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Especial auditoría externa Ambiente Interno empresarial Todo sobre el SRI Novedades Curso de Cierre Fiscal Riesgos Integrales “EMPRESAS” ECUADOR Quito | ENERO 2017 | EDICIÓN 004 El Poder de informarte © Square MD 2017 © BCA - BOLETÍN CONTABLE 201 www.boletincontable.com

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Especial auditoría externa

Ambiente Internoempresarial

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Curso de Cierre Fiscal

RiesgosIntegrales

“EMPRESAS”ECUADOR Quito | ENERO 2017 | EDICIÓN 004

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“EMPRESAS”Revista AsistenteNoticias de todas las áreas.Información novedosa y de actualidad.Tips y trucos para tu empresa.

A nuestros lectores

UN CONTADOR ACTUALIZADO ES UN PROFESIONAL COMPROMETIDO En el mes de Marzo del presente año, los contribuyentes PERSONAS NATURALES, deberán realizar su Declaración de Impuesto a la Renta Anual del ejercicio 2016.

Para esto, el Servicio de Rentas Internas aprobó los Nuevos Formularios 102 para la declaración del Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad” y el “Formulario 102A para la declaración del Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar Contabilidad” Atentamente, Dr. Wilmer Cóndor Msc. / DIRECTOR EDITOR / BOLETIN CONTABLE /

ilmer CóndorW

En el mes de Marzo del presente año, los contribuyentes PERSONAS NATURALES, deberán realizar su Declaración de Impuesto a la Renta Anual del ejercicio 2016.

Para esto, el Servicio de Rentas Internas aprobó los Nuevos Formularios 102 para la declaración del Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad” y el “Formulario 102A para la declaración del Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar Contabilidad”

Cada ejercicio fiscal la Administración Tributaria actualiza los mencionados formularios, incluso a la presente fecha el profesional contable debe actualizar el llamado DIMM FORMULARIOS a la versión 1.6 con fecha Enero 2017.

Es importante recordar que el DIMM FORMULARIOS permite ingresar datos para elaborar la Declaración de Impuesto a la Renta de Personas Naturales Obligadas a Llevar Contabilidad, mientras que el formulario para Personas Naturales No Obligadas a Llevar Contabilidad se lo realiza desde la plataforma virtual del Servicio de Rentas Internas, algo importante que se debe tomar en cuenta.

Para más información ingresa a nuestro portal www.boletincontable.com

Liquidador e Interventor Superintendencia de Compañía, Valores y Seguros ; Gerente General de BCA. Auditores Cia. Ltda.

NUEVO FORMULARIO 102 / 102A PARA PERSONAS NATURALES, OBLIGADAS Y NO A LLEVAR CONTABILIDAD.

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Entre los servicios virtuales prestados son:

OBLIGATORIEDAD USO DE PORTAL WEB DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

La Administración Tributaria norma la obligatoriedad del uso del portal web en línea, para lo cual el contribuyente deberá tenerla clave de usos de medios electrónicos. Solo en casos excepcionales se podrá realizar estos trámites en las dependencias del Servicio de Rentas Internas. Cabe recalcar, que los documentos que hubieren sido generados en línea por parte de los ciudadanos y contribuyentes en el portal web institucional, tendrán plena validez en los trámites que para el efecto requiera el interesado, y por tanto, no deberá exigirse ninguna validación física adicional en la Administración Tributaria.

a. Actualización del Registro Único de Contribuyentes (RUC) para personas naturales y sociedades:

1. Nombre de fantasía o comercial,2. Datos de ubicación de domicilio,3. Datos de ubicación del representante legal,4. Actualización de datos del contador,5. Dirección de establecimientos (matriz y adicionales),6. Medios de contacto (matriz y adicionales),

b. Suspensión de Registro Único de Contribuyentes (RUC) personas naturales,

c. Recuperación de claves.

d. Certificados automáticos con código QR y de validación de:

1. Reimpresión de RUC,2. Establecimientos de RUC de personas naturales y sociedades,3. Certificado de no inscripción en el RUC,4. Historial de autorizaciones de comprobantes; y, Certificado de cumplimiento tributario.

3280240/3285312 /[email protected]

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Av. París N43-195 entre Río Coca y Rousseau

(02) 515 2000

e. Certificados digitales de declaraciones de impuestos, con código QR y de validación:

1. Formulario 101: Impuesto a la renta y presentación de balances formulario único sociedades y establecimientos permanentes,

2. Formulario 102: Impuesto a la renta personas naturales y sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad,

3. Formulario 102 A: Impuesto a la renta personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad,

4. Formulario 103: Retenciones en la fuente del impuesto a la renta,5. Formulario 104: Impuesto al valor agregado,6. Formulario 104 A: Impuesto al valor agregado para personas naturales y sucesiones indivisas que

no actúan en calidad de agentes de retención y que no realizan actividades de comercio exterior,7. Formulario 105: Impuesto a los consumos especiales,8. Formulario 106: Formulario múltiple de pagos,9. Formulario 108: Impuesto a la renta sobre ingresos provenientes de herencias, legados y

donaciones,10. Formulario 109: Impuesto a la salida de divisas,11. Formulario 110: Impuesto a los activos en el exterior,12. Formulario 111: Impuesto a las tierras rurales,13. Formulario 113: Regalías a la actividad minera,14. Formulario 115: Anticipo de impuesto a la renta,15. Formulario 116: Anticipo de impuesto a la renta de espectáculos públicos,16. Formulario 117: Patentes de conservación minera,17. Formulario 118: Contribución destinada al financiamiento de la atención integral del cáncer; y,18. Formulario 120: Formulario múltiple de declaraciones.

Registro de pensiones alimenticias en cada tipo de gasto y por beneficiario.

Inclusión de un nuevo campo para la deducción especial de las personas residentes en Galápagos de acuerdo a la Resolución NAC-DGERCGC16-00000443 en la que se establece que quienes residan 183 o más días calendario en dicha provincia, podrán acceder a una deducción diferenciada debido a que el Índice de Precios al Consumidor Especial de Galápagos (IPCEG) establecido por el INEC, es un 80% más alto que el resto del país.

Desde el Anexo de Gastos Personales en línea se pueden seleccionar las facturas electrónicas emitidas a nombre del contribuyente, quien debe escoger el monto total o parcial de la factura y el tipo de gasto al que corresponde cada comprobante de venta. Por ejemplo, si la persona tiene una factura que justifica gastos de alimentación y educación, debe seleccionar las dos opciones y especificar el valor del gasto realizado en cada uno.

En el caso de contar con facturas físicas, el contribuyente tiene dos opciones:

1. Llenar la plantilla que proporciona el SRI con la información del proveedor, número de comprobantes, monto total de las facturas y tipo de gasto, que la encuentra en www.sri.gob.ec, en la sección Inicio / Declaración de Impuestos / Software para declarar / DIMM para anexos (programa AGP).

2. Ingresar de forma individual las facturas en el sistema en línea y registrar la información de RUC del proveedor, monto de la factura y tipo de gasto.

Los gastos personales incluyen las adquisiciones y pagos realizados en vivienda, alimentación, educación, salud y vestimenta, de acuerdo a la siguiente tabla, sin superar los USD 14.521 o el 50% de los ingresos gravados:

Es necesario recordar que con el anexo se justifican los gastos realizados en el 2016, para la aplicación correspondiente en la declaración del Impuesto a la Renta, por lo que el contribuyente debe contar con el respaldo de los comprobantes de venta y presentar el documento en febrero del presente año (2017) de acuerdo a su noveno dígito de RUC o cédula.

En caso de que el contribuyente no cuente con su usuario y contraseña para el acceso a Servicios en Línea, debe solicitarlos de forma personal en las oficinas del SRI. Si no recuerda su contraseña puede recuperarla directamente desde la página web www.sri.gob.ec.

NUEVA VERSIÓN DEL ANEXO DE GASTOS PERSONALES EN LÍNEA PERIODO 2016

Desde el 14 de enero de 2017 el Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó la nueva versión del Anexo de Gastos Personales en línea que deben presentar las personas naturales que trabajan en relación de dependencia, que ganaron más de USD 11.170 en el 2016 y cuyos gastos deducibles superaron los USD 5.585. Los cambios en la nueva versión son:

Las sociedades de forma obligatoria, deberán presentar el “Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores”.

La composición societaria, se define a través de niveles, que para de estudio, se considera primer nivel, la relación directa del sujeto obligado con sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital; y, segundo, tercer o el nivel que corresponda, la relación indirecta existente, entre aquellos, de acuerdo al número de sociedades intermedias que existan hasta llegar al último nivel de la composición societaria, en el que se identifique a personas naturales que sean beneficiarios finales, dependiendo de la estructura de negocio del sujeto obligado o las sociedades intermedias.

Sin perjuicio de lo señalado en el inciso anterior, entiéndase además como último nivel aquel en el cual se identifiquen a los siguientes sujetos, según corresponda:

1. Instituciones del Estado, según la definición señalada en la Constitución de la República del Ecuador;2. Empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas;3. Misiones y organismos internacionales reconocidos por el Estado ecuatoriano; o,4. Dependencias y organismos de Estados extranjeros reconocidos por el Estado ecuatoriano.

El plazo para reportar será aquella con corte al 31 de diciembre del respectivo ejercicio fiscal y se presentará en el mes de febrero del ejercicio fiscal siguiente al que corresponda dicha información, considerando el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del sujeto obligado, según el calendario señalado a continuación:

PLAZO PARA PRESENTAR ANEXOS DE ACCIONISTAS 2016

Noveno dígito del RUC

Fecha máxima depresentación

1 10 de Febrero

2 12 de Febrero

3 14 de Febrero

4 16 de Febrero

5 18 de Febrero

Noveno dígito del RUC

Fecha máxima depresentación

6 20 de Febrero

7 22 de Febrero

8 24 de Febrero

9 26 de Febrero

0 28 de Febrero

No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, en el caso de sociedades constituidas o establecidas en el transcurso del ejercicio fiscal, o en los que el sujeto obligado presente cualquier cambio en la composición societaria y demás información prevista en esta Resolución, se deberá presentar este Anexo hasta el día 28 del mes subsiguiente en que se produjo la constitución o el cambio, con corte al último día del período que se informe, excepto cuando se trate de instituciones de carácter privado sin fines de lucro, quienes reportarán la información de conformidad con el primer inciso de este artículo. Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil. Los feriados locales se deberán considerar con respecto a cada región de acuerdo al domicilio tributario del sujeto pasivo obligado.

Cuando el sujeto obligado deba presentar su declaración anticipada de impuesto a la renta, por efectos de terminación de actividades, de escisión o fusión de sociedades antes de la finalización del ejercicio impositivo, deberá presentar este anexo al menos tres días hábiles antes de su declaración de impuesto a la renta anticipada.

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A partir del 6 de febrero los empleadores deben presentar el anexo REDEP, sin embargo es importante recordar a los profesionales contables, que es obligatorio entregar el formulario 107 a cada trabajador, independientemente que el mismo genere o no impuesto a la renta personal

Para el efecto, la Administración Tributaria publica la nueva versión del anexo RDEP, correspondiente al período fiscal 2016, en la cual se deben detallar las retenciones en la fuente bajo relación de dependencia con corte al 31 de diciembre del mismo año, así como el valor de las contribuciones solidarias por remuneración. El anexo también contiene funcionalidades que permiten generar los formularios 107 y 107A y validar los registros en la sección de exoneraciones de tercera edad y discapacidad.

Este anexo se debe presentar al SRI a partir del 6 de febrero de 2017, a través de la opción Servicios en Línea con usuario y contraseña, de acuerdo al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC). Usted deberá bajar correctamente los actualizadores, para lo cual debe ingresar al portal del Servicio de Rentas Internas.

ANEXO RELACION DE DEPENDENCIA SE ENTREGA EN FEBRERO SEGÚN CALENDARIO

TABLA IMPUESTO RENTA PERSONAS NATURALES ECUADOR 2017

AÑO 2017 EN DÓLARES

Fracción Básica Exceso Hasta

ImpuestoFracción Básica

ImpuestoFracción

Excedente

0 11.290 - 0%

11.290 14.390 - 5%

14.390 17.990 155 10%

17.990 21.600 515 12%

21.600 43.190 948 15%

43.190 64.770 4.187 20%

64.770 86.370 8.503 25%

86.370 115.140 13.903 30%

115.140 Enadelante 22.534 35%

TABLA IMPUESTO RENTA PROVENIENTE DE HERENCIAS, LEGADOS Y DONACIONES EN

ECUADOR 2017 PERSONAS NATURALES

AÑO 2017 EN DÓLARES

Fracción Básica Exceso Hasta

ImpuestoFracción Básica

ImpuestoFracción

Excedente

0 71.970 - 0%

71.970 143.930 - 5%

143.930 287.870 3.598 10%

287.870 431.830 17.992 15%

431.830 575.780 39.586 20%

575.780 719.710 68.376 25%

719.710 863.640 104.359 30%

863.640 En adelante 147.538 35%

TASA DE INTERES POR MORA TRIBUTARIA 2017

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RIESGOS INTEGRALESAMBIENTE INTERNO

De acuerdo al grupo al que pertenezca y por tanto administra las incertidumbres, sus riesgos asociados, para mejorar sus objetivos establecidos en su objeto social y cumplir con todos los objetivos estratégicos y prevenir la pérdida esperada de valores de la organización.

La responsabilidad de la implementación de los riesgos integrales, es del Consejo de Administración, quien deberá evaluar los tipos de riesgos a los que encuentra expuesta la organización, y proporcionar una seguridad razonable respecto del cumplimiento de los objetivos de la organización.

Será responsabilidad de la Auditoría Interna o quien haga sus veces, que dentro del plan de trabajo, evaluar los procesos de gestión de riesgos a los que se encuentra expuesto la organización.

Cada organización, conforme al grupo al que pertenezca podrá utilizar metodologías de identificación de riesgos que se ajuste a sus necesidades, podrán considerar aspectos del grupo al que pertenece, actividad a la que se dedica, cambios demográficos de la organización, de sus clientes y proveedores, entre otros.

Manejo de los riesgos.

La Asamblea General nombra al Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Gerencia para que cumplan con los estatutos de la organización, cuyas responsabilidades se encuentran definidas en los estatutos de cada organización y la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario. Sin embargo para el cumplimiento de los objetivos planteados conforme al grupo que pertenezca, podrá crear Comités internos que deberán constar en la estructura organizativa que le permita cumplir a la organización con sus actividades.

Adicional, es responsabilidad de la gerencia la administración de los riesgos de la organización, así como su control y seguimiento.

Actividades de control para riesgos relevantes

Consiste en la implementación de todos los mecanismos necesarios para cumplir las directrices, además permiten enfrentar los riesgos asumidos por la organización.

Constituyen políticas y procedimientos de la organización necesarias en el manejo de riesgos.

Las actividades de control no pueden generalizarse responden a las necesidades de cada organización y al grupo al que pertenezcan, además al tamaño y complejidad de cada organización.

Todas las organizaciones deberán elaborar una matriz de riesgos con los controles establecidos para mitigar los riesgos y ofrecerán una seguridad razonable de las operaciones de la organización.

Las actividades de control serán preventivas, correctivas y posteriores al desarrollo de los objetivos de la organización que le permitan cumplir.

Las actividades de control también deberán efectuarse al sistema de información que utiliza la organización, con el propósito de asegurarse de la exactitud, validez e integridad de la información.

Políticas y procedimientos

La organización en el desempeño de sus actividades en el grupo al que corresponda de la Economía Popular y Solidaria o del Financiero Popular y Solidario, deberá elaborar políticas que puedan cumplirse y para que exista un adecuado cumplimiento a las políticas emanadas por la administración deberá establecer los procedimientos necesarios para cumplir con las políticas emanadas por la organización.

Comunícate con nosotros y recibe más detalles.

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DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOSIVA / RETENCIONES

OUTSOURSING CONTABLE

PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA

CAPACITACIÓN VIRTUAL E IN HOUSE

DECLARACIÓN DE IMPUESTOS

ELABORACIÓN DE ANEXOS

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