reglamento de grados y títulos dela escuela de postgrado de · pdf...
Post on 04-Nov-2018
214 views
Embed Size (px)
TRANSCRIPT
REGLAMENTO DE GRADOS Y TTULOSDELA ESCUELA DE POSTGRADO DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAAMAZONA PERUANA
Aprobado mediante RESOLUCIN DIRECTORALN 0375-2016-EGP-UNAP.
Ratificado con RESOLUCION RECTORALN 0740-2016-UNAP
De 28 de junio 2016
IQUITOS - 2016
1
REGLAMENTO DE GRADOS Y TTULOS DE LA ESCUELA DE POSTGRADO DELA UNIVERSIDAD NACIOANL DE LA AMAZ0ONAA PERUANA
TTULO I
Disposiciones generales 1
TTULO II
De la tesis o investigacin en el campo profesional 3
TTULO III
De la elaboracin, presentacin, aprobacin y ejecucin del proyecto de tesis oinvestigacin en el campo profesional
4
TTULO IV
Del jurado de tesis 6
TTULO V
Del asesor de tesis 8
TTULO VI
De la elaboracin del informe final, de la sustentacin y evaluacin de la tesis 10
TTULO VII
De la graduacin 14
DE LAS DISPOSICIONES FINALES 15
ANEXO N 1
Estructura del anteproyecto de tesis de maestra, doctorado y segunda especialidadprofesional con metodologa cuantitativa
17
ANEXO N 2
Estructura del anteproyecto de tesis de maestra, doctorado y segunda especialidadprofesional con metodologa cualitativa
21
ANEXO N 3
Esquema para la presentacin del informe final de tesis de maestra, doctorado y segundaespecialidad profesional con metodologa cuantitativa
2
30
ANEXO N 4
Esquema para la presentacin del informe final de tesis de maestra, doctorado y segundaespecialidad profesional con metodologa
38
ANEXO N 5
Ficha de evaluacin del anteproyecto de tesis de maestra, doctorado y segundaespecialidad profesional con metodologa cuantitativa
49
ANEXO N 6
Ficha de evaluacin del anteproyecto de tesis de maestra, doctorado y segundaespecialidad profesional con metodologa cualitativa
51
ANEXO N 7
Ficha de evaluacin del informe final de tesis de maestra, doctorado y segundaespecialidad profesional con metodologa cuantitativa
53
ANEXO N 8
Ficha de evaluacin del informe final de tesis de maestra, doctorado y segundaespecialidad profesional con metodologa cualitativa
55
ANEXO N 9
Evaluacin de tesis de maestra, doctorado y segunda especialidad profesional conmetodologa cuantitativa
56
ANEXO N 10
Evaluacin de tesis de maestra, doctorado y segunda especialidad profesional conmetodologa cualitativa
57
ANEXO N 11
Indicaciones para la edicin de la tesis 58
ANEXO N 12
Partes del artculo cientfico 60
3
REGLAMENTO DE GRADOS Y TTULOS DE LA ESCUELA DE POSTGRADO DELA UNIVERSIDAD NACIOANL DE LA AMAZ0ONAA PERUANA
TTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artculo 1.- Son fines del presente reglamento establecer las normas yprocedimientos a seguirse para la obtencin de los Grados Acadmicos de
Magister, Doctor y Ttulo de Segunda Especialidad Profesional de los
Programas que oferta la Escuela de Postgrado (EPG) de la Universidad Nacional
de la Amazona Peruana (UNAP) o de otras universidades nacionales y
extranjeras.
Artculo 2.- Las normas en las que se sustenta el presente Reglamento son:a. Ley Universitaria N 30220
b. Estatuto de la Universidad Nacional de la Amazona Peruana
c. Reglamento Acadmico de la Escuela de Postgrado de la UNAP
d. Ley N 27815 del Cdigo de tica y Biotica.
Artculo 3.- La EPG-UNAP otorga Grados Acadmicos de Magister con lassiguientes denominaciones:
Magister en:- Ciencias en Gestin ambiental- Ciencias con Mencin en Desarrollo Agrario Sostenible- Ciencias en Agronegocios- Ciencias e Ingeniera con mencin en Seguridad Industrial- Ciencias e Ingeniera con mencin en Salud Ocupacional- Ciencias e Ingeniera con mencin en Relaciones Comunitarias- Acuicultura- Ciencias con mencin en Ecologa y Desarrollo- Ciencias con mencin en Planificacin y Manejo de reas Naturales
Protegidas
4
- Docencia Universitaria- Educacin con mencin en Problemas de Aprendizaje- Educacin con mencin en Gestin Educativa- Docencia e Investigacin Universitaria- Ciencias Forestales con mencin en Manejo Forestal.- Derecho con mencin en Ciencias Penales- Derecho con mencin en Derecho Civil y Comercial- Salud Familiar y Comunitaria- Salud Pblica- Ciencias de Enfermera con mencin en Adulto y Anciano- Ciencias de Enfermera con mencin en Materno Infantil- Ciencias de Enfermera con mencin en Nio y Adolescente- Gestin Empresarial- Gestin Pblica- Auditora- Finanzas- Negocios Internacionales- Administracin de Negocios- Ciencias en Procesos Alimentarios con mencin en Procesamiento de Frutas
y Vegetales y Procesamiento de Recursos Hidrobiolgicos- Gestin Alimentaria con mencin en Nutricin- Gestin Alimentaria con mencin en Seguridad de la Industria Agroalimentaria- Ciencias y Tecnologas Ambientales- Ingeniera de Sistemas con mencin en Gerencia de la Informacin y Gestin
del Software- Epidemiologa y Enfermedades Tropicales.
Artculo 4.- La EPG-UNAP otorga Grados Acadmicos de Doctor con lassiguientes denominaciones:
Doctor en:- Ambiente y Desarrollo Sostenible- Ciencias con mencin en Ecologa Amaznica- Educacin- Derecho- Ciencias en Enfermera- Ciencias en Salud Pblica- Ciencias Empresariales- Nutricin- Ciencias Ambientales- Ingeniera de Sistemas
5
Artculo 5.- La EPG-UNAP otorga Ttulos de Segunda EspecialidadProfesional con las siguientes denominaciones:
Especialista en:- Enseanza de la Formacin Ciudadana y Cvica- Enseanza de Historia, Geografa y Economa- Enfermera en Centro Quirrgico- Enfermera en Cuidados Crticos- Enfermera en Salud Mental y Psiquiatra- Enfermera Nefrolgica- Enfermera en Emergencias y Desastres- Gerontologa y Geriatra- Medicina con mencin en Ginecologa y Obstetricia- Medicina con mencin en Pediatra- Medicina con mencin en Anestesiologa- Medicina con mencin en Medicina Familiar y Comunitaria- Medicina con mencin en Enfermedades Infecciosas y Tropicales- Carieloga y Endodoncia- Ortodoncia y Ortopedia Maxilar- Periodoncia.
TTULO IIDE LA TESIS O INVESTIGACIN EN EL CAMPO PROFESIONAL
-
CAPTULO I: DE LAS TESIS DE GRADO
Artculo 6.- La tesis de grados son trabajos de investigacin cientfica,tecnolgica o filosfica, constituyen una produccin intelectual, enmarcadas en
las reas y lneas de investigacin del programa correspondiente. Esta ser de
relevancia regional, nacional e internacional.
Artculo 7.- La tesis es requisito indispensable para la obtencin de losgrados de Magister o Doctor. Es indispensable la sustentacin pblica y la
aprobacin por parte del jurado para la obtencin del grado correspondiente.
Artculo 8.- La tesis de Maestra es un trabajo de investigacin original ycrtico de carcter bsico o aplicado, en el campo correspondiente de su mencin
6
que contribuya al desarrollo local, regional o nacional, es elaborado por un
mximo de dos (2) integrantes.
Artculo 9.- La tesis Doctoral es el aporte original a la ciencia, la innovacincon el descubrimiento de nuevas categoras y unidades de anlisis que el
investigador ha logrado desarrollarlos en su concepcin terica y epistemolgica
en el campo de su disciplina. Constituye una produccin intelectual individual.
CAPTULO II: DE LA INVESTIGACIN EN EL CAMPO PROFESIONAL
Artculo 10.- La investigacin en el campo profesional o informe de campoes requisito indispensable para la obtencin del Ttulo de Segunda Especialidad
Profesional, es el aporte de carcter operativo en el campo correspondiente de la
especialidad. Constituye una produccin intelectual individual o hasta tres (3)
integrantes.
TTULO IIIDE LA ELABORACIN, PRESENTACIN, APROBACIN Y EJECUCIN DELPROYECTO DE TESIS O INVESTIGACIN EN EL CAMPO PROFESIONAL
CAPTULO I: DE LA ELABORACIN DEL ANTEPROYECTO DE TESIS O INVESTIGACIN ENEL CAMPO PROFESIONAL
Artculo 11.- El Anteproyecto de Tesis para obtener los grados de Magister oDoctor y el Ttulo de especialista debe ser elaborado de acuerdo al esquema que
se encuentra en el Anexo N 01 o Anexo N 2 del presente reglamento;
dependiendo del tipo de metodologa a desarrollar.
CAPTULO II: DE LA PRESENTACIN DEL PROYECTO DE TESIS O INVESTIGACIN EN ELCAMPO PROFESIONAL
Artculo 12.- El Anteproyecto de Tesis de Maestra puede ser presentado a laDireccin de la Escuela de Post Grado despus de haber aprobado la primera
asignatura de investigacin, pero indefectiblemente al haber finalizado la
7
segunda asignatura de investigacin, por ser requisito indispensable para la
aprobacin del curso del programa correspondiente, refrendado con el visto
bueno del asesor.
Artculo 13.- El Anteproyecto de Tesis para el Doctorado debe ser presentadoa la Direccin de la Escuela de Post Grado despus de haber finalizado la primera
asignatura de investigacin, siendo requisito obligatorio para la aprobacin del
curso, correspondiente a cada programa de Doctorado.
Artculo 14.- La investigacin en el campo profesional o el informe de campode Segunda Especialidad profesional debe ser elaborado durante el desarrollo de
la primera asignatura de investigacin y presentado a la Direccin de la Escuela
de Post Grado.
Artculo 15.- Las asignaturas de investigacin y seminarios de tesis segn elplan de estudios de cada programa estarn diseados para apoyar a la ejecucin
e informe de la tesis o investigacin en el campo profesional.
Artculo 16.- Habiendo cumplido con los requisitos contemplados en elReglamento Acadmico de la EPG y el presente reglamento, la Direccin remitir
a la Coordinacin del Programa respectivo el Anteproyecto de investigacin de
Maestra, Doctorado y Segunda Especialidad, para designar el jurado que debe
estar inte