente la libreta de calificaciones de sus hijos. 18..-Es responsable de la conducta de sus hijos dentro y fuera de la I.E. 19.-Abonar con 24 horas de anticipación los derechos por evaluación de aplazados, rezagados, curso de cargo o repitencia. 20.-Velar por la buena conservación del aula de su hijo. 21.-Asistir puntualmente al llamado de los profesores, auxiliar o Consejo de Disciplina, portando la citación o papeleta enviada. 22.-Comunicar inmediatamente al personal responsable sobre alguna agresión o abuso cometido contra su hijo en el interior de la I.E. 23.-Solicitar, por lo menos con 5 días de anticipación, los certificados de estudios y otros documentos. 24.-Pagarán o repondrán por el integro los daños a los bienes de la I.E., ocasionados por sus hijos. 25.-Tiene que identificarse obligatoriamente al momento de ingresar a la I.E. 26.-Asistir, colaborar y participar en las actividades culturales, educativas y deportivas que organice la I.E. o el aula. 27.-Comunica a la Dirección o Subdirección sobre cualquier atentado que observen en contra de la I.E. Informa cualquier actitud sospechosa en contra de los alumnos y personal que labora en la IE. 28.-Ingresará al IE. Decentemente vestido. 29.-No deben permitir que sus hijos lleven a casa objetos que no le pertenecen. 30.-Asistir obligatoriamente a la Clausura del Año Escolar. 31.-Entrevistarse con el profesor siempre y cuando lo pida por escrito y no interrumpiendo la labor docente. 32.-Enviar a sus hijos luego de haber ingerido sus alimentos, desayuno o almuerzo, según el turno. 33.-Cumplir estrictamente con las recomendaciones de los profesores para un mejor logro de las actividades educativas. 34.-Los padres de familia que esperan a sus hijos en horas de salida deben hacerlo en la puerta lateral y no ingresar al local, únicamente lo podrán hacer por un caso de urgencia. 35.- Aporte económico de las promociones para la mejorar de su institución como muestra de su agradecimiento. 36.- Los padres de familia deben ser los encargados de las actividades económicas concernientes a promociones. Art.83.-Los padres de familia participan en el proceso electoral y el destino de sus recursos según la ley de APAFAS y su reglamento. PROHIBICIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA Art.84.- Está prohibido a los padres de familia lo siguiente: 1. Calumniar, difamar y ofender de palabra al personal que labora en la I.E. o a los alumnos. 2. Interrumpir en las horas de clase a los profesores. 3. Ingresar a la I.E. y al aula, sin identificación y permiso del personal respectivo.

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4. Amenazar, insultar o agredir a cualquier alumno cualquiera fuera el caso. 5. Expresarse con palabras soeces dentro o en los alrededores del local de la I.E. 6. Protagonizar pelas o riñas con otros padres de familia, por conflictos entre sus hijos o por

asuntos personales. 7. Permanecer en la puerta de la I.E. luego del ingreso o salida de los alumnos, sobre todo

formando grupos. 8. Deambular al interior de la I.E. en horas de formación o de clase distrayendo la atención de los

alumnos. 9. Ingresar a la I.E. para realizar ventas de artículos para provecho personal. SANCIONES Declarar persona no grata a la IE. ESTÍMULOS Art.85-. Los padres de familia que dan ejemplo de trabajo, colaboración, honradez y otras acciones positivas por el bien de la I.E. y del alumnado en su conjunto, se hará acreedor a un diploma, mención honrosa o felicitación escrita mediante Resolución Directoral. 3.-DEL COMITÉ DE AULA

Art.86.- El Comité de Aula es el órgano a través del cual los padres de familia colaboran en el proceso educativo de sus hijos. Art.87.- El Comité de Aula está constituido por la reunión de los padres de familia o apoderados que tienen un hijo o pupilo en el aula, quienes serán representados por una Junta Directiva, que tiene una vigencia de un año, integrada por: 1. Un Presidente. 2. Un Secretario, y, 3. Un Tesorero. Art.88.-Los miembros que conforman la Junta Directiva del Comité de Aula, serán elegidos en una reunión convocada por el profesor o tutor del aula, inmediatamente después de culminado el proceso regular de matrícula, la que contará con la asistencia de la mayoría padres de familia del aula o apoderados. Un padre de familia no podrá presidir más de un Comité de Aula. Los miembros de la Junta Directiva del Comité de Aula cumplirán con las siguientes funciones: 1.- Funciones del Presidente del Comité de Aula:

· Representar al aula en la Junta de Presidentes de Comités de Aula. · Coordinar permanentemente con el profesor o tutor para solucionar los problemas del aula. · Dar ejemplo de puntualidad y de cumplimiento de las tareas encomendadas. · Asistir a todas las reuniones que se convoquen. · Incentivar las buenas relaciones humanas entre los miembros.

2.- Funciones del Secretario:

· Llevar el libro de actas en todas las reuniones y lo tiene el día · Asistir puntualmente a todas las reuniones convocadas. · Antes de dar inicio a la reunión lee el acta de la reunión anterior para el firmado posterior.

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3.- Funciones del Tesorero: · Hacer el cobro de las cuotas acordadas para el mantenimiento del Comité del Aula. · Solicitar al profesor o tutor un informe sobre los requerimientos o necesidades del aula, para

considerarlo en los gastos. · Realizar las compras de las necesidades del aula. . Entregar al final del año el dinero sobrante a la tesorería de la IE. · Elaborar, al término de las actividades académicas, un informe de gastos y egresos,

entregando el saldo respectivo y el informe correspondiente a la Tesorería de la I. E. . Si se produce durante el año la renuncia o abandono de uno de los miembros de la Junta

Directiva se elegirá a su reemplazante en una asamblea con la presencia del profesor o Tutor. Art. 89.- Los Comités de Aula tienen las siguientes funciones específicas: 1.- Apoyar al profesor en la mejor presentación del aula. 2.- Propiciar las buenas relaciones humanas entre sus miembros y otros comités. 3.- Participar en forma permanente y activa en el pintado de sus mobiliarios y ambientes, la ambientación del aula. 4.- Los comités de aula del turno mañana y tarde coordinan los trabajos que deben realizar para una mejor presentación del aula. 5.- Integrar comisiones de trabajo en bien del aula y de la I.E. 6.- Aportar una cuota o aporte económico para la realización de trabajos en el aula. 7.- Antes de la Clausura del Año Escolar tienen la obligación de dejar el aula limpia, pintada y el mobiliario en perfecto estado con la finalidad de facilitar la apertura del año académico siguiente. Art.90.- El Comité de Aula puede reunirse a pedido del profesor tutor, del Presidente de la misma o por un pedido firmado por el 50% más uno de los miembros del Comité de Aula con la exclusiva finalidad de tratar asuntos del aula. La no asistencia o el llegar tarde a las reuniones, así como el incumplimiento en las tareas o faenas programadas serán causales para la aplicación de una sanción o multa que será determinado por la Asamblea del Comité de Aula. Art.91.- Los fondos recaudados por el Comité de Aula deben ser empleados exclusivamente en beneficio de los alumnos del mismo. Al finalizar el año escolar no debe de quedar dinero sobrante. Si el caso fuese será entregado como aporte ala tesorería de la IE. 4.-EX ALUMNOS Art.92.- La Asociación de ex alumnos es un órgano de apoyo, y su participación se da en los niveles: social, cultural, deportivo, y está integrado por los alumnos egresados de la I.E. quienes cumplen con las siguientes funciones: 1.-Nombran un representante que participa en el CONEI, con voz pero sin voto. 2.-Participa y apoya en las acciones educativas de proyección a la sociedad, y tiene como sede nuestro plantel. 3.- Los ex alumnos deberán organizarse a iniciativa de sus miembros, para prestar su apoyo a la institución donde estudiaron mediante la presentación de proyectos de gestión en bien de la institución. 4.-Participan activamente en el aniversario del colegio pudiendo realizar aportes voluntarios en bien de la I.E. 5.- Formar un comité de Docentes y ex alumnos que estén pendientes de la Institución , par que organice y planifiquen dicha asociación con estatutos propios.

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5.-CONEI Art.93.-El Consejo Educativo Institucional (CONEI) Es el organismo de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa pública que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad en las Instituciones educativas Públicas. Es presidido por el Director de la Institución Educativa, y está conformado por los subdirectores, 2 representantes del personal docente uno por nivel, 1 representante, del personal administrativo, 1 representante de los estudiantes, 1 representante de los ex alumnos y 2 padres de familia uno por nivel, pudiendo ser integrado también por otros representantes de instituciones de la comunidad local, por acuerdo del Consejo , pudiendo participar otros miembros o estamentos de la I.E. por invitación del Director. Art.94.- La Elección de representantes del CONEI es del modo siguiente: El periodo de representación en los Consejos Educativos Institucionales de las Instituciones Educativas Públicas es de dos años. El representante de los estudiantes, si está en el penúltimo año de estudios, es elegido por un año. El proceso electoral se realiza en los tres últimos meses del año lectivo. Cada estamento elige un representante por voto universal, secreto y directo teniendo en cuenta: 1.-El o los representantes de los padres de familia que tienen la patria potestad del menor que estudia en la Institución Educativa, y no preside la Asociación de Padres de Familia. 2.-El o los representantes de los estudiantes, quienes no pueden tener conducta desaprobatoria o ser repitentes del año lectivo inmediato anterior. 3.-El representante de los ex alumnos donde existiera asociación. 4.-El o los representantes del personal docente, quienes deben haber aprobado la evaluación correspondiente al año anterior, si la hubo y no estar sometidos a procedimientos administrativos en curso. 5.-El o los representantes del personal administrativo, quienes deben haber aprobado la evaluación correspondiente al año anterior, si la hubo y no estar sometidos a procesos administrativos en curso. 6.-La representación de los padres de familia y la de los estudiantes cesa al dejar la Institución Educativa por retiro del hijo, o por concluir los estudios. 7.-En todos los casos, para ser representante ante el Consejo Educativo Institucional se requiere no estar cumpliendo sanción disciplinaria ni penal. 8.-La ausencia de los representantes de los ex alumnos no impide su instalación y funcionamiento, cuando las características de la institución lo justifiquen. Art.95.- La Institución Educativa en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local y los gobiernos locales, promoverá la capacitación de los integrantes del Consejo Educativo Institucional para el mejor ejercicio de sus funciones. Art.96.- Son funciones del Consejo Educativo Institucional: 1.- Capacitarse para asumir con idoneidad su función. 2.- Actuar con lealtad, respeto a las leyes, a la Autoridad y a las leyes practicando los principios éticos fundamentales. 3.- Llevar la voz de sus representados y no participar en decisiones de la Institución de manera personal y arbitraria.

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4. Convocar a sus representados a reuniones informativas cuando sea necesario tomar acuerdos o tomar decisiones; teniendo en cuenta sus mociones .Levantando el acta correspondiente y llevando de manera ordenada el registro de las asambleas. 5. -Convocar a sus representados de manera extraordinaria cuando el caso lo amerite. 6.- Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. 7.- Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. 8.- Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa. 9.- Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad. 10.-Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. 11.- Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades. 12.- Cooperar con el Consejo Participativo Local de Educación de su circunscripción. 13.-Propiciar la solución de conflictos que se susciten en esta, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. 14.- Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la Institución Educativa y los indicadores de desempeño laboral. 15.- Publicar los acuerdos de las asambleas realizadas.

Art. 97.- El Consejo Educativo Institucional se reúne ordinariamente por lo menos cuatro veces al año; extraordinariamente, las veces que sea convocado por el Director, en función de las necesidades de la Institución Educativa o a pedido de la mitad más uno de sus miembros. El quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos que se tomen constan en Acta firmada por todos los asistentes, la que debe ser de público con conocimiento en la Institución Educativa o Programa. PROHIBICIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL 1.- Está prohibido faltar a la autoridad o a uno de sus miembros de hecho o palabra. 2.- Faltar a las Reuniones o retirarse antes de su culminación. 3.- Está prohibido negarse a firmar documentos de manera arbitraria, o tomarse atribuciones que no le corresponden. 4.- Toda decisión tomada de manera personal por algún miembro del Consejo, sin la consulta y aprobación del Consejo es nula. 5- No se pueden aprobar las propuestas de cualquier consejero si es que no han sido primero aprobados por sus representados mediante acta, en caso contrario su propuesta no será admitida a debate. 6.-Cualquier acto que altere el desenvolvimiento de la reunión podrá ser sancionado por los representantes pudiendo ser suspendido de participar en la sesión siguiente según el caso lo amerite.

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CAPITULO VII

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

Art. 98.- Las acciones de Planeamiento Educativo se realizan durante el mes de diciembre con la activa participación del personal docente, directivo y jerárquico. Art. 99.- El periodo del planeamiento comprende principalmente la designación de comisiones, los cuales son: 1. Proyecto Educativo Institucional (PEI). 2. Proyecto Curricular Institucional (PCI) 3. Plan Anual de Trabajo. 4. Reglamento Interno. 5. Consejo de Disciplina. 6. Cuadro de Horas. 7. Defensoría del Niño y del Adolescente. 8. Comisión de Aniversario del colegio 9. Calendario Cívico Escolar. 10. Defensa Civil. 11. Primeros Auxilios y Salud. 12. Supervisión 13. Bienestar Social 14. Infraestructura Educativa 15. Licitaciones 16. Evaluación del Personal 17. Reglamento del PRP. 18. Actividades Especiales: Día de la I.E., Día del Maestro, Clausura, etc. 19. imagen institucional y actividades 20. Feria de ciencias 21. Día del maestro 22. Calendario cívico 23. Desfiles 24. Fiestas patrias 25. comité de evaluación 26. consejo académico 27. Comisión de Clausura del año escolar 28. Municipio escolar 29. Control interno 30. Comisión de racionalización. 31. Consejo académico Art.100.-Todas las comisiones, obligatoriamente, serán conformadas por profesores de ambos niveles y turno quienes la integran de forma voluntaria, elegidos en la Junta de Profesores o designados por la Dirección. Art.101.- La evaluación de recuperación, aplazados y de subsanación se realiza antes de la ratificación de la matrícula, con la finalidad de tener la situación final de los aplazados. Después de la fecha de evaluación no habrá prorroga, salvo justificación debidamente documentada.

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Art.102.- La ratificación de la matrícula se realiza de acuerdo con las disposiciones oficiales vigentes y las normas internas. El acto de matrícula y su ratificación estará a cargo de cada profesor de grado y sección en primaria: en el Nivel Secundaria por los Profesores Coordinadores y los Auxiliares de Educación. Art.103.- La distribución de los grados y secciones se realizará teniendo en cuenta lo siguiente: • En el Nivel Primaria, es de manera rotativa.

• En el Nivel Secundaria: por especialidad, tiempo de servicios y de manera rotativa.

Art. 104.- Para la distribución de las fechas cívicas se tomarán preferentemente los siguientes criterios:

• Se realizan por comisiones designadas en asambleas de profesores. • Se distribuye entre los profesores de acuerdo con su especialidad.

Art.105.- La confección de documentos, como el PCC o el PEI, estará a cargo de cada comisión designada en asamblea de profesores o por disposición de la Dirección de la I.E. La preparación de la carpeta pedagógica se hará en el mes de diciembre y la presentación se hará el primer día útil del mes de marzo y el de las Unidades de Aprendizaje se hará el primer día útil de bimestre. Art. 106- La duración del año escolar será de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Educación. Cada profesor debe conocer y aplicar la periodificación del año escolar que debe figurar en su carpeta pedagógica. Art. 107- La Programación curricular se elaborará teniendo en cuenta lo siguiente: 1. La Programación Curricular en Primaria se realizará mensualmente; la Subdirección y

coordinadora de grado son las encargadas de orientar, asesorar y velar por su elaboración y la Subdirección de Primaria es la responsable de su revisado y visado.

2. En secundaria se realizará bimestralmente las unidades e aprendizaje y los coordinadores de

área (elegidos por los profesores del área) son los encargados de orientar, asesorar y hacer cumplir la elaboración de la programación curricular, el visto bueno está a cargo de uno de los asesores del Consejo Académico, según sea el caso, y del Subdirector de Formación General.

3. Antes de confeccionar una nueva Unidad de Aprendizaje, se hace una revisión de la anterior

para la reprogramación de los contenidos no tratados. Art. 108.- La Supervisión Educativa interna se realizará de acuerdo a un Plan elaborado por la Comisión de Supervisión integrado por el sub director de formación general concejo académico, coordinador del área, al finalizar el año escolar quedando listo para el año siguiente. Cumplirán con la tarea de supervisión: a. En el nivel primario lo realizará la Subdirectora en compañía de cada coordinador de grado

supervisado. b. En el nivel secundario lo realizará el Subdirector de Formación General en compañía del

profesor coordinador del área.

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La supervisión educativa tiene como finalidad detectar problemas en el proceso educativo para luego orientar, corregir y superar las deficiencias del proceso enseñanza-aprendizaje.

CAPITULO VIII

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

Art. 109.- La Secretaría es el órgano de apoyo de la Dirección, se responsabiliza del trámite documentario (recepción, confección, trascripción, etc.) y del curso que debe seguir todo documento que llega a su despacho hasta su archivamiento, sus funciones y faltas se encuentran señaladas en el presente reglamento. El secretario además: 1. Atiende al público todos los días de 8.00 a.m. a 4.15 p.m. tomando 30 minutos para su

refrigerio. De 12.30 a.m a 1.00 p.m 2. Se encarga de los cobros por concepto de certificados de notas y otros que correspondan al área

administrativa, entregando mensualmente lo recaudado al tesorero del colegio. Art. 110.- El abastecimiento se encuentra a cargo de la Dirección, siempre que cuente con los materiales a disposición, tales como útiles de escritorio, material didáctico, materiales de limpieza, desinfectantes, entre otros. Art. 111.- El inventario se realiza cada fin de año a cargo de una comisión encargada exclusivamente para tal fin la cual será designada por la Dirección de la I.E., donde se encontrarán como integrantes los auxiliares de educación. Art. 112.- La distribución de los ambientes está a cargo de la Dirección en coordinación con los Subdirectores; para tal efecto se considerará: grado, nivel y cantidad de alumnos. Art. 113.- El mantenimiento y conservación de la I.E. es una labor que está a cargo del personal de servicio y padres de familia con el asesoramiento y supervisión de la Sub Dirección Administrativa. Art. 114.- La supervisión administrativa lo realiza permanentemente la Sub Dirección Administrativa con el apoyo correspondiente de la Comisión de supervisión. Se deberá consignar el resultado de la supervisión en la correspondiente Hoja de desempeño laboral.

CAPÍTULO IX

DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 115.- La Jornada Escolar se cumple de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Educación con algunas particularidades: 1. Horario del Turno Mañana:

7:30 a.m. a 7:45 a.m. Ingreso a la I.E. 7:45 a.m. a 7:55 a.m. Actividades permanentes.

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7:55 a.m. a 8:00 a.m. Ingreso a las Aulas. 8:00 a.m. a 10:40 a.m. labor docente. 10:40 a.m. a 11:00 a.m. Recreo. 11:00 a.m. a 12:45 p.m. Labor docente. 12:45 p.m. a 12:55 p.m. Salida.

2. Horario del Turno Tarde:

12:55 p.m. a 1:10 p.m. Ingreso a la I.E. 1:10 p.m. a 1:15 p.m. Actividades permanentes. 1:15 p.m. a 4:15 p.m. labor docente. 4:15 p.m. 4: 30 pm. Recreo. 4:15 p.m. a 6:35 p.m. labor docente. 6:35 p.m. a 6:45 p.m. Salida.

Art. 116 - El Control del Personal se realiza mediante el parte diario de Asistencia en el cual todo el personal que labora en la I.E. tiene la obligación de registrar su hora ingreso por orden de llegada del mismo modo su salida no dejando ningún espacio ni firmando por otros. Art.117.- Los profesores, personal administrativo y de servicio se encuentran impedidos de salir de la I.E. antes de la hora de salida o en su defecto al cumplimiento de su horario personal. Únicamente se podrán retirar el personal que previamente presenten por escrito, al portero, la papeleta de retiro correspondiente firmada por el sub Directora de administración de la I.E. o sub Directora Administrativa. Art.118.- Las inasistencias y las tardanzas del personal docente, administrativo y de servicios están reguladas por la normatividad vigente que estipula lo siguiente: 1. Se considera tardanza al ingreso fuera de la hora establecida. 2. Las tardanzas deben ser justificadas el mismo día y por escrito. 3. Las inasistencias deben ser justificadas ante la Dirección por escrito con 24 horas de

anticipación o en su defecto al día siguiente después de ocurrida la misma. 4. Las tardanzas e inasistencias injustificadas se comunicarán a la DREC u órgano correspondiente

para la aplicación de las sanciones o descuentos que establecen los dispositivos legales vigentes dentro de los 5 primeros días del mes.

Art. 119.- En cuanto a los permisos y licencias: 1.-. Todo el personal de la I.E. tendrá derecho de acuerdo a Ley vigente a tener licencia por:

a) Enfermedad. b) Accidente. c) Gravidez. d) Fallecimiento del cónyuge, padres, hermanos e hijos.

e) Onomástico según el artículo 65 del Reglamento de la Ley del Profesorado.

2.-Los permisos se otorgarán de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. 3.-Toda licencia se solicita mediante el Formulario Único de Trámite (FUT) expedido por la DREC, la cual se presenta oportunamente para que continúe con el proceso de trámite correspondiente. 4.- Todo personal de la IE. Debe realizar la gestión ante la DREC sobre el visado de licencias y presentar a la IE.

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Art. 120.- Las vacaciones son un derecho que alcanza a todo el personal: 1. El personal docente tendrá un periodo de vacaciones en los meses de enero y febrero (60 días). 2. Los auxiliares de educación tienen derecho a treinta (30) días de vacaciones anuales del año

escolar en uno de los meses correspondientes a las vacaciones escolares. 3. El personal de mantenimiento toma sus vacaciones de 30 días en los meses de enero o febrero,

esto es por necesidad del servicio durante el año escolar. Y por buen desempeño laboral podrá hacer uso de lagunos días de vacaciones de medio año para gestiones personales.

4. El Director y Subdirectores gozan de un periodo de 30 días anuales de vacaciones.

CAPÍTULO X

DE LA EVALUACIÓN, MATRÍCULA Y CERTIFICACIÓN

Art.121.- El proceso de matrícula se desarrollará de acuerdo a los dispositivos legales vigentes emanados por el Ministerio de Educación y las normas internas. Art.122.- La matrícula es única al iniciar el primer grado de educación Primaria y Secundaria. Art.123.- La ratificación de matrícula es un formulismo para conocer el número de alumnos que continuarán sus estudios, el número de vacantes por grado y el nivel en la I.E. Esta se cumple con la siguiente formalidad: 1. En diciembre la Dirección y el Personal jerárquico, elaboran un cronograma de matrícula y

evaluación. Se imprime y publica para conocimiento de los padres de familia. 2. El día de la clausura del año escolar, cada profesor o coordinador hace entrega a los padres de

familia, en la reunión final de entrega de libretas, del cronograma para su conocimiento oportuno y cumplimiento.

3. Los alumnos que ingresan al Primer grado de primaria están obligados a inscribirse en los días programados. Para el primer grado de educación secundaria de igual forma, esta medida da seguridad para publicar el número de vacantes para cada grado de educación primaria y secundaria.

4. En el mes de febrero se publica el número de vacantes por cada grado de Primaria y Secundaria. 5. El docente coordina con la sub-dirección la matrícula y ratificación de la misma, está en el

deber de exigir la presencia del padre o apoderado del alumno. 6. La matrícula y ratificación será de acuerdo a las fechas indicadas. 7. A los alumnos que tengan nota desaprobatoria en conducta (después del seguimiento

respectivo) se le condicionará la matrícula. En caso de reincidencia se le invitará para que se traslade a otra I.E.

Art.124.- Los alumnos que deseen trasladarse a otra I.E., solicitarán sus documentos, adjuntando

la constancia de vacante otorgado por la I.E. a donde va, por lo menos con cinco (5) días de anticipación.

Art.125.- Las Evaluaciones se realizan permanentemente teniendo en cuenta lo siguiente:

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1. Los profesores están en el deber de informar a los alumnos y padres de familia sobre los resultados de las evaluaciones de cada bimestre y dar las recomendaciones del caso para superar algunas deficiencias en el aprendizaje.

2. Se hace conocer por escrito a los alumnos y padres de familia el Rol de Evaluaciones bimestrales por lo menos con dos (2) días de anticipación.

3. Toda evaluación escrita, luego de su corrección, debe ser remitida al padre de familia para su conocimiento..

4. La evaluación del comportamiento es de responsabilidad de los auxiliares de educación y los profesores coordinadores, en secundaria: en el nivel primaria es de responsabilidad del profesor tutor.

5. Los profesores que han llevado las áreas son los únicos responsables de evaluar a los alumnos (recuperación, subsanación), salvo ausencia del docente titular del área por lo tanto la Dirección podrá designar a otro profesor.

Art.126.- La certificación se obtiene de las actas de evaluación final. La confección de cada

certificado de estudios está a cargo del responsable de la administración. La certificación de educación se otorga de acuerdo a las disposiciones legales vigentes señaladas por el Ministerio de Educación.

CAPÍTULO XII

DE LAS RELACIONES Y ORGANISMOS DE LA COMUNIDAD.

Art.127.- La Institución Educativa coordina con la Municipalidad y con los diferentes sectores, instituciones y empresas públicas o privadas el apoyo y cooperación para garantizar la seguridad física y moral de los educandos, la implementación de servicios de apoyo asistencial y el mantenimiento y conservación de los locales escolares. La Municipalidad por mandato de la Ley coopera para lograr y mantener el normal funcionamiento de las Instituciones Educativas y en la organización y funcionamiento de la biblioteca escolar. Art 128.- El Centro Educativo coordinará con: a) La Municipalidad. b) Ministerio de Salud c) Ministerio de Agricultura. d) PRONAA e) Aduanas. f) Policía Nacional. g) Compañía de bomberos h) INDECI i) Cruz Roja j) Otros. Art.129.-La Institución Educativa fomenta la creación y funcionamiento del Municipio Escolar. Art.1- La Asociación de Padres de Familia y la Asociación de Ex – alumnos colaboran con el mejoramiento del servicio educativo en coordinación estrecha con la Dirección de la I.E.

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CAPÍTULO XIII DISPOSICIONES FINALES Art. 130.-. Es obligación de la I.E. 5080 estimular las aptitudes, la eficiencia, el espíritu de trabajo, identificación y desprendimiento a favor de los educandos, docentes, administrativos, alumnos y personas que laboren a favor de nuestra institución. Art. 131.-. Los estímulos son los siguientes: a) Oficios de felicitación, agradecimiento, por acciones cívico patrióticas, Colaboraciones (bienes, materiales, etc.) b) Certificado de eficiencia y responsabilidad, según los resultados del aprendizaje durante el año escolar. c) Diploma de Honor. d) Solicitar a las autoridades de la DREC, estímulos para los docentes por servicios extraordinarios o especiales, a la comunidad. e) Otros estímulos a los docentes que cumplan con eficiencia, responsabilidad, identificación con la Institución, durante el año lectivo. f) Resolución directoral y otros estímulos. Art. 132.- Además de los estímulos que refieren en el artículo anterior se consideran los siguientes: a) Por cumplir 15, 20, 25 y 30 años de labor permanente como profesor. b) Por haber desempeñado eficientemente como asesor y/o tutor de una o varias secciones entre otros.

CAPITULO XIV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DEL SINDICATO UNITARIO DE TRABAJADORES EN LA EDUCACIÓN Art. 133.-. La organización de base de la I.E. 5080 es a través del SUTEP. Art. 134.- El SUTEP comprende a los niveles de primaria y secundaria. En coordinación con la dirección debe solicitar autorización para sus actividades. Art. 135.- El SUTEP se organiza en base a sus principios y estatutos. Art. 136.-.El SUTEP como organización sindical, reconocida legalmente, tiene participación activa en el quehacer institucional de nuestro plantel en: a) La defensa de los agremiados. b) Los concursos, promociones internas del personal docente, directivo y jerárquico, en la forma que la ley establece.