regimenes laborales en el perÚ

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Roque David Calonge Rojas Abogado

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REGIMENES LABORALES EN EL PERÚ

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Roque David Calonge RojasAbogado

Régimen Laboral de la Actividad Pública

DECRETO LEGISLATIVO 276

Trabajadores del sector público

Régimen Laboral de la Actividad Privada

DECRETO LEGISLATIVO 728

Trabajadores del sector privado

Régimen Laboral de la

Actividad PúblicaDECRETO

LEGISLATIVO 276

Trabajadores del sector público

Régimen Laboral de la

Actividad PrivadaDECRETO

LEGISLATIVO 728

Trabajadores del sector privado

Régimen Laboral de la

Actividad Pública DECRETO

LEGISLATIVO1057

Trabajadores del sector público

Verificando quién es el empleador:

Sí el empleador es el ESTADO entonces tenemos que el

trabajador pertenece al Régimen Laboral de

Decreto Legislativo 276 o 1057

Sí el empleador es UN PARTICULAR entonces

tenemos que el trabajador pertenece

al Régimen Laboral de Decreto Legislativo

728

Poder Judicial

Ministerio Público

ESSALUD

SUNARP

SUNAT

Defensoría del Pueblo

COFOPRI

Tribunal Constitucional

INDECOPI, etc.

Contrato de trabajo

Boleta de Pago

Reglamento Interno de Trabajo

Ley de creación de la entidad estatal

Para saber que derecho y beneficios se le pueden aplicar, pues, cada régimen tiene sus propios beneficios y derechos.

Ejm:

Ley 24041 que regula la permanencia de un trabajador contratado, que tenga más de un año en una plaza orgánica.

Este trabajador sólo puede ser cesado, previo proceso administrativo disciplinario, por falta grave.

Primero: Ser trabajador contratado por

el Estado.

Segundo: Trabajar en una plaza orgánica

y permanente.

Tercero: Trabajar en la plaza durante más

de un año permanente.

A los trabajadores del Régimen Laboral Decreto Legislativo 276.

Nunca a los trabajadores del Régimen Laboral Decreto Legislativo 728

Nunca a los trabajadores del Régimen Laboral Decreto Legislativo 1057 (CAS)

D. Leg. 276 D. Leg. 728 D. Leg. 1057

Al año y un día(Ley 24041)

A los tres meses y un día

(Art. 10 del D.S.003-97-TR

Periodo de prueba)

No tienen protección

D. Leg. 276 D. Leg. 728 D. Leg. 1057

Aguinaldo y se fija por Decreto SupremoDS 138-2011-EF

(s/.300.00)

Julio 2011

Gratificación de Julio 2011 es igual a la Remuneración del

trabajador

No tiene derecho ni aguinaldo o gratificación

D. Leg. 276 D. Leg. 728 D. Leg. 1057

Es de 30 días Es de 30 días Es de 15 días

D. Leg. 276 D. Leg. 728 D. Leg. 1057

No existe Sí existe, es igual a un Remuneración

mensual

No existe

Muchas gracias

[email protected]