registro taquillas2

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La Ley establece lo siguiente sobre los registros: La Empresa podrá realizar registros en la TAQUILLAS de los trabajadores siempre que no vulnere la intimidad y dignidad del trabajador y respete la normativa legal. Los registros se realizarán siempre que exista causa que justifique su realización, esto es, “que sean necesarios para la protección del patrimonio de la empresa y de los demás trabajadores de la empresa”. Los registros deberán realizarse siempre en horario de trabajo. El Empresario no puede registrar al trabajador/a o sus efectos personales fuera del centro de trabajo y fuera del tiempo de trabajo. CON FETICO, SIEMPRE ADELANTE Sección Sindical Grupo Día www. feticodia.es FETICO GRUPO DÍA REGISTRO DE TAQUILLAS REGISTRO DE TAQUILLAS INFORMA INFORMA Los registros se realizarán en presencia de la persona interesada y un representante de los trabajadores, si ello no fuera posible, siempre deberá estar presente un trabajador de la empresa como testigo.

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Page 1: Registro taquillas2

La Ley establece lo siguiente sobre los registros:

La Empresa podrá realizar registros en la TAQUILLAS de los trabajadores siempre que no vulnere la intimidad y dignidad del trabajador y respete la normativa legal.

Los registros se realizarán siempre que exista causa que justi�que su realización, esto es, “que sean necesarios para la protección del patrimonio de la empresa y de los demás trabajadores de la empresa”.

Los registros deberán realizarse siempre en horario de trabajo.

El Empresario no puede registrar al trabajador/a o sus efectos personales fuera del centro de trabajo y fuera del tiempo de trabajo.

CON FETICO, SIEMPRE ADELANTE

Sección Sindical Grupo Díawww. feticodia.es

FETICO GRUPO DÍA

REGISTRO DE TAQUILLASREGISTRO DE TAQUILLASINFORMAINFORMA

Los registros se realizarán en presencia de la persona interesada y un representante de los trabajadores, si ello no fuera posible, siempre deberá estar presente un trabajador de la empresa como testigo.