reglamento de personal de la municipalidad de guatemala

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REG IAME NTO, D'E; PERS O NAI DE LA MUNICIPAL¡ OIO' oe GUA TEMALA ; , .,.:::: .: PALACIO NACIONAL .:.... ''. :: -quáiemolo; 28 de' iulio de'1978 ' - ..:,,r:ii.6É' . .i .,. , ' .,.\. .=] - FL PRE5ii,F'{TE qE LA REPUBI.ICA -_: ,i' 1 CO,N$lDERA;NDO:'"' , : Qué io,[4unicipolíditd,de'Gr:qtlmolo¡ sometió .o lo qroboción del OrgmiSmo Eieéúiivo su Reglcmeáto de Personó!, el que con inclusión de los enmiendqi y óodí íicociones ¡uleridcrs oportunomenÍé; {2robó el Hci - norobleConceio cln.feche I2'de"obr!l def oño en cu-13o/ : CO NSIDERANDO: Q ue es, cenvenien td y necesorto:grobordichoregláme n to, en benefício delos.enpleodos de lc Mmicipolidqdde.Guotemolo, ypo ro que fengo efeclo legol. POR TANTO: Con bose en los orliculos 2o y 3o del.Decreto lTSódel Congre - so y en uso de lo focultod que le confiete el inc' ':4o del orficulo l89.de lo Constitución de lo Repúblico, A C U'E'i D A Aprobor el siguiente: REGLAANENTO DE PERSONIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE GIIA¡EAAAIA' , ".'-'I'-i "i'ü, 1.. o "t, , i. ; : CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES: . ARTICULO 1".- PROPOSITOS3 Este raglcimenfo tienc ccóto propdcito deso- rrollor los normos que regulen los relocíones entre lo Municipolidod de Guo lemolo y sus servidórás,' lo compétencio de los cuforidodes encorgodoí de lo odminisióc;ón dé'persónol y loi procedimienios poio gúdrtizor lo eficien - cio de lo odminishqci6n municipoli ;:i¡¡S'r"¡+:=;i r¡i.r .: i r: r.-::,: : :::flj:

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NORMAS Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADO

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REG IAME NTO, D'E; PERS O NAI DE LA MUNICIPAL¡ OIO' oe GUA TEMALA; , .,.::::

.: PALACIO NACIONAL.:....

''. :: -quáiemolo; 28 de' iulio de'1978 '

- ..:,,r:ii.6É' . .i .,. , ' .,.\..=] - FL PRE5ii,F'{TE qE LA REPUBI.ICA-_: ,i' 1

CO,N$lDERA;NDO:'"'

, : Qué io,[4unicipolíditd,de'Gr:qtlmolo¡ sometió .o lo qrobocióndel OrgmiSmo Eieéúiivo su Reglcmeáto de Personó!, el que con inclusiónde los enmiendqi y óodí íicociones ¡uleridcrs oportunomenÍé; {2robó el Hci -norobleConceio cln.feche I2'de"obr!l def oño en cu-13o/

:

CO NSIDERANDO:

Q ue es, cenvenien td y necesorto:grobordichoregláme n

to, en benefício delos.enpleodos de lc Mmicipolidqdde.Guotemolo, yporo que fengo efeclo legol.

POR TANTO:

Con bose en los orliculos 2o y 3o del.Decreto lTSódel Congre -so y en uso de lo focultod que le confiete el inc' ':4o del orficulo l89.delo Constitución de lo Repúblico,

A C U'E'i D A

Aprobor el siguiente:

REGLAANENTO DE PERSONIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE GIIA¡EAAAIA'

, ".'-'I'-i "i'ü, 1.. o "t, , i. ;

:

CAPITULO UNICO

DISPOSICIONES GENERALES: .

ARTICULO 1".- PROPOSITOS3 Este raglcimenfo tienc ccóto propdcito deso-rrollor los normos que regulen los relocíones entre lo Municipolidod de Guolemolo y sus servidórás,' lo compétencio de los cuforidodes encorgodoí de loodminisióc;ón dé'persónol y loi procedimienios poio gúdrtizor lo eficien -cio de lo odminishqci6n municipoli

;:i¡¡S'r"¡+:=;i r¡i.r

.: i r: r.-::,: : :::flj:

ARTICULO 2".- BASE LEGAL: Esle reglomentq desorrollo los normos reloti-vos o los relociones de personol conienidos en el CddigoMunícipol de loLeyde Sawicio Municipol.

ARIICULO 2'.l.DFFINICIONES::Poro los efectosde lo cplicoci6n e inter-prel'oci6n del presente Reglornento, se ocepton los síguientes denominocio-nes: . j

o) El Sindicoto: El Sindicoto Centrol de Troboiodores Municipo -les o los Secéiones o Subsecciones del mismo.

: b) l-o Munícipolidod: Lo Municipolidodde lo ciudod de Guqtemqlo, o lus centros de hobojo toles como el Rostro de Gonodo Molyor cie lo tinco Lo lndustrio.en el deportomento de Escuinilo, loEmpreso Municípol oe Aguo.y cuolquier otro esfoblecimiento , o'

' ceniro de troboio que depende de lo Municipolidod de Guoiemotd.

c) Troboiodor o frobo[odores:Todo troboiodor que lobore en formoremunerodo con lo Municípolidod de Guqfemoloo en cuolquierode los instituciones, esfoblecimientos o cenfros de troboio o quese refiere el Íiterol onterior.

.l¡i"r?J 'ORGANIZACION

ORGANOS DIRECTORES: :

ARTIC ULO 3o:- DIRECCION EJECUIIVA: ElAlcolde es lom&ímo cu-toridod odministrqfivo poro lo frlicocián de los normos del presente Reglolmento, con los solvedodes señolodos en el inciso e¡ Arfículo 7O y en el Ar-ticufo 83 del Código Municipol , Código Civil, Decrelo Ley- l0ó, Arfo.369 y 373.

ARTICÚLO 4".- ORGANOS SUPERIORES: Los drgonos superiores re?onsobles de cumplir y hocer que se cumplo el presenie Reglomenfo son;

o) El Alcoldeb).El Jefe del Deportomenio de Personolc) Los Directoresd) Los Jefes de los Deporfomentos

Los.outoridodes de los dependencios municipoles esf6n obligo -dcs o..cumpli[ y- [ocer que se cumplon los normosde esie Reglomento yiodosaguellos disposiiiones que pqro io me[or cpf icoción del mismo se dicfen.

. ':.;."" t ,: -' TCAPITULO 11.,,

':: DEL ALCALDE. COMO.AUTORID.AD NOMINADORA:

ARTICULO 5e;- DEBERES Y ATRIBUCIONES: Ademós de los consignodos --en el Código Municipol y to Ley de Servicio'Municipoi se esfobleien lossiguientes: ,.: . .. . -.' ..::

¡ o. - Cumplir y hocer que se cumplo el presenie Reglcrnento.20, - Correryonde ol A.lcolde como outoridodnbminodoro lofacul

fod de,nombror,y deryedir o los servidores municipoles, d?conformidod con e[ Código Municipol y lo Ley de Servicio

. Municipol.3",- Requerir del Deportomenfo de Personol de lo Municipolidod

ls nómino de condidotos.elegibles,poro Ilenorcuolquier voconie que se produzco en el servicio por oposici6n dentro-del cuol debe seleccionor o los servidores.

' 4o "- Requerir del Deportomento de Personol lo nómino de condidofos efegibles, pcrrq Ilenor cuolquier voco¡rte gue se profduzco en el servicio exenfopor nombromiento y del servi -clo srn oPoslcton.

5""- Emifir nornbromientos e¡pecioles provisionolesy de emergencio c cuolquier personol gue llene los requisitos mlnimos e!foblecidos pcro el puesto en el servicio por oposici6n cuqn-cio, lo Oficino de.Personol de los Municipolídodes no puedon cerfificor lo nómino de elegibles por¡nex¡stencioo insificienciq de condidotos en el regisiro.

CAPITULO III

. DEPARTAAAE¡JTC DE PERSONAL

ARTICULO ó", - OP.GANIZACION Y FUNCION,AMÍ ENTO:TOdO IO rEIO-cionodo con fo orgonizoción y Funcionomienlo del Deporfomento de Pers onol se horó de conformidod con fo que disponeel Código Municipol, Lo L{de Servicio Municípol f el presente reglomento. Dicho Deporromenio depeirderó directcrnenie de !o Alcoldío Munícipol.

A.RTICULO 7.". - DEBERES Y ATRIBIJCIONES DEL JEFE: ElJefedirise lo ociividod técnico y odrhinistrotivo del deporlomenlo yfiene losolribucionessfg u ien fes:

,t o" - Velcr por l.c correcto cplicoción del presente Reglomento.

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'.;.

oidenoi los díligencios necescrios, o sorici+úddel interesodo conmo.iivo de fos írnpugnociones gue se produzcon por lo cplico"i¿n ,del presente reglomenio y proponer á ro ¡rcor¿i'¡ tor.Jrolr"io--nes Cqncrefos que creo proCedenleS.Elevor con su opinión o lo Alcoldío los proyectos de diposicio -' nes gue en ¡noterio de odminishoción de personol deb'en'emírirse-solicitsr los informes periódicos y extroordinorios que esiimen nesesorios o los Direcciones y demós dependencios municipoles, osFcomo evocuor los consulfos gue se le formulen tobre lo.pli.ociónde esle Regf omento. ,

, Proponer los cosos'de. despido de ocuerdo con lo prescrifo en losortículos de ésle Reglomenfo y los leyes repectivos.E-loboro¡ los proyecfos^de dígosicion"s lugolu. gu. ,"-tn"".,o -rios poro lo correclo frlicoción de esfe Reglomento.Preporor poro lo Alcoldio los plones de closificqciónde iodos lospuesfos, comprendidos en el servicio por oposición, y sin oposi_ción; osi como osignor o reosignor cuolquier puesfo á oro closedenlro de lo clositicoci6n de conformidod con lo estobrecido enel Reglomento.

Eloboror, revisor y someter o lo consideroción del Alcolde el. P Ion.de solorios poro los er¡pleodos y funcionorios comprendidosen el serviciopor.oposición y-sin oposición formurcndo lo,

"rco-los correspondienfes.Orgonizor,, éonvocor, dirígir y eiecutor los pruebos de ingresoyoscensos.en el servicio por oposicíón.cerfificor ol Alcolde los nóminos de condidofos eregibfes poroocupor puestos en el servicío por oposicíón cuondo lo oficino d;Personof de los Municipolidodes envíe dicho nómino.Proponer o lo Alcoldio lo remoción de los servidores municipo _les, cuyos nombromienfos fueron emitidos como resurfodos dL e-rror o froude.

Diciominor sobre lo procedencio o improcedencio de los permu_fos o troslodos soliciiodosNotificor o los servidores municípoles ros ocuerdosdedesfifución./por los efecios consiguienfes.coloboror con lo Escuelo de copocitoción de Administroci6n Municipol en los progromos de Ccpocifoción de personol .Eloboror y eiecutor el Plcr de vocociones onuores de los funcio-noríos y emp[eodos municipoles.Exigír o fos fefes dé los deportomentos, informes mensuoles sobrelo evoluoción procticodo o los funcionorios y empreodos q su corgo"

:. .).:...,.-Prcponer o lo AlcoldÍo po.r intermedib der Deportomento de ps¡,;,s31ol, l_o seporoción de: lás empleodos que sl encuentren d"nl.odel periodo de pruebc cuondg

;¡.9omeruábe ineptitud, A"";¡ii.-mienlo de deberes'ci qúe sus:hób¡fos y conductó no iustifique iocontinuoción'en:el servicio y:en gán"rol por

"uolqri., ot o rno-tivo.gue:seesfímerpertin¿¡1g. :,,.,,., r. . ..,,.:,:,1 -.

Aplicor los'di'pósiciones y resoruciones der Deportomenio depéisonol en cumplimiento dé lo qlicoción de fo, iirp"ri"i"r"r¿""4stereglomento.. ..-..-Solicifor en'fórmo-iozónodo outorizoción del Deportomentd .

dei r:; ..

Person,rl por'o osignór o reosignor un puesto o ofroclose e¡ iu6l-::,..guiero de l_os dependencios suietos o su competencio.Prgqonel ol lgfe del Deportomenfo de personolelesfoblecimien:

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ló".-

!o,{e-puesibl nuevos en el servicio por oposición.Solicitor ol Deporfomenfo de personll loinfrodt,cciónde combij. :

ccimbióssusloncioies peimo¡entes.e_l;los iJeberes, outoridJ y r#;Jbit .

lidod de los yo exisiinteó.'Evacuor los consultos que Formule el Deporfomento de personqf enreloción con el Plon y escolo de soforíos.poro los funcionorios y

",t?j"9i"t c1e¡e.ndrdo11 los servicios po, opori"it,r y ,i" ¡sición '(fronsitorio) '. : ' - oPo

7"'' lnformor ol tlefe det Depcrtomenfo de personor rq conducto , ren .

- dimiento y demós dotos relocionodos con el.empleodos e" p;;i,;do proboforio:.uv Pteoqrorto. :

8". - Proponer los oscensos, permutos o frosrodos de.ros servídores.mu.:nicipoles en su repeclivo dependencio. Evtikor o fodos lo, ,.1vidores munícipoles. boio su subordi¡ioción _de. conformidod', c;;lqs normos vigentesi

: : ...!.,.:: c.A: p_l,,,T,lf-;l ,Q y:: .,: ,.;, ;

DE LA JUNTA MIXIA MUNICIPAL. -:: ,:. ... ; , ,;..., ,, .-:-: ,

ARTICULO 10.- OBJETO: Se creor[o Junro Mixro Municipol, que riene

ry

por obiéio montener comprensión yormon¡'o enfre lo Municipolidod y sus troiboiodores previniendo conflicios colectivos que pudieron susciforse o

"onlciliondo los yc producidos. En el coso de los conflictos individuoles, unicomente se conocer6n en lo Junto Mixto oquelles en que se hubiere infringi :do el procedimiento poro imponer sonciones disci¡ílinorioso despidos de con ,

tormidod con lo prescr¡fo en'fo Consfifución de [o Repúblicoylo Ley de Seivicio Municipol. ,-

ARTTCULO ll.- INTEGRACION: Lo Junto Mixlo se integro con cuotro

miembros, dos represenfontes de lcr-Municipolidod y dos representonles de I

Sindicoto. .Los representonfes de-lo Municipolidod serán: El Jefe del Deporiomento de Personol y un Delegodo-del Alcolde Municipol. Lcs'represenloñtes de los servidores municipoles ser6n:' El Secretorio Generol yel Secrefolrio de Conflicios del Sindicoto. Poro codo uno de los tituloressedesigno -rán los suplenies respeciivos. Cuondo seestimore pertinente, cuolquierode '

los delegociones podró hocerse ocomp_oñor de osesores poro eI coso de que

en lo, reunión respecfivo se lroten osunlos de cor6cter lécníco. Tombiénpodrá concurrir un delegodo mo's por codo uno de los pories, cuondo en loreunión se troten osunios relocionodos con uno determinodo Dirección, De-

portomenlo o Sección.

ARtrCLrr-O 12.- REUNIONES: Lo Junto Mixtocelebrorósus sesionesenel Deporromento de Personol o en ofro locol odecuodo poro el efecto, porlo menos uno vez ql mes, sin emborgo, podr6ieunirse losvece¡que esfim enecesorios según lo grovedod o Io perentciriedod del coso.

ARTICULO 13.- AGENDA: En los ieunionis se trotor6n todos tos qsun-

tos incluidos en lo ogendo oprobodo. Poro fol propósitoel DeportornentodePersonol cursorá fo propuesto de ogendo repectivo con unoonfícipocióndepor lo menos 48 horss o lo fecho de lo reunión, no obstonte lo onterior, om

bos portes podr6n scordor gue se reseryen el derecho de conoce¡ cuolquieiosunto hosto lo próximo reunión, o bien lrolorlo de uno vezrsiel coso frÉ '

re de indiscuiible urgencio.

;\RIICULO 14, - ARREGLO CONICILIATORIO: Lo Junto Mixto rrotor6-por todos tos medios de llegor o un orreglo concil¡olor¡o sobre el coso hofoio, p"ro si ello no fuera posible, los servidores ofecfados podrón eiercer :onfe lo outoridod competente, sus derechos repectivos.

ARTICULO 15.- RESOLUCIONES: Los resoluciones de lo Junfo MixtoMunicipol , ser6n sonc¡onodos por lo Alcqldio.

A'RIICULO ló. - ACT,AS: De todo reunión de lo Ju::to Mixlo lvlu¡i6ip6l,se levonforó el oclo que deberó coniener cu.drdo menos los siguientes i,ecuisitos:

o) lugor y fecho de'reuníónb) Nornbres y ccrgos de los presentesc) Aproboción y firmo del ocfo onteriorcj) Aproboción de lo ogendoe) Reloción de los osunios tiotodos o lo resuelfotl Horo de cierre de lo reunión.

T I T U L O III

CAPITULO UNICO.

C LA.5i !!CACi OI..J DE PUESTOS:

¿.1:TICtJLO 1 7. - PLAN DE CLASiFICACION: El Deporfomenro de perso-noi :e:-á ei resconsoble de coloboror con lo oticino de Personol de los Muni;:ipoiic:r';s, p.ro los efecfos cje lo eloboroción del PJon de closificoción dái'tLpr:to:, pors icl propósito deberé:

n) E.rq6u.r los consultos,que sobre esfe osunto se le formulen olA.lcclde Municipol;

b) Observor el debido cumplimienfo dei plon;c) Proooner los modificociones que mós convengon poro lo eiecu

ción,:!el ¡.'llon;d) Proponer lo revisión periódico de todos los puestos;e) Propor,er lo osignoción de los puesloscsuscorrespondieniesclo

ses /r0 Opinor en lo reosignoción que dipongoef Deportomenfode per

sonol cie los Municipoiidodes, poro que el AlcoldeAbsuelvo i-o

or.¡iiencic

.\RTICULO 18. -- PROHIBICIOI'{ES: hl lJeportomenlo de rersonol obseryoroque ninguno per5ono pue,Jo ser nornbrodo poro un puesfo en el servicio por o

oosición, boio un tliuio que no hoyo sid,: cprobodo por [o Oficino de PersJnol de Ios lvlunicipolidcdes, y ocepf6cio en el Plon de Clcsificoción.

ARIICULO 19. - NUEVOS PUESTOS: ElDeporfomenlodePersonol veloróporque ontes de estoblecerse un nuevo puesto deniro del servicio por oposi -cí6n, o de intrcducirse cqmbios substoncioles permonentes, outoridod o res-ponsobilidcd cje un puesio, el A.lcolde lo notifique ol Direcior de io Oficin o

de Personol de los Municipolidodes poro los efecfos de diponer {o osignocióno re¡signoción Ce puestos cfeclos o los closes corre+cndientes.

¡RTIC ULO 20.- DERECHO DE REVISION: Los servidores municipoleso_fectodos por cuolguier osignoción o reosignoción de un puesto, lienen derecho o solicitor lo revisión de ios mismos. Poro toi efecto presentorón ru rolT

citud ol Deportomenlo de Personol de lo Municipolidoden donde uno t"ique se tome noio, se eievoró o mós lordor dent¡odel iercer dío o lo Oficinode Personol de los Municipolidodes pcro los efecios consiguienies. Lo Asig-noción o reosignoción que se dispongo no ofecton losderechosodquiridospcrlos servidores municipoles en el servicio por oposición.

ARTICULO 21.- PLAI'l MUNICIPAL DE GIJAIE¡^ALA: Afinde que o lc mg

yor brevedod posible enlre en vigencio =l Plon de Closificqción o que t" ráf iere el Arficulo 2ó de lo Ley de Servicio t/unicipol, ei Deporiomeniode Pe-r

sonol deberó eloboror el Ployeclo respectivo porosuoprcboción por pcrle de

io Oficinc de Personol de los Municipolidodes.

TIIULO IV.

R EC L U TAM I E NT O, NCMBRA¡¡IENTO.

M.CVI MlI NTO, EVALUAC lO f\¡

Y CAPACITACION

CAPITULO I

INGREsO AL SERVICIO POR OPOSICION

ARIICULO 22: CONDICIONES: Ademós ce los requisitos que esioblece eloriículo 35 de lo Ley de Servicio Municipol, poroingresor ol serviciopor o-posición se requiere: ser selecc'Lonodo y nombrodoporel-Alcolde de lo nómi-no de condldoios certi ficodo por lq oficino de Personolde los Municipolido-des, y en su coso/ por el Deporiomento de Personol de lo Municipolidod.

CAPITULO II

EXAME NES:

ARTICULO 23. - AUTORIDAD: Corresponde o lo Oficinq de Personol de

los Municipolidodes lo orgonizoción, convocotorio, dirección y eiecuciónde los pruebos de ingreso y oscenso. Sin emborgo, el DeporiomeniodePer -sonol de lo Municipolidod de Guolemolo deberó reolizor todos oquellos oc -lividodes complemenforios que contribuyon olmoyor éxito de lo elección.

CAPiIULO III

NOMBRAMIEI.JTOS:

ATIIICULO 24. - CONIRATOST En generói lo: nombrcrnientos yo seon de-¡,iesu¡;ueslo o ¡,ionillc, de'ben enfenderse por fiempoindefinido. Los control'cs o i-lozo ii io, o poro obro determinodo tendró el corócterdeexcepción /:.ólo pod'é celebrorse cuondo osí lo exiio lo noturolezo qccidentol del servi;ic c':e !e i'c.c y-resicr, o lo obro que se vo c eiecuior. Los troboIodoresquá,,eon contlotodos pol períodos de tiernpo delerminqdos, pero que loboren enocl'ividocles de noturoiezo permonente o continupy que tengon, por [o me -nos <.lieciocho meses de servicio ininierrumpidos serón considerodos ioboronies oor tiempo indefiniCo, no pudiendo suprimirse lo plozo que desempeñá:in cou:cr jusliFicoda.

CAPITI-'LO IV

PTqiODC DE PRUEBA.-

AR iICULO 25. - OBJETO: lodo persono nombrodoen unpuestodentro del-;ervicio por opos¡ción, deberó somelerse o un peri'oqo de pruebo de seis me

ses:i se iralo de un,ruevo ingreso y de fres meses, en cosode oscenso en;ldesempeño del p,,esto de que se frofe, fl pro¡iosito es determinor lo hobili-doci tJel misno poro el desempeño de los deberes y olribuciones Cel PUe5to'o iuicio del Director correpondienle. Cuondo se hoyo terminodo sotisfocloricrnenie el período de pruebo, el servidcr municiPol seró consíderodo etlp leodo regulor e inscribirse en el Registro resPectivo. Lq decloroción, deiempleodc regulor debe hocerlo el iefe del DeportcmcntodePersoncl en vrs-

io de lcs informes que le presenie el Director coriespondienre.

ARIICULO 2ó.- REINGRESO: El servidor que reíngrese ol servicio no es -foró srrleio o ningún treriodo de pruebo, siempre que el corgo gue vüyo a ocupcr seo el nismc, c sir,-,ii,:r- oi que hovo desempeñod<¡ onteriormenf*y ,¡r,.io cesación de íunc¡cries no 5eo por moiivc imputoble ol ¡iti:mo,

A,XTICULO 27.- EVA.LUACION DEL PERIOIJ(-, UE TKUEbA: TOTO IOS ETEü-

tcs de lu evqlsoción.del pariodo de pnebc', de lo seccrcíjiórro que:e refie¡-e el ortículo onferier, ,'l J.f" dei DepcricmeniodePerscnci deberóe5l¡ti,:laer ,Jn 5i5teino poro evciuot.l 5sr'.'idor. Quedo c:,:!'¡c el cie¡ech: cei.'-"'tCor Je ser iesli tuíclo o su c.jrgo !ir'llericr ,i fuere seporodo Ce! nuevo pucsi'-'¡r,

ei período de prr:ebc Por r,J¿cnes que ro co;rstiiuyen foito c in¿r;ii ir':j'

4

CAP I TULO V

ASCE N5O S, PROMOC IONES

. TRASLADOS Y PERMUT,AS

ARIICULO 28. - ASCENSOS TEMPORALES: Los oscensostemporoles proce-den en los cosos de ousencio del titulor m6s de sesentq dios siempre que elservidor oscendido llene los requisitos estoblecidos poro ei puesto. El empfeodo devengoró el solorio que tiene lo plozo osignodo gue ccupo iemporol :men ie.

ARTICULO 29. - NULIDAD: Es nulo iodo oscenso o promociónquese hogo sinllenor los formolidodes legoles y reglomentoríos.

CAPITULO VIEVALUACION DE PERSONAL

ARTTCULO 30.- PERIODOS DE EVALUACION: Hobr6 dos peri<dos de evoluoción, uno cqdo oño poro determinorsi elservidordebe ser oscendido, prdmovido o odiestrodo y otro ol finslizor el período de pruebo.

ARTICULO 31. - COMPETENCIA: Corresponde ol Deportomento de Closifi-coción emiiir el dictomen correpondienfe, en codo coso y recomendor olAlcolde fo que seo pertinente. El Afcoloe decideen tres siluociones: de ocueido con el diclomen, coniro lo opinión expresodo en el mismo;oresuelvequEel dictomen es ocepiobfe €n porte o que se modifíque porciolmente.

ARTICULO 32. - MEDIOS DE EVALUACION: Poro lo evoluoción del perso-nol municipol se uii lizorón los siguienfes rnéfodos. Sisfemo de rongo (Ron -king) Sisfemo de Closificoción (grodo o colegoríospredeferminodos, Sisiem ode Comporoción de foctores, y sístemo de puntos).

ARÍICULO 33.- PUNTOS DE PREFERENCIA: Los servidores evoluodos pue-den gozor de los siguientes punfos de preferencio:

I . - Se ogregcró un punto de preferencio, por codo corgo fomi -lior de conformidod con lo decloroción del lmpuesto sobre loRen io.

2. - Los ex-servidores municipoles cuyo reloción loborol hoyo ierminodo por cousos no otribuibles ol servidor, tendr6n dere lcho o que se ogregue o su fovor un punto de preferencio porcodo oño de servicio prestodo.

ART¡CULO 34.- NOIIFICACIONES: El Jefe del DeportomenlodeClosifi-coción noiificoró o los servidores el resulfodo de su evoluoción, y lo situo-ción que les.corresponde dentro del Plon de Closificoción de Puesfos y Escgla Soloriol

ARTICULO 35.- APELACION: Los resoluciones sobre evoluociónde pe¡so-nol :on c¡relobles en formo escrilo por: el servidor, dentro de los tres dios si

guientes o lo fecho de lo noiificoción, cuondo se hubiere comefido "rror /iiene por obleto peimiiir hocer lo reconsideroción íormol de lo évoluoción.

ARTICULO 3ó, - PROCEDIMIENTO: Lo opeloción dede presentorlo ei servídor p,;v e scrito onie el Deportcnento de Closificoción, quien revisoró toddlo ,;ctuo<to, emilir'3 Jiciomen y con {os ontecedentes eievor6 el expedienteü i,r (.lrficinq ie Pe¡soncr{ de los llunicipof idodes poro sú resolución defini-fivc. 5iC,-- i,r revisión resuliore rnonifiesio el erro¡ comelido, el Deporfo-n'rentc rrr. Closiiicoción horó sin mós irómile lo reevoluoción correspondienie,

A(IlCut ! JZ. - EJECUTORIA: Si vencido el lérmino de ires dios hóbiles'Je lo noiiii.:cción, el servidor no presenfo recurso de cpeloción, se consi -ie¡c¡,-:.:ie:,rirridodo la evoluocíón y suriiró sus efectos desde ese momen -:r'. Er, ei cosc qr..re se hoyo interpuesfo opelación, lo eiecutorio surtirá sus

¿iec'os ine',e,jicfcmenie después de ¡ctificodo por el Deportomenio deClo:ir,cacián , it re:oiuci6n de la Ofícina de Personol de los Municipolido.leic.:;niiirncnrlo, r:.,occndo o modificondo lo evcluoción.

CAPITULO VIICA.PACITACION

ARTICt-JLO 38.- COMPEIENCIAT Poro logror lo meior eficiencio en elrJesempeñc cie f cs íobores que reolizon los servidores municipoles, lo Escueic de C.;pocii,.:cián ie Ai¡ninistroción Municipol, elobororó los progroml¡'ci:cicró cur..: ,'cur:iilcs de odiestromienfo, copociioción iécnico, segu-.rida,J, relccion¿: hi;rncncs y ctros que contribuyon o su perfeccionomiento.

AíiTlCUl-C ;'. - CL¡SES D[ CAPACTTACION: 5e esroblece locopocilocióniorl .i.ei.!i.ic ¡ f'.tero de é1. Poro recibírelprimero/ el servidor municipoluiiiizc,-ó 2..:¡iz Je:'..¡s hcros lobcroles y desconso; poro el segundo, según elCCS7¿ t !4 ccnceoeré cl cspironte becos de capocitcción

ARTiCULO 4d"- C?aiCi'll Los csoircntes o ocupor puestos en lo Adminis-!';-oci,i¡ i'i..;nici;,,"i, .ir. rto obtuviercn suficienie co!ificoción pcro integrorlci;-ió;'¡i:-rc r:e el.eti:-i.-:, :,..leden cpror por recibir un curso de copocifociónpr:¡¿ r-iqt¿1.2.oi.¡r el pr;e:fo de que sa ircfe,

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ARTICULO 41.- REUNIONES DE IRABAJO: Todo iefe de Sección, Deportomento o Dirección, deberó reolizor reuniónes periodicos con sus subolternos poro meioror lo mqrcho del hoboio en su unidod

TITULO VD E R E c H o s' o B L I G Ac I o N E

?¡'^1,üi1'f^B V ii,1?l,iáot' t "

D E sc A N

CAPITULO I

SECCION l: DERECHOS.-

ARTICULO 42. - DERECHOS: Ademós de los previstos en lo Consiituciónde lo Repúblico, el Código Municipol, lo Ley de Servicio Municipol, -los servidores municipoles gozon de los siguientes derechos:

lo. - Anuolmente el deporfomento de Personol formulor6 duronie losires primeros semonos del mes de enero, el cuodro de vococionesde los servidores por codo cenfro de iroboio, debiéndose colocqr

. en lugores visibles. Esie cuodro deber6 formulor¡e conboseosusregistros y de ocuerdo con losregectivosDirectoresofin de que

los servicios no se interumpon. En cosos extroordinorios, los v ccociones podrón pof onerse cucndo hcryo urgencio de lo p"mo :nencio del servidor en el puesio y no se puedo sustiiuír.

2o .- A disfrutor de licencio remunerodo en los siguienies cosos:

l) Pcro hocer estudios en lo Universidod hosto dos horos diorios;2) Poro reolizor los prácf icos de lcrs distinfos coireros universitorios,

el tiempo que fiie lo Universidod respeciivg;Poro gozor de becos en el exierior, de conformidod con los términos del confroto que se suscribo con lo Municipolidod.Poro recibir cursos de odiestromiento fuero de su lugor de iroboiosegún los términos y condiciones del curso, y suiefoo los disposiciones especioles que poro el efeclo se emiton;Poro qsistir o eventos de corócter sindicol según los términosy condiciones del evento;Por duelo con ocosión de lo muerte del cónyuge, podres, hiios yhermonos del servidor hosfo tres dios;Por coniroer motrimonio, l0 dios;Poro osisiir o diligencias iudicioles en los cuolesdebocomporecerpersonolmenie/ por el tiempo que dure lo mismo, lo cuol deber6ocreditorse en formo fehociente onfe el iefe repectivo;Por cumpleoños del servidor, un di'o;

In ccso de enfermedcd grc.,re..de los porienfes enumerodos en ,el-iincisc 5) hasro pcr dcs ci'o:, clicho enfermedod y

"i ;;;;;.";""t,¡'eniezco deben comproborse fehqcieniemente.Por nocimienfo de un hiio, un dio; 3En los ccsos de enfermejod, occijente, desconsos pre ypost no-tol, se esioró o los dispcsicione¡ der nigir.n de seguridod Socior.Poro ofender ósunios de indore porticuro"r,

"r int"r"ilo-d.b*;';"cei zu:oliciiud por escrilo o en formulqrio proporcionodo po, to-f^r"n.icipqlid6d. lo que exienderá .opio ,uf ioao

"l ¡"i"r.*¿J .iflgírrcio:e o resolverlo o lo mc.lor brevedod posib[e. E" ;;;;.'";;ger,cia el sof iciianie podró ouseniorse de su troboio ,i" i"b..;;;ibi..lo I o ouiorizocíón correspond ien fe, co¡np¡oUa'ior. porLJorriJn

l"^ l:_""".r:.,t,"od del morivo" En esios.oroi iorp".risosserónsin gofce oe sueldo"

En condiciones normores, Io.Municipolídod hqró con onficipociónssber o los irobqiodor?: que lobororán por *ó, auag¡ Loro, IJn-.1'ceso de su iornodo ordinoric.En coso foriuiio c de tuerzo moyoÍ, los servidores no estón obli_gacios o pedir tormolmente permiso poro foltor o,,U! lobo*s, pe-ro si dorón oviso a lo mcyor brevedod posible de locousogue'lesimposibif iio cumplir con sus obligociones. En todo, incluyendolos cosos forfuiios o de fuerzo moyor, lo inosisiencio deberó iusii.ficcrse por el seividor y .o,nprotorse por lo Municipoli;ol,

";el momento de reonudor rus f otor"s. Los iermisos que se "on""-d"n l: interrupen lo continuidod del iroboio , y poir lo fonto el

servid.': .6nservo plenomenfe los derechcs estoliecidos en Leyesy Reglomenios derivodos de lo ontigüedod del ,"rvi.io.A recibir indemnizocíónr por supresión def puesfo o remoción iniustificcdo equi'rolente o un mes de soláríopor codo oño de serlvicio: ¡onfÍnuos; si los servicios no ol"onzoron o un oño, o lo porie proporcionol ol tiempo iroboiodo. Su importe se debe colcrllor.contorrne el promedio de los sueldos devengodos duronte losulfrmo:-seis meses o portir de lo fecho de supresi6n del puesto oremoción iniustificodo. Esie derecho en niniún cosoexcederódequince

.sueldos. El pogo de lo indemnizoción se podró hocer enmensuolidodes sucesi.zos y hosfo completor lo confid.od gue co -rrespon do.Quedon excluidos de este derecho los servidores municipolesquepuedon ocogerse o pensión o !ubiloción, pero gozorón j" lo

"x_presodo indemnizoción hosio que se emito el ocuerdo reryectivode pensión o iubilocíón correspondiente. Los enfidodes encor -godos de eslos frómites quedor en ro obrigoción de resorverros -en un iérzlino m&imo de cuafro meses.A que en coso de muerie del servidor municípol, el fomilior gue

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hoyo efecfuodo los gostos funeroles tengon derecho o recibir u-no sumo equivolente o dos meses de sueldo gue devengobo oquelen todo coso esto prestqción no excederd de trescienios guetzo-les (Q300.00) y no seró desconlodo de cuolquier otro prestocióneconómico esioblecido y seró rieno o lo que ol repecio ofor-gue el lnsiitulo Guotemolfeco de Seguridod Sociol (lgst" Poroeste efeclo los compoñeros de hogorserón considerodos como fcmiliores. Ademós sus hiios menores de edod y con impedimento-fisico, su cónyuge y los podres cuondo dependon de é1, tendránderecho o recibir enfolol uno surno eguivolente o un mes de suel-do por codo oño de servicio coniinúo o discontinuo. Este derechoen ningún coso podró exceder de guince meses y se podró pogor -por mensuolidodes. 5i los servicíos no olconzon o cubrir un oño-se iendró derecho por lo porte proporcionol ol iiempo de troboio'

En coso de follecimíento de lo esPoso o conviviente, hiios, po -dres que dependon económicomenfe del iroboicdor municipá1, é:fe tendró derecho o uno presi'oción equivolenie o cien quelzolesexoctos (A 100.00).A recibir un subsidio fomilisr cuondo los condiciones fihcncie -ros, de lo lvlunicipol idod lo permiion.A ser"promovido o pueslo de moyor jerorquio, previo comprobo-ción de eficiencios y mérito de contormidod con los normos de loLey de Servicio Municipcl y de esie Reglomento.Derecho de desconso for¿oso de ireinto dÍos onfes del porfo y

cuorento y cinco dios después con goce de solorio de conformi-dod con lo que esfoblecen los disposiciones legoles sobre seguri

dod sociol.A gue en cosos de que los servicios se tengon que reolizor fue-ro del cenfro de iroboio, y siempre gue los rnismos no puedonserefecluodos por un solo servidor; o se imposibilite reqlizorlos sin

ouxilio, el servidor responsoble deberó ser ocompoñodopor unoo vorios oyudontes poro el meior desempeño de sus funciones.A ser destinodos prefereniemenfe o coloboror en lo reporoción -o monienimiento de los máquinos, vehiculos, eguipos o edificiocuondo ocurrieren desperfectos o que por cuolquier otro couso -no seo posible reolizor sus lobores hobi tuolcsy siempre que tengon los copocidodes necessrios o bien de ser destinodos o los :presicciones de otros servicios similores en noturolezo y cotegorío ol corgo que ocupen. Se entiende que en ombos cosos es siimenguo de su sclorio"A los servidores que cumplen 20 oños de servicio o porfir de lovigencio de esie Reglomento, se les pogue por unb solo vez,el equivoiente ol último mes de solorio ordinorio, dicho pogose

hor6 en el periodomós próximo o lo fecho en queodquiero elderecho.

ll" Lo Municipolidod reconoceró o codo lector en lo c4itol o o

cuolquier froboiodor en funciones similores o ésfo, unocuoto men

suol que oscile enfre Q4.40 y Q8.00 por posoie de outobúsi si-se incrementoro en cuolquier formo e'l volor del posoie en oufobuses urbonos, lo sumo onteriormente dicho, oumenfdrá en iguolpr!porción" Esto osignoción tiene que ser outorizoda por lo Alcoldñprevio dictomen de lo Dírección de Servicios Administrotivos.

sEcctcN ilDEL SINDICAIO.

ARTICULO 43.- TRATO IGUAL: Lo Municípolidad doró troto iguolitorio o

sus troboiodores sindicoli¿odos y no sindicolizodos, sin hocer discrirninociones enlre unos y otros, otendiendo únícomente o lo que Preceftúon los le]yes y reglomentos.

ARIICULO 44.- LIBRE SINDICALIZACION: Lo Municipolidod respeto elderecho de libre síndicolizoción y el eIercicio de los derechos sindicoles;no eiecuioró represolios contro un servidor por 5u octividod sindicol-

ARTICULO 45: OTRAS ASOCIACIONES: Lo Municipolidod no estó obligodo o discufir pliegos de peticiones de corócter econ6mico y sociol o cuol Iguier oiro plonteomienlo loborol con otros osociociones queno seo elSindícoto.

ARTICULO 4ó.- REPRESENTANTES DEL 5f NDICATO: Los lesirlmos rePre

senfontes del 5indicoio son los Direciivos del Comíté E[ecufivo.

ARTICULO 47.- LICENCIAS Y TIEMPO DE TRABAJO DE LOs DIRECTI --VOS SINDICAIE5; El tipo de troboio y los licencios de

los Directivos Sindicoles se regulon osÍ

I o. - El Secretorio Generol, el Secretqrio de Conflicfos, el Secreto -rio de Propogondo y Orgonizoción y el Secreio¡io del Exleriordel5índicoio desempeñorón sus lobores en los puntos de sus Puestosporo los cuqles hon sido nombrqdos dentro de un hororio reducidoo medio iiempo. El otro medio tienpo deberón dedicorlo ol de

sempeño de sus lobores sindicoles. Quedo estoblecido que "n

cisos de ousencio por enfermedod, vocociones u otros motivos, loique los sustifuyen en cuolquiero de lo¡ puntos gozorón del mismo

stofus loborol gue el oplicoble ol tiiulor del puesto.Los demós míembros del Comité Eiecutivo del Sindicoto, dispon-

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drón de veinfi:eis horqs en coniuniolurc¡te un mes colencicric ': lcs cueies serón 'jistr-ibuidqs

por ouiorizoción escriia cieI Secretq

rio G=nerci, según les necesidodes de codo sec-¡etoríodel corniiS

Eiecutivo'Zo.- El Secretario General y el Secretorio Je Conflicios del Sindlcc-

to, qr".l* iocultcdospcrc concurrir o cualquier depcriomentc o

Sección.ieloMunicipolidcd,coneifindeconocerlcsconflictosoproblemos de iroboio quu "futtu't

á s'",s <:fi licdos y no podrón obslcrculizar el eie¡

qisio cle'sus funciones "tp""itlto=' poro tcl'gs efectos ' los Direciivcs SinCi

coles ,jeberón informor pre"iomenta o su Jefe inmedicto sobre lc; circunsfan

cics qua los obligcn o sePcrorse de sus puesio:' c fin Ce que esle icme los -

mecjicios reqr,eri.ics ot no,-oi desen.¡oiviirrienio deI iroboio, osí como de in-

íormai cl "orre'pc"di-nit ¡=tt dei 'Jepartomeñto

c sección'' donde hubieie -

,"ln'J" "' *;;i'""" 'ob'" "l n'r¡fivo de :u presencic ccn el iugar"

3'.TresmiembrosceiCcmiiédeFesteiosdeAniversoriodelSindicoto,gozorón de un diq de peimiso onies 7 uno despuás de lo. iiesic Jy" '" celeb/o

ce,1c cño, pcro ousenro¡se de sus itborus' e:ios pei'r:iisc: se¡'ón.cch gcce de

ARTiCULO 48.- FUERO 5INDICAL: Lo i\iu;-ricipclldod conviene err que lo

;;;i;;;" los miembrcs dei Comité Eiecutivo y cinco presiclenles de r.:i'corni:ionesdeiConseioConsufiivo,gczoróndefuerosindicol'Elfuerosi-n

dicoi cc,'npr'=ncie:

o) Lc ii-,:inro'¡ilidod cj'¡ronie eI iiempr gue ieseinPeñen sus coígos sln

dicc{es, 7 i"o'io por doce meses de:pués cie hcbercescdoen eide

s.fi()eño Ce los ""rismos; Y

b) Lc i,rpcsibiliCcci legol de combiories desfovorcblemenie su¡ con-' diciones Ce trcboic] sin lo previo onuenciodei troboiodor ofecto

cio. Tombién gozorón del f uero sindicoi de los cqndidotos o corgo

ciei Cornil-á Efecuiivo cie! 5inciico;o' éesce quince dios ontes ie

l,: elección y ha:io seis meses Cespué: de lc misma' paro el co-

so que nc fueren elegi'Jcs'

A.RIICULo4g'-DELEGADOSDELsINDICATO:EnlosCentrosdeTroboio..:.,cdró elegir.iemocróiiccmente o los 'JeIegodos del Sindicc.io' Estos delg

*j^ ,"¿-ri"" req:;erir de ios Jefes respectivJs informes requeridos o conflic

,o= i:b.ioles 7 lo exhibición de dccumenlos en su coso'

ARTlcULC50.-REUNloNlESEl.]CENTRoSDETRA.BAJo:Enloscenfros,.Je iroboio, el Comiiá Ei-"tutit'o del Sindicoio puede celebrot reuniones de

;:o:;,"i5,1t;r .t r.t:er"idcres cle dicho centrq' Poro tol efecto' el Comi

iá E [ecr;ii'ro o'¡iso¡ó io' "'"'l io previornente o[ btportomenfo de Personoll

quíen lo noiificoró al Jefe del Centro de Troboio. Estos reuniones no excederón dr ,rno horo en un permiso durcnte un mes colendorio y de preferen:cio se reolizoró ol finol de lo iornodo. -

ARTICULO 51.- INFORMACIONES: Ei sindicoto puede informor o los se¡-vidores de los octividodes Eindicoles. Eslo informoción se podró colocor enlobleros inslqlodos en los lugores gue fi[e lo Oficino de Personol en los di-ferentes dependencios; o bien, entregorlo personolmente o sus miembros. El

Sindícoto se compromete o respetor los bienes, edificios e instolociones municipoles en función de lo ormonio en el Ornoto y Limpiezo, quedeben pñvolecer en los bienes del municipio. Cuondo lo Municipolidod voyo o ne--gocior sus insiolociones totol o porciolmenfe y siempri que se modifique oefecto los condiciones o prestociones de troboio; o su solic¡fud del Sindicoto, lo montendró inforrnodo sobre dichos negociociones.

ARTICULO 52.' JUNTA MIXTA: Al efectuor reorgonizociones de perso -nol, que modifique sencillomenle lo formo de trobofo ocostumbrodo de gru-pos de troboiodores, se escuchoré previomente lo opinión de loJunto Mixtolo cuol deberó ser emitido en un plozo no máyor de 8dÍos, terminodo elplozo sin hoberse emilido opinión, se tendró emiiido fovoroblemente. Quedon exceptuodos los cosos de reorgonizociones femporoles poro cubrir nece-sidodes perentori os en los servicios.

SECCION III

PRESTACIONES SOCIALES

ARTICULO 53. - SERVICIOS MEDICOS Y DENTALES A SERVIDORES Y FAMILIARES: Sin periuicio de fos servicios que preste el lnstífuto Guotemolltecc de 5eguridod Sociol, Lo Municipolidod proporcionoró servicios médi -cos y denioles o sus servidcres municipoles y fomiliores que dependon económicomenle de éstos.

ARTICULO 54.- PRESTACIONES DE LOS SERVICIOS: Los servicios se prestorón dioriomente de lunes o viernes de codo semono, segúnel hororioquesádispongo, se eslobleceró un consultorio médico poro estos efecios,preferen-temenie en lq sede del Sindicofo y se procuroró gue cuondo el médico noconcurro o lo clinico hoyo otro profesioncl que lo sustiiuyo.

ARTICULO 55. - PREFERENCIA A TRABAJADORES: Los servidores serón o -tendidos prefereniemente, solvo cuondo o iuicio del médico debo olterorseelórden.

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drón de veinti;eís horas en coniuni+.turcñte un mes colendcric ,: las cucies serán 'iisi¡ibuidcs por ouforizoción e:crit¡ cíel Secrefo

rio Generoi, según lcs necesidodes de codo s¿cretori'odel comiiSEIecutivo.

2o . - El 5ee retario Generol ;r el Secreiorio Je Conilicro, d"l Sindlcc-fo, quedon focultodospcrc concurrir a cuelquier deporiomento o

Sección de lo Municipolidcd, con ei fin de conocer lcs conllictos o problemos de iroboio que ofecierr o sus cfiliados y no podrón obstsculizsr el eielcicio de sus tuncione: especiTicos; poro icles efectos , los Directivcs 5indic¡lés c'eberán !r':foimor pieviornenie o s,; Jefe inmedioto sobre las circunslañcícs que los obligon o sepcrqrs€,Je sus pue:ios, c tin Ce que este torne los -rneciidos;eqrréricics ol normai desen.¡olvinrienfo deI iroboio, osicomo de in-formci c! correspondienie lefe dei deportomeñto c sección.. donde hubiere -surgido el problemo sobre el n,r:tivc de :u pre:enc!c ccn el iuger.

3. - Tres miembros dei Ccmifé de Fesieios de Aniverssrio del Sindicoto, go

zarán de tJn díq de peimisc onfes y uno después de lo li =sie gue se celebfácrdc cño, poro ousenio¡se de su: lsbo¡es, e:ios peimisc: se¡'óá.ccn goce de

ARIICULO 48.- FUERO SIND[C,AL: Lo Mulricipclidcd conviene en que loto¡clidod de los miembros dei Ccmiié Eiecufivo y cinco presiienles de los

corni,iones d=i Conseio Consulfivo, gczorón iJe fuero sindicol. El fuero si'á

dicoi ccr-nprencje;

o) Lc i¡.;nrc¡.,ilidod cjuronie el iiernpc que iesenpeñen sus ccrgos sindiccfes, y hosic por doce meses después cje hcbercescdoen ei dás=npeño de los mismos; y

b) l-a irrlrcsibiliccci legol de combiorles desfovorablemenÍe sus con-' ,jiciones Ce trcbcic, si,'r lo previo onuenciodei iroboiodor oíectocjo. Tombién gozarán del fue¡o Eindicoi de los condidotos o corgJdei Comiiá Eiecuiivo cje! Sincjico¡o, cesde quince dios onles cie

l,i elección y ha."ia seis meses después de lc mismo, pcro el co-so que nc Íueren elegidos.

A.RTICULO 49.- DELEGADOS DEL SINDICATO: En los Centros de Troboio..;,,cdró elegir iemocróiiccmente o los delegados del Sindicofo. Eslos dele

:..¿.tt padíón req:i"ftr de ios Jefes respectivos informes regueridos o conÍliá,c: irbc¡'cles y lo exhibición de dccumenfos eri su coso.

ARTICULC 50. - REUI.JIONIES El'l CENTROS DE IRA.BÁIO: En los cenrros,le iroboio,. el Comité Eiecuiivo del Sindicoto puede celebror reuniones da

índcie loborcl cor lc,s:ervidcres de dicho centrs. Poro fol efecto, eI Comiié E [ecr;tivo o./isorá poi'escrifo previomente ol Deportomento de Personoll

::::: l:nofificoró ol Jefe del Ceniro de Troboio. Esfcs reuniones no exceoeron crc ¡rno horo en un permiso duronte un r", coreódorio y de preferei:ciq se reolizoró ol finol d" fo ¡"rioai. -

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ARTlcuLo 51.- INFORMACTONES: Ei sindicoro puede informor o ros ser-vidores de los octividodes sindicores. Esto informoción ,. pJ.i"otocqr entobleros instolodos en los.rugores que fi[e ro oficino de personor en ros di-ferentes dependencios; o bien, unir"gorro personormenfe o sus miembros. ErSindicoto se compromere o respetsr rJs bienes, edificios e instolociones municipoles en funci6n de ro ormonio en er ornoto y Limpiezo, qr"a.r,", fr;volecer en los bienes del municipio. Cuondq lo Municipolidod voyo o ne_-gocior sus insiolociones toror o porciorrnente y siempráqr. ," ,.¿íriqu. -o

efecfo fos condíciones o prestociones de trobo¡o¡ o rr roii"¡tr¿ ¿.t sinai"olo, lo montendró informodo sobre dichos negociociones.

ARTlcuLo 52'- JUNTA M'XTA: Ar efectuor reorgonizociones de perso -noi,.gue modifl'que sencillomente ro formo de iroboioocosfumbrodo de gru-pos de.iroboiodores, se escuchoró previomenfe ro opinión de roJunto Mixtof o cuof deberó ser emiiido en un pror.o no royor ie g dr-os, terminodo erplozo sin hoberse emirido opiníón, se rendró emiiido fovorobremenfe. euedon excepluodos los c^ros de reorgonizociones remporoles poro cubrir necJsidodes perentorios en fos servicioi. rÉ¡e Yv

sEcctoN iltPRESTACIONES SOCIALEs

ARTICULO 53. - SERVICIOS MEDICOS Y DENTALES A SERVIDORES Y FAMILIARE_s: 5in periui.cio de ros servicios que presie er rnsfituto Guoiernorltecc de Seguridod sociol, Lo Munícipolídod proporcionoró servicios médi -cos y denioles o sus servidcres.unicipcles y iomiliores gue dup"nJon ".onemicomen te de éstos,

ARTlculo 54' - PRESTACToNEs DE Los sERVrcros: Los servicios se presforón dioriomente de lunes o viernes de codo semono, segúner hororioguesádispongo, se esfcbleceró un consurtorio médico poro estos efecios,preferen-lemenie en lo sede del sindicoto y se procuroró que cuqndo er médico noconcurro o lo clinico hoyo oiro profesioncl qr" lá ,rrti rrfo.

ARTlcuLo 55. - PREFERENcTA A TRABAJADoRES: Los servidores serón o -tendidos prefereniemenie, sorvo cuondo o iuicio der médico debo orferorseerórden.

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ARIICULC 5ó. - FAtullLIARES: Poro que los fomiliores del servidor municipolpuei-icn hocer uso del servicio, se deberó idenfificor y pqro fol propósi io, loSección de Regisir-o del Deporiomento de Personol inscribiró los ncmbres de -los FomiÍiores que dependen económícomenle del serviCor.

ARTICULO 57.- FINCA LA INDUSTRIA: Poro los servidores del Rostrocie Ganocio ñ1oyor de lo Finco Lo lndustrio del Deporfomenlo Ce Escuinilo, se proc;foró que seon otendidoi por un médico port¡culor que iengo ciinico estoblec'ido en lc cobecero deooriomeniol.

ARTICULO 58.- SERVICIOS HIFODbRMICOS: El servicio Hipodármico es grc

tuito.

ARTICULO 59" - C,ASOS GRAVES: En los cosos de grovedod o ernergencio --que ocurrieren en horos de froboio, ei Jefe de lo Dependencio deberó crdenarinmediotc trcslciJo del enfermo o un centro hopilolorio odecruado.

AR.TICULO ¿0.. PAGO DE LA DIFERENCIA ENTRE LO PAGADO FOR I. G.S,3. Y EL SALARIO NO PERCIBIDC: En coso de enfermedod del ircbuirdor,lo Mun icipolidod le pogoró lo diferencio que resulfe de su solorio eni;e lo pres

fcción económicc reconocido por el l.G.5.S y lcs l¡es cuorlos partes(75/o)1dei mismo, Ciierencio que seró pogodo únicomente duronie ¡eis mese;" frons:uiricio esie olcic, ic MunicipclidoC no lendró mósobl igoción que reiirrfcio?ol irobcicdor en sus lobores/ uno vez restoblecido. Quedo enienciidc de queto{es co¡os deberón ser superviscdos y ouforizodos por un médicode lc Mc,ni'cipolidod, pero si hubíere desocuercio del troboiodor con lo resuelio por di-chc,';rédico, :e e:iq¡ó r ic dispuesio en dicfomen del l.G.S.S" EncosoCesugpensíón por accidente, f o rrÁunicipolícioC reconocerá y pcgo16 lc diíe¡ensio-que :e indico en el pórrofo onierior, por un oño.

ARIICULO ó1.- PRESTACIONES POR DETENCION DEL SERVIDOR:En cosode deiención o prisión o un froboiodor permonente de fo Municípolidod, porirnpuioción ie un hecho constiluti,¿o de deliio o falio culposo, ccmetido enel desempeño de su iroboio;, lo ñlunicipof idod pogcrá lcs siguienfes presfc-cicnes por el fiempo que dure su detención:

Q ll 5Aó/o de:u sclqrio, hosic por dos rneses, si el iroboicdor iu-,¡iere mós de seis meses, pero rnenos de cuoíro sñcs de servícioscon iinuos.b) Ei 5C% de su salorio, hosto por tres meses si el iroboíodor iu -viare más de cuatro cñcs de servicios confinuos.

Los Frestociones oniei'ior€s no 3e horón efectivos cuondo se lroie de deliiosrfclios c;,ntrc lc hcrciendo municipcl,

A.RÍICULO ó2. - AGUINALDO: Lo Municipolidod enfregorá onuolmenre osus iroboicdores permonenles o título de oguinoldo, lo foblo gue o confinuq-ción se trqnscríbe¡

De Q. 0. 0l o Q.70.00 el 45o/oiDe Q. 70.01 o Q. 150.00 el 35oÁ;De Q. 150.01 o Q.250.00 el 337o;De Q. 250"01 o Q.500.00 el3O7o¡De Q. 500.01 en odelonte el 25o/o.

ARIICULO ó3. - VACACIONES: Cmo oño de servicios ccrlÍnsos y siempregue dentro deI mismo, el troboiodor hoyo loborodo efectivomente clENioclNCUENTA DIAS, lo Municipolidod conceder6 vococíones o sus troboio-dores en lo síguiente formo: Quíenes fuvieron de uno o cinco qños de servicio, veinte di'os hóbiles, de cinco oños de servicio en odelonierveinticinlco dios hábífes.

A,RTICULO ó4.- FIANZAS PARA SERVIDORES MUNICIPALES: En tos co -sos de que un troboiodor seo detenido con motivo de un occidente de tr&rsito, moneiordo un vehiculo de lo Municipolidodo de su propiedodol serviIcio de lo mismo, duronre los horos de lobores, lo Municipolidod cubri¡ó elsolorio del troboiodor duronie el tiempode lo detención hosro un ¡nóximo denovento dios siempre y cuondo se le reforme ef ouio de prísión por el de li-berfod o seo obsuelto por el tribunol correpondiente. -

sEcc toN tv. -HIGIENE Y SEGURIDAD. -

ARTlcuLo ó5.- coMlsloN DE SEGURIDAD¡ se creo uno comisión de se-guridod infegrodo por dos d-legodos de lo Municipolidod y un delegodo delsindicoto en codq centro de troboio. Eslo Comisiónfuncionoró con lo queestoblece el Reglomento del lnsfituto Guotemolteco de Seguridod Socioly lo?Delegodos de lo Municipolidod se reunirán ordinoriomenle unq vez por mesen codo centro de iroboio con el respecfívo Delegodo 5índicql y extroordi-noricmente, cuondo el coso lo omerife, po¡o estud¡or y +robor los progro-mos de prevención de occídentes y deferminor lcs cousos de los mismos cooel obieto de evifor que se repitcr. Los recomendociones que emifcrr lo Co-misión de Segulidod serón efevqdos o lo Alcoldío.

ARTICULO óó.- OBLIGACIONES DE JEFES¡ A todos los iefes se deberóin¡truir o efecio de gue seon cunplidos lor le¡res ), reglomentos relqtivo¡ o salguridod e hígíene en el frobo[o, y o montener todos los cenrros de troboio,en los condiciones gue toles Leyes y Reglomentos estoblecen.

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;rRTiCUl-O ó7. - CC¡^PR.OBACION: Se deberá cornprobor el buen funcionor:ri¿¡lr-, resi:!encic y ccl idod de toáo equipo de irobcio, ciet¡iéndose dese l,-irc, o repcre:- el equipo que se_encuentro defectuoso" Esreponsobilidod delos s:;rri,ic¡es municipof es,_iefes inmedietos y comisi6n de seguridod, cuon -ir-r iengcn.-luC¡ cie lo col idcci del equip:, reportorlopoiosucomprcbdción -r..':, :usiiluc¡Lin. A.:imi:mo; es obligoción de !rs servidotes ieportor inmedi:! :;rer.':'e el equipc qur¡ se hcyc doñodo o perdido.

4tTICULO é8.- ¡-.ABORES INSALUBRES OPELIGROSAS: Los lobores inso -i,:i:res o pel!grosos se *iecúiorón ll.nondo-lcs reguisitos estoblecidos por lcsleyes y raglomenios sobre seguridod e higiene en el froboic: dotonJo o los ser

', ,i,:.re s de las úti les necesorios;

o' r';-. iiLO ó9. - OTRAS PRESTACI O NES; Lo Mvnicipol idod de ocuerdo o su:.., .liiiedes, proporcionoió o sus iroboIodores lo siguiente:

c'' i-J,, lr:cor ocecuoCc en ios deporiomentos o secciones de codc

":ni;c de iroboio, poro el perscno! que Por rozones cié servicio,::r,;e que tomor sus olimentos en eiics.!. .-':p,:,: rtropíodcs y botcs de hule cuondo lo indole cle trobcjon ¡;..;::¿¡.i1 i:, ieqUiefO.

rj i',,.1;-,.'.. c¡ ¡odo |roboiodor, en oquellos dePortsmenfos que

i)ci;,-,r':is.r; inciole requiero de éstos, de ocuerdo o los posibi-li,jr;clc,s ei¡nr:r'l;c:.,:s de lo irrsti lución. -

.'::'t:!--...iL:.':7i.- j:GL;i?C: Lcs vehículos de lo ldunicipoliaod deben osegu

j'. = ,1i-.; ,,.¡i¡.-. c:r,¡i,f: y c 'erceros y no deberón s,:brecorgorse ni urorr" ti-

,,: iianr¡ i35 ¡;r'lr;:siios dc seguridod erigídos por el Reglornenfo de Trónsi-

.l

r_APt iut.o il

OBLIGACIONES

71" - íl,BLiGÁCiONES: Son obligociones de los servido¡es muni

.,r!.. ,i1= i,Js q!e ,leiennincn lo; leyes y reglomentos, los siguieñ

ii L-.:)ii.]i í.'¡ .:;e}l-,o y ciiscresión necesorio sobre osunfos relocio-r,r'ji.; í-1¡r ',.) Tíéb(r,iot oún iepúá de hober c¡:mbiodo en ef eierci-:i- ,)e :¡J .ef .j!)¡ err oquellos asuntos que por sr.r noturolezo o en

.; ':l¿i ie cls¡csiciones legoles o especicles no deben divul.qcrse.

2'; á:i:rir ¿on pr,ntuolidod s sus lobore: y no retirorsg onies dei tiem

:; ¡'¡';1.;.-¡en iciio"

Desempeñor con leoltod y poiriotismo sus funci ones.Portícipor con interés y dedicoción en los progrorncs de ccpocitoclón que se orgcrricen poro elevor su ccpocidod, rendimienfoy Eficocio en el servicio.Cunrplir con todos los requisilos exigíbles poro lo tomo de pose -sión.Comunicor por escrito su renuncio por lo menos con quince dÍosde onticipoción.

4 Comunicor ol Deportomento de Personol cuqrdo efecfuoe csm -bio de ciirección.

8) En cosos de emergencio, o curnplir ros lqbores pcro los que seo -requerido, oún cumdo impliquen'reboio de su cotegorio o riesgoporo el mismo, o su equipo de troboio.

9) Cumplir con los normc¡s estoblecidos o que se estqblezccrr pororeg,-llor lo bueno mo¡cho en lo odminístrocíón municipol .

CAPITULO III

PROH IBICIONES

ART¡CULO 22. - PROHIBICIONES ESPECIALES: A los servídores municipoles les esió compleiomente prohibido:

l) Ab,rndonor el iroboio en horos de fobores, sin outorizoción pre -vio y iustificcdo de su iefe inmedioto.2) Preseniorse ol froboio y lcboror en estode de ebriedod o boio efecfos de drogos o en cuolquier siluoción onormol onálogo.3) lngerir licor o cpliccrse estupefocienies, en loshorosy lugores detrobo i o.4) Efe.iuor cuolquier otro octo prohibido pei' lo morol y los buenoscoslurnbres. '5) Usor ics útiles o herromientos de troboio poro un obieto distinioo oquel poro los que flreron proporcionodos.ó) Tromitoi o intervenír en lq tromitcción de los gesliones gue fer-ceros personas reolicen en lo Municipolidod, si no son sus otribuciones.

CAPITULO IVJ T]R ¡\.IADAS Y DESCANSOS

ARTICULC 73.- JCRI{ADAS DE IRABAJO: Se denomino Jornodo de Tro-boic, el iiempo en que un sen,!dc¡'permonezco o disposición de Io Adminisfrocíón lvlunicipoi de conformidod con los normos de este Reglomento y loique se deierminan mós odalonte

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r!rl(ULli ;4. - RÉGLAMI ¡lr-ÁC!v-11¡ DE LA JORNADA: Lo Jorncdo d¿ T¡o

-;.,,it'de i.: A4uniclpcriidoC de Guoienclq, se normo por el Acuerdo dei Conl,,-iu M,.¡rricipoi de Íc ciudad de Guoiemolc emítido el 6de ociubre de 1974

.'por e! Reglornenio del rnisnrr, emiiido en la mismo fecho.

ÁRTICULO 75.- HOP.AS ÉXTRAORDIMRIAS: Cuondo por Ios necesidodes

:jel servicio seo pieciso que los servidores loboren fuero de lo iornodoordinoiio, los Diieciores respectivos reguerirón informocíón o lo Dirección.de Fi ln.r¡zcs sobre la disponibilidod de fondos, PoÍo esto5 efecfos, y con lo outo-'

'i¿cción del A.icolde y controi del Deportomento de Personol, se procederóc iq eiecución cje !o decidido. En los coscs deémergenciono seró necesorio: - ^,,1¡¡¡¡zarid,r e informoción ofevio sino l^ -nma.nha¡iÁn anclcri.ar

l-c: ho¡-os e;<ircc¡dinorioi no pcdrón exceder de cuotro hcros diorios.. :olvo,'-rt¡os, 'Je fuei-zo nc'¡or debidcmente comprobodos, Lcs empleodos del servis;3 sy¿¡io.,,sin':,posición no están suietos c losdisposícione: de lo iornodf:r r'l¡rl.:rio Ce irabcic"

APiiaLiLC 7ó. - ¡iÉGLrERl¡,4lENTC DE SERVIOOngS, Al requerirse de sen¿iJr'rer p.*-¡,r;ue lcboien i.rrnocjo exfroordinorio, los iefes inmediotos lo comuIricc¡ón o lcs,¡i:¡ros con lo moyor onticipociónposible. Si el trobojodcr ei:uviere ir:rpc:ibiiitodc Foro lrocerlo, osi lo horó sober con el prcpó:ito deqle:ie c¡nrull::i lroy otros que deseen susiiiuirlo, en iu coso ios iefes se

¡l¡sie¡rcj¡ón ce icdo ccccción poro obligorlo o iroboior, osi'como de ¡oda rep;esoiic posfeiicr por no hoberlo hecho.

,qRTICULC i7.- ?AG¿ DE LAS I-iORAS EXTRAORDII.IARIAS: LOS hOrOS CX

iroorJinorics de troboic. serán remunerodos osi:

c) EÍ l00oá d" ,ol.orio osignocJo o lo iorncdo ordinqrioibi El tr,:bojo _que se eiecutore los díos de desconso semonol o enCí:: Ce csr.reto¡. 5eró remunerodo ccn e,l doble def soiorío crdincríogu€ por ioles dios cie desconso correpondo o los ircrboiodores.c) A ios servidores que hobiéndolés requeridopcro loboror lcsdicssóboic y icr"ningo o en dio de osuetor.si troboion un liempome-no; . s'.::pendiendc'sus lobores Por ccusos imputobies o lo Munici-

-

pclidcti, :e fes pogcró el sclorloextroordinoriocorrespondienie o.:i¡olr¡ horc: y medio..

AeTiCULC ¡8. - IrESCA¡JSO SEMAf.IAL: De conformidod con el Reglomenrc Je i.r i:¡nocio de ir¡boio c que se ref¡ere el orticulo 74 ios servidoro, ili'iii;!oole: ii;:a2n 4"r".rrc t do5 dios de desconso remuneroio depués cje r..nc

serncno :rriinorio ,je lrcboio.

ARTICULO 79.- PAGO: En coso de que en uno mismo semono coincidondos '

o rnós dios de osueto, o los servidores se les pogoró los díos de desconso se-ínonol o bose de un solqrio ordinorio si no troboio;si troboion se fespogorónconforme se estoblece en eI inciso b) del Articulo 77.

CAPITULO VP UNIUALI DAD Y ASISTENCIA

ARTICULO 80.- PUNIUALIDAD Y ASISTENCIA: Lol servidores municipo -les deben csisiir puntuolmente o su iroboio en los diás yhoros estobleciáos.Poro regulorj esto disposición, se estoblece lo siguiente:

¡) Los servidores que loboron en el Polocio Mrnicipol dáben regis-tror en los tcrietos sus entrodos y solidos.con morcos de los relo-ies, que poro el efecto esión insiolodos. Se esJ,oblece rjn mórgen-de omplitud de cinco minufos sin incurrir en folio, contodos o'porfir de lo horo reglomeitorio. En los otros centros de troboio,ef Jefe de lo Unidod debe estoblecer el conirol de osistencio ypuntuolidod, bcio lo supervisión del Deportomenfo de Personol.

2\ El Deporfomento de Personol seró lo Unidod Adminisirotivo en -corgodo de llevor el record de osistencio y puntuolidod-de los -servidores municipoles, poro los elecios de lo evoluoción o imposición de los sonciones correspondienies.

3) Al primer resumen mensuol de llegodos lordíosr el servidor reci -biró omonestoción verbol, por el segundo resumen, omonesiociónescrifo. Sí hubiero reincidencio se qrficcrón los sonciones previsios.

4) Se considera inosis,tencio el rátiro del servídor munícipol duronfelo Iornodo de iroboio sin lo d-ebido outorizoción. Poro el meiorconirol de eslo disposición, lo Unidod Admínisirotivo debe f Ievorel record de los solidos outorizodos.

5) Los servidores gúe por lonotuiálezo de su troboio como conductores de '¿ehiculos y de-moquincirio, supervisores, inspectores, po:iicíos, vigilonfes y orros de.noturolezo similor, iienen que reoli-zor psrte o todos s¡rs funciones fuero del polocio o del centro detroboio, lo unidad.correpo-ndienle debe esloblecer el sisiemo deconlrol de osisiencio y puntuolidod de ocuerdo con el Deporto -menlo de Personol.

TITULO VICAPITULO UNICO

REGIMEN DE SALARIOS

ARTICULO 81.- PLAN DE SALARIOS: En ionto se emile el plon de solorioso que se refiere el ortículo 65 de lo Ley de Servicio Municipol, el Deporto

Ar'

.^r:rl{ULaj ;4.- REGLA¡'/t[i'ITAC!L--i'l DE LA JORNADA: Lo Jornado defrc

.-,..'l,..de ir A4unicipcriidod de Guoiemclo; se normq por el AcuerCo dei Conl::-ju Murricipoi ie io ciucjod de Guotemolc emifido el 8de oclubre de 19'/4

,'por ei llegiornerrto,Jel misnr., emiiido en lo ¡nismo fecho.

.ARTICULO 75,- HOP.AS EXTRAORDINARIAS: Cuondo por los necesidodes

:,1el servicio seo pieciso que los servidor€s loboren fuero de lo [ornodoorciinoiio, los Diiectores respectivos requerirán informoción o lo Dirección-de Fi lnünzcs sob¡e lc disponibilidod de fondo!, poro estos efectos, y con lo outo-,i¡.cción del Alcolde y conlroi del Deporiomenlo de Personol, se procederó,: lo eiecr::ión de lo decidido. En los coscs deémergenciono seró necesorio:- ^,,ltt¡izarii,r e informqción previo sirrn l; -ama.nh^-iÁn nnclorinr

:-c: horo: e;<irrcr:lincrios no pcdrón exceder de cuotro lrc¡'cs díorics.. solvor:rioi/ cle fueizo mc¡'or debidcmente comprobodos. Les empleodos del servic;: exenio.,,sin'rposición no estón:uietos o lo:disposiciones de Io jornodJ:rdir:cric de ir¡bcic.

ÁiriiaULC 7ó. - qÉQUERI¡'tlENTC DE SERVIDORES¡ Al requerirse de servi.Jc.fer p,::r'q i"e lcbo¡en iornocio extroordinorio, los iefes inmedistos lo comulrico;'ón o lcs,¡!s*rcs coÍ lo moyor onticipociónposible. 5i el trobojodcr eI-:',,.;.¡iei'e icip.c:ibiiitcJcio ooro lracerlo, osi lo horó sober con.el propó:;ito degle ie.¡nsulte:i hoy oiros que deseen susiiiuirlo, en su cosc ios iefe: se

obsier,ciión ie icdo ccccción poro obiígorlo o troboior/ osi-como de ¡odorep;es:iio poslericr por no, hcberlo hecho.

ARIICUtC 77.- ?AGO DE LAS l-iORAS EXTRAORDIN,ARIAS: Los ho¡os exiroorJinorics de troboic serán remunerodos osi:

c) Ei i009á d" ,olorio osignoclo o lo iorncdo ordinoriqbl tl t;',rboio que 5e eiecuiore los díos de desconso semonol o enií:: cle csr.¡etor'ser6 remunerodo ccn eldobledel solorio crdinsrioque por toles dios cje desconso correpondo o los iroboiodores.ci A ios servidores que hobiéndolés requeridopsro loboror losdicssáboic y icrningo o en dío de osuetor.sí troboion un iiemporne-ao; _. suspen<jiendc sr-rs lobores por cGusos imputobie:o lo Munici-

-

pciidct!, :e f es pogcró el sclorio extroordinario corregondíenie o.:l¡olr.. hcrcs y .neciio.

APT|CiJtC ;8. - DESCA|\5O SEMAl.lAL: De conformidod con el Reglomen¡c le io -j:rnccio ie trcboic c que se refiere el orticulo Z4 los servio'ores i-ir;'iri;ipsl-..- iirtaen )e:ecl,o o Cos dios de de:conso remuneroio depués cje unáeeinc¡:,o :rrjirtctio ie trcbojo.

ARTICIJLO 79.- PAGOr En coso de que en uno m¡smo semono co¡ncidondoso rnós dics de osuefo, o los servidores 3e les pqgor6 los dÍos de desconso se-,nonol o bose de un solorio ordinorio si no troboio;si troboion se lespogoránconforme se estoblece en el ínc¡so b) del Arriculo 77.

CAPITULO VP UNTUALI DAD Y ASISTENCIA

ARTICULO 80.- PUNIUALIDAD Y ASISIENCIA: Lol servidores municipo -les deben csislir puntuolmente o su iroboio en los dils yhoros estoblecidos.Poro regulorl esfo disposicíón, se estoblece lo siguiente;

l) Los servidores que loboron en el Polocio Mrni"ipol dáben regis-fror en los torietos sus entrodos y solidos.con morcos de los relo-ies, que poro el efecto estón insfolodos. Se ésf,oblece ;n.mórgen-de omplitud de cinco minuios sin incurrir en folto, contodos o'

porfir de lo horo reglomenforio. En los otros centros de troboio,ef Jeie de lo Unidod debe estoblecer el control de osistencio ypuniuolidod, bcio lo supervisión del Deportomenlo de Personol.

2) El Deportomento de Personol seró lo Unidod Administrotivo en -corgodo de llevor el record de os¡slencio y punluolidod-de los -servidores municipoles, poro los efecios de lo evoluoción o imposición de los sonciones correspondienies.

3) Al primer resumen mensuol de llegodos fordios, el servidor reci -biró omonestoción verbol, por el segundo resumen, omonestociónescriio. 5i hubiero reincidencio se cplicorón los sonciones previsfos.

4) Se considero inosis-tencio el reiiiro del servidor municipo[ durontelo iornodo de iroboio sin lo dibido outorizoción. Poro el meiorconirol de eslo disposición, lo Unldod Adminisirotivo debe llevorel record de los solidos outorizodos.

5) Los servidores gue por lo¡oturolezo de su troboio como conductores de'¡eh icu los y de-moguinorio, sr-rpervisores, inspectores, po--licios, vigilonfes y otros de.noiurolezo simílor, tienen que reoli-zor porte o todos sls funciones fuero del polocio o del centro detrobofo, lo unidqd.correspoindienle debe estoblecer el sisiemo decontrol de osistentio y puntuolidod de ocuerdo con el Deporfo -mento de Personsl.

TITULO VICAPITULO UNICO

REGIMEN DE SALARIOS

ARTICULO 81.- PLAN DE SALARIOS: En tonto se emile el plon de solorioso que se refiere el ortículo 65 de lo Ley de Servicio Municipol, el Deporto

1

I

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Ar"

menio de'Perscnol prólederó o elobo¡or e[ plon'de solorios poro lo Munici-polidoci de Guoiamolü de ccnformidód con los p¡incipios estoblecidosen IoLey de Servicio Municipol y el presenie reglomento.

' - ': : -: '

ARTICULO 82.-{SCALA SALARIAL¡ 5e fiio uno escolo de solarioscoinpuesto de 5ó series, los cucles iienen. uno nornenó!qturo genercirpiincipion coñun sol.orio iniciol, nueve solorios intermedios y un solorio móximo. A codaposo scl.oriol le corresponde uno clo¡e escolofoncrio y codo close escalofo-¡r<rrio ei nomi¡gdo 9o¡ los prirneros létros moyúicutos del idiomo espoñol.

ARTICtJLO 84. - SALARIO INTEGRAL: Los solorios que comprende lo escoloretribr:yen mensuolmente ol puesto por iornodo ordinorio completo. Cuondcel sen¡idor lobore medio tiempo. recibi:ró corno relribución el 50"/o de locontidod que indique lo serie,correspondienfe.

ARTICULO 85,- EXCEPCION: Si el servídor devengo solorio por horo, seróremunérodo con el porcenfo¡e.correspondienie delsolorio de lo serie, pqso yclose escolofonorio que le corresponde, quienes hoyondevengodo soloriosycdemós comisión, posorón o devengor ol entror en vigencío el presenle re-glomenic únicomenre fos ¡oforios comprendidos en escclo.

ARTICULO 8ó. - CLASE ESCALAFONARIA: Se estoblece once closes esco-lofonorios ncminodos csi:

C LASE K Con el solorio móximo osignodo o todos los series de lo

escolo.

ARTICULO 87.- APLICACION: Lo qlicoción de los series escolofono -rios de codo puesto y servidor, se hqró Previo dictomen fworoble del De-porfomento de Closificoción, en el término de iiempo quePoro el efecto es

toblece lo escolo de solorios, en formo outomótico y surtir6 sus efectos ;portir de lo fecho que se indique en lo notificocíón correpondiente que se

hogo ol servidor.

ARTICULO 88.- PRESUPUESTACION: En formo onuol, debe estoblecer

el presupuesto de lo Municipolidod, lo osignoción epeciTico porocodopuesio, poro gue hogon efeclivos los promociones solorioles o'robodos por eT

Deportomento de Personol"

ARTICULO 89.- FORMA DE PAGO: Los servidores que devengonsolorioshos

topor Q. 150.00 mensuoles, recibirán su solorio distribuido en cuofro pogósemonoles. Los solorios moyores de esto contidod distribuidos en dos Pogosruno cqdo quince dios. Todos los pogos deben efectuorse ol serv¡dor personol-mente, guien deberó identiticorse con su cédulo de vecindod, sucornet muni

cipcl o o su representonte legol o Persono debidomente oufor¡zodo. Todo po--

go se horó por medio de cheques girodos contro el Bonco de Guotemolo.

ARTTCULO 90.- APLICACION: El plon de solorios debe ser oProbodo Por el

Conceio Municipol y iuntomenie con los ncrmqs so[re lo oplicoción del mis-

mo.

ARTICULO 91.- PERIODO PP.OMOCIONAL: 5e esfoblece un perío'do detresoños poro que se efectúen los promociones de ocuerdo o los normosde esleRe

gfomerto y los que ol i'especto se emitieron. -

TITULO VII

REGIMEN DISCILPINARIO Y DE REMOCION

CAPITULO I

REGIMEN DISCIPLINARIC

ARTICULO 92.-:¡i.lClONES: En concordoncio con lo Ley de Servicio Municípol,se esioblece dentro del rágimen disciplinorio, Ios siguientes sonciones:

o) Amonesfoción verbol cuondo lo folto comeiido es lo primero yseo de cotócier leve.

CL,ASE A

CLASE S

C LASE C

C LASE E

CL,AsE F

c LA 5E G

CI-ASE H

C LA.SE I

CLASE J

Con el solorío csignodc o lo primero serie de lo EscoloSoloriol.Con'el solorio iniciol de lo serie mós el incremenloquedetermine lo escolo.Con el solorio iniciol de lo serie mós el incrementoquedetermine lo escolo"

CLASE D Con el solorio iniciol de lo serie mós el incremenlo quedetermine lo escolo.

- Con ei solorio liniciol de lo serie mós el incrementoquedetermine lo escoIo.

Con el solorio iniciol de lo serie mós el incremenlo quedeie¡mine. Io escolo.Cgn el solorio iniciol de lo serie mós el incremento quedefermine lo escolo"Con el solorio iniciol de lo seríe mós el incremento quedefermine lo escolo.Con el solorio iniciol de lo serie mós el incremento quedeiermine lo áscolo.

,,, i :Con.e[ solorio iniciol de lo serie mós el incremento que, , deteimine lo.escolo. .: : .'

l,t,

b) Amonestoción escriic, cuondo el servidor hcyo merecidod:rrcnte un mismo mes colendorio, dos o mós omcnestacior¡es verbolesl l

o por primero vez incurro en folto grove que oor su noiurclezono ,

qmerite sus pensión o despido. ,

. c) Suspensión en,el troboio sin goce cje sueido hoslo po¡. qrin.u i

dios en un oño colendorio, cusndo lc infrqcción cu,.r*iiciclseugrcve pero gue.na omerife despido. En este coso debe oirse previo:mente ol inieresodo por el iérmino de seienio y dos horcs, dentrode ese iiempo |iene derecho o pedir que se oigo o los compoñe-ros de irobcio qua indique, y a que se. proctigue.:r;olquie;dili -gencio que iiendo o probor su inocencic.

La supensión de troboio sin goce de sueldc proceder6 tc¡nbién enel coso de prisión provisionol duronte el liempo.ue re moniengc.Si se dicfare sentencia obsoiutorio, sobreseimienfo o refoino iJe

outo de prísión, seró el servidor reintegroCo o su c6¡go deniio,laun término de 30 dÍos o conior desde que hubierosolldc deprisión;quien lo sustifuyó iiene derecho o sue su nombre ses colccodc an

el primer lugor de lo lisio de elegibles, coire1onJiente o lc cl:-se de puestos que ocupobo. En el coso de deiención el sen'idoiseró reintegrcdo e.su corgo dentro de un plc'o no moyoi de cincc--d,:s coniados o porlir de lo fecho en que fue orcienodo su lib¿r-iod, ¡ín que hoyo lugor o lo suspensión iel soiorio,d) )...fitución en los cqsos señolodos en al Régimen de Remriión.

ARTICULO 93.- TFECTOS DE LAS SANCIONE5: txceptuondo el coso de deqeido,ics :onciones o que se reiiere ei orticulo onterior no iienen más consecuencic: quelos Ce corregii- lcs foli.. l brindc:r lo oportunidod ol servidorde reciificersu coa:porto;¡ienfo; por lc ronio, no implico pérdido de los Cerechos oiorgcdos.

ARIICijLC ?4. - REGI5TRC: los sonc;ones impuestos se cnotorán en el Regislro de Per':oncl Je cocjo servidor y se crchívarón los documentos en el expediente personol. -No;e lomorá en cuento ests5 s¡6¡g6icnes, si ol cobo de un oño no lro inci.;iricjo enlo mismo y oiros folios, y si no se hon cumplido con los preceptos de este oriÍculo.De icdo omonesfoción escriio que se impongo se enviorá copic ol Sindicofo.

ARTICtiLO 95. - AUTORIDADES RESPONSABLES: Los onioneslcciones ,rerboies y es-cri lcs, osicomo los su;pensiones serón impuesios por ¿l Jefe del Depcriamenlc deP..¡so.,ol, v los o"spidos por eI Alcolde Municipol después cjel procedimienfo seguidoeiel Deporiomento de Personol.

ARTICULO 9ó.- i¡¡POSlClOl'i DE LA SANClON: Poro impcrier cuolquier scnci,in se

lomoró e;r cuenio el tiempo de servicio del infroctcr, conduciz observcda dur,rnie eltiempb que ho loborodo y lo gro.uedod de lo fclto cornetido.

CAPITULO II

REG!A¡EN DE REMOCION

ARTICULO 92. - PRCCEDIMIENTO DE REMOCION: Pqro lo remoción de un servidorrnunicipol, en el servicio por cposición, se seguiró el siguiente procedimienfo:

o) Lcs iefes de di,¿isión, deporlor,re,'ilo y demós dependencios de loMunicipol idod, deberón boio su responsobi lidod, reportor fodo servio'o;" municipol onie su director, por foltos que comet@t los trobo-iodores boio su subordinoción. 5e eniiende que el servidor munici-pol ho folfodo ol fiel cumplimienfo de sus lsbores, cuondo viole Icuolquier disposición precepfivo o prohibitivo de esfe Reglomenloo de sus normos complementorios, osi como los ciemós prescripcio -nes legoles qlicobles ol coso. El reporte o que se refíere esfe.inciso, deberó contener en formo cloro y preciso los hechos gue lo mJtivo:'r, sin emifir opinión olguno que se ref¡ere o los medido discIplincrios o imponerse.

b) El Direcior Repectivo, uno vez recibido el reporfe, lo cursoró directomente ol Deportomento de Personol en donde se formülo;ón los corgos correspondientes. De dichos corgos, dor6 ou :diencio el iroboiodor infroctor, quien dentro de un plozo de se

tento y dos horos, podró exponer por escriro lodos 1... rozones Iorgumenfos gue convengon a su derecho, ofreciendo y/o ocom-poriondo ol mismo tiempo, todos los elementos proboiurl:s quecomprueben sus qfirmociones.c) El Deporiomento de Personol deberá ordenor lo prócf ico decuolquier diligencio que conduzco o lo comproboción de los hechos irnpufodos y deberó celebror hoslo dos oudienci^. poro re:cobcr los pruebos ofrecidos por el inculpodo. Agoiooo el trámi-fe onlerior, el Deportomento de Personol en resolución motivo-do y fundomentedo en lo Ley, diciominorási dá fugor el depi-do del servidor municipol, o si por el controrio, ho iustifico -do o demostrodo lo folsedsd de los hechos imputodos.d) Si vencido el plozo o que se reliere e[ inciso b) el servidorno expusiere oposición o esiuviere conforme con los hechos im-puiodos, sin mós tr6mite se dictoró lo resolución del coso.e) Contro lo resolución de despido iustificodo, podrá interponerse reconsideroción onfe ef mismo Alcolde, dentro del plozo d;veinf icuotro horos de notif icodo.l) Lo resolución de lo Afcoldío Municipol seró notificodo ol servidor y uno cop¡o seró remifido o lq Oficino de Persone! de los-Alun i c ip ol idodes.

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ARTlcuLo 98. - APELA.CION: El servidor qíecfodo podró opelor de lo resolución

de !o AlcolCia. cie conformidod corr el procedimienfo estoblecido en lo Ley de Sej

vício Municipoi.:

ARTIcuLo 99.- EFECfos DE LA RESoLUCIoN: con respecto o lo remoción, iojunio de Personol de los Municipolidodes debe decidir sobre loprocedencicc impro

cedencio de lo mismo. En el primer coso el Alcolde debe eiecutor inmedioiomentJ

lc resolución respectivo, si ontes no ho ordenodo lo remoci6n del servidor munici -pcl. En el segundo coso, el Aicolde debe ocotor en definiiivo y de inmediofo lore

-"uolt. y r.estiiuirol servido¡-en supuesto, en uniguoloprocederolPogodeloindeñniz"ción'correspondiente. Lo Junto de Personol de los MunicipoliCodes esté fqcull,.¿, ije ocuerdo con los hechos estoblecidos poro ordenor ol Alcoldequese oplique:oolesquiero de las sonciones ycorrecciones disciplinoriosPrevisios en lo Ley y pc

tc ouiorízar lo odopción de otros medidos que redunden en el montenimiento de lo

disciplino y el orden en el servicio. En ningún coso foles decisiones podrón ser con

trorios o los derechos estcbleciCos en lo Ley.

[n el coso de que los decisiones hechos por lo Oficino del Deportomento de Perso'

nol de ics Mr.,nicipolidoderJseon fo.¡orobles poro el servidor municipol susPensoo ce

,.ido, se enienderó resiifuijo, debiéndose pcgor el sslorio correryondiente ol peri6,lo iJe susp_ensión. -

AiIIiCULO 10u.1 REINSTALACION: Cuondoun troboiodor municipol sec reinsto-icdo en sus lobores por resolución de lo Junto Mixic, preferentemente lo será en el

mismc puesto y en iguoldcd de condiciones o los que tenio onieriormenie yconser-

vondo integros sus derechos de crntigüedod-

TITULO VIII

CAPITULO UNICO

DI SPOS IC IONES COMPLEME NTARIAS

É.FTICUL{l i0l . - NOTIFICACIONES: Todo reiolución debe hocerse sober o los in

teresodos c o sus r-epre:enicnies en formo legol y sin ello no quedon obligodos nisá

ie:guede aíecior en:us derechos. Tombién se debe noiificor o ios oirosPersonoso

err¡idcdes c quienes lc r¿solucián se refiere. Los notificocionesseenlienden hechos

:e ,sonclrner¡ie :,..londo io com,rnicoción respeciivo se entrégue direcioménte ol inte

..:.ro o su rept-e:enionie legol/ por correo cerliiicodo c por ielegromo con otis6

.)z tzcepción cl iugor señolodo poro recibirse noliticociones / o bien o lo direc-ción que GPore¿ca en ei regisfro o portir de lo iecho de recepción'

Aiilc|JLO 'l02.- COSTU¡!1BRES: Los disposicicnes, convenios y cosiumbresquetr.nt.r.z.....nás ¡ ics ir¡boi odores, q,re los cjerermi"oor:s er el Presenfe reglomenio

,,:cnien.Jrón :,'r'; i gencio..

ARTICULO 103.- OBRAS LICITADAS: Lo Municipolidodsiempreque los convenios

y los leyes lo permiton inciuiró en los boses d 'licito:ion de obro cívil, lo esfipu.'

ioción de que los emPresos odiuticotorios o controfisfos encorgodosde reoli¿or los

obros, obsorber6n trolol odcres no coliticodos de lo mismo, en el eniehdido cie gue

rnontendrón vigente su reloción loborol.con lo Municipolidod, sin menoscobode ningrrno de sus derechos"

ARTICULO 104.- DEROGAÍJRIA:.5e derogon los disposiciones que se opongon olpresente Reglomenio. ..

ARIICULO l05.- IF.ANSITORIO. JUBILACIONES: Todos los digosicioneb reloti -ves o Jubilocionesf serón deteri¡inodos en uñ reglomento ePeciTico eloborodo Poruno comisión mixto integrodo por Directivos del Comité Eigcutivo del Sindicofo y

Delegodos Cei Honoroble Conceio Municipol.

ll) El presenie Acuerdo surte sus efectos o portir de su publicoción en el óiorio*(_ltrcrol.

COMUNIQUEsE:

LUCAS GA.RCIA.

El Ministro de Gobernoción

DONALDO ALVAREZ RUIZ

El Ministro de Troboio y Previsión SociolCARLOS ALARCON MONSANTO