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ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
2012 – 2016
TLAHUILTEPA HIDALGO
Manual de Organización y
Operaciones
Registro del Estado Familiar
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I. Aprobación
Con fundamento en el Artículo 144 de la Constitución Política del Estado de
Hidalgo y la Ley Orgánica Municipal Artículo 7 y capítulo Quinto Artículo 56
fracción I, en relación con el Artículo 115 fracción II, de la Constitución Política
de los Estado Unidos Mexicanos; la Honorable Asamblea del Municipio de
Tlahuiltepa por acuerdo de fecha 07 del mes de Junio del año 2012, votado por
unanimidad ha tenido a bien aprobar en sus términos el presente Manual de
Organización del Registro del Estado Familiar de Tlahuiltepa, Hidalgo, el cual
contiene información referente a su estructura y funcionamiento y tiene como
objetivo servir de instrumento de consulta de inducción para el personal .
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II. Introducción
La existencia de las Oficialías del Registro Civil es de suma importancia ya que
ellas realizan una función propia del Estado, responsable de llevar a cabo y
autorizar con las excepciones de la ley todo tipo de actos, actas y registros
relacionados al Estado Civil que guardan las personas fundamentado todo ello
en el Código Familiar del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, Código de
Procedimientos Familiares Para el Estado de Hidalgo, Ley Orgánica Municipal
y Bando de Policía y Gobierno.
La elaboración del presente Manual de Organización y Procedimientos es una
herramienta que nos permite conocer la información orgánica de la Oficialía,
así como las funciones inherentes a la misma describiendo y documentando lo
que desarrolla esta dependencia para proporcionar los servicios que sean
solicitados por la ciudadanía y cuya obligación de esta es ofrecerlos.
Además el manual de organización facilita a los empleados y funcionarios el
conocimiento de sus obligaciones en el ámbito de su competencia, así mismo
ayuda entre otras cosas, a integrar y orientar al nuevo personal y es un
instrumento valioso de datos para estudios de productividad, reorganización y
de recursos humanos.
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III. Antecedentes
El Registro Civil en sus inicios al establecerse la colonia de la nueva
España y por medio de esta se crea un registro eclesiástico que tiene como
propósito establecer los registros de nacimiento, muerte y matrimonio, el cual
fue controlado por la iglesia, cuyo cuidado fue encomendado a los párrocos del
lugar, y este se encontraba restringido a personas que no profesaban con la
religión y si no es hasta el logro de la independencia de México y siendo en el
año de 1857 se expide la ley orgánica del registro civil, durante el gobierno de
Ignacio Comonfort que comprendía los nacimientos, la adopción y arrogación
de personas, los matrimonios, los votos religiosos, y los fallecimientos, se
establecía las bases de las expediciones de las actas, asimismo en el año de
1959 se dictó la Ley de Matrimonio Civil, y en este mismo año se emite la Ley
que establecía el Registro Civil en el país; dichas leyes fueron promulgadas por
el presidente Benito Juárez, la idea principal era la separación de la iglesia con
el estado delimitando el papel que le corresponde a cada uno.
A la fecha el Registro Civil es una institución de orden público y de interés
social la cual se encuentra regulado por el Código Familiar y de
Procedimientos Familiares ambos, para el estado libre y soberano de Hidalgo,
así como la Ley Orgánica Municipal y el Bando de Policía y Gobierno del
Municipio de Tlahuiltepa. En la actualidad el registro civil cumple con su noble
función modernizando y actualizando nuevas formas y procedimientos con la
finalidad principal de dar reconocimiento y un ordenamiento jurídico
proporcionando identidad a la población dentro de nuestro municipio de
Tlahuiltepa.
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IV. Misión y visión
MISIÓN:
Dar seguimiento al registro civil como una la institución de orden público y de
interés social, por la cual el estado inscribe, autoriza, certifica y da publicidad a
los hechos y actos constitutivos, modificativos o extintivos del estado civil de
las personas, atendiendo a toda persona con respeto rapidez y eficacia sin
importar el distingo de persona alguna, en los actos propios del registro civil
VISIÓN:
Aplicar los avances informáticos para que a través de sistemas
computacionales nos permita brindar un servicio con eficiencia y calidad,
creando así una innovación en el sistema de registro civil. Además de lograr el
ordenamiento, jurídico proporcionando identidad a la población del municipio,
haciendo los servicios con mayor rapidez y eficacia.
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V. Marco jurídico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Constitución Política del Estado de Hidalgo
Ley Orgánica Municipal
Bando de Policía y Gobierno
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Hidalgo
Código Familiar del Estado Libre y Soberano de Hidalgo
Código de Procedimientos Familiares Para el Estado de Hidalgo
Ley para la Familia del Estado de Hidalgo
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VI. Atribuciones
Artículo 15. Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos. Los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y
manejarán su patrimonio conforme a la ley.
Artículo 57. Fracción VI de la Ley Orgánica Municipal. Los Municipios tienen
facultades concurrentes con el Estado, en las materias de: Registro del Estado
Familiar.
Artículo 60. Inciso n) y w) de la Ley Orgánica Municipal. Los Presidentes
Municipales asumirán las siguientes Facultades y Obligaciones: Promover lo
necesario para que los oficiales y funcionarios por delegación del Registro del
Estado Familiar, desempeñen en el Municipio los servicios que les competen, en
los términos establecidos en la Constitución Política del Estado y demás leyes de
la materia y vigilar su cumplimiento; ejercer las funciones del Registro del Estado
Familiar o delegarlas en el funcionario idóneo que designe.
Artículo 108. Fracción VII de la Ley Orgánica Municipal. Los municipios
organizarán y reglamentarán la administración, funcionamiento, conservación o
explotación de los servicios públicos. Se consideran, enunciativa y no
limitativamente como tales, los siguientes… Registro del Estado Familiar;
Artículo 115. De la Ley Orgánica Municipal. El Oficial del Registro del Estado
Familiar, contará con las facultades que le confieran la Ley de la materia y deberá
observar las formalidades, el protocolo y los requisitos que se establecen para
ellos.
Los actos del Registro del Estado Familiar, podrán realizarse en horas ordinarias
o extraordinarias, dentro o fuera de sus oficinas, pero no fuera de su competencia
territorial.
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Artículo 116. De la Ley Orgánica Municipal. Dentro de los primeros quince días
del mes de enero de cada año, el duplicado de los libros del Registro del Estado
Familiar se remitirá a la Dirección del Registro del Estado Familiar del Estado. El
Presidente Municipal vigilará que se cumpla con esta disposición
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VII. Organigrama
PRESIDENTE MUNICIPAL
ING. ISRAEL MARTINEZ RIVERA
SECRETARIO MUNICIPAL
PROF. ALMIRO ISIDRO VERDE
JUEZ DEL REGISTRO DEL
ESTADO FAMILIAR
C. RAMÓN MORALES
ESCAMILLA
AUXILIAR DEL REGISTRO CIVIL
CATARINO LÓPEZ ROMERO
SECRETARIA
JAQUELINE GARCÍA MORALES
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VIII. Estructura Orgánica
1) Juez del Registro del Estado Familiar
C. Ramón Escamilla Morales
2) Auxiliar del Registro del Estado Familiar
C. Catarino López Romero
3) Secretaria
C. Jaqueline García Morales
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IX. Descripciones y Perfiles del Puesto
PUESTO: Oficial del Registro Civil
JEFE INMEDIATO: Presidente Municipal
PERSONAL A SU CARGO:
Auxiliar del Registro Civil
Secretaria
FUNCIONES PRINCIPALES:
Servir a la ciudadanía en la tramitación de los actos concernientes al Registro Civil
Efectuar registros de nacimiento tanto de menores como de adultos en
donde conste de manera fehaciente el nacimiento, la nacionalidad y filiación
de un individuo ante la sociedad.
La celebración de matrimonios dando la existencia a relación conyugal
entre los contrayentes con todos sus derechos y obligaciones siendo la
forma solemne requerida con la ley para la existencia del matrimonio.
Elaboración de registros de actas de defunción documento a través del cual
se declara legalmente el fallecimiento o muerte de una persona.
Elaboración de anotaciones marginales por errores mecanográficos,
manuscritos ortográficos donde se autoriza por corrección o aclaración ya
sean por resolución administrativa o judicial.
Apoyar a la ciudadanía en la tramitación de aclaraciones de actas y
asesoría en caso de problemas con las mismas.
Registros de divorcio, adopción, reconocimiento, admisión de hijo inserción
de actas de nacimiento y matrimonio, constancias de inexistencia.
Entregar a la Dirección General del Registro Civil del Estado, en las
instancias correspondientes, las estadísticas mensuales de la oficina.
Resguardo bajo responsabilidad y cuidado de los libros y archivos de la
Oficialía.
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ESCOLARIDAD QUE REQUIERE EL PUESTO:
Lic. en Derecho o carrera afín.
EXPERIENCIA Y/O CONOCIMIENTOS QUE REQUIERE EL PUESTO:
Ser ciudadano Hidalguense.
Contar con conocimientos inherentes para el buen desempeño del cargo.
Conocimientos sobre Derecho Civil.
Conocimientos sobre computación.
HABILIDADES:
Facilidad de palabra Liderazgo Buena comunicación Negociador Conciliador disciplinado Competitivo Relaciones públicas Paciente Solidario Espíritu crítico analítico Puntual
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PUESTO: Auxiliar del Registro Civil
JEFE INMEDIATO: Oficial del Registro Civil
PERSONAL A SU CARGO: Ninguno
FUNCIONES PRINCIPALES:
Servir a la ciudadanía en la tramitación de los actos concernientes al Registro Civil
Dar información al usuario sobre los servicios y trámites que soliciten.
Orientar a las personas según su trámite a realizar.
Revisar cada uno de los registros asentados, de nacimiento, matrimonio,
defunciones y reconocimientos para su posterior encuadernación.
Archivar informes o algunos documentos de la oficina.
Visitar las comunidades del Municipio para realizar diversos trámites a la
ciudadanía y evitar su traslado hasta la Cabecera Municipal, con previa
autorización del Oficial del Registro Civil.
Las demás que asigne el jefe inmediato.
ESCOLARIDAD QUE REQUIERE EL PUESTO:
Lic. en Derecho o carrera afín.
EXPERIENCIA Y/O CONOCIMIENTOS QUE REQUIERE EL PUESTO:
Ser ciudadano Hidalguense.
Contar con conocimientos inherentes para el buen desempeño del cargo.
Conocimientos sobre Derecho Civil.
Conocimientos sobre computación.
HABILIDADES:
Facilidad de palabra Buena comunicación Negociador Conciliador disciplinado Competitivo Relaciones públicas Paciente Solidario Espíritu crítico analítico
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PUESTO: Secretaria del Registro Civil
JEFE INMEDIATO: Oficial del Registro Civil
PERSONAL A SU CARGO: Ninguno
FUNCIONES PRINCIPALES:
Servir a la ciudadanía en la tramitación de los actos concernientes al Registro Civil
Hacer el asentamiento del registro de las actas en forma mecanográfica o
digitalizada.
Elaborar copias certificadas de todos los actos civiles de las personas y que
se encuentran registrados en los libros del archivo general en la Oficialía.
Atender y revisar la documentación de la persona que solicite algún tramite.
Elaborar oficios, cartas y escritos que le sean solicitados por el titular.
Llevar el control de folios previa impresión de las actas.
Realizar anotaciones marginales en los libros del registro civil, por
rectificación de actas.
Realizar anotaciones marginales de matrimonio, divorcio y reconocimientos
de hijos en los libros del Registro Civil.
Elaborar e integrar informes mensuales y anuales sobre las actividades
realizadas en la oficina.
Recibir documentación probatoria suficiente para la asignación y expedición
de la CURP; así como capturarla, imprimirla y entregarla.
Apoyar en todas las actividades que realice la Oficialía del registro civil. ESCOLARIDAD QUE REQUIERE EL PUESTO:
Carrera comercial y/o Bachillerato
EXPERIENCIA Y/O CONOCIMIENTOS QUE REQUIERE EL PUESTO:
Conocimientos sobre computación, taquigrafía y mecanografía
Conocimiento del Código Civil y Código de Procedimientos Familiares del Estado
de Hidalgo
HABILIDADES:
Facilidad de palabra Buena comunicación Relaciones públicas Paciente Puntual
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X. Directorio
Nombre y Puesto Dirección Teléfono Correo electrónico
C. Ramón Morales Escamilla. Oficial del Registro Civil
Dom. Conocido, Boca de León, Tlahuiltepa, Hidalgo.
01 200 1232869
C. Catarino López Romero. Auxiliar del Registro Civil
Dom. Conocido, San Andrés Miraflores, Tlahuiltepa, Hidalgo.
01 200 1232869
C. Jaqueline García Morales. Secretaria del Registro Civil.
Dom. Conocido, El Ocotal, Tlahuiltepa, Hidalgo.
01 200 1232869 [email protected]
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XI. Hoja de Participación
La elaboración del presente manual estuvo a cargo del Oficial del Registro Civil C.
Ramón Morales Escamilla y la Secretaria del Registro Civil C. Jaqueline García
Morlaes de la Administración Municipal 2012–2016 de Tlahuiltepa, Hidalgo.