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Reglamento 22-12-2018 siesta- 19:35 hs REGLAMENTO GENERAL DE JUEGO - 2019 1 CAPITULO I PARTE ADMINISTRATIVA ARTÍCULO 1º - OBJETIVOS El presente reglamento tiene por objetivo servir de marco legal bajo el cual se disputaran los torneos oficiales a partir del año 2019 organizados por la ACBB, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 2° del Estatuto Societario, relacionado con la organización y la práctica deportiva de los jóvenes pertenecientes a los clubes afiliados a nuestra Institución, dejando sin efecto toda otra norma ya sea general, especiales, total o parcial, que se opongan a la presente. ARTÍCULO 2º - DESIGNACIÓN La ACBB designará el nombre de todos los torneos que ella organice a partir del año 2019, de acuerdo a lo que determine el Honorable Consejo Directivo. ARTÍCULO 3º - PARTICIPANTES Participarán del presente torneo todas las instituciones afiliadas que pertenezcan a la División A, División A1, División B, División B1y División C; inscriptas antes del día 01 de marzo de 2019. Los participantes deberán cumplimentar obligatoriamente con las categorías que les corresponda según la divisional a la cual pertenezcan, de acuerdo al cuadro explicativo: Categoría División A División A1 División B División B1 División C OBLIGATORIO Mosquito SI SI SI - - Pre-Mini SI SI SI SI - Mini SI SI SI SI - U13 SI SI SI SI - U15 SI SI SI - - U16 Promo SI SI U17 SI SI SI - - U19 SI SI SI - - U19 Promo SI SI Primera SI SI SI SI - OPTATIVO U16 Promo SI SI SI - - U19 Promo SI SI SI - - Femenino 3x3 U16 SI SI - - SI Reserva - - - - SI + 35 SI SI SI SI SI + 45 SI SI SI SI SI + 50 SI SI SI SI SI a. El Consejo Directivo resuelve otorgar un máximo de cuatro (4) plazas por categorías, para cada uno de los Campeonatos Provinciales de Clubes que organiza la FBPC. Participarán del mismo en forma directa, los dos (2) equipos que hayan obtenido el primero y segundo puesto en la categoría de la División “A”. Las otras dos (2) plazas, saldrán de un clasificatorio que organizará la Asociación y del cual podrán participar todos los equipos interesados de cualquiera de las divisiones, para lo cual, deberán inscribiese y abonar los aranceles que fije el Consejo Directivo. En caso que los ganadores directos de la División “A” renuncien a participar de los provinciales, todas las plazas a ocupar saldrán del clasificatorio por méritos deportivos.

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Reglamento 22-12-2018 siesta- 19:35 hs

REGLAMENTO GENERAL DE JUEGO - 2019

1

CAPITULO I

PARTE ADMINISTRATIVA

ARTÍCULO 1º - OBJETIVOS

El presente reglamento tiene por objetivo servir de marco legal bajo el cual se disputaran los torneos

oficiales a partir del año 2019 organizados por la ACBB, en cumplimiento de lo establecido en el

Artículo 2° del Estatuto Societario, relacionado con la organización y la práctica deportiva de los

jóvenes pertenecientes a los clubes afiliados a nuestra Institución, dejando sin efecto toda otra norma

ya sea general, especiales, total o parcial, que se opongan a la presente.

ARTÍCULO 2º - DESIGNACIÓN

La ACBB designará el nombre de todos los torneos que ella organice a partir del año 2019, de

acuerdo a lo que determine el Honorable Consejo Directivo.

ARTÍCULO 3º - PARTICIPANTES

Participarán del presente torneo todas las instituciones afiliadas que pertenezcan a la División “A”,

División “A1”, División “B”, División “B1” y División “C”; inscriptas antes del día 01 de marzo de

2019. Los participantes deberán cumplimentar obligatoriamente con las categorías que les

corresponda según la divisional a la cual pertenezcan, de acuerdo al cuadro explicativo:

Categoría División A División A1 División B División B1 División C

OBLIGATORIO

Mosquito SI SI SI - -

Pre-Mini SI SI SI SI -

Mini SI SI SI SI -

U13 SI SI SI SI -

U15 SI SI SI - -

U16 Promo SI SI

U17 SI SI SI - -

U19 SI SI SI - -

U19 Promo SI SI

Primera SI SI SI SI -

OPTATIVO

U16 Promo SI SI SI - -

U19 Promo SI SI SI - -

Femenino 3x3 U16

SI SI - - SI

Reserva - - - - SI

+ 35 SI SI SI SI SI

+ 45 SI SI SI SI SI

+ 50 SI SI SI SI SI

a. El Consejo Directivo resuelve otorgar un máximo de cuatro (4) plazas por categorías, para cada

uno de los Campeonatos Provinciales de Clubes que organiza la FBPC. Participarán del mismo en forma directa, los dos (2) equipos que hayan obtenido el primero y segundo puesto en la categoría de la División “A”. Las otras dos (2) plazas, saldrán de un clasificatorio que organizará la Asociación y del cual podrán participar todos los equipos interesados de cualquiera de las divisiones, para lo cual, deberán inscribiese y abonar los aranceles que fije el Consejo Directivo. En caso que los ganadores directos de la División “A” renuncien a participar de los provinciales, todas las plazas a ocupar saldrán del clasificatorio por méritos deportivos.

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b. El Consejo Directivo establece que a los clubes que participen en el torneo femenino Categoría U16 modalidad 3x3, que organice la ACBB en el presente año 2019, se les eximirá del pago de la cuota de club afiliado en los meses de noviembre y diciembre. Esta excepción ni incluye a los aranceles de la FBPC; arancel judicial por pago de juicio y otro arancel que pudiere agregarse a futuro. c. El Honorable Consejo Directivo de la ACBB establecerá anualmente el arancel por categoría y el arancel mensual que abonara cada club como derecho de afiliación. d. No se admitirán inscripciones a instituciones que mantengan deuda con Tesorería de la Asociación Cordobesa de Básquetbol. ARTÍCULO 4° - INSCRIPCIÓN TORNEO

Los clubes participantes deberán comunicar su participación en el Torneo anual asociativo 2019, enviando un mail al correo [email protected] y posteriormente presentar la nota

Institucional firmada por el Secretario y/o Presidente del club, en la Secretaría administrativa de la ACBB antes del día 01 de marzo 2019. En dicha nota se deberán consignar los siguientes datos obligatorios: a. Listado de Comisión Directiva del Club completa. b. Dirección y Cancha de juego principal de todas las categorías. c. Dirección y Cancha de juego alternativa. d. E-mail de la Institución donde recibirán las notificaciones oficiales. e. Teléfono oficial de contacto del club. f. Designación de un delegado titular, e-mail y Teléfono de contacto. g. Delegado de mini, e-mail y Teléfono de contacto. h. Delegado de promocional, e-mail y Teléfono de contacto. i. Delegado de maxi básquet, e-mail y Teléfono de contacto. j. Delegado suplente, e-mail y Teléfono de contacto. k. Habilitación de Estadio. ARTÍCULO 5° – DELEGADOS – FUNCIONES Los delegados designados por cada Institución solo podrán representar a la misma ante la ACBB, quedando terminantemente prohibido que una misma persona pueda representar o ejercer como delegado, a más de un club al mismo tiempo de acuerdo a lo establecido en el Art. 9° Capítulo Quinto Inc. “f” del Estatuto Asociativo. La inobservancia de esta disposición será considerada como una falta grave al presente reglamento. No podrán ser designados como delegados, quienes se desempeñen como: oficiales de mesa, entrenadores, monitores y/o árbitros “amigos”. El delegado en representación del club que lo designo podrá realizar ante la ACBB las gestiones administrativas que se detallan: a. Presentación de Pases b. Presentación de EMMAC c. Presentación de listados de Arancel CABB d. Presentar Listados para el PRAT (Primera Atención Médica) e. Presentación de las Notas Institucionales remitidas por los Clubes afiliados (en todos los casos las mismas deberán obligatoriamente refrendadas por las autoridades vigentes; Secretario y/o Presidente) f. Presentar las Listas de Buena Fe 5.1. Toda nota con copia dirigida a las autoridades de la Asociación, deberá ser ingresada por la

Mesa de Entradas de la ACBB. Controlada la misma en cuanto al cumplimiento de los requisitos

protocolares (firma y sello de autoridades vigentes), será cargada con firma y fecha de recepción y

devuelta su copia a quien la ingreso por ventanilla.

5.2. Los delegados serán los responsables ante la ACBB, de facilitar y proveer en todas las instancias de los encuentros donde sus clubes oficien de local, los puntos que se detallan: a. De proveer facilitar el armado de la Mesa de Control. b. Entregar la documentación al Oficial de Mesa para la carga de los jugadores c. Del orden y la limpieza de los vestuarios asignados al equipo visitante. d. De la limpieza del piso de la cancha de juego e. Bregar por el buen comportamiento del público identificado con su parcialidad. f. Colaborar con el árbitro cuando éste le solicite la identificación de algún simpatizante de su club. ARTÍCULO 6° - ORGANISMO DE APLICACIÓN

La Comisión de Campeonatos de la ACBB, será quien vele por el cumplimiento del presente Reglamento General de Juego para todas las categorías inclusive las formativas. En las

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situaciones no previstas en el mismo, será el Honorable Consejo Directivo el cuerpo facultado para resolver y/o interpretar todo asunto que no haya sido contemplado o previsto en el presente reglamento. El Tribunal de Penas atenderá y resolverá aquellos casos de su jurisdicción de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Asociativo, Capítulo Décimo Tercero, Art. 82° y sus concordantes. ARTÍCULO 7° - CATEGORÍAS ADMITIDAS

Los jugadores estarán divididos en categorías según la clase/año de nacimiento, de acuerdo a la tabla que se detalla para año 2019:

Categoría Año desde

Mini 2007

U13 2006

U15 2004

U16 2003

U17 2002

U19 2000

Reserva 1999

Primera 1999

+35 1984

+45 1974

+50 >1969

7.1. Quedan establecidos los requisitos y obligaciones que deben cumplir los jugadores para integrar las distintas categorías del Torneo Asociativo 2019 7.2. Los jugadores de las categorías Mini, U13 y U15, solo podrán jugar hasta una (1) categoría

inmediata superior a la cual pertenezcan de acuerdo a su año de nacimiento. 7.3. Los jugadores de la categoría U17, podrán jugar en el resto de las categorías inclusive en

primera. 7.4. Los jugadores de las categorías Mini, U13 y U15, podrán participar hasta en dos (2) categorías inmediatas superiores a la cual pertenezcan, siempre y cuando hayan presentado ante la ACBB, nota de sus padres autorizándolos a la participación. Dicha nota debe ser firmada por los padres, con firma certificada ante Escribano Público. En la misma dejaran debidamente establecida que dicha autorización exime de toda responsabilidad civil y penal a la ACBB por lesiones y/o acontecimientos

derivados de las acciones propios del juego. Dicha autorización deberá ser acompañada de una nota refrendada por las autoridades del club al cual pertenezca el jugador, en la cual solicite la autorización asociativa para incluir al jugador en la categoría requerida. La Comisión de Campeonatos en ningún caso autorizara a jugador alguno que no haya cumplimentado los pasos anteriormente establecidos. 7.5. Los jugadores que intervengan en el presente torneo oficial 2019, deberán contar con la respectiva habilitación, circunstancia que dependerá exclusivamente de la presentación en tiempo y forma de todos los requisitos exigidos para obtener el carnet de juego, según detalle:

Categoría FNU EMMAC Carnet FBPC

Carnet ACBB

Arancel CAB

PRAT SEGURO

ACBB

Mosquito SI SI - SI - SI SI

Pre-Mini SI SI - SI - SI SI

Mini SI SI - SI - SI SI

U13 SI SI SI - SI SI -

U15 SI SI SI - SI SI -

U16 Promo SI SI SI - SI SI -

U17 SI SI SI - SI SI -

U19 SI SI SI - SI SI -

U19 Promo SI SI SI - SI SI -

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Primera SI SI SI - SI SI -

Femenino 3x3U16

SI SI SI - SI SI -

Reserva SI SI SI - SI SI -

+ 35 SI SI - SI - SI SI

+ 45 SI SI - SI - SI SI

+ 50 SI SI - SI - SI SI

7.6. Los clubes que incumplan con la totalidad de los requisitos establecidos en la tabla ut supra al

momento de presentar las Lista de Buena Fe en la Asociación, no serán programados en sus juegos hasta tanto no cumplan con las normas establecidas previamente, sin perjuicio de las sanciones que les pudiera corresponder. 7.8. Se dejan establecido los requisitos que deben cumplir los jugadores para integrar las distintas categorías PROMOCIONALES del torneo asociativo 2019: 7.9. Todo jugador podrá ser incorporado a la LBF de las categorías promocionales, siempre que haya cumplimentando lo previsto en el Art. 7°. 7.10. Los jugadores que, en cualquiera de las Categorías Asociativas en las que participe, sume la cantidad de minutos de competencia establecido (ver tabla adjunta), automáticamente queda EXCLUIDO de jugar en cualquiera las Categorías Promocionales.

Categoría Asociativa >= Minutos de Exclusión

Mini >=430

U13 >=430

U15 >=430

U17 >=430

U19 >=430

Reserva >=430

Primera >=430

+35 >=430

+45 >=430

+50 >=430

ARTÍCULO 8°- PASES El libro de Pases de jugadores estará habilitado en forma permanente durante todo el año. 8.1. Serán habilitados para jugar en el presente torneo oficial 2019, en los clubes receptores, todos los jugadores que hayan cumplimentado con los requisitos exigidos por la ACBB en relación a “Pases”, en los tiempos y fechas que se indican: a. PRIMERA RUEDA: hasta el día 15/04/2019 inclusive. b. SEGUNDA RUEDA: hasta el día 21/06/2019 inclusive. 8.2. Los jugadores que hayan jugado en un determinado club hasta la fecha tope de habilitación de la

primera rueda, no serán habilitados para jugar en otro club de la misma división. ARTÍCULO 9°- LISTAS DE BUENA FE (L.B.F.) La Lista de Buena Fe deberá ser cargada por cada club en la web de la ACBB en la aplicación

implementada a tal fin: Fecha de apertura de la aplicación para carga L.B.F.: 01/01/2019 Fecha de cierre de la aplicación para la carga L.B.F.: 11/03/2019 Documentación a entregar: Certificado EMMAC y foto digitalizada 9.1. La Lista de Buena Fe, estará disponible en la web de la ACBB a partir del 01/01/2019 (Ver Anexo – Instructivo carga L.B.F.), para ser completada y/o actualizada por los clubes de cada división y

corresponderá a las distintas categorías, cuyos datos a incorporar por cada jugador serán: a. Club b. Divisional c. Categoría d. Apellido y Nombre

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e. Fecha de Nacimiento f. Número de Documento g. Número de carnet habilitante h. Fecha de vencimiento del carnet habilitante i. Número de EMMAC j. Fecha de vencimiento de EMMAC 9.2. Los responsables de cada club ingresarán a la WEB los datos correspondientes a la L.B.F. Una vez verificados la totalidad de los datos cargados y aprobados por la FBPC, la ACBB procederá a habilitará a los jugadores para la competencia. Quedará retenido, en estado pendiente de enviar a la FBPC, todo jugador que no cumplimente con la documentación y/o requisitos mínimos y necesarios requeridos por ambas instituciones para la habilitación. El jugador que no figure en L.B.F. no podrá

participar en ningún Torneo Asociativo sin excepción. 9.3. Todo jugador que se incorpore a un club ya sea en condición de novato y/o a través de un Pase, para que el mismo pueda participar del torneo asociativo, el club deberá modificar la L.B.F. a través de la aplicación WEB, presentando posteriormente la documentación en soporte papel en la Mesa de Entradas de la ACBB. Acto seguido la Asociación verificará la incorporación y si la misma fue aprobada por la FBPC. Cumplido todos los pasos, se procederá a dar la habilitación al jugador, (Ver Anexo - Categorías). 9.4. El club que no realice la carga de las L.B.F. a través de la WEB Asociativa y no presente en tiempo y forma la documentación en la Secretaría da la ACBB, no podrá contar con la habilitación de sus jugadores para participar del Torneo Oficial Asociativo en las categoría que los mismos deban participar, aclarándose que si se tratara de una categoría completa, la misma no será programada en el sistema. 9.5. Se establece que los planteles correspondientes a cada juego programado para la disputa del Torneo Oficial Asociativo, se subirán a la planilla electrónica de juego mediante el archivo correspondiente a la L.B.F. habilitada al día de juego. 9.6. Quedará totalmente bloqueada la posibilidad de incorporar jugadores en forma manual a la

planilla electrónica de juego. 9.7. La incorrecta inclusión de uno o más jugadores en un partido, originará que la Comisión de

Campeonatos proceda a aplicar la quita de los puntos de juego y presentación del equipo infractor los cuales les serán otorgados al equipo contrario. Al infractor se le aplicará además, una sanción económica de tres (3) AJC por la incorrecta inclusión del jugador origen de la medida. Los antecedentes del caso serán elevados al H. Tribunal de Penas para su tratamiento y resolución final. 9.8. Si la incorrecta inclusión de uno o más jugador/es se produjera en instancias definitorias de play off y/o final four, el equipo infractor quedará automáticamente eliminado de la competencia, sin perjuicio de otras sanciones que pudiera corresponderle. 9.9. Integración de jugadores en lista de buena fe: la misma estará conformada por los jugadores

propios y los que hubieran realizado el trámite de PASE ante la asociación. 9.10. Se establece que podrán realizar el trámite de Pase a clubes afiliados a nuestra Asociación,

todos aquellos jugadores que pertenezcan a un club que se encuentre participando en juegos finales de torneos en instancia superior hasta los quince (15) días posteriores de finalizada su participación en el mismo, debiendo ser agregado en la lista de buena fe. 9.11. Se autoriza la inscripción de un jugador extranjero en la categoría mayor del torneo asociativo,

siendo libre la cantidad de extranjeros que pueden integrar equipos para el resto de las categorías. 9.12. El jugador que estuviera incluido en lista de buena fe de un club y no hubiera jugado ningún

partido para éste, podrá ser transferido y jugar para un nuevo club. Esta medida se aplica para cualquier división y categoría, respetando lo establecido en el Art. 8º del R.G. 9.13. Los jugadores deberán jugar en fase regular, una cantidad determinada de partidos en su categoría para poder intervenir en las instancias de play off y/o final four. 9.14. La cantidad estipulada de partidos a completar es de 60% de todos los partidos programados, si el coeficiente que arroje el porcentaje no es un número entero se debe completar la cantidad de juegos hacia arriba, ejemplo: Programados: 28 partidos, 60% = 16,80 a cumplimentar 17 Partidos. Programados: 30 partidos, 60% = 18,00 a cumplimentar 18 Partidos. 9.15. Por carácter transitivo si un jugador cumple con el porcentaje en su categoría, podrá jugar play

off y/o final four en las categorías inmediatas superiores, pero no podrá jugar en una categoría inferior si el porcentaje de juego lo cumple en una categoría superior. En este último caso solo estará habilitado para jugar en la categoría en la cual cumplió el requisito.

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9.16. Los jugadores sólo computarán el porcentaje exigido en los partidos jugados en el club que

dispute la instancia de play off y/o final four. No se acumularán los porcentajes de partidos jugados para otro club derivado o proveniente de un pase.

CAPITULO II

DESARROLLO DE JUEGO ARTÍCULO 10º – NORMAS DE JUEGO

El Concejo Directivo establece que a partir de la categoría U13 en adelante, las normas de juego aplicables serán las establecidas por los reglamento de juego FIBA, a excepción de aquella situaciones previstas en el presente reglamento, en función hacer prevalecer el desarrollo deportivo. ARTÍCULO 11° - DIAS Y HORARIOS DE JUEGO El Honorable Consejo Directivo resuelve fijar los días y horarios de juego para el torneo oficial asociativo temporada 2019, de acuerdo a la grilla que se acompaña, apostando a un mejor y mayor crecimiento de la actividad. 11.1. Las categorías de VETERANOS jugaran los días DOMINGOS 11.2. Horario de inicio del primer partido:……………. 11.3. Las categorías del FEMENINO jugarán los días SÁBADOS 11.4. Horario de inicio del primer partido 3x3: 13:40 hs. 11.5. Las categorías U17 y Primera, División “A”, “A1” y “B” jugaran los días VIERNES. 11.6. Horario de inicio del primer partido (U17): 20:00 hs. 11.7. Las categorías de las Divisiones “A”, “A1” y “B”, sumados a las Divisionales “B1”, “Promocionales” y “El Mini Básquet” jugaran la tira completa los días día SÁBADOS. 11.8. Horario de inicio del primer partido de acuerdo a la grilla adjunta: ARTÍCULO 12° - CANTIDAD MINIMA DE JUGADORES POR CATEGORÍAS El Consejo Directivo resuelve que las categorías que integren los campeonatos en cada división, deberán respetar la cantidad mínima de jugadores según tabla:

Categoría Divisiones

A A1 B B1 C

U13 8 8 8 8 n/a

U15 8 8 8 8 n/a

U17 8 8 8 8 n/a

U19 6 6 6 6 n/a

Primera 5 5 5 5 n/a

N° PARTIDO

CATEGORÍA HORA INICIO

ESTIMADA

1 PROMO U-16 09:00

2 PROMO U-19 10:40

3 MOSQUITO 12:20

4 PRE-MINI 13:20

5 MINI 14:20

6 1° 3X3 femenino 15:20

7 U-13 15:45

8 2° 3X3 femenino 17:20

9 U-15 17:45

10 3° 3X3 femenino 19:15

11 U-19 19:40

12 RESERVA 21:20

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a. Todos los partidos del campeonato asociativo, en las categoría U13, U15, U17 y U19, se jugarán bajo el sistema de cuatro (4) tiempos de diez (10) minutos cada uno, con un descanso de dos (2) minutos entre cada cuarto y quince (15) minutos entre cada periodo. Cada jugador que integre un equipo y figure en la LBF subida a la planilla electrónica de juego oficial, deberá participar como máximo en un cuarto completo en que se divide el primer período, y su participación en los dos cuartos en que se divide el segundo periodo será libre, pudiendo ser reemplazado por cualquier motivo. En la categoría U19 la participación será libre. El jugador que inicia un cuarto o que reemplaza a un jugador en un cuarto de los dos que tiene el primer periodo, sin tener en cuenta el tiempo que juega, se considera un cuarto completo. La planilla electrónica de juego se cerrará definitivamente al iniciar el tercer cuarto, pudiendo agregar jugadores hasta completar el plantel hasta el inicio del tercer cuarto. b. Para la división de cuartos, tiempos muertos, duración de los entretiempos, sistema de faltas

personales y acumuladas por equipo, se aplicará el reglamento FIBA. ARTÍCULO 13° - SUSPENSIONES Y REPROGRAMACIONES La Comisión de Campeonatos es la única autorizada para analizar el pedido efectuado por los clubes abarcando la totalidad de la programación incluyendo: todas las categorías formativas; de U13 hasta Primera local; promocionales; reserva; maxi básquet, masculino y femenino. Es facultad inapelable de la Comisión de Campeonatos, resolver sobre la suspensión de una jornada o partido y reprogramando en la fecha y horario que considere oportuno. Atenderá aquellos casos en los cuales se les solicite adelantar una jornada o juego, siempre y cuando se cumplan con el protocolo establecido en el presente reglamento. 13.1. Los clubes podrán solicitar la reprogramación de encuentros, cuando estén comprendidos en algunas de las siguientes causales: a. Tener dos o más jugadores afectados a selecciones asociativas, federativas o nacionales. Sólo se considerara cuando el jugador pertenezca a la categoría involucrada. b. Tener el técnico de la categoría involucrada, designado como entrenador y/o asistente de una selección asociativa, federativa o nacional. 13.2. Cuando un equipo de la categoría involucrada este participando en una instancia de final four de campeonato Provincial o Nacional y conociendo el fixture del torneo de la ACBB, estará obligado a

adelantar las fechas involucradas que se superpongan. Para ello deberá solicita mediante nota a la Comisión de Campeonatos, el cambio de localía o invertir los días de juego de la categoría con el equipo rival. 13.3. El fixture se respetará tal como resulte producto del sorteo realizado y publicado por la ACBB y las reprogramaciones serán consideradas como situaciones excepcionales. De ser necesaria la reprogramación o adelanto del día de juego en algún partido, el club involucrado deberá solicitarle mediante nota dirigida a la Comisión de Campeonatos de la ACBB a través del único correo oficial válido [email protected]; detallando día y hora de juego de la/las categoría/s afectadas por dicha

reprogramación. Además el otro club involucrado deberá por la misma vía y forma, dar el consentimiento a la petición, todo ello con al menos ocho (8) días de anticipación a la fecha

establecida en el fixture. La solicitud será analizada por la Comisión de Campeonato, comunicando la resolución al correo institucional de ambos clubes involucrados. 13.4. Cuando no hubiere acuerdo entre los clubes involucrados en una reprogramación, la Comisión de Campeonato fijará la fecha y hora de juego, la cual será inobjetable e inamovible para su disputa. PENALIDADES: El club que no cumpla con la reprogramación en la categoría involucrada, será sancionado con la perdida de los puntos de presentación y de juego los que le serán otorgados al otro club. Al club que incumpla con la reprogramación se le aplicará una multa de una (1) a diez (10) AJC. La reiteración de esta situación duplicará la cantidad de AJC. La Comisión de Campeonatos girará los antecedentes al H.T.D. a los fines de su intervención. 13.5. Ningún dirigente, delegado o entrenador de un club podrá acordar con un par de otro club,

modificaciones en la programación establecida en el fixture con fecha y hora de juego establecida; ni aún dentro de los Consejos Auxiliares y/o ante la Comisión Neutral. 13.6. Los clubes no podrán acordar la suspensión o prorrogar de ningún partido programado por ningún motivo, y solo podrán adelantar juegos cuando sus equipos tengan jugadores o técnicos integrando selecciones o equipos de su categoría participando en torneos de instancia superior. ARTÍCULO 14° - PLAZOS DE REPROGRAMACIÓN a. La Comisión de Campeonatos solo atenderá los pedidos de reprogramación, cuando éstos sean

iniciados mediante nota del club solicitante y nota de la otra Institución dando el consentimiento

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al pedido. Ambas notas deben ingresar a la Secretaría de la ACBB con un plazo mínimo ocho

(8) días antes del juego, caso contrario no serán tratadas por la Comisión de Campeonatos. b. Consideraciones especiales: Los clubes que juegan en instancia superior en torneos oficiales y

que hayan clasificado fuera de las fechas previstas por la ACBB, deberán presentar la nota con el pedido de reprogramación dentro de las 24 horas de haber sido notificados por la entidad organizadora sobre su próximo juego.

ARTICULO 15° MÉDICO EN CANCHA Es de carácter obligatoria la presencia del profesional médico en cancha antes del inicio del partido y durante todo el desarrollo del juego, siendo esta responsabilidad del equipo local. El profesional estará a disposición de ambos equipos y actuará a su solo requerimiento. La presencia del médico en cancha deberá efectivizarse por lo menos quince (15) minutos antes de la hora programada para el inicio del partido, ya que este es el tiempo estipulado por las leyes de juego para que los equipos realicen los ejercicios precompetitivo del primer encuentro de la jornada y por ello es necesario contar con los servicios del profesional. PENALIDADES: En caso de no cumplir con la llegada de quince (15) minutos antes de la hora fijada para el comienzo del juego por parte del profesional médico, al club local se lo advertirá en la primera ocasión mediante nota de apercibimiento. Si se reitera dicha situación y existiere otro informe por la misma causa, le corresponderá al club local una multa de medio (1/2) AJC. 15.1. El médico se deberá acreditar mediante su credencial profesional y registrar su clave en el espacio reservado para tal fin en la planilla electrónica de juego, quedando de esta manera habilitado el inicio del juego. Si el médico presentado por el club local carece de credencial profesional, el mismo no podrá actuar como tal por no poder acreditar fehacientemente su condición. 15.2. Si el médico presentado por el club local no se encuentra empadronado en la ACBB, entre los profesionales habilitados para ejercer la actividad, el oficial de mesa conjuntamente con los árbitros controlaran la credencial presentada por el profesional y procederán a cargar en la planilla electrónica de juego el Nombre del profesional, número de documento y número de Matrícula Profesional, en los campo destinados a tal fin, luego de lo cual quedara habilitado el inicio del juego. 15.3. El horario de juego oficial es el establecido en el Art. 11°; aclarándose que los quince (15)

minutos de tolerancia, solo serán aplicables para las llegadas del médico y de los equipos visitantes. PENALIDADES: En caso de la suspensión del partido causado por la ausencia o retiro del

profesional médico, se procederá a dar por perdido el partido al club local, con el marcador de cero (0) a veinte (20) y en la tabla de posiciones sumará Cero (0) puntos, otorgándosele al otro equipo dos (2) Puntos. El club local deberá afrontar los aranceles correspondientes a jueces y oficiales de mesa aplicándosele además una multa de dos (2) AJC. La reiteración de estas situaciones duplicará la

cantidad de AJC. 15.4. El Consejo Directivo de la ACBB establece como obligatorio a partir del año 2019, que en todos los encuentro asociativos que se disputen, se cuente con el kit de emergencias médicas el cual constará de una (1) tabla de raquis (larga); un (1) juego de collar de filadelfia (pequeño, chico, mediano y grande); un (1) juego de férulas inflables (dos para extremidades superiores y dos para extremidades inferiores) y un (1) resucitador tipo ambú. El kit deberá estar ubicado en el mismo lugar donde se encuentre el médico del partido a su entera disposición. Sin la presencia del médico y la disponibilidad del kit de emergencia no podrá dar comienzo el partido. PENALIDADES: En caso que este kit de emergencia no se hallare disponible en el rectángulo de juego, se aguardará quince (15) minutos de la hora fijada para el inicio del encuentro para enmendar el faltante. Transcurrido dicho plazo y de no solucionarse el inconveniente se procederá a dar por perdido el partido al club local, con el marcador de cero (0) a veinte (20) y en la tabla de posiciones sumará Cero (0) puntos, otorgándosele al otro equipo dos (2) Puntos. El club local deberá afrontar los aranceles correspondientes a jueces y oficiales de mesa aplicándosele además una multa de dos (2) AJC. La reiteración de estas situaciones duplicará la cantidad de AJC. 15.5. El médico de los encuentros deberá vestir con guardapolvo, chaquetilla, chaqueta y/o casaca

que faciliten su identificación. PENALIDADES: En caso de que el médico no use la vestimenta indicada, el club informado será

pasible de un (1) apercibimiento. En caso de reiterarse los informes sobre el mismo punto, el club infractor recibirá una multa de medio (1/2) AJC.

ARTÍCULO 16° - LESIÓN GRAVE

Sera considera como lesión grave, aquella que le demande al jugador un plazo mayor a los treinta (30) días de recuperación. En estos casos el jugador afectado deberá presentar en la ACBB a través

de su club una nota detallando la situación en la cual se produjo la lesión, si la misma fue en un

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entrenamiento o en partido oficial. Además deberá acompañar los estudios médicos y una evaluación profesional con el diagnóstico sobre el tipo y grado de lesión, tratamiento y tiempo de recuperación estimado que demandará la misma para el alta deportiva. Los antecedentes serán evaluados por el Departamento médico asociativo quien elevara un informe a la Comisión de Campeonatos para que resuelva la situación. El jugador recién podrá ser habilitado para participar en el torneo cuando haya presentado la alta médica deportiva definitiva. Por tratarse de una situación excepcional, en este caso el jugador será eximido de cumplir con los porcentajes exigidos para intervenir en partidos de play off y/o final four. ARTÍCULO 17° - DISPOSITIVO DE 24” Y 14” - RELOJ DE JUEGO a) De acuerdo a las modificaciones impuestas por FIBA vigentes desde el 01/10/2010, el club local

deberá colocar un dispositivo de 14” (catorce segundos) que funcione de manera indistinta al dispositivo de 24” (veinticuatro segundos).

b) Si el dispositivo de 14” (catorce) y/o 24” (veinticuatro) segundos no funciona o tiene desperfectos en su funcionamiento a la hora programada para el inicio del partido, los jueces del partido deberán otorgarle al club local una (1) hora para que pueda subsanar el desperfecto. El reloj de 24” segundos deberá poseer un dispositivo con reseteo para los 14” segundos,

c) El estadio de juego deberá contar con un tablero electrónico donde se lleve tanteador y tiempo de juego, con números visibles y en buen funcionamiento. Para los casos de desperfectos o roturas imprevistas se deberá contar con un tablero manual y también deberán poseer un reloj muleto.

d) Transcurrido el tiempo de una (1) hora y de no haberse subsanado el inconveniente, los árbitros del encuentro consultaran con las autoridades locales la posibilidad de jugar en la cancha alternativa, de ser imposible la medida, los árbitros darán por suspendido el partido, elaborando el informe correspondiente. Dicho encuentro/s se reprogramará automáticamente para disputarse dentro de las 24 o 48 horas posteriores a la suspensión. En el caso de no superarse el inconveniente informado por los árbitros, la Comisión de Campeonatos fijará la fecha y hora de la reprogramación, la cual será inobjetable e inamovible para su disputa.

e) Los dispositivos de 14”, de 24” y el Reloj de juego deberán tener en perfectas condiciones de funcionamiento las señales sonoras (bocinas) y las señales lumínicas (luces detrás del acrílico). PENALIDADES: Cuando un partido suspendido por los causales comprendidos en alguno de los incisos del Art. 16°, no pudiera jugarse su reprogramación por problemas atribuibles al equipo local, la Comisión de Campeonatos procederá a dar por perdido el partido al club local con el marcador de cero (0) a veinte (20) y en la tabla de posiciones sumará cero (0) puntos, otorgándosele al otro equipo dos (2) Puntos. Asimismo se le aplicara al club local una multa de cinco (5) AJC. También se establece que el no funcionamiento de una o ambas señales (sonoras y/o lumínica) de cualquiera de los dispositivos, hará pasible al club infractor de una multa de medio (1/2) AJC. La reiteración de situaciones similares duplicará la cantidad de AJC

aplicables. ARTÍCULO 18° - SUSPENSIÓN DE PARTIDO P/R DE FUERZA MAYOR a) La suspensión de un partido, antes del comienzo o una vez empezado el mismo será decretada

por los árbitros del encuentro, y se producirán cuando por fuerza mayor sea imposible desarrollar la actividad con total normalidad.

b) Serán causales de suspensión cuando se produzcan apagones generales de luz, inclemencias climáticas consideradas de importancia o graves, y toda aquella situación que ponga en riesgo la integridad de las personas involucradas en la actividad. Decretada la suspensión los árbitros harán el informe que será elevado a la Comisión de Campeonatos.

c) Las suspensiones se aplicaran solo para el encuentro en disputa según el horario y la programación dispuesta, debiendo los árbitros aguardar el horario de inicio del resto de la programación para hacer las evaluaciones respetando los tiempos reales, incluidos los tiempos de espera en caso de corresponder. El incumplimiento de este punto será informado por la Comisión de Campeonatos al Tribunal de Penas y a la C. Neutral.

ARTÍCULO 19° - FORMA DE PUNTUACIÓN

En el presente torneo oficial la puntuación se otorgará de la siguiente manera: 1 (uno) Punto por Presentación 1 (uno) Punto por partido ganado El club que no se presente a disputar un juego obtendrá 0 (cero) Punto por NO Presentación

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ARTÍCULO 20° - ESTADIOS ALTERNATIVOS IMPARCIALES

La ACBB dispondrá de un listado de canchas de juego disponibles en alquiler, con la finalidad de que

aquellos clubes que deban actuar como local en el torneo oficial y que por distintas razones tengan

sus estadios ocupados con eventos ajenos a nuestra organización y ante la imposibilidad de efectuar

un cambio de localía, dicho club tendrá la posibilidad de zanjar la situación alquilando alguna de las

instalaciones ofrecidas, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos para el juego de la

categoría.

ARTÍCULO 21° - HABILITACIÓN DE ESTADIOS El Consejo Directivo de la ACBB designará una Comisión Especial para que conjuntamente con la Comisión Neutral realicen visitas de inspección a los clubes, donde verificarán e informaran el estado de las instalaciones y canchas de juego. En base a los informes recibidos la Comisión de Campeonatos cursará a los participantes mediante nota, las recomendaciones para el cumplimiento de las normas vigentes a saber: a. La actividad se desarrollará en estadios cubiertos y cerrado, con vidrios sanos y sin faltantes,

aberturas completas y con cerraduras. b. Los pisos deberán estar en estado de mantenimiento, tanto las tablas cómo el reticulado flotante, y

cumplir con medidas y pinturas reglamentarias. c. Líneas demarcatorias deben estar claramente visibles. d. Las de redes juego deben estar sanas y perfectamente sujetadas al aros, los cuales deben ser rebatibles, perfectamente pintados y poseer la altura reglamentaria las condiciones de verticalidad y horizontalidad establecido por las normas FIBA. Al momento de la inspección el club deberá aportar la varilla de medición de altura para los aros. Los tableros de juego deberán ser de cristal o acrílico y contar con la protección reglamentaria. e. La banca de sustitutos deberá tener un mínimo de catorce (14) lugares y además deberá colocarse

una (1) silla destinada al entrenador. Al momento del partido debe haber dos (2) sillas en ambos costados de la Mesa de Control destinada a los jugadores que realizan los reemplazos en el juego. f. El equipo local deberá proveer cerca de la Mesa de Control, un (1) dispenser con agua potable para ser utilizado por ambos equipos. g. Los estadios deberán contar con la iluminación adecuada (400 lúmenes mínimo). h. Los vestuarios y baños deberán contar con puertas con cerradura y llave disponible para

seguridad. ARTÍCULO 22° - VESTUARIO DEL EQUIPO VISITANTE: a. El club local deberá proporcionar al equipo visitante un vestuario con excelentes condiciones de

infraestructura e higiene, debiendo contar el mismo con agua caliente para el aseo post-partido de los jugadores visitantes.

b. Los árbitros designados al partido tendrá la obligación de controlar a su llegada al estadio que esto se cumpla.

c. En caso que el vestuario otorgado no cumpla con las exigencias, los árbitros deberán dirigirse al delegado del club para que solucione este inconveniente; de no hacerlo deberán informar de ésta anormalidad a la Comisión de Campeonatos. PENALIDADES: El club informado será pasible de un apercibimiento. En caso de reiterarse los informes sobre el mismo punto, el club infractor recibirá una multa de medio (1/2) AJC.

d. Las canchas de las divisiones “A” y “A1” deberán contar pisos deportivo flotante. Las canchas de

las divisiones “B” y “B1” podrán tener pisos de mosaicos. e. La Comisión Especial conformada para la inspección de los estadios junto a la Comisión Neutral,

elevará al Consejo Directivo un informe detallado con las observaciones realizadas a cada club. La Comisión de Campeonatos se contactará con las autoridades de las entidades involucradas para que corrijan inmediatamente las observaciones menores, antes del inicio del torneo 2019. Para las observaciones de mayor envergadura, el club deberá presentar un plan de mejoras con un cronograma de trabajo con la finalidad de que el mismo pueda ser monitoreado por la Comisión Especial respecto de su ejecución. f. Aquellos clubes que no cuente con su estadio cubierto y que no reúna las condiciones mínima exigida por la reglamentación del torneo para jugar de local, deberán presentar ante la Comisión de Campeonatos y el H.C.D., la documentación que acredite el alquiler o préstamo de una cancha alternativa de juego donde oficiará de local. En caso de no acreditar dicho requisito el club no será programado para jugar.

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g. Se establece que las localías son irrenunciables a favor del club oponente motivo por el cual una

vez jugado un partido en condición de local, el partido revancha solo podrá jugarse en condición de

visitante en un estadio diferente al del primer juego. La medida obedece a mantener vivo el espíritu

deportivo.

ARTÍCULO 23° - SEGURIDAD

La seguridad dentro del estadio es responsabilidad de la institución que oficie de local. Queda terminantemente prohibido el expendio de bebidas alcohólicas en el sector del estadio de juego antes y durante el partido, quedando vedado el acceso al estadio de personas en estado de ebriedad. Queda establecida la prohibición de fumar dentro del estadio y el uso de pirotecnia. La

inobservancia de este punto será considerada como falta grave, motivando inclusive la suspensión del encuentro. PENALIDADES: El club que fuera informado por alguno de los hechos establecidos, será pasible de una multa de uno (1) a cinco (5) AJC, más la quita de los dos puntos del juego suspendido. En

casos de reincidencia, además de la sanción económica y la pérdida de puntos, se decretara la suspensión de la cancha por el término de uno (1) a cinco fechas para todas las categorías, debiendo en estos casos el club, jugar los partidos que le correspondan de local en una cancha alternativa o bien alquilar un estadio para tal fin. ARTÍCULO 24° - PRECIOS DE ENTRADAS

Los Consejos Auxiliares de las categorías “A” y “B”, serán quienes se pongan de acuerdo en la primera reunión del año 2019 respecto del precio máximo a cobrar en concepto de entradas a los estadios de juego, decisión que será comunicada al H. Consejo Directivo para su intervención. 23.1. Quedan exceptuados de abonar entradas:

a) Todos los jugadores de basquetbol pertenecientes a la Asociación Cordobesa. b) Los Delegados y Oficiales de Mesa que concurran a cumplir con su trabajo. c) Los Técnicos, Ayudantes Técnicos, Utileros, Kinesiólogos, Preparadores Físicos. d) Los Árbitros pertenecientes a la A.A.A. Filial Córdoba. e) Los menores de 14 años, presentando su DNI f) Las personas con discapacidad y su acompañante g) Los miembros el Honorable Consejo Directivo de la ACBB

Para obtener este beneficio se deberá presentar en el sector de ventas de entradas, el Carnet de identificación que otorgará la ACBB

ARTÍCULO 25° - LIMPIEZA DE CANCHA DE JUEGO La Comisión de Campeonatos establece la obligatoriedad de que el club local antes del inicio de cada partido programado y en los entretiempos entre el 2° y 3° cuarto, deberá limpiar el piso del campo de juego con trapo húmedo, con la finalidad de preservar la integridad física de los jugadores. PENALIDADES: Para el caso que el club local no cumpla con esta disposición y sea informado por los árbitros, se le aplicará un (1) apercibimiento. De obrar otro informe similar por esa misma razón, se le aplicará una multa de medio (1/2) AJC ARTÍCULO 26° - PELOTA OFICIAL DE JUEGO El Consejo Directivo de la ACBB establece que la pelota de juego del torneo asociativo será marca

Molten, respetando de acuerdo a categorías y rama (masculina y femenina) las disposiciones FIBA en relación a peso, tamaño y/o número de pelota. PENALIDADES: En caso de incumplimiento, se le aplicara al club local una multa de medio (1/2) AJC. ARTÍCULO 27° - PLANILLA OFICIAL DE JUEGO El Consejo Directivo de la ACBB estableció como planilla oficial de juego a partir del torneo asociativo 2019, al sistema informático que se llevará a través de una tablet o similar, en la cual estarán configurados todos los datos de los jugadores y personal interviniente en cada partido. PENALIDADES: Si algún partido se juega con otra planilla de juego que no sea la oficialmente aprobada por la ACBB, se le aplicara al club local una multa de un cuarto (1/4) AJC. ARTÍCULO 28° - FORMA DE DISPUTA DEL TORNEO La modalidad de competencia establecida por la ACBB para el año 2019 será de: un campeonato anual por divisiones, a dos rondas todos contra todos, partidos de local y visitante. El inicio de la competencia será el 15/03/2019 y la finalización está prevista para el 14/12/2019.

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28.1. CONFIGURACIÓN DE LOS CAMPEONATOS

La modalidad de juego se configura en cinco (5) divisiones: División “A”

Estará compuesta por nueve (9) equipos y será integrada por aquellos equipos que ocuparon los puestos del 1° al 7° de la división “A” del Torneo clausura 2018 más los dos (2) equipos ascendidos de la división “A1”. División “A1”

Estará compuesta por nueve (9) equipos y será integrada por aquellos equipos que ocuparon los puestos del 3° al 7° de la división “A1” del Torneo clausura 2018, más los dos (2) equipos ascendidos de la división “B”, más los 2 equipos descendidos de la división “A”. División “B”

Estará compuesta por nueve (9) equipos y será integrada por aquellos conjuntos que ocuparon los puestos del 3° al 9° de la división “B” del Torneo clausura 2017, más los dos (2) equipos descendidos de la división “A1”. A partir del año 2020 esta división sufrirá un descenso a la división “B1”, como así también recibirá el ascendido de la división “B1” para completar los nueve (9) equipos que la integran División “B1”

Jugaran los equipos inscriptos hasta la fecha fijada en los Artículos 3º y 4° del presente reglamento. En esta división jugarán todas las categorías formativas y las promocionales. Por ser el Año 2019 de formación de la división, esta categoría no otorgará ascenso a la división “B”. A partir del año 2020 el campeón de la Categoría “B1” ascenderá a la división “B”. Para poder competir en la división superior, el equipo ascendido deberá completar la totalidad de las categorías requeridas para la competencia de esa división a la cual asciende. División “C” Jugaran los equipos inscriptos hasta la fecha fijada en los Artículos 3º y 4° del presente reglamento. En esta división jugarán las categorías Promocionales, Femenino y Veteranos. 28.2. MODALIDAD DE JUEGO

La forma de juego será, club contra club según fixture y cronograma de juegos, en todas sus categorías, los días viernes en U17 y Primera y los sábados el resto de las categorías, es decir tira completa. La competencia será ANUAL: a dos (2) ruedas todos contra todos: Primera Rueda: Fecha inicio: 15/03/2019; Finaliza: 15/06/2019. Segunda Rueda: Fecha inicio: 21/06/2019; Finaliza: 12/10/2019 28.3. PARTICULARIDAD DE LA COMPETENCIA Las Divisiones “A” y “A1” jugaran una fase regular de 27 fechas.

El campeonato divisional tendrá 18 fechas, es decir ida y vuelta con los equipos de la misma división.

A esto se le agregan 9 fechas de competencia alternada, durante el desarrollo del campeonato regular, contra la otra División.

Cada equipo de las divisiones “A” y “A1”, sumaran los puntos disputados y obtenidos en las 27 fechas programadas, en sus tablas divisionales por categorías y generales.

El cronograma de juego de la división “A” y “A1” y el cronograma inter-divisional será el siguiente:

CALENDARIO DE JUEGO – DIVISIONES “A” y “A1”

PRIMERA RUEDA SEGUNDA RUEDA

N° Fecha

Tipo Competencia Día N°

Fecha Tipo Competencia Día

1 INTER-DIVISIONAL

FECHA 01 15/03/19

15 DIVISIONAL FECHA 10 21/06/19

2 DIVISIONAL FECHA 01 22/03/19 16 INTER-DIVISIONAL FECHA 06 28/06/19

3 DIVISIONAL FECHA 02 29/03/19 17 DIVISIONAL FECHA 11 05/07/19

4 INTER-DIVISIONAL

FECHA 02 05/04/19

18 DIVISIONAL

FECHA 12 09/08/19

5 DIVISIONAL FECHA 03 12/04/19 19 INTER-DIVISIONAL FECHA 07 16/08/19

6 DIVISIONAL FECHA 04 19/04/19 20 DIVISIONAL FECHA 13 23/08/19

7 INTER-DIVISIONAL

FECHA 03 26/04/19

21 DIVISIONAL

FECHA 14 30/08/19

8 DIVISIONAL FECHA 05 03/05/19 22 INTER-DIVISIONAL FECHA 08 06/09/19

9 DIVISIONAL FECHA 06 10/05/19 23 DIVISIONAL FECHA 15 13/09/19

10 INTER- FECHA 04 17/05/19 24 DIVISIONAL FECHA 16 20/09/19

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DIVISIONAL

11 DIVISIONAL FECHA 07 24/05/19 25 INTER-DIVISIONAL FECHA 09 27/09/19

12 DIVISIONAL FECHA 08 31/05/19 26 DIVISIONAL FECHA 17 04/10/19

13 INTER-DIVISIONAL

FECHA 05 07/06/19

27 DIVISIONAL

FECHA 18 11/10/19

14 DIVISIONAL FECHA 09 14/06/19

Las divisiones “B” y “B1” jugaran:

El campeonato divisional tendrá 18 fechas, es decir ida y vuelta con los equipos de la misma división.

A esto se le agregan fechas de competencia interasociativas alternada, durante el desarrollo del campeonato regular.

Cada equipo de las divisiones “B” y “B1”, sumaran los puntos disputados y obtenidos en las 18 fechas programadas, en sus tablas divisionales por categorías y generales.

Los encuentros interasociativos son tratados en el Anexo “A”

El cronograma de juego de la división “B” y “B1” y el cronograma interasociativo será el siguiente:

CALENDARIO DE JUEGO – DIVISIONES “B” y “B1”

PRIMERA RUEDA SEGUNDA RUEDA

N° Fecha

Tipo Competencia Día N°

Fecha Tipo Competencia Día

1 INTER-ASOCIATIVO FECHA 01 15/03/19 15 DIVISIONAL FECHA 10 21/06/19

2 DIVISIONAL FECHA 01 22/03/19 16 INTER-ASOCIATIVO FECHA 06 28/06/19

3 DIVISIONAL FECHA 02 29/03/19 17 DIVISIONAL FECHA 11 05/07/19

4 INTER-ASOCIATIVO FECHA 02 05/04/19 18 DIVISIONAL FECHA 12 09/08/19

5 DIVISIONAL FECHA 03 12/04/19 19 INTER-ASOCIATIVO FECHA 07 16/08/19

6 DIVISIONAL FECHA 04 19/04/19 20 DIVISIONAL FECHA 13 23/08/19

7 INTER-ASOCIATIVO FECHA 03 26/04/19 21 DIVISIONAL FECHA 14 30/08/19

8 DIVISIONAL FECHA 05 03/05/19 22 INTER-ASOCIATIVO FECHA 08 06/09/19

9 DIVISIONAL FECHA 06 10/05/19 23 DIVISIONAL FECHA 15 13/09/19

10 INTER-ASOCIATIVO FECHA 04 17/05/19 24 DIVISIONAL FECHA 16 20/09/19

11 DIVISIONAL FECHA 07 24/05/19 25 INTER-ASOCIATIVO FECHA 09 27/09/19

12 DIVISIONAL FECHA 08 31/05/19 26 DIVISIONAL FECHA 17 04/10/19

13 INTER-ASOCIATIVO FECHA 05 07/06/19 27 DIVISIONAL FECHA 18 11/10/19

14 DIVISIONAL FECHA 09 14/06/19

28.4. CONFIGURACIÓN DE LOS CAMPEONATOS

N° Equipos Cantidad partidos necesario para jugar Play Off o F4

División A División A1 División B División B1 División C

1 Equipo 1 Equipo 1 Equipo 1 Equipo 1 Equipo 1

2 Equipo 2 Equipo 2 Equipo 2 Equipo 2 Equipo 2

3 Equipo 3 Equipo 3 Equipo 3 Equipo 3 Equipo 3

4 Equipo 4 Equipo 4 Equipo 4 Equipo 4 Equipo 4

5 Equipo 5 Equipo 5 Equipo 5 Equipo 5 Equipo 5

6 Equipo 6 Equipo 6 Equipo 6 Equipo 6 Equipo 6

7 Equipo 7 Equipo 7 Equipo 7 Equipo 7 Equipo 7

8 Equipo 8 Equipo 8 Equipo 8 Equipo 8 Equipo 8

9 Equipo 9 Equipo 9 Equipo 9 Equipo 9 Equipo 9

10 n/a n/a n/a Equipo 10 Equipo 10

11 n/a n/a n/a Equipo 11 Equipo 11

12 n/a n/a n/a Equipos 12 Equipos 12

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28.5. CAMPEÓN ANUAL DE LA ACBB El Campeón de la ACBB para el año 2019 será quien gane los play off. La tabla general del

campeonato se conformará por suma de puntos de todas las categorías de cada división y determinará el ordenar a ocupar por los equipos que disputen los play off por el campeonato. 28.6. PLAY OFF - CUARTOS Y SEMIS FINALES Los play off; cuartos y semis finales, se jugaran al mejor de ocho (8) juegos. Los juegos de play off respetarán el orden habitual establecido para la competencia regular, es decir, se jugará alternadamente U15; U19 en el club “A” y U17; 1° en el club “B”. Quien haya obtenido la mejor clasificación en la tala general de la serie regular, tiene la opción de elegir cómo inicia la competencia, de local o visitante pero sin alterar el orden de juego. Si un club obtiene en rueda de play off, en su puntuación una diferencia inalcanzable para el contrincante, implicara que no sea necesario cumplir con la totalidad de los juegos. En el caso de empate de juegos ganados (4 cada equipo) al termino del juego N°8, dentro de las próximas 24 hs se disputará el juego N° 9 solamente en la categoría Primera, siendo local el club mejor ubicado en la tabla general de la serie regular. 28.7. CRONOGRAMA Y CALENDARIO PLAY OFF; CUARTOS Y SEMIS El calendario previsto para los juegos play off de cuartos y semis finales es el siguiente:

28.8. PLAY OFF - FINAL Los play off finales por el Campeonato se jugaran al mejor de doce (12) juegos. Los juegos de play off respetarán el orden habitual establecido para la competencia regular, es decir, se jugará alternadamente U15; U19 en el club “A” y U17 y Primera en el club “B”. Quien haya obtenido la mejor clasificación en la tala general de la serie regular, tiene la opción de elegir cómo inicia la competencia, de local o visitante pero sin alterar el orden de juego. Si un club en rueda de play off obtiene en su puntuación, una diferencia inalcanzable para el rival, ello implicara que no sea necesario cumplir con la totalidad de los juegos. En el caso de empate de juegos ganados (seis por cada equipo) al terminar el juego N°12, se dispone que dentro de las 24 hs posteriores se dispute el juego N°13 solamente en la categoría Primera, siendo local, el club mejor ubicado en la tabla general de la serie regular. 28.9. CRONOGRAMA Y CALENDARIO PLAY OFF - FINALES El calendario previsto para los juegos Play Off de las Finales de la ACBB 2019 es el siguiente:

28.10. FIXTURE PLAY OFF

Para todas las instancias de play off se respetará el fixture/esquema adjunto. El equipo que gane su serie individual, pasa a competir en la próxima instancia según el diseño del fixture, es decir, NO hay reclasificación.

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28.11. ENTREGA DE PREMIOS Una vez finalizado el encuentro de play off por el campeonato anual de la ACBB, se harán entrega de los premios correspondientes 28.12. ASCENSOS 2019 Una vez finalizado el campeonato regular se jugarán las series de play off. El equipo que gane la final de la serie play off se proclamará campeón de división en que participa y obtendrá el ascenso a la división inmediata superior: El Campeón de la división “A1” asciende a la división “A” El Campeón de la división “B” asciende a la división “A1” 28.13. DESCENSOS 2019 Una vez finalizado el campeonato regular quedarán determinados los descensos de cada división en todas sus categorías. Los equipos clasificados en la 9° (noveno) posición de la tabla general de la fase regular de las divisiones “A”, “A1” y “B” descenderán a la división inmediata inferior: El 9° de la división “A” desciende a la división “A1”. El 9° de la división “A1” descienda a la división “B” El 9° de la división “B” descienda a la división “B1” 28.14. OBLIGATORIEDAD POR DERECHOS DEPORTIVOS

La entidad que habiendo ascendido de categoría por derecho deportivo renunciare a jugar en la misma, quedará inhabilitada por el término de dos (2) años para participar con todas sus categorías en instancias de Play Off, Semifinal, Final y Final Four 28.15. ABANDONO EN INSTANCIA FINAL

La entidad que habiendo clasificado a participar en estas instancias decidiera no hacerlo, quedará inhabilitada por el término de dos (2) años para participar con todas sus categorías en instancias de Play Off, Semifinal, Final y Final Four. Además será pasible de las sanciones económicas y deportivas que determine el Consejo Directivo y el Tribunal de Penas; pudiendo inclusive aplicárseles directamente la desafiliación prevista en el Capítulo Décimo Noveno del Estatuto Asociativo. ARTÍCULO 29° - CAMPEONES POR CATEGORÍA – FINAL FOUR Para determinar el campeón por categoría del año 2019 se procederá de la siguiente manera: una vez finalizado el campeonato en su etapa regular, los cuatro primeros clasificados de cada categoría, jugarán las series final four de acuerdo al siguiente fixture/esquema:

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ARTÍCULO 30° - MODALIDAD DE JUEGO:

En esta instancia se jugarán dos (2) jornadas en una (1) sola cancha. 30.1. ORGANIZACIÓN DEL FINAL FOUR:

Para la organización de los juegos del final four tendrá prioridad el equipo que haya conseguido la primera ubicación en su categoría o bien del consenso de los cuatro (4) equipos clasificados. 30.2. INGRESOS Y GASTOS: Los gastos ocasionados por la organización de los juegos (árbitros, médicos, oficiales de mesa y sonido) serán solventados en partes iguales por los cuatro (4) equipos intervinientes. Los ingresos generados por la venta de entradas serán aplicados en su totalidad para solventar los gastos de los juegos final four. Esto aplica para todas las categorías integrantes de las divisiones “A”, “A1”, “B” y“B1”. 30.3. Finalizado el cuadrangular se harán entrega de los premios correspondientes. ARTÍCULO 31° - PRESENTACIÓN OLÍMPICA En la etapa de play off y final four el club local deberá disponer de un equipo de audio a los fines de utilizarlo para la presentación olímpica de los equipos, antes del inicio de cada juego. La presentación deberá realizarse seis (6) minutos antes de la hora programada para el inicio del partido. ARTÍCULO 32° - ESPECTÁCULO ARTÍSTICO DEPORTIVO

En las instancias de final four, cuartos o finales, el club local deberá organizar en el entretiempo del juego, un espectáculo de tipo artístico o demostración deportiva, el cual no podrá exceder los diez (10) minutos en total y deberá estar relacionado con disciplinas ajenas al basquetbol. ARTÍCULO 33° - DEFINICIÓN EN CASOS DE EMPATES Como regla general, en casos de empates de posiciones entre dos o más equipos participantes, se seguirá el siguiente orden para definir: a. Mayor cantidad de puntos conseguidos entre sí (dos puntos partido ganado; un punto partido

perdido) b. Si persiste el empate se considerará la mayor diferencia de goles en los partidos disputados entre

ellos. c. Si continua el empate se considerará mayor número de goles conseguidos en los partidos

disputados entre ellos. d. De persistir el empate se considerará mayor diferencia de goles en todos los partidos del grupo. e. Por último se considerará mayores números de goles a favor en todos los partidos del grupo ARTÍCULO 34° - PLANILLEROS Y CRONOMETRISTAS Los oficiales de mesa (planillero / cronometrista) deberán realizar el curso anual de actualización organizado por la ACBB para obtener el carnet habilitante, debiendo además contar con su respectivo EMMAC vigente. 34.1. En todo partido del torneo oficial asociativo, el club local tendrá a su cargo el cronometrista mientras que será obligación del visitante contar con su planillero. En los casos que el visitante

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concurra a un encuentro sin el planillero el club local contratará uno que deberá ser abonado por el club visitante. 34.2. El planillero y el cronometrista deberán presentarse en la mesa de juego con una anticipación

de quince (15) minutos antes de la hora fijada para el inicio del juego a fin de cumplir con su tarea, aclarándose que no podrán cumplir en dicha oportunidad, otra función en paralelo. Si un delegado se presenta a un partido en condición de oficial de mesa, no podrá al mismo tiempo ejercer su rol de delegado. 34.3. Queda expresamente prohibido a todos los integrantes de la Mesa durante el desarrollo del juego, del uso de teléfonos celulares como así también del consumo de mate. PENALIDADES: En caso de incumplimiento, se le aplicara al club para el cual actúe el infractor una multa de medio (1/2) AJC. ARTÍCULO 35° - CUERPOS TÉCNICOS Y ASISTENTES

Se establece que para desempeñar la función de técnico o asistente es obligatorio contar con el carnet habilitante otorgado por ENEBA y con el EMMAC vigente. En relación a los niveles exigidos por categoría y rama, serán los aprobados por ENEBA y homologados por la CABB, adjuntando tabla:

Categoría Masculino Divisiones

A A1 B B1 C

U13 Nivel I Nivel I Nivel I Nivel I Nivel I

U15 Nivel II Nivel II Nivel I Nivel I Nivel I

U17 Nivel II Nivel II Nivel II Nivel II Nivel I

U19 Nivel II Nivel II Nivel II Nivel II Nivel II

Primera Nivel III Nivel III Nivel III Nivel III Nivel II

Asistente II Asistente II Asistente I Asistente I n/a

Categoría Femenino Divisiones

A A1 B B1 C

U13 Nivel I Nivel I Nivel I Nivel I Nivel I

U15 Nivel I Nivel I Nivel I Nivel I Nivel I

U17 Nivel I Nivel I Nivel I Nivel I Nivel I

U19 Nivel II Nivel II Nivel II Nivel II Nivel II

Primera Nivel II Nivel II Nivel II Nivel II Nivel II

35.1. Aquellas personas que deban cumplir tareas de Utilero, Preparador Físico, Kinesiólogo, etc.,

para permanecer en la banca de sustitutos deberán contar con la respectiva credencial habilitante provista por la ACBB., caso contrario no podrán permanecer en la misma durante el desarrollo del

juego. ARTÍCULO 36° - DIRIGENTES Los clubes, tanto locales como visitantes deberán contar con un dirigente, como mínimo uno cada uno, perfectamente identificables con su correspondiente credencial, en las instalaciones de juego, que deberán presentarse en mesa de control antes del inicio de cada partido, para que los árbitros puedan identificarlos quienes deberán controlar el orden público. Deberán en forma obligatoria hacer constar su nombre y cargo en la planilla electrónica de juego y firmar la misma. De ninguna manera estos representantes pueden ser oficiales de mesa en ejercicio durante el mismo partido. Es decir quien es delegado no puede oficiar de oficial de mesa en ningún caso. PENALIDADES: En caso de incumplimiento del último párrafo, se le aplicara al club para el cual actúe el infractor una multa de un (1) AJC.

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ARTÍCULO 37° - TESORERÍA

Los clubes participantes deberán abonar la cuota de afiliados asociativos hasta el día diez (10) de cada mes, caso contrario no serán programadas ninguna de sus categorías hasta que regularice la situación. La falta de programación derivada de este incumplimiento, será considerada como una no presentación de las categorías a los partidos correspondientes, con la consiguiente pérdida de puntos. ARTÍCULO 38° - RECAUDACIÓN DE MULTAS Los fondos producto de las sanciones disciplinarias aplicadas a los clubes en concepto de penalidades, serán destinados a fomentar, organizar y difundir eventos asociativos de las categorías del minibásquet. ARTÍCULO 39° - PAGO DE ÁRBITROS

El pago de los aranceles de juego a los árbitros estará a cargo de cada club que utilice los servicios y se materializará al finalizar la fecha programada. Si por alguna cuestión excepcional el club no pudiera cumplir con este acto al final de la jornada, deberá hacerlo dentro de las 48 horas posteriores al juego en la sede de la Asociación Argentina de Árbitros Filial Córdoba. El incumplimiento de la disposición será motivo suficiente para no programar al club involucrado hasta tanto regularice la situación, haciéndose pasible de las medidas disciplinarias y punitivas correspondientes. ARTÍCULO 40º - OBLIGACIONES DE LOS ÁRBITROS

Los árbitros son profesionales calificados para el desarrollo del juego y quienes harán cumplir todas las disposiciones reglamentarias vigentes. Por ello deberán guardar la más absoluta corrección, respeto, aptitud y actitud en todos los eventos en los cuales participan impartiendo justicia. La inobservancia del punto será considerada falta grave, pudiendo intervenir el Consejo Directivo ante un reclamo institucional o bien ante un informe presentado por alguno de sus miembros, respecto de incumplimientos al presente artículo, en cuyo caso se dará inmediata participación al H. Tribunal de Penas. ARTÍCULO 41° - INDUMENTARIA En todo partido organizado por la ACBB el personal interviniente deberá observar las normas de

vestimentas según el rol de cada protagonista. La indumentaria de juego a utilizar por los equipos deberá ser de colores uniformes en camiseta y pantalón y contar con la numeración reglamentaria visible. Para la numeración de la ropa de juego se podrá utilizar del 00 al 99. El club local disputará los partidos con indumentaria oscura y el club visitante lo hará con indumentaria clara. En

caso de similitud de colores en la ropa de juego, el club local tendrá la obligación de realizar el cambio de la misma. Los integrantes del cuerpo técnico que integran el banco de suplentes deberán vestir con pantalón largo, quedando prohibido el uso de pantalones cortos o bermudas. PENALIDADES: En caso de incumplimiento, se le aplicara al club para el cual actúe el infractor una multa de medio (1/2) AJC. ARTÍCULO 42° - PLANILLAS ELECTRÓNICA OFICIAL DE JUEGO El club que oficia de local deberá disponer de la tablet en condiciones de uso para el inicio de los partidos. a. Descargar en la memoria de trabajo la programación de la fecha a disputarse como local desde la web de la ACBB. b. Verificar la disponibilidad de los datos (clubes, jugadores, autoridades, oficiales de mesa, médico) c. Iniciar la carga de los datos generales del juego d. Habilitar las L.B.F. de ambos clubes e. Recibir del árbitro los carnets habilitados para el encuentro f. Generar los quintetos iniciales g. Habilitar el juego con las claves correspondientes h. Dar inicio al juego con la orden del árbitro. i. Estadísticas on-line j. Inicia con el salto inicial k. Se cargan todas las instancias de juego desde la pantalla táctil de la tablet l. Las estadísticas se generan automáticamente en cada interacción m. La planilla oficial de juego se ira generando a medida que se cargan las estadísticas. n. Al término de cada cuarto hacer el cierre correspondiente y al inicio del tercer cuarto bloquear la

L.B.F.

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ñ. Al terminar el partido se cierra parcialmente la planilla mediante la intervención del oficial de mesa

con la incorporación de su clave o. Por último los árbitros, incorporan comentarios sobre incidencias del partido y con su clave cierran

definitivamente la planilla electrónica. Con la firma electrónica del árbitro el sistema automáticamente transmite la planilla oficial y las estadísticas al sistema de la ACBB. p. Si el club cuenta con wi fi en la mesa de control los datos se actualizan on-line al finalizar el partido. Si el club no posee wi fi en el estadio los datos se transmitirán en el instante que la tablet detecte una red accesible y pueda transmitir, para esto debe estar encendida y conectada a la red. PENALIDADES: El incumplimiento del presente artículo será considerado como una falta gravísima

del planillero, siendo solidariamente responsable el club al cual pertenezca el mismo, por lo cual se le aplicará a cada uno de ellos una multa de un (1) AJC a cada uno. ARTÍCULO 43° - HABILITACIÓN DE JUGADORES

Ningún jugador podrá permanecer dentro del ámbito de la competencia si no cuenta con la credencial de juego otorgada por la FBPC; siendo de exclusiva responsabilidad tanto del jugador como del club al cual representa, que la credencial se encuentre habilitada para la competencia. ARTÍCULO 44° - TABLAS DE POSICIONES La Comisión de Campeonatos será responsable de las tablas de posiciones oficiales, siendo suministradas y publicadas por el Sistema Estadístico cuya vigencia opera a partir del año 2019. Las mismas se actualizarán vía internet por la transmisión de datos que se realizarán por los dispositivos electrónicos, afectados a tal fin y de propiedad de los clubes. Esta acción se cumplimenta una vez terminado el partido en disputa y de acuerdo a la calidad de conectividad disponible en el club que se jueguen los partidos. ARTÍCULO 45° - PREMIOS La ACBB tendrá a su cargo la provisión de los premios para los campeones de cada categoría y también para los campeones de las generales del torneo 2019. Dichos premios consistirán en una copa para cada equipo que se consagre campeón de acuerdo al siguiente detalle: a. Copa al equipo campeón de cada categoría b. Copa al club campeón de la general, divisiones “A”; “A1”; “B” y “B1”

ARTÍCULO 46° - DESERCIÓN DEL TORNEO

En el caso que un club realice una deserción voluntaria luego de iniciado el torneo y habiendo el mismo disputado algún juego, la Comisión de Campeonatos resolverá el descenso directo de la misma, siendo facultad del HCD aplicar una sanción de hasta cinco (5) AJC por cada partido pendiente de disputar. Si la deserción se produjera antes del inicio de la competencia, la Comisión de Campeonatos evaluará sobre una eventual sustitución por otro club. ARTÍCULO 47° - DESAFILIACIÓN Si iniciada la competencia un club fuera desafiliado por cualquier causa, los jugadores pertenecientes a los clubes rivales que hubieran resultado suspendidos producto de una acción de juego en alguno de los partidos disputados con la institución desafiliada, quedarán automáticamente habilitados para continuar actuando en sus clubes, dándose por cumplida la sanción impuesta por las autoridades competentes. ARTÍCULO 48° - OBLIGACIONES INSTITUCIONALES

Las entidades cuyo equipo no se presentaran a tres juegos consecutivos o cinco alternados organizados por la asociación, se harán pasibles de las sanciones previstas para estos casos en el Código de Penas y de las multas que ellos establezcan. ARTÍCULO 49º - CLUB INFORMADO POR ANOMALÍAS:

a) La Comisión de Campeonatos de acuerdo al informe por anomalías que presenten los árbitros designados para un juego, notificarán en carácter apercibimiento al club involucrado a fin de que

modifique o solucione el desperfecto notificado. b) Las notificaciones de apercibimiento o multa que envíe la Comisión de Campeonatos serán vía e-

mail a las direcciones de correos electrónicos que figuren en la Ficha de Inscripción que cada club presente en la ACBB antes del comienzo de la competencia.

c) En el caso de imposición de una multa económica, el club infractor deberá abonar la misma en la Secretaría de la ACBB, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de recibida la notificación.

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PENALIDADES: Cuando un club haga caso omiso a los apercibimiento para solucionar alguna

anomalía informada, de obrar un nuevo informe similar o igual al anterior, se le aplicará el club involucrado una multa de medio (1/2) AJC duplicándose la sanción en caso de reincidencia.

ARTÍCULO 50º - JUGADOR, ENTRENADOR O PERSONA DESCALIFICADA O INFORMADA:

a) Toda persona ya sea jugador; entrenador; simpatizante; dirigente; etc. descalificada o informada por los árbitros al H. Tribunal de Penas, podrá presentar descargo hasta las 17:00 horas del primer día hábil siguiente a la disputa del partido, quedando desde el momento de los hechos INHABILITADO para desempeñar su función y/o presenciar los eventos, hasta tanto el H. Tribunal

de Penas tome intervención y emita resolución. b) En casos de disturbios los clubes involucrados tendrán 48 hs posterior al partido para presentar el

descargo/informe al H. Tribunal de Penas. c) En caso que el H.T Penas de la ACBB aplique a un infractor una sanción económica, el club al

cual pertenezca el mismo es solidariamente responsable con las sanciones aplicadas, debiendo por lo tanto el club, abonar el monto impuesto dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de emitida la resolución, en la Secretaria de la ACBB.

d) En caso que el club no abonare alguna sanción económica impuesta por el H Tribunal de Penas, la Comisión de Campeonatos tendrá la facultad para no programar los partidos que el club infractor debiera disputar, con las consecuencias económicas que pudieran surgir por esta situación.

e) De persistir un club infractor, en negarse a abonar una sanción económica impuesta por el H Tribunal de Penas, la Comisión de Campeonatos de la ACBB podrá programar los partidos que el club infractor debiera disputar, los cuales se jugaran bajo la condición que el infractor no podrá sumar el punto de presentación en la tabla de posiciones. En instancias de play off, el juego podrá disputarse pero se dará por perdido el mismo al club infractor.

f) En casos de expulsión, descalificación o hecho grave, los árbitros deberán presentar el informe en la Secretaría de la ACBB dentro de las veinticuatro (24) horas de producidos los hechos a los fines de la intervención del Tribunal de Penas. El incumplimiento de este punto será considerado falta grave pudiendo aplicar el Tribunal de Penas las sanciones previstas.

ARTÍCULO 51º - ACTOS AGRAVIANTES A MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO

Será considerado como grave cualquier acto de improperio proveniente de cuerpos técnicos, dirigentes o jugadores, hacia cualquier miembro del Consejo Directivo en el lugar en que estos se encontraren, siendo la institución a la cual representan, solidariamente responsable con las sanciones que pudieran corresponderles por dichos actos. ARTÍCULO 52º - RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN – APELACIONES Las resoluciones dictadas por el Honorable Tribunal de Penas de la ACBB en relación a los informes elevados por autoridad competente, podrán ser “Reconsideradas” a solicitud de las partes

involucradas previo pago del arancel no reintegrable fijado por el Consejo Directivo a tal efecto. Si el Honorable Tribunal de Penas ratifica la resolución origen del pedido de reconsideración, recién entonces las partes involucradas podrán presentar el pedido de “Apelación” previo pago del arancel fijado oportunamente para esta instancia, el cual no será reintegrable en ningún caso. No se darán curso a las presentaciones que no cumplan con la vía administrativa y el pago fijado. Si el Consejo Directivo no hubiere fijado aranceles para alguno de los recursos previstos en el presente artículo, se tomara como válida la tabla de aranceles de la FBPC, la cual es aprobada por la asamblea general ordinaria anual.