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REGLAMENTO INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO
PRIVADO “UNITEK - AREQUIPA”
INDICE
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I FINES, OBJETIVOS Y ALCANCES DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL CAPITULO II DENOMINACIÓN, CREACIÓN Y REVALIDACIÓN DE LA INSTITUCIÓN,
FINES Y OBJETIVOS CAPITULO III AUTONOMIA, ARTICULACIÓN CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN
SUPERIOR
TITULO II DESARROLLO EDUCATIVO CAPITULO I
PROCESO DE ADMISIÓN, MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, HOMOLOGACIÓN, TITULACIÓN, TRASLADOS INTERNOS Y EXTERNOS DE MATRÍCULA, CONVALIDACIONES DE ESTUDIOS, SUBSANACIONES, CONSEJERÍA, LICENCIAS Y ABANDONO DE ESTUDIOS
CAPÍTULO II DOCUMENTOS OFICIALES DE INFORMACIÓN
CAPÍTULO III
DISEÑO CURRICULAR, PLAN DE ESTUDIOS Y TÍTULOS
CAPÍTULO IV TITULOS
CAPÍTULO V CARRERAS AUTORIZADAS CAPÍTULO VI PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL, INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA,
INNOVACIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL CAPITULO VII SUPERVISIÓN, MONITOREO Y EVALUACIÓN INSTITUCIONAL
TITULO III ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN DE GOBIERNO CAPITULO I PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL CAPITULO II ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
TÍTULO IV DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, INFRACCIONES Y SANCIONES DE
LA COMUNIDAD EDUCATIVA CAPÍTULO I
DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL DIRECTIVO, JERÁRQUICO ADMINISTRATIVO Y DOCENTE
CAPÍTULO II DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, ESTIMULOS Y PROTECCION A
LOS ESTUDIANTES
TITULO V FUENTES DE FINANCIMIENTO CAPITULO I FINANCIAMIENTO CAPITULO II PATRIMONIO Y EL INVENTARIO DE BIENES DE LA INSTITUCIÓN CAPITULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
TECNOLÓGICO PRIVADO “UNITEK - AREQUIPA”
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1.- El presente Reglamento norma el Proceso de Admisión al Instituto de
Educación Superior Tecnológico Privado UNITEK – AREQUIPA de conformidad con la
Ley General de Educación Nº 28044, Ley 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educación
Superior, DS. 004-2010-ED. Reglamento de la Ley, RD 0234-2010-ED.Normas
Educativas Nacionales, R.M. Nº0025-2010-ED. Normas para la Organización, Proceso de
Admisión a los Institutos de Educación Superior y Escuelas Superiores. R.D. 0208-2010-
ED. R.D. Nº 412-2010-ED. R.G.R Nº 2174-2012, Directiva Nº 007-2010-GREA-DGP-ES,
R.D. Nº 2935-2011-ED, Ley N° 30512 y su reglamento Decreto Supremo 010-2017.
Artículo 2.- El proceso de Admisión tiene la finalidad de evaluar los méritos, de los
alumnos postulantes en los siguientes aspectos: comprensión lectora, razonamiento
lógico matemático, conocimientos y cultura general.
Artículo 3.- El proceso de Admisión está a cargo de la Comisión de Institucional,
mediante resolución expedida por el Director General del Instituto, está integrada por
cuatro (4) miembros que laboran en la Institución.
Artículo 4.- La Comisión de Admisión es la responsable de:
a) Organizar, coordinar, implementar, conducir y controlar el proceso de admisión.
b) Tomar las medidas de seguridad convenientes para la preparación y
administración de las pruebas.
c) Elaboración del cuadro de méritos, publicar los resultados y presentar el informe
final.
d) Prever los recursos económicos necesarios para el proceso de admisión.
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE ADMISIÓN
Artículo 5.- El proceso de Admisión al Instituto comprende dos (2) formas o procesos:
- El proceso de admisión se realiza por ingreso ordinario o ingreso por exoneración.
- El ingreso ordinario es por examen de admisión.
- El ingreso por exoneración será para los egresados de la Educación Básica que
acrediten:
El primer y segundo puesto de la Educación Básica en cualquiera de sus
modalidades.
Deportistas calificados, Acreditados por el Instituto Peruano del Deporte.
Beneficiarios del Programa de Reparaciones en Educación, del Plan Integral
de Reparaciones (PIR) creado por Ley Nº 28592.
Artistas calificados que hayan representado al País o a la Región,
acreditados por el Instituto Nacional de Cultura, o una escuela Superior de
Arte.
- El ingreso Ordinario se realiza mediante un examen de admisión.
- El examen de admisión se llevara a cabo en los Institutos Superiores Tecnológicos
e Institutos de Educación Superior y los Institutos Superiores Pedagógicos
autorizados a desarrollar carreras de Educación Superior Tecnológica debe
efectuarse entre el 1º al 15 del mes de marzo.
- En el caso de las instituciones privadas autorizadas, el segundo examen de
admisión, debe desarrollarse entre el 1º al 15 del mes de agosto.
- La nota mínima aprobatoria para alcanzar una vacante es 11.
- Participan del proceso de admisión los egresados de la educación básica en
cualquiera de sus modalidades.
Artículo 6.- Pueden presentarse al Concurso de Admisión los egresados de Educación
Secundaria de cualquiera de sus modalidades.
CAPITULO III
DE LA FORMA O PROCESO POR EXONERACION
Artículo 7.- El ingreso por exoneración será para los egresados de la Educación Básica
que acrediten:
El primer y segundo puesto de la Educación Básica en cualquiera de sus
modalidades.
Deportistas calificados, Acreditados por el Instituto Peruano del Deporte.
Beneficiarios del Programa de Reparaciones en Educación, del Plan Integral
de Reparaciones (PIR) creado por Ley Nº 28592.
Artistas calificados que hayan representado al País o a la Región,
acreditados por el Instituto Nacional de Cultura, o una escuela Superior de
Arte.
Artículo 8.- Si el número de postulantes al Proceso por Exoneración excediera la meta
programada en las carreras profesionales convocadas, se elabora un cuadro de orden de
méritos en base al promedio de notas de sus certificados, si persistiera igualdad del puntaje,
se les aplicará una prueba de aptitud académica según a la carrera que postula.
CAPITULO IV
DE LA FASE Y PROCESO ORDINARIO.
El ingreso Ordinario se realiza mediante un examen de admisión.
Para ser considerado en el proceso ordinario de elección en la carrera a la que se inscribe
el postulante, debe inscribirse personalmente, pagar los derechos correspondientes, pago
que por ningún motivo le será devuelto. Una vez inscrito recibirá el Carné de postulante que
le servirá para identificarse y rendir la prueba; durante este proceso no podrá solicitar su
cambio a otra carrera.
Artículo 11.- Para la inscripción del postulante debe presentar los documentos siguientes:
- Certificado de Estudios originales de Educación secundaria concluidos.
- Copia de la Partida de Nacimiento.
- Dos fotografías tamaño carné.
- Dos fotocopias simple de un documento de identidad: D.N.I., Boleta de Inscripción
Militar o Partida de Nacimiento.
Artículo 12.- La Dirección General convocatoria de postulantes al Concurso de Admisión
la hace la Dirección a través de los medios Información de difusión de la calidad, indicando
el cronograma correspondiente.
Artículo 13.- El concurso de Admisión se realizará a partir de la Primera quincena del mes
de Marzo para el primer Semestre Académico y a partir de la Primera quincena del mes de
Agosto para el segundo Semestre Académico, respetando las metas anuales asignadas.
Artículo 14.- Las etapas del Concurso de Admisión son:
- Convocatoria.
- Inscripción.
- Publicación de Padrón y Postulantes aptos.
- Prueba de Admisión (Elaboración, aplicación y calificación de la prueba de admisión).
- Cuadro de méritos y publicación de la relación de ingresantes.
CAPITULO V
DE LA PRUEBA DE ADMISIÓN.
Artículo 15.- La prueba de Admisión se realizara: en la Primera Etapa se realizara a los
28 días del mes de Marzo, y en la Segunda Etapa se realizara a los 13 días del mes de
Agosto debiendo los inscritos portar su carné de postulante.
Artículo 16.- Durante el desarrollo de la prueba de admisión el postulante debe observar
un comportamiento correcto y utilizará únicamente lápiz negro, borrador y tarjador;
cualquier intento de fraude, copia, interrupción o ayuda ocasionará la anulación de la
prueba.
Artículo 17.- El postulante que llegue después de la hora determinada de inicio de la
prueba perderá su derecho a rendirla.
Artículo 18.- De La Prueba De Admisión
- El examen de admisión estará a cargo de la Comisión Institucional del Instituto
designada por la Dirección General, quienes supervisaran el examen desarrollado.
- Rendirán la Prueba de admisión, los postulantes debidamente registrados.
- El examen de admisión considera los siguientes aspectos:
Comprensión Lectora.
Razonamiento Lógico Matemático.
Conocimientos, que puedan incluir conocimientos de secundaria necesarios
para el desarrollo de la especialidad a la cual postula.
Cultura General.
A continuación se detalla la matriz de las especificaciones técnicas del
- examen de admisión:
- Las vacantes serán adjudicadas en estricto orden de mérito. Solamente ingresaran
los postulantes que hayan obtenido a partir de once (11) como resultado de su
examen.
- En caso de empate en el último puesto se tendrá en cuenta los resultados obtenidos
en el siguiente orden:
Razonamiento lógico y matemático.
Compresión Lectora.
Conocimientos.
Cultura General.
- Al término del proceso de admisión, la institución elabora y envía un informe a la
Gerencia Regional de Educación, el cual debe contener el número total de
ASPECTOS A EVALUAR PESO (%)
COMPRENCION LECTORA
Comprensión de Textos: Análisis de textos, Identificación,
integración organización de información. Propósito y contenido.
Niveles de comprensión literal, inferencia y crítico.
30%
RAZONAMIENTO LOGICO MATEMATICO
Comprensión, interpretación y resolución de problemas,
Conceptos y procedimientos para cálculos básicos y estadística
descriptiva.
20%
CONOCIMIENTOS
De Las Áreas De Aprendizaje contempladas en el nivel de
Educación Secundaria y Ciclo avanzado de Educación Básica
Alternativa.
35%
CULTURA GENERAL
Temas de actualidad nacional y regional. 15%
TOTAL 100%
postulantes, numero de ingresantes por cada carrera y la nota obtenida por los
postulantes.
Artículo 19.-Concluida la calificación y determinado el orden de méritos por carrera
profesional autorizada, se publicarán los resultados en la sede del local y por los medios de
comunicación e Información.
Artículo 20.-Los resultados del Concurso de Admisión son inapelables, cubriéndose las
vacantes establecidas para cada especialidad, en estricto orden de mérito.
Artículo 21.-Los postulantes que han alcanzado vacante se matricularán dentro de las
fechas establecidas por el Instituto y al momento de matricularse presentarán los
documentos siguientes:
- Ficha de matrícula debidamente llenada, en formato proporcionado por la Institución.
- Copia de la Partida de Nacimiento.
- Certificados oficiales originales de estudio de Educación Secundaria.
- Dos fotografías recientes tamaño carné.
- Recibo de pago por derecho de matrícula.
- Compromiso de Honor, firmado.
Artículo 22.- La matrícula para los ingresantes es obligatoria y será sólo para la Carrera
que postuló, caso contrario el postulante pierde la vacante.
Artículo 23.- La reservación de matrícula podrá hacerse por única vez y hasta por (02)
semestres a solicitud del interesado, en el plazo máximo de treinta (30) días de iniciado el
semestre, de no hacerlo perderá su derecho de ingreso.
Artículo 24.- Los documentos presentados al proceso de admisión y el proceso de
matrícula de los postulantes que han ingresado no les serán devueltos porque estos pasan
a formar parte del Expediente de Matrícula, validándola.
CAPITULO VI
DE LAS FALTAS Y SANCIONES.
Artículo 25.- El postulante comprometido en fraude, suplantación de persona en el
examen de admisión perderá su derecho como tal y será puesto a disposición de la
autoridad competente.
Artículo 26.- Si se detectara la presentación de documentos falsos o adulterados, la
matrícula del ingresante será anulada.
Artículo 27.- La Institución se reserva el derecho de entablar las acciones judiciales a que
hubiera lugar a las personas que hayan cometido o contribuido a cometer actos dolosos
que atenten contra la limpieza y transparencia del proceso de admisión.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.
PRIMERA La Gerencia Regional de Educación acreditará su representante al Examen
de Admisión, previa comunicación del Instituto sobre la fecha, hora y local
donde se tomará la prueba.
SEGUNDA Los postulantes que no alcanzan vacante deberán recoger sus documentos
y/o expediente en la oficina de informes, dentro de los quince (15) días de
cerrada la matrícula, la Institución no se responsabiliza por los documentos
no recogidos.
TERCERA Los docentes y miembros de la Comisión da Admisión que aplican la Prueba
y que tengan parentesco con los postulantes deberán eximirse
obligatoriamente del Proceso de Admisión.
CUARTA Los ingresantes matriculados en carreras profesionales que no cubran la
meta programada, podrán acceder a otra carrera profesional manteniendo
sus derechos.
QUINTA Los documentos presentados por los postulantes e ingresantes deben
guardar estricta conformidad con los apellidos, nombres y demás datos de
la Partida de Nacimiento.
SEXTA Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por la
Comisión de Admisión.
NORMAS COMPLEMENTARIAS
- Las Instituciones de Educación Superior se encuentran prohibidas de realizar la
convocatoria a un proceso de admisión al margen de la presente norma, bajo
responsabilidad del Director, en el caso de las Instituciones de Educación Superior
Públicas, o propietario, en el caso de Instituciones de Educación Superior Privadas.
- Las Instituciones de Educación Superior que contando con metas de atención
autorizadas no lleven a cabo el proceso de admisión, deberán comunicar este
hecho a la DRE respectiva.
- Las Gerencias Regionales de Educación son las responsables de velas que el 50%
de los ingresos captados en el proceso de admisión en las instituciones públicas,
se emplee el mejoramiento de infraestructura, equipamiento y mobiliario de las
instituciones.
- Las situaciones no previstas en la presente norma serán resueltas por la
DIGESUTP.