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REGLAMENTO INSTITUCIONAL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO UNITEK AREQUIPA – PERU

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL

INSTITUTO DE EDUCACION

SUPERIOR TECNOLOGICO PRIVADO

UNITEK

AREQUIPA – PERU

REGLAMENTO INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO

PRIVADO “UNITEK - AREQUIPA”

INDICE

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I FINES, OBJETIVOS Y ALCANCES DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL CAPITULO II DENOMINACIÓN, CREACIÓN Y REVALIDACIÓN DE LA INSTITUCIÓN,

FINES Y OBJETIVOS CAPITULO III AUTONOMIA, ARTICULACIÓN CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN

SUPERIOR

TITULO II DESARROLLO EDUCATIVO CAPITULO I

PROCESO DE ADMISIÓN, MATRÍCULA, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, HOMOLOGACIÓN, TITULACIÓN, TRASLADOS INTERNOS Y EXTERNOS DE MATRÍCULA, CONVALIDACIONES DE ESTUDIOS, SUBSANACIONES, CONSEJERÍA, LICENCIAS Y ABANDONO DE ESTUDIOS

CAPÍTULO II DOCUMENTOS OFICIALES DE INFORMACIÓN

CAPÍTULO III

DISEÑO CURRICULAR, PLAN DE ESTUDIOS Y TÍTULOS

CAPÍTULO IV TITULOS

CAPÍTULO V CARRERAS AUTORIZADAS CAPÍTULO VI PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL, INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA,

INNOVACIÓN Y PROYECCIÓN SOCIAL CAPITULO VII SUPERVISIÓN, MONITOREO Y EVALUACIÓN INSTITUCIONAL

TITULO III ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN DE GOBIERNO CAPITULO I PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL CAPITULO II ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL

TÍTULO IV DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, INFRACCIONES Y SANCIONES DE

LA COMUNIDAD EDUCATIVA CAPÍTULO I

DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL DIRECTIVO, JERÁRQUICO ADMINISTRATIVO Y DOCENTE

CAPÍTULO II DERECHOS, DEBERES, PROHIBICIONES, ESTIMULOS Y PROTECCION A

LOS ESTUDIANTES

TITULO V FUENTES DE FINANCIMIENTO CAPITULO I FINANCIAMIENTO CAPITULO II PATRIMONIO Y EL INVENTARIO DE BIENES DE LA INSTITUCIÓN CAPITULO III DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

TECNOLÓGICO PRIVADO “UNITEK - AREQUIPA”

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 1.- El presente Reglamento norma el Proceso de Admisión al Instituto de

Educación Superior Tecnológico Privado UNITEK – AREQUIPA de conformidad con la

Ley General de Educación Nº 28044, Ley 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educación

Superior, DS. 004-2010-ED. Reglamento de la Ley, RD 0234-2010-ED.Normas

Educativas Nacionales, R.M. Nº0025-2010-ED. Normas para la Organización, Proceso de

Admisión a los Institutos de Educación Superior y Escuelas Superiores. R.D. 0208-2010-

ED. R.D. Nº 412-2010-ED. R.G.R Nº 2174-2012, Directiva Nº 007-2010-GREA-DGP-ES,

R.D. Nº 2935-2011-ED, Ley N° 30512 y su reglamento Decreto Supremo 010-2017.

Artículo 2.- El proceso de Admisión tiene la finalidad de evaluar los méritos, de los

alumnos postulantes en los siguientes aspectos: comprensión lectora, razonamiento

lógico matemático, conocimientos y cultura general.

Artículo 3.- El proceso de Admisión está a cargo de la Comisión de Institucional,

mediante resolución expedida por el Director General del Instituto, está integrada por

cuatro (4) miembros que laboran en la Institución.

Artículo 4.- La Comisión de Admisión es la responsable de:

a) Organizar, coordinar, implementar, conducir y controlar el proceso de admisión.

b) Tomar las medidas de seguridad convenientes para la preparación y

administración de las pruebas.

c) Elaboración del cuadro de méritos, publicar los resultados y presentar el informe

final.

d) Prever los recursos económicos necesarios para el proceso de admisión.

CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE ADMISIÓN

Artículo 5.- El proceso de Admisión al Instituto comprende dos (2) formas o procesos:

- El proceso de admisión se realiza por ingreso ordinario o ingreso por exoneración.

- El ingreso ordinario es por examen de admisión.

- El ingreso por exoneración será para los egresados de la Educación Básica que

acrediten:

El primer y segundo puesto de la Educación Básica en cualquiera de sus

modalidades.

Deportistas calificados, Acreditados por el Instituto Peruano del Deporte.

Beneficiarios del Programa de Reparaciones en Educación, del Plan Integral

de Reparaciones (PIR) creado por Ley Nº 28592.

Artistas calificados que hayan representado al País o a la Región,

acreditados por el Instituto Nacional de Cultura, o una escuela Superior de

Arte.

- El ingreso Ordinario se realiza mediante un examen de admisión.

- El examen de admisión se llevara a cabo en los Institutos Superiores Tecnológicos

e Institutos de Educación Superior y los Institutos Superiores Pedagógicos

autorizados a desarrollar carreras de Educación Superior Tecnológica debe

efectuarse entre el 1º al 15 del mes de marzo.

- En el caso de las instituciones privadas autorizadas, el segundo examen de

admisión, debe desarrollarse entre el 1º al 15 del mes de agosto.

- La nota mínima aprobatoria para alcanzar una vacante es 11.

- Participan del proceso de admisión los egresados de la educación básica en

cualquiera de sus modalidades.

Artículo 6.- Pueden presentarse al Concurso de Admisión los egresados de Educación

Secundaria de cualquiera de sus modalidades.

CAPITULO III

DE LA FORMA O PROCESO POR EXONERACION

Artículo 7.- El ingreso por exoneración será para los egresados de la Educación Básica

que acrediten:

El primer y segundo puesto de la Educación Básica en cualquiera de sus

modalidades.

Deportistas calificados, Acreditados por el Instituto Peruano del Deporte.

Beneficiarios del Programa de Reparaciones en Educación, del Plan Integral

de Reparaciones (PIR) creado por Ley Nº 28592.

Artistas calificados que hayan representado al País o a la Región,

acreditados por el Instituto Nacional de Cultura, o una escuela Superior de

Arte.

Artículo 8.- Si el número de postulantes al Proceso por Exoneración excediera la meta

programada en las carreras profesionales convocadas, se elabora un cuadro de orden de

méritos en base al promedio de notas de sus certificados, si persistiera igualdad del puntaje,

se les aplicará una prueba de aptitud académica según a la carrera que postula.

CAPITULO IV

DE LA FASE Y PROCESO ORDINARIO.

El ingreso Ordinario se realiza mediante un examen de admisión.

Para ser considerado en el proceso ordinario de elección en la carrera a la que se inscribe

el postulante, debe inscribirse personalmente, pagar los derechos correspondientes, pago

que por ningún motivo le será devuelto. Una vez inscrito recibirá el Carné de postulante que

le servirá para identificarse y rendir la prueba; durante este proceso no podrá solicitar su

cambio a otra carrera.

Artículo 11.- Para la inscripción del postulante debe presentar los documentos siguientes:

- Certificado de Estudios originales de Educación secundaria concluidos.

- Copia de la Partida de Nacimiento.

- Dos fotografías tamaño carné.

- Dos fotocopias simple de un documento de identidad: D.N.I., Boleta de Inscripción

Militar o Partida de Nacimiento.

Artículo 12.- La Dirección General convocatoria de postulantes al Concurso de Admisión

la hace la Dirección a través de los medios Información de difusión de la calidad, indicando

el cronograma correspondiente.

Artículo 13.- El concurso de Admisión se realizará a partir de la Primera quincena del mes

de Marzo para el primer Semestre Académico y a partir de la Primera quincena del mes de

Agosto para el segundo Semestre Académico, respetando las metas anuales asignadas.

Artículo 14.- Las etapas del Concurso de Admisión son:

- Convocatoria.

- Inscripción.

- Publicación de Padrón y Postulantes aptos.

- Prueba de Admisión (Elaboración, aplicación y calificación de la prueba de admisión).

- Cuadro de méritos y publicación de la relación de ingresantes.

CAPITULO V

DE LA PRUEBA DE ADMISIÓN.

Artículo 15.- La prueba de Admisión se realizara: en la Primera Etapa se realizara a los

28 días del mes de Marzo, y en la Segunda Etapa se realizara a los 13 días del mes de

Agosto debiendo los inscritos portar su carné de postulante.

Artículo 16.- Durante el desarrollo de la prueba de admisión el postulante debe observar

un comportamiento correcto y utilizará únicamente lápiz negro, borrador y tarjador;

cualquier intento de fraude, copia, interrupción o ayuda ocasionará la anulación de la

prueba.

Artículo 17.- El postulante que llegue después de la hora determinada de inicio de la

prueba perderá su derecho a rendirla.

Artículo 18.- De La Prueba De Admisión

- El examen de admisión estará a cargo de la Comisión Institucional del Instituto

designada por la Dirección General, quienes supervisaran el examen desarrollado.

- Rendirán la Prueba de admisión, los postulantes debidamente registrados.

- El examen de admisión considera los siguientes aspectos:

Comprensión Lectora.

Razonamiento Lógico Matemático.

Conocimientos, que puedan incluir conocimientos de secundaria necesarios

para el desarrollo de la especialidad a la cual postula.

Cultura General.

A continuación se detalla la matriz de las especificaciones técnicas del

- examen de admisión:

- Las vacantes serán adjudicadas en estricto orden de mérito. Solamente ingresaran

los postulantes que hayan obtenido a partir de once (11) como resultado de su

examen.

- En caso de empate en el último puesto se tendrá en cuenta los resultados obtenidos

en el siguiente orden:

Razonamiento lógico y matemático.

Compresión Lectora.

Conocimientos.

Cultura General.

- Al término del proceso de admisión, la institución elabora y envía un informe a la

Gerencia Regional de Educación, el cual debe contener el número total de

ASPECTOS A EVALUAR PESO (%)

COMPRENCION LECTORA

Comprensión de Textos: Análisis de textos, Identificación,

integración organización de información. Propósito y contenido.

Niveles de comprensión literal, inferencia y crítico.

30%

RAZONAMIENTO LOGICO MATEMATICO

Comprensión, interpretación y resolución de problemas,

Conceptos y procedimientos para cálculos básicos y estadística

descriptiva.

20%

CONOCIMIENTOS

De Las Áreas De Aprendizaje contempladas en el nivel de

Educación Secundaria y Ciclo avanzado de Educación Básica

Alternativa.

35%

CULTURA GENERAL

Temas de actualidad nacional y regional. 15%

TOTAL 100%

postulantes, numero de ingresantes por cada carrera y la nota obtenida por los

postulantes.

Artículo 19.-Concluida la calificación y determinado el orden de méritos por carrera

profesional autorizada, se publicarán los resultados en la sede del local y por los medios de

comunicación e Información.

Artículo 20.-Los resultados del Concurso de Admisión son inapelables, cubriéndose las

vacantes establecidas para cada especialidad, en estricto orden de mérito.

Artículo 21.-Los postulantes que han alcanzado vacante se matricularán dentro de las

fechas establecidas por el Instituto y al momento de matricularse presentarán los

documentos siguientes:

- Ficha de matrícula debidamente llenada, en formato proporcionado por la Institución.

- Copia de la Partida de Nacimiento.

- Certificados oficiales originales de estudio de Educación Secundaria.

- Dos fotografías recientes tamaño carné.

- Recibo de pago por derecho de matrícula.

- Compromiso de Honor, firmado.

Artículo 22.- La matrícula para los ingresantes es obligatoria y será sólo para la Carrera

que postuló, caso contrario el postulante pierde la vacante.

Artículo 23.- La reservación de matrícula podrá hacerse por única vez y hasta por (02)

semestres a solicitud del interesado, en el plazo máximo de treinta (30) días de iniciado el

semestre, de no hacerlo perderá su derecho de ingreso.

Artículo 24.- Los documentos presentados al proceso de admisión y el proceso de

matrícula de los postulantes que han ingresado no les serán devueltos porque estos pasan

a formar parte del Expediente de Matrícula, validándola.

CAPITULO VI

DE LAS FALTAS Y SANCIONES.

Artículo 25.- El postulante comprometido en fraude, suplantación de persona en el

examen de admisión perderá su derecho como tal y será puesto a disposición de la

autoridad competente.

Artículo 26.- Si se detectara la presentación de documentos falsos o adulterados, la

matrícula del ingresante será anulada.

Artículo 27.- La Institución se reserva el derecho de entablar las acciones judiciales a que

hubiera lugar a las personas que hayan cometido o contribuido a cometer actos dolosos

que atenten contra la limpieza y transparencia del proceso de admisión.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

PRIMERA La Gerencia Regional de Educación acreditará su representante al Examen

de Admisión, previa comunicación del Instituto sobre la fecha, hora y local

donde se tomará la prueba.

SEGUNDA Los postulantes que no alcanzan vacante deberán recoger sus documentos

y/o expediente en la oficina de informes, dentro de los quince (15) días de

cerrada la matrícula, la Institución no se responsabiliza por los documentos

no recogidos.

TERCERA Los docentes y miembros de la Comisión da Admisión que aplican la Prueba

y que tengan parentesco con los postulantes deberán eximirse

obligatoriamente del Proceso de Admisión.

CUARTA Los ingresantes matriculados en carreras profesionales que no cubran la

meta programada, podrán acceder a otra carrera profesional manteniendo

sus derechos.

QUINTA Los documentos presentados por los postulantes e ingresantes deben

guardar estricta conformidad con los apellidos, nombres y demás datos de

la Partida de Nacimiento.

SEXTA Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por la

Comisión de Admisión.

NORMAS COMPLEMENTARIAS

- Las Instituciones de Educación Superior se encuentran prohibidas de realizar la

convocatoria a un proceso de admisión al margen de la presente norma, bajo

responsabilidad del Director, en el caso de las Instituciones de Educación Superior

Públicas, o propietario, en el caso de Instituciones de Educación Superior Privadas.

- Las Instituciones de Educación Superior que contando con metas de atención

autorizadas no lleven a cabo el proceso de admisión, deberán comunicar este

hecho a la DRE respectiva.

- Las Gerencias Regionales de Educación son las responsables de velas que el 50%

de los ingresos captados en el proceso de admisión en las instituciones públicas,

se emplee el mejoramiento de infraestructura, equipamiento y mobiliario de las

instituciones.

- Las situaciones no previstas en la presente norma serán resueltas por la

DIGESUTP.