recurso de casacion penal 09052015

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* REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSIDAD FERMIN TORO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS BARQUISIMETO, ESTADO-LARA RECURSOS DE PENAL ESPECIAL Jannelly Garcia 23534973 Enriques Vargas

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Page 1: Recurso de casacion penal 09052015

* REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

UNIVERSIDAD FERMIN TOROFACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS

BARQUISIMETO, ESTADO-LARA

RECURSOS DE PENAL ESPECIAL

Jannelly Garcia23534973Enriques Vargas

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* LOS RECURSO

Los recurso están concebidos como vías procesales que se otorgan al ministerio fiscal y a las partes intentar a la corrección de decisiones jurisdiccionales que por ser de algún modo contrarias a derechos, constitucional, sustantiva o procesal

Es importante resaltar que el recuro de casación es un recurso extraordinario Y el recurso de auto es un recurso ordinario

LA APELACIÓN: medio de impugnación ordinario devolutivo, presenta dos modalidades en el copp en donde se distingue entre la apelación de auto y de sentencias, esta supone considerar la organización judicial, consecuencia del sistema procesal adoptado por el código adjetivo

APELACIÓN DE AUTOS: solo dictan sentencias definitivas los tribunales del juicio, los otros tribunal mencionados dictan sus decisiones mediante autos

OJO» si la decisión recurrida fuere el auto de una medida privativa de libertad, o el que decreta una medida cautelar sustitutiva los plazos se reducen a la mitad

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El Recurso de Apelación de Autos, es aquel que se ejerce contra las decisiones interlocutorias (que resuelven puntos esenciales del proceso), por parte de aquellos que han sufrido algún gravamen por dichas decisiones, durante la sustanciación del proceso.

QUÉ ES UNA DECISIÓN INTERLOCUTORIA

Son aquellas que resuelven puntos esenciales del proceso, y que aunque no resuelven definitivamente el problema de la responsabilidad penal, en tanto que no declaran la existencia o no de delito ni la responsabilidad o no de los procesados, pueden crear situaciones gravosas para algunas de las partes o preparar el terreno para un juzgamiento defectuoso o injusto.

También puede tratarse de sentencias interlocutorias con fuerza definitiva, como las que declaran el sobreseimiento de la causa.

RECURSO DE APELACION DE AUTO

LAS DESICIONES INTERLOCUTORIAS SE DIVIDEN EN DOS TIPOS

Las que ponen fin al proceso haciendo imposible su continuación, Ejemplo: las que decretan el sobreseimiento de la causa.

Las que no ponen fin al proceso y solo resuelven cuestiones incidentales. Ejemplos: Imposición de medidas cautelares o personales; las que declaren incautación de bienes; la admisión de las pruebas o cualquier forma de gravamen que alteren el equilibrio procesal o propendan a crear indefensión.

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribuna de Control de Barquisimeto

Barquisimeto, 26 de Abril de 2012

201°y 152°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2012-004889

OFICIO:11669

CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO LARA

SU DESPACHO

Me dirijo a usted en la oportunidad de remitirle el anexo al presente oficio, boleta Privativa de Libertad y boleta de Traslado del ciudadano JOSE MARIA SANTANDER, titular de la cedula de Identidad N° V-22197,014, a quien este tribunal de control en la audiencia de calificacion de flagrancia le decreto la medida Judicial Privativa de Libertad, contenida en los artículos 250, 251, y 252 del Código Orgánico Procesal Penal a los fines de que se sirva a trasladar al Ciudadano identificado ut supra hasta el CENTRO PENITENCIARIO DE TOCUYITO .

Remision que se le hace a los fines legales consiguientes

LA JUEZ DE CONTROL N°8

ABG. LUISABETH MENDOZA FREITES

(solo por este acto)

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribuna de Control de Barquisimeto

Barquisimeto, 26 de Abril de 2012

201°y 152°

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2012-004889

BOLETA DE TRASLADO

El ciudadano (a) DIRECTOR DEL CICPC se sirve a a trasladar al imputado JOSE MARIA SANTANDER, Titular de la cedula de identidad N°22197,014, a quien este tribunal de control en la audiencia de calificación de flagrancia le decreto la medida de privación judicial preventiva de libertad contenida en el articulo 250 del código orgánico procesal penal hasta el centro penitenciario de la región centro Occidental

LA JUEZ DE CONTROL N°8

ABG. LUISABETH MENDOZA FREITES

(solo por este acto)

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Es impugnable

Solo a través del recurso de apelación

LA APELACION DE LA SENTENCIA DEFINITIVA

Principio de impugnabilidad

objetiva

Autorización de la ley para recurrir

Estableciendo los medios, los casos, las condiciones de tiempo y forma. arts. 423-426 COPP

Debe existir un interés directo.Solo pueden recurrir las personas a quienes la ley les reconoce ese derecho.

Las partes solo pueden impugnar las decisiones que les sean desfavorables (ppo. de agravio) arts. 424 y 427 COPP.

Principio de Impugnabilidad

subjetiva

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* FORMAS DEL RECURSO

1.En escrito fundado.

2.Debe expresarse concreta y separadamente cada motivo.

3.Solución que se pretende.

4.Única oportunidad para explanar los motivos.

TRAMITE DEL RECURSO DE APELACION CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA PRODUCIDA EN EL JUICIO ORAL

interposición

Contradicción

Remisión

admisibilidad

Audiencia

Decisión de la corte de apelaciones

ETAPAS

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* ADMISIBILIDAD: art. 447 COPP

Revisa: art. 428COPP

Legitimación.si es temporáneosi es impugnable

5 días sig. al recibode las actuaciones

Se pronunciaSobre la

Admisibilidad

Corte de

Apelaciones recibe las actuaciones

Admite: fija Audiencia para un

lapso no menor de 5 días ni mayor de 10.A partir de la fecha

del auto de admisión

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La decisión del Juez de Juicio que declare la inadmisibilidad de la acusación privada (artículo 397 COPP)

INADMISIBILIDAD DEL RECURSO

Cuando el hecho no revista carácter penal o la acción este evidentemente prescrita o verse sobre hechos punibles de acción publica, o falte un requisito de procedebilidad

La Corte de apelaciones sólo podrá declarar inadmisible el recurso por las siguientes causas:

*El recurrente carezca de legitimación para hacerlo;

**Cuando el recurso se interponga extemporáneamente;

***Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable.

Si no están presentes estas causas, la Corte de apelaciones, deberá entrar a conocer el fondo del recurso planteado

CAUSALES DE INADMISIBILIDAD: Art. 428 COPP

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RECURSO DE CASACION

El recurso de casación solo podrá ser interpuesto en contra de las sentencias de las cortes de apelaciones que resuelven sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio oral, cuando el ministerio publico haya pedido en la acusación o la victima en su acusación particular propia o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que a su limite máximo excede de cuatro años, o la sentencia condene a penas superiores a esos limites

Así mismo serán impugnables las decisiones de las cortes de apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación, aun cuando sean dictadas durante la fase intermedia, o en un nuevo juicio verificado con motivo de la decisión del tribunal supremo de justicia que haya anulado la sentencia del juicio anterior

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EL RECURSO DE CASACIONPODRA

FUNDARSEEN VIOLACION DE LA LEY

POR FALTA DE APLICACIONPOR INDEBIDA APLICACION

O POR ERONEA INTERPRETACION ARTICULO 452

Cuando el precepto legal que se invoque como violado constituya un defecto dl procedimiento el recurso solo será admisibles el interesado o interesada ha reclamado oportunamente su subsanación, salvo en caso de infracciones de garantías constitucionales

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La violación de garantías que solamente haya sido establecidas en favor del acusado o acusada no podrá hacerse valer por el ministerio publico con la finalidad de obtener una decisión en perjuicio de aquel articulo 453

La violación de garantías que solamente haya sido establecidas en favor del acusado o acusada no podrá hacerse valer por el ministerio publico con la finalidad de obtener una decisión en perjuicio de aquel articulo 453

La violación de garantías que solamente haya sido establecidas en favor del acusado o acusada no podrá hacerse valer por el ministerio publico con la finalidad de obtener una decisión en perjuicio de aquel articulo 453

El recurso de apelación se interpone ante la corte de apelaciones

Quince (15) días después de publicada la sentencia , salvo que el imputado (a) se encontraran privado de libertad , caso en el cual este plazo comenzara a correr a partir de la fecha de su notificación personal, previo traslado

Este recurso se interpone mediante escrito fundado en el cual se indicara en forma concisa y clara los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación por indebida aplicación o por errónea interpretación, expresado de que modo se impugna la decisión

Fundándolos separadamente si son varios.

Cuando el recurso se fundamente en un defecto de procedimiento sobre la forma en que realizo el acto en contraposición a lo señalado en el acta del debate o la sentencia, deberá promoverse la prueba contenida en el medio de reproducción a que se contrae el articulo 317 de este código

Si este no pudiere ser utilizado o no se hubiere empleado será admisible la prueba testimonial

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El medio se promoverá en los criterios de interposición o de contestación del recurso señalando de manera precisa lo que se pretende probar pena de inadmisibilidad

El medio se promoverá en los criterios de interposición o de contestación del recurso señalando de manera precisa lo que se pretende probar pena de inadmisibilidad

Presentado el recurso este podrá ser contestado por las otras partes dentro de los ocho (8) días siguientes al vencimiento del lapso para su interposición y en su caso promuevan pruebas

La corte de apelaciones dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al vencimiento del plazo correspondiente remitirá las actuaciones al tribunal supremo de justicia para que este decida

Si el tribunal supremo d justicia estima que el recurso es inadmisible o manifiestamente infundado así lo declarara por la mayoría de la sala de casación penal, dentro de los quince (15) días siguientes de recibidas las actuaciones y las devolverán a la corte de apelaciones de origen

Si el tribunal supremo de justicia estima que el recurso es inadmisible o manifiestamente infundado asi lo declarara por la mayoría de la sala de casación penal dentro de los quince (15) días siguientes de recibidas las actuaciones y las devolverá a la corte de apelaciones de origen Si el tribunal supremo de

justicia considera que el recurso es admisible convocara a una audiencia oral y publica que deberá realizarse dentro de un plazo no menor de quince días ni mayor de treinta

El que haya promovido prueba tendrá la carga de su

presentación en la audiencia salvo que se trate del medio

de reproducción a que se contrae el articulo 317 de este código caso el cual el tribunal supremo de justicia dispondrá

su utilización

El secretario o secretaria a solicitud del promovente expedirá las citaciones u ordenes que sean necesarias las cuales serán diligenciadas por este o esta

La prueba se recibirá conforme a las reglas del juicio oral en lo pertinente

La audiencia se celebrara con las partes que comparezcan. La palabra para las conclusiones será concedida primero al abogado del recurrente

Se admitirá replica o contrarréplica, el tribunal supremo de justicia resolverá sobre el defecto de procedimiento de ser el caso únicamente con la prueba que se incorpore en la audiencia

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El tribunal supremo de justicia decidirá al concluir la audiencia o en caso de imposibilidad por la importancia y la complejidad de las cuestiones planteadas dentro de los veinte días siguientes

SI EL RECURSO SE DECLARA CON LUGAR

el recurso fundado en la inobservancia o errónea aplicación de un precepto legal, el tribunal supremo de justicia dictara una decisión propia sobre en caso, tanto que para ello no sea necesario un nuevo debate sobre los hechos por exigencia de la inmediación y la contradicción ante el tribunal distinto del que realizo el juicio. en los demás casos anulara la sentencia impugnada y ordenara la celebración del juicio oral ante el nuevo tribunal o repondrá el proceso al estado en que se incurrió en el vicio de procedimiento que dio lugar al recurso, si se cometió e las etapas anteriores

Si se trata de un error en la especie o cantidad de la pena el tribunal supremo de justicia hará la rectificación que proceda

SI EL RECURSO SE DECLARA SIN LUGAR

el tribunal supremo de justicia devolverá las actuaciones a la corte de apelaciones de origen o al juez o jueza del tribunal respectivo

Si se ordena la apertura de un nuevo proceso en contra de un acusado o acusada que haya sido absuelto por la sentencia de primera instancia y obtiene una sentencia absolutoria en contra de esta no será admisible recurso alguno

El tribunal supremo de justica ordenara inmediatamente la libertad del acusado o acusada si esta presente en la audiencia cuando por efecto de su decisión deba cesar la privación de libertad