que debo hacer para obtener indulgencias. autor. cristian camilo cárdenas aguirre

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Cristian Camilo Cárdenas Aguirre. ¿QUÉ DEBO HACER PARA OBTENER INDULGENCIAS? Autor: Cristian Camilo Cárdenas Aguirre Hablar de indulgencias en la posmodernidad, puede sonar discordante o ser considerado un tema superado, del que se hablaba en la época antigua y medieval. En muchos contextos no religiosos, las indulgencias tienen carácter despectivo; pero quien piense así, es porque no ha encontrado su bello e importante significado que tiene para nuestra salvación; se han quedado en historias contadas por otros y no en una exhaustiva investigación acerca del tema. Para el cristiano, las indulgencias han de ser el marco de fe que permite al alma encontrarse más limpia para el encuentro con el Esposo: Dios. Es la indulgencia, la que nos arranca la pena temporal que el pecado ha producido en nosotros. Esta remisión, solo es posible cuando nos hemos confesado y cumplido algunas condiciones que se piden. En el confesionario, Dios a través del sacerdote, perdona nuestros pecados, pero el pecado por su naturaleza, deja dos consecuencias: nos priva de la comunión con Dios, que nos lleva a la pena eterna, y lo segundo, es que todo pecado nos hace tener un apego desordenado a las criaturas; por ende, esa pena temporal debe ser purificada, y se da por concesión de las indulgencias (Cf. C.E.C. 1471 -1472). Existen dos tipos de indulgencias: parcial, que se logra con un acto de piedad, caridad o de penitencia, como el rosario, el rezo del santo Viacrucis, una visita al Santísimo Sacramento, una peregrinación, una privación voluntaria, entre otras. Y la plenaria, que solo la concede el Santo Padre (o también a quien él otorgue a otros esa potestad) en días determinados o tiempos especiales de gracia, como por ejemplo, este año, que celebramos el Jubileo extraordinario de la Misericordia. La indulgencia plenaria solo se puede obtener una vez al día, excepto cuando haya un peligro de muerte. En cambio, la indulgencia parcial, se puede lucrar varias veces al día. Ninguna persona puede pedir a Dios una indulgencia por otra persona viva en la tierra, solo puede ser concedida para sí mismo o por un difunto a modo de sufragio. Pero, para que la indulgencia tenga su plena eficacia, el indulgente, debe estar bautizado, no excomulgado, haberse confesado o próximo a confesarse, además debe haber recibido la comunión eucarística, hacer una obra de caridad y orar por las

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Cristian Camilo Cárdenas Aguirre.

¿QUÉ DEBO HACER PARA OBTENER

INDULGENCIAS? Autor: Cristian Camilo Cárdenas Aguirre

Hablar de indulgencias en la posmodernidad, puede sonar discordante o ser considerado un tema

superado, del que se hablaba en la época antigua y medieval. En muchos contextos no religiosos, las

indulgencias tienen carácter despectivo; pero quien piense así, es porque no ha encontrado su bello e

importante significado que tiene para nuestra salvación; se han quedado en historias contadas por otros

y no en una exhaustiva investigación acerca del tema.

Para el cristiano, las indulgencias han de ser el marco de fe que permite al alma encontrarse más limpia

para el encuentro con el Esposo: Dios. Es la indulgencia, la que nos arranca la pena temporal que el

pecado ha producido en nosotros. Esta remisión, solo es posible cuando nos hemos confesado y cumplido

algunas condiciones que se piden. En el confesionario, Dios a través del sacerdote, perdona nuestros

pecados, pero el pecado por su naturaleza, deja dos consecuencias: nos priva de la comunión con Dios,

que nos lleva a la pena eterna, y lo segundo, es que todo pecado nos hace tener un apego desordenado a

las criaturas; por ende, esa pena temporal debe ser purificada, y se da por concesión de las indulgencias

(Cf. C.E.C. 1471 -1472).

Existen dos tipos de indulgencias: parcial, que se logra con un acto de piedad, caridad o de penitencia,

como el rosario, el rezo del santo Viacrucis, una visita al Santísimo Sacramento, una peregrinación, una

privación voluntaria, entre otras. Y la plenaria, que solo la concede el Santo Padre (o también a quien él

otorgue a otros esa potestad) en días determinados o tiempos especiales de gracia, como por ejemplo,

este año, que celebramos el Jubileo extraordinario de la Misericordia. La indulgencia plenaria solo se

puede obtener una vez al día, excepto cuando haya un peligro de muerte. En cambio, la indulgencia

parcial, se puede lucrar varias veces al día.

Ninguna persona puede pedir a Dios una indulgencia por otra persona viva en la tierra, solo puede ser

concedida para sí mismo o por un difunto a modo de sufragio. Pero, para que la indulgencia tenga su

plena eficacia, el indulgente, debe estar bautizado, no excomulgado, haberse confesado o próximo a

confesarse, además debe haber recibido la comunión eucarística, hacer una obra de caridad y orar por las

Cristian Camilo Cárdenas Aguirre.

intenciones del papa Francisco ¿y qué debe orar por él?, sencillamente, un padrenuestro y un avemaría,

o también otras oraciones, según su devoción y piedad por el santo padre.

Con la indulgencia plenaria, se libera toda pena temporal que haya producido el pecado, es decir, borra

toda huella de pecado, dejando el alma totalmente dispuesta para el encuentro con Dios, con tal que se

cumplan las condiciones citadas anteriormente. En este año jubilar, la indulgencia plenaria se obtiene en

lugares según lo determine cada obispo en su Diócesis. En la Arquidiócesis de Ibagué, por disposición

de nuestro Arzobispo, hay como lugares de peregrinación para el lucro de la indulgencia plenaria los

siguientes templos: Parroquia Catedral Inmaculada Concepción, Parroquia Nuestra Señora del Carmen

de Ibagué, Parroquia San Roque de Ibagué, Santuario del Divino Niño Jesús de Ibagué, Santuario de

Nuestro Padre Jesús del Valle de San Juan, Parroquia Santa Gertrudis de Rovira, Parroquia San Miguel

Arcángel de Cajamarca y Parroquia Santa Bárbara de Venadillo.

Una persona en peligro de muerte, puede obtener la indulgencia plenaria por el sacerdote confesor que

la Sede Apostólica faculta por la circunstancia; si dicha persona fallece, ha logrado llevar su alma

purificada a Dios. Sin embargo, si no hay la posibilidad de tener un sacerdote en peligro de muerte, la

persona debe pedir a Dios perdón de sus pecados, y debe tener la disposición de querer ganar la

indulgencia plenaria, con tal que en su vida hubiese rezado habitualmente por las intenciones del santo

padre, se haya confesado, y recibido la comunión eucarística.

No dejemos perder este tesoro que la Iglesia como “administradora de la redención” permite que nos

presentemos ante Dios “como hostia viva, santa, agradable a Dios” (Cf. Rm. 12, 1), y prediquemos a los

demás hermanos en la fe, la riqueza que tiene el sacramento de la confesión y de las indulgencias tanto

parcial como plenaria.

Notas de referencia: C.I.C. 992 – 997 / C.E.C 1471 – 1473 / Const. Apost. Indulgentiarium Doctrina.

Pablo VI / Cómo ganar el jubileo de la Misericordia. Encontrado en:

http://www.arquidiocesisdeibague.org/actividad-pastoral/tribunal-interdiocesano/2104-como-ganar-el-

jubileo-de-la-misericordia.html