qué no es el caso chavín de huantar

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¿Qué NO es el caso Chavín de Huantar? Rosa Maria Palacios 01 julio, 2015 Pensaba hacerles un resumen de las 145 páginas de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado Peruano en el caso de las imputadas ejecuciones extrajudiciales durante el exitoso operativo militar “Chavín de Huantar” de 1997 que todos conocen bien. Sin embargo, el trabajito ya se lo dio la propia Corte. Aunque su resumen sigue siendo un poco técnico para los no entendidos, he preferido hacer otra cosa. He escuchado tantas mentiras, tantos arrebatos de falso patriotismo, tanta supuesta “gratitud” a la institución militar, que creo que es más útil a los lectores explicar que

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que no es el caso chavin de huantar. la reciente sentencia de la corte inteamericana de derechos humanos

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Qu NO es el caso Chavn de Huantar?

Rosa Maria Palacios01 julio, 2015

Pensaba hacerles un resumen de las 145 pginas de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado Peruano en el caso de las imputadas ejecuciones extrajudiciales durante el exitoso operativo militar Chavn de Huantar de 1997 que todos conocen bien. Sin embargo, el trabajito ya se lo dio la propia Corte. Aunque su resumen sigue siendo un poco tcnico para los no entendidos, he preferido hacer otra cosa.He escuchado tantas mentiras, tantos arrebatos de falso patriotismo, tanta supuesta gratitud a la institucin militar,que creo que es ms til a los lectores explicar que cosa NO es esta sentencia. Aunque no falte quien no quiera entender ni lo elemental, aqu voy:1. La CIDH (La Corte)NO juzga a personas individuales. Nunca, never ever, jams. Por tanto es absolutamente imposible que la Corte juzgue a comandos, oficiales, subalternos o a cualquiermiembro del ejrcito. Tampoco civiles y tampoco delincuentes terroristas. No los juzga. No es una CortePenal.Punto. Por qu? Porque la CIDH existe para juzgar la conducta delos ESTADOS firmantes de un TRATADO. Ese tratado se llamaConvencin Americana sobre Derechos Humanos y esconocido como Pacto de San Jos. En ese Tratado, el Estado Peruano desde 1979 y otros Estados de Amrica- se obliga a no violar los derechos universales de sus ciudadanos: vida, libertad propiedad, etctera. S, ellos mismos, solitos y con su manito firmaron y ratificaron eltratado. Nadie los oblig. Al hacerlo secomprometieron ante el mundo y ante sus nacionales.Si los Estados estn en falta, slo los ciudadanos pueden ir a reclamar por la vulneracin desus derechos.Pero no pueden llegar solos. Tienen que hacerloa travs dela Comisin Interamericana de Derechos Humanos (La Comisin). Y ah la Comisin primero, y la Corte luego, pueden intervenir para solicitar a los Estados las medidas que crean pertinentes para reparar o cesar con la violacin. Eso es todo. Por qu el Estado no puede demandar a los terroristas ante la CIDH? Porque no pueden ser acusados como personas individuales (para eso est el derecho penal interno) ni como organizaciones delictivas ya que estas no son signatarias del pacto. Se entiende? El pacto obliga a quien lo firma. Lo firman Estados. Obliga a Estados. A nadie ms.2. Por ESTADO se comprende a una unidad. El Estado Peruano es la suma de todos los poderes del Estado. La CIDHNO juzga al Poder Ejecutivo versus el Poder Judicial. La responsabilidad internacional del Estado Peruano por la firma de un tratado es nica: una sola. Si el Poder Judicial es responsable por el retardo en la administracin de justicia (y no el Ejecutivo o el Legislativo) ello es irrelevante para efectos de la responsabilidad del Estado frente a la Corte.Aadimos, laCIDHtampoco juzga a gobiernos, juzga a Estados. As que tampoco le puedes echar la culpa a los gobiernos anteriores para salvar una responsabilidad.3. La CorteNO est compuestaporun conjunto de caviares, rojos o promotores del terrorismo como la propaganda fujimorista y militar se han encargado de difundir durante aos. La integran los ms connotados abogados de Amrica Latina, acadmicos con experiencia en juzgar graves violaciones a los derechos humanos o que han desarrollado trabajo acadmico de gran reconocimiento internacional.No hay aqu un sesgo poltico. Lo que hay es un sesgo humanitario, basado en tratados internacionales de los que el Estado Peruano es firmante. Adems, si hay, por ejemplo, un magistrado peruano integrando la Corte, este est prohibido de ver casos peruanos para evitar el conflicto de inters.4. A los gobiernosNO les gusta que les recuerden sus obligaciones de Estado. Pero alguien, en un pas con una administracin de justicia tan corrupta y dbil, tiene que recordrselo. Por eso, el Estado Peruano lidera el ranking de Estados demandados. Desde los trabajadores del Sitramun, hasta periodistas reclamando por libertad de prensa. La Comisin tiene una larga cola de casos peruanos. Muchospor retardo en la administracin de justicia un mal endmico pero a la vez una violacin del derecho al acceso a la justicia.5. En elcaso Chavn de Huantarse prob, primeroen tribunales internos peruanos, y hoy en la CIDH, que existi UNA ejecucin extrajudicial del terrorista de alias Tito.Tres testimonios lo confirman. Dos de ellos procedentes de policas que lo entregaron con vida. El peritaje del crneo confirma el balazo por la nuca. Quin lo mat? Nadie lo sabe. Ni la justicia interna, ni la Corte. Est, lo nico que hace, es reconocer el hecho y pedir quese investigue hasta dar con el culpable. El Coronel Zamudio, reo contumaz hasta hoy, debera explicarlo. Est no habido desde el 2001 cuando se hizo la primera investigacin.6. En la justicia interna, citar aoficiales delEjrcitocon mandato de comparecencia como investigados NO ES SENTENCIARLOS. Los asustan, los manipulan, los usan. No son abogados y no les dicen la verdad. Les hacen creer (yhay periodistas que lo repiten por aos) que van a ir presos por su herosmo. Es una vergenza lo que sucesivos gobiernos y polticos oportunistas han hecho con ellos.Cul es la explicacin?Encubrir a los que si cometieron un delito? Aprovecharse de sentimientos populares nobles para ganar simpatas? Y ms vergenza da el psicosocial montado por sus superiores para generar una corriente de opinin que sienta pena e indignacin por unas supuestas carceleras y supuestas condenas que jams existieron salvo en la estrategia de manipulacin de oficiales de comunicaciones formados para eso. Para engaar al enemigo. O sea, a usted ciudadano. Esta estrategia termina siendo un boomerang. Puedo admirar el herosmo, pero no puedo convalidar la mentira. No nos pueden tratar como a idiotas porque no lo somos. Ni la ciudadana, ni los comandos.7. La CIDHNO fue creada para dar medallas al valor. Ni para hacer homenajes a nuestros valientes soldados. De eso, se debe ocupar el Estado Peruano. Lo que s ha dicho la Corte es que el uso de la fuerza en el caso del operativoChavn de Huantar es legtimo. Como lo lee. Legtimo en la medida en que buscaba salvar vidas. Ilegitimo en el momento en que violando todo principio elemental de normas de la guerra se ejecuta a un prisionero rendido. Eso, no lo hace un oficial bien formado. Es un acto de cobarda indigno de un soldado. Por eso, no se entiende porque se us a los comandos para dar pena ante la opinin pblica. Bastaba un deslinde claro. No un circo de agravios ideologizados.8. La CorteNO ordena ninguna reparacin civil en este caso. La nica reparacin es la sentencia que reconoce a) UNA ejecucin de un rendido y b) un psimo manejo posterior de la escena y de los cadveres que destruy evidencia sobre la propia operacin, que reitero, se reconoce como legtima. Algunos ignorantes difcil llamarlos de otra forma confunden COSTAS con REPARACION. La Corte reconoce las costas (lo que cost viajar a Costa Rica, contratar un abogado, etctera) porque si no las reconociera los ms pobres jams tendran acceso a la justicia supranacionalcuando el Estado viola sus derechos. La valla econmica del acceso es alta y se rebaja en estos casos. Para eso es el pago decostas.Eso no es platapara el lucro delas ONGs. Es una mera reposicin de gastos contra recibos presentados por personas individuales. Gastos que se realizan, muchas veces, a lo largo de varios aos.Colofn:Qu va a pasar ahora? El Ministerio Pblico cerrar su investigacin vencidos todos los plazos, concluyendo que, hasta ahora, con la evidencia recogida, no hay forma de individualizar al responsable de la ejecucin y por ello es imposible reconstruir la cadena de mando, si la hubo.Y eso ser todo. Aos de insultos, paranoia y manipulacin terminarn en eso.Los comandos merecan un mejor trato del Estado, del gobierno, dela prensay de su propia institucin. Usarlos para fines subalternos, politizarlos y embarrarlos en una guerra ideolgica ajena ningn favor les hizo.