régimen jurídico de la extradición

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Page 3: Régimen jurídico de la Extradición

A continuación se presenta

una investigación detallada y exhaustiva con respecto a La

Extradición, siendo ésta una institución del Derecho Internacional, a través de

las autoridades judiciales de un Estado que solicitan la entrega de un

acusado, procesado, imputado o sospechoso a las autoridades de otro

Estado quien a su vez disponen los medios necesarios para entregar a

dicho acusado.

Introducción.

Page 4: Régimen jurídico de la Extradición

Objetivos.

Consideramos que son los 2 principales objetivos de un

procedimiento da la extradición:La entrega de la persona que

llena los presupuestos para ser extraditada,

Propiciar la paz y la seguridad internacional entre los estados.Para realizar este trabajo hemos recurrido a la biblioteca virtual,

de ahí hemos capturado los ítems más relevantes sobre nuestro

tema principal.

Page 5: Régimen jurídico de la Extradición

LA EXTRADICIÓN.

Concepto

Acto por el cual un Estado entrega por imperio de una ley expresa (tratado o ley) un individuo a otro Estado

por la comisión de un hecho tipificado en su ley como ilícito, que lo reclama con el objeto de someterlo a

un proceso penal o al cumplimiento de una pena. Cuando no hay tratado, el Estado requerido está facultado para

acordar la extradición, pero no está obligado a concederla.

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Para que proceda la extradición, es indispensable: que el hecho calificadocomo delito se encuentre previsto en la ley o en el tratado, que el hechoconstituya un delito común, quedando así excluidos los delitos políticos ylos comunes conexos.

Es también necesario que la acción o la pena no estén prescritas según laley del país requirente. Precisa, además, que no se trate de reos ya penadospor el país requerido o que en él hayan sido juzgados.

No procede la extradición respecto a delitos amnistiados o indultados.

Según algunas legislaciones se requiere que la sanción aplicable sea unapena, y no una medida de seguridad.

Que si el delito que motiva su solicitud tiene una pena menor enla nación requerida, no se imponga por los tribunales del país requirenteuna pena mayor, e incluso que la pena sea sustituida por la inmediatainferior.

La extradición existe en virtud de tratados bilaterales o multilaterales y enausencia de los mismos, se concede u ofrece de conformidad con lanormatividad procesal interna.

Requisitos para que proceda la extradición.

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Naturaleza.Es un acto de asistencia jurídica internacional. Su presencia es posible gracias al derecho positivo vigente y su regulación se encuentra en los convenios y tratados internacionales, tanto como en las constituciones y leyes internas de cada nación moderna.

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Fundamentos.

• De intereses de todos los Estados para asegurar la persecución de los delitos poniendo a los imputados que se hallaren en sus respectivos territorios. El fundamento radica en la comunidad a disposición de los titulares penales de los órganos de la jurisdicción de otros Estados, siempre que concurran los presupuestos que lo hacen admisible y eficaz, y que se consignan en los tratados o en el derecho consuetudinario.

Page 9: Régimen jurídico de la Extradición

Fuentes.

Se señala como fuentes de ella, en primer lugar a los

convenios y tratados internacionales; en

segundo lugar, a las leyes internas y, finalmente, a

las costumbres y declaraciones de

reciprocidad ahí donde tienen fuerza de derecho

positivo.

Page 10: Régimen jurídico de la Extradición

Tipos de extradición.

1.- De un Nacional:

Se lleva a cabo con la entrega de un nacional del Estado requerido, porese mismo Estado, al requirente. Como principio general está el rechazode todos los Estados a la entrega de sus propios súbditos, y en lamayoría de los casos está prohibida por las leyes nacionales. Es evidenteque todo Estado se considera competente para juzgar a sus ciudadanos,aún cuando hayan cometido un delito en otro país.

2.- Normal:

La entrega de un nacional del Estado requirente por el estado requerido.

3.- De un Tercero:

La entrega de un nacional de un tercer Estado por el Estado requerido alrequirente.

Cuando el individuo arrestado para extradición se opone a su entrega alEstado requirente.

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Tipos de extradición.

4.- Legal:

Si se halla regulada por las leyes internas del Estado.

5.- De Reciprocidad:

Si la concesión se encuentra ajustada a la existenciade un compromiso formal de ese tipo.

6.- Convencional:

Si se concede con arreglo a lo estipulado en convenioso tratados bilaterales o multilaterales.

7.-Forzosa: Cuando el individuo arrestado para extradición se opone a su entrega al Estado requirente.

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Tipos de extradición.

8.- Voluntaria:Cuando el detenido expresa, de forma voluntaria y libre, ante la autoridad judicial que conocedel procedimiento de extradición su conformidad a la demanda formulada, renunciando a quesea estudiado en profundidad el expediente por la referida autoridad.9.- Activa:Se refiere al Estado que la solicita.10.- Pasiva:La que es concedida por un Estado a solicitud de otro.11.- Re extradición:Se produce cuando un Estado que ha obtenido la extradición de una persona la entrega a untercer Estado, después de que haya sido juzgado y cumplida la condena impuesta, con elconsentimiento del primero o requerido.12.- Ampliación de Extradición:Es la que permite a la autoridad judicial competente del Estado requirente poder juzgar alextraditable por hechos distintos de los que motivaron la primera petición de extradición, previoconsentimiento del estado requerido. La ampliación puede concederse tanto en el supuesto deque el extraditado se encuentre en el Estado requerido por no haberse ejecutado aún laextradición, bien por tener responsabilidad pendientes o por otra causa, como en el caso de queya hubiera sido ejecutada la extradición.

Page 13: Régimen jurídico de la Extradición

En nuestro pais se entiende por extradición el acto de

cooperación internacional que tiene por finalidad la

entrega de una persona que se encuentra en el territorio del Estado Requerido a fin de ser

entregado al Estado Requirente, con el objeto de

facilitar el enjuiciamiento penal del individuo

reclamado, o bien, la ejecución de una sentencia

previamente impuesta al extraditado por parte de las

autoridades judiciales del Estado solicitante.

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La extradición en el Paraguay.

Existen tres sistemas imperantes en esta materia, que son, el Administrativo, en el cual el Poder Ejecutivo es el que resuelve la procedencia o no del pedido; el Judicial, en que el Poder Judicial es el que dicta la resolución definitiva y el Mixto, donde en primera instancia resuelve el Poder Judicial pero luego el Poder Ejecutivo tiene la posibilidad de modificar el sentido de la misma, atendiendo al interés nacional de la causa. En nuestro país rige el Sistema del Poder Judicial, de conformidad a la normativa legal nacional.

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La extradición en el Paraguay.En el sistema jurídico paraguayo, el proceder legal se halla establecido

por el Código de Procedimientos Penales e involucra a varias

instituciones, hasta llegar al estado de sentencia de la causa.

Primeramente el Ministerio de Relaciones Exteriores, autoridad central

en la materia, a través de la Dirección de Asuntos Legales,

posteriormente la Corte Suprema de Justicia, con intervención de la

Dirección de Cooperación Internacional y la Fiscalía General del

Estado, con la Fiscalía de Delitos Internacionales.

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Los principios fundamentales que rigen la materia son:

1- LA NACIONALIDAD DEL REQUERIDO.

2- LA INOLE DEL DELITOQUE PUEDE DAR LUGAR A LA EXTRADICION.

3- PRINCIPIO DE DOBLE INCRIMINACION.

4- PRINCIPIO NOM BIS IN IDEM.

5- PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD.

6- DENEGACION EN CASO DE PENA CAPITAL.

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Los Tratados y Costumbres Internacionales.

En la actualidad nuestro país tiene firmados 21 Tratados Bilaterales de Extradición. Asimismo se firmaron tres Tratados Multilaterales, de los cuales uno no se halla vigente por no haber sido ratificado, cual es la Convención Interamericana sobre Extradición, otro solo rige con Uruguay, que es el Tratado de Derecho Penal Internacional de 1940 y el tercero rige entre el Paraguay y Brasil, que es el Tratado de Extradición del Mercosur, Bolivia y Chile.

Asimismo, es importante destacar que en caso de no existir acuerdos multilaterales o bilaterales con otros países, la normativa habilita la posibilidad de solicitar la extradición invocando los Principios Generales del Derecho, que en este caso son la reciprocidad y las costumbres internacionales.

En caso de concederse la solicitud bajo esta premisa el Estado Requirente se obliga a actuar de igual manera en caso similar con el Estado Receptor.

Las costumbres internacionales establecen el procedimiento, que en caso de América Latina se toma como fuente la Convención sobre Extradición de Montevideo de 1933 o el Código de Bustamante de La Habana de 1928.

Los tratados internacionales actuales de la materia constituyen un mecanismo imprescindible en la lucha contra la impunidad, que armoniza la cooperación jurídica entre los Estados, a fin de proceder a la entrega de imputados o condenados y reafirmar así los principios del Derecho Internacional en materia penal, así como de las garantías de los individuos, de conformidad con las normas que rigen en cada país.

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En caso de concederse la solicitud bajo esta premisa el Estado Requirente se obliga a actuar de igual manera en caso similar con el Estado Receptor.Las costumbres internacionales establecen el procedimiento, que en caso de América Latina se toma como fuente la Convención sobre Extradición de Montevideo de 1933 o el Código de Bustamante de La Habana de 1928.Los tratados internacionales actuales de la materia constituyen un mecanismo imprescindible en la lucha contra la impunidad, que armoniza la cooperación jurídica entre los Estados, a fin de proceder a la entrega de imputados o condenados y reafirmar así los principios del Derecho Internacional en materia penal, así como de las garantías de los individuos, de conformidad con las normas que rigen en cada país.

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GRACIAS POR SU ATENCION!!!!!!

FELIZ FIN DE SEMANA!!!!