recurso de apelacion corinti

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SUMILLA: INTERPOPNE RECURSO DE APELACION CONTRA OTORGAMIENTO DE BUENA PRO. xxxxxxx y correo electrónico @hotmail.com, ante usted manifiesto: PETITORIO 1. Que, dentro del plazo de ley y de conformidad con lo dispuesto del artículo aprobado mediante Decreto Supremo N°, INTERPONGO RECURSO DE APELACIÓN en contra del Otorgamiento de la Buena Pro. 2. Se adjudique la buena pro ……. FUNDAMENTOS DE HECHO: PRIMERO.- En fecha 06 de octubre del año en curso el comité especial encargado de llevar a cabo el proceso de Selección Adjudicación de Menor Cuantía Nº 104-2015-CEP/MDSS para la Adquisición de mobiliario para oficina para la Meta Instalación del Programa Municipal a jóvenes para fortalecer sus iniciativas emprendedoras laborales y su calidad de servicio o en el Distrito de San Sebastián” otorgó la buena pro a la Empresa QORINTI CC&P S.R.L por el importe de S/ 35,900.00; con un puntaje de 100 puntos conforme al cuadro consolidado técnico económico. SEGUNDO.- El comité especial al momento de la calificación la experiencia del postor Nº 6 Empresa QORINTI CC&P S.R.L hizo la calificación y evaluación conforme al siguiente cuadro: ITEM POSTOR EXPERIENCIA DEL POSTOR PLAZO DE ENTREGA CUMPLIMIENT O DE TOTAL

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Page 1: Recurso de Apelacion Corinti

SUMILLA: INTERPOPNE RECURSO DE APELACION CONTRA OTORGAMIENTO DE BUENA PRO.

xxxxxxx y correo electrónico @hotmail.com, ante usted manifiesto:

PETITORIO

1. Que, dentro del plazo de ley y de conformidad con lo dispuesto del artículo aprobado mediante Decreto Supremo N°, INTERPONGO RECURSO DE APELACIÓN en contra del Otorgamiento de la Buena Pro.

2. Se adjudique la buena pro …….

FUNDAMENTOS DE HECHO:

PRIMERO.- En fecha 06 de octubre del año en curso el comité especial encargado de llevar a cabo el proceso de Selección Adjudicación de Menor Cuantía Nº 104-2015-CEP/MDSS para la Adquisición de mobiliario para oficina para la Meta “ Instalación del Programa Municipal a jóvenes para fortalecer sus iniciativas emprendedoras laborales y su calidad de servicio o en el Distrito de San Sebastián” otorgó la buena pro a la Empresa QORINTI CC&P S.R.L por el importe de S/ 35,900.00; con un puntaje de 100 puntos conforme al cuadro consolidado técnico económico.

SEGUNDO.- El comité especial al momento de la calificación la experiencia del postor Nº 6 Empresa QORINTI CC&P S.R.L hizo la calificación y evaluación conforme al siguiente cuadro:

 ITEM POSTOR

EXPERIENCIA DEL POSTOR

PLAZO DE ENTREGA

CUMPLIMIENTO DE

LA PRESTACIO

N

TOTAL

>=3 >=2<3 >=1<201 A 15

16 A 29

60 50 40

Page 2: Recurso de Apelacion Corinti

20 10 20

1 JHON CHURA PAUCAR 50 20 10 80

2 MIGUEL CHAMPI HUILCA60

20 20 100

3 G.R. CASTORES S.R.L. 60 20 20 100

4INVERSIONES GENERALES KAOBA SCRL

60 20 20 100

5MUEBLES Y DECORACIONES URPI SAC

60 20 20 100

6 QORINTI CC&P SRL 60 20 20 100

7 VILMA QUISPE TOROBEO 60 20 20 100

Asimismo según los criterios de evaluación técnica las mismas que se encuentran en el capitulo IV de las bases administrativas del proceso de selección Nº 104-2015-CEP/MDSS se tiene:

B. EXPERIENCIA DEL POSTOR EN MUEBLES DE MELAMINE, Y MADERA EN GENERALCriterio:Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante un periodo de, NO MAYOR A CINCO (05) AÑOS a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente TRES (3) VECES EL VALOR REFERENCIAL TOTAL

Acreditación:La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se deberá acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

En el caso de suministro, sólo se considerará como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de propuestas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado

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por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

Monto igual a 03 veces el valor referencial ….…………………………..60 puntos Monto mayor igual a 02 veces el valor referencial E igual o menor a 03 veces el valor

referencial.….…………………………………………………..50 puntos Monto igual o mayor a 01 veces el valor referencial e igual o menor a 02 veces el

valor referencial……………………………………………………….40 puntos.

TERCERO: el postor al momento de presentar la documentación para la evaluación de la experiencia del postor adjunta el anexo 06 con el siguiente cuadro:

CLIENTE OBJETO DE CONTRATO

Nº DE CONTRATO/

OC/ COMPORBANT

E DE PAGO

FECHA MONEDA INPORTE MONTO FACTURADO ACUMULAD

O

1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA

MOBUILIARIO 0094 25-10-13 S/ 115,870.00

115,870.00

2 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

MOBILIARIO 00150 Y 01351

20-03.14 S/ 224,895.00

224,895.00

3 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

CARPETAS UNIPERSONLAES

OC/ Nº 03857 24-09-2014

S/ 51,948.00 51,948.00

TOTAL

392,713.00

En tal sentido:

1.-Para acreditar el monto de S/ 115,870 el postor presento la documentación que corre a fojas 17 a 22:

Considerando que el contrato Nº 27-2013-P-CSJCU.PJ de fecha 16 de octubre del 2013 la misma se suscribió por la Corte Superior de Justicia del Cusco y el CONSORCIO MEGA conformado por la empresas Qorinti Contratista Consultores y Provedores SRL y Mega Muebles y Decoraciones EIRL, y no forma individual por el postor Empresa QORINTI CC&P S.R.L para acreditar su experiencia.

En ese sentido el comité especial al tratarse de una EVALUACIÓN DE EXPERIENCIA EN CONSORCIO debió tomar en

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cuenta los factores de evaluación consignado de la siguiente forma: “(…)en los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio deberá presentarse la promesa formal del consorcio o contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado, de lo contrario no se computara la experiencia proveniente de dicho contrato”;

2.-Para acreditar el monto de S/ 224,895.00 el postor presento la documentación que corre a fojas 23 al 28:

En la promesa formal de contrato anexo 04 presentada en folios 16 se observa que:

“Obligaciones de la Empresa Qorinti Contratistas Consultores y proveedores SCRL es del 30%.

-Experiencia.

-Facturación del 30%

-Inversión económica”.

Como se aprecia el postor no ejecuta ninguna obligación vinculada al objeto de la convocatoria conforme a lo establecido el numeral 6.5.2 “EXPERIENCIA DEL POSTOR” de la Directiva Nº 16-2012-OSCE/CD participación de proveedores en consorcio en las Contrataciones del Estado el cual establece que “(…) 2. Para efectos de acreditar el factor de evaluación “ experiencia del Postor “, solo se evaluara la documentación presentada por el o los integrante s del consorcio que se hubieran comprometido a ejecutar la obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria de acuerdo con lo declarado en la promesa formal del consorcio, para evaluar dicha experiencia n o se tomara en cuanta la documentación presentada por el o los consorciados que asumen las obligaciones referidas a las siguientes de actividades:

a) Actividades de carácter administrativo o de gestión como facturación, financiamiento, aporte de cartas fianza o pólizas de caución, entre otras.

CUARTO. Asimismo el comité especial no debió tomar en cuenta los montos S/115, 870.00 nuevos soles y S/ 224,895.00 nuevos soles para la acreditación del monto

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facturado acumulado como experiencia del postor conforme se tiene de lo manifestado precedentemente.

POR LO TANTO, la experiencia del postor de acuerdo a la experiencia validada en el factor evaluación “experiencia del postor, de acuerdo a la formula establecida en las bases corresponde a:

“Monto igual o mayor a 01 veces el valor referencial e igual o menor a 02 veces el valor referencial.”

Experiencia validada S/ 51,948.00 nuevos soles ……………………………… 40 puntos

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

1.- Ley de Contrataciones del Estado Articulo 48º- Acreditación de la Experiencia en Consorcio.

“el consorcio podrá acreditar como experiencia sumatoria de los montos de facturados previamente ponderados, de aquellos integrantes que se hubieran comprometido a efectuar conjuntamente el objeto materia de la convocatoria. La ponderación de tales montos facturados se efectuara sobre la bases de la información señalada en la promesa formal de consorcio, referida al porcentaje de las obligaciones asumidas por cada uno de los integrantes.

La documentación valida para acreditar la experiencia de consorcio así como el método de evaluación, serán indicados en la directiva que el OSCE apruebe para tal efecto”

2.- Numeral 6.5.2 “EXPERIENCIA DEL POSTOR” de la Directiva Nº 16-2012-OSCE/CD participación de proveedores en consorcio en las Contrataciones del Estado el cual establece que “(…) 2. Para efectos de acreditar el factor de evaluación “ experiencia del Postor “, solo se evaluara la documentación presentada por el o los integrante s del consorcio que se hubieran comprometido a ejecutar la obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria de acuerdo con lo declarado en la promesa formal del consorcio, para evaluar dicha experiencia n o se tomara en cuanta la documentación presentada por el o los consorciados que asumen las obligaciones referidas a las siguientes de actividades:

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a) Actividades de carácter administrativo o de gestión como facturación, financiamiento, aporte de cartas fianza o pólizas de caución, entre otras.”

3.- Resolución del tribunal Nº 1197-2013-TC-SI de fecha 31 de mayo del 2013 emitido por el Tribunal del Contrataciones del Estado el Cual expresa en su numeral 28 lo siguiente:

28.- “(…) debe tenerse en cuenta que el contenido mínimo de la promesa formal del consorcio está vinculado a la evaluación del factor “Experiencia del Postor”. De este modo, en el numeral 6.5.2 de la Directiva Nº 016-2012-OSCE/CD se contemplan las siguientes reglas:

“(…)

2. Para efectos de acreditar el factor de evaluación “experiencia del postor” sólo se evaluará la documentación presentada por el o los integrantes del consorcio que se hubieran comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria, de acuerdo con lo declarado en la promesa formal del consorcio. En tal sentido, para evaluar dicha experiencia no se tomará en cuenta la documentación presentada por el o los consorciados que asumen las obligaciones referidas a las siguientes actividades:

a) Actividades de carácter administrativo o de gestión como facturación, financiamiento, aporte de cartas fianzas o pólizas de caución, entre otras.

b) Actividades relacionadas con asuntos de organización interna, tales como representación u otros aspectos que no se relacionan con la ejecución de las prestaciones, entre otras.

Los integrantes del consorcio que se hubieran comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria, indistintamente, podrán presentar contrataciones para acreditar su experiencia.

4. En el caso que los integrantes del consorcio acrediten experiencia respecto de contrataciones ejecutadas, ya sea en forma individual y/o en consorcio, vinculadas directamente al objeto de la convocatoria se deberá ponderar los montos de

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facturación teniendo en cuenta el porcentaje de las obligaciones declarado en la promesa formal de consorcio,

Luego se ponderarán dichos montos por el porcentaje de las obligaciones consignada en la promesa formal de consorcio correspondiente al proceso de selección al cual se presenta el consorcio.

El porcentaje de las obligaciones de dichos contratos debe estar consignado expresamente en la promesa formal o en el contrato de consorcio. De lo contrario, no se evaluará la experiencia ofertada”.

MEDIOS PROBATORIOS

1.- Bases administrativas del proceso de selección adjudicación de menor cuantía Nº xxxxxx el mismo que obra en el expediente de contratación.

2.- Documentación presentada por el postor para la calificación de la propuesta técnica y económica del proceso de selección xxxxxxxx el mismo que obra en el expediente de contratación.

3.- acta de buena pro de fecha 06 de octubre del 2015.

ANEXOS

1.- dni del representante de la empresa.

2.-

3.-vigencia de poder

4.- copias simples del escrito y sus recaudos para su notificación.

5.- garantía

POR TANTO. A Ud. Pido a Ud. se admita admitir y dar el tramite correspondiente de la presente y declarar fundada en su oportunidad

San Sebastián, 14 de octubre del 2015

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