reglamento de estudios de posgrado (rep...

32
Dirección de Estudios de Posgrado Reglamento de Estudios de Posgrado (REP7) Aprobado por: Comité de Docencia 22 de junio de 2011 Consejo Técnico Consultivo 27 de septiembre 2011 Junta de Gobierno 20 de octubre de 2011 Vigencia: A partir del 21 de octubre de 2011

Upload: phamanh

Post on 14-Sep-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Dirección de Estudios de Posgrado

Reglamento de Estudios de Posgrado (REP‐7)

Aprobado por: Comité de Docencia 22 de junio de 2011 Consejo Técnico Consultivo 27 de septiembre 2011

Junta de Gobierno 20 de octubre de 2011

Vigencia: A partir del 21 de octubre de 2011

8 CONACYT ~

CICESE Consejo Nac•onJI de Cienria y Tecnologia

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO' DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

1

8 CONACYf ~

CICESE Consejo NJetonal de Cienna y Temologia

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTiFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

1. GENERALIDADES

1.1 De Ia instituci6n 1.1.1. Bases juridicas 1.1.2 Prop6sito

IN DICE

1.1.3 Objetivos de los programas de posgrado 1.2 De las autoridades

1.2.1 Jerarquias 1.2.2 Comite de Docencia (CD) 1.2.3 Consejo de programa de posgrado (CPP) 1.2.4 Coordinador del Programa de posgrado

1.3 Definiciones 1.3.1 Programas y su normativa interna 1.3.2 Cursos 1.3.3 Creditos 1.3.4 Calificaciones 1.3.5 Examen de ingreso 1.3.6 Examen de conocimientos basicos (ECB) 1.3. 7 Exam en predoctoral (EPD) 1.3.8 Tesis 1.3.9 Examen de defensa de tesis 1.3.1 0 Estatus academi~o de los estudiantes Las causales de baja definitiva son:

1.4 Revalidaciones, inconformidades y apelaciones 1.4.1 Revalidaci6n de cursos y creditos 1.4.2 lnconformidades y apelaciones

2. DE LOS ESTUDIANTES

2.1 Admisi6n 2.1.1 Para el programa de maestria en ciencias: 2.1.2 Para el programa de doctorado en ciencias: 2.1.3 Reingreso

2.2 Permanencia

2

8 CONACYT ~

CICESE Conse}O Nanonal de Ciencia y TemoloRIJ

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGAC16N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

2.2.1 Programa de maestria 2.2.2 Programa de doctorado

2.3 Obtenci6n del grado de maestro en ciencias 2.4 Obtenci6n del grado de doctor en ciencias 2.5 Derechos y obligaciones

2.5.1 Derechos 2.5.2 Obligaciones

3. DE LOS DOCENTES

3.1 Profesores 3.1.1 Elegibilidad 3.1.2 Derechos 3.1.3 Obligaciones

3.2 Ayudante de curso o practicas 3.2.1 Elegibilidad 3.2.2 Derechos 3.2.3 Obligaciones

3.3 Director de tesis 3.3.1 Elegibilidad 3.3.2 Derechos 3.3.3 Obligaciones 3.3.4 Cambio de director de tesis

3.4 Comite de Tesis (CT) 3.4.1 Elegibilidad 3.4.2 Derechos 3.4.3 Obligaciones 3.4.4 Cambios en el Comite de Tesis

4. DE LAS REFORMAS AL REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO Y CASOS IMPREVISTOS

4.1 Modificaciones 4. 2 Casos no previstos

TRANSITORIOS

3

8 CONACYT ~

CICESE ConseJO N•nooJ/ de CienciJ y TE<nolngla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGAC16N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

1. GENERALIDADES

1.1 De Ia instituci6n

1.1.1. Bases juridicas

El presente Reglamento de Estudios de Posgrado (REP) rige Ia organizaci6n, funcionamiento y desarrollo de los estudios de posgrado que se realizan en el Centro de lnvestigaci6n Cientifica y de Educaci6n Superior de Ensenada, B.C. (CICESE), gue tienen como base el Estatuto Orgfmic? (EO) y el Manual de Organizaci6n de las y Areas Academicas y Administrativas y las Areas de Apoyo (MOAAA) . D __

1.1.2 Prop6sito

El prop6sito de los programas de posgrado es formar recursos humanos de Ia alta calidad que profundicen y amplien el conocimiento y Ia cultura nacion universal para desarrollar Ia ciencia y Ia tecnologia, asi como transformar e inn los aparatos educativos y productivos de bienes y servicios.

Cfi f . fu1

as ; -;: 3 ., 1 y Qs~-q: ·-- '{,

var q j _;~; __ '~ J <J e;[ C•~-t

~~a~ 1.1.3 Objetivos de los programas de posgrado A ':= '_;;;J t 1- ~...,_ _. r: '

El Centro .de lnvestigaci6n Cientifica y ~e E?uc~ci6~ ~uperior de Ense1a~a> r·f~l (CICESE), t1ene programas de posgrad.o pr?p1os e mtennst1tu~1on~les en los cual~ ~~ E -~ -~J. otorgan los grados de maestro en c1enc1as y doctor en c1enc1as. Los progr~~:~ 11 o U!·

interinstitucionales o asociadas se establecen mediante un convenio entre el CICE''SB-.~ ~5 'I y una o mas instituciones externas y se rigen de acuerdo con las norm as de eSte~ -···- -reglamento y las especificas contenidas en los convenios de colaboraci6n, estos podn3n contemplar otorgar el doble grado.

Los programas de posgrado deben ser disenados y propuestos par las areas academicas, de acuerdo con Ia definicion del Manual de Organizaci6n de las Areas Academicas y de Apoyo del CICESE (MOAAA). Todos los programas de posgrado deben ser evaluados y, en su caso, aprobados par el Comite de Docencia (CD), el Consejo Tecnico Consultive (CTC) y Ia Junta de Gobierno (JG), de acuerdo al articulo 12, fracci6n V del decreta publicado en el Diario Oficial de Ia Federaci6n del dia 13 de octubre de 2006.

4

e CONACYT ~

CICESE Cooll!jo Naoonal de Cienna y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

El objetivo de los programas de maestria en ciencias es proporcionar una base amplia de conocimientos que permita al egresado realizar actividades docentes, de desarrollo tecnol6gico y de apoyo a Ia investigaci6n.

El objetivo de los programas de doctorado en ciencias es formar investigadores capaces de generar y aplicar conocimientos en forma independiente, original e innovadora.

1.2 De las autoridades

1.2.1 Jerarquias (j)

o I Las autoridades del CICESE, en lo concerniente a los estudios de posgrado on en ~ ;; ~tl arden jerarquico descendente: ~ ~ ~ ~

O";.,c::l a) El Director General. b) El Consejo Tecnico Consultivo (CTC). c) El Director de Estudios de Posgrado. d) El Comite de Docencia (CD). e) Los Coordinadores de los Programas de Posgrado. f) Los Consejos de Programas de Posgrado (CPP). g) Los Jefes de Departamentos academicos y Directores de Division.

0 ~~~i -'(' ~ (; i: ~ "L..<:;:c,• 0.~2gi_ ;;:;.:d -:;.· ::: ;;ol

...... •.;;.), ::',C.' ,_f G~~~c~t <:("" <.;.:;-~{ :;;.-;: c i:· -~:I 0 ·C ·..: ~\ 1 u ·.:;· ~::~~ :: I ~re"• C;:: r:!

~· .. .:~ .. ~:"l.,e c' r~ {-'. !_ <1;..,:;::~ ... ~~ ..._ ~---"'.

Las definiciones, obligaciones y facultades de a), b), c) y d) se sefialan en el E§i~~:jo,?_~_,_j Organico y el MOAAA del CICESE, ademas de las que se especifican en el presente reglamento.

1.2.2 Comite de Docencia (CD)

El Comite de Docencia estara constituido por el director de Estudios de Posgrado -quien lo preside-, los coordinadores de los programas de posgrado del CICESE e interinstitucionales, un representante estudiantil por cada una de las divisiones academicas del CICESE y uno por programa interinstitucional.

El cargo de miembro del Comite de Docencia, tendra un caracter honorifico por lo que su desempefio no generara ningun beneficia econ6mico.

5

e CONACYT ~

CICESE ConseJO Nae~onal de Oenci.1 y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

Los procedimientos de elecci6n de los representantes estudiantiles y los tiempos de representaci6n se encuentran descritos en el articulo 16 del Manual de Organizaci6n de las Areas Academicas y de Apoyo del CICESE (MOAAA).

El CD tendra dos reuniones ordinarias cada cuatrimestre lectivo, de acuerdo con el calendario escolar y reuniones extraordinarias cuando las convoque el Director de Estudios de Posgrado.

6

8 CONACYr ~

CICESE ConwJO N.>eional de Cienna y Temologia

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

1.2.3 Consejo de programa de posgrado (CPP)

El CPP esta integrado por el coordinador del Programa del Posgrado, los jefes de los departamentos involucrados y un maximo de 10 investigadores con grado de doctor y con actividad en las areas de dicho posgrado, elegidos por los investigadores que participan activamente en el programa impartiendo cursos, dirigiendo tesis y formando parte de comites de tesis .

Los miembros elegidos tendran este nombramiento honorifico por 3 anos, pudiendo ser C5 reel,egidos conf~rme a Ia norma~iv~ i.nterna d~ cad a Programa de. Posgraqe.,~··Geft;~~J

y:;;~~e~0~~~~~=~~~·. el CPP podra 1nv1tar ocas1onalmente a sus ses1ones a ~~· Ulene1 ~®f

El cargo de ~iembro del Co~ite,de Doc~~cia, ten,dr~ un caracter honorifico po lo ~~.~ u.! su desempeno no generara n1ngun benef1c1o econom1co. . 0 ~.,;, :d

cf' < ~- ~:,! ......_ . r ._, W

Las funciones del CPP son: 0 "-' o; Lei£

-~ ~.:til a) Proponer al CD las modificaciones sustanciales de los Programas de Po rn:ado~~- ~~, )-~.

de acuerdo a lo establecido por Ia Direcci6n General de Profesione 1ie:.la~ ~. ·~ t Secreta ria de Educaci6n Publica (SEP). <3 ~~) .~ .~

b) Hacer las modificaciones de los planes de estudios. ·"-~:,:~. ~ 8 8{ c) Analizar y, en su caso, aprobar los temarios de los cursos y sus modificac ~!1'~· f) t d) Supervisar que las actividades docentes de los investigadores y profes0r.es-· sem--··· .. ''

desarrollen adecuadamente. e) Autorizar, cada cuatrimestre, los cursos, los profesores y los ayudantes que los

impartiran e informarlo al Departamento de Servicios Escolares (DSE) de acuerdo con lo establecido en el calendario escolar; para Ia designaci6n de profesores y ayudantes el CPP hara uso de Ia informacion generada a partir de las evaluaciones que los estudiantes hacen de los docentes.

f) Analizar las solicitudes de admisi6n y readmisi6n de los estudiantes y, en su caso, recomendar las admisiones al CD, con base en lo dispuesto en el presente reglamento.

g) Autorizar Ia revista arbitrada cuya calidad sea considerada adecuada para que el estudiante de doctorado publique sus resultados .

7

a • CONACYT Coo<eJO Nactooa/ de Ciencta y Tecnologia

~ CICESE

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTiFICA Y DE EDUCAC16N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

h) lntegrar comites examinadores para elaborar y aplicar examenes de conocimientos basicos.

i) Trabajar en forma colegiada en los procesos de evaluaci6n del Programa de Posgrado, sea para su permanencia o promoci6n de nivel dentro del Programa Nacional de Posgrado de Calidad (PNPC) convocados por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia (CONACYT).

j) Formar comisiones, con miembros del personal academico, para tratar asuntos especificos del Programa de Posgrado.

k) Analizar y, en su caso, aprobar los anteproyectos de tesis propuestos y Ia nominaci6n de los directores, asi como cualquier cambia sustancial al tema de \.<. tesis. c.:_:)

I) Aprobar a los miembros de los Comites de Tesis propuestos por el direc.IDJ.-m~--v

tesis y el estudiante, o vetar a aquellos que hayan incurrido en el incumpli 1

iento 8 .1/J • ·- 1/J

de sus obligaciones descritas en este reglamento. :g ':? § •. m) Evaluar Ia permanencia de los estudiantes dentro del programa de posgra o de ~ ·~.3. ~.~I·••

acu~rdo a lo establecido en este reglam~nto. . . 0 s ? ~ · n) Anal~zar y, en su caso, aprobar los perm1~os de ausenc1a ~~_los estud1ant~ .; CJ ?, ~ ~ o) Anahzar y, en su caso, aprobar los camb1os en Ia compos1c1on de los com1 es ~ ~ 3"5.

tesis. i 0 ~ s ~ I. - ;J •I) ......

p) Formulary, en su caso, modificar Ia normativa de su programa, Ia cual '{ be~ .;~< Ti enviar al CD para su ratificaci6n y a Ia direcci6n de Estudios de Posgrado t ~ 2.~~ para su implementaci6n. ! ~ > ~ :9 g

q) Determinar los contenidos, formatos y procedimientos para los examen ~de 53 g ~ conocimientos basicos. l}:-.. ·2 ~ g;

r) Cumplir y hacer cumplir lo senalado en el presente reglamento y dar respu,~{j.:~ ~'-' 0 los requerimientos de las autoridades del CICESE de acuerdo a Ia jerarquiz~.GJ.~;· .~ establecida en este reglamento.

s) Analizar y resolver los conflictos academicos entre estudiantes y personal academico.

t) Proponer a Ia DEP los candidates para recibir becas de Ia balsa del programa de posgrado, de acuerdo con el marco operative de becas administradas por Ia DEP.

u) Definir montos y tiempos de duraci6n de las becas internas sin exceder lo que establece el marco operative de becas administradas por Ia DEP y evaluar el desempeno del estudiante.

v) Analizar y, en su caso, aprobar las solicitudes de movilidad estudiantil a Ia que se refiere Ia Polftica lnstitucional de Movilidad Estudiantil.

8

e CONACYT ~

CICESE Consejo N.!CIOIIJI de CienciJ y Temologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCAC16N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

w) Hacer cumplir las recomendaciones emitidas par el comite examinador del examen de conocimientos basicos.

1.2.4 Coordinador del Programa de posgrado

El Coordinador del Programa de Posgrado sera un investigador ordinaria con grado de doctor, designado par el director de Estudios de Posgrado que tamara en cuenta Ia recomendacion consensuada de los jefes de los departamentos involucrados en el programa y los directores de las divisiones, Ia cual sera elaborada despues de escuchar Ia opinion de los investigadores del CICESE que participan activamente en el ~ prog.r~ma de yosgrado impartiendo cursos, dirigiendo tesis y formando pq_rte de <f) .t com1tes de tes1s. o ·

~' '!}; ta ~ ~i G~~

La duracion del cargo sera de 3 a nos con posibilidad de renovacion una sol vez y~ ~ :~ l podra ser removido par el .dire.ctor de ~studios de Posgrado.' previa consulta al .cPP.i ·· ?.. ~-.~.·.S .. I al CD. En casas extraord1nanos un m1embro del CPP, des1gnado par el coor 1nad · , ~ z ~} puede convocar y presidir Ia reunion e incluso sustituir al coordinador en una eun ' ~· £ ~ \ del CD. 0 ~ ~ d

l :J i11 ~~ El coordinador debera: \ t;: :_~ ~ ~~t

u / ~.·""·> ...... ~

a) Convocar y presidir las reuniones del CPP y formar parte del CD. : ~ ~~ i i ~ b) Convocar y presidir las reuniones con los profesores del Program a de Po~~do ·~. g ~.!

para Ia renovacion o modificacion del CPP. g::~\~£! ~Gc•i c) Dar seguimiento a las comisiones integradas par el CPP para tratar a~J111tb.s2.~-~~

especificos. d) Coordinar las tareas relacionadas con los procesos de evaluacion del programa

de posgrado, ya sea para su permanencia o promocion de nivel, dentro del Programa Nacional de Posgrado de Calidad (PNPC) convocados par el CONACYT.

e) Comunicar los acuerdos tornados par el CPP a Ia DEP y enviar las aetas de las reuniones a mas tardar tres dias habiles despues de haberse celebrado.

f) Coordinar a los profesores y elaborar los horarios de los cursos del programa de posgrado aprobados par el CPP.

g) Orientar y auxiliar academicamente al estudiante hasta Ia eleccion de su tema de tesis y Ia formacion de su Comite de Tesis.

h) Dar seguimiento al buen desarrollo de las tesis y al trabajo de los comites.

9

8 CONACYT ~

CICESE ConseJO N.u:•ooal rle CienciJ y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

i) Elaborar solicitudes de apoyo al posgrado y los informes requeridos por el CONACYT y otras instancias.

j) Participar activamente en Ia promocion y difusion del programa. k) Auxiliar a Ia DEP en el seguimiento de los egresados del programa. I) Cumplir con lo senalado en el presente reglamento y por las autoridades del

CICESE, en Ia esfera de su competencia . m) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del CPP. n) lnformar anualmente al CPP y a Ia DEP sobre el gasto ejercido. o) Coordinar con el o los directores de Division Academica las actividades ~

relacionadas con Ia asignacion de infraestructura del programa. (/)

0

1.3 Definiciones ~ ~ ~ 'i: .~(a :;~c-

' ro .:: 1.3.1 Programas y su normativa interna ,.) E ~

O C'-Cl .... 0(:;'

;;: c z' Las areas academicas del CICESE pod ran tener programas de posgrado co f.;) ~ i s I orientaciones en los temas del co nacimiento de su competencia con Ia aprobaci9n d~'lf ~~~I CD, CTC y Junta de Gobierno. Ademas, los programas podran otorgar doble ~rad~ ~J ~-~ mediante un convenio celebrado con otras instituciones. Los mecanismos espec:(lfi£0 S ~, iJ de cada caso deberan quedar definidos en el mencionado convenio y ser aprotia~o~ -g· c ~ por el CPP y el CD. ~. ~ ~ g ~. I o ·o J v1

~ u <:illlc

Cad a program a de posgrado debera tener una normativa propia con disposior.J~~~ g 6 8 especificas y complementarias para alcanzar sus objetivos, Ia cual no podra ser ~..§ti§JL.~-..... estricta que el presente reglamento . La normativa de cada programa y sus modificaciones posteriores seran elaboradas por el CPP correspondiente y sometidas al CD para su ratificacion.

1.3.2 Cursos

Los cursos pueden ser teoricos, practicos o mixtos. Cuando proceda, pod ran impartirse cursos en Ia modalidad a distancia. Los cursos seran abiertos para todos los estudiantes del CICESE, estudiantes ajenos al posgrado solo podran inscribirse previa consentimiento del profesor responsable del curso.

Los cursos obligatorios definidos por cada CPP en su programa y orientaciones deberan estar calendarizados con un anode anticipacion.

10

8 CONACYT ~

CICESE COOSf'JO Nar10nal rl• Cienn.1 y Te.-nnlogla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCAC16N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

Cuando un curso es impartido por varies profesores, los cn§ditos seran compartidos proporcionalmente a las actividades desarrolladas por cada uno de ellos. Un curso no podra ser ofrecido por mas de tres profesores.

Los ayudantes de curso recibiran un reconocimiento equivalente a un maximo de Ia tercera parte de los creditos totales del curso.

1.3.3 Creditos

La carga academica asociada a cada uno de los programas de posgrado del CICE;SE se expresara por el numero de creditos necesarios para completar el plan de estu ios. Un credito equivale a ocho horas de teorfa o dieciseis horas practicas.

-~ 'f ·~11 ~~~I :; "C c

1.3.4 Calificaciones 0 ~g.~

El profesor emitira una calificaci6n final para evaluar a cada estudiante inscrito e ' un ~ ~ ;~.;_; !•

curso. La escala de calificaciones es de 0 a 100 en numeros enteros para curses con 0 ~ ·~ ·;;:. creditos. Aquellos curses que carezcan de creditos se evaluaran como acreditad . $ o1 :~; ~ · no acreditados. Se considera como calificaci6n final aquella entregada al Departam ~ruo;{ ~ ~ .:S li de Servicios Escolares (DSE) por el profesor responsable del curso en Ia f cfla> ~- ~ ~ senalada en el calendario de actividades docentes vigente. No habra exam h~s -~ ?. ;I! extraordinarios o a tftulo de suficiencia. .~:·. ·3 ~~ ~ ~

*ft.;. .... ·:;:-~· .. .t m L\ U :~

El promedio de calificaciones se calculara ponderando Ia calificaci6n del curso co ·:,s.~=.: .. ~L .J valor en creditos. Las calificaciones menores o iguales a 60 se consideran reprobatorias. Si despues de haber reprobado una materia, un estudiante mantiene en las restantes un promedio mayor o igual a 80, debera cursarla nuevamente; Ia nueva calificaci6n sustituira a Ia anterior y sera considerada en el calculo del promedio global ponderado.

1.3.5 Examen de ingreso

El examen de ingreso es obligatorio para poder ser admitido a cualquier programa de posgrado, y su resultado, sera considerado como un elemento adicional para Ia aceptaci6n del candidate. El formate, contenido y presentaci6n del examen sera definido por el CD.

11

-CONACYr ~ CICESE ConseJO NoJnonal de CienciJ y Tecno/ogia

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTiFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

En caso de los aspirantes que residan en el extranjero se buscara Ia forma de que presenten el examen de ingreso; de no ser posible, el CD podra sustituirlo por otro tipo de evaluacion, tomando en cuenta Ia opinion del CPP correspondiente.

Los programas de posgrado podran implementar algun examen de ingreso adicional, siempre y cuando lo indiquen en su normativa interna.

En el caso de estudiantes inscritos en alguna institucion de educacion superior que tenga convenio con el CICESE para doble grado, el proceso de inscripcion al CICESE estara sujeto a lo especificado en este reglamento.

l •• ---~ I 11) f q !;;

1.3.6 Examen de conocimientos basicos (ECB) <::: ·"- •a •

Este examen tiene como objetivo evaluar si el alumna de doctorado tie e los ~l~! conocimientos necesarios para plantear y resolver problemas basicos en el areQ % S ::1 general de su programa, enfatizando en los temas de Ia orientacion particult: r., ~i ) ~ n.· acuerdo con los criterios defini?os yor el CPP de_ ca~a progra_ma. El CPP de .ca$ i ~ ·~ :,:_~ prog~~ma de. posgrado determ~nara e~ su n_ormat1va 1nterna s1 este ex~men :s u~ :" ,~~ ~~ l requ1s1to de 1ngr~so_ o de permanenc1a, as1 co~o Ia estructura y el t1e~po!! ~a~ :~ .g':;i pres~ntarlo~ En mngun caso_ Ia fecha de presentac1on de este exam en debera exal , Et!;I E!J> ·~.·. f·:···· ;.)·

el pnmer a no de permanenc1a en el programa de doctorado. ~ ti :~· ~ i

El ECB sera preparado y aplicado par un comite examinador integrado par al "!~~~ ~~,il.l tres investigadores con doctorado, quienes seran nombrados por el CPP. El form~J2~.:E1J_?~·~· .. f contenido, los criterios de evaluacion y Ia conformacion del comite seran definidos por Ia normativa del programa de posgrado respectivo.

El dictamen que podra emitir el comite evaluador es "aprobado" o "no aprobado". Este dictamen podra ser acompanado con recomendaciones, las cuales deberan ser acatadas bajo Ia supervision del CPP. El resultado del examen debera quedar asentado en un acta y ser notificado al CPP.

En caso de no aprobar este examen, si el estudiante ya esta inscrito en el programa de doctorado, debera presentarlo por segunda y ultima vez en un plaza que determinara el comite examinador, el cual no debera exceder tres meses a partir de Ia fecha de Ia primera presentacion.

12

8 CONACYr ~

CICESE Consejo N.>t1onal de OeMiJ y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTiFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

Bajo ninguna circunstancia podra una persona presentar mas de dos ECB en el CICESE, incluyendo sus programas interinstitucionales.

1.3. 7 Examen predoctoral (EPD)

Este examen tiene como objetivo evaluar si el estudiante ha resuelto, en lo general, el problema planteado como tema de tesis y ha obtenido resultados publicables, y 'b verificar si ha alcanzado Ia madurez necesaria para poder identificar y resolver problemas de investigaci6n de manera independiente. -· R £

~eli U)'" .,.,. !'-:"- {~~

El EPD de?~r~ presentarse. ~ mas ta~dar al final_ del decimo cuatrimestre, siem re y ]~.~-1~~ cuando, a JUICIO de su Com1te de Tes1s, el estud1ante haya alcanzado el 80% los ; ;;:: :J objetivos planteados en su proyecto de tesis y halla sometido un articulo deriva o d£~ 0.f.:_:~l su tesis, como primer autor, a una revista aprobada por el CPP. 0 ;~ ~ :,~J'

<{ '(. '', .. ,

Cuando los requisites para presentar el exam en no hayan sido cubiertos, el estu iant~ :: J ~.1 debera solicitar una pr6rroga, avalada por el Comite de Tesis, ante el CPP justifi ndo;; ~- · r las causas del retraso. t ;:~ ~= ,d,

' oct : ·:: t El EP~ s~ra aplicado por el Comite de ~esis quien determinara Ia forma, estructi. rl y ~ ~- ~~­procedlmlentos del examen. La normat1va de cad a programa de posgrado d{~~f:~ 2) c...:u~; determinar si participa o noel director de Ia tesis en el EPD. ~- ·:~:;:~:·>" __ f, l

El resultado del examen, que podra ser "aprobado" o "no aprobado", debera quedar asentado en un acta y sera notificado al CPP. Este dictamen podra ser acompanado con recomendaciones a las que debera dar seguimiento el Comite de Tesis.

Los estudiantes que no aprueben el EPD podran presentarlo por segunda y ultima vez en un plazo determinado por el Comite de Tesis y ratificado por el CPP, el cual no podra ser mayor a seis meses a partir de Ia fecha de su primera presentaci6n.

El EPD debe de ser presentado por lo menos tres meses antes de que se realice Ia defensa de Ia tesis.

13

-CONACYT ~ CICESE ConseJO N¥1onal de Oenn.1 y Temologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTiFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

1.3.8 Tesis

La tesis es el manuscrito que plantea un problema que reune Ia justificacion, metodologia, resultados y discusion de Ia investigacion en un problema original no resuelto previamente.

La tesis debera escribirse en espafiol , opcionalmente en ingh3s con previa aprobacion del Comite de Tesis y del CPP. En ambos cases es indispensable que Ia tesis se ajuste al formate definido por el DSE.

La tesis debera ser aprobada por los miembros del Comite de Tesis utilizando el formate de aprobacion correspondiente del DSE. El titular del DSE emitira.' -ta&--(})~...,

recomendaciones necesarias para alcanzar Ia version final del manuscrito de tesis que ~ "' ·'' ~ sera requisite indispensable para solicitar su defensa oral. -:::!. ~' 41

:;;:;~~t

1.3.9 Examen de defensa de tesis ·~· ·~·~l 0 .... < ~·

Este examen tiene Ia funcion de evaluar Ia forma en que el estudiante ha utili addl .t; ~~ \ conce~~os y metodol?gias _cien_t!ficas o tec_nologi~as para Ia soluc~~n de los probl maEt'] -? ~' :.~ \ espec1f1cos de su 1nvest1gac1on de tes1s, as1 como su hab1hdad para pia . teaQ l_ ~-.• ~~ ~ exp!ica_ci~nes y solucione~ _a pregu~tas y problemas nuevas. La defensa de Ia e~~ ~· ;~:·:~ i sera publica y ante el Com1te de Tes1s. ~ ~ / ·~·.~.d.

<: ,_ '· 0 ~ 0 <" ~

Para solicitar Ia fecha de examen de defensa de Ia tesis, el estudiante debera entr~g~,~"" r, ~· Ia version final de Ia tesis al DSE. Ademas, los estudiantes de doctorado debeta~·.: -~ .~ entregar el comprobante de aceptacion de una publicacion de investigacion en u'rHi -~-'" revista arbitrada y avalada por el CPP. La publicacion debera estar basada en los resultados de su trabajo de tesis doctoral y el estudiante debera ser el primer o unico autor.

En Ia defensa de tesis sera obligatoria Ia presencia (no virtual) del numero minima de miembros del comite requerido por este reglamento. Cuando sea necesario el CPP designara a otro investigador que participe en el examen y firme el acta.

El director del Comite de Tesis fungira como presidente del comite evaluador; en caso de existir un codirector, el comite debera acordar quien de ellos fungira como presidente. Los demas miembros del comite fungiran como sinodales.

14

a • CONACYT Con<eJO NaetonJf de Ciencw y Tecnologfa

~ CICESE

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACION CIENTiFICA Y DE EDUCACIQN SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

El comite podra dictaminar el resultado como aprobado por unanimidad, aprobado por mayoria o no aprobado. En caso de no aprobar, el estudiante podra presentar el examen por segunda y ultima ocasi6n en un plazo maximo de tres meses para Ia maestria y de seis meses para el doctorado, a partir de Ia fecha de su primera presentaci6n.

El examen debera efectuarse en las instalaciones del CICESE o de Ia instituci6n externa a Ia que pertenezca el programa de posgrado interinstitucional, en Ia fecha establecida por el Comite de Tesis y con Ia aprobaci6n previa del DSE.

Cuando Ia tesis involucre aspectos de confidencialidad, donde exista un convenio firmado entre el CICESE y otra instituci6n publica o privada o que el Director Genera?_ll .... o..-........._-. recomiende, el Comite de Tesis podra solicitar al CPP y al CD que Ia tesis de g do quede al resguardo del director de tesis y de Ia DEP hasta Ia publicaci6n de (s) patente(s) por el lnstituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI), Ia Organiza i6n :J..- c

Mundial de Ia Propiedad Industrial (OMPI), u otra agencia; o en el caso que no aya ~ E ~ patentes, el permiso otorgado por Ia otra instituci6n. La publicaci6n de un art1 ulo 0 ~ ~ ~ arbitrado derivado de Ia tesis continuara siendo requisito obligatorio para los9 ~ w 2 estudiantes de doctorado. o"" ~ ~ ~

-o:l _.~ru.:£11J

Una vez hecha(s) publica(s) la(s) patente(s), Ia tesis debera ser entregada al respe ti~o~ § Q) ~ Comite de Tesis y a Ia biblioteca del CICESE. . ~ ::> {§

<:: cu-e ·o u (.) '() ~ c

.::::. (j · -

1.3.1 0 Estatus academico de los estudiantes :~{~~::: ~ o ·--::;· 0

Los estudiantes del programa de posgrado podran tener los siguientes estatus:

a) Regular. Se refiere al estudiante que esta inscrito, reune los requerimientos academicos para permanecer dentro del programa de posgrado y esta dedicado de tiempo completo a su programa de estudios. Ningun estudiante podra estar inscrito simultaneamente en mas de un programa de posgrado del CICESE, o de otra instituci6n. En el caso de estudiantes registrados en programas con doble grado que involucren convenios con una instituci6n academica externa al CICESE, se permitira que el estudiante se inscriba simultaneamente en ambas instituciones.

15

8 CONACYT ~

CICESE Consejo Naetonal de Cienci,, y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCAC16N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

b) Permiso de ausencia. Se refiere al estatus del estudiante que tiene un permiso aprobado por el CPP para separarse temporalmente de su programa de posgrado por un periodo maximo acumulado de hasta un ano, por causas justificadas.

c) Baja administrativa. El estudiante adquiere esta condici6n cuando no se inscribe ni se le ha otorgado un permiso de ausencia aprobado por el CPP. El tiempo transcurrido en este estatus, se contabiliza para el tiempo maximo de permanencia. El estudiante debera de obtener Ia autorizaci6n del CPP para reinscribirse.

d) Baja definitiva. Se refiere al estudiante que queda definitivamente fuera del ~ programa, sin posibilidad de reinscribirse al mismo o a cualquier otro progra'jvlom.:.::a:;o.._ ___ -.: que ofrezca Ia instituci6n. Una vez adquirido este estatus Ia baja es irrevoca le. q i Las causales de baja definitiva son: ~~.~~

• Obtener un promedio ponderado acumulado menor a 80 al finaliza el 1c: .-::. --= '· 0 s 3;;J primer ano en maestri a 0 doctorado. r -- .....

• Ausentarse injustificadamente de sus actividades academicas por as ~ ~~~f.~ de 2 semanas consecutivas en un cuatrimestre. · r, ''" '=- :: 1

• Obte~~r ma~ de u_na calificaci6n re~robatoria. · ~ -~ ~ ~:! • lnscnb1rse s1multaneamente en mas de un programa de posgrado de <( ~~-c·=:f

CICESE o de ~tra instituci6n, excluyendo los programas con conv n~ > Z.f, jq para el otorgam1ento de doble grado. ;23 5 ~· '& fi

• Reprobar por segunda vez el ECB, el EPD o el examen de defensa 9.~:.. -~i ~: ~J • ~: .. ~~.~·., CO L1 Q.: :'

teSIS ~·· ,;,~;" ~- :. . ~;~·:;~~* 0 ~¥ • Exceder el tiempo de permanencia estipulado en este reglamento. ·-- --N·~~--~-~

• No obtener, a juicio del Comite de Tesis, un avance satisfactorio en el periodo correspondiente.

• lncurrir en alguna actividad grave que muestre falta de probidad o etica dentro de Ia instituci6n, tales como:

a. Acoso sexual, violencia ffsica o verbal, o amenazas de cualquier tipo a Ia comunidad del centro.

b. Uso de bebidas alcoh61icas, enervantes o drogas psicotr6picas que interfieran en sus actividades institucionales.

c. Falta de honradez en su actuaci6n academica.

16

8 CONACYr ~

ConseJo N.>e1onJ/ tie CienciJ y Te<:nnlogiJ CICESE REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGAC16N CIENTIFICA Y DE

EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

d.

e.

f.

Hurto, vandalismo, negligencia o uso no autorizado de equipo, material, datos, muestras, informes, o uso indebido de informacion reservada. No observar las politicas de uso de Ia infraestructura y recursos del CICESE y de las instituciones que participan en los programas i nteri nstitucion ales. Otras faltas contenidas en el Codigo de Etica del CICESE.

El CPP correspondiente debera analizar cada caso, leyendo las acusaci Res~-p~ escrito y escuchando las versiones de las personas involucradas. 8 u: ,u:~

1:' : 'L't

Para tener efecto, las bajas definitivas tendran que ser revisadas y, en ratificadas por el CD.

u cas~_-)~~ ' r :::.~}

C) ~;: ': :;:. ~ ;c c' -:: ~

1.4 Revalidaciones, inconformidades y apelaciones ~ Y2 i~ f 1.4.1 Revalidaci6n de cursos y creditos I· ~- ~l~.l La revalidaci6n de cn§ditos de cursos de posgrado estara sujeta a lo siguientel, ~ > fijI

a) Solici_tud escrita del es~udiante dirigida al CPP antes de finalizar le:t:"f.?{ inl~ z ~ cuatnmestre de estancia en el programa, anexando una const~n~!!': qr9e ~ certifique Ia aprobacion de los curses. En el caso de curses aprobados~en-otras..-.l instituciones, presentacion de Ia documentacion oficial en Ia que se indique el contenido tematico y numero de horas-clase de las materias cursadas para hacer Ia conversion a cn§ditos de acuerdo con lo establecido en este reglamento.

b) Aprobacion escrita del CPP (de acuerdo con Ia normativa interna), en Ia que se senale el numero de cn§ditos que se revalidaran.

Los curses considerados para Ia revalidacion de creditos deberan haber sido aprobados con una calificacion mfnima de 80 o su equivalente. En caso de provenir de una institucion donde Ia escala de calificaciones sea distinta a Ia mencionada, se deberan presentar documentos oficiales que permitan establecer una equivalencia. Los creditos revalidados de estudiantes egresados del CICESE y que estan inscritos en el doctorado dentro del mismo programa, seran considerados para el calculo del promedio.

17

e CONACYT ~

CICESE COII<e)O N.JCIOIIJI rle CienciJ y Temologia

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

Los creditos revalidados de instituciones externas se tomarim en cuenta como requisitos de egreso, pero no serim considerados para el calculo del promedio.

Para revalidar los cursos tornados en el CICESE sin ser estudiante formal de un programa de posgrado, deberan haberse acreditado durante los ultimos 36 meses anteriores a Ia fecha de solicitud .

En el caso de estudiantes inscritos en programas de doble grado, Ia reglamentaci6n quedara estipulada en los convenios respectivos entre el CICESE y Ia otra lnstituci6n de Educaci6n Superior.

1.4.2 lnconformidades y apelaciones ...._, {/) ~f

Las inconformidades de caracter academico en los programas de posgrad del ~ 1 .. , l' CICESE e interinstitucionales deberan ser canalizadas a traves del coordinad r del ;! ~- ~f programa al CPP correspondiente. Cualquier apelaci6n sabre una resoluci6n odra ~ ~ ;~ dirigirse a Ia instancia inmediata superior segun Ia jerarquia estipulada en est() ;: :t .Jl reglamento. (\ 3-...:. 'l' f

~ :2 .f{-~ ~· 2. DE LOS ESTUDIANTES c~ Q,, "·' "

1

2.1 Admisi6n ~ ~ Htt Todo estudiante que desee ingresar a alguno de los programas de posgradf ~del ;~ ~ ~J; CICESE debera enviar su solicitud de admisi6n al DSE, debidamente cumplimentf~i3!~~ g fS Jr con los documentos que en esta se indican, dentro del plaza senalado en el cale~d~f-&' r3 !

escolar. El CPP correspondiente analizara Ia solicitud del aspirante y hara ·--una·­recomendaci6n al CD, quien emitira el dictamen final sabre Ia aceptaci6n de los candidatos, con base en los siguientes elementos:

2.1.1 Para el programa de maestria en ciencias:

a) Copia del titulo profesional del nivel de licenciatura o su equivalents, en un area afin al programa de su interes, o constancia de que dicho documento esta en tramite. En caso de no estar titulado, el aspirante debera mostrar algun documento oficial en el que indique Ia fecha tentativa de titulaci6n, Ia cual debera ser previa al ingreso.

18

e CONACYT ~

CICESE ConseJO Nac10nal de Cienna y Temalogia

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

b) Gopia del certificado de estudios de licenciatura donde se muestre que el estudiante tiene un promedio minima de 80 (en escala de 0 a 1 00). En caso de provenir de una instituci6n donde Ia escala de calificaciones sea distinta a Ia mencionada, se debera presentar un documento oficial o autorizado que permita establecer una equivalencia.

c) Resultado del examen de ingreso; cada programa decidira el peso que le asignara a estes resultados en su proceso de selecci6n.

d) Tres cartas de recomendaci6n academica de maestros o investigadores que conozcan al solicitante, escritas estas en el formate indicado porIa DEP. '-..,(

e) Aquellos requisites adicionales estipulados en Ia normativa interna de cada '(:) programa. l.iJ ifi

UJ d

2.1.2 Para el programa de doctorado en ciencias: ~i·~~ C. ~· ~:-.q ~"~~~t·it

CJ ~ ' .. ]' l a) Gopia del acta de examen o diploma de grade de maestri a en un area ~~ fin :~ } t ~.: f·

programa de su interes, o constancia de que dicho documento esta en t amite. :· .-, ;-~ El estudiante debera haber obtenido el grade antes de su ingreso al docto ado~ ::. '~. ~~

b) Gopia del certificado de las asignaturas cursadas en Ia maestria que mue t~ gi, ~· ~ · ~ promedio minima de 85 (en escala de 0 a 1 00). En caso de provenir ~e~na ?: 0] instituci6n don de Ia escala de calificaciones sea distinta a Ia mencionddc?~, se ;:; ~ :~~ debera presentar un documento oficial o autorizado por Ia instituci6n que ~tiitrtllta 2 rS t')~ establecer una equivalencia. ~ ·;~;·:;.~. c"S ;;

c) Aprobar el Examen de Gonocimientos Basicos (EGB), en el momenta que Ia-· requiera Ia normativa interna de cada programa.

d) Resultado del examen de ingreso. Gada programa decidira el peso que le asignara a estes resultados en su proceso de selecci6n.

e) Tres cartas de recomendaci6n academica de maestros o investigadores que conozcan al solicitante, escritas estas en las formas proporcionadas por Ia DEP.

f) Resultado del examen de idioma ingles (TOEFL o equivalente) . Gada programa decidira el peso que le asignara a este resultado en su proceso de selecci6n.

g) Opinion por escrito de un investigador del programa al que desea ingresar, quien, en caso de aceptaci6n del candidate, fungira como su asesor academico y eventual director de tesis.

h) Aquellos estipulados en Ia normativa interna de cada programa.

19

8 CONACYT ~

CICESE Consejo NdCiooal de Cienci.> y Temologia

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGAC16N CIENTiFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

2.1.3 Reingreso

Aquellos estudiantes que hayan causado baja administrativa y que no hayan rebasado el tiempo maximo de permanencia, podran solicitar al CPP correspondiente su reingreso al programa de posgrado. Dicha solicitud debe incluir una explicaci6n sustentada del motivo de Ia ausencia, asi como un cronograma de actividades a realizar a partir de su reincorporaci6n, el cual no debera exceder el tiempo maximo de permanencia. El CPP analizara Ia pertinencia de Ia solicitud pudiendo aprobar o no el reingreso.

2.2 Permanencia

Las estancias academicas de estudiantes del CICESE en otra instituci6n mayores a 3 meses, deberan ser aprobadas por el CPP a solicitud del Comite de Tesis.

1/l 0

~.~~ ;~1 ;§ ~ {t~ t: -" ~

2.2.1 Programa de maestria 8 ~ ~; 1 Para permanecer como estudiante regular en el programa de maestria, el estudi .nte ~ i ~ ¥1 debera: - ;;. :, ·iiJ

i! ,::;< (i!;

I :< ~: "J D ~. 1- ~ _, '0 ~

a) lnscribirse cada cuatrimestre. G >· Cj :~ ~~ b) Completar un minima de 48 cn§ditos en cursos a mas tardar al finalizar el te c~ ~ f i,

cua~rimestr.e. Debera acr~ditar, ademas, los cursos adici~n~les que el Comi~ ~~ .. ;•.. ·~;~§if Tes1s cons1dere necesanos, de acuerdo con las caractenst1cas de su trabaJ il!~::: ~·-of investigaci6n. t::.:;:.:_·~·c; ,

c) Obtener un promedio acumulado y ponderado mayor o igual a 80 (en escalade 0 a 1 00) al finalizar el primer anode su admisi6n.

d) No haber obtenido mas de una calificaci6n reprobatoria durante su estancia en el programa. Si el estudiante reprueba una asignatura, debera cursarla nuevamente y Ia nueva calificaci6n sustituira a Ia anterior.

e) Registrar un proyecto y un Comite de Tesis aprobados por el CPP a mas tardar en su inscripci6n al cuarto cuatrimestre. El proyecto de tesis debera haber sido aprobado previamente por el Comite de Tesis y estar asociado a un proyecto de investigaci6n (interno o externo) registrado en el CICESE.

20

8 CONACYT ~

CICESE Conse)O NdCIOIIJI de Cienm y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

f) Presentar cada cuatrimestre el avance de tesis avalado por su comite. Cuando el avance en el periodo represente una contribuci6n al avance total, inferior al 25%, el caso tendra que ser revisado por el CPP correspondiente.

g) No exceder un plazo de 2 anos a partir de Ia primera inscripci6n. En caso de exceder este periodo, el estudiante debera solicitar por escrito al CPP una pr6rroga para continuar en el programa, justificando plenamente los motivos de su retraso. El tiempo maxim·o de permanencia sera de 3 anos.

2.2.2 Programa de doctorado

Para permanecer como estudiante regular en el programa de doctorado, el estudiante (S debera: --;--1

0 ~ ~ m v:~

a) lnscribirse cad a cuatrimestre en tesis, trabajo de investigaci6n y/o en los cur os I: f ~~ ~ que su Comite de Tesis o el comite del ECB consideren necesarios, h ta ~!~ H completar un minimo de. 60 creditos, lo que debera ocurrir a mas tarda al 0 '[. ~~ 1 finalizar el segu~d? ano. P~ra completar los creditos reglamentarios se tom an 0 ~z,? j en cuenta los cred1tos revahdados. ~{ ,·; ~?. ~-, ~

b) No haber obteni~o mas de ~na calificaci6n reprobat~ria durante su e~tanciTen 0'. ··5····.eo z ~-·. i· el programa. S1 el estud1ante reprueba una as1gnatura, debera curs ria _5 -~ < ~: ~ nuevamente y Ia nueva calificaci6n sustituira a Ia anterior. , ;: -~~}~f.

c) ~~~~i~~~~ los plazos estipulados en el presente reglamento con relaci l' ~I /~~-~~~

d) Presentar su proyecto de tesis aprobado por el comite y ratificado por el C .. $: .. ., ~j .,.~ :¥~: mas tardar al finalizar el primer ano. ~~~!TN} -0~'-'C..·t, ~ •ettt;<i!' ' ·:--.

e) En cuatrimestres alternados, el estudiante debera presentar su avance de test&-~~.-~; avalado por su comite. Cuando el avance en el periodo represente una contribuci6n inferior al 20% del avance total, el caso tendra que ser revisado por el CPP correspondiente.

f) No exceder un plazo de cuatro anos a partir de su primera inscripci6n al programa de doctorado. Para permanecer en el programa y tener derecho a reinscripci6n despues del cuarto ano, el estudiante debera solicitar por escrito al CPP una pr6rroga, avalada por el Comite de Tesis, para continuar en el programa, justificando plenamente los motivos de su retraso. El tiempo maximo de permanencia sera de 6 anos.

21

e CONACYT ~

CICESE ConseJO NaC/onal de Cienoa y Te<:nologiJ

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

2.3 Obtenci6n del grado de maestro en ciencias

Para obtener el grado de maestro en ciencias, el estudiante debera:

a) Aprobar un mfnimo de 48 creditos en cursos de posgrado de acuerdo con el plan de estudios, mas los cursos adicionales que el Comite de Tesis o el CPP consideren necesarios con un promedio mfnimo ponderado de 800

b) Entregar, por lo menos una semana antes de que se efectue Ia defensa publica, Ia tesis encuadernada y previamente aprobada por el Comite de Tesis y el DSE a: los miembros del comite, a Ia biblioteca, al coordinador del posgrado y al~ DSE. Adicionalmente, debera entregar una version electr6nica completa qe.J.a.::;, __ r tesis a Ia biblioteca en el formate electr6nico indicado por el DSEO i ~ . ~

c) Aprobar el examen de defensa de tesis de maestrfao El resultado del examen ~ ~ -~ 1 podra ser: aprobado por unanimidad, aprobado por mayorfa o no aprobad}!o En .2 ~ s l caso de no aprobar,

0

~I estud~an~e tendra un plaza 0

~e hasta otres mes~s a ran 2 ~ ~ l!e~ar a cabo las act1v1dades 1nd1cadas por el Com1te de Tes1s y repet1rl po0 ~ ~ ~-umca vezo ~ <( < 2 {'

I o J:.'.~ .0

:. } I "J ;;.§ 0

7i 2.4 Obtenci6n del grado de doctor en ciencias f ;:: ~ l ~ ~ j

I ~ :>::<'~d --.... .... ~ ~= i . ~ c ~,:;I

Para obtener el grado de doctor en ciencias, el estudiante debera: I, §.~ g -~ g I ~ fJ:1t~:$? g! 0 () ~

a) Acreditar un mfnimo de 60 creditos en cursos de posgrado de acuerdo cb.rt..~1-c:_,_J plan de estudios de su programa, con un promedio mfnimo acumulado y ponderado mayor o igual a 80 (en escala de 0 a 1 00}, mas los cursos adicionales que el Comite de Tesis, el comite del ECB o el CPP consideren necesarios de acuerdo con las caracterfsticas del trabajo de investigaci6n de Ia tesiso

b) Aprobar el Examen de Conocimientos Basicos (ECB)o c) Aprobar el Examen Predoctoral (EPD)o d) Presentar comprobante de aceptaci6n de una publicaci6n, resultado de su

trabajo de investigaci6n, en alguna revista arbitradao La publicaci6n debera estar basada en los resultados de su trabajo de tesis doctoral y el estudiante debera ser el primer o unico autoro

22

e CONACYr ~

CICESE ConseJO Nanonal de CiencJJ y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCAC16N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

e) Entregar, por lo menos una semana antes de que se efectue Ia defensa publica, Ia tesis encuadernada y previamente aprobada por el Comite de Tesis y el DSE a: los miembros del comite, a Ia biblioteca, al coordinador del posgrado y al DSE. Adicionalmente, debera entregar una version electronica completa de Ia tesis a Ia biblioteca en el formate electron icc indicado por el DSE.

f) Aprobar el examen de defensa de tesis de doctorado. El resultado del examen podra ser: aprobado por unanimidad, aprobado por mayoria o no aprobado. En caso de no aprobar, el estudiante tendra un plaza de hasta seis meses para llevar a cabo las actividades indicadas por el Comite de Tesis y repetirlo por unica vez. ~

8 J -· (/'J ~~~Jt \J 0 ~· ~

2.5 Derechos y obligaciones

S_ ~ .-~~i 2.5.1 Derechos -=1 rc: i:iJi

(/) E _j;·

a) Recibir apoyo institucional a traves de las coordinaciones de posgrado p ra I~ ~ ~~J~ gestion de los apoyos necesarios con los que el estudiante pueda cump~r COF.( :d_ 1~-~J las obligaciones academicas de su programa. . 0 :g}f, ~:

b) Contar con un asesor o tutor academico nombrado por el CPP correspon i~nt~J ~~;{)!; desde el momenta de su inscripcion hasta Ia integracion de su Comite de T ' ~s ~S: ~:~,

c) Poner a Ia consideracion del CPP, por escrito y antes del ultimo dia de c ~~s~ < ~::; 0.r cualquier tipo de irregularidad en los curses, ya sea por incumplimien G> fpel :~ ~. ~~~ maestr_o d_e_ cubrir al menos el 80% del temario aprobado o por cualqui . ~"~·~t~'f ~ i3 8!: causa JUStlflcada. ·.:.;;·:::·~,' ;; P:

d) Apelar ante el CD las decisiones tomadas por el CPP correspondiente"·.Cen ~·..:::: .. --l ' relacion a sus actividades academicas.

e) Solicitar al CPP Ia revalidacion de curses de posgrado acreditados en otras instituciones o en el CICESE.

f) Solicitar al CPP, a mas tardar antes del segundo avance de tesis, cambia de director de tesis o de cualquier miembro de su comite, por causas justificadas.

g) Tener representacion ante el CD. h) Solicitar al CPP, en casas justificados, permiso de ausencia hasta por un ano.

La solicitud debera acompanarse, en su caso, de Ia opinion del asesor academico o de su director de tesis .

i) Organizarse a traves de sociedades o asociaciones para analizar y proponer adecuaciones a los programas de posgrado.

23

e CONACYr ~

CICESE ConseJO N.•c•onal de Ciencia y Tecnnlogfa

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

2.5.2 Obligaciones

a) Conocer este Reglamento de Estudios de Posgrado y cumplir con todos los requisites relacionados con Ia permanencia y obtenci6n del grado, asi como lo especificado en Ia normativa interna de su Programa de Posgrado.

b) Organizar las reuniones de su Comite de Tesis, previa acuerdo con sus miembros.

c) Dar credito al CICESE, e indicar su adscripci6n al programa de posgrado respective en Ia producci6n academica que derive de su trabajo de tesis .

d) Proporcionar al DSE Ia informacion de sus trabajos y aportaciones para su registro en Ia base de datos de productividad del CICESE. r----~

e) Participar en Ia evaluaci6n del desempeiio de los profesores de las asignat ras ~ •t .. , ~

f) ~~~~~~~:~~n;~su~s:~~c::;~~i~~:;~:~i~i~~:: en actividades acadSmicas c mo 0 U! I

rS ; .2. :) ~

3. DE LOS DOCENTES ;((~~-n :J --::- =-- --. fl .... -; T ;:;~ ~.~ t

3.1 Profesores _,). ·1- \~ ....

....._ <:j<C - ~ ~

~? ~·~~H 3.1.1 Elegibilidad 8 Q;r0j

P~dran ser profesores resp_on~ables de los cursos de. los. pr?~ramas de posgr~~~~ ~)·gb: 1 m1embros del personal academ1co del CICESE, o de otra ~nst1tuc1on que sea acred ~aQW 0 ~ por el CPP correspondiente y que cumpla los siguientes requisites: ........ ~--~u---~--1

a) Tener al menos el grado de maestro en ciencias . b) Estar dedicado a actividades academicas o profesionales relacionadas con el

programa de posgrado.

Un estudiante con grado de maestria inscrito en un programa de doctorado podra apoyar Ia impartici6n de cursos, hasta un maximo de 6 creditos por aiio, previa aprobaci6n del CPP y de su director de tesis.

24

8 CONACYI' ~

CICESE Consejo N.JC1onal de Ciencia y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTiFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

Cuando un curso es ofrecido por mas de un profesor, debera definirse un profesor titular, quien sera responsable de su coordinaci6n; los creditos del curso seran compartidos proporcionalmente a las actividades desarrolladas.

3.1.2 Derechos

a) Solicitar al CPP correspondiente las modificaciones al programa de estudios que considere pertinentes.

b) Gozar de libertad de catedra, respetando el plan de estudios vigente y el temario

.~--Ll (f) ~~

aprobado por el CPP. c) Re_cibir el reconocimiento y beneficios por su participaci6n en los curses.

0 ;~ ~ 1J ~~;; ;~

3.1.3 Obligaciones ~-:;. ~ ~i

a) lmpartir por lo menos el 80% del temario aprobado de su curso. r· ~ rif~ b) Estar disponible para consultas con los estudiantes inscritos en su . ursp;.

1 ~- f; 1 mediante un horario especificado por el profesor al inicio del curso. ;;: :t J _; }

c) Entregar al estudiante por escrito y al principia del period a de clas s, ~!~ $. ~· ;~ r temario y c~lendario de acti~i?ades docentes asociadas a su curso, asi ,cort~j ~~ ~·: c~~-!,, sus mecanrsmos de evaluacron. 1- <!,." ?: 1

d) Preparar, aplicar y evaluar los examenes del curso y entregar los result~ as~ ~i ~ ~-~ a los estudiantes. Los trabajos escritos con los que se califica al estu i~te ~ j tit deberan devolverse a este una vez evaluados. .:-: .. ~ 2; ~~sl!

e) Dar a conocer a los estudiantes las calificaciones finales al menos lil ~r;:f{Ja ~·D 0 ~ antes de entregarlas al DSE, de acuerdo con las fechas especificadaJ,~ifi:fal..?_.qj calendario escolar vigente.

f) No incurrir en actividades que muestren falta de probidad o etica dentro de Ia instituci6n, como las indicadas en el C6digo de Etica y las especificadas en este reglamento.

3.2 Ayudante de curso o practicas

Los curses podran contar con un ayudante para apoyar labores de docencia, con aprobaci6n del CPP, cuando se hayan inscrito un minima de diez estudiantes en curses te6ricos. Si el curso incluye practicas y entrenamiento de laboratorio, el numero minima de estudiantes inscritos para Ia asignaci6n de un ayudante sera de seis.

25

e CONACYT ~

CICESE ConWJO Nacional de Cienda y Tecnologia

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

3.2.1 Elegibilidad

Podra ser ayudante cualquier miembro del personal academico o tecnico del CICESE, o de los programas interinstitucionales, que este dedicado a actividades academicas o profesionales relacionadas con los temas del curso. En el caso de los tecnicos, deberan contar con Ia aprobaci6n de su jete inmediato una vez que describa las actividades que realizara .

'b Tambien podra cumplir esa funci6n cualquier estudiante de los programas de po §faei&~~j ~-;r que se encuentre en Ia etapa de elaboraci6n de tesis o haya cubierto el total . e los 8 creditos de cursos y que cumpla los siguientes requisitos:

'· ~:

,.-- ;1-i

w :: -.: f;

a) Haber_ c~rsado Ia m~teria en Ia que sera ayudante o demostrar, a juicio de:l CP8 ~~ ~- : conoc1m1entos ampllos sabre el tema del curso. l <( "'· c :l

b) Contar con Ia aprobaci6n de su director de tesis. ~~ (j .. : .. :J c) No haber incurrido en actividades que muestren falta de probidad o etica entr.g. i.;: ''.·.:

~~ Ia instituci6n, como las contenidas en este reglamento y en el C6d g~ ~~ ~,. >ij Et1ca del CICESE. i

1 ~ ,.. ''-~? l

3.2.2 Derechos

a) Recibir el reconocimiento y beneficios por su participaci6n en los cursos. b) Sugerir las modificaciones al temario del curso que considere pertinentes.

3.2.3 Obligaciones

a) Cumplir con las actividades asignadas por el profesor responsable. b) Respetar el plan de estudios vigente y el temario aprobado por el CPP.

18 f~§i

~ 111.\{'Q~ :;} -~; Q· 1 ~ ~~r~:;f;~i~ t: ::.~- (J , ~ ,e:~:~ii., Q ~ L .. =~>.~N-~-,....J.

c) Estar disponible para consultas con los estudiantes inscritos en el curso, mediante un horario especificado con el profesor responsable de Ia materia al inicio del curso.

26

-CONACYT ~ CICESE ConseJO Nanooal de Cienna y Te<:nologi•

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCAC16N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

3.3 Director de tesis

3.3.1 Elegibilidad

El director de tesis debera de tener al menos el grado academico al que aspira el estudiante, ser miembro del personal academico del CICESE, o personal academico de las instituciones con posgrados interinstitucionales y estar adscrito a un proyecto de investigaci6n dentro del cual pueda desarrollarse el tema de tesis.

Un director podra supervisar simultaneamente hasta cuatro tesis, incluyendo maestria y ~ doctorado. Basandose en su desempeno como director de tesis, el CPP p ~ctra · ·;- -:1 autorizarle Ia direcci6n de un mayor numero de tesis. Los investigadores asoci dos ~ (/) ,J)j~ podran dirigir solo una tesis de doctorado a Ia vez. §~~~~

Un miembro del personal tecnico del CICESE con grado de doctor podra dirigir unac ~ ,~ {~ 1 tesis de maestri a a Ia vez, previa aprobaci6n del CPP correspondiente. · L .~ ~: ~~ ·j

\~ :f,· .• ..... ~

En casos en los que para el mejor desarrollo de una tesis se haga necesar . laO ~~· ;~ :. : participaci6n de dos expertos en areas complementarias, se aceptara el regime : de:J {i ~; ; codirecci6n. La codirecci6n debe ser propuesta al CPP correspondiente, u~n,_<{ :"- :·. _j

... ("'"'!' r \

dictaminara al respecto. Ambos codirectores compartiran creditos y responsabilid,o~s._,.. ~: ·.~.- ~' r,. Uno de los codirectores podra ser externo al CICESE. . : g :t ~- gJ

l (. '4".~~~- t'> .:.: :}f f I a~.~::.:~':: ~~ C\·.fx,e

3.3.2 Derechos L:~;";;'.,~ ,_6 __ j

El director de tesis tendra derecho a:

a) Recibir los creditos, reconocimientos o beneficios derivados de Ia direcci6n de Ia tesis en los trabajos publicados.

b) Solicitar su renuncia a Ia direcci6n de una tesis explicando por escrito las razones al CPP y especificando los terminos del uso de Ia informacion generada hasta el momento.

3.3.3 Obligaciones

El director de tesis debera:

27

e CONACYT ~

CICESE Consejo Nanooa/ tie CienciJ y Tffnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DE EDUCACION SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

a) Garantizar que el estudiante cuente con los medias necesarios para el desarrollo del tema de tesis propuesto.

b) Orientar al estudiante en Ia seleccion de los miembros de su Comite de Tesis. c) Hacer del conocimiento del CPP el tema de tesis. d) Asesorar al estudiante por media de consultas periodicas y vigilar su desempeno

academico. e) Coordinar las actividades del Comite de Tesis. f) Leer y revisar el escrito final del trabajo de Ia tesis y recomendar las

modificaciones pertinentes en un plaza no mayor a diez dias habiles para el ~ caso de las tesis de maestria y de veinte en el caso de las tesis de doctorado.--. ~ •

g) Orientar al estud iante e.n el proceso de publicacion d~ los resultados de Ia t+i~: § ,,····· '.·~. :

1

1 h) No ausentarse por penodos mayo res que un mes srn contar con Ia aprob1cron ?. ~ ~

del CPP. Su solicitud d~ .permiso de ausencia debera estar_ acompanada ~t un :·:i·,:.-:<·:.~. documento que especrfrque Ia forma en que, de comun acuerdo cop eb ~ :;: -:3,

estudia~te , se dara con~inuid~d al trabajo ~e tesis. ~n caso de consid~r'~arlo(--! ;.=-:. z.~ ~.;.)·.j convenrente, el CPP desrgnara a un tutor, quren debera ser parte del Comr · de;;.·_;: ~: _f

' '< --· ". Tesis y tendra las funciones del director durante el periodo de ausencia. p .; ~· > ~ i) Atender las peticiones de informacion solicitadas por Ia coordinacionl ... de~j :;:: ·~;; .§.·~

Programa de Posgrado. ~-- 4 :; -:;-:- -~ >~ ~'-; ~:::~~

~ (j ,..... r.' "':"'"' ;.;.; .,

En caso de incumplimiento injustificado de alguna de las obligaciones anterior~s~ a -~- ;5 ~ ~ juicio del CPP y ratificado por el CD, un director de tesis podra ser vetado de :Su [; 1 derecho a iniciar nuevas direcciones o codirecciones durante un periodo entre uifto,::y~ s f h t t - I • ': ;.~.. D I

as a res a nos. .... .. -.~~~----·~---f

3.3.4 Cambio de director de tesis

El estudiante podra solicitar al CPP, a mas tardar antes del segundo avance de tesis, el cambia de director de tesis exponiendo sus razones por escrito. El cambia debera ser autorizado por el CPP y notificado por escrito al DSE por el coordinador del posgrado. Solo en caso de que exista un acuerdo entre el director anterior y el nuevo, y se notifique por escrito al CPP, en documento firmado por ambos, se podra conservar el mismo trabajo de investigacion y Ia informacion generada hasta el momenta.

28

8 CONACYT ~

CICESE ConseJO N.U"ional de Ciencia y Temnlogla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

3.4 Comite de Tesis (CT)

El Comite de Tesis de maestria debera de estar integrado por el director de tesis y un minima de dos miembros adicionales, de los que al menos uno debera pertenecer al programa de posgrado al que esta inscrito el estudiante y ser experto en el tema, y otro debera ser ajeno al programa, al tema de tesis y miembro de algun programa de posgrado del CICESE. La mayoria de los miembros del comite debera tener el grado de doctor. En caso de codirecci6n, el comite debera estar integrado por un minima de cuatro miembros. ~

El Comite de Tesis de doctorado debera de estar integrado por un minima de cuatro _ miembros incluyendo al director, de los cuales dos deberan pertenecer al progra a de ~ . ( posgrado al que esta· inscrito el es~udia.~te y uno ?~bera s~r exter~o al CICE E y ~ ~ ~:i experto en el tema. En caso de cod1recc1on, el com1te debera estar mtegrado p r un ~:.:; ·~ ~;! minima de cinco miembros; el codirector externo no sustituye al miembro extern del 7~ f: -~!~ comite. 0 ;·. _c c; '' c ~ 4~~ ~~;~

3.4.1 Elegibilidad ~ ~ ~. t ;:\ Cualquier. miembro del pe~sonal acad~mico del ~ICE~E- que tenga grado ~ca.de ~;::1: 7~ '~ ~;; mayor o 1gual al que asp1ra el estud1ante. Podra part1c1par personal academic • dQn,.....:· :; s J • .'

grado de doctor de otras instituciones y tecnicos titulares del CICESE con docto .aC[p. s ~ :~ . La conformaci6n del Comite de Tesis debera ser aprobada por el CPP correspondi~n,,~. :; ~; ;,) ;

.t '- .. ... ~ t .:

,i. ~~>''·~.-·:~---~:~ 2:· L_; f.·, ·, <II ~: .. --,,.

3.4.2 Derechos l ' .. ,, '·

Los miembros del Comite de Tesis tendran derecho a:

a) Recibir los creditos o beneficios derivados por Ia participaci6n en el comite. b) Solicitar al CPP su exclusion de un Comite de Tesis exponiendo por escrito las

causas de su solicitud.

3.4.3 Obligaciones

El Comite de Tesis debera:

29

e CONACYT ~

CICESE ConseJO Nanonal de Ciencia y Tecnologla

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACI6N CIENTIFICA Y DE EDUCACI6N SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

a) Evaluar el proyecto de tesis del estudiante. b) ldentificar las necesidades academicas del estudiante y proponer las medidas

necesarias para subsanarlas. c) Solicitar al estudiante que curse las materias que considere esenciales para el

desarrollo del trabajo de investigacion. d) Asesorar al estudiante cuando este lo solicite. e) Supervisar que el trabajo de investigacion realizado por el estudiante sea

original y de Ia mas alta calidad . f) Asistir a las reuniones de avances de tesis del estudiante. g) Evaluar y determinar el porcentaje del avance de tesis del estudiante cad a \L .

cuatrimestre. ~ h) Leer y revisar el escrito final del trabajo de tesis y recomendar las

modificacion~s pertinent~s en un p!azo n? ma~o~ a diez dias habiles p ~ra-ern caso de tests de maestna y de qutnce dtas habtles para el caso de te ts de 6 2 ,g;t doctorado. · -~ ~ ~ :i-

i) Proponer al DSE, de acuerdo con sus procedimientos, Ia fecha de exam n de ; ~ ~ .f defensa pUblica de Ia tesis, una vez que el trabajo haya sido aprobado par I odoo:! !'; '.~.: ~~~. los miembros del co mite. J 9 ;:~ -~ ~ ·

j) Atender las peticiones de informacion del CPP. l ~3 ~ ~ ~~

En caso de incu~plimiento injustificado, a juicio del CPP, de alguna de las obliga~i?."~ 1 ~'-.~.:;.·· antenores, podra ser dado de baJa como mtembro del CT. En casos graves, pod.rc:t:;s~J; ~ s.: :_:- i v:tado de .su derecho a for~ar parte. d.~ comites de tesis por un periodo no men9r ~ un .~-~~I ano a parttr de haberse emtttdo Ia optnton del CPP. 1 o. -~~'E.:: f

3.4.4 Cam bios en el Comite de Tesis ~ !:~~1~) ~ 08 f '-~"--·-_j

A peticion conjunta del director de tesis y del estudiante, quienes explicaran las causas de Ia solicitud, el CPP podra autorizar:

a) El aumento en el numero de miembros del Comite de Tesis. b) La inclusion de un codirector de tesis. c) La sustitucion de un miembro del comite despues de conocer Ia opinion del

investigador saliente. d) La exclusion de un miembro del Comite de Tesis, siempre que este quede

integrado por el minimo de miembros requeridos.

30

e CONACYT ~

CICESE Consejo Naoon;,l rle Cienna y T<Knologfa

REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO DEL CENTRO DE INVESTIGACION CIENTIFICA Y DE EDUCACION SUPERIOR DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA (CICESE)

4. DE LAS REFORMAS AL REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE POSGRADO Y CASOS IMPREVISTOS

4.1 Modificaciones

Las modificaciones al Reglamento de Estudios de Posgrado seran propuestas por el CD al Consejo Tecnico Consultive del CICESE para su analisis.

Posteriormente deberan turnarse a Ia Junta de Gobierno del CICESE para su analisis y aprobaci6n.

4. 2 Casos no previstos

(/) l Los casas no previstos en el presente reglamento seran resueltos por el Comit Docencia cuando esten dentro de sus atribuciones. En los casas que sobrepase limites de su competencia, se turnaran al Consejo Tecnico Consultive del CICESE su discusi6n y resoluci6n.

de 0 l .S2 (/) ;L1~ j

los "C· s> ~~~~ ~ ~ ~~/

ara , '" ~~'~-!.~": t ;:;f~-

TRANSITORIOS

0 c '-To ;: i <h 0 = -v.\ · iii i/; r i <(<r:.Sf i 0 <lJ ~7 !

- ~)}i PRIMERO.- El presente Reglamento entrara en vigor el dia siguiente de s~ i ; -6~~; aprobaci6n por Ia Junta de Gobierno del CICESE. ~ ,..> ~f ~

·rs c li . " r ~ .,.. I

~· ~~~~z.~~l~ ~~ ·) t·r SEGUNDO.- Quedan sin efecto todas aquellas disposiciones legales, que se opongajp\~.~ .'. - [ al presente Reglamento. L·: .. ·~. ······ ij

TERCERO.- Los asuntos que se encuentren en tramite antes de Ia entrada en vigor del presente Reglamento, se resolveran de conformidad con el ordenamiento legal que le dio origen.

CUARTO.- El Director General, en un termino de 15 dias habiles, debera publicar el presente Reglamento dentro de los medias electr6nicos y de difusi6n del CICESE.

31