regimen academico secundario
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Rég¡men AcadémicoNivel de Educación
Secundaria
Resol ucién Ne L2221 5 (M Ed)
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TACUMAN
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San Miguelde Tucumán,13 de Diciembre de2011.
RESOLUCION MINISTERIAL No 122215 (MEd)
VTSTO la Ley Nacional de Educación No 26.206, la Ley Provincial
de Educación No 8391 y Resoluciones del Consejo Federal de Educación
referidas a la Educación Secundaria obligatoria, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Federal de EducaciÓn a través de diversas
resoluciones ha definido lineamientos de política educativa gue expresan la
necesidad de avanzar en la revisión y/o producción de nuevas regulaciones
federales que generen las condiciones para la renovación de las propuestas
formativas, reorganización institucional y estrategias pedagÓgicas tendientes a
la escolarización y sostenimiento de las trayectorias escolares de los alumnos.
Asimismo a través de las resoluciones del Consejo Federal de Educación N'
84/09; No 88/09; No 93/09; No 100/10, No 102/10 y No 103/10 y concordantes se
aprobaron documentos para la discusiÓn, que establecen las bases a partir de
las cuales las distintas provincias orientarán la organizaciÓn pedagógica e
institucional a través de regímenes académicos. En este sentido, las propuestas
de inclusíón y/o regularización de las trayectorias escolares y la movilidad
estudiantil se proponen garantizar la obligatoriedad de la educaciÓn secundaria.
Que la inclusión educativa es un derecho individual y social,
independientemente de la condiciÓn personal, socioeconómica, étnica, cultural
o religiosa, ya que implica la universalizaciÓn de la cobertura y el logro de
aprendizajes significativos y relevantes para la formación integral, elejercicio de
la ciudadanía, el ingreso al mundo del trabajo y Ia continuidad de estudios,
propósitos que requieren la revisión continua del funcionamiento institucional, la
propuesta pedagógica y el sistema de evaluación.
Que resulta relevante renovar el compromiso de los docentes y
de los alumnos con el conocimiento y con los respectivos deberes y
responsabilidades de enseñar y de aprender en el marco de la construcción de
una ciudadanía plena. Desde este compromiso, las escuelas podrán ponderar
su situación actual y proyectar su progreso hacia puntos de llegada diferentes, a
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20L0 / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año oe Homenaje al Dr. Juan Baut¡sta Alberd¡
rffi\w,MrNrsrERÍo DE EDacAcróN
TUCUMAN
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Bicentenario de la Independencia 201012016
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122215 (MEd)...iltfavor de la construcción de un proceso de mejora sostenido, lo que implica
poner en práctica una organización institucional que haga propia esta decisión
colectiva de cambio y que progresivamente amplíe la concepción de
escolarización vigente contemplando las diversas situaciones de vida y los
bagajes sociales y culturales; que ofrezca propuestas de enseñanza variadas,' en las que el aprendizaje se produzca en distintos tiempos y espacios, con
diversos temas y abordajes; que incorpore al proyecto educativo instancias de
atención a situaciones y momentos particulares que marcan los recorridos de
los estudiantes y demandan un trabajo específico por parte de los equipos de
enseñanza, promueva el trabajo coordinado de los docentes y resignifique el
vínculo de la escuela con el contexto.
Que la escuela secundaria como espacio público se organiza con
finalidades pedagógicas en la que se desarrollan procesos de enseñanza y
aprendizaje y relaciones vinculares, en el que interactúan sujetos de derecho
tanto jóvenes como adultos.
Que es responsabilidad del Estado otorgar a las instituciones
educativas marcos legales que le permitan una gestión integrada, y en este
sentido, el régimen académico en su condición de instrumento regulatorio
pedagógico- administrativo promueve el ordenamiento, la articulaciÓn e
integración de las regulaciones y de las cuestiones de orden práctico,
p or. rrARtA;tLVtA .JEDA delimitando áreas de intervención, responsabilidades colectivas e individuales yÍ T'DI{ DE ESTADOi i c I ;;r;;;í; formas de institucionalización del trabajo pedagógico para directivos, docentes y
t:o DE EDUCACIOIa
alumnos.
Que las normas establecidas por diferentes instrumentos
juridicos o instituidas por usos y costumbres al interior de las instituciones
educativas determinan de manera decisiva el sentido y alcance de toda
trayectoria escolar y el trabajo docente, por lo que en el marco de la transición
hacia una nueva escuela secundaria, se hace necesario revisar
progresivamente dichas normativas, así como las condiciones para la
implementación de propuestas alternativas.
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2010 / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. .Iuan Bautista Alberdi
(pMINIíTERI0 DE EDUCAoIÓN
TACAMAN
:?rit RESoLUcIoN M¡NlsrERlAL No 1222t5 (MEd)
Que la construcciÓn de nuevos marcos normativos debe
garantizar la calidad educativa entendida como un concepto multidimensional
que implica que cada escuela logre que todos los jóvenes: ingresen y tengan
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trayectorias escolares completas cumpliendo con la edad teórica deseada y
D</o bL-W 'obteniendo
adecuados logros de aprendizaje; aprendan lo que tienen quetT,1-i$l$*t+*E3ro3oHll*
aprender; posean objetivos de enseñanza pertinentes y actuatizados,tlU plasmados en el plan de mejora institucional; implementen estrategias para
prevenir el fracaso y la deserción escolar; no discriminen y trabajen la
diversidad; tengan en cuenta la desigual situación de sus estudiantes y de sus
familias y las características de las comunidades en que viven; promuevan el
apoyo especial a quienes lo requieren; fomenten y posibiliten el desarrollo
integral de todos los estudiantes; generen un clima escolar favorable y
respetuoso; favorezcan un entorno protector de los derechos de la infancia y la
adolescencia; promuevan la participación de los miembros de la comunidad
educativa a través de la representación democrática.
Por ello, y en uso de las facultades acordadas por normas
^ vigentes,
/ ) LA MtNtsrRA DE EDUcActoNI I RESUELVE:\/\/\\ Artículo 1'.- DISPONER la implementación en el ámbito de las instituciones
--qre TUGUMÁN
Bicentenario de la lndependencia 207012075
o,,J;Il,liX,t^'il't§i53éOucativas de gestión pública estatal y privada del Nivel de Educación
^?,i,t;3li3t,'.tsiáll',§5ssu¡6aria y sus correspondientes Modalidades, del Régimen Académico de la
Educación Secundaria.
Artículo 2".- ESTABLECER que el Régimen Académico de la Educación
Secundaria, está conformado por los siguientes proyectos:
t. Proyecto: Regulación Escotar de convivencia para la Educacion
secundaria, cuyo propÓsito es establecer los lineamientos sobre
convivencia escolar para orientar a las instituciones educatiyas en la
construcción de sus Acuerdos Escolares de ConviVencia. Asimismo
orienta procesos de socialización hacia el interior de las escuelas,
promoviendo la formación ciudadana y la cultura democrática, lo que
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2O1O / B¡centenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr Juan Baut¡sta Alberd¡
(sMTNTSTERIO DE EDacAcIÓN
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TUGuMANtBicentenario de la lndependencia 2010/2015
GONT. RESOLUCION MIN¡STERIAL No 122215 (MEd)...ilt
posibilitaria que las prácticas institucionales puedan ser concebidas desde
un hacer democÉüco en el que todos los ac{ores se relacionen y se impliquen
en la vida escolar.
il. Proyecto: Regulación de las condiciones de ingreso, permanencia,
movilidad, eg/reso y de los procesos de evaluación, calíficación,
acreditación y promoción de los esÚudianÚes de la Educación
Secundaria, cuyo propósito es establecer el marco conceptual y
normativo que posibilite a las instituciones educativas la construcción de
acuerdos institucionales en los cuales se inscriben las responsabilidades
sobre la evaluación y el acompañamiento del recorrido escolar de los
estudiantes, diseñando las condiciones pedagógicas para que ingresen,
reingresen, permanezcan y egresen con aprendizajes de calidad.
Artíct¡lo 3'.- DTSPONER que la Secretaria de Estado de GestiÓn Educativa,
deberá arbitrar los medios correspondientes a los fines de que las Direcciones
de Nivel y/o Modalidades de Educación Secundaria elaboren conjuntamente
los marcos regulatorios de los proyectos mencionados en el artículo
precedente.
Artículo 4o.- La presente resolución será
Estado de Gestión Educativa.
Artículo 5o.- Comunicar y pasar.
refrendada por la Secretaria de
Prof, SILVIAMINISTRA
P¡of. MARIA SILVIA oJEDASECRETAPIA DE ESTADODE GEsT,oi{ EoUCATIVA
MINISTER¡O DE EOUCACIOll
2010 / Bicentenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al DL Juan Bautista Alberdi
@MINISTERI0 DT EoucIcIÓN
TACUMAN
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
:?it RESoLUcloN MlNlsrERlAL No 1222t5 (MEd)
Que la construcciÓn de nuevos marcos normat¡vos debe
garantizar la calidad educativa entendida como un concepto multidimensional
que ¡mplica que cada escuela logre que todos los jóvenes: ingresen y tengan
A t -fr- ^
trayectorias escolares completas cumpliendo con la edad teÓrica deseada y
D<^o WJU - obteniendo adecuados logros de aprendizaje; aprendan lo que tienen que
t,$'ir?lY$-f$-E3r'Ü'3ll- aprender; posean objetivos de enseñanza pertinentes y actuarizados,
\lU plasmados en el ptan de mejora institucional; implementen estrategias para
prevenir el fracaso y la deserción escolar; no discriminen y trabajen la
diversidad; tengan en cuenta la desigual situación de sus estudiantes y de sus
familias y las caracteristicas de las comunidades en que viven; promuevan el
apoyo especial a quienes lo requieren; fomenten y posibiliten el desarrollo
integral de todos los estudiantes; generen un clima escolar favorable y
respetuoso; favorezcan un entorno protector de los derechos de la infancia y la
adolescencia; promuevan la participación de los miembros de la comunidad
educativa a través de la representaciÓn democrática.
Por ello, y en uso de las facultades acordadas por normas
.^ vigentes,,/\/ I LA MlNlsrRA DE EDUcAcloNI I RESUELVE:\/\1N Artículo 1o.- DISPONER la implementación en el ámbito de las instituciones
t',J;Y1,1i1,?'il'tr?i53é¿ucativas de gestión pública estatal y privada del Nivel de EducaciónOE G.STION EDUCATIVA-¡i,rr¡uársnro DE EDucAcrorsecundaria y sus correspondientes Modalidades, del Régimen Académico de la
Educación Secundaria.
Artícuto 2o.- ESTABLECER que el Régimen Académico de la Educación
Secundaria, está conformado por los siguientes proyectos:
t. Proyecto: Regulación Escolar de Convivencia para la Educación
secundaria, cuyo propÓsito es establecer los lineamientos sobre
convivencia escolar para orientar a las instituciones educativas en la
construcción de sus Acuerdos Escolares de Convivencia. Asimismo
orienta procesos de socialización hacia el interior de las escuelas,
promoviendo la formación ciudadana y la cultura democrática, lo que
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2010 / B¡centenar¡o de la Revolución de Mayo I Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberdi
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Resolución Ne L223 | 5 (M Ed)
13 de D¡ciembre de ?.OLL
Regímenes Escolares de Convivencia.
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TUCUMAN
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San Miguel de Tucumán, 13 de Diciembre de 2011
RESOLUCION MINISTERIAL No 1223t5 (MEd)EXPEDIENTE N' 0254971230-S-1 1
V¡STO la Resolución Ministerial N"122215 (MEd)-11 que dispone la
implementación del Régimen Académico de la Educación Secundaria y sus
Modalidades, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de EducaciÓn Nacional N' 26.206, la Ley Provincial
N" 8391, la Ley de Protección lntegral de los Derechos de las Nlñas, Niños y
Adolescentes No 26.061 y la ResoluciÓn del Consejo Federal de EducaciÓn No
93/09 establecen el carácter obligatorio del Nivel Secundario, lo cual implica
generar prácticas incluyentes que garanticen su cumplimiento, ya que
promueven y protegen los derechos de los niños y adolescentes en tanto
sujetos de derecho.
Que la convivencia se constituye como un entramado
sociocultural complejo que pone en tensiÓn ideas y conductas para la
construcción de ciudadanía y, por lo mismo, para la transmisión de valores en la
gue se incluye a la familia, la escuela, el Estado y la sociedad.
Que implica además, entender y vivir la diversidad, producto del
cruce de ideologías y de principios, así como de la apropiaciÓn de saberes
culturales. En este sentido, la convivencia, debería orientarse al reconocimiento
del otro como semejante, ya que implica un acercamiento al mundo afectivo y
social de las personas y a su subjetividad; por lo mismo supone un proce$o
dinámico, que se construye en la vida cotidiana.
Que los principios de respeto a los otros y al
establecimiento escolar (infraestructura, mobiliario y equipos), en tanto espacio
público que es de todos; así como el respeto a los derechos humanos y la no
discriminación por condición social o de género, etnia, nacionalidad, orientación
cultural, sexual, religiosa, contexto de hábitat, condición física, intelectual,
lingüistica o cualquier otra singularidad, son aspectos centrales a ser
tomados en consideración por los Acuerdos Escolares de Convivencia...ttt
2o1o / B¡centenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. luan Bautista Alberdi
@MINISTERI0 DE EDUCACIÓN
TUCUMAN
=-tq TUcuMÁNrcBicentenario de la lndependencia 2010/2016
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122315 (MEd)
EXFEDTENTE N" 0254971230-S-1 I...lll
Que el Ministerio de Educación de la Provincia ha sostenido el
desarrollo de diferentes líneas de acciÓn, en el marco del Programa Provincial
de Convivencia Escolar, con el objeto de orientar procesos de socialización
hacia el interior de las escuelas, promoviendo la formación ciudadana y la
cultura democrática, lo que posibilita que las prácticas institucionales puedan
de TEMKIN ser concebidas desde un hacer democrático en el que todos los actores pongan
en tensión los modos de relacionarse y se impliquen en la vida escolar.
Que, conforme lo expresa la ResoluciÓn No 93/09 del Consejo
Federal de Educación aprender a convivir pacíficamente con otros diferentes no
es un don natural, sino que implica complejos aprendizajes cognitivos,
emocionales y prácticos.
Que la reconfiguración de un marco común de convivencia, de
una norma orientada con sentido pedagÓgico que posibilite la reflexiÓn, la
conformación de sujetos críticos, sin otras asimetrías que las que puedan
establecerse desde los distintos roles -propios del vinculo pedagÓgico-, es
tarea indispensable para la conformación de un sistema educativo justo, por lo
que esta norma representa un significativo avance en el tratamiento y
resolución de los conflictos que se suscitan cotidianamente en los ámbitos
escolares.
Que el Ministerio de Educación de la Provincia, ha puesto en
marcha las transformaciOnes de la escuela secundaria a través del Plan de
EgJcActoN
pror.MARtAi,.r,o orrro Mejora Jurisdiccional, y que en este sentido, cada escuela secundaria haSECRET!PIq DE ESTADOÉi-e-'''qti;yllllyL. implementado la transformación de las condiciones de escolaridad de sus!,'ÚISTERIO DE EDUCACION
estudiantes, docentes y directivos, lo que constituye una herramienta que les
permite resolver de un modo particular, conforme su historia institucional y los
socio-culturales, las cuestiones y conflictos en torno de la convivencia'' i institucional cotidiana para transformarlas en objeto de reflexión y regulación
escolar.
Que los acuerdos escolares de convivéncia regulan las
entre docentes, no docentes y estudiantes, de éstos entre si y con
...iltrelaciones
2010 / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberdi
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TucuMANreaBicentenarlo de la lndependencia 2010/2016
hof. SILVIAMINISTRA
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122315 (MEd)EXPEDIENTE N' 025497/230-S-1 1
...iltlos otros adultos de la institución educativa y obligan a todos por igual, al
reconocer a adultos y jóvenes el mismo estatuto de igualdad ante la ley, aunque
con diferentes roles, funciones y responsabilidades; lo que legitima
obligaciones y derechos de cada uno de los miembros que conforman la
comunidad educativa.
Que la elaboraciÓn de estos acuerdos requiere renovar el
compromiso de todos, y constituyen un espacio de aprendizaje de los valores
democráticos a través deldebate, la consulta y la participación.
Que la conformación de Comisiones Evaluadoras de los
Acuerdos Escolares de Convivencia permitirá un accionar coherente y
operativo que atienda las necesidades de las instituciones escolares de los
diferentes circuitos territoriales de la provincia, al actuar como facilitadores en
las cuestiones referidas a la evaluación y aprobación de los Acuerdos
Escolares de Convivencia.
Que interviene la DirecciÓn de Asuntos Jurídicos, emitiendo
dictamen de competencia
Por ello, y en ejercicio de las facultades acordadas por normas
vigentes,
LA MINISTRA DE EDUCACIONRESUELVE:
Articulo 1o., APROBAR el Marco Normativo que regula la convivencia de las
":';yl§li,:'lY't,3j53A¡nstituciones educativas de Educación Secundaria y sus Modalidades deDEGtSIO, EDUCAf¡VA¡¡tnrsten¡o d;;üü¿;á!r gestión pública y privada, dejando sin efecto toda normativa que se oponga a la
pregente.
Artículo 2o.- DETERMINAR que cada institución educativa de EducaciÓn
Secundaria y Modalidades, inicie un proceso de elaboración y/o reajuste de los
acuerdos escolares de convivencia, los que deberán ser presentados para su
evaluación hasta el último día hábil del mes de Abrilde cada año.
Articulo 3".- APROBAR las pautas para la elaboración de los Acuerdos
Escolares de Convivencia (AEC), la conformación y funcionamiento de las ...///
2O1O / B¡centenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. luan Baut¡sta Alberdi
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TUCAMAN
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
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coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122315 (MEd)
EXPEDIENTE N' 025497/230-S-1 1
...lltComisiones Escolares de Convivencia obrantes en Anexo l, el que forma parte
del presente instrumento.
Articulo 4".- D¡SPONER la constituciÓn de Comisiones Evaluadoras de los
Acuerdos Escolares de Convivencia en cada circuito territorial, obrantes en
Anexo ll y que forma parte del presente instrumento.
Articuto 5o.- ENCOMENDAR a la DirecciÓn de EducaciÓn Secundaria,
Dirección de Educación Técnica y Formación Profesional, a la DirecciÓn de
Educación de Jóvenes y Adultos y EducaciÓn No Formal y a la DirecciÓn de
Educación Pública de Gestión Privada, que en forma conjunta implementen
acciones relativas a la orientación, seguimiento, monitoreo y evaluación del
proceso de elaboración y ejecución de los acuerdos escolares de convivencia'
Articulo 6".- DETERMTNAR que los Acuerdos Escolares de Convivencia
aprobados por la comisión evaluadora, serán revisados cada (2) dos ciclos
lectivos.
MINIST
PTOf. MARIA SILVIA oJEDASECRETARIA DE ESTADODEGESTO¡ EDUCATIVAlllillsrEn¡o oE EDUCACtOT.
2O1O / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberd¡
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Bicentenario de la lndependencia 201012016
coNT. RESOLUC¡ON MINISTERIAL No 122315 (MEd)
EXPEDIENTE N' 0254971230-5-1 I...ilt
ANEXO I
Pautas para ¡a conformac¡ón v func¡onamiento de las com¡s¡ones
Escolares de Convivencia
Primero: Esta comis¡ón de apoyo se conforma para desempeñar las
siguientes funciones:
1) Garantizar un espacio de diálogo, intercambio, reflexión y partic¡paciÓn
que involucre a los actores de la comunidad educativa a través de sus
representantes.
2l Elaborar, apllcar y reformular los Acuerdos Escolares de Convivencia.
3) Constituirse en un espacio de consulta y asesoramiento para la
aplicación de las normas de convivenc¡a por parte de las autoridades
escolares.
4) Asumir carácter preventivo y propositivo, brindando a los actores
institucionales herram¡entas e instrumentos para propic¡ar el logro de
una conv¡vencia basada en el respeto, los valores democráticos e
impulsora de una cultura participativa que genere un sent¡m¡ento de
pertenenc¡a en la escuela secundaria.
Gonstitución de !a Comisión Escolar de Gonvivencia
Segundo: En cada escuela secundar¡a dependiente de la DirecciÓn de
Educación Secundaria, DirecciÓn de EducaciÓn Técnica y Formación
Profesional, Dirección de Educación de Jóvenes y Adultos y EducaciÓn No
Formal y la Dirección de Educación PÚblica de GestiÓn Privada se preveerá la
constituc¡ón de una Comisión Escolar de Convivencia.
La Comisión Escolar de Convivencia estará conformada por:
1) Director/a.
2) Vicedirector /a /Director de Estudios según corresponda ...ttt
5i.jEi:l !,Pll DE ESTADODE G SI O. EDUCATIVA
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2015
PIof. MARIA SILVIA oJEDASECqETiRIA DE ESTADODE G SI OI EDUCATIVA
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coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122315 (MEd)
EXPEDIENTE N' 025497/230-S-1 IcoNT. ANEXO 1.../r/
3) Asesor Pedagógico/ Regente de cultura General según corresponda.
4) Representantes de los Docentes'
5) Representantes de los Preceptores'
6) Representantes de los No Docentes-
7) Representantes de los Alumnos del Ciclo Básico.
8) Representantes de los Alumnos del Ciclo Superior/Orientado.
Tercero: Los miembros del Comisión Escolar de Convivencia representantes
de alumnos, docentes y no docentes, serán elegidos democráticamente por
sus pares, quienes acordarán un sistema de elección de los integrantes de
cada sector.
En el supuesto de instituciones educativas que cuenten con más de un
turno, deberá garantizarse su representación en la Comisión.
El número de integrantes de la Comisión lo establece cada escuela pero
deberá ser par y no superar los 10 (diez) miembros incluidos el Director,
Vicedirector/ Director de Estudios, Asesor Pedagógico/ Regente de Cultura
General según corresponda. Se preverá la elección de integrantes titulares y
supfentes para cada uno de los sectores. Elvoto será personal y secreto y la
duración de los mandatos será de 1 (uno) año para los representantes de los
atumnos y 2 (dos) años para el resto de los representantes, los que podrán ser
reelectos.
La constitución de la comisiÓn Escolar de convivencia, deberá
efectuarse durante el primer mes del ciclo lectivo.
El Director de la escuela o quien él designare, con intervención de los
distintos actores involucrados, confeccionará el cronograma electoral,
coordinando tos tiempos y las fechas en que se cumplirán las distintas etapas
delmismo.
Una vez realizadas las elecciones la Dirección de la institución educativa
2010 / B¡centenario de la Revoluclón de Mayo I Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberd¡
...ilt
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TUCUMAN
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coNT. RESOLUCION MIN¡STERIAL No 122315 (MEd)EXPEDIENTE N" 025497/230-S-1 1
coNT. ANEXO 1...1/
labrará el acta correspondiente a los efectos de hacer constar las
designaciones de los miembros titulares y suplentes de la Comisión Escolar
de Convivencia.
Todos los alumnos tienen derecho a representar y ser representados. No
se considera legítimo establecer requisitos de rendimiento académico para
asumir la representación.
Funcionamiento de la Comisión Escolar de Gonvivencia
Gu¡arte : El Director de la institución educativa presidirá la Comisión Escolar de
Convivencia y en su ausencia designará a un miembro del Equipo Directivo
para que lo reemplace, labrándose elacta respectiva.
Cada integrante de la Comisión dispone de voz y un voto' En caso de
empate el Director será quien defina.
En las instituciones educativas pueden darse diferentes alternativas para
el funcionamiento de las Comisiones Escolares de Convivencia considerando
entre otros: la cantidad de alumnos y docentes, los turnos en los que funciona
el establecimiento y el personal docente disponible.
Una vez constituida la ComisiÓn, delibera y recomienda con la
representación de todos los actores involucrados. En caso de no concurrencia
justificada del titular, será reemplazado por el suplente.
Las recomendaciones que la Comisión dirige a la DirecciÓn de la escuela
se harán por escrito y deberán estar firmadas por los miembros del cuerpo que
intervinieron directamente en la sesión. Considerado el informe, el Director del
establecimiento resolverá sobre la pertinencia o no del mismo en relación con
las normas establecidas en los Acuerdos Escolares de Convivencia.
Elevado el dictamen y tras su análisis, si el Director observa que no
responde al Acuerdo Escolar de Convivencia o no acuerda por razones
debidamente fundadas, podrá convocar excepcionalmente a una reunión de la
Comisión Escolar de Convivencia (con sus miembros titulares y suplentes).
En este caso el Director deberá presidir obligatoriamente la sesiÓn e ...lll
2o1o / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Baut¡sta Alberdi
rf,h\*rMINISTERI0 DE EDUCACIÓN
TUCAMAN
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No ',122315 (MEd)
EXPEDIENTE N' 025497/230-S-1 1
coNT. ANEXO 1...r/
iniciarla con una explicación de los fundamentos de la convocatoria para poner
a considerac¡ón nuevamente la propuesta.
-\XA ROJPerioclicidad de las reuniones de la Comisión Escolar de Convivencia
.,,.,rr§lRA DE
Quinto: La Comisión Escolar de Convivencia deberá sesionar en forma
ord¡naria al menos una vez al mes y a tal fin, elaborará un cronograma de
reuniones. Se confeccionará el orden del día de cada sesión, el que deberá ser
dado a conocer a los miembros de la comunidad'
Ante una situación emergente, la Dirección y/o al menos la mitad más
uno de los miembros de la Comisión Escolar de Convivencia, puede convocar
a una Sesión extraordinaria, asimismo en aquellos casos en los que el Director
y/o la Comisión requ¡eran del acompañamiento ylo asesoramiento podrá
convocar a miembros de los equipos territoriales de apoyo interdisciplinarios
conformados por el Gabinete Pedagógico lnterdisciplinario y el Servicio de
Asistencia Social Escolar.
Aprobación v Reqistros
Sexto: La cantidad de representantes de la comunidad educativa que
conforman la Comisión Escolar de Convivencia, deben quedar registrados en el
Acuerdo Escolar de Convivencia. Todas las actuacibnes relacionadas con laProf. MAR¡A StLVtA OJEDA
sEcRETARTA oe esrroó comisión Escolar de convivencia deberán ser debidamente consignadas en unDE GJSf O{ EDUCATIVAMrNrsrEñro DE Eoucacron
libro de actas habilitado a.tal fin, el que será presentado ante las autoridades
educativas que así lo requieran
a) Que todos los estudiantes puedan acceder al sentido de cada una
de las normas que regulan las relaciones en la escuela. Por ello, ...tlt
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
S de TEñK|N:DUCACION
Pautas para la elaboración de los acuerdos escolares de convivencia
Séptimo: En los Acuerdos escolares de convivencia deberá considerarse:
2010 / Bicentenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberdi
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
coNT. RESOLUCION MTNISTERIAL No '.122315 (MEd)
EXPEDIENTE N" 025497/230-S-1 1
coNT. ANEXO 1...r/,
al inicio del año escolar los alumnos que ingresan a la institución y sus
familias deberán ser informados y notificados por escrito'
b) Que su elaboración debe ser coherente con las normas vigentes,
c) Que los adultos tienen la función de acompañar a los adolescentes y
jóvenes en el proceso que implica comenzar a hacerse responsables de
sus actos.
Octavo: Los principios y cr¡terios que orientan el contenido de los acuerdos son.'
a) El respeto por las normas y la sanciÓn de sus transgresiones como parte
de la enseñanza socializadora de la escuela y de su calidad como
espacio público regulado por el Estado'
b) El respeto irrestricto a la dignidad e intimidad de las personas.
c) La utilizaciÓn del diálogo como metodología para la identificación y
resolución de los problemas de convivencia'
El rechazo explícito a toda forma de discriminaciÓn, hostigamiento,
violencia y exclusión en las interacciones diarias.
El respeto por los valores, creencias e identidades culturales de todos,
enmarcado en los principios y normativas de la legislaciÓn nacional.
El cuidado del edificio escolar, su equ¡pamiento y materiales de uso
común.
El análisis y reflexiÓn sobre las situaciones conflictivas, basados en la
profunda convicciÓn de que los conflictos y sus modos de abordarlos
constituyen una oportunidad para el aprendizaje social¡zador'
La contextualizaciÓn de las transgresiones en las circunstancias en que
acontecen, segÚn las perspectivas de los actores, los antecedentes
previos y otros factores que inciden en las mismas, manteniendo la
igualdad ante la leY.
La garantia para cada integrante de la comunidad educativa de que se
cumpla con su derecho de ser escuchado y a formular su descargo.
La valoración primordialdelsentido pedagógico de la sanciÓn'
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d)
e)
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'KES de TEMKIN
ZO1O / B¡centenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Df, Juan Baut¡sta Alberd¡
(@MINISTERID DE BDacAcIÓN
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Bicentenario de la lndependencia 2010120L6
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122315 (MEd)EXPEDIENTE N" 025497/230-S-1 ,|
coNT. ANEXO 1...///
k) El reconocimíento y reparac¡ón del daño u ofensa a personas y/o bienes
de la escuela o miembros de la comunidad educativa por parte de la
persona ylo grupos responsables.
Noveno: Los acuerdos de convivencia no son códígos de disciplina ya que:
a) Proponen valores, no sólo prohibiciones.
b) Describen las conductas deseadas y las conductas no admitidas sin caer
en casuísticas detalladas que pierden actualidad continuamente en su
ilusión de prescribirlo todo.
c) Habilitan a interpretar en cada caso cuál es la sanción que mejor permite el
logro de los propósitos educativos, evitando que se transforme en un
"manual de penitencias" que prevé qué sanción corresponde a cada
transgresión.
Décimo: Acerca de las sanciones:
a) Se deberá instituir un sistema de sanciones enmarcado en la normativa
nacional y provincial dentro de un proceso educativo que posibilite al
adolescente o joven hacerse responsable progresivamente de sus actos.
b) Las transgresiones de los acuerdos de convivencia serán sancionadas
evitando crear un clima de impunidad en la escuela y favoreciendo el
aprendizaje de la responsabilidad.
c) Deberán tener carácter educativo, ser graduales y sostener una
proporcionalidad en relación con la transgresión cometida.
d) Se deberá considerar que el ser escuchado y hacer su descargo desde la
propia perspectiva es un derecho que nunca pierden los alumnos/as,
más allá de la gravedad de la falta cometida. La convocatoria a los
padres o tutores tendrá como propósito el comprometerlos en la
probtemática de convivencia que afecta a su hijo/a y dar espacio a la
expresión de su opinión y versión sobre los hechos.
Entre las sanciones podrán incluirse: apercibimiento oral, apercibimiento
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2o1o / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr luan Bautista Alberdi
rffi\RrMINISTERIO DE EDUCACIÓN
TACUMAN
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Bicentenario de la lndependencia 201012015
coNT. RESOLUC¡ON MINISTERIAL No 122315 (MEd)
EXPEDIENTE N" 025497/230-S-1 1
coNT. ANEXO 1...r//
nl\, T;-0 fl - escrito (notificaciones, amonestaciones), actividades de servicio comunitario-
,,ffi^ Mk¡téffi escolar, actividades referidas a áreas curriculares, suspensión de uno a tresMrNrsr*o
flE EDUeAcroN
días, cambio de turno, cambio de escuela.
t/ la aplicación de una sanción grave requiere la previa convocatoria de la
Comisión Escolar de Convivencia por parte de la Dirección de la institución
educativa, en todos los casos, será el Director el último responsable de la
medida que se aPlique.
Las sanciones que se apliquen no deben llevar a una pérdida de la
regularidad o afectar las califlcaciones académicas, ni atentar contra los
derechos de los jóvenes a la educación secundaria obligatoria.
Los apercibimientos no tendrán carácter acumulativo que derive en una
sanción más grave. La suspensión de la concurrencia a clases busca involucrar
directamente a las familias en el respeto de los acuerdos de convivencia, pero no
podrá ser causa de la pérdida de la regularidad del alumno, aunque sí se
computará como inasistencia, garantizando la continuidad de su trayectoria
escolar. Luego de aplicada cualquier sanción, debe haber una instancia de
seguiririento para que la medida tomada no se agote en sí misma. En este
\» _._^. sentido, y, a efectos de ratificar su carácter educativo, la institución deberáPfOf.M AR I A SILVIA OJEDA";;'.;;i;;; ;; Esr199 oromover acciones por parte del alumno que tienden a subsanar la falta
DEGSIO'EDUCATIVA.- f¡,¡..,rc¡:"nro DE sDucActoil
cOmgtida.
En caso de que se aplique la sanciÓn máxima de cambio de
establecimiento, la autoridad superior deberá garantizar una vacante ali.....1, .' i.:: {li. ¡L estudiante.
En aquellas situaciones en que se utilicen como sanciÓn actividades o
estrategias propias de las áreas curriculares, deberá explicitarse a los
estudiantes su sentido formativo, a efectos de que comprendan las razones de
su aplicación evitando que elestudío en si sea percibido como sanción.
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2O1O / B¡centenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr Juan Bautista Alberdi
(ffiMINISTERI0 De EoucIcIÓN
TACUMAN
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MINISTRAde IEMKIN
EDUCACION
PfOf. MARIA SILVIA oJESECRET'RIq DE ESTADODEG¡:SrOr EOUCATTVA
MINISTEñIO DE EOUCACIO}¡
Bicenterlario de la lndependencia 2010/2016
coNT. RESOLUGION M¡NISTERIAL No 122315 (MEd)
EXPEDTENTE N" 025497/230§ 1',l
coNT. ANEXO 1...///
Decimo primero: Estructura para la presentación de los Acuerdos Escolares de
Convivencia:
Decimo sequndo: Cada institución educativa de Educación Secundaria y
Modalidades, deberá presentar el proyecto de elaboración y/o reajuste de los
acuerdos escolares de convivenc¡a para su evaluación hasta el último día hábil
del mes de Abril de cada año.
Acuerdo Escolar de Convivencia
del Director de la Escuela a la familias, docentes yPresentación
Descripción de la lnstitución Escolar. Historia, contexto socio-
comunitario en que se halla inscripta, ubicación, matricula,relación con la comunidad educativa y proyectos especiales.
Breve reseñainstitucional
Objetivos y fundamentos básicos del Acuerdo.Fundamentos
Mecanismos institucionales por los que se llega a la elaboracióndel Acuerdos Escolares de Convivencia. lnstancias de
participación de los distintos actores institucionales.Proceso deelaboración
Ñormas: consensos y compromisos establecidos por losdistintos actores que integran la Comunidad Educativa
referidos a los diferentes aspectos del quehacerinstitucional.
a aplicarse en caso de transgresiones a losmencionados acuerdos. Mecanismos que se establecen
para la aplicación y/o solicitud de dichas medidas.
de Convívencia (CEC) como esPaciopermanente de asesoramientó "pára el abordaje específicode la convivencia escola/', descripción de su constitución y
funcionamiento.
de instancias de revisión y ajustesdel Acuerdo Escolar de Convivencia.
2o1o / Bicentenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dn Juan Baut¡sta Alberd¡
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TUGUMÁNMINrsrERro De Eouc¿ctóN
TUCAMANBicentenario de la lndependencia 2010/2016
coNT. RESOLUCTON M|N|STERIAL No 1223t5 (MEd)EXPEDTENTE N. 0254971230-S-1 I...ilt
ANEXO I¡
Constitución de las Comisiones Evaluadoras de los Acuerdos Escolares
de Convivencia por Circuitos Territo¡:iales
Primero: En cada Circuito Territorial se crearán comisiones que evatuarán los
Acuerdos Escolares de convivencia elaborados por cada una de tas Escuelas
Secundarias y sus Modalidades, tanto de gestión Estatal como Privada.
conformación de las comisiones Evaluadoras de Acuerdos Escolares deConvivencia
Sesundo: Cada Comisión Evaluadora deberá estar integrada por:
. Supervisor del Nivel Secundario de Gestión Estatal.
. Equipo técnico pedagógico de la Dirección de Nivel yio Modalidades.
. Miembros de los equipos territoriales de apoyo interdisciplinarios
conformados por el Gabinete Pedagógico lnterdisciplinario y el Servicio
de Asistencia Social Escolar.
Tercero: La Direcciones de Nivel y/o Modalídades intervinientes deberán, en
forma conjunta, conformar las comisiones evaluadoras en funcíón de la
"!t;y*Tli,:,fl,t,?j5po cantidad de acuerdos escolares de convivencia a evaluar.DEGiSIOT EDuCAT|VA
MINISTEFIO OE EOUCACTO¡I
Funcionamiento v Orqanización lnterna de las Comisiones Evaluadoras
Cuarto: Cada Comisión Evaluadora deberá funcionar con la mayoría de
los miembros que la componen y luego de cada reunión se deberá labrar un
acta.
El funcionamiento interno y la periodicidad de las reuniones se acordarán
conforme al cumplimiento de los plazos y cronogramas establecidos por la
Direcciones Nively/o Modalidades intervinientes, quienes serán las ...///
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2010 / B¡centenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr Juan Baut¡sta Alberd¡
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TUCUMAN
: TuGUMANreBicentenario de la lndependencia 20i012016
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MINISlRA
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122315 (MEd)EXPED¡ENTE N' 025497/230.5.1 IcoNT. ANEXO 11...///
- asesoras naturales de las Comisiones.
1E3,S^15ts§- Quinto: Son funciones de las Comisiones Evaluadoras:
l) Garantizar la pertinencia de los Acuerdos Escolares de Convivencia
conforme los marcos normativos nacionales y provinciales.
2) Evaluar los Acuerdos Escolares de Convivencia de las escuelas
secundarias del circuito.
3) Aprobar los Acuerdos Escolares de Convivencia y sugerir modificaciones
a aquellos que no hayan sido aprobados.
4) Elevar a la Dirección de Nivel y/o Modalidad a través del Supervisor los
Acuerdos Escolares de Convivencia aprobados, con al menos tres firmas
de los miembros de la Comisión.
5) Remitir informes periódicos del proceso de trabajo de la ComisiÓn
Evaluadora y del estado de situación de los Acuerdos de Convivencia de
las escuelas secundarias del circuito a las Direcciones de Nivel y/o
Modalidades para su conocimiento.
Sexto: Procedimiento para la evaluación y aprobación de los Acuerdos
Escolares de Convivencia:
l.- De ta presentación del Acuerdo Escolarde Convivencia a la Gomisión
Prof. MARr A Str-Vln O¡rOlEvaluadora :SECRETARIA DE ESTADODE G€ST¡ON EDUCATIVAi',r{tSTERlo DE EDUCAC|Ot¡
i .l;,
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La Dirección de cada instituciÓn educativa presentará el Proyecto de
Acuerdo Escolar de Convivencia a Ia Comisión Evaluadora en los términos
fijados por la normativa a través de su Supervisor.
El proyecto deberá estar foliado, firmado en todas sus páginas por
el Director de la institución educativa y demás miembros de la Comisión.
El Supervisor mediante su firma avalará que el mismo .se realizó
de acuerdo a las pautas oportunamente establecidas. A tal efecto verificará
la participación de los distintos actores y que la estructura del proyecto ...///
2o1O / B¡centenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr Juan Barrt¡sta Alberd¡
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MTNISTERI? DE EDaoACIÓNTUCUMAN
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2015
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 1223t5 (MEd)EXPEDIENTE N' 025497/230-S-1 1
coNT. ANEXO 11...///
responda a la normativa vigente.
2.-De la Comisión Evaluadora:
La Comisión Evaluadora de Acuerdos lnstitucionales de Convivencia
fijará un lugar físico como sede de funcionamiento el que será notificado
fehacientemente a los supervisores de cada circuito y por su intermedio a las
Direcciones de las respectivas escuelas. Constituida la Comisión Evaluadora,
procederá a evaluar los Acuerdos Escolares de Convivencia recepcionados.
Asimismo llevará un registro de los Acuerdos Escolares de Convivencia
recibidos y de su estado de trámite (aprobado, no aprobado, en revisión). Los
Acuerdos Escolares de Convivencia -Aprobados- serán remitidos a la Dirección
de Nivel y/o Modalidades competentes a los fines de la emisiÓn de la
disposición aprobatoria respectiva y deberán ser notificados fehacientemente a
toda la Comunidad Educativa.
En el supuesto de que el Acuerdo Escolar de Convivencia no reÚna los
requisitos para ser aprobado, será devuelto al establecimiento a través del
Supervisor. La Comisión comunicará sus observaciones y sugerencias y fijará
plazo de entrega conforme las orientaciones dadas.
Prof. MARTA StLVtA OJEDASECRETARIA DE ESTADODEG..Sf OI EDUCATIVA
MINISTEFIO DE EDUCACIOX
2O1O / Bicentenario de ia Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. .luan Bautista Alberdi
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Resolución Ne L22415 (M Edl
13 de D¡ciembre de 2Ot1
lngreso, Permanencia, Mov¡l¡dad, Egreso.
Evaluación, Cal¡f¡cación, Acreditación y
Promoción de los Estudiantes.
Año 2ALL
rffi\\RtrMINrsrERro Do Eouc¡cñrv
TACUMAN
: TUGUMÁN
Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
P of.t'rARtA S,LVIA OJEDAg .ñIq DE ESTADO. C EDUCATIVA
1:O DE EDUCACIOI'
San Miguel de Tucumán, 13 de Diciembre de 2011.
RESOLUCTON MINISTERIAL No 122415 (MEd)EXPEDTENTE N' 025498/230-S-l I
VISTO la Resolución Ministerial N'122215 (MEd)-11 que dispone la
implementación del Régimen Académico de la Educación Secundaria y sus
Modalidades, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N' 26.206 y la Ley de
Educación Provincial N" 8391 tienen entre sus finalidades garantizar una
trayectoria educativa integral para todos los adolescentes y jévenes, dada la
obligatoriedad de la educación secundaria que pone en el centro de las
preocupaciones a las trayectorias escolares, lo cual implica profundos cambios
al interior de las instituciones educativas.
Que el Ministerio de Educación de la Provincia avanza
paulatinamente -conforme los lineamientos de politica educativa nacional y
provincial- en marcos normativos que hagan posible la transformación de las
condiciones institucionales y curriculares para la nueva escuela secundaria. En
este sentido, la Resolución Ministerial No 146/5 (MEd)-10 define nuevos
formatos de organización pedagógico-curricular para la Escuela Secundaria
Obligatoria; y las Resoluciones Ministeriales No 680/5 (MEd)-10 y No 657/5
(MEd)-11 aprueban et Proyecto de Trayectorias escolares de estudiantes de la
Escuela Secundaria Orientada.
Que hacer efectivo el derecho a la educación implica generar
condiciones que acompañen a los estudiantes en trayectorias continuas y
exitosas.
Que la evaluación permite a los estudiantes conocer sus logros y
dificultades respecto de la apropiación de los contenidos que le son enseñados.
Asimismo orienta al docente, ya que le posibilita ensayar nuevas actividades
que permitan a sus estudiantes superar errores en la comprensión y anticipar
las dificultades en relación a aquellos estudiantes que por distintas razones
requieren de estrategias de apoyo.
Que las escuelas deben propiciar un análisis crítico de las ...///
"!'*9ftfi1-#;^E[§-
2010 / B¡centenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al DL Juan Bautista Alberdi
@MTNISTERI0 DE EDaoACTéN
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\)Prof. MAR IA StLVtA OJEDA
SECRgTAFIA DE ESTADODEGüSTOI EOI,JCATIVAIrr{tsTEBto DE EOUCAC|Ota
coNT. RESOLUCION MIN¡STERIAL No 122415 (MEd)EXPEDTENTE N' 025498/230-S-1 1
...ilt
prácticas pedagógicas habituales a fin de producir estrategias para la meiora de
los procesos de enseñanza y aprendizaje, entendiendo que la responsabilidad
por los resultados de evaluación compromete a la institución educativa en su
conjunto y fortalece la cultura evaluativa.
Que conforme lo establece la Ley Nacional de EducaciÓn Na
I 26.206, en el Capítulo Vl referido a derechos y deberes de los estudiantes y
,IE3,j3^li$l*"specíficamente en lo referente al art. 126 que expresa entre otros los
siguientes derechos: e) Ser evaluados/as en su desempeño y logros, conforme
a criterios rigurosos y científicamente fundados, en todos los niveles,
modalidades y orientaciones del sistema, e informados/as al respecto, g)
Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional que
posibilite su inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios.
Asimismo el a¡t.127 menciona, entre otros, los siguientes deberes: a) Estudiar y
esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y
posibilidades, b) Participar en todas las actividades formativas y
complementarias y f) Asistir a clase regularmente y con puntualidad. Por otra
parte, el art. 128 y 129 refieren a que los padres, madres o tutores de los
estudiantes tienen derecho a ser informados periódicamente acerca de la
evolución y evaluación del proceso educativo de sus hijos o representados y la
obligación de seguir y apoyar la evolución del proceso educativo.
Que interviene la Dirección de Asuntos Jurídicos, emitiendo
dictamen de competencia.
Por ello, y en ejercicio de las facultades acordadas por normas
vigentes,
LA MINISTRA DE EDUCACIONRESUELVE:
ARTíCULO 1o.- DEROGAR a partir del primer día hábil del ciclo lectivo 20121a
Resolución No 1194/5 (DGE) del año 2002y cualquier otra normativa que se
oponga a la presente.
Artículo 2o.- APROBAR el Marco Conceptual para la elaboración de los
acuerdos institucionales referidos a la evaluación, calificación, acreditación y
promoción, determinando que cada escuela de Educación Secundariay ...lll
2O1O / Bicentenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Baut¡sta Alberd¡
(@MINISTERIO DE EDUCACIÓN
TACAMAN
+E TUGUMAN
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Bicentenario de la lndependencia 2010lZ0L6
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122415 (MEd)EXPEDTENTE N' 0254981230-S-l I...iltModalidades de gestión pública y privada, inicie los procesos de elaboraciÓn de
los marcos de referencia, conforme elAnexo No I que forma parte del presente
instrumento.
Artícuto 3o.- APROBAR el Marco Normativo para el ingreso, permanencia,
movilidad, egreso y los procesos de evaluaciÓn, calificación, acreditación y
promoción de los estudiantes, el que será de aplicación para todas las
instituciones educativas de Nivel de EducaciÓn Secundaria y Modalidade§ de
gestión pública estatal y privada, acorde a lo establecido en Anexo N" ll que
forma parte del presente instrumento.
Articulo 4o.- DISPONER que la Dirección de Educación Secundaria y sus
Modalidades arbitren las medidas correspondientes a los efectos de garantizar
el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes'
Articulo 5o.- DISPONER que la movilidad estudiantil en la EducaciÓn
Secundaria de la Provincia se regirá por las Pautas Federales aprobadas por la
Resolución No 102/10 delConsejo Federalde EducaciÓn.
Articulo 60.- DETERM¡NAR que la presente resoluciÓn será refrendada por la
Secretaria de Estado de Gestión Educativa.
Articulo 7o.- Comunicar y pasar.
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pror. rrlnnI sllvtA oJEDASECREfAFIA DE ESTADOOE GEST,ON EDUcATtVA
i¡ilNtsrERto DE EDUCACTO¡t
2010 / B¡centenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Baut¡sta Alberdi
(pMINISTERI0 DE EDUCACIÓN
TUCAMAN
TUGUMAN
Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
coNT. RESOLUCION MINISTER¡AL No 122415 (MEd)
EXPEDIENTE N" 025498/230-5-l I...ilt
ANEXO I
La obligatoriedad de la educaciÓn secundaria implica, entre otras, la
responsabilidad del Estado de crear las condiciones pedagógicas para que los
estudianteS ingresen, reingresen, permanezcan y egresen Con aprendizajes de
calidad. En este sentido las escuelas secundarias de la Provincia conforme los
lineamientos de la presente normativa definirán los criterios institucionales a
efectos de lograr eficacia y efic¡encia en las decisiones administrativas
pedagógicas de carácter institucional, tendientes a generar mayores y mejores
condic¡ones para el cambio de las culturas y prácticas institucionales de
enseñanza y de aPrendizaje.
Las diferentes instancias de evaluación implican por un lado, reconocer
el carácter obligatorio de la educación secundaria, y por otro, sostener que
evaluar se constituye en un espacio organizado para que los estudiantes
demuestren los recorridos transitados durante el año escolar y los saberes
alcanzados.
En cada plan institucional se inscriben las responsabilidades y acuerdos
sobre la evaluación y el acompañamiento del recorrido escolar de los/las
colectivo de los docentes y resignifiquen el vínculo de la escuela con el
contexto.
Desde este marco, la escuela ¡ealizará el análisis critico de las práct¡cas
pedagógicas habituales, a fin de producir estrategias que propicien aprendizajes
significativos, situando a la evaluaciÓn como parte de este proceso y no sÓlo
como instrumento de calificación. será necesario formular criterios
institucionales y sostener el trabajo colaborativo entre docentes para el "'lll
l\ estudiantes. Dichas responsabilidades se concretan a través de acciones queP.of. M A R IT SILVIA OJEDAs nr^ DE EsrADo sostienen las trayectorias escOlareS de los/las estudianteS de mOdo que les
, C E DUCATIVA::o DE EDucacror garanticen, al egreso, una base común de saberes, promuevan el trabajo
2O1O / Bicentenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaie al Dr. Juan Bautista Alberdi
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
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coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122415 (MEd)EXPEDIENTE N' 025498/230-S-1 IcoNT. ANEXO 1...//'
acompañamiento, orientación y apoyo de los/las estudiantes, triangulando la
información sobre los desempeños escolares, las prácticas de enseñanza y los
apoyos a fin de acompañar las trayectorias educativas.
Los docentes de los espacios curriculares son responsables directos del
seguimiento de las trayectorias escolares, conjuntamente con los equipos
directivos, asesores pedagógicos, preceptores, coordinadores de áreay tutores.
Según las disponibilidades de los recursos con que se cuenta en cada
institución, podrán estar acompañados por los equipos territoriales de apoyo
interdisciplinarios y las familias para constituir redes de sostén de dichas
trayectorias, a través del conocimiento de la realidad contextual e institucional y
de la situación particular de los/las estudiantes.
Las decisiones sobre la calificación, acreditación y promoción de los
estudiantes deben ser fundamentadas en base a los acuerdos institucionales,
así como la planificación de la enseñanza y el conocimiento que eldocente y la
institución poseen acerca del proceso de aprendizaje individual y grupal. La
acreditación y la promoción son decisiones pedagógicas fundamentales que
impactan en las trayectorias escolares y demandan del docente una ética de la
responsabilidad sobre el enseñar y evaluar en una escuela secundaria
obligatoria.
Consideraciones y aspectos a contemplar para la elaboración de los
acuerdos institucionales
Fortalecer la construcción de una nueva cultura institucional evaluativa.
Promover un proceso participativo y dialógico que articule las decisiones
referidas a la evaluación para la mejora de los procesos de enseñanza y
aprendizaje.
Entender que la calificación es la resultante de un proceso de aprendizaje
por lo que no es aceptable alterar esta dinámica con valoraciones negativas
referidas a {-e-sempe-ños ajenoq a la cuestión académica, los que serán
considerados en los Acuerdos Escolares de Convivencia Escolar'
Acordar institucionalmente criterios de acreditación, es decir, qué
contenidos, valores, actitudes, conceptos, competencias, saberes ...lll
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2010 / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberd¡
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Prof. MARIA SILVIA OJEDASECREfAPIA DE ESTADOOEG¿STO¡ EDUCATIVAMINISTEBIO DE EDUCACIO'I
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 1224t5 (MEd)
EXPEDIENTE N' 025498/230-S-1 IcoNT. ANEXO ¡...///
se consideran prímordiales en la formación del estudiantado. Asimismo
acordar criterios y estrategias que posibiliten la valoraciÓn de los
aprendizajes, en función de los objetivos formulados para cada uno de los
años y ciclos, selección, secuenciación e integración de contenidos,
estrategias de trabajos asistidos, guiados y autÓnomos del estudiante,
criterios de evaluación, de calificaciÓn, de correcciÓn; así como las
estrategias, instrumentos y fuentes de información donde se puedan
recoger datos indicadores en el marco de la propuesta de enseñanza, con
el propósito de orientar los desarrollos curriculares y la regulación de los
procesos de aprendizaje de los estudiantes.
e) Organizar y asistir a grupos de estudiantes que tengan pendiente o en
riesgo de no aprobar, la promoción de espacios curriculares de diferentesI
anos.
Realizar instancias de reflexión evaluativa del docente, para analizar
tas trayectorias educativas de sus propios estudiantes, como están y
en qué nivel de avance se encuentran Sus desarrollos cognitivos. Se
trata de una evaluación que realiza el docente a partir de los datos
que él construye y que le permitirán reajustar y ensayar alternativas
pe(agógicas con aquellos estudiantes que necesitan un recorrido diferente,
previo a la instancia de evaluación integradora. Esta dinámica de los
procesos de enseñanza, le pos¡bil¡tará a cada estudiante fortalecer sus
saberes individuales para profundizar y avanzar en la sistematizaciÓn de
aprendizajes de contenidos a lo largo del año. Para el docente supone
contar con al menos tres calificaciones del estudiante en cada
trimestre/cuatrimestre, como condición mínima para fundamentar sus
valoraciones sobre los saberes de cada estudiante. Estas acciones cobran
relevancia institucional e involucran a los docentes organizados en
equipos a efectos de ajustar y revisar los procesos didácticos y la toma
de decisiones, a lo largo del año, para asistir a los estudiantes que
evidencien dificultades de aprendizaje con determinados contenidos'
...ilt
sLvrR Rt/J(rs de TEMKIN
2010 / B¡centenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberd¡
(#MINISTERI0 DE EDUCACIÓN
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TUGUMÁNEBicentenario de la lndependencia 2010/2016
Prof.MARlA SILVIA OJEDASECRETARIA DE ESTADO.o c.st'On EDUCATIVArí'-n,'irtq,o DE Eoucacloll
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122415 (MEd)EXPEDIENTE N' 025498/230-S-1 1
coNT. ANEXO 1.../r/
g) Garantizar institucionalmente el acompañamiento, orientación y apoyo a las
trayectorias escotares, a través de instancias que impliquen:
l. Definir y diseñar diferentes recorridos, que den respuesta a la
singularidad del proceso de aprendizaje y escolarizaciÓn de cada
estudiante, para prescindir de la idea de una trayectoria única e igual
para todos.
ll. Promover la puesta en marcha de un conjunto de estrategias que
procuran atender en su especificidad a diversos grupos de la poblaciÓn
de adolescentes y jóvenes que necesitan regularizar su situaciÓn o
incorporarse al sistema educativo.
lll. Contemplar tiempos y espacios diferenciados en los que se han de
desarrollar estrategias pedagógicas e institucionales destinadas a
estudiantes que presenten inasistencias por períodos prolongados,
repitencia reiterada o que hayan ingresado tardíamente al Nivel
Educación Secundaria.
lV. Prever, conforme las características institucionales y para el mejor
aprovechamiento de la jornada escolar, propuestas que atiendan las
horas de ausencia del docente a través de diferentes temas y/o
problemas que ameritan tratamiento en la escuela.
V. Considefar, a los fines de su organizaciÓn, entre otros, los
siguientes criterios: a) abordaje del conocimiento a través de
alternativas de desarrollo curricular díferentes, contemplando:
espacios curriculares con abordaje disciplinar, inter o
multidisciplinares; propuestas de enseñanza para la integraciÓn de
saberes, talleres, proyectos socio comunitarios, seminarios
intensivos, laboratorios, trabajos decampo, jornadas de profundización
temática, entre otros formatos posibles, b) alternancia entre el
docente que se hace cargo de su dictado, cuando en la institución
haya más de un profesor de la disciplina de que se trate. Esto supone
que un mismo grupo de estudiantes curse algunos bloques temáticos
del espacio curricular con un docente y otros con otro. ...lll
2o1o / B¡centenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Baut¡sta Alberd¡
le\\HfMTNISTERIO DE EDUCACIÓN
TUCAMAN
-Gcqrc TUGUMAN
Bicentenario de ia lndependencia 2010/2016
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122415 (MEd)
EXPEDIEÑTE N" 025498/230-5-1 IcoNr. e,Nexo I-.rl
Vl. Generar tutorias estudiantiles y/o prácticas solidarias entre
estud¡antes, donde la educaciÓn entre pares cuente con un espacio
institucional en el que los estudiantes más avanzados colaboren con
los estudiantes de otros años, lo que les permitirá incrementar la
responsab¡lidad sobre sus propios procesos de aprendizaje.
Garantizar el tránsito exitoso de los estudiantes desde el nivel primario al
primer ciclo de la educación secundaria, con acciones concretas de
articulación. Lo mismo deberá contemplarse para articular los ciclos de la
educación secundaria. Toda acción de articulaciÓn deberá incluirse en el
Plan de Mejora lnstitucional. Esto significa que los docentes deberán
determinar los modos en que se asume institucionalmente el ingreso al
primer año de la educación secundaria, lo que implica organizar y
desarrollar estrategias de trabajo a realizar con los estudiantes en relación
con las diferencias de las propuestas pedagógicas de la escuela primaria y
secundaria, en un tiempo sostenido a lo largo del período lectivo.
Suministrar información evaluativa: La escuela creará las condiciones para
que durante el primer mes del inicio del periodo lectivo, entre el estudiante,
la familia y elequipo directivo se firme un Acta Compromiso de Cooperación
Mutua respecto del acompañamiento, orientaciÓn y apoyo de las
trayectorias escolares del estudiante. En este sentido, el acta comunicará la
concepción de evaluaciÓn que sostiene la escuela, los criterios de
evaluación, acreditación, calificación, estrategias, instrumentos y
procedimientos que se utilizarán, las instancias de reclamos de los adultos
responsables y de estudiantes sobre la evaluación y promoción, las fuentes
de información desde donde se observarán datos indicadores, criterios
referidos a menciones y/o distinciones para estudiantes que por su
desempeño académico merezcan Ser destacados, asistencias, así como
toda otra consideración institucional que sea acorde a la normativa vigente.
La lnstitución Educativa utilizará diferentes medios de difusiÓn de normas y
criterios que hacen a la organización institucional, a saber:
l. lnforme cualltativo y cuantitativo que dé cuenta de la asistencia y
rendimiento escolar, cuya entrega será por Io menos una vez por
trimestre/cuatrimestre. . . .///
/l(/
[/P,-of. MA Rt A StLVtA OJEDA
S : ! ,4 Plq DE ESTADOr' . ;. o tiDUcAttvA- qlo DE BDUCAC¡OIa
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2010,/ Bicentenario de la Revolución de Mayo / Año de Homena.ie al Dr Juan Bautista Alberd¡
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Bicentenario de la lndependencia 2010/20i6
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lt.
[¡.
Encuentrosffalleres/Reuniones con estudiantes ylo adultos
responsables en cualquier momento del año.
BoletÍn Único de Calificaciones: constarán en él todos los espacios
curriculares por año para cal¡ficaciones trimestrales/cuatrimestrales y
finales....///
PrOf. MARI A SILVIA OJEDASECREf^RIA DE ESTADODE ccsr o,t EDUCAftvA¡,'r!rsrERrO DE EDUCACIOII
P¡of. SILVIA R0JKES de TEMKIN
2o1o / B¡centenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberd¡
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coNT. RESOLUC¡ON MINISTERIAL No 122415 (MEd)
EXPEDIENTE N" 0254981230-S-l I...ilt
ANEXO NO ¡I
Marco normativo para el lnqreso. Permanencia. Moviliclad v Eqreso.
Evaluación. Calificación. Acreditación v Promoción de los estudiantes de
la Educación Secundaria
Dellngreso
Primero: En el mes de febrero se desarrollará el período de ambientación,
destinado a los ingresantes a 1er año de cada uno de los ciclos de la educación
secundaria.
En aquellas instituciones educativas donde el nÚmero de aspirantes
supere el número de vacantes, las mismas se asignarán conforme a la siguiente
prioridad: estudiantes promovidos y no promovidos de la misma escuela,
hermanos de estudiantes que cursan en la escuela, hijos del personal del
establecimiento educativo y las vacantes restantes serán adjudicadas por
sorteo. En este caso, Se deberá comunicar día y hora del sorteo con una
antelación de 10 (diez) días hábiles a efectos de garantizar la presencia de
veedores de la Dirección de Nivel/Modalidad competente'
Ante razones debidamente justificadas, el ingreso podrá producirse en
pr'f.MAR,Asrr_vlroJEDÉualqu¡er momento del periodo lectivo; en este caso, la lnstituciÓn propiciaráSECRETARIA DE ESTADOoE GEsT,oN eoucrrvÁ espacios de apoyo y/o consulta para lograr mejores condiciones de inclusión.
MI{ISTERIO DE EDUCACiOX
A los fines de la inscripción/reinscripción la Dirección de Nivel de
Educación Secundaria y/o Modalidades correspondientes determinarán la
documentación requerida al efecto.
De la Asistencia
Sequndo: La asistencia y puntualidad forma parte del conjunto de derechos y
deberes, atento al sentido formativo de las acciones educativas, las que ...///
+re TUCUMAN
Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
JKES d'TEMKINE, E,DUCACION
2OlO / B¡centenario de la Revoluclón de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Baut¡sta Alberdi
(ffiMINISTERI0 DE EDUCACIÓN
TACAMAN
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122415 (MEd)EXPEDIENTE N" 025498/230-S-l IcoNT. ANEXO 11...//'
caracterizan el modo de ser estudiante dentro de la Escuela Secundaria; así
como de las relaciones y compromisos que se establecen entre Ia escuela y la
familia, y en este caso, se considerarán responsables de los estudiantes a los
adultos con firma registrada en la escuela.
La asistencia a la escuela secundaria se computará de dos
maneras: institucionalmente y por espacio curricular. Dicha tarea estará a cargo
EDU9)IoN del preceptor y profesor de cada curso respectivamente.
La asistencia institucional se encuentra regulada por turno completo para
todos los años de la educación secundaria.
Las inasistencias institucionales de los estudiantes se computarán por
día escolar completo de la siguiente forma:
1) Cuando la concurrencia obligue a un solo turno equivale a una (1)
inasistencia.
2) Cuando la concurrencia obligue a actividades en contra turno: media
(1/2) inasistencia por turno.
3) Cuando la concurrencia obligue a doble turno, independientemente de Ia
extensión de cada turno equivale a media (1/2) inasislencia por turno,
4) Cuando el estudiante ingrese tarde al turno, luego de transcurridos los
(10) diez minutos se computará un cuarto (1/4) inasistencia.
5) Cuando el estudiante deba retirarse del establecimiento fuera del horario
establecido, concurrirá el adulto responsable, y se dejará constancia
escrita de tal situación, con firma del personal interviniente.
TUGUMANrcBicentenario de la lndependencia 2010120t5
P.Of. {I/llARIA SILVIA OJEDAC Jr!DIA DE ESTADOI i' J EDUCATIVA. ¡.o DE EDUCACIOI|
I\r' , T t);
':,r",, 1.1¡'.r
D-^\¡.'-lJ _{v,\!
Cuando el estudiante alcanzare diez (10) inasistencias, justificadas o
no, se deberá enviar'notificación fehaciente citando al adulto responsable
mediante cuaderno de comunicaciones o documento similar, solicitando su
compromiso para garantizar la asistencia del estudiante a clase.
Si el adulto responsable notificado no hubiera acusado recibo de la misma,
transcurridos (10) diez días, se lo citará en el establecimiento educativo.
Cuando el estudiante incurriere en diez (10) inasistencias más, sumando
veinte (20) en total, se volverá a citar al adulto responsabte a fin de notificarlo
...ilt
2O1O / B¡centenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberd¡
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MINI|TERIO DE EDUCACIÓNTUCUMAN Bicentenario de la lndependencia 2010120L5
coNT. RESOLUCION MINISTER¡AL No 122415 (MEd)
EXPEDIENTE N' 0254981230-S-1 IcoNT. ANEXO 11.../r/
de la situación. El adulto responsable podrá solicitar, ante situaciones
excepcionales y debidamente justificadas, una extensión al total de
inasistencias institucionales pautadas en ocho (B) adicionales'
En caso de incomparecencia ante las citaciones mencionadas
anteriormente, se labrará el acta correspondiente. En aquellas situaciones
en que las inasistencias sean consecutivas (5 o más), el equipo directivo
arbitrará las acciones que considere necesarias para establecer las razones
de dichas inasistencias y procurará el reinte-gro del estudiante a la escuela' De
las acciones implementadas se dejará constancia en acta archivada en el legajo
delestudiante y cursará notificación al adulto responsable.
El estudiante que hubiere excedido el límite de inasistencias institucionales
establecidas deberá seguir concurriendo a clases manteniendo las mismas
obligaciones escolares. El equipo directivo deberá intervenir y arbitrar con el
equipo docente las estrategias de enseñ anza a fln de propiciar la permanencia
de los estudiantes en la escuela.
Cómputo de inasistencias por espacio curricular:
En aquellos casos en que el estudiante hubiera excedido la cantidad de
t"J;ILTli,i'lY'tfriESo inasistencias institucionales permitidas, se procederá a computar las
DE G¿Sl Or EDUCAfIVA¡¡r¡¡ritre¡o DE EDucacrol¡ inasistencias por espacio curricular al finalizar el ciclo lectivo. Las inasistencias
por espacio curricular no podrán exceder el 15% de las clases efectivamente
dictadas en el año tectivo. El estudiante que se excediera en este porcentaje
de inasistencias deberá rendir cada uno de los espacios curriculares en
los que se hallare en esa situación, ante comisión evaluadora.
?
De las iustificaciones
Tercero: Se justificarán inasistencias por:
1) Ertfermedad, mediante certificado médico o cuando su causal resulte
pasajera con nota firmada por el adulto responsable, dentro de las ...lll
20Lo / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. luan Bautista Alberdi
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TUCAMAN
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Bicentenario de la lndependencia Z0l0lZ0L5
coNT. RESOLUCTON MIN¡STERIAL No 1224t5 (MEd)EXPEDTENTE N" 025498/230-S-l IcoNT. ANEXO ¡1...///
cuarenta y ocho (48) horas del regreso del estudiante a clase. Cuando el
estudiante padezca una enfermedad crónica, en el certificado médico
deberá constar dicha cond¡c¡ón. La Dirección del establecimiento
educativo, aceptará justificativos suscriptos por el adulto responsable, en
caso de fuerza mayor.
2l Embarazo: se otorgarán las inasistencias que se consideren necesarias
durante dicho periodo, luego delnacimiento y durante la lactancia.
3) Paternidad: se justificarán las inasistencias con la presentación del acta
de nacimiento.
4l En coincidencia con la Ley Nacional del Deporte, a los estudiantes que
integren delegaciones deportivas y que por causa de ello no concurran a
sus actividades escolares, las inasistencias les serán consideradas como
justificadas, mediante la presentación de constancia expedida por
autoridad competente. ldéntico procedimiento regirá para el caso de
estudiantes que participen en competencias artísticas, culturales, entre
otras.
5) A los estudiantes que realicen intercambios educativos en el país opaíses extranjeros se les reconocerán las asistencias que el estudiante
hubiera tenido en el sistema educativo del lugar donde se haya
efectuado el intercambio, mediante presentación de las constancias que
Ias acrediten.
6) A los estudiantes que hayan interrumpido su trayectoria por razones de
trabajo, cambio de domicilio o razones de fuerza mayor debidamente
fundadas.
De la Organización del Periodo Lectivo y Calificaciones
Cuarto: El periodo lectivo anual implica la planificación y organización de una
diversidad de actividades institucionales: enseñanza, apoyo escolar para
estudiantes con trayectorias escolares asistidas, integración de saberes,
evaluaciones de: procesos, evaluaciones finales de trimestre/cuatrimestre e
PTOÍ, MARTA SILVIA oJEDAs . . .8r\ DE ESTADor J EDI.'CATIVA
ñ:o DE LDUCAetO¡t
IVI.E d.
2010 / Bicentenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Bautista Alberdi
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2015
coNT. RESOLUCION MINISTERIAL No 122415 (MEd)EXPEOTENTE N' 0254981230-S-1 1coNT. ANEXO [...///
Instancias de acreditación de espacios curriculares ante Comisiones
Evaluadoras.
Los espacios curriculares se desarrollan en forma anual y/o cuatrimestral.
Quinto: Para la calificación trimestralicuatrimestral y final de todos los espacios
curriculares se establece la escala numérica de 1(uno) a 10 (diez). La
calificación final r{nina para aprobar será de 6 (seis) para todos los espacios
curriculares, a excepción de tutoría, para el que se utilizará la escala
conceptual: Excelente (Exc) Muy Bueno (MB) Bueno (B) Regular (R).
La calificación final anual será la resultante del promedio de las
calificaciones definitivas de los espacios curriculares.
Sexto: En cada trimestre/cuatrimestre el estudiante deberá tener al menos 3
(tres) calificaciones. Asimismo se desarrollará una instancia de evaluación
integral, la que tiene por objeto favorecer la vinculación de los aprendizajes de
los contenidos desarrollados en cada espacio curricular y el resultado de dicha
evaluación integradora, constituye una calificación más del
trimestre/cuatrimestre, dado su carácter relacional e integrador de saberes.
Antes de la finalización de cada trimestre/cuatrimestre y a efectos de
garantizar que los estudiantes inicien y/o continúen con el desarrollo de
contenidos que les faciliten el acceso a otros aprendizajes, el docente
responsable de cada espacio curricular deberá realizar una instancia de
recuperación, para aquellos estudiantes que hubieran obtenido una calificación
de (1) uno a (5) cinco puntos, como resultado de las calificaciones promediadas
en cada trimestre/cuatrimestre.
Sielestudiante hubiere obtenido una calificación entre 1(uno) y 5 (cinco)
en la instancia de recuperación, el resultado obtenido pasará a constituir la
califi cación trimestral/cuatrimestral seg ú n corresponda
Las calificaciones trimestrales/cuatrimestrales y finales serán
consignadas en el boletín de calificaciones. No se podrá consignar ausente
al estudiante en cualquiera de los trimestres/cuatrimestres. ...lll
Prof.MARI A SILVIA OJEDASECREfARIA DE ESTADO
DE G 5f O'{ EDUCATIVAr,'ülSTrRlO DE EDUCACIo}'
r';";;rt"'* ")b|=.---7*".i(/ !n/ i
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2010 / 8¡centenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaie al Dr. luan Bautista Alberd¡
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En caso de parentesco entre docentes y estudiantes, el docente deberá
excusarse de calificar, e institucionalmente se acordarán los mejores modos de
garantizar el proceso de evaluación.
De las lnstancias de Acompañamiento y Apoyo
Séptimo: La institución educativa organizaÉ, a lo largo del periodo lectivo
instancias de acompañamiento y apoyo, las que estarán a cargo del docente
responsable delespacio curricular u otro docente que defina la institución. Estas
instancias se organizan en el marco del Plan lnstitucíonal y tienen por finalidad
ofrecer diversas alternativas de preparación, a través de estrategias individuales
ylo grupales que guarden estrecha vinculación y coherencia con las
desarrolladas durante el proceso de enseñanza y de aprendizaje a efectos de
que los estudiantes, cuenten con la guía y orientación del docente. Asimismo la
institución podrá organizar tutorías estudiantiles y/o prácticas solidarias entre
estudiantes, entre otras actividades.
De la Calificación FinalAnual
Octavo: En caso de que el estudiante no haya obtenido una calificación -7. ,!.,,f.promedio de 6 (seis) como resultado de los trimestres/cuatrimestres deberá
rendir el espacio curricular ante Comisión Evaluadora.
De la Acreditación
Noveno: La acreditación de saberes es la confirmación que realiza el docente
en relación a los aprendizajes logrados por cada estudiante. Dichas
acreditaciones derivarán en calificaciones trimestrales/cuatrimestrales.
Cuando un estudiante adeude 2 (dos) espacios curriculares correlativos,
éstos podrán ser evaluados a través de una única instancia ante Comisión
Evaluadora, si se estima que esta integración es más adecuada para el
estudiante y superadora de la propuesta de dos instancias consecutivas. ...lll
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Bicentenario de la lndependencia 2010/2016
coNT. RESOLUCION M¡NISTERIAL No 122415 (MEd)EXPEDIENTE N' 025498/230-S-1 1
coNT. ANEXO 11...///
De la Comisión Evaluadora
Décimo: En las instancias ante comisión evaluadora los estudiantes y adultos
ffi,f"sponsables deben ser notificados fehacientemente de la modalidad de
EDUGACToN evaluación, así como de los objetivos, criterios, contenidos y toda otra exigencia
de esta instancia de evaluación, las que deberán guardar coherencia con lo
desarrollado y/o lo utilizado durante el periodo lectivo por el docente
responsable de cada espacio curricular.
Los directivos designarán, con la debida anticipaciÓn, a los integra¡tes de
las comisiones evaluadoras y comunicarán fehacientemente a los estudiantes y
adultos responsables de los mismos. Si se hace necesario modificar la fecha de
alguna comisión evaluadora, ésta nunca podrá fijarse en fecha anterior a la
originalmente comunicada.
La comisión evaluadora deberá respetar los contenidos desarrollados en
el espacio curricular en cada período lectivo.
El estudiante no podrá ser evaluado en el mismo día en más de 2 (dos)
espacios curriculares. En el caso de aquellos que deban rehd¡r 2 (dos) espacios
curriculares en la misma jornada, deberá mediar un lapso de tiempo de 30
(treinta) minutos como mínimo entre uno y otro examen.
PfOf.IIARI A SILVIAOJEDASerán convocados por orden de la nómina y en caso de
,",.t;*t l¡rlilliestuviera presente- previa justificación- pasará al último lugar de la
,?.:,,:; il'; oJ roucAcroto¿ra ser llamado n uevamente.
Cuando las evaluaciones sean escritas, serán firmadas por el estudiante
y los docentes y en el caso de instancias orales se deberá acompañar con el
registro de lo acontecido labrado en Actas y firmado por los miembros del
tribunal examinador.
Cuando un estudiante haya desaprobado el mismo espacio
curricular, en 2 (dos) instancias ante comisiÓn evaluadora, el equipo
directivo deberá implementar las acciones que considere convenientes. ..'lll
que no
nómina
2o1o / Bicentenario de la Revolución de Mayo / Año de Homenaie al Dr. Juan Bautista Alberdi
re\\*fMINtsrERto Ds E»uceaóN
TACAMAN
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coNT. RESOLUCTON MIN¡STERIAL No 122415 (MEd)EXPEDTENTE N', 025498/230-S-{ IcoNT. ANEXO [...///
De Ia Promoción
Décimo primero: El estudiante podrá ser promovido al año y/o ciclo
superior/orientado cuando tenga pendiente de acreditación hasta 2 (dos)
espacios curriculares de cualquier curso.
Pr:f: y¡ !r Á srlvtA oJEDAD i , Hl MtA DE ESTaDoDq c rr o, eoucniilir.,*rsr¡Bro o¡ ¡ouclciói¡
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2010 / Bicentenar¡o de la Revolución de Mayo / Año de Homenaje al Dr. Juan Baut¡sta Alberd¡