publicacion de informaciÓn web segÚn ... rte...2018 cc 70.352.868 duque velÁsquez reinaldo...
TRANSCRIPT
PUBLICACION DE INFORMACIÓN WEB SEGÚN PARÁGRAFO 2 Y 4 DEL
ARTÍCULO 364-5 DEL ESTATUTOTRIBUTARIO
PARÁGRAFO 2. El registro de que trata el presente artículo será público y deberá
contener, como mínimo:
1. La denominación, la identificación y el domicilio de la entidad.
COOPERATIVA NORTEÑA DE TRANSPORTADORES LIMITADA “COONORTE”
NIT: 890.905.680-2
Domicilio: Tv. 78 # 65-376 Barrio Córdoba.
2. La descripción de la actividad meritoria. No aplica
3. El monto y el destino de la reinversión del beneficio o excedente neto,
cuando corresponda.
EXCEDENTES COOPERATIVOS AÑO 2018
EXCEDENTES COOPERATIVOS 354.983.647
DESTINACION OBLIGATORIA - Cumplimiento Ley 79 de 1998
Reserva Protección de Aportes 20% 70.996.729
Fondo de Educación Formal (15% Impuesto de Renta) 20% 70.996.729
Fondo de Solidaridad 10% 35.498.365
50% 177.491.823
OTRAS DESTINACIONES
Revalorización de Aportes 30% 106.495.094
Fondo de Recreación 10% 35.498.365
Fondo de Educación no formal 10% 35.498.365
50% 177.491.823
4. El monto y el destino de las asignaciones permanentes que se hayan realizado
en el año y los plazos adicionales que estén autorizados por el máximo órgano
social, cuando corresponda. No aplica
5. Los nombres e identificación de las personas que ocupan cargos gerenciales,
directivos o de control.
INFORMACION DE CARGOS GERENCIALES, DIRECTIVOS O DE CONTROL
Año Tipo Doc
Número de Identificación
Primer Apellido
Segundo Apellido
Primer Nombre
Otros Nombres
NIT de la Persona
jurídica que Ejerce la
Representación Legal o el Control
Razón Social Jurídica que
Ejerce la Representación Legal o Control
Tipo de Cargo
Denominacion del Cargo
2018 CC 8.153.814 URIBE OTALVARO ANGEL FERNEY 890905680 COONORTE
LTDA. 1.
GERENCIAL
REPRESENTANTE LEGAL
PRINCIPAL
2018 CC 43.599.179 HERNANDEZ POSADA LUZ DIARLEY 890905681 COONORTE
LTDA. 1.
GERENCIAL
REPRESENTANTE LEGAL
SUPLENTE
2018 CC 70.826.711 OSSA GIRALDO JESUS ULDARICO 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO PRINCIPAL
2018 CC 70.352.868 DUQUE VELÁSQUEZ REINALDO HERNÁN 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO PRINCIPAL
2018 CC 70.551.681 ARIAS RIOS DAIRO IVAN 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO PRINCIPAL
2018 CC 3.492.974 GIRALDO PIEDRAHITA JAIRO DE JESUS 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO PRINCIPAL
2018 CC 8.354.408 GOMEZ RIVAS GUSTAVO DE JESUS 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO PRINCIPAL
2018 CC 8.398.461 VARGAS MUÑOZ JOSE GUSTAVO 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO PRINCIPAL
2018 CC 71.332.868 GIRALDO LOPEZ FABIAN ALDEMAR 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO PRINCIPAL
2018 CC 70.517.454 VASQUEZ CARDENAS CARLOS JULIO 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO SUPLENTE
2018 CC 70.162.305 LÓPEZ GIRALDO EUGENIO MARÍA 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO SUPLENTE
2018 CC 15.533.717 ARBOLEDA RENDON JOHN FREDY 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO SUPLENTE
2018 CC 15.274.386 SUCERQUIA TAPIAS CORNELIO ELIAS 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO SUPLENTE
2018 CC 70.825.156 MONTES DUQUE OSCAR HERNAN 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO SUPLENTE
2018 CC 15.507.623 GOMEZ RAMIREZ FRANCISCO ELIAS 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO SUPLENTE
2018 CC 71.002.253 MAZO MELGUIZO GERMAN DARIO 890905680 COONORTE
LTDA. 2. DIRECTIVO
CONSEJERO SUPLENTE
2018 CC 70.123.995 MORENO ACOSTA HERNAN DARIO 890905680 COONORTE
LTDA. 3. CONTROL
REVISOR FISCAL PRINCIPAL
2018 CC 70.781.232 RAMIREZ ACEVEDO CARLOS MARIO 890905680 COONORTE
LTDA. 3. CONTROL
REVISOR FISCAL SUPLENTE
6. El monto total de pagos salariales a los miembros de los cuerpos
directivos, sin obligación de discriminar los pagos individuales:
AÑO 2018: $ 365.980.138
7. Los nombres e identificación de los fundadores.
INFORMACIÓN FUNDADORES
Año Tipo de Persona
Tipo de Documento Fundador
número de Identificación
Fundador
Primer Apellido
Fundador
Segundo Apellido
Fundador
Primer Nombre
Fundador
Otros Nombres Fundador
Detalle
2018 PN CC 844532 González Miguel Asociados
2018 PN CC 575205 Montoya Gustavo Asociados
2018 PN CC 523509 Zamarra Sossa Pedro Pablo Asociados
2018 PN CC 681580 Mejía Jorge Asociados
2018 PN CC 541394 Olarte Baltazar Asociados
2018 PN CC 3309916 Torres Tulio Asociados
2018 PN CC 790444 Correa Luis Carlos Asociados
2018 PN CC 3413795 Bustamante Tomás Asociados
2018 PN CC 21308933 Arroyave Madrid Luz Tesorera Asociada
2018 PN CC 787996 Jaramillo Botero Emilio Consejero Principal
2018 PN CC 780126 Echeverri Nancianceno Asociados
2018 PN CC 576227 Pérez Roberto Asociados
2018 PN CC 788131 Zabala Francisco Luis Consejero Suplente
2018 PN CC 531596 Acevedo Raúl Asociados
2018 PN CC 576459 Restrepo Correa José Virgilio Asociados
2018 PN CC 505671 Cuartas Darío Asociados
2018 PN CC 8317966 Cuartas Lopera Ezequiel Primer Gerente
2018 PN CC 8221235 González Manuel Asociados
2018 PN CC 8211875 Álvarez Meneses Humberto Asociados
2018 PN CC 788035 Hernández Castaño Octavio Consejero Principal
8. El monto del patrimonio a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.
TOTAL PATRIMONIO AÑO 2018: $ 37.625.982.000
9. En caso de recibir donaciones, la identificación del donante y el monto de la
donación, así como la destinación de la misma y el plazo proyectado para el gasto
o la inversión. Para tales efectos se entiende que la donación a una entidad del
Régimen Tributario Especial es una autorización de publicar los datos que
contiene el registro. No aplica
10. Cuando las donaciones se perciban en eventos colectivos, sin que sea
posible la identificación particular de los donantes, se deberá inscribir el monto
total percibido, la fecha y la destinación del mismo. No aplica
11. Un informe anual de resultados que prevea datos sobre sus proyectos en
curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes
recibidos, así como las metas logradas en beneficio de la comunidad. Ver anexo.
12. Los estados financieros de la entidad. Ver anexo.
13. El certificado del representante legal o revisor fiscal, junto con la declaración
de renta donde se evidencie que han cumplido con todos los requisitos durante
el respectivo año, cuando corresponda Ver anexo.
14. Los recursos de cooperación internacional no reembolsable que reciban o
ejecuten. No aplica
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 5
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 6
INTRODUCCIÓN
La Cooperativa Norteña de Transportadores Ltda. COONORTE, se ha consolidado como una empresa líder en la prestación del servicio de transporte de pasajeros, a nivel departamental y nacional, prestando un servicio de calidad y fortaleciendo la acción social para los asociados, empleados y clientes. Durante el año 2018 se ejecutaron cada una de las actividades del transcurso normal del negocio y se cumplió con los objetivos trazados por la administración. A partir del 23 de julio de 2018, vengo ejerciendo mis labores como Gerente General Encargado de la Cooperativa, cargo que he asumido con responsabilidad y en estricto cumplimiento de las normas. El presente informe tiene como propósito mostrar la gestión realizada por la administración, el estado actual de la cooperativa en materia administrativa, financiera y legal, los beneficios otorgados a los asociados y empleados como retorno cooperativo durante el año y los logros alcanzados durante este periodo. A continuación presento el Informe de Gestión Administrativa e información adicional con corte al mes de diciembre de 2018.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 7
INFORME DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA 2018 Respetados Señores Asociados y Señoras Asociadas: Las principales acciones adelantadas en el 2018, debidamente cuantificadas, se resumen en el siguiente cuadro:
ACTIVIDAD 2017 2018 Aporte a programas de Educación Formal: Fondo de Educación con Destino a la Dian.
$106.499.686 $104.779.498
Valor Auxilios Educativos: $358.130.840 $344.200.000 Número de Auxilios Educativos, pago EAFIT. 442
471 392 Auxilios
28 Estudiantes Programa de Educación no Formal, incluye formación en segundo idioma
$79.403.072 $82.389.749
Aporte Subsidio de transporte para estudiantes universitarios y contingencias en Salud
$43.776.000 $76.665.600
Número de subsidios a estudiantes universitarios y por contingencias en Salud
130 182
Transporte gratuito a estudiantes $400.000.000 $400.000.000 Tres eventos sociales (encuentro navideño, reconocimiento a conductores y día de la madre)
$217.935.622 $201.252.881
Aporte Programas de recreación incluido el Día del Niño
$59.339.605 $94.619.699
Número de créditos asociados y empleados 232 141 Valor créditos Asociados y Empleados $5.284.008.692 $3.601.306.431 Auxilios Fondo de Solidaridad (26)
$55.328.775 (36)
$73.901.862 Aportes a las comunidades $61.559.659 $30.505.185
-
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 8
EJECUCIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO 2016-2018 Se mantuvieron los mismos objetivos en el Plan de Desarrollo, así:
OBJETIVO 2016 2017 2018 1 REPOSICIÓN E
INCREMENTO DEL PARQUE AUTOMOTOR
42 39 23
2 PLAN DE MERCADEO
Se cumplió con la renovación en la Norma ISO 9001-2008, actualizando todos los procesos y se elaboró mapa de riesgos para evitar los fraudes internos.
Se obtuvo de nuevo la
aprobación de requisitos
exigidos por la norma ISO 9001-
2008, por el ICONTEC. Se logró la certificación
EDSL-4681-1, para la EDS
COONORTE, por el ICONTEC.
Se inicio la migración de la
Norma ISO 9001 2008 a la
version2015. Se logró la
Renovación de la certificación
EDSL-4681-1, para la EDS
COONORTE, por el ICONTEC. Se
logró la Renovación de la Habilitación del
Servicio Especial 3 COMPRA Y MEJORA DE
BIENES I
Se terminó la construcción de la
sede administrativa y la oficina de Amalfi y
el Hotel en este Mpio.
Se entregó la oficina de 50 Mts2 , en el edificio PORTUS de Cartagena, por parte de la constructora.
Se adquirió el lote en el municipio de Ituango, para la construcción de la oficina de COONORTE. Se le hicieron mejoras a las oficinas de Tarazá, Puerto Boyacá, y Puerto Berrio, y se adecuo la casa de Puerto Boyacá en cuatro (4) Habitaciones.
4 PARTICIPAR EN LICITACIONES DE ADJUDICACIÒN DE RUTAS
El Ministerio de Transporte no convocó licitaciones públicas para adjudicación de rutas.
Se demandó la adjudicación de la ruta Medellín-Cimitarra.
El Ministerio de Transporte no convocó licitaciones públicas para adjudicación de rutas.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 9
5 CONTRIBUIR AL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE VIDA DE TODO EL PERSONAL VINCULADO Y ASOCIADO
$3,971417,689
$5.263.258.668
4.039.446.381
6 AUMENTAR LA OCUPACIÓN DE PASAJEROS EN UN 3%
4,5% -0.39% 0.65%
PASAJEROS CON TIQUETE 2,197,623 2.189.114 2.203.384
NOTAS AL PLAN DE DESARROLLO 1. REPOSICIÓN Y RENOVACIÓN DEL PARQUE AUTOMOTOR:
1 microbuses. 4 buses de lujo 11 busetas 7 automóviles
Se hizo por licitación el incremento de tres (3) vehículos tipo automóvil para la ruta Caucasia-Nechi.
2. PLAN DE MERCADEO: -Se obtuvo la Renovación de la Certificación
EDSL, por parte del ICONTEC, para la estación de servicio para combustibles, EDS COONORTE.- Se obtuvo la Renovación de la Habilitación del Servicio Especial, por parte del Minsterio de Trasnporte.
3. COMPRA Y MEJORA DE INMUEBLES: Se adquirió un lote de terreno en
el Municipio de Ituango, para la construcción de la oficina de COONORTE, en dicho Municipio. Se hicieron unas adecuaciones y mejoras en la oficina de Taraza, la cual, por motivos de espacio, para el parqueo de vehículos, y con el fin de contribuir al plan de seguridad vial, se había trasladado para la estación de servicio cerca al peajes de dicho Municipio, no obstante, la comunidad, manifestó su desacuerdo, y por ende se volvió a trasladar al punto inicial, donde opera actualmente. Así mismo se hicieron adecuaciones en la oficinas de Puerto Boyacá, y Puerto Berrío, y se adecuó la casa de Puerto Boyacá en cuatro (4) Habitaciones. La oficina ubicada en el Edificio PORTUS, de Cartagena, de 50Mts2, que fue adquirida por canje con inmueble que tenia COONORTE, en dicha ciudad, y que a su vez adquirió 25 Mts2 adicionales, a la fecha no ha sido entregada,
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 10
esto debido a situaciones jurídicas de inscripción, por inconsistencias en áreas y registros de los demás predios. Debido al incumplimiento por parte de la constructora, se requirió para cumpliera con el contrato, y se espera que la oficina sea entregada en el primer semestre de 2019.
5. CONTRIBUIR AL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE VIDA DE TODO EL PERSONAL VINCULADO Y ASOCIADOS:
COMPONENTE CRÉDITOS ASOCIADOS Y EMPLEADOS $3.601.306.431 AUXILIOS EDUCATIVOS Y KIDS ESCOLARES 344.200.000 AUXILIOS FONDO DE SOLIDARIDAD 75.215.013 MATRIZ DE RIESGO SICOSOCIAL 18.724.937 TOTAL 4.039.446.381
Se mantuvo la tasa de interés del 0,6% mes vencido, a los créditos aprobados y desembolsados a los asociados, para reposición y reparación de vehículos.
6. AUMENTAR LA OCUPACIÓN EN UN 3%: No se logró la meta. Fueron
14.270 pasajeros más movilizados en el 2018, con relación al 2017, (0.65%) de incremento. Mantener la misma ocupación en los dos últimos años es un logro significativo, ya que las condiciones económicas y de seguridad de las regiones que atiende la empresa, así como las situaciones sociales, como lo de Hidroituango, y las restricciones en la vía del bajo cuaca, han afectado la demanda.
1. GESTIÓN OPERATIVA
1.1 TRANSPORTE DE CARGA Y ENCOMIENDAS:
La empresa está habilitada para el servicio de carga, que básicamente se presta en paqueteo. El comportamiento en el 2018 fue el siguiente:
FACTURACIÓN DEL SERVICIO ($)
AÑO VALOR ($) %
2009 1.939.026.228 5%
2010 2.186.637.149 13%
2011 2.429.004.365 11,08%
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 11
2012 2.558.052.389 5,31%
2013 2.563.930.834 0,20%
2014 2.740.655.827 6,70%
2015 2.884.143.606 5%
2016 3.223.188.594 11%
2017 3.247.371.777 1.0%
2018 2.948.804.455 -9%
En transporte de paqueteo en el año 2018 presentó una disminución del 9% con respecto al 2017, debido a la pérdida de competitividad en los precios, lo que llevó a la perdida de varios clientes, que constantemente transportaban con COONORTE. Lo anterior, llevó al Consejo De Administración, de replantear las tarifas de encomiendas, para que fueran más competitivas en el mercado.
INGRESO DE LA COOPERATIVA
MODALIDAD INGRESO 2016 ($)
INGRESO 2017 ($)
INGRESO 2018 ($)
CREC. (%)
Carga masiva 8,832,000 0 0 Paqueteo 652,397,026 648,381,663 588,768,662 -9.2% TOTAL 661,229,026 648,381,663 588,768,662 -9.2%
1.2 TRANSPORTE DE PASAJEROS:
PASAJEROS MOVILIZADOS
AÑO #
PASAJEROS CREC.
(%) VAR.
2011 1,677,107 2.70% 2012 1,722,583 2.71% 2013 1,822,187 5.78% 2014 1,915,371 5.11% 93,184 2015 2,101,042 9.69% 185,671 2016 2,197,623 4.60% 96,581 2017 2,189,114 -0.39% -8,509 2018 2,203,384 0.65% 14,270
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 12
FACTURACIÓN SERVICIO DE PASAJEROS ($)
AÑO FACTURACIÓN
($) CREC.
(%) VARIACIÓN
2011 39,861,108,302 9.30% 2012 43,091,263,550 7.50% 3,230,155,248 2013 43,647,533,877 1.27% 556,270,327 2014 47,743,159,760 8.58% 4,095,625,883 2015 51,699,799,525 7.65% 3,956,639,765 2016 55,787,766,714 7.33% 4,087,967,189 2017 58,767,179,378 5.07% 2,979,412,664 2018 60,437,742,741 2.76% 1,670,563,363
La ocupación de pasajeros creció levemente en el 2018 con respecto al 2017, mostrando una recuperación con respecto al 2016 y 2017, también aumentó el ingreso por facturación de tiquetes con un crecimiento del 2.76%
1.3 INGRESOS POR GIROS:
ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO ($)
AÑO VALOR ($) CREC.
(%) 2009 593,929,416 -18,63% 2010 457,566,223 -22.96% 2011 258,373,859 -43.53% 2012 264,175,972 2.25% 2013 109,631,391 -58.50% 2014 159,155,673 45.17% 2015 94,344,335 -40.72% 2016 50,729,873 -46.23% 2017 26,160,650 -48.43% 2018 18,336,847 -29.91%
En cumplimiento de la Ley 1369 de diciembre 30 de 2009, por medio de la cual se regula el Régimen de los Servicios Postales, Norma que fue reglamentada con los Decretos 867 de marzo 17, 02703 de diciembre 29 y
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 13
02702 de diciembre 29 de 2010, se ha mantenido hasta la fecha, el contrato con REDSERVI (ALMALOGIX). La alianza estratégica con REDSERVI permitió mantener el servicio de giros sin tener la responsabilidad fiscal ni tener que cumplir las exigentes condiciones establecidas por el gobierno nacional para la habilitación. Sin embargo, sigue disminuyendo el ingreso por este concepto, debido a la alta competencia y la existencia de múltiples puntos de operación de empresas de giros cerca a la residencia de los destinatarios.
1.4 OTRAS UNIDADES DE NEGOCIOS 1.4.1 LA ESTACIÓN DE SERVICIO, EDS COONORTE
El resultado económico en el 2018 de esta unidad de negocios fue el siguiente, comparado con el movimiento en el 2017:
EDS COONORTE 2016 –2018 ($)
CRECIMIENTO 2016 2017 2018 CREC. 2017-
2018 Galones vendidos 1,083,613 1,115,236 1,346,875 231,639
Total ventas 7,703,396,154 8,827,522,337 11,695,872,655 2.868.350.318
Costo ACPM 7,053,404,619 8,073,051,112 10,627,768,516 2.554.717.404 Utilidad bruta 649,991,535 754,471,225 1,068,104,139 313.632.914 Costos operativos y devolución por uso EDS
440,248,540 423,288,955 616,996,593 193.707.638
Utilidad neta 209,742,995 331,182,270 451,107,546 36.21%
Se reintegró a los asociados, un valor entre $300 y $400 por galón, de cada vehículo que compró el ACPM en COONORTE y en la EDS PEDREGAL. El total reintegrado a los asociados en diciembre del 2018 fue de
$477.452.507.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 14
1.4.2 HOTELES PUERTO BERRIO Y AMALFI:
Se renovó el REGISTRO NACIONAL DE TURISMO Nro. 16831, en La Cámara de Comercio del Magdalena Medio, correspondiente al HOTEL PUERTO BERRIO. Así mismo, se tramitó el REGISTRO NACIONAL DE TURISMO para el HOTEL DE AMALFI, inaugurado en abril 15 de 2017, asignándole la Cámara de Comercio del Magdalena Medio, el registro número 50874. El comportamiento financiero en el 2018 de estos dos hoteles, fue el siguiente:
HOTELES 2016 – 2018 ($)
CONCEPTO 2016 2017 2018 CRECIMIENTO 2017-2018
Ingresos 374,046,179 351,610,998 291.644.717 -17.05%
Gastos 162,410,526 287,055,352 361.723.875 26.01%
Utilidad 211,635,653 64,555,646 -70.079158 -208%
En el 2018 esta unidad de negocios disminuyó la utilidad, debido a la alta competencia que se tiene en los dos municipios, PUERTO BERRIO y AMALFI, por parte de hoteles que no tienen Registro Nacional de Turismo ni facturan IVA. Es la informalidad hotelera la que se impone en el medio y sin control de las autoridades. El HOTEL DE AMALFI apenas inició operaciones en abril de 2017 y se han tenido que asumir algunos acondicionamientos para una mejor atención a los huéspedes. A la fecha está dando perdidas. COONORTE en el 2018 pagó por el impuesto de turismo, como empresa de transporte de pasajeros y por los dos hoteles, según la Ley 1101 de 2006 y su Decreto Reglamentario 1036 de 2007, un valor de $19.362.000.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 15
1.4.3 INGRESOS POR ARRENDAMIENTOS:
2015 2016 2017 2018 69,906,106 56,273,983 77,900,578 47,718,327
Este ingreso disminuyó debido a que en el año 2018 se dejaron de percibir ingresos por el arrendamiento de cuatro locales que se tenían de la sede de Palacé, la cual fue vendida.
1.4.4 INGRESO POR RECAUDO DE EPM:
2015 2016 2017 2018 36,861,472 32,622,533 23,595,790 12,138,672
Debido a las exigencias contractuales de EPM, el contrato de recaudo no se renovó en el año 2018, debido a la exigencia de dicha entidad de la adquisición de un nuevo software para registrar el pago en línea con EPM, cuyo costo se estimaba en $12 millones de pesos además disminuyó el recaudo, por las múltiples opciones que EPM tiene para el pago de las facturas.
1.4.5 TETRACAUCA S.A.
El resultado financiero y operativo a 31 de diciembre de 2018 fue el siguiente:
CONCEPTO/AÑO 2017 ($) 2018 ($) ACTIVOS 3,333,661,068 3,328,713,107
PASIVOS 376.039.555 315,548,831
PATRIMONIO 2.957.621.513 3,013,164,276
AVALÚO INSTALACIONES 2011 11,090,700,000 11,090,700,000
SALDO CRÉDITO 0 0
DISMINUCIÓN DE LA DEUDA 64,006,126 0
PAGO DE INTERESES 4,500,000 0
INVERSIÓN EN MEJORAS 95,910,959 0 UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS
386,456,098 432,215,568
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 16
IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENRTARIOS
136,489,260 151,702,650
UTILIDAD NETA 249,966,838 280,512,918
Para consolidar las cuentas del balance de TETRACAUCA S.A. con COONORTE en el 2018, se tiene:
CUENTA COONORTE ($) TETRACAUCA ($) TOTAL ($) ACTIVOS 37,625,981,815 3,328,713,107 40,954,694,922
PASIVOS 23,856,434,954 315,548,831 24,171,983,785
PATRIMONIO 13,769,546,860 3,013,164,276 16,782,711,136
ASPECTOS POR RESALTAR EN TETRACAUCA S.A.:
En el mes de noviembre de 2018, hubo cambio de Gerente General de Tetracauca S.A., por disposición de la junta directiva.
La sociedad está al día con todos los pagos por concepto de impuestos, salarios, seguridad social, servicios públicos y otras obligaciones.
No se tienen procesos judiciales. Se realizaron mantenimientos y mejoras locativas Se implementó la factura electrónica. Se atendió requerimiento de Corantioquia, para mejorar el tratamiento de
aguas residuales del permiso de vertimiento existente.
1.4.6 VEHÍCULO DE SERVICIOS ESPECIALES, CONTROL INTERNO 5001:
El vehículo de servicios especiales, propiedad de la cooperativa generó una utilidad en el 2018 del 49%, de acuerdo al siguiente movimiento:
INGRESOS ($) GASTOS ($) UTILIDAD ($) PORCENTAJE 246.162.100 125.608.509 120.553.591 49%
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 17
2. GESTIÓN FINANCIERA Durante el año 2018 la Cooperativa trabajó con recursos propios provenientes de los ingresos por la ejecución del objeto social y los aportes de los asociados. A la fecha COONORTE no tiene deudas pendientes, por concepto de crédito.
El ingreso creció en la vigencia anterior un 5.84% y el gasto aumentó un 8.11%, manteniendo un control en el flujo de caja y realizando las reservas para pago de cesantías comerciales, compra de bienes inmuebles y para el Fondo de Solidaridad.
El activo creció un 6.09%, registrándose en el balance un valor de $37.625.981.815. El pasivo corriente creció un 10.84%, y aún se encuentra dentro de éste el valor pagado por la venta del edificio de la calle 39, Nro. 48-46, de $5.000.000.000.
El patrimonio de la cooperativa en el 2018, creció un 1.39%, teniendo un saldo de $13.769.546.860 al 31 de diciembre. Los aportes de los asociados cerraron en $3.586.455.608, lo que significa que la cooperativa tiene un buen respaldo para ese capital colectivo.
El activo corriente a diciembre 31 de 2018 era de $17.223.589.160, conformado así:
CAJA Y BANCOS $7.021.121.794 CDT en CFA $1.484.674.911 PRÉSTAMOS ASOCIADOS $8.104.717.278 PRÉSTAMOS EMPLEADOS $192.100.106 CUENTAS POR COBRAR 421.524.071 TOTAL $17.223.589.160
COMPORTAMIENTO DE LOS INGRESOS
Los ingresos de la cooperativa se clasifican en:
Operacionales: actividades de transporte. No-operacionales: unidades de negocio y financieros.
Según esta clasificación se obtuvieron los siguientes resultados en el 2018, comparándolos con el 2017:
SERVICIOS 2018 ($) 2017 ($) VAR. TRANSPORTE Y ENCOMIENDAS 7.194.654.930 6.963.369.552 3.32% UNIDADES DE NEGOCIO 2.038.249.633 1.693.625.648 20.3%
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 18
ADMINISTRATIVOS 220.421.871 222.534.337 -0.9% RENDIMIENTOS INVERSIONES 289.756.820 342.350.036 -15.4% Dividendos TETRACAUCA S.A 120.561.506 97.475.470 23.7% TOTAL 9.863.644.760 9.319.355.043 5.8%
COMPORTAMIENTO DE LOS GASTOS
Igualmente, los gastos se clasifican en:
Operacionales: todos los necesarios para la prestación de los servicios de transporte.
Financieros: los pagados por contribución del cuatro por mil y por transacciones financieras.
Depreciaciones Por operación de los hoteles
El detalle de los gastos con esta clasificación, comparativamente con el 2017, es la siguiente:
CONCEPTO 2018 ($) 2017 ($) VAR. OPERACIONALES 7.776.926.289 7.279.477.152 6,8% FINANCIEROS 334.559.937 424.955.681 -21,3% IMPUESTO A LA RIQUEZA 139.608.826 77.837.528 79,4% HOTELES PUERTO BERRIO Y AMALFI
87.869.773 99.673.406 -11,8%
AUXILIOS Y RESERVAS 1.169.696.289 913.513.787 28,0% TOTAL GASTOS 9.508.661.114 8.795.457.555 8,1% Con este comportamiento financiero se logró cumplir con la gestión social para beneficio de los asociados, empleados y comunidades a las que les prestamos el servicio de transporte. INDICADOR EBITDA: (Earning before interests, taxes, depreciation and amortization)
Es la utilidad operacional en el 2018, antes de amortizaciones, depreciaciones, devolución de administración, bonificaciones, auxilios educativos, provisiones de gastos y actividades sociales, nos muestra la capacidad de generar liquidez de caja para atender todas las gestiones sociales y empresariales.
El margen EBITDA o margen de caja, indica los centavos que por cada peso de ventas de servicios o ingresos se convierten en caja y es el parámetro que guía la gestión financiera.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 19
EBITDA 2016-2018
CONCEPTO 2016 ($)
2017 ($)
2018 ($)
PENSIONES Y CONSTRUCCIONES 610.697.480 500.000.000 613.243.494 AUXILIOS EDUCATIVOS 328.300.000 358.130.840 344.200.000 DEVOLUCIÓN ADMÓN Y BONIFICACIONES ASOCIADOS 718.782.236 721.072.994 660.061.882 DEVOLUCIÓN POR UTILIZAR LA EDS 328.574.502 299.088.255 477.452.507 BONIFICACIÓN EMPLEADOS 208.561.887 166.037.227 206.733.696 DEPRECIACIONES 83.395.116 77.837.528 139.608.826 EVENTOS SOC. INTERNOS (Enc. Navid., Conduc, día madre) 138.710.257 217.935.622 206.865.746 APORTE ANTORCHAS DE VIDA 2.000.000 12.000.000 12.000.000 EXCEDENTES COOPERATIVOS 532.498.431 523.897.485 354.983.647 TOTAL EBITDA 2.961.519.909 2.875.999.951 3.015.149.798
MARGEN EBITDA 2011, (EBITDA/INGRESOS): 39,59% MARGEN EBITDA 2012, (EBITDA/INGRESOS): 44,72% MARGEN EBITDA 2013, (EBITDA/INGRESOS): 41,38% MARGEN EBITDA 2014, (EBITDA/INGRESOS): 36,0% MARGEN EBITDA 2015, (EBITDA/INGRESOS): 34,0% MARGEN EBITDA 2016, (EBITDA/INGRESOS): 33,80% MARGEN EBITDA 2017, (EBITDA/INGRESOS): 30,86% MARGEN EBITDA 2018, (EBITDA/INGRESOS): 30,57%
Se presenta una ligera disminución en el margen EBITDA para el 2018, debido al incremento del beneficio otorgado como retorno por uso de la estación de servicios, e incremento en las depreciaciones como resultado del fortalecimiento en la propiedad, planta y equipo que se ha presentado en los últimos años. Igualmente, se garantiza el fortalecimiento patrimonial, y la entrega de los beneficios sociales que se tienen proyectados a toda la población de la cooperativa.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 20
EXCEDENTES COOPERATIVOS
En 2018 se presentó una disminución en el excedente con relación al 2017, debido al incremento en el gasto por la destinación de recursos para fortalecer las reservas y provisiones para construcciones y edificaciones, cálculo actuarial y fondos sociales.
EXCEDENTES 2012 -2018
AÑO VALOR ($) CRECIMIENTO
2012 1.002.516.371 25,30% 2013 380.134.960 -62,1% 2014 706.188.256 85,8% 2015 807.587.441 14,4% 2016 532.498.431 -34,1% 2017 523.897.485 -1,6% 2018 354.983.647 -32,2%
FONDO DE REPOSICIÓN: El Gobierno Nacional mantiene la misma regulación legal para EL FONDO DE REPOSICIÓN, establecida en la Ley 105 de 1993 y las Resoluciones 0709 de marzo 24 de 1994 y 0364 de 2000, expedidas por el Ministerio de Transporte. Con fundamento en estas normas no se cambia el esquema administrativo del manejo de los dineros. Se mantienen en cuentas y depósitos bancarios, los que no se incluyen en la unidad de caja de la cooperativa, pero están incorporados en el Estado de Situación Financiera, como un activo, porque el artículo 7 de la Ley 105 de 1993 establece la obligación de tener en la Cooperativa un Fondo de Reposición, con aportes de los propietarios de los vehículos. En el 2018 los rendimientos recibidos por entidades bancarias, al tener estos recursos en CDT, fueron de $164.420.465. En el año 2018 el movimiento del FONDO DE REPOSICIÓN fue el siguiente:
MOVIMIENTO COMPARATIVO FONDO DE RESPOSICIÓN 2017-2018
CONCEPTO 2017 2018 VARIACIÓN V. % SALDO INICIAL 3.338.442.972 3.850.887.696 512.444.724 15% Ingresos 580.551.957 595.933.292 15.381.335 3% Rendimientos 265.778.710 164.420.465 (101.358.245) -38%
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 21
Aporte traslado a otras Empresas (164.026.472) (208.976.322) (44.949.850) 27% Devoluciones (131.195.078) (23.416.603) 107.778.475 -82% Retefuente, Gravamen 4*1000 (38.664.393) (8.657.708) 30.006.685 -78% Vehículos trasladados y devol. 10 16 6 60% SALDO FINAL 3.850.887.696 4.370.190.820 519.303.124 13%
OTROS INDICADORES FINANCIEROS
INDICADOR FINANCIERO 2014 2015 2016 2017 2018
Liquidez, (A Corriente/Pasivo Corriente) 1,09 0.98 1.94 1.86 1,65
Solvencia, (Activo Total/Pasivo Total) 1,35 1.37 1.58 1.62 1,58
Endeudamiento 74% 73% 63% 62% 63%
Crecimiento de los activos 16% 4.0% 14,6% 14,1% 6,09%
Crecimiento del Patrimonio 9% 8.0% 55,7% 18,5% 1,39%
Rentabilidad del ingreso 9% 10% 6% 6% 4%
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 22
3. GESTIÓN JURÍDICA Se atendieron todos los procesos judiciales, cumpliendo los términos fijados en el Código General del Proceso. Lo mismo que en los procesos, contravencionales y disciplinarios.
En materia sancionatoria se continúa atendiendo los procesos así:
LA SANCION IMPUESTA POR INSPECCIÓN DE CONOCIMIENTO
CONTROL URBANISTICO ZONA DOS:
Por queja de un tercero ante la Subsecretaria de Control Urbanístico, propietario de un inmueble lindante con el predio propiedad de COONORTE, ubicado en la transversal 78, Nro. 65-376, de Medellín se inició en la Inspección de Policía de Castilla, un proceso por infracción urbanística, que posteriormente por competencia fue trasladado a la Inspección de Conocimiento Control Urbanístico Zona Dos, fijando una multa de $221.315.100.
COONORTE, atendió todo el proceso contravencional, interponiendo todos lo recursos de ley, y ante la confirmación de la sanción por parte de dicha entidad, se presentó demanda ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, correspondiéndole el tramite al Juzgado 22 administrativo de Medellín, Radicado 2018-148, el cual falló desfavorablemente a COONORTE, se interpuso el recurso de apelación ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, y actualmente se encuentra a despacho para fallo.
UGPP
- Requerimiento de información número K20146200902521 del 26 de marzo
de 2014, del período comprendido del 01 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2013. Se entró en varias ocasiones la información solicitada por LA UGPP, no obstante lo anterior dicha entidad arbitrariamente, consideró que la misma, no se hizo conforme a lo solicitado, y por ello, procede a continuar con el proceso sancionatorio, imponiendo una sanción de $153.228.875. COONORTE, viene atendiendo el proceso administrativo sancionatorio, presentando los recursos de Ley. A la fecha no han resuelto el recurso de reconsideración.
- Requerimiento para aclarar y/o corregir, expediente 20151520058011469 (antes 5969), por valor de 102.953.480, mas sanción de ($25.830.660). COONORTE dio repuesta, dando las aclaraciones pertinentes. Se continúa atendiendo el proceso administrativo.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 23
3.1 Con la compañía SBS se atendieron las reclamaciones por responsabilidad civil y se conciliaron doce (12) reclamaciones por daños a vehículos de terceros, pasajero fallecido y terceros lesionados, así mismo se desistieron de dos (2)procesos civiles
3.2 Se atendieron seis (6) procesos disciplinarios ante la Superintendencia de
Puertos y Transportes, por comparendos notificados a la empresa. 3.3 La accidentalidad en carreteras disminuyó un 17% y se tuvieron dos (2)
siniestros, con un motociclista y un pasajero fallecidos. 3.4 Para destacar por los procesos atendidos, se tiene:
Sentencias a favor de COONORTE: 5 Sentencias desfavorables a COONORTE 1
3.5 Se renovó el contrato de seguros para atender las reclamaciones de
responsabilidad civil con la compañía de seguros SBS.
El Fondo de Pasivos Contingentes Pasajeros y el Fondo de Responsabilidad Vehículos, de los automotores de cuentas corrientes, asumieron los pagos de las primas de las pólizas responsabilidad civil, por determinación del Consejo, así:
PÓLIZA VALOR- 2017
($) VALOR- 2018 ($)
A CARGO DE:
R.C.E. BÁSICA Y COMPLEMENTARIA
690,494,080 754.330.751 Fondo Pasivos Contingentes
pasajeros R.C.C. BÁSICA Y COMPLEMENTARIA
199,442,328 552.243.909 Fondo Responsabilidad
vehículos R.C.C. BÁSICA Y GLOBAL
42,133,140 Asociados cuentas
ordinarias
TOTAL 932,069,548
Para los asociados de cuentas ordinarias, el Fondo de Pasivos Contingentes Pasajeros asumió el pago de las Pólizas de Responsabilidad Civil Extracontractual y Global.
3.6 Las pretensiones de los demandantes en 9 procesos civiles y laborales se
estimaron en $8.938.338, conciliando uno en el presente año, de la demandante Ángela Jhoana Pérez, en $17.000.000, de los cuales 13.000.000 fueron pagados por SBS, 3.200.000 COONORTE, Y 800.000, el
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 24
Asociado, y con la señora Yamileth Sarria Anaya, asunto laboral en $12.500.000, asumidos por COONORTE.
3.7 Es de destacar las siguientes conciliaciones que se adelantaron con el
acompañamiento de SBS, por daños, lesiones o muertes de terceros, en el 2018.
ASOCIADO
DEMANDADO DEMANDANTE BUS VALOR SBS Y
SURAMERCANA ($) Germán Darío Mazo Melguizo
Ángela Jhoana Pérez
2212 13.000.000
Javier Zuluaga Martínez Mario Alberto Bastidas Ruiz
1984 14.580.000
Gustavo Gómez Rivas Diana Marcela Muñoz
3114 20.000.000
Oscar Abad Aristizábal Rafael Maya Gutiérrez
2167 34.000.000
Jairo de Jesús Montoya
Doralba Batidas 3188 1.300.000
Gustavo Gómez Rivas Marta Cecilia Álvarez
3071 15.000.000
Luis Fernando Hoyos Montes
Wilson Germán Quitora
1928 14.725.953
Héctor Fabio Sánchez Restrepo
Nancy Yaneth cano
2224 25.000.000
José Efraín Gómez Wilson Albeiro García
2206 4.000.000
José Efraín Gómez Noreña
Rosalba González y otros
TRN-510
100.000.000
TOTAL SBS Y SURAMERCIANA 241.605.953
El Fondo de pasivos Contingentes pasajeros, como Fondo de Responsabilidad, en el 2018 asumió el pago por pólizas e indemnizaciones, un valor de $ 777.806.751
PROCESOS CONTRAVENCIONALES Y JUDICIALES 2014-2018
CONCEPTO / AÑO 2014 2015 2016 2017 2018
Contravenciones 110 85 104 89 74 Procesos Civiles 17 18 20 16 13 Procesos Penales 7 8 16 17 17 Procesos Laborales 8 4 6 4 2 Procesos Contenciosos Administrativos 12 13 14 15 16
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 25
Recursos ante Ministerio de Transporte 0 0 1 0 0 Pliegos de cargos Súper-Transporte 0 0 0 7 6 Conciliaciones y transacciones 15 15 13 13 14 Sentencias a favor de COONORTE 15 8 1 5 5 Procesos desfavorables a COONORTE 7 1 0 6 1 Sentencias con condena a COONORTE 3 0 Pagos SURAMERICANA DE SEGUROS y SBS
12
12
11
1
10
Pago por hurto con violencia 0 1 0 1 0
PAGOS POR SINIESTRALIDAD 2016– 2018
CONCEPTO / AÑO 2016 ($) 2017 ($) 2018 ($)
SURAMERICANA DE SEGUROS 69.200.000 26.000.000 0
SBS 279.046.591 403.147.802 241.605.593
ASOCIADOS 9.242.046 44.948.892 2.744.000
FONDO PASIVOS CONTINGENTES 36.968.188 169.024.945 23.476.000
TOTAL PAGADO 394.456.825 643.121.639 267.825.953
RECLAMOS POR SUSTRACCIÓN 0 18.430.000 1
SINIESTRALIDAD EN TRANSPORTE DE PASAJEROS 2014 – 2018
CONCEPTO / AÑO 2014 2015 2016 2017 2018
Accidentes de Tránsito 110 85 104 89 74
Buses incinerados por terroristas 11 7 1 0 0
Daños parciales vehículos en paros 0 4 0 0 0
Pasajeros Lesionados 32 13 22 31 16
Pasajeros fallecidos 0 0 1 1 1
Terceros Lesionados 23 33 32 32 29
Terceros Fallecidos 4 2 7 3 1
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 26
INFORME PAGOS DE CONCILIACIONES, TRANSACCIONES Y DESISTIDOS AÑO 2018
DEMANDADO DEMANDANTE PLACAS JUZGADO O
LOCALIDAD VALOR PARTICIPA
CIÓN PARTICI PACIÓN
PARTICIPA CIÓN
PARTICIPACION
VEHÍCULO
COOPERA TIVA
ASOCIADO SBS SURAMERICANA
Desistimiento y terminación del proceso
COONORTE Jaime Enrique Yepes Gómez y Eduar Farley Hernández Hoyos
N/A J. 17 Civil Municipal de Medellín
0 0 0 0 0
COONORTE Augusto Enrique Urrea Aristizabal e Iván de Jesús Ossa Giraldo
N/A J. 9 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples
0 0 0 0 0
Conciliación COONORTE Yamileth Sarria Anaya oficina Cali
J. 13 Laboral del Circuito de Cali
12,500,000 12,500,000 0 0 0
Conciliación COONORTE German Darío Mazo Melguizo
Angela Johana Pérez Giraldo
TRL-040 2212
J. 9 Civil Municipal de Medellín
17,000,000 3,200,000 800,000 13,000,000 0
Contrato de Transacción
COONORTE Javier Zuluaga Gómez
Mario Alberto Bastidas Ruíz
SMH-039 1984
Conciliación Extraproceso
16,200,000 1,296,000 324,000 14,580,000 0
Contrato de Transacción
COONORTE Gustavo Gómez Rivas
Diana Marcela Muñoz TRL-200 3114
Conciliación Extraproceso
21,000,000 800,000 200,000 20,000,000 0
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 27
Contrato de Transacción
COONORTE Oscar Abad Aristizabal Gómez
Rafael Maya Gutiérrez TRG-711 2167
Conciliación Extraproceso
37,000,000 2,400,000 600,000 34,000,000
Desistimiento Jonathan Giraldo García
Isabel Cristina Jaramillo WNP-667 3367
Desistimiento 800,000 640,000 160,000 0 0
Contrato de Transacción
COONORTE Jairo de Jesús Montoya Ramírez
Doralba Bastidas TRK-788 3188
Conciliación Extraproceso
1,900,000 480,000 120,000 1,300,000 0
Conciliación COONORTE Gustavo Gómez Rivas
Marta Cecilia Álvarez Ortega
TSE-917 3071
Conciliación Extraproceso
15,000,000 0 0 15,000,000 0
Contrato de Transacción
COONORTE Luis Fernando Hoyos Montes
Wilson Germán Quitora Cárdenas
WNP-646 1928
Conciliación Extraproceso
15,925,953 960,000 240,000 14,725,953 0
Conciliación COONORTE Héctor Fabio Sánchez Restrepo
Nancy Janeth Cano Restrepo
TRL-395 2224
Conciliación Extraproceso
25,000,000 0 0 25,000,000 0
Contrato de Transacción
COONORTE José Efraín Gómez Noreña y Otros
Wilson Albeiro García García
TRN-510 2206
Conciliación Extraproceso
5,500,000 1,200,000 300,000 4,000,000 0
Conciliación COONORTE José Efraín Gómez Noreña y Otros
Rosalba González y otros (muerte de Daniel Hernando González)
TRN-510 Conciliación Extraproceso
100,000,000 0 0 100,000,000 0
TOTALES 267,825,953 23,476,000 2,744,000 241,605,953 0
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 28
INFORME DE SENTENCIAS AÑO 2018
PORCENTAJES EN PARTICIPACIÓN EN SENTENCIAS DESFAVORABLES
DEMANDADO DEMANDANTE PLACAS JUZGADO O LOCALIDAD
VALOR PARTICIPACIÓN PARTICIPACIÓN PARTICIPACIÓN PARTICIPACION
VEHÍCULO SENTENCIA COOPERATIVA ASOCIADO ASEGURADORA TERCEROS
Sentencia Favorable
Aseguradora Solidaria de Colombia
COONORTE SMH-137 3159
J.12 Civil del Circuito de Medellín
0 0 0 0 0
Sentencia Favorable
COONORTE Gloria Amparo Ramírez Londoño
TRD-468 2178
J. 19 Civil del Circuito de Medellín
0 0 0 0 0
Sentencia Favorable
COONORTE Elkin Alberto Rámirez
Ex Conductor
J. 1 Laboral del Circuito de Medellín
0 0 0 0 0
Sentencia Favorable
COONORTE Giovanny Gutiérrez
Ex Conductor
J. 8 Laboral del Circuito de Medellín
0 0 0 0 0
Sentencia Favorable
Aseguradora Confianza Jaime Castrillón Crespo
COONORTE Contrato Obra
J. 8 Civil Municipal
0 0 0 0 0
Sentencia Desfavorab.
COONORTE Eduar Farley Hernández Gómez
Asociado J.12 Civil Municipal
0 0 0 0 0
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 29
RECUPERACIÓN DE DINEROS 2018
DEMANTANTE DEMANDADO CONCEPTO JUZGADO VALOR
CENTRO DE
CONCILIACIÓN RECUPERADO COONORTE Aseguradora
Solidaria de Colombia
Incineración por Acto Terrorista, vehículo de placa SMH-137 (3159)
J. 12 Civil del Circuito de Medellín
150,588,600
TOTAL 150,588,600
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 30
PROCESOS JUDICIALES EN CONTRA DE COONORTE 2018
INTERNO Y/O PLACAS
NOMBRE DEL DEMANDANTE
ORIGEN DEMANDA
SALDOS OBLIGACIÓN
Y/O CUANTÍA
ESTIMADO DIRECCIÓN JURÍDICA
VALOR DE LA
PROVISIÓN
FECHA INICIO DEL PROCESO
D-M-A-
AUTORIDAD JUDICIAL
MCIPIO ULTIMA ACTUACIÓN
LLAMADO EN
GARANTIA
Rafael Emilio Mesa Mesa
Gloria Stella González Hernández
R.C.E. 554,299,498 150,000,000 30,000,000 11/01/2017 J. Civil del Circuito (1)
Medellín 21-05-2019 Audiencia Inicial
TBB-104 Marta Inés Gómez Sánchez
R.C.E. 7,000,000,000 0 0 07/07/2010 Juzgado Civil del Circuito (3)
Medellín 06-11-2018 Sentencia en Primera Instancia Favorable / Apelaron
Jaime de Jesús Pérez
COONORTE La Española Gallego S.A.S
Revindica 900,000,000 0 0 24/09/2018 Juzgado Civil del Circuito (5)
Medellín 26-11-2018 Se contestó demanda y se propuso excepciones previas
TRN-480 Yeferson de Jesús Zapata Gómez
R.C.E. 131,338,842 70,000,000 14,000,000 09/09/2018 Juzgado Civil del Circuito (17)
Medellín 28-01-2019 Traslado de excepciones
SBS
TNB-364 Lus Fernando Londoño Bustamante
R.C.E. 156,000,000 60,000,000 30,000,000 10/10/2013 Juzgado Civil del Circuito (22)
Medellín 18-12-2018 Fecha Audiencia Inicial. Enviado a los Juzgado Laborales por competencia
COONORTE Augusto Enrique Urrea Aristizábal y otros
Verbal 0 0 0 01/06/2017 Juzgado Civil Municipal (4)
Medellín 08-09-2018Traslado de Excepciones
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 31
COONORTE Carlos Julios Vásquez Cárdenas
Verbal 0 0 0 04/12/2014 Juzgado Civil Municipal (13)
Medellín 19-02-2019 Sentencia en Primera Instancia, Favorable / Apelaron
COONORTE Otoniel Gómez Aristizábal Ivan de Jesús Ossa Giraldo y otros
Verbal 0 0 0 07/09/2010 Juzgado Civil Muicipal (13)
Medellín Pendiente fijar sentencia en segunda instancia
COONORTE y Carlos Julio Vásquez Cárdenas
Hermes Eladio Legarda
Laboral 234,000,000 60,000,000 60,000,000 13/07/2017 Juzgado Laboral del Circuito (19)
Medellín 20-04-2019 Audiencia Práctica de Pruebas y Juzgamiento
TRH-668 INCINERADO
Carlos Andres Ospina Lora
Incidente de Reparación Integral
30,000,000 10,000,000 0 15/03/2016 Juzgado Penal del Circuito Especializado (1)
Medellín No se presentó el demandado ni el apoderado a la primera audiencia
SMH-020 34
Luz Stella Díaz R.C.E. 267,000,000 30,000,000 10,000,000 16/06/2014 Juzgado Civil del Circuito (2)
Bello Desistimiento Tácito, con unos demandantes, Continúa Proceso con los demás demandantes.
SBS
COONORTE Jorge Eliecer Isaza L.
Laboral 220,000,000 80,000,000 36,960,000 17/12/2012 Juzgado Civil Laboral del Circuito.
Caucasia 25-07-2016A despacho para sentencia
TOTALES 8,938,338,842 310,000,000 150,960,000
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 32
PROCESOS INSTAURADOS POR COONORTE 2018
DEMANDADO ORIGEN DE LA DEMANDA
AUTORIDAD JUDICIAL MUNICIPIO ESTADO DEL PROCESO
Aleyda Mejía Martínez
Ejecutivo Juzgado 10 Civil de Ejecución
Medellín Se reclamó parcialmente títulos
Jaime Enrique Yepes (2008-448)
Ordinario Juzgado 11 Civil del Circuito Corte Suprema de Justicia Sala Civil
Medellín 16-10-2015 Registra proyecto de sentencia
Ministerio de Transporte (Cootrasandina)
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Juzgado 20 Administrativo Tribunal Administrativo de Antioquia
Medellín 24-04-2017 A despacho para fallo, segunda instancia
Ministerio de Transporte (Trasuran) 2007-0488
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia Consejo de Estado
Medellín 09-06-2018 A Despacho para fallo , segunda instancia
Ministerio de Transporte (Trasuran) 2008-1225
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia Consejo de Estado
Medellín 15-09-2014 A Despacho para Fallo en Segunda Instancia
Ministerio de Transporte (Cootrayal) 1200
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia Consejo de Estado
Medellín 20-06-2017 A despacho para fallo, segunda instancia
Ministerio de Transporte (Cootransflucan) 1121
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia Consejo de Estado
Medellín 11-12-2017 A Despacho para fallo, Segunda Instancia
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 33
Ministerio de Transporte (Cootrasandina Res.492)2011-768
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de AntioquiaConsejo de Estado
Medellín 09-07-2018A Despacho para fallo
Ministario de Transporte (Cootrasandina Res. 493) 2011-601
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia Consejo de Estado
Medellín 19-01-2015 A Despacho para Fallo en Segunda Instancia
Terminales de Transporte Medellín (Hernan Murillo Cardona) 2009-1256
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia Consejo de Estado
Medellín 11-12-2017 A Despacho para fallo, Segunda Instancia
Municipio de Andes (res.2150 y 2604) PROVEAN
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia Consejo de Estado
Medellín 23-10-2017 A Despacho para Sentencia, Segunda Instancia
Municipio de Andes (res 1660, 198 y 844) PROVEAN Dr. Carlos Ivan Fernandez
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia
Medellín 13-12-2016 A Despacho para sentencia
DIAN Liquidación Oficial de Revisión Res. 8336 del 31 de agosto de 2015
Nulidad y restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia
Medellín 20-10-2016A Despacho para sentencia
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 34
AMACOONORTE Propiedad Industrial Tribunal Superior (Civil) Bogotá 25-05-2007 Sentencia en primera instancia desfavorable /apelamos.
Terminal de Transportes de Bogotá Res. 108
Nulidad y Restablecimiento del derecho
Juzgado Primero Adminsitrativo
Bogotá 11-2018 Suspensión del Proceso por tres meses
Terminal de Transportes de Bogotá Res. 117
Nulidad y restablecimiento del derecho
Juzgado Quinto Administrativo
Bogotá 23-12-2018 Suspensión del proceso por tres meses
Ministerio de Transporte (Cimitarra - COTAXI - COOPETRAN)
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Consejo de Estado Bogotá 13-12-2018 Subsanó la demanda
Munipio de Medellín Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Tribunal Administrativo de Antioquia
Medellín 14-12-2018 A Despacho para Sentencia
Superintendencia de Puertos y Transporte Resolución 19424 del 18 de mayo de 2018
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Juzgado Administrativo (5) Bogotá 18-12-2018Se radicó demanda
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 35
DENUNCIAS PENALES AÑO 2018
CARGO DEL DENUNCIADO
NOMBRE DEL
DENUNCIANTE
NOMBRE DEL DENUNCIADO
ORIGEN DENUNCIA
VALOR PRETENSIÓN
VALOR PAGADO
COMPAÑÍA ASEGURAD
ORA
FECHA INICIO DEL PROCESO
D-M-A-
AUTORIDAD JUDICIAL
SPOA MCIPIO ULTIMA
ACTUACIÓN
EX EMPLEADO
COONORTE Oscar Vega y Alexander Madrigal
Hurto 11,535,920 7,683,451 18/11/2005 Fiscalía 28 Local
2317-28 SIJUF: 14704740
CAUCASIA 27-10-2010, Se envía Derecho de Petición para que se nos informe sobre el estado del proceso
EX EMPLEADO
COONORTE Nancy García Hurto 5,293,100 2,237,000 09/04/2005 Juzgado Promiscuo Municipal
20050002 Puerto Nare
Pendiente fijar fecha para audiencia preparatoria
EX EMPLEADO
COONORTE Libardo Elías Rivera Bohorquez
Hurto 13,090,000 7,839,157 07/04/2008 Ficalía 131 Local de Medellín
2082008 09554
Montelíbano Se encuentra en la Fiscalía Local de Montalíbano
EX AGENTE COONORTE Wilsón Leonidas Marín Henao
Hurto 8,254,868 4,400,960 30/06/2008 Fiscalía 23 Local
2306861005 44220080005
Ayapel- Cór.
28-10-2010, Se envía Derecho de Petición, ante la Fiscalía Local, para que se nos informe sobre el estado actual del proceso
EX EMPLEADO
COONORTE William Alexander Urzola Vergara
Hurto 9,540,800 2,881,187 12/12/2007 Fiscalia 23 Local
Ayapel- Cór.
En investigación
COONORTE Matilde Cruz Falsedad en documento
0 0 19/12/2011 Fiscalia 111 Unidad de Administración Pública
SPOA 050016000206201178291
Medellín Investigación Preliminar
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 36
EX EMPLEADO
COONORTE Asmed Oswaldo Holguin Pérez
Hurto 8,000,000 4,769,500 10/02/2009 Fiscalía 108 Local de Medellín
0500 16000 248 2009 00233
Medellín Audiencia de conciliación notificada a COONORTE a destiempo
EX EMPLEADOS
COONORTE Wilder Javier Pardo Herrera, Carlos Alberto Martínez y Manuel Anaya
Hurto 14,251,000 9,000,000 19/04/2013 Fiscalía Local Caucasia
SPOA: 051546108506201380218
Caucasia Etapa de Indagación
Asociados COONORTE Miguel Angel Giraldo Zuluaga Carlos Julio Vásquez Cárdenas, Otoniel Gómez Aristizábal, Luis Enrique Pineda Hoyos, Jaime Enrique Yepes Gómez, Eduar Farley Hernández Gómez
Usurpación de derecho de propiedad industrial y derechos y utilización indebida de información privilegiada
0 0 26/02/2015 Fiscalía 43 de fe pública y patrimonio económico
SPOA: 050016000248201502706
Medellín Etapa Preliminar
Asociado COONORTE Jaime Enrique Yepes Gómez
Calumnia y falso testimonio
0 0 21/05/2015 Fiscalía 111 Seccional Administración Pública
Medellín Se presentó la denuncia / etapa preliminar
Asociado COONORTE Jesús Uldarico Ossa Giraldo
Calumnia y falso testimonio
0 0 21/05/2016 Fiscalía 111 Seccional Administración Pública
Medellín Se presentó la denuncia / etapa preliminar
Asociado COONORTE Jesús Uldarico Ossa Giraldo
Calumnia y falso testimonio
0 0 20/08/2015 Fiscalía 111 Seccional Administración Pública
Medellín Se presentó la denuncia / etapa preliminar
Ex Asociado COONORTE Sergio Alejandro Valencia Grisales
Falsedad en documento privado y uso de documento falso
0 0 31/07/2015 Fiscalía General de la Nación
Medellín Se presentó la denuncia / etapa preliminar
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 37
COONORTE Persona Indeterminada - Grupo Delicuencial
Extorción y Hurto
0 0 17/02/2015 Fiscalia General de la Nación
Medellín Se presentó la denuncia / etapa preeliminar
Contratista COONORTE Jhon Jaime Castrillón Crespo
Abuso de Confianza, hurto y estafa
20,000,000 0 14/06/2016 Fiscalia Local Ituango
Ituango Se archiva proceso por atipicidad de la conducta.
Ex Empleados
COONORTE Cristian Gonzalez y Alex Castaño
Abuso de Confianza, hurto y estafa
18,000,000 N/A 02/02/2017 Fiscalia Local Medellín Se presentó la denuncia / etapa preeliminar
Ex conductor Copacabana
COONORTE Luis Fernando Molina y/o Luis Javier Jiménez
Falsedad Personal y documento público
0 0 12/06/2017 Fiscalia General de la Nación
Medellín Se presentó la denuncia
Ex . Asociado
COONORTE Eduar Farley Hernández Gómez
Falsedad en Testimonio
0 0 21/12/2017 Fiscalia General de la Nación
Se presentó la denuncia
Ex. Agente Comercial Doradal
COONORTE Leddy Astrid Cataño Hurto 10.123.000
en trámite 26/11/2018
Fiscalia Local ante los Jueces Penales de Puerto Triunfo
Puerto Triunfo
Se presentó la denuncia
TOTALES 47,714,688 25,041,755
4. GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO OBJETIVO DEL PROCESO: Mantener el personal con las competencias idóneas, hacia el logro de los objetivos de la empresa. ALCANCE: Aplica desde la definición de perfiles de cargos, hasta el plan de mejoramiento individual. A continuación, se destacan las siguientes acciones, logros y realizaciones durante el año 2018: 4.1. Se relacionan los principales datos del año 2015-2016-2017-2018.
Se observa en los datos suministrados que se ha generado mayor seguimiento del Área de Gestión Humana, realizando mayor control de los procesos disciplinarios con acciones a corregir para un mejor funcionamiento de la operación.
Además, se presentan datos representanticos de los ingresos y retiros por concepto de terminación de contratos de los colaboradores.
2015 2016 2017 2018
PERSONAL VINCULADO 567 571 579 56853 Llamados de Atención40 Suspensiones15 Terminaciones de Contrato
ALCOHOLEMIAS 6 17 13 7ACCIDENTES LABORALES 5 5 11 10LICENCIA DE MATERNIDAD 0 2 1 2LICENCIA DE PATERNIDAD 2 3 3 2CONDUCTORES INFRACCIONES DE TRANSITO 49 37 32 25EMPLEADOS INCAPACITADOS 89 93 101 304TOTAL DIAS DE INCAPACIDAD 583 1602 1171 1955
14785PROCESOS DISCIPLINARIOS 186 108
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 39
4.2. Se continúa con la implementación de la Ley 1503 de 2011 y el Decreto
reglamentario 2851 de 2013 del Ministerio de Transporte, con el Plan de Seguridad Vial, pendiente la aprobación ante la Supervivencia de Puertos y Transporte.
Acción Implementación
Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV)
Se realizó Gestión de Comportamiento Humano, Vehículos Seguros, Infraestructura Segura, y Atención a Víctimas.
Clínica de accidentalidad de siniestros ocurridos en el año.
Inspección de vehículos del Kit de carretera y botiquín.
Pausas Activas. Exámenes médicos de control. Pruebas Teórico – Practicas. Seminarios Seguridad Vial. Capacitación Manejo a la Defensiva. Capacitación servicio de calidad al
pasajero. Buenas prácticas de conducción. Capacitación Atención a
Emergencias. Prevención de consumo de alcohol,
drogas y tabaco. Prevención y autocuidado de los
trabajadores responsables. Inspección preoperacional de
vehículos. Tes de Fatiga en temporada. Simulador de Embriaguez. Capacitación de Riesgos Público. Capacitación Farmacodependencia.
4.3. Se ejecuta la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y salud
en el Trabajo – SG-SST, logrando una cobertura de 551 personas intervenidas, entre ellos asociados y sus familias, empleados administrativos y conductores, cumpliendo con el objetivo de mejorar el bienestar de la salud, generando beneficios individuales y colectivos, logrando la integración de la
CONCEPTOINGRESO DE EMPLEADOS
TERMINACION POR VEJEZ Y
MUERTE
TERMINACION JUSTA CAUSA
TERMINACION CON
INDENMINACION
TERMINACION EN PERIODO DE PRUEBA
RENUNCIA POR
EMPLEADO
2015 93 0 19 1 3 1252016 150 0 27 1 3 1022017 162 0 24 1 3 712018 118 4 6 2 3 101
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 40
familia COONORTE, y actuando como prevención y control de Sistema Gestión en Seguridad y salud en el Trabajo.
Normatividad Implementación Costo 2018 Sistema Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG–SST
Decreto 1443 del 31 de julio de 2014 y Decreto 1072 de 2015
Brigadas de Salud Plan de Emergencia Formación a los
Brigadista. Exámenes médicos
periódicos Control epidemiológico. Control de riesgo
Cardiovascular. Revisión Visual. Examen de Perfil lipídico Tamizaje de Seno. Limpieza Facial. Spa de Uña. Rumba Aeróbica. Masajes Relajantes. Capacitación Manejo de
Extintores. Pausas Activas Inspecciones de Puestos
de Trabajo Entrega de Elementos de
Protección Personal. Diagnostico de puesto de
trabajo. Plan de Estilo de vida
Saludable. Desarrollo de campañas
de prevención, concientización y sensibilización (uso de cigarrillo, contra el alcohol y contra las drogas, entre otras).
49.470.694
Estándares de la resolución 1111 de 2017
Auditoria de cumplimiento.
Revisión por la alta dirección
Mejoramiento continuo del SG-SST.
4.4. Se realizó la implementación del Sistema de Protección de Datos exigida
por la Superintendencia de Industria y Comercio, para dar un adecuado uso y tratamiento de los datos personales, suministrados por los empleados y los pasajeros.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 41
Normatividad Implementación Ley de Protección de Datos
Ley 1581 de 2012, Decreto 1074 de 2015. Decreto 1759 de 2016. Circular Externa No. 02 del 3 de noviembre de 2015
Se cumplió con el termino de inscripción en la plataforma del registro Nacional de Datos de la Superentendía de Industria y Comercio.
Se estableció el Manual de Políticas de Tratamientos de Datos.
Se solicito autorización de
tratamiento de datos. Actualización permanente del
tratamiento de Datos. 4.5. Se cumplió con la Resolución 61583 de noviembre 10 de 2016 de la
Superintendencia de Puertos y Transporte, para la Sistema de Gestión Documental, contratada con la empresa Estrategias Documentales por $ 18.495.000.
Implementación
Sistema de Gestión Documental
Se aplica las encuestas de Gestión Documental a cada una de las áreas.
Se conformación del comité GD Se establece el programa, políticas y los
procedimientos de GD Se aprueban las tablas de Gestión documental de
todas las áreas. Se establece Reglamento interno GD. Se determinan los tiempos de conservación y la
ejecución de cada una de las áreas. Se generan mejores prácticas.
4.6. Se cumplió con el cronograma de Comité de gestión administrativa y
operativa correspondiente al año 2017
Comité Normatividad Periodicidad anual
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
Resolución 1016 de 1989 y lo reglamentado en el artículo 2 de la resolución 2013 de 1986.
12
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 42
Comité de Convivencia y Acoso laboral
Resolución 2646 de 2008, Ministerio de la Protección Social Art. 14 numeral 9 1.7
4
Comité Seguridad Vial Ley 1503 de 2011 y el Decreto reglamentario 2851 de 2013 del Ministerio de Transporte.
4
Comité Gestión Documental Resolución 61583 de noviembre 10 de 2016.
2
Comité de Ayuda Mutua – Empresas del sector
Decreto 321 de 1999. 4
4.7. Se continua con el control riguroso en la realización de las pruebas de
alcoholemia en las terminales de transporte, municipios y agencias comerciales, generando mayor prevención de accidentalidad, contribuyendo en el cuidando la vida de los conductores y la de nuestros pasajeros.
Relacionan las alcoholemias positivas presentadas en los últimos cuatro
años:
4.8. Se atienden las denuncias con la Superintendencia de Puertos y Transporte,
las denuncias por maniobras peligrosas, exceso de velocidad y sobrecupo, se inicia investigación y se adelantó los procesos disciplinarios correspondiente donde se aplico sanciones o amonestaciones.
Relacionan denuncias realizadas a la Superintendencia de Puertos y Transporte por la línea telefónica de “Como Conduzco”
2016 2017 2018
Denuncias por la línea #767 31 77 56
AÑO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEPT OCT NOV DIC ACUM
2015 1 1 2 1 1 6
2016 1 1 2 1 1 2 3 1 3 2 17
2017 2 1 1 2 1 1 2 2 1 13
2018 1 2 3 1 7
ALCOHOLEMIA POSITIVA EN COONORTE
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 43
4.9. BIENESTAR DE LOS EMPLEADOS Como Cooperativa, tenemos que cumplir con una responsabilidad social, la cual hemos estado celebrando por años el concepto permanencia de los empleados en la cooperativa. Nos llena de orgullo que el Consejo de Administración y la Gerencia, nos permitan esta agasajar a los empleados en los siguientes eventos:
Eventos:
Cumpleaños empleados Años de labor 10, 15, 20 y 25 años Brigadas de Salud Celebración Novena de Niño Dios Días Especiales Día del Contador Dia del Abogado Dia del Ingeniero Día del Administrador Dia de Gestión Documentarial Dia de la secretaria Dia de la mujer
Tenemos la firme convicción que estos momentos de satisfacción, fruto del trabajo y el aporte de nuestros colaboradores que día a día nos llevan a cumplir nuevas metas.
4.10. PLAN DE CAPACITACIONES 2018
El Plan de Capacitaciones en la herramienta que permite a los colaboradores desarrollar sus habilidades y conocimientos para que puedan realizar sus tareas de una manera más efectiva. Se realizo un Plan de Capacitaciones sistemático, planificado y permanente, en compañía del Comité de Educación, Directora de Gestión Humana, Auxiliar de Salud Ocupacional y la Jefe de Relaciones Publicas y Comunicaciones. Además, se realizan formación enfocada a planes de desarrollo de algunas de las áreas.
Uno de los principales objetivos del Plan de Capacitaciones 2018, fue desarrollar los conocimientos y habilidades de los colaboradores, para garantizar que realice sus funciones con destreza, facilitando la consecución de las metas organizaciones. El presupuesto fue ejecutado por valor de $ 41.153.577, teniendo en cuenta que algunas capacitaciones fueron cubrieran por la ARL AXA COLPATRIA.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 44
PLAN DE CAPACITACIONES 2018 PUBLICO OBJETO TEMA NORMATIVIDAD FORMADOR(A)
COSTO CAPACITACION
FEBRERO
Comité Copasst
RE - INDUCCIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DECRETO 1072 Cap.6 Artículo 2.2.4.6.11. PARAGRAFO 2
GIROMA $ 280.000
Director Auditoria Directora Gestión Humana
GESTION Y CONOCIMIENTO
ISO 9001:2015 GESTION Y CONOCIMIENTO
$ 1.309.000
Empleados Contabilidad
PLANEACION SEMITARIO TALLER TRIBUTARIO PARA EMPRESAS DE ECONOMIA SOLIDARIO
DEC. 2150 DE 2047 DEC. 1915 DE 2017
CONFECOOP $ 690.200
MARZO
Administradores del Hotel - Salud Ocupacional - Gestión Humana - Control Interno
NORMA TECNICA NTS-TS002 - SECTOR COLOMBIANA 02
NORMA TECNICA NTS-TS002 - SECTOR COLOMBIANA 02
G Y C GESTION Y CONOCIMIENTO
$ 1.800.000
Auxiliares de servicio al cliente y administrativos
RIESGO PSICOSOCIAL - AUTO GESTIÒN
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.666.000
Auxiliares de servicio al cliente y administrativos
ACTIVIDAD MARCA PERSONAL
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.666.000
Auxiliares de servicio al cliente y administrativos
MATRIZ DE RIESGO PSICOSOCIAL
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.666.000
Auxiliares de servicio al cliente y administrativos
RIESGO PSICOSOCIAL - AUTO GESTIÒN
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.666.000
Todos los empleados
EMERGENCIAS - PRIMEROS AUXILIOS
DECRETO 1072 Cap.6 Artículo
GIROMA $ 420.000
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 45
2.2.4.6.25. NUMERAL 9
Todos los empleados
EMERGENCIAS - CONTROL DE INCENDIOS
DECRETO 1072 Cap.6 Artículo 2.2.4.6.25. NUMERAL 9
GIROMA $ 420.000
Operarios Estación de Servicio
ESTACION DE SERVICIO - MANEJO SEGURO DE COMBUSTIBLE
LEY 55 DE 1993, Articulo 15 Literal D
ARL AXA COLPATRIA (Costo cubre ARL)
$ -
Auxiliares Servicios Generales
SERVICIOS GENERALES - MANIPULACION DE SUSTANCIAS QUIMICAS
LEY 55 DE 1993, Articulo 15 Literal D
ARL AXA COLPATRIA (Costo cubre ARL)
$ -
Gerencia Directivos Jefes de Proceso Consejo de Admón.
LIDERAZGO Y DIRECCION EFECTIVA
DIRECTRICES INSTITUCIONALES
Andrés Guerra $ 1.500.000
ABRIL
Conductores Medellín
PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL ATENCION BÀSCIA DE VICTIMAS
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 760.000
Todos los empleados
EMERGENCIAS - EVACUACION
DECRETO 1072 Cap.6 Artículo 2.2.4.6.25. NUMERAL 9
GIROMA $ 420.000
Empleados área de Sistemas Inspector de Vehículos
RIESGO ELECTRICO
DECRETO 1072 Cap.6 Artículo 2.2.4.6.11.
ARL AXA COLPATRIA (Costo cubre ARL)
$ -
Auxiliares de servicio al cliente y administrativos
RIESGO PSICOSOCIAL MOTIVACION Y SENTIDO DE PERTENENCIA
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.666.000
Operarios Estación de Servicio
ESTACION DE SERVICIO EMERGENCIAS
DECRETO 1072 Cap.6 Artículo 2.2.4.6.25. NUMERAL 9
ARL AXA COLPATRIA (Costo cubre ARL)
$ -
Comité de Convivencia Laboral
COMITE DE CONVIVENCIA LABORAL
LEY 1010 de 2006 RESOLUCIÓN 2646 DE 2008 RESOLUCION 652 DE 2012 RESOLUCION 1356 DE 2012
ARL AXA COLPATRIA (RH Positivo) (Costo cubre ARL)
$ -
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 46
Todos los empleados
SIPLAFT RESOLUCION 74874 DE 2016
Natalia Betancur
$ 800.000
CONDUCTORES - ASOCIADOS- COPACABANA -
SERVICIO AL CLIENTE Y ECONOMIA SOLIDARIA
DIRECTRICES INSTITUCIONALES
Carlos Mario Vega Vélez
$ 300.000
MAYO
Conductores
PESV BUENAS PRACTICAS DE CONDUCCION
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 760.000
Conductores PESV- CLINICA DE ACCIDENTALIDAD
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 510.000
Conductores
PESV- Prevención de consumo de alcohol, drogas y tabaco
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 760.000
JUNIO
Auxiliares de servicio al cliente y administrativos
R. Psicosocial - Comunicación y solución de conflictos
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.785.000
Conductores
RIESGO PSICOSOCIAL - MANEJOD E ESTRESS
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 3.570.000
Auxiliares de Encomiendas
MANIPULACION MANUAL DE CARGAS
DECRETO 1072 Cap.6 Artículo 2.2.4.6.11.
ARL AXA COLPATRIA (Costo cubre ARL)
$ -
Empleados Yarumal
MATRIZ DE RIESGO PSICOSOCIAL
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
GIROMA $ 261.000
Auxiliares de servicio al cliente y todos
ORIENTACION A LA EXCELENCIA
DIRECTRICES INSTITUCIONALES
FOCUS $ 3.840.000
JULIO Auxiliares de servicio al cliente y administrativos
RIESGO PSICOSOCIAL - TRABAJO EN EQUIPO Y LIDERAZGO
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.785.000
AGOSTO
Todos los empleados
RIESGO OSTEOMUSCULAR
DECRETO 1072 Cap.6 Artículo 2.2.4.6.11.
GIROMA $ 420.000
Todos los empleados
RIESGO PUBLICO DECRETO 1072 Cap.6 Artículo 2.2.4.6.11.
GIROMA $ 420.000
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 47
Conductores PESV- ATENCION DE EMERGENCIAS
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 760.000
SEPTIEMBRE
Conductores PESV- SEGURIDAD VIAL
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 760.000
Conductores
PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL PREVENCION Y AUTOCUIDADO DE LOS TRABAJADORES
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 570.000
Conductores y despachadores
PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL INSPECCION PROPERACIONAL DE VEHICULOS
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 520.000
Todos los empleados
RIESGO PSICOSOCIAL - ACCION PARA DAR
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.819.977
Empleados Yarumal
MATRIZ DE RIESGO PSICOSOCIAL
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.785.000
Empleados Yarumal
MATRIZ DE RIESGO PSICOSOCIAL
RESOLUCIÓN 002646 DE 2008, Articulo 6 Literal K Articulo 13 NUMERAL 5
Jordí Duque - Profile
$ 1.785.000
OCTUBRE Empleados Contabilidad
SEMINARIO DE MEDIOS MAGNETICOS
RESOLUCIÓN NÚMERO 000060 (30 OCT 2017)
CONFECOOP $ 944.000
NOVIEMBRE
Conductores
PLAN ESTRATEGICO DE SEGURIDAD VIAL NORMATIVIDAD
RESOLUCIÓN 1565 DE 2012, Numeral 8.1.3
GIROMA $ 760.000
Director Sistemas
SEMINARIO DE CIBERSEGURIDAD
CONFECOOP $ 309.400
$ 41.153.577
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 48
4.11. OTRAS ACTIVIDADES QUE HACEN PARTE DEL FORTALECIMIENTO DE LA GESTIÓN DE TALENTO HUMANO Realizar los requerimientos de acuerdo al Decreto 1076 de 2015 Ministerio
de Ambiente y Dllo Sostenible, para cumplir los estándares necesarios ante el Área Metropolitana para la operación de la ESD COONORTE
Acompañamiento Hotel Amalfi y Hotel Puerto Berrio, cumpliendo con Decreto 229 de febrero 14 de 2017, cumpliendo con el Registro Nacional de Turismo.
Seguimiento a los empleados operativos de Terminal del Norte, Terminal del Sur, Encomiendas y Oficinas de los municipios y acompañamiento logístico de la operación.
Acompañamiento en la certificación en calidad de Icontec de la Estación de Servicio de Coonorte, dando cumplimiento al decreto 1521 de 1998 del Ministerio de Minas y Energía.
Se continua con la implementación y mantenimiento del Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001-2012 certificado por ICONTEC del área, cumplimiento con los objetivos de calidad, mediante auditoría interna y auditoria de Icontec se garantizó la continuidad de la misma, y generando continuamente mejores prácticas al proceso de Talento Humano.
Seguimiento al empleado conductor de servicios especiales de Coonorte, cuanto a la liquidación de viáticos.
Seguimiento a la adecuada distribución de materiales contaminantes con hidrocarburos y realizar la correcta disposición disposición final del cuarto RESPEL.
Hacer seguimiento de la depuración de deuda de las entidades administradores de Prestaciones Sociales – Colpensiones.
Se adelantaron las investigaciones disciplinarias, practicando las pruebas pertinentes y aplicando del debido proceso disciplinario, para generar mejores prácticas.
Se desarrolló el cronograma de capacitaciones integral año 2018, donde se tuvo en cuenta todas las áreas de la empresa para tener un marco generalizado de formación, encaminado a mejorar la calidad y el uso eficiente de los recursos.
Actualización del manual de funciones y de procedimientos de Gestión Humana.
Ejecución del Programa de bienestar y mejorando del clima organizacional, en acompañamiento a los eventos.
Cumplimiento en el diligenciamiento de las encuestas al DANE. (Información encuesta de desarrollo e innovación, Informa DANE ICTC-ICTIP, Información muestra Hoteles).
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 49
Seguimiento a los empleados conductores en Misión, empresa temporal. Seguimiento a los guardas de vigilancia en acompañamiento de coordinador
de Galaxia. Dar respuesta a las PQR, relacionadas con el proceso de Gestión Humana.
5. GESTIÓN DE AUDITORIA INTERNA
GESTIÒN DE CONTROL INTERNO
OBJETIVO DEL PROCESO:
Establecer, documentar, implementar y mantener el sistema de gestión de Calidad, mejorar continuamente su eficacia de acuerdo con los requisitos especificados por la empresa COONORTE.
Desarrollar los elementos de control que permitan realizar un diagnóstico objetivo de los procesos y servicios para ejercer control, evitar fraudes y lograr un mejoramiento continuo.
TIPO DE PROCESO: Evaluación
ALCANCE: Gestión documental; apoyo para la revisión por parte de la dirección; auditorías internas; gestión del riesgo; control del cumplimiento de requisitos legales, normativos y reglamentarios; análisis y mejoramiento del sistema de gestión de calidad. ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN EL 2018 Renovación de la certificación por parte del ICONTEC, ISO 9001-2008.
Migración de la norma ISO 9001 2008 a la version2015.
Seguimientos y control de WI-FI y líneas corporativas
Seguimiento al suministro de combustible
Seguimiento al manejo de encomiendas
Visitas a las oficinas y agencias de COONORTE.
Se hicieron 131 arqueos a los empleados de taquillas y agentes comerciales
y se encontraron 28 faltantes de dinero, que se recuperaron en su totalidad
por un monto de $493.253.
CERTIFICACION ICONTEC ESTACION DE SERVICIO ESD
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 50
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 51
6. INVERSIONES EN SISTEMATIZACION
Se mantiene la actualización de los programas que utiliza la empresa en todas las áreas administrativas y oficinas sistematizadas.
Se realizaron los mantenimientos preventivos en los equipos de cómputo utilizados para la operación en las oficinas sistematizadas.
A nivel de usuario final se realizó renovación de equipos e impresoras térmicas para la impresión de tiquetes con código de barras.
Se realizo sistematización de las agencias Nechi, Betania, Ciudad Bolívar y Rio Negro.
A nivel de servidores de producción y respaldo, se aumentaron recursos de hardware en disco y memoria.
A nivel de comunicaciones se aumentaron canales de comunicación de última milla en diferentes municipios, ampliación de banda ancha para el servicio de internet y el multipunto que centraliza la comunicación de los municipios sistematizados con la Sede Administrativa.
Renovación de páginas web de Coonorte y Hoteles Implementación de Circuito Cerrado de TV en nuevas oficinas
Implementación sistema de control de surtidores en EDS, para la venta de combustible a través de I-Button, utilizando conexión de Radio Frecuencia.
Implementación del Sistema contable que se integra con el Sistemas de Nomina GHumano y el Sistema que soporta la operación del negocio Transnet, permitiendo centralizar la información, aumentar controles, optimizar procesos, costos de mantenimiento y tiempos de entrega de información contable para la toma de decisiones.
Implementación de facturación electrónica según decreto 2242 del 24 de noviembre 2015.
Sistematización de Hoteles e integración con el Sistema contable de COONORTE, para el control y optimización de procesos.
Se incremento la venta de tiquetes por internet, a través de la página corporativa de la empresa:
AÑO CONSULTAS COMPRAS 2017 13,215 3,969 2018 18,065 5,597
Asegurando con esta nueva infraestructura y plataformas tecnológicas, la disponibilidad de servicios, normalización y la operatividad continúa de los procesos del negocio.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 52
Las inversiones más importantes en sistematización del 2018 fueron:
CONCEPTO VALOR Compra de equipos de cómputo (9) Computadores Lenovo con Licencia 20,401,036 Discos y Memoria Servidores HP (Producción y Respaldo) 6,581,424 (3) DVR y cámaras Oficina Puerto Berrio, Puerto Boyacá y Taraza
4,778,786
Implementación Facturación Electrónica 4,641,000 (5) Teléfonos IP Auditoria Terminal Norte y Municipios 768,907 (9) Impresoras Térmicas Epson Municipios 6,845,580 Implementación Sistema Contable y Migración Transnet 50,870,187 (2) Intercomunicadores Dualvox Terminal del Norte 3,820,495 Sistematización EDS a través de I-Button 4,510,200 Cableado Estructurado Oficina Taraza y Puerto Boyacá 737,800 Impresoras Láser Municipios y Repuestos 1,488,451 Subtotal Compras 105,443,866 Mantenimiento de software servidor y antivirus 36,211,726
Enlace de datos y conectividad terminales 38,456,040
TOTAL $ 180,111,632
7. AGENCIA VAMOS SEGUROS LTDA:
En el 2018 se mantuvo la facturación de la agencia, con un resultado de retorno de comisiones para COONORTE de $124.502.120 Así mismo, se ha fortalecido el patrimonio de la empresa, lo que revaloriza la inversión de COONORTE en la misma. Se tienen a través de esta agencia las siguientes pólizas y se recibieron pagos por comisión, que ingresaron a fondos de la empresa:
RAMO CÍA. DE SEGUROS VALOR. COMISIÓN VG CONDUCTORES, Y CUMPLIMIENTO
MUNDIAL 9.006.074
VG. DIRECTIVOS Y ASOCIADOS
SURAMERICANA SBS
5.136.653
VG. DEUDORES EQUIDAD 1.748.064 R.C.E. VIGENCIA 2017-2018 Y D&A
SBS 77.187.167
MULTIRRIESGO SOLIDARIA 1.707.647 PRODUCTIVIDAD VAMOS SEGUROS 29.716.515 TOTAL 124.502.120
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 53
COMISIÓN RETORNO DE VAMOS SEGUROS 2015-2017
2015 ($) 2017 ($) 2018 ($) TOTAL ($) 86.718.868 102.726.559 124.502.120 313.947.547
8. PREVISORA SOCIAL COOPERATIVA VIVIR. Se han adelantado afiliaciones a los servicios funerarios de la cooperativa
vivir a empleados y asociados. Se continúa con el mercadeo por parte de LOS OLIVOS para tener más
personas con servicios exequiales. 9. LEGALIDAD DEL SOFTWARE
El software y programas utilizados en la empresa, tienen sus respectivas licencias de propiedad intelectual y derechos de autor, cumpliendo con la Ley 603 de 2000. Coonorte adquirió en el año 2018 un nuevo software contable con LM SOFTWARE, para que toda la información de las agencias y oficinas esté en línea con contabilidad. Adicionalmente se adquirió la licencia para facturar electrónicamente con HGI, proveedor debidamente autorizado por la DIAN para ejecutar este proceso.
LOGROS EN EL 2018
1. A LA FECHA, LA COOPERATIVA NO TIENE DEUDAS NI CRÉDITOS.
2. RENOVACIÓN DE LA CERTIFICACIÓN EDSL PARA LA EDS COONORTE, POR EL ICONTEC.
3. SE LOGRÓ LA RENOVACIÓN DE LA HABILITACIÓN DEL SERVICIO ESPECIAL
4. CRECIMIENTO PATRIMONIAL DE LA COOPERATIVA EN UN 1.39%
5. HABER TENIDO LA SUFICIENTE LIQUIDACIÓN PARA CUMPLIR CON TODOS LOS CRÉDITOS APROBADOS A LOS ASOCIADOS, PARA LA RENOVACIÓN DEL PARQUE AUTOMOTOR, POR UN VALOR $3.401.692.593.
6. MEJORAMIENTO DEL PROCESO DE SISTEMATIZACIÓN EN LA EMPRESA.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 54
7. ADQUICISIÓN DE UN NUEVO SOFTWARE CONTABLE MEDIANTE EL CUAL SE TENDRÁ TODA LA OPERACIÓN EN LÍNEA A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2019.
8. INCRIPCIÓN Y ADQUISICIÓN DE SOFTWARE PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA A PARTIR DEL AÑO 2019.
9. ADQUISICIÓN DEL LOTE EN EL MUNICIPIO DE ITUANGO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA OFICINA DE COONORTE
10. ADECUACIÓN DE LAS OFICINAS DE TARAZÁ, PUERTO BOYACÁ, PUERTO BERRIÓ,
11. HABER CUMPLIDO CON EL PAGO DE TODOS LOS BENEFICIOS SOCIALES A LOS ASOCIADOS, EMPLEADOS Y COMUNIDADES QUE ATENDEMOS.
Atentamente, ANGEL FERNEY URIBE OTALVARO Gerente General (E)
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 55
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 56
JUNTA DE VIGILANCIA
COONORTE 2019 Acogiendo las funciones dadas a la Junta de Vigilancia de la Cooperativa Norteña de Transportadores Ltda., “COONORTE” por el Estatuto y la legislación Cooperativa, este órgano de control social presenta informe de actividades desarrolladas durante el año 2018, así: 1. De la labor Estatutaria: Se asistió y se asiste a cada una de las sesiones realizadas por el Consejo de Administración, en donde se verifica el cumplimiento de las formalidades para el desarrollo de las mismas, como lo es el tener el quórum reglamentario para la toma de decisiones, el respeto a los reglamentos y el cumplimiento estricto al Estatuto de COONORTE. De manera informativa se desea manifestar lo siguiente: Para el registro del Consejo de Administración periodo 2018 – 2020, nombrado por la Asamblea General Ordinara de Asociados el 27 de marzo de 2018 ante la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, se presentó lo siguiente: El 4 de mayo de 2018, la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia,
realiza el registro del Consejo de Administración para el periodo 2018 - 2020, quedando errado el nombre de uno de los miembros principales y el número de cedula equivocado de un miembro suplente; se aclara que COONORTE suministró la información personal de cada uno de los miembros del Consejo de Administración, correctamente.
El 11 de mayo de 2018, la Gerencia en cabeza del doctor Amado Agudelo
Cuartas solicita a la Cámara de Comercio realizar las correcciones mediante Recurso de Reposición y en subsidio el de apelación, contra el registro del 4 de mayo de 2018.
El 18 de julio de 2018, la Cámara de Comercio expide los certificados de
existencia y representación legal, así:
Consejo de Administración elegido 2012, sin anotación alguna. Consejo de Administración elegido 2016, con suspensión provisional. Consejo de Administración elegido 2018, Recurso de Reposición.
El 30 de julio de 2018, la Cámara de Comercio expide los certificados de existencia y representación legal con los miembros del Consejo de Administración elegidos para el periodo 2018 – 2020 sin anotación alguno, Órgano de Dirección que está actuando en la actualidad.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 57
Se informa, además, los sucesos ocurridos frente al Gerente General y Representante Legal de COONORTE. El Consejo de Administración en sesión del 19 de julio de 2018, determina por unanimidad, ordenar a la Dirección Jurídica y Dirección de Gestión Humana, proceder a la liquidación del tiempo de disfrute de vacaciones ya cumplidas, a que tiene derecho el Gerente General, doctor Amado Agudelo Cuartas, a partir del 23 de julio de 2018. Se debe tener en cuenta que ya le fue entregado el dinero, sólo se liquida el tiempo. El Consejo de Administración en sesión del 21 de noviembre de 2018, acepta la renuncia presentada por el doctor Amado Agudelo Cuartas en los siguientes términos: “Renuncia irrevocable por acoso laboral, debido al maltrato, la persecución y entorpecimiento laboral, por el cumplimiento de mis funciones” con fecha del 13 de noviembre de 2018.
En esta misma sesión el Consejo de Administración nombra al doctor Ángel Ferney Uribe Otálvaro, como Gerente General Encargado y Representante Legal de COONORTE de forma indefinida, quedando dicho nombramiento registrado ante la Cámara de Comercio de Medellín, para el 23 de enero de 2019, tal como aparece en los certificados de Existencia y Representación Legal. De igual manera, se realizó control para el cumplimiento del reglamento y Estatuto de la empresa, respecto a las obligaciones pecuniarias pactadas por los asociados en general con la Cooperativa, con el fin de publicar los listados de asociados hábiles y no hábiles para participar en la LX Asamblea General Ordinaria de Asociados. 2. La Interacción con el Consejo de Administración: Además de realizar la continua verificación del libro oficial de actas del Consejo de Administración, que permite conocer el registro histórico de la gestión de este Organismo Administrativo, y lo relacionado con planes, proyectos y políticas de desarrollo institucional, y de bienestar de los asociados de conformidad con la normatividad vigente; la Junta de Vigilancia estuvo atenta a formular recomendaciones acordes a las inquietudes de los asociados y coherentes con las temáticas abordadas en las diferentes sesiones del Consejo de Administración. Así mismo, por estar presentes en la relación de los informes administrativos que se presentaron durante las diferentes sesiones por parte del Gerente General Encargado y Representante Legal, se tuvo conocimiento directo de la administración en el área económico y social, teniendo además la oportunidad de verificar la realidad de los mismos.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 58
Productos y Servicios: La Junta de Vigilancia estuvo siempre pendiente de constatar administrativamente que la prestación de los diferentes servicios que tiene a su cargo la Cooperativa, fueran atendidas en forma oportuna y eficiente 3. Auditoria Social: Se pudo constatar que durante el año 2018 se cumplió debidamente con el desarrollo de las actividades programadas y aprobadas, y que a nivel interno se cumplieron a cabalidad los procedimientos determinados por el Estatuto de la Cooperativa, y por la legislación legal que rige la materia. 4. Fondos Sociales: Con apoyo en los Fondos de Solidaridad, Desarrollo Humano, Recreación y Deportes y Fondo de Educación, COONORTE, pudo llevar a cabo programas en beneficio de asociados, empleados, conductores, auxiliares y sus grupos familiares, donde se incluye a los niños, jóvenes, adolescentes y madres. Cabe anotar que para el desarrollo de las actividades de cada uno de los programas se contó siempre con el compromiso decidido del personal administrativo, a quienes se hace extensivo el agradecimiento por su labor. Así mismo se pudo verificar que se hizo la entrega de los auxilios aprobados por el Consejo de Administración, logrando mayor bienestar para los asociados y demás beneficiados. El buen manejo de los fondos sociales, y el compromiso gerencial de mejoramiento continuo y de eficiencia en la prestación del servicio, a cargo de la Cooperativa, dan lugar a mantener siempre debidamente posicionada a la empresa y a obtener mayores beneficios para sus asociados y empleados en general. 5. Agenda de la Junta de Vigilancia: La Junta de Vigilancia dio cumplimiento a su programación, en su orden desarrolló seis (6) reuniones ordinarias, dentro de las cuales se hizo el análisis del respeto con el Estatuto de la empresa y las normas legales, por parte de las unidades administrativas, en la ejecución de las decisiones de la Asamblea General, en procura del cumplir con la labor social encomendada. Por todo lo anterior, Considera la Junta de Vigilancia que COONORTE ha dado cabal cumplimiento con las obligaciones que le impone su objeto social y que las actividades que se desarrollaron a través del Comité de Educación, están encaminadas al mejoramiento de la calidad de vida de los asociados, sus familias y la comunidad en general.
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 59
Cumpliendo con otras obligaciones sociales, que se ha fijado la empresa, se realizaron otras actividades como son: programas educativos por medio de capacitaciones, seminarios y cursos para asociados, empleados y conductores; y el desarrollo así mismo de los programas sociales de integración, como fueron: celebración del Día de la Madre, Día del niño y la recreación, encuentro navideño en Medellín, Caucasia y Andes, dejando así una población institucional debidamente satisfecha y agradecida con la Cooperativa. Los programas educativos dieron cumplimiento no sólo a la obligación normativa, (Decreto 2880 de 2004), en relación con programas de educación formal, sino además al objetivo de proyección de la empresa hacia la comunidad que se han fijado tanto las directivas como los asociados. Cabe anotar que la Junta de Vigilancia estuvo pendiente de que la garantía que los asociados presentaran para respaldo de sus deudas con la Cooperativa, estuvieran debidamente respaldadas, con títulos valores y otras exigencias definidas por el Consejo de Administración, labor encaminada a cumplir con el principio del cooperativismo.
Cooperativamente,
GILBERTO DE JESÚS DUQUE SUÁREZ Coordinador
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 60
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 61
INFORME GESTIÓN SOCIAL COONORTE AÑO 2018 En el año 2018 COONORTE y el Comité de Educación, dieron cumplimiento a la legislación vigente en materia de Educación Cooperativa, Desarrollo Solidario y Bienestar Laboral. Cumplimos con la Ley 79 de 1988, en la que se establece la obligatoriedad de la Educación Cooperativa, el Fondo de Educación y la existencia del Comité de Educación. Se realizaron los eventos sociales e integraciones para los vinculados y sus familias. Es así como la Gerencia y el Comité de Educación, continúan dando cumplimiento a la normatividad vigente. Igualmente, COONORTE destinó de sus excedentes generados en el año 2017, la suma de $ 104.779.498, para realizar inversión en Educación distribuidos de la siguiente manera:
Fondo de Educación 52.389.749
Fondo de Educación con destino a la Dian 52.389.749
1. PROGRAMAS DE GESTIÓN SOCIAL EJECUTADOS EN 2018
El costo total anual de los programas definidos solo para hijos biológicos o adoptados legalmente, cónyuge o madre de la persona vinculada a COONORTE, está soportado en los Fondos de Educación Formal, Fondo de Educación No Formal, Recreación, Deportes y Desarrollo Humano.
AUXILIO SOLIDARIO PARA EDUCACIÓN
AUXILIO SOLIDARIO PARA
EDUCACIÓN
392 ENTREGADOS
$ 344.200.000
AUXILIOS EDUCATIVOS 2018 EMPLEADOS Y CONDUCTORES
UNIVERSIDADES Y TECNOLÓGICOS 65 PRESCOLAR - PRIMARIA -BACHILLERATO 195
ASOCIADOS
UNIVERSIDADES Y TECNOLÓGICOS 66
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 62
PRESCOLAR - PRIMARIA -BACHILLERATO 66
TOTAL AUXILIOS ENTREGADOS 392
VALOR ENTREGADO $ 344.200.000
PROGRAMAS DE GESTION 2018
Se continua con los programas de formación, recreación y deporte, para fomentar y ejecutar actividades académicas, físicas, deportivas y recreativas, a través de procesos formativos, preventivos y de proyección; para contribuir a la formación integral y al mejoramiento de la calidad de vida de la Familia COONORTE. Entre ellos el programa de Ingles EAFIT, programa de recreación y deporte Liga de Natación, Liga de Patinaje, Escuela de Iniciación Deportiva Politécnico Jaime Isaza Cadavid, los cuales se relacionan a continuación el costo generado en el año 2018:
1.1. PROGRAMA DE FORMACIÓN
PROGRAMA DE INGLÉS - EAFIT
PERIODO NRO PERIODO COSTO POR PERIODOS
2018-1 28 21.953.600
2018-2 28 18.983.330
TOTAL DEL AÑO 2018 40.936.930
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 63
1.2. PROGRAMAS DE RECREACIÓN Y DEPORTE
LIGA DE NATACIÓN
PERIODO NRO PERIODO VALOR PERIODOS
2018-1 12 2.432.000
2018-2 13 3.055.500
TOTAL DEL AÑO 2018 5.487.500
PROGRAMA DE PATINAJE (LIPATÍN)
PERIODO NRO PERIODO VALOR PERIODOS
2018-1 2 635.000
2018-2 3 845.000
TOTAL DEL AÑO 2018 1.480.000
ESCUELA DE INICIACIÓN DEPORTIVA POLITÉCNICO JAIME ISAZA CADAVID
PERIODO NRO PERIODO VALOR PERIODOS
2018-1 37 10.717.000
2018-2 40 10.655.760
TOTAL DEL AÑO 2018 21.372.760
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 64
2. BENEFICIARIOS CARNÉ ESTUDIANTIL
Como parte de responsabilidad Social COONORTE, continúa beneficiando a la comunidad de los municipios de Antioquia, con el Carné con descuento, beneficiando a los estudiantes y a las personas con incapacidad o tratamientos médicos, los cuales requieren viajes contantes para cumplir con requisitos académicos o médicos, el descuento aplicado por tiquete es del 30% del valor del tiquete. CARNÉ ESTUDIANTIL
CON DESCUENTO DEL 30%
182
$ 76.665.600
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 65
3. EVENTOS ESPECIALES
Como parte del Programa de Bienestar laboral, se ejecutaron las siguientes actividades en el año 2018:
MES
EVENTO POBLACIÓN VALOR EVENTO
MARZO DIA DE LA MUJER 100 13.735.832
ABRIL DÍA DEL NIÑO 478 35.304.099
MAYO DIA DE LA MADRE 250 55.032.479
JULIO DIA DEL CONDUCTOR 441 44.041.658
DICIEMBRE
DIA DE LA FAMILIA MEDELLIN - MUNICIPIOS
615 70.054.543
DIA DE LA FAMILIA CAUCASIA
127 15.450.951
DIA DE LA FAMILIA ITUANGO
27 3.237.750
CENA NAVIDEÑA 100 13.435.500
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 66
LX Asamblea General de Asociados, 20 de marzo de 2019 67
4. ACOMPAÑAMIENTO PSICOLÓGICO
El objetivo del acompañamiento psicológico a los asociados, empleados y sus familias, es guiar a la persona en sus emociones y vivencias frente a algún acontecimiento importante, con el fin de establecer un contacto humano reconfortante y disponible para el cumplimiento de sus actividades laborales y personales, brindándole un marco de seguridad y confianza por el acompañamiento incondicional y dar sugerencias prácticas. Se relaciona el costo y la cantidad de personas intervenidas en el año 2018.
5. DONACIONES
DESCRIPCIÓN VALOR Donación fundación antorchas de vida 12.150.000 Celebración días especiales 11.497.368 Bonos regalo Ministerio de Transporte 4.900.000 Donación fiesta de la Juventud Amalfi 2.500.000 Contribución juguetes novena municipios varios 2.005.000 contribución económica mpio angostura fiestas de la panela 2.000.000 contribución económica mpio andes fiestas katias 2.000.000 Donación Iglesia - fiestas patronales Yarumal 1.000.000 donación Institución educativa María Auxilia- ANDES 1.000.000 Obsequio estación de Policía San Carlos 980.000 Donación de banderas para estación de policía 421.974 Dulces para novena de aguinaldo Caucasia 304.800 Obsequio Gerente Cootrasmed 160.000 Jornada cultural - Montelíbano 155.000 Pasacalles Yarumal 150.000 Arreglo floral fiesta de la V. Mercedes- Yarumal 132.000 Actividad lúdica y recreativa San Carlos - Evento Policía Nacional 105.000 Obsequio rifa Utrans 102.930 Ramo sepelio asociado Andes (Fabio Mona) 100.000 Ramo exequial- Andes 100.000 Descuentos tiquete Policía 92.500 Arreglo floral Parroquia Pueblo Nuevo- Amalfi 60.000 Confites para Halloween Puerto Berrio 48.000 Ancheta por convalecencia empleados 37.981
TOTAL 42.002.553
VALOR CANTIDAD
Acompañamiento psicológico $ 2.545.000 11
Scanned by CamScanner
Scanned by CamScanner
Scanned by CamScanner
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM Recibo No.: 0018033820 Valor: $5,800
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------Para verificar el contenido y confiabilidad de este certificado, ingresea www.certificadoscamara.com y digite el código de verificación. Estecertificado, que podrá ser validado hasta cuatro (4) veces durante 60dias calendario contados a partir de la fecha de expedición delcertificado, corresponde a la imagen y contenido del certificado creadoen el momento en que se generó en las taquillas o a través de laplataforma virtual de la Cámara.------------------------------------------------------------------------
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN
El SECRETARIO DE LA CAMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA, confundamento en las matrículas e inscripciones del Registro Mercantil,
CERTIFICA
NOMBRE, IDENTIFICACIÓN Y DOMICILIO
NOMBRE COOPERATIVA NORTEÑA DE TRANSPORTADORES LTDA.
SIGLA COONORTE
DOMICILIO MEDELLIN
No. ESAL 21-000509-24
NIT: 890905680-2
INSCRIPCION REGISTRO ESAL
Tipo: Entidad de economia solidariaNúmero ESAL: 21-000509-24Fecha inscripción: 22/01/1997Ultimo año renovado: 2019Fecha de renovación de la inscripción: 21/03/2019Activo total: $37.625.981.815Grupo NIIF: 2 - Grupo I. NIIF Plenas.
UBICACIÓN Y DATOS GENERALES
Dirección del domicilio principal: Transversal 78 65 376Municipio: MEDELLÍN, ANTIOQUIA, COLOMBIATeléfono comercial 1: 4801580Teléfono comercial 2: 3104211347Teléfono comercial 3: No reporto
Página: 1 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
Correo electrónico: [email protected] [email protected]
Dirección para notificación judicial: Transversal 78 65 376Municipio: MEDELLÍN, ANTIOQUIA, COLOMBIATelefono para notificación 1: 4801580Teléfono para notificación 2: 3104211347Telefono para notificación 3: No reportoCorreo electrónico de notificación: [email protected] [email protected] [email protected]
Autorización para notificación personal a través del correo electrónicode conformidad con lo establecido en el artículo 67 del código deProcedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo: SI
CLASIFICACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - CIIU
Actividad principal:4921: Transporte de pasajeros
Actividad secundaria:5511: Alojamiento en hoteles
CONSTITUCIÓN
Que mediante certificado especial del 8 de enero de 1997, expedido porel Dancoop, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7o., delDecreto 0427 de marzo 5 de 1996, en el cual se indica el reconocimientode personería jurídica según Resolución No.413, del 22 de agosto de1964, inscrito en esta Cámara de Comercio el 22 de enero de 1997 , en ellibro 1o., bajo el No.538, se registró una Entidad sin ánimo de lucrodenominada:
COOPERATIVA NORTEÑA DE TRANSPORTADORES LTDA.
LISTADO DE REFORMAS
REFORMAS: Que hasta la fecha la Entidad sin ánimo de lucro ha sidoreformada por los siguientes documentos:
Acta No.36, del 27 de Marzo de 1996, de la Asamblea General.Escritura No.969 del 07 de Mayo de 2001, de la Asamblea Genral Ord.Escritura No.1209 de junio 6 de 2003, de la Notaría 3a. de Medellín.Escritura No.1167, del 30 de abril de 2004, Notaría 3a. de Medellín.
Escritura No.2012 del 31 de mayo de 2005, de la Notaría 3a. de Medellín.
Página: 2 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
ENTIDAD QUE EJERCE LA FUNCIÓN DE INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL
SUPERINTENDENCIA DE PUERTOS Y TRANSPORTE
TERMINO DE DURACIÓN
VIGENCIA: Que la Entidad sin Animo de Lucro no se halla disuelta y suduración es la siguiente: INDEFINIDA.
OBJETO SOCIAL
OBJETO SOCIAL: Para la prestación del servicio público de transporte entodas sus modalidades, SERVICIO POSTAL Y DE MENSAJERÍA ESPECIALIZADA,la Cooperativa tiene objetivos generales del acuerdo cooperativo,promover el desarrollo integral del ser humano y la solidaridaddirigidos hacia el logro de un progreso sostenible, a través deprácticas que consoliden una cultura organizacional creativa, crítica yemprendedora por medio de la planeación permanente, participativa ydemocrática conforme a los principios y prácticas de la economíasolidaria, en dirección hacia el mejoramiento permanente de la calidadde vida de todos sus asociados, empleados y comunidad en general.
Para su logro, cada uno de los estamentos se compromete a acatar lodispuesto en el Estatuto de la Cooperativa, sus reglamentos y lasdisposiciones vigentes dictadas por las autoridades legalmenteconstituidas.
ACTIVIDADES: Para el logro de sus objetivos la Cooperativa realizarálas siguientes actividades:
A. Organizar e incrementar en favor de sus asociados y de la comunidadde usuarios, servicios relacionados con la industria del transporte decarga y de pasajeros: Veredal, Urbano, Municipal, Intermunicipal,Departamental, Interdepartamental, Nacional e Internacional, utilizandopara el efecto unidades de propiedad de la Cooperativa y de susAsociados; para lo cual coordinará y controlará el trabajo de susAsociados y conductores garantizando así una eficiente y eficazprestación del servicio.
B. Establecer y cubrir itinerarios y tarifas en cualquier modalidad delservicio de transporte automotor dentro su ámbito de operaciones,cumpliendo para el efecto los requisitos establecidos por el GobiernoNacional e Internacional y creará las Oficinas, Agencias, Sub-agencias,Sucursales, puestos de control o controles en terminales que lanecesidad requiera.
C. Contratar por medio de licitación y/o directamente con entidadespúblicas o privadas el transporte regular de carga, de combustibles, depasajeros, de valores, de prensa, de correo, de encomiendas, etc.
Página: 3 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
D. Establecer o convenir servicios de protección de bienes y personas ygarantizar la responsabilidad a terceros, inherente al desarrollo de suactividad.
E. Establecer tarifas para movilización de pasajeros o carga, paraservicios regulares y especiales, cuando la demanda así lo requiera,previo estudio de la situación, en concordancia con la regulación quefije la autoridad competente.
F. Establecer mecanismos para la Ayuda Mutua; a fin de producir conmayor eficiencia en beneficio de sus asociados; regularizar tarifa ypropender por prestación de un servicio digno y remunerado.
G. Instalar equipos de revisión para los vehículos y capacitación aconductores, para garantizar un servicio seguro a los pasajeros yusuarios de transporte de cargo. Así mismo, tener estación de serviciopara suministro de combustible, para los vehículos de serviciointermunicipal de pasajeros.
H. Establecer depósitos y almacén para el aprovisionamiento,mantenimiento, conservación y adecuación de los vehículos automotores.
I. Convenir conjuntamente con sus asociados y con otras entidadesCooperativas, mecanismos para compras de escala a fin de logrardescuentos significativos y mejores condiciones de compra.
J. Adquirir en el país o fuera de él, de acuerdo a las disposicionesvigentes: Repuestos, herramientas, accesorios y demás elementosnecesarios para el normal desarrollo de la actividad transportadora,para el adecuado mantenimiento y la oportuna reposición del Parqueautomotor.
K. Establecer mecanismos y aplicar métodos modernos y didácticos parael entrenamiento, perfeccionamiento y actualización de sus asociados ydel personal al servicio de la Cooperativa, con el fín de difundir losprincipios de la Cooperación; tecnificar los servicios y métodos detrabajo, realizar encuestas y hacer investigaciones para el mejoramientodel servicio y convenir los planes de desarrollo.
L. Obtener la financiación para el desarrollo de los planes de lacooperativa y para facilitar la renovación de las unidades de trabajo desus Asociados y de la Cooperativa.
M. Suscribir convenios, con otras entidades del sector cooperativo,para prestar a asociados servicios de vivienda, consumo, seguridadsocial, recreación, y otros, que no sean prestados directamente por laCooperativa.
Página: 4 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
N. Establecer e implementar programas especiales para el mejoramientode las condiciones económicas y culturales de sus Asociados yTrabajadores.
O. Producir directamente, o a través de convenios; maquinarias,equipos, accesorios y materias primas, necesarios para el buenfuncionamiento y desarrollo de la actividad transportadora.
P. Estimular la integración entre cooperativas del Gremio, facilitandola concentración de compras, adquisiciones y prestación de serviciosconjuntos.
Q. Contribuír a la Educación y difusión del Cooperativismo a través delos sistemas que se considere pertinente, propiciando y auspiciando:Publicaciones, conferencias, seminarios y participando activamente en elproceso de integración del Cooperativismo a nivel Nacional, Continentaly Mundial.
R. Facilitar la prestación de aquellos servicios que seancomplementarios o concomitantes a los descritos en los literalesanteriores.
S. En general, todos los servicios que contribuyan al bienestar de susAsociados y Trabajadores a su mejoramiento social y económico, para locu al podrá realizar toda clase de actos, contratos, operacionesy negocios jurídicamente lícitos que se relacionen con el cumplimientode sus objetivos sociales y el desarrollo de sus actividades.
T. El servicio postal de mensajería especializada se prestará en todo elpaís y podrá hacerse en conexión con el exterior.
HABILITACIÓN(ES) ESPECIAL(ES)
Mediante inscripción No. 1184 de noviembre 26 de 2013 se registró elActo Administrativo No. 00101 de marzo 26 de 2001 expedido por ELMINISTERIO DE TRANSPORTE que lo habilita para prestar el serviciopúblico de transporte automotor en la modalidad de carga.
PATRIMONIO
QUE EL PATRIMONIO DE LA ENTIDAD ES: $759.671 EN MILES DE PESOS
Por certificado especial del 8 de enero de 1997, expedido por elDancoop, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7o., del Decreto0427 de marzo 5 de 1996, en el cual se indica el reconocimiento depersonería jurídica según Resolución No.413 del 22 de agosto de 1964,inscrito en esta Cámara de Comercio el 22 de enero de 1997, en el libro1o., bajo el No.538.
Página: 5 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN
REPRESENTACION LEGAL: El Gerente es el Representante Legal de laCooperativa, principal ejecutor de las decisiones del Consejo deAdministración y de la Asamblea, Director General de la Administración ysuperior de todos los funcionarios. Nombrado por el Consejo deAdministración con un primer y segundo suplente, organismo éste que lefijará su remuneración.
NOMBRAMIENTOS:
CARGO NOMBRE IDENTIFICACION
GERENTE GENERAL ENCARGADO ANGEL FERNEY URIBE 8.153.814Y REPRESENTANTE LEGAL OTALVARO DESIGNACION
Por Acta número 1220 del 21 de noviembre de 2018, del Consejo deAdministracion, registrado(a) en esta Cámara el 23 de enero de 2019, enel libro 3, bajo el número 14
PRIMER REPRESENTANTE ANGEL FERNEY URIBE 8.153.814LEGAL SUPLENTE OTALVARO DESIGNACION
Por Acta número 117 del 21 de junio de 2013, de la Consejo deAdministración, registrado(a) en esta Cámara el 2 de agosto de 2013, enel libro 3, bajo el número 914
SEGUNDO REPRESENTANTE LUZ DIARLEY HERNANDEZ POSADA 43.599.179LEGAL SUPLENTE DESIGNACION
Por Acta número 1183 del 21 de octubre de 2016, de la Consejo deAdministracion, registrado(a) en esta Cámara el 13 de diciembre de 2016,en el libro 3, bajo el número 820
FUNCIONES DEL GERENTE:
1. Representar legal y judicialmente a la Cooperativa.
2. Organizar, coordinar y supervisar las actividades operativas y deadministración, entre estas poner en marcha las dependenciasadministrativas, oficinas, sucursales, agencias que señale el Consejo deAdministración y de conformidad con las normas legales vigentes.
3. Nombrar y remover el personal administrativo.
Página: 6 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
4. Mantener las relaciones y la comunicación de la administración conlos órganos directivos, asociados y terceros.
5. Elaborar y someter a aprobación del Consejo de Administración losreglamentos de carácter interno relacionados con el cumplimiento delobjeto social de la Cooperativa.
6. Celebrar contratos, con la aprobación del Consejo de Administración.
7. Revisar operaciones de giro ordinario de la Cooperativa.
8. Verificar diariamente el estado de caja.
9. Responsabilizarse de enviar oportunamente los informes respectivos alas entidades competentes.
10. Las demás que se deriven de la naturaleza de su cargo.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
SUSPENSION PROVISIONAL: Que por Oficio No. 2967, del 7 de octubre de2016, del Juzgado Trece Civil Municipal de Oralidad, registrado en estaCámara el 03 de noviembre de 2016, en el libro 3º., bajo el No. 763, sedecreto la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos delActa No. 57, del 22 de marzo de 2016, de la LVII Asamblea GeneralOrdinaria de Asociados de la Cooperativa Norteña de TransportadoresLtda. "Coonorte", razón por la cual se le esta oficiando para quesuspenda el correspondiente registro del 17 de junio de 2016, en ellibro 3, bajo el No. 492.
CONSEJO DE ADMINISTRACION
CARGO NOMBRE IDENTIFICACION
PRINCIPAL JESUS ULDARICO OSSA 70.826.711 GIRALDO DESIGNACION
PRINCIPAL REINALDO HERNAN DUQUE 70.352.868 VELASQUEZ DESIGNACION
PRINCIPAL DAIRO IVAN ARIAS RIOS 70.551.681 DESIGNACION
PRINCIPAL JAIRO DE JESUS GIRALDO 3.492.974 PIEDRAHITA DESIGNACION
Página: 7 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
PRINCIPAL GUSTAVO DE JESUS GOMEZ 8.354.408 RIVAS DESIGNACION
PRINCIPAL JOSE GUSTAVO VARGAS MUÑOZ 8.398.461 DESIGNACION
PRINCIPAL FABIAN ALDEMAR GIRALDO 71.332.868 LOPEZ DESIGNACION
SUPLENTE CARLOS JULIO VASQUEZ 70.517.454 CARDENAS DESIGNACION
SUPLENTE EUGENIO MARIA LOPEZ 70.162.305 GIRALDO DESIGNACION
SUPLENTE JOHN FREDY ARBOLEDA RENDON 15.533.717 DESIGNACION
SUPLENTE CORNELIO ELIAS SUCERQUIA 15.274.386 TAPIAS DESIGNACION
SUPLENTE OSCAR HERNAN MONTES DUQUE 70.825.156 DESIGNACION
SUPLENTE FRANCISCO ELIAS GOMEZ 15.507.623 RAMIREZ DESIGNACION
SUPLENTE GERMAN DARIO MAZO MELGUIZO 71.002.253 DESIGNACION
Por Acta número 59 del 27 de marzo de 2018, de la Asamblea GeneralOrdinaria de Asociados, registrado(a) en esta Cámara el 4 de mayo de2018, en el libro 3, bajo el número 343.
REVISORÍA FISCAL
REVISORES FISCALES
CARGO NOMBRE IDENTIFICACION
REVISOR FISCAL PRINCIPAL HERNAN DARIO MORENO ACOSTA 70.123.995 RATIFICACION
Página: 8 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
Por Acta número 53 del 27 de marzo de 2012, de la Asamblea GeneralOrdinaria registrada en esta Cámara el 10 de mayo de 2012, en el libro3, bajo el número 423
REVISOR FISCAL SUPLENTE CARLOS MARIO RAMIREZ 70.781.232 ACEVEDO RATIFICACION
Por Acta número 53 del 27 de marzo de 2012, de la Asamblea GeneralOrdinaria registrada en esta Cámara el 10 de mayo de 2012, en el libro3, bajo el número 423
SITUACIÓN(ES) DE CONTROL / GRUPO EMPRESARIAL
SITUACION DE CONTROL
SITUACION DE CONTROL - COOPERATIVA NORTENA DE TRANSPORTADORES LTDA.
MATRIZ: 000509-24 COOPERATIVA NORTENA DE TRANSPORTADORES LTDA. SIGLA: COONORTE DOMICILIO: MEDELLÍN - COLOMBIANA ACTIVIDAD: SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE EN TODAS SUS MODALIDADES, SERVICIO POSTAL Y DE MENSAJERIA ESPECIALIZADA. CONFIGURACION: DOCUMENTO PRIVADO DE MARZO 26 DE 2015 DATOS INSCRIPCION: Libro 3 Nro. 226 15/04/2015
CONTROLA DIRECTAMENTE A:
232874 04 TERMINAL DE TRANSPORTE DE CAUCASIA, TETRACAUCA S.A. DOMICILIO: CAUCASIA - COLOMBIANA Filial PRESUPUESTO: ARTICULO 261-NUMERAL 1 DEL CODIGO DE COMERCIO: POSEE EL 53.59% DEL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ACTIVIDAD: CONTRIBUIR A LA SOLUCIÓN DEL PROBLEMA DE TRANSPORTE EN LA CIUDAD DE CAUCASIA, Y SU ÁREA CIRCUNVECINA, PARA EFECTOS SOCIO URBANÍSTICO DE CONTROL DE LA ACTIVIDAD TRANSPORTADORA Y MEJORAMIENTO DEL SERVICIO. PARA DICHO EFECTO CONSTITUIRÁ Y EXPLOTARÁ UNA TERMINAL DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN EL MUNICIPIO DE CAUCASIA, DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA CON EL FIN DE ORGANIZAR LOS SERVICIOS DE BUSES Y TAXIS. CONFIGURACION: DOCUMENTO PRIVADO DE MARZO 26 DE 2015 DATOS INSCRIPCION: Libro 3 Nro. 226 15/04/2015
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
CERTIFICA
Que en la CAMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA, no apareceinscripción posterior a la anteriormente mencionada, de documentos
Página: 9 de 10
CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA Certificado Existencia y Representación Fecha de expedición: 21/03/2019 - 11:22:42 AM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: cduacknaXhdjiijK------------------------------------------------------------------------
referentes a reforma, disolución, liquidación o nombramiento derepresentantes legales de la expresada entidad.
Los actos de inscripción aquí certificados quedan en firme diez (10)días hábiles después de la fecha de su notificación, siempre que losmismos no hayan sido objeto de los recursos, en los términos y en laoportunidad establecidas en los artículos 74 y 76 del Código deProcedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Este certificado cuenta con plena validez jurídica según lo dispuesto enla ley 527 de 1999. En él se incorporan tanto la firma mecánica que esuna representación gráfica de la firma del Secretario de la Cámara deComercio de Medellín para Antioquia, como la firma digital y larespectiva estampa cronológica, las cuales podrá verificar a través desu aplicativo visor de documentos PDF.
Si usted expidió el certificado a través de la plataforma virtual, puedeimprimirlo con la certeza de que fue expedido por la Cámara de Comerciode Medellín para Antioquia. La persona o entidad a la que usted le va aentregar el certificado puede verificar su contenido, hasta cuatro (4)veces durante 60 días calendario contados a partir del momento de suexpedición, ingresando a www.certificadoscamara.com y digitando elcódigo de verificación que se encuentra en el encabezado del presentedocumento. El certificado a validar corresponde a la imagen y contenidodel certificado creado en el momento en que se generó en las taquillas oa través de la plataforma virtual de la Cámara.
Página: 10 de 10
ESTATUTO GENERAL
COOPERATIVA NORTEÑA DE TRANSPORTADORES LTDA,
“COONORTE LTDA”.
CAPITULO I
NOMBRE SOCIAL, DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL DE
OPERACIONES
Artículo 1º. Naturaleza y razón social: LA COOPERATIVA NORTEÑA DE TRANSPORTADORES LTDA., cuya sigla es “COONORTE LTDA”, es una
persona jurídica de Derecho Privado, Empresa asociativa sin ánimo de lucro, de responsabilidad limitada de número de asociados y de patrimonio social variable e ilimitado, regida por la Ley, los principios universales del
cooperativismo y el presente Estatuto.
Artículo 2º. Domicilio y Ámbito Territorial: El domicilio principal de la Cooperativa será la ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia, República de Colombia, tiene como ámbito de operaciones Nacional y
podrá extenderla a nivel internacional, y establecer oficinas, Agencias, Sucursales o Seccionales en otras Ciudades y Departamentos del país o
del exterior, según las normas legales que regulen el servicio de transporte público y el cooperativismo.
Artículo 3º. Duración: La duración de la Cooperativa será indefinida, pero podrá disolverse y liquidarse en cualquier momento, con sujeción a las normas legales, reglamentarias y estatutarias.
Artículo 4º. Normas que nos rigen: La Cooperativa estará
integrada por los asociados actuales y por quienes se adhieran, y se regirán por los principios y valores del cooperativismo, por las normas legales vigentes y en general por las normas del derecho aplicable a su
condición de persona jurídica.
CAPITULO II
OBJETO DEL ACUERDO COOPERATIVO Y ENUMERACIÓN DE SUS ACTIVIDADES
Artículo 5º. Objetivos del Acuerdo Cooperativo: Para la prestación del
servicio público de transporte en todas sus modalidades, servicio postal y de mensajería especializada, la Cooperativa tiene como objetivos generales del acuerdo cooperativo, promover el desarrollo integral del ser humano y
la solidaridad dirigidos hacia el logro de un progreso sostenible, a través de prácticas que consoliden una cultura organizacional creativa, crítica y emprendedora por medio de la planeación permanente, participativa y
democrática conforme a los principios y prácticas de la economía solidaria,
Estatuto General “Coonorte” 2
en dirección hacia el mejoramiento permanente de la calidad de vida de
todos sus asociados, empleados y comunidad en general. Para su logro, cada uno de los estamentos se compromete a acatar lo dispuesto en el Estatuto de la Cooperativa, sus reglamentos y las disposiciones vigentes
dictadas por las autoridades legalmente constituidas.
Artículo 6º. Actividades: Para el logro de sus objetivos la Cooperativa realizará las siguientes actividades:
a. Organizar e incrementar en favor de sus asociados y de la comunidad de usuarios, servicios relacionados con la industria del
transporte de Carga y de Pasajeros: Veredal, Urbano, Municipal, Intermunicipal, Departamental, Interdepartamental, Nacional e Internacional, utilizando para el efecto unidades de propiedad de la
Cooperativa y de sus asociados; para lo cual coordinará y controlará el trabajo de sus asociados y conductores garantizando así una eficiente y eficaz prestación del servicio.
b. Establecer y cubrir itinerarios y tarifas en cualquier modalidad del servicio de transporte automotor dentro de su ámbito de
operaciones, cumpliendo para el efecto los requisitos establecidos por el Gobierno Nacional e internacional y creará las Oficinas, Agencias, Sub-Agencias, Sucursales, puestos de control o controles
en terminales que la necesidad requiera. c. Contratar por medio de licitación y/o directamente con entidades
públicas o privadas el transporte regular de carga, de combustibles, de pasajeros, de valores, de prensa, de correo, de encomiendas, etc.
d. Establecer o convenir servicios de protección de bienes y personas y
garantizar la responsabilidad a terceros, inherente al desarrollo de su actividad.
e. Establecer tarifas para movilizaciones de pasajeros o carga, para
servicios regulares y especiales, cuando la demanda así lo requiera, previo estudio de la situación, en concordancia con la regulación que
fije la autoridad competente. f. Establecer mecanismos para la Ayuda Mutua, a fin de producir con
mayor eficiencia en beneficio de sus asociados, regularizar tarifa y
propender por prestación de un servicio digno y remunerativo. g. Instalar equipos de revisión para los vehículos y capacitación a
conductores, para garantizar un servicio seguro a los pasajeros y
usuarios de transporte de carga. Así mismo, tener estación de servicio para suministro de combustible, para los vehículos de
servicio intermunicipal de pasajeros. h. Establecer depósitos y almacén para el aprovisionamiento,
mantenimiento, conservación y adecuación de los vehículos
automotores. i. Convenir conjuntamente con sus asociados y con otras entidades
cooperativas, mecanismos para compras de escala, a fin de lograr descuentos significativos y mejores condiciones de compra.
j. Adquirir en el país o fuera de él, de acuerdo a las disposiciones
vigentes: Repuestos, herramientas, accesorios y demás elementos necesarios para el normal desarrollo de la actividad transportadora, para el adecuado mantenimiento y la oportuna reposición del
Parque automotor.
Estatuto General “Coonorte” 3
k. Establecer mecanismos y aplicar métodos modernos y didácticos
para el entrenamiento, perfeccionamiento y actualización de sus asociados y del personal al servicio de la Cooperativa, con el fin de difundir los principios de la cooperación; tecnificar los servicios y
métodos de trabajo, realizar encuestas y hacer investigaciones para el mejoramiento del servicio y convenir los planes de desarrollo.
l. Obtener la financiación para el desarrollo de los planes de la Cooperativa y para facilitar la renovación de las unidades de trabajo de sus asociados y de la Cooperativa.
m. Suscribir convenios, con otras entidades del sector cooperativo, para prestar a sus asociados servicios de vivienda, consumo, seguridad
social, recreación, y otros, que no sean prestados directamente por la Cooperativa.
n. Establecer e implementar programas especiales para el
mejoramiento de las condiciones económicas y culturales de sus asociados y trabajadores.
o. Producir directamente o a través de convenios: maquinarias,
equipos, accesorios y materias primas, necesarios para el buen funcionamiento y desarrollo de la actividad transportadora.
p. Estimular la integración entre cooperativas del gremio, facilitando la concentración de compras, adquisiciones y prestación de servicios conjuntos.
q. Contribuir a la educación y difusión del cooperativismo a través de los sistemas que se consideren pertinentes, propiciando y
auspiciando: publicaciones, conferencias, seminarios, y participando activamente en el proceso de integración del cooperativismo a nivel Nacional, Continental y Mundial.
r. Facilitar la presentación de aquellos servicios que sean complementarios o concomitantes a los descritos en los literales anteriores.
s. En general, todos los servicios que contribuyan al bienestar de sus asociados y trabajadores a su mejoramiento social y económico, para
lo cual podrá realizar toda clase de actos, contratos, operaciones y negocios jurídicamente lícitos que se relacionen con el cumplimiento de sus objetivos sociales y el desarrollo de sus actividades.
t. El servicio postal de mensajería especializada se prestará en todo el país y podrá hacerse en conexión con el exterior.
Artículo 7º. Actos Cooperativos y sujeción a los principios: Las actividades previstas en el artículo anterior que la Cooperativa realice con
sus asociados o con otras cooperativas de acuerdo a sus objetivos sociales, constituyen actos cooperativos y en su ejecución se dará aplicación a los principios básicos del cooperativismo, así como a sus
métodos y procedimientos universalmente aceptados. La Cooperativa por medio de sus órganos competentes, podrá organizar los establecimientos
y dependencias administrativas que sean necesarias de conformidad en las normas legales vigentes y realizar toda clase de actos, contratos, operaciones y negocios jurídicos lícitos que se relacionen directamente con
el desarrollo de sus actividades y en cumplimiento de sus objetivos.
Estatuto General “Coonorte” 4
Los diversos servicios de la Cooperativa podrán ser organizados en
Departamentos o Secciones de acuerdo con las características de cada tipo, aprobados por el Consejo de Administración.
Parágrafo Primero: Reglamentación de los servicios. Para el establecimiento de los servicios de la Cooperativa, el Consejo de
Administración dictará las reglamentaciones particulares donde se consagren los objetivos específicos, los recursos económicos de operación de los mismos, la estructura administrativa que se requiera, como todas
aquellas disposiciones que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de su objeto social.
Parágrafo Segundo: Convenios para prestación de servicios. Cuando no sea posible o conveniente prestar directamente un servicio a sus
asociados, la Cooperativa podrá atenderlo por intermedio de otras entidades, en especial del sector cooperativo, celebrando para el efecto convenios especiales.
Parágrafo Tercero: Para el desarrollo de un departamento ya sea por
incremento o reposición se tendrá en cuenta primero el sector correspondiente a que va dirigido el objeto y por consiguiente sino se cumple por parte de ellos en el tiempo y reglas previstas se hará exclusivo
a los demás sectores. Agotado éste y no cumpliéndose la totalidad de lo previsto se abrirá a terceros que reúnan los requisitos exigidos para tal fin
y legalizarse como asociado de la Cooperativa. Parágrafo Cuarto: Para la prestación del servicio de mensajería
especializada, se modifica el objeto social de la Cooperativa y se hará el registro mediante escritura pública, que certificará además la Cámara de Comercio de Medellín.
CAPITULO III
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS, CONDICIONES PARA SU
ADMISIÓN, RETIRO Y EXCLUSIÓN Y DETERMINACIÓN DEL ÓRGANO COMPETENTE PARA SU DECISIÓN
Artículo 8°. Son derechos de los asociados:
a. Realizar con la Cooperativa todas las operaciones autorizadas por el
Estatuto y reglamento, en las condiciones establecidas por éstos.
b. Servirse de los programas que ofrece la Cooperativa, en la forma prevista en el presente Estatuto y en las Ordenanzas, Acuerdos,
Relaciones o Disposiciones de la Asamblea General y del Consejo de Administración.
c. Participar en la gestión y control de la Cooperativa, desempeñando
los cargos sociales y de elección, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto y reglamentos.
Estatuto General “Coonorte” 5
d. Ejercer el sufragio en la Asamblea General, aplicando el principio
cooperativo: A cada asociado hábil le corresponde un (1) voto solamente.
e. Participar en la Fiscalización de la Gestión Económica y Financiera
de la Cooperativa, en la forma prevista por la ley y de acuerdo al Estatuto y Reglamentos.
f. Presentar a los organismos directivos proyectos e iniciativas que propendan por el mejoramiento de la Cooperativa.
g. Presentar a la Junta de Vigilancia quejas fundamentales contra los
administradores o sugerencia para el mejoramiento de los servicios. h. Beneficiarse de los programas que realiza la Cooperativa y gozar de
las prerrogativas del sistema. i. Ser informado de la gestión de la Cooperativa de acuerdo con las
prescripciones estatutarias.
j. Retirarse voluntariamente de la Cooperativa en cualquier momento, mientras ésta no esté en proceso de disolución y liquidación.
k. Las demás que les otorguen las leyes.
Artículo 9°. Condición para ejercer los Derechos: Los derechos
consagrados en el presente Estatuto sólo podrán ser ejercidos por los asociados que se encuentren al día en el cumplimiento de sus deberes y obligaciones para con la Cooperativa; y el ejercicio de los mismos estará
condicionado al cumplimiento de los deberes u obligaciones correlativos.
Artículo 10°. Son deberes de los asociados: a. Adquirir conocimiento sobre principios básicos del cooperativismo,
características del acuerdo cooperativo y Estatuto que rige la entidad.
b. Comportase con espíritu cooperativo; contribuir al engrandecimiento
de su Cooperativa, al fomento del movimiento en general y a la Solidaridad Gremial.
c. Guardar lealtad para la Cooperativa y procurar su estabilidad económica y financiera, absteniéndose de ejecutar hechos o incurrir en omisiones que puedan afectarla.
d. Hacer uso habitual de los servicios que presta la Cooperativa en las modalidades, condiciones y términos establecidos en el Estatuto y en los reglamentos internos.
e. Comportarse en sus relaciones con la Cooperativa y con los demás asociados, con un alto espíritu solidario.
f. Procurar el mayor prestigio social de la Cooperativa y abstenerse de actuar, en forma tal, que pueda perjudicar su imagen.
g. Pagar al momento de su ingreso, una cuota de admisión equivalente
a tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Cuota que no es reembolsable.
h. Suscribir los certificados de aportación, previstos en el presente Estatuto y pagarlos acorde a la Reglamentación General, que para el efecto dicte el Consejo de Administración.
i. Cumplir estrictamente los compromisos financieros que adquiere como consecuencia de su ingreso o por la Utilización de sus servicios.
Estatuto General “Coonorte” 6
j. Acatar fielmente el Estatuto, las disposiciones de la Asamblea
General y del Consejo de Administración, así como cumplir estrictamente los otros compromisos que adquiera como consecuencia del uso de sus servicios.
k. Aceptar y cumplir las determinaciones emanadas de las Directivas, siempre que éstas se adopten de conformidad con la ley y el
Estatuto. l. Participar en los programas de Educación, utilización y
entrenamiento que programe la Cooperativa en la forma dispuesta
por el Consejo de Administración. m. Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo
n. Participar en la Asamblea General y asumir responsablemente los cargos sociales para los cuales sea designado o Electo.
o. Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten
la estabilidad económica o el prestigio social de la Cooperativa. p. Dar aviso oportuno sobre cualquier cambio de domicilio o dirección o
suministrar oportunamente las informaciones personales o
comerciales que le solicite la Cooperativa.
Parágrafo: El ejercicio de los derechos estará condicionado al cumplimiento de los deberes teniendo en cuenta la habilidad del asociado.
Artículo 11°. Calidad de asociado: Podrá ser asociado de la Cooperativa:
Las personas naturales legalmente capaces y los menores de edad que hayan cumplido catorce años. O quienes sin haberlos cumplido, se
asocien a través de representante legal. Artículo 12°. Requisitos de admisión de los asociados: Las personas
Naturales que deseen ingresar a la Cooperativa, deberán presentar solicitud escrita al Consejo de Administración y reunir como mínimo los
siguientes requisitos: a. Comprobar buena conducta, moralidad en el oficio y gozar de buen
crédito; tener la característica común de ser trabajador de la actividad del transporte y estar domiciliado dentro del ámbito territorial de operaciones de la Cooperativa.
b. Vincular sus unidades automotoras al servicio del transporte. c. Pueden pertenecer en el momento de su ingreso como en el tiempo
de permanencia dentro de la Cooperativa a otra empresa comercial de transporte que persiga los mismos fines de COONORTE, como asociado, más no como directivo.
d. No haber sido despedido con justa causa, (con o sin indemnización), como empleado de la Cooperativa.
e. Pagar al momento del ingreso una cuota de admisión equivalente a tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento del ingreso. Cuota ésta que no es reembolsable.
f. Suscribir y pagar en la forma establecida los certificados de aportación previstos en el presente Estatuto.
Estatuto General “Coonorte” 7
g. Estar en capacidad, de acuerdo con la naturaleza de su actividad
principal, de hacer uso permanente de los servicios que presta la Cooperativa y de participar en ella.
h. Facilitar la información personal que requiere la Cooperativa, las
recomendaciones que ésta considere pertinentes y aceptar que se efectúen las averiguaciones del caso. La información Inexacta,
tergiversada y/o falsa será causal para decretar la expulsión o exclusión del asociado en cualquier tiempo o momento que se determine.
Artículo 13°. Solicitud de admisión: La solicitud de admisión deberá
presentarse ante el gerente de la Cooperativa debidamente firmada por el solicitante y deberá contener los datos de este, la relación de vehículos con los cuales pretende asociarse o en su defecto las circunstancias de orden
legal o Estatutarias que permitan su asociación. Parágrafo: En Caso de asociarse con uno o varios vehículos la tarjeta de
propiedad o matrícula deberá estar a nombre del solicitante. Con un vehículo sólo podrá asociarse uno y sólo un asociado.
Artículo 14°. Competencia para la admisión: Corresponde al Consejo de Administración aprobar o denegar las solicitudes de admisión,
aplicando para ello los principios Universales del cooperativismo, el presente Estatuto y las Leyes Vigentes.
Artículo 15°. Pérdida de la calidad de asociado: La calidad de asociado de la Cooperativa se pierde:
a. Por el retiro voluntario. b. Por el retiro forzoso.
c. Por exclusión. d. Por fallecimiento.
e. Por disolución de la Cooperativa. Artículo 16°. Retiro voluntario: El derecho del retiro voluntario está
sujeto a las siguientes condiciones: a. Sólo podrá efectuarse cuando se haya pagado totalmente el aporte
social previsto en el presente Estatuto y no afecte con él, capital mínimo establecido.
b. No podrá tramitarse solicitud de retiro mientras el asociado no se encuentre a Paz y Salvo, por todo concepto, con la Cooperativa.
c. El retiro no podrá afectar en ningún caso, el funcionamiento normal
de la Cooperativa o el número mínimo de asociados que establece la ley para su constitución.
d. El retiro deberá solicitarse por escrito al Consejo de Administración y éste se pronunciará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de la solicitud.
e. El Consejo de Administración podrá abstenerse de considerar la solicitud de retiro, cuando el asociado se encuentre en cualquiera de los casos que dan lugar a la sanción de exclusión.
Estatuto General “Coonorte” 8
Artículo 17°. Devolución de Aportes: Una vez aprobada la solicitud de
retiro o de exclusión, la Cooperativa hará la respectiva liquidación de los aportes del asociado y las deducciones a que haya lugar. El pago se hará dentro de los ocho (8) días siguientes a la aprobación del retiro o exclusión.
Artículo 18°. Reintegro posterior al retiro voluntario: El asociado que
se haya retirado voluntariamente de la Cooperativa y desee nuevamente ingresar deberá cumplir los requisitos exigidos para los nuevos asociados; y haber dejado transcurrir un mínimo de tres (3) años desde su retiro y
sólo por una vez, se pagará totalmente el valor de los certificados de aportación que le fueron devueltos como concurrencia de su retiro, en el
evento de solicitar su reingreso en un tiempo menor a los tres (3) años establecidos.
Artículo 19°. Retiro forzoso: Se entiende por retiro forzoso la ocurrencia de circunstancias graves que pongan al asociado en imposibilidad de cumplir sus obligaciones para con la Cooperativa, o la pérdida de uno de
los requisitos establecidos para su asociación, pudiendo solicitar ingresar nuevamente cumpliendo los requisitos exigidos para los nuevos asociados
y pagar totalmente el valor de los aportes devueltos, sí lo hace antes de tres años.
Parágrafo Primero: En caso de retiro. En el caso de retiro del vehículo propiedad del asociado éste quedará suspendido en sus derechos de
asociado, hasta que vincule un nuevo vehículo, para lo cual dispondrá de noventa (90) días calendarios.
Transcurridos este plazo, el asociado perderá su calidad de tal y por lo tanto el derecho de reponer el vehículo. Retornando el cupo a propiedad de la Cooperativa.
Parágrafo Segundo: En caso de fuerza mayor el Consejo de
Administración previa presentación de la documentación respectiva y certificado de la Junta de Vigilancia, podrá autorizar una prorroga hasta ciento cincuenta (150) días en total, incluyendo los noventa (90) días y
sólo por una vez.
CAPITULO IV
RÉGIMEN DE SANCIONES, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS
Artículo 20°. Causales de sanción: El Consejo de Administración sancionará a los asociados conforme a los procedimientos señalados en el
presente Estatuto y en los casos que se constituyan en infracciones al Estatuto, reglamentos, principios, valores del cooperativismo y por las causales siguientes:
1. Realizar actos que causen perjuicio moral o material a la
Cooperativa.
Estatuto General “Coonorte” 9
2. Utilizar indebidamente o cambiar el destino de los recursos
financieros obtenidos con la Cooperativa. 3. Por inasistencia injustificada a las reuniones de Asamblea General,
Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, Comité de
Educación y demás actos programados por la administración. 4. Incumplir las tareas dadas por la Asamblea General y el Consejo de
Administración. 5. Por incumplimiento de las obligaciones pecuniarias con la
Cooperativa.
6. El mal comportamiento en las dependencias de la Cooperativa. 7. El irrespeto a otros asociados, empleados, administradores, usuarios
y directivos de la Cooperativa. Artículo 21°. Sanciones. Se establece la siguiente escala de sanciones a
los asociados:
1. Amonestaciones que consisten en llamada de atención verbal.
2. Censura por escrito con copia a la hoja de vida del asociado. 3. Multa pecuniaria hasta por un salario mínimo mensual legal
vigente, (1SMMLV), que ingresará al Fondo de Recreación. 4. Suspensión de los derechos cooperativos hasta por un tiempo de
treinta días (30)
5. Exclusión.
Parágrafo Primero: Reincidencia. En caso de reincidencia las sanciones disciplinarias serán aplicadas de acuerdo con lo siguiente:
1. Después de una (1) amonestación durante un (1) año, la nueva sanción no podrá ser inferior a la censura.
2. Después de dos (2) sanciones durante un (1) año entre las cuales
hubiese al menos una (1) censura, la nueva sanción no podrá ser inferior a la suspensión.
3. Después de tres (3) sanciones durante un (1) año, entre las cuales hubiese al menos una (1) suspensión, la nueva sanción será la exclusión.
Parágrafo Segundo: Atenuantes. Las sanciones disciplinarias se aplicarán teniendo en cuenta los atenuantes y agravantes que a
continuación se relacionan:
1. Se entenderá como atenuante el cumplimiento oportuno por parte del asociado de todas las obligaciones desde el ingreso a la Cooperativa y su buen comportamiento.
2. El Consejo de Administración evaluará el grado de participación e interés del asociado en el logro de los objetivos sociales.
3. Se entenderá como agravante, rehusarse o hacer caso omiso de las comunicaciones escritas o verbales que hagan llegar los órganos de administración, control y vigilancia de la Cooperativa
en el ejercicio de sus funciones. Parágrafo Tercero: Causales de Sanción órganos de administración y
vigilancia. Para los miembros del Consejo de Administración y Junta de
Estatuto General “Coonorte” 10
Vigilancia, además de las causales, sanciones, justificaciones y agravantes
anotados, serán también motivo de sanción, el incumplimiento de las obligaciones que les corresponda como miembros de dichos organismos.
El Consejo de Administración podrá aplicar las sanciones contempladas en el presente Estatuto a los asociados que ocupen cargos en los órganos
de Administración y Vigilancia a excepción de la exclusión, para lo cual será necesario que la Asamblea General separe del cargo al directivo.
PROCEDIMIENTOS
Artículo 22°. Procedimientos: Recibida la queja contra el asociado, el Gerente hará una evaluación y llamará al asociado inculpado para que
presente los descargos respectivos. Hechas las diligencias, el Gerente presentará la queja y los descargos ante
el Consejo de Administración en la sesión próxima a la fecha de los descargos. Analizada la situación y en caso de ser procedente la sanción,
la aplicará mediante resolución motivada, la cual será notificada al asociado dentro de los términos del artículo 28º, del presente Estatuto.
Artículo 23°. Recurso de Reposición: Contra la resolución que imponga sanción diferente a la exclusión sólo procederá el recurso de
reposición ante el Consejo de Administración, el cual deberá ser presentado por escrito dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación.
Parágrafo: El asociado tendrá derecho a sustentar sus descargos o su reposición ante el Consejo de Administración en reunión de éste, previa
petición del interesado.
Artículo 24°. Causales de exclusión: Además de los casos previstos en la Ley 79 de 1988, El Consejo de Administración decretará la exclusión de los asociados, en los siguiente casos:
a. Por infracciones graves a la disciplina social que puedan desviar los
fines de la Cooperativa.
b. Por utilizar la Cooperativa para ejercer actividades proselitistas de carácter político, partidista o religioso o ejercerlas en su interior.
c. Delitos comprobados contra la propiedad, el honor, la integridad o la vida de las personas, o el tráfico de estupefacientes o contrabando.
d. Por valerse de medios desleales contrarios a los propósitos de la
Cooperativa. e. Por servirse de la Cooperativa en provecho de terceros.
f. Por falsedad o reticencia en los informes o documentos que requiere la Cooperativa, o por otorgar garantías falsas.
g. Por NO poseer vehículo o por tener la matrícula o tarjeta de
propiedad a su nombre y se demuestre con documentos de compraventa o traspaso la no-existencia de su propiedad y esté beneficiándose con ello como asociado de la Cooperativa.
Estatuto General “Coonorte” 11
h. Por entregar a la Cooperativa bienes de procedencia fraudulenta y
por efectuar operaciones ficticias en perjuicio de la Cooperativa, de sus asociados o terceros.
i. Por desviar la inversión de los recursos financieros obtenidos de la
Cooperativa. j. Por mora mayor a sesenta (60) días, en el cumplimiento de sus
obligaciones pecuniarias para con la Cooperativa sin causa justificada. El Consejo de Administración determinará para este último caso la reglamentación correspondiente.
k. Por descuido o abandono manifiesto de los vehículos o elementos puestos en cuidado o que sin serlo, se hayan comprometidos en
garantía para con la Cooperativa. l. Por inactividad o no-prestación de los servicios a la Cooperativa, por
un lapso de treinta (30) días.
m. Por negarse al arbitramiento establecido en el Estatuto para dirimir las diferencias surgidas entre la Cooperativa y sus asociados, o entre éstos, por causa o con ocasión de la actividad propia de la
misma. n. Por negarse a la conciliación establecida en el Estatuto para dirimir
las diferencias que surjan entre los asociados, o entre éstos y la Cooperativa.
o. Por negarse a pagar los salarios y prestaciones sociales a sus
dependientes, ocasionándole a la Cooperativa litigios. p. Por inasistencia consecutiva a tres (3) Asambleas Generales
Ordinarias de Asociados, sin causa justificada. El Consejo de Administración evaluará y determinará la exclusión, en caso de que el asociado justifique la no-asistencia.
q. Por abstenerse de recibir educación Cooperativa e impedir que los demás asociados la reciban.
r. Por efectuar operaciones ficticias en perjuicio de la Cooperativa, de
los asociados o de terceros.
Artículo 25°. Debido proceso: Para que proceda la exclusión de un asociado, es necesario que se adelante una previa investigación por parte de los miembros del Consejo de Administración o de la Junta de Vigilancia,
conclusiones que deberán constar en documento firmado por quienes la adelanten y discutido en reunión del Consejo de Administración.
Parágrafo: Si ante la ocurrencia de alguna o algunas de las causas previstas en el artículo anterior, el Consejo de Administración encontrare
que la sanción de exclusión es excesiva, podrá decretar la suspensión de los derechos del asociado infractor, indicando con precisión el periodo de la misma.
Artículo 26°. Descargos: Antes de que se produzca la resolución de
exclusión o suspensión deberá dársele al asociado, la oportunidad de ser oído en descargos.
Artículo 27°. Decisión motivada para la exclusión: La resolución sobre exclusión o suspensión de asociados deberán exponer los hechos sobre los cuales estén basadas y así como las razones legales y estatutarias de tales
medidas.
Estatuto General “Coonorte” 12
Artículo 28°. Notificación: El Consejo de Administración deberá notificar
la resolución sobre exclusión o suspensión al asociado afectado, personalmente o por carta certificada enviada a la dirección que figure en los registros de la Cooperativa.
De no ser posible lo anterior, se fijará un edicto en la cartelera de la oficina
principal por un termino de diez (10) días. Parágrafo: Contra la resolución de exclusión procede el recurso de
reposición elevado por el asociado ante el Consejo de Administración con el objeto de que se aclare, modifique o revoque. El Consejo de
Administración resolverá el recurso dentro de los TREINTA (30) días siguientes contados a partir de la fecha de la notificación.
Artículo 29°. Recurso de Apelación: Confirmada la resolución, los asociados sancionados por exclusión, tienen derecho al recurso de apelación ante la Asamblea General de Asociados o ante la Comisión de
Apelaciones, designada por la Asamblea. El asociado quedará suspendido en sus derechos hasta el fallo de apelación.
Artículo 30° Elección de la Comisión de Apelaciones: La Asamblea General nombrará una comisión de apelaciones, la cual estará integrada
por tres (3) asociados elegidos por ésta o por el sistema de cuociente electoral.
Artículo 31°. Período: El período de la Comisión de Apelaciones será igual al del Consejo de Administración.
Parágrafo: La Comisión de Apelaciones sólo conocerá de los casos de exclusión y sus decisiones serán obligatorias para las partes.
FALLECIMIENTO
Artículo 32°. Muerte del asociado: La muerte determina la pérdida de la
calidad de asociado a partir de la fecha de su deceso y la desvinculación se formalizará por el Consejo de Administración registrando en el acta de una reunión posterior a tal hecho.
Parágrafo Primero. Los Derechos del asociado muerto y
representación: En caso de retiro por fallecimiento, las aportaciones, intereses, excedentes y demás derechos pasarán a sus herederos, quienes comprobarán la condición de tales, de acuerdo con las normas civiles
vigentes. En todo caso los herederos deberán designar en un término improrrogable de dos meses, a partir del fallecimiento, la persona que los
representará ante la Cooperativa, sin que éste adquiera la calidad de asociado.
Parágrafo Segundo. Afiliación del heredero de asociado muerto. En los casos de fallecimiento o incapacidad permanente legalmente declarada, podrá ingresar a la Cooperativa en calidad de asociado, el cónyuge no
separado, la compañera permanente o el hijo mayor en orden descendente
Estatuto General “Coonorte” 13
que quiera vincularse a la Cooperativa, mediante la solicitud de ingreso, y
con el lleno de los requisitos estatutarios, exceptuando el pago de la cuota de admisión.
Artículo 33º. Efectos de la pérdida de la calidad de asociado: El retiro, la exclusión o el fallecimiento de un asociado, no modifican las
obligaciones contraídas, ni las garantías otorgadas por éste a favor de la Cooperativa; El Consejo de Administración podrá declarar el término vencido de las obligaciones vigentes y exigir su inmediata cancelación.
Artículo 34º. Si la Cooperativa registra pérdida, los asociados
retirados o excluidos, recibirán los aportes a capital que posean, dentro de los términos de la ley, afectados por la parte proporcional a la pérdida registrada, acorde al último balance aprobado.
CAPITULO V
PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER DIFERENCIAS O CONFLICTOS
TRANSIGIBLE ENTRE LOS ASOCIADOS O ENTRE ESTOS Y LA COOPERATIVA POR CAUSA O CON OCASIÓN DE ACTOS
COOPERATIVOS
Artículo 35°. Junta de Amigables Componedores: Las diferencias o conflictos que surjan entre la Cooperativa y sus asociados, o entre éstos por causas o con ocasión de la actividad propia de la misma, se llevará a
una Junta de Amigables Componedores, que actuarán de acuerdo con las normas que aparecen en los siguientes artículos.
Artículo 36°. Carácter transitorio de la Junta de Amigables Componedores: La Junta de Amigables Componedores no tendrá carácter
permanente, sino accidental y transitorio y sus miembros serán elegidos mediante convocatoria del Consejo de Administración.
Para la conformación de la Junta de Amigables Componedores se procederá así:
a. Si se trata de diferencias surgidas entre la Cooperativa y uno o varios asociados, estos elegirán un amigable componedor y el
Consejo de Administración otro, ambos de común acuerdo por las partes. Los amigables componedores designarán el tercero, en el término de quince (15) días.
b. Tratándose de diferencias de los asociados entre sí, cada asociado o grupo de asociados elegirán un amigable componedor, ambos de
común acuerdo por las partes. Los amigables componedores designarán al tercero, si en el lapso antes mencionado no hubiere acuerdo el tercer amigable componedor será nombrado por el
Consejo de Administración. Artículo 37°. Incompatibilidad para ser miembro de la Junta de
Amigables Componedores: Los amigables componedores deberán ser
Estatuto General “Coonorte” 14
personas idóneas preferentemente asociados de la Cooperativa y no
podrán tener parentesco entre sí, ni con las partes. Artículo 38°. Comunicación al Consejo sobre el Amigable
Componedor acordado por las partes. Al solicitar la amigable composición, las partes interesadas, mediante memorial dirigido al
Consejo de Administración, indicarán el nombre del amigable componedor acordado por las partes y harán constar el asunto, causa u ocasión de la diferencia, sometido a la amigable composición.
Artículo 39°. Comunicación sobre la aceptación: Los amigables
componedores deberán manifestar dentro de las Veinticuatro (24) horas siguientes al aviso de su designación, si aceptan o no el cargo. En caso de que no acepten, la parte respectiva procederá inmediatamente a nombrar
el reemplazo, de común acuerdo con la otra parte. Una vez aceptado el cargo, los Amigables componedores deben entrar a actuar dentro de las Veinticuatro (24) horas siguientes a su aceptación.
Su cargo terminará diez (10) días después de que entren a actuar, salvo prórroga que les concede las partes.
CAPITULO VI
RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN INTERNA, CONSTITUCIÓN, PROCEDIMIENTOS Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE
ADMINISTRACIÓN Y VIGILANCIA, COMITÉS, CONDICIONES, INCOMPATIBILIDADES Y FORMA DE ELECCIÓN Y RECLAMACIÓN DE
SUS MIEMBROS
Artículo 40°. Organismos de administración: La Administración de la
Cooperativa estará a cargo de la Asamblea General, el Consejo de Administración y el Gerente.
Parágrafo: La Asamblea General, el Consejo de Administración y el Gerente, podrán crear los comités que consideren necesarios para la
buena marcha de la Cooperativa. El Consejo de Administración reglamentará la integración y el funcionamiento de los comités especiales de carácter permanente.
Artículo 41º. Alcance de las decisiones de la Asamblea General: La
Asamblea General será la suprema autoridad de la Cooperativa, sus mandatos serán obligatorios para la totalidad de los asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales, del
reglamento y del Estatuto.
Parágrafo: Asociados hábiles: Son asociados hábiles para efectos del presente artículo, los inscritos en el registro social y que se encuentren al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones con la Cooperativa,
al momento de la convocatoria para la celebración de la Asamblea General y de conformidad con el reglamento que sobre el particular expida el Consejo de Administración, órgano de dirección que podrá otorgar un
plazo de quince (15) días calendario, contado s a partir de la fecha de
Estatuto General “Coonorte” 15
convocatoria, para que los asociados estén al día en sus obligaciones con
la Cooperativa. Artículo 42°. Son funciones de la Asamblea General.
a. Aprobar su propio reglamento.
b. Resolver con el voto afirmativo de por lo menos dos terceras partes, de los asociados presentes en la Asamblea, sobre las reformas Estatutarias que se presenten.
c. Examinar, modificar, aprobar o improbar las cuentas, el Balance General y demás Estados Financieros, que debe presentar el
Consejo de Administración, acompañado por un informe, con el visto bueno del Revisor Fiscal de la Cooperativa. Tales documentos se pondrán a disposición de los asociados en las
oficinas de la Cooperativa por lo menos DIEZ (10) días antes de la reunión de la Asamblea.
d. Fijar políticas sobre asuntos de interés para la Cooperativa y expedir
las ordenanzas respectivas. e. Elegir de entre los asociados hábiles, los miembros del Consejo de
Administración, Junta de Vigilancia y Comité de Apelaciones con sus respectivos suplentes y removerlos.
f. Elegir y remover el Revisor Fiscal y su suplente y fijarle
remuneración. g. Aprobar los proyectos de organización de los servicios de la
Cooperativa, que presente el Consejo de Administración y la Gerencia.
h. Establecer para fines determinados, aportes extraordinarios, para la
cual requerirá el voto de las 2/3 partes. i. Resolver por mayoría de las dos terceras partes de los asociados en
Asamblea, la disolución o liquidación, fusión o incorporación de la
Cooperativa. j. Establecer las políticas y directrices generales de la Cooperativa para
el cumplimiento del objeto social. k. Las demás que les señale el Estatuto y las leyes.
Parágrafo: Para el proceso de elección de Directivos y miembros de la Junta de Vigilancia se deberán tener en cuenta sus capacidades, conocimientos, aptitudes personales, integridad ética y destreza para
ejercer la representatividad.
Artículo 43°. Elección de Dignatarios: La Asamblea elegirá de su seno los dignatarios de la misma por mayoría absoluta y adoptará su propio reglamento. El proyecto de orden del día será fijado por el Consejo de
Administración y sometido a consideración de la Asamblea. Como secretario de la asamblea actuará el mismo de la Cooperativa, pero a falta
de éste la asamblea podrá designar a uno de los miembros o empleados de la Cooperativa.
Parágrafo: De las deliberaciones, acuerdos y decisiones, se elaborará el acta, la cual será aprobada por dos asociados nombrados por el Presidente de la Asamblea y rubricada por éste y el Secretario.
Estatuto General “Coonorte” 16
Artículo 44º. Sistema de elección: Las elecciones para integrar
organismos directivos o de control se harán por el sistema de listas o planchas, teniendo en cuenta el cuociente electoral, las cuales se inscribirán previamente ante los dignatarios de la Asamblea, aplicando el
artículo 42º, literal e) de este Estatuto.
Parágrafo: En caso de empate entre dos o más candidatos, se hará una nueva elección solamente entre éstos y quedará elegido quien obtenga la mayoría simple.
Artículo 45º. Elección de la Junta de Vigilancia: La elección de la
Junta de Vigilancia se hará por separado apelando al sistema de listas o planchas y al cuociente electoral, aplicando al artículo 42º, literal e), de este Estatuto.
Artículo 46º. Elección del Revisor Fiscal: El Revisor Fiscal y sus suplentes serán elegidos en forma separada y por mayoría absoluta de
votos.
Artículo 47º. Alcance del Consejo de Administración: El Consejo de Administración será el organismo de Dirección de la Cooperativa sujeto a la Asamblea, cuyos mandatos ejecutará.
Artículo 48º. Número de Miembros del Consejo de Administración: El
Consejo de Administración estará integrado por asociados hábiles en número de siete (7), con sus respectivos suplentes numéricos, elegidos por la Asamblea General, la participación de los asociados como miembros del
Consejo de Administración, será por dos (2) períodos continuos como máximo, cumplido éste tiempo, estará por fuera del Consejo de Administración por un período, habilitándose así para ser elegido
nuevamente.
Artículo 49º. Requisitos para ser elegido en el Consejo de Administración:
Para ser miembro del Consejo de Administración se requiere: a. Ser asociado hábil de la Cooperativa.
b. Ser mayor de edad. c. Estar en pleno goce de sus derechos en la Cooperativa.
d. Tener una antigüedad como asociado de un (1) año. e. Acreditar educación en economía solidaria. f. No haber sido condenado por jueces penales o tribunales, por
delitos tipificados en el Código Penal. g. No haber sido sancionado durante el último año como asociado, con
suspensión o pérdida de sus derechos cooperativos, conforme a los artículos 20º y 21º del presente Estatuto.
Artículo 50º. Instalación del Consejo de Administración: El Consejo de Administración se instalará por derecho propio, una vez cumplidos los trámites legales ante la Superintendencia de Economía Solidaria y/o
Cámara de Comercio de Medellín, y elegirá entre sus miembros
Estatuto General “Coonorte” 17
principales, un Presidente y un Vicepresidente. Actuará como secretario
el mismo de la Cooperativa. Artículo 51º. Consejeros suplentes: Cada miembro suplente del Consejo
de Administración reemplazará el principal que le corresponda de acuerdo a la lista que fue elegida, en sus ausencias accidentales, temporales y
permanentes, o cuando el principal ha sido removido de su cargo. En los dos últimos casos ocupará el cargo en propiedad hasta terminar el período.
Parágrafo: En caso de no aplicarse lo anterior, y se presente la ausencia
absoluta (Principal, Suplente) entrará al Consejo de Administración los elegidos en orden numérico de la misma lista.
Artículo 52º. Reuniones del Consejo de Administración: El Consejo sesionará por lo menos DOS (2) veces al mes en forma ordinaria y extraordinaria cuando las circunstancias lo exijan, mediante citación del
Presidente, o en su defecto, del Vicepresidente, del Gerente o del Revisor Fiscal de la Cooperativa.
Parágrafo Primero: El Gerente, el Revisor Fiscal y los Miembros de la Junta de Vigilancia tendrán voz pero no voto en las reuniones del Consejo
de Administración.
Parágrafo Segundo: El Secretario del Consejo en el legajador de actas, dejará constancia de los asuntos tratados en las reuniones en forma sintética y clara.
Artículo 53º. Decisiones del Consejo de Administración: Las decisiones del Consejo de Administración se adoptarán por mayoría
simple de votos, salvo los siguientes casos que se requiere el voto favorable de por lo menos cinco (5) Miembros Principales.
a. Aprobación de inversiones permanentes superiores al capital de la
Cooperativa.
b. Afiliación a organismos cooperativos de grado superior o a instituciones auxiliares del cooperativismo o retiro de unos o de otras.
c. Aprobación de los proyectos de reforma estatutaria. d. Creación de nuevos servicios y reglamentación de los mismos.
Artículo 54º. Prohibiciones para los Consejeros: El Consejero no podrá entrar a desempeñar un cargo de administración dentro de la
Cooperativa o a celebrar contratos con ella, mientras esté actuando como tal, salvo los que resulten de la utilización de los servicios.
Artículo 55º. Dimisión de los Consejeros: Será considerado dimitente todo miembro del Consejo de Administración que habiendo sido citado,
faltare sin causa justificada a tres (3) o más reuniones en forma continúa, o más de seis (6) en forma discontinua, dentro del período de un (1) año.
Artículo 56º. Son atribuciones del Consejo de Administración:
Estatuto General “Coonorte” 18
a. Expedir su propio reglamento y someter a la Asamblea el reglamento
de ésta. b. Aprobar los presupuestos y fijar la nómina y planta de cargos de la
Cooperativa.
c. Nombrar el gerente y a su suplente y sí fuere el caso removerlos, por causas especialmente graves.
d. Autorizar previamente los gastos de carácter extraordinarios que ocurrieran en el curso de cada ejercicio.
e. Fijar la cuantía de las fianzas que deben presentar el Gerente, el
Tesorero y los demás empleados que a su juicio, deben garantizar su manejo, con la aprobación del Consejo de Administración.
f. Examinar y aprobar en primera instancia, las cuentas, Estados Financieros que deben presentar el Gerente, acompañado de un informe explicativo a la Asamblea y a la Superintendencia de
Economía Solidaria, SES, Este informe financiero, acompañado de sus respectivos documentos, deberá ser presentado a la Asamblea para su aprobación definitiva.
g. Examinar y aprobar el plan contable presentado por el Gerente y que deberá ceñirse a las normas que establece la Superintendencia de
Economía Solidaria, SES. h. Autorizar en cada caso, a la Gerencia para celebrar operaciones que
sean del giro ordinario de la Cooperativa y cuya cuantía exceda de
veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes. i. Decidir sobre el ingreso, retiro, suspensión o exclusión de los
asociados y sobre traspaso y devolución del valor de los certificados de aportación.
j. Autorizar la adquisición de bienes inmuebles, su enajenación y
constitución de gravámenes sobre los mismos. k. Decidir sobre el ejercicio de acciones judiciales y transigir cualquier
litigio que tenga la Cooperativa o someterlo a arbitramiento o a
decisión de amigables componedores. l. Organizar los diversos comités especiales y designar a los miembros
de los mismos, dentro de su competencia. m. Convocar directamente las Asambleas Generales de Asociados, o de
Delegados ordinarias o extraordinarias.
n. Reglamentar los servicios de previsión social que se presenten con el Fondo de Solidaridad y los especiales que hayan de prestarse con aportes o cuotas decretadas por la Asamblea.
o. Resolver sobre la afiliación o retiros de la Cooperativa de organismos de Grado superior, Nacional o Internacional.
p. Aprobar y reglamentar la creación de sucursales y agencias. q. Sancionar con multas pecuniarias hasta con un salario mínimo
mensual legal vigente las infracciones que cometan los asociados al
Estatuto o reglamentos y que no den lugar a sanciones mayores como las de suspensión o exclusión.
r. Atender en cabildo abierto solicitado con anterioridad a los asociados de la Cooperativa y dar respuestas escritas en un plazo no mayor a setenta y dos (72) horas.
s. En general todas aquellas funciones que le corresponden, como órgano permanente de dirección de la Cooperativa y que no estén adscritas a otros organismos.
t. Reglamentar los servicios y fondos de la Cooperativa.
Estatuto General “Coonorte” 19
Parágrafo: Para la designación del Gerente, el Consejo de Administración
de la Cooperativa considerará las siguientes circunstancias: a) Condiciones de honorabilidad y corrección particularmente en el
manejo de fondos y bienes de la entidad.
b) Condiciones de aptitud e idoneidad, singularmente en los aspectos relacionados con el objeto social de la Cooperativa. Y.
c) Condiciones de capacitación en cuestiones Cooperativas. La Junta de Vigilancia cuidará el cumplimiento de lo establecido en este parágrafo.
Artículo 57º. Remoción de los miembros del Consejo de Administración: La Asamblea General podrá remover a los miembros del
Consejo de Administración cuando incurran en las siguientes causales: a. Por graves violaciones al Estatuto y a la Ley Cooperativa.
b. Por utilizar la denominación o acuerdo cooperativo para encubrir actividades o propósitos especulativos en provecho propio o de
terceros. c. Ser renuente a los actos de inspección o vigilancia. d. Realizar actos de disposición excediendo las facultades legales y
estatutarias. e. No convocar a la Asamblea General en el tiempo y con las
formalidades estatutarias. f. No reunirse con la periodicidad ordenada en el Estatutos. g. Por sanciones impuestas a la Cooperativa atribuibles a negligencia o
culpa del Consejo de Administración. h. Por utilizar los bienes de la Cooperativa en provecho propio o de
terceros, salvo los servicios normales de ésta y los que se deriven de
su actividad social. i. Por negligencia en el cumplimiento de sus deberes que ocasione
perjuicio a la Cooperativa. Artículo 58º. Órganos de Inspección y Vigilancia: Sin perjuicio de la
inspección y vigilancia que el Estado ejerza sobre la Cooperativa, ésta contará para su fiscalización con una Junta de Vigilancia y un Revisor Fiscal.
Parágrafo: Número de miembros de la Junta de Vigilancia y período.
Es el órgano de control social responsable de vigilar el efectivo funcionamiento de la Cooperativa. Estará constituida por tres (3) asociados con sus respectivos suplentes numéricos, de acuerdo a la lista
elegida, para un período de dos (2) años.
Artículo 59º. Para ser elegido miembro de la Junta de Vigilancia se requiere:
a. Ser asociado hábil de la Cooperativa. b. Ser mayor de edad. c. Estar en pleno goce de sus derechos en la Cooperativa.
d. Haber efectuado un curso de cooperativismo básico.
Estatuto General “Coonorte” 20
e. No haber sido sancionado durante el último año anterior a la
nominación con suspensión o pérdida de sus derechos sociales. f. No haber sido condenado por jueces penales o tribunales, por
delitos tipificados en el Código Penal.
g. Tener una antigüedad como asociado de un (1) año.
Artículo 60º. Funciones de la Junta de vigilancia. 1. Velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten a
las prescripciones legales, estatutarias, reglamentarias y a los principios cooperativos. Conocer los reclamos que presenten los
asociados en relación con la prestación de servicios, transmitirlos y solicitar correctivos por el conducto regular y con la debida oportunidad.
2. Hacer llamado de atención a los asociados cuando incumplan sus deberes consagrados en la Ley, el Estatuto y reglamentos.
3. Verificar la lista de asociados hábiles e inhábiles para participar en
asambleas o elegir delegados. 4. Rendir informe de sus actividades a la Asamblea General Ordinaria o
Extraordinaria. 5. Las demás que le asigne la Ley o el Estatuto, siempre y cuando se
refieran al control social y no correspondan a funciones propias de la
auditoria interna o revisión fiscal. 6. Ejercer el control de resultados sociales.
Parágrafo: Las funciones señaladas por la Ley a la Junta de Vigilancia y control social deberán desarrollarse con fundamento de criterios de
investigación y valoración y sus observaciones o requerimientos serán documentados debidamente. Los miembros de este órgano responderán personal y solidariamente por el incumplimiento de las obligaciones que
les impone la Ley y el Estatuto.
Artículo 61º. Procedimiento para dirimir conflictos entre Junta de Vigilancia y Consejo de Administración: En caso de conflicto entre el Consejo de Administración y la Junta de Vigilancia, será convocada
inmediatamente una Asamblea General Extraordinaria para que conozca del conflicto e imparta su decisión.
Artículo 62º. Remoción de miembros de la Junta de Vigilancia: La Asamblea General podrá remover a los miembros de la Junta de Vigilancia
cuando incurran en las siguientes causales: a. Por violación del Estatuto o de la Ley Cooperativa.
b. Por negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones. c. Por cohonestar violaciones al Estatuto por parte de los organismos
que deben vigilar. Artículo 63º. Revisor Fiscal. Es el encargado del control económico,
contable, financiero y fiscal de la Cooperativa, nombrado por la Asamblea General para un período de un año, quien acreditará:
1. Tarjeta profesional vigente.
Estatuto General “Coonorte” 21
2. Certificado de antecedentes disciplinarios actualizados.
3. No ser asociado de la Cooperativa. 4. No encontrarse dentro del cuarto grado de consanguinidad y
segundo de afinidad con ningún asociado.
Artículo 64º. Funciones del Revisor Fiscal:
1. Cerciorarse de que las operaciones que se celebran o cumplan por
cuenta de la organización se ajustan a las prescripciones del Estatuto,
a las decisiones de la Asamblea General y del Consejo de Administración.
2. Dar oportuna cuenta por escrito a la Asamblea, Junta de Vigilancia, al Consejo de Administración o al Gerente, según los casos de las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la organización.
3. Colaborar con las Entidades Gubernamentales que ejerzan inspección y vigilancia de la organización y rendirle los informes a que haya lugar.
4. Velar por que se lleve regularmente la contabilidad de la organización
y las actas de las reuniones de la Asamblea, Junta de Vigilancia y Consejo de Administración.
5. Autorizar con su firma cualquier balance que se haga con su dictamen o informe correspondiente.
6. Convocar a la Asamblea a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue
necesario. 7. Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o el Estatuto y
las que siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la Asamblea.
Artículo 65°. Directivos: La Cooperativa tendrá, además de los funcionarios que se requieran dé acuerdo con la planta de cargos fijada por el Consejo de Administración: El Gerente, El Gerente Suplente, el
Contador, La Tesorera y el Secretario serán nombrados por el Consejo de Administración.
INCOMPATIBILIDADES Y PROHIBICIONES
Artículo 66º. Incompatibilidades de los miembros de la Junta de Vigilancia y Consejo de Administración: Los cónyuges, compañeros
permanentes, y quienes se encuentren dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil de los miembros de la
Junta de Vigilancia, del Consejo de Administración, del Representante Legal, del Contador, del Tesorero o del Secretario General de la Cooperativa tampoco podrán celebrar contratos de prestación de servicios
o de asesoría en esta Cooperativa.
Parágrafo Primero: Los miembros de la Junta de Vigilancia no podrán ser simultáneamente miembros del Consejo de Administración de la misma Cooperativa, ni llevar asuntos de la entidad en calidad de empleado o de
asesor. Los miembros del Consejo de Administración no podrán celebrar contratos de prestación de servicios o de asesoría con la entidad.
Estatuto General “Coonorte” 22
Parágrafo Segundo: No podrá ser elegido como miembro del Consejo de
Administración o de la Junta de Vigilancia, el asociado que haya pertenecido al Consejo de Administración y/o Junta de Vigilancia, durante los dos (2) períodos continuos inmediatamente anteriores a la fecha de la
elección.
Artículo 67º. Prohibición para el Revisor Fiscal. El Revisor Fiscal en ejercicio y su suplente, no podrán ser asociados de la Cooperativa.
Artículo 68º. Conflicto de intereses. Los miembros del Consejo de Administración, de la Junta de Vigilancia y los delegados, no podrán votar
cuando se trate de asuntos que afecten su responsabilidad. Artículo 69º. Incompatibilidades sobrevinientes. Los reglamentos
internos y de funciones y las demás disposiciones que dicten otros organismos del sector solidario, podrán considerar otras incompatibilidades y prohibiciones para mantener la integridad y la ética
en las relaciones internas de la Cooperativa.
COMITÉS
Artículo 70º. Comités. La Cooperativa tendrán tantos comités como requiera el desarrollo de su actividad, los cuales actuarán como asesores
del Consejo de Administración, o de la Gerencia, según el caso y su origen. En todo caso COONORTE LTDA tendrá un Comité de Educación que se integrará y funcionará como lo ordena la ley.
Artículo 71º. Objeto del Fondo de Educación: La educación solidaria, será el proceso permanente orientado a fortalecer la práctica de valores de
solidaridad, cooperación y ayuda mutua, con el fin de generar actitudes y conductas que permitan consolidar un compromiso social frente a la
misión que debe cumplir la Cooperativa. Además, se busca consolidar procesos de autogestión empresarial en función del desarrollo sostenible de la calidad de vida de los asociados y de la comunidad en general, por
tanto, los recursos serán invertidos de acuerdo a las directrices que establezca la Superintendencia de Economía Solidaria y/o DANSOCIAL.
Artículo 72º. El Comité de Educación estará integrado por tres miembros, los cuales serán nombrados por le Consejo de Administración para un
período igual al de éste, sin perjuicio de que puedan ser removidos en cualquier tiempo a juicio del nominador.
Artículo 73º. Son funciones del Comité de Educación:
a. Elaborar el presupuesto que se ejecutará con cargo al fondo de Educación.
b. Programar y coordinar los recursos de capacitación y educación
cooperativa. c. Elaborar y ejecutar programas de capacitación general y
especializada, de acuerdo a los parámetros que fije la
Superintendencia de Economía Solidaria, SES, y/o DANSOCIAL..
Estatuto General “Coonorte” 23
d. Presentar oportunamente informes de sus labores.
Artículo 74°. Conformación del Comité de Solidaridad: El Consejo de Administración designará tres asociados principales, que a la fecha de su
designación estén como hábiles, para conformar el Comité de Solidaridad.
Parágrafo Primero: Sus decisiones serán de acuerdo al reglamento que fije el Consejo de Administración.
Parágrafo Segundo: Cuando se presente la vacancia de un miembro, el Consejo de Administración, designará en la reunión próxima su
reemplazo.
CAPITULO VII
CONVOCATORIA DE ASAMBLEA ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA.
Artículo 75º. Clase de Asamblea: La Asamblea General será ordinaria y extraordinaria. La Asamblea General Ordinaria se reunirá dentro de los tres primeros meses del año para el cumplimiento de sus funciones
regulares. Las extraordinarias podrá reunirse en cualquier época del año, con el objeto de tratar asuntos imprevistos o de urgencia que no puedan
postergarse hasta la siguiente Asamblea General Ordinaria. La Asamblea General Extraordinaria sólo podrá tratar los asuntos para los cuales fue convocada y los que se deriven estrictamente de éstos.
Artículo 76º. Convocatoria: La Convocatoria a Asamblea General Ordinaria se hará para una fecha, hora, lugar y objetivos determinados.
La notificación de la convocatoria se hará con una anticipación no inferior
a veinte (20) días calendario, mediante comunicación escrita que será enviada a todos los asociados a la dirección que figure en los registros de la Cooperativa o mediante avisos públicos colocados en las carteleras de la
sede principal y oficinas principales de ésta o en un periódico de reconocida circulación.
Artículo 77º. Control de asociados hábiles: Una vez convocada la Asamblea, la Junta de Vigilancia elaborará una lista de los asociados
hábiles y no hábiles y publicará la de asociados no hábiles en las carteleras de la Cooperativa para conocimiento de los afectados.
Parágrafo: Competencia para convocar Asambleas. Por regla general la Asamblea General Ordinaria o extraordinaria será convocada por el
Consejo de Administración. Artículo 78º. Citación para Asamblea Extraordinaria. La Junta de
Vigilancia, el Revisor Fiscal o un 15%, mínimo de los asociados, podrán solicitar al Consejo de Administración la convocatoria de Asamblea General Extraordinaria.
Estatuto General “Coonorte” 24
Artículo 79º. Convocatoria Asamblea Ordinaria por parte de la Junta
de Vigilancia: Cuando el Consejo de Administración no convoque a la Asamblea General Ordinaria dentro del plazo establecido por la Ley o desatienda la petición de convocar Asamblea Extraordinaria se procederá
de la siguiente manera:
a. La Junta de Vigilancia elaborará la convocatoria consignando en ella el día, fecha, hora, lugar y temas a tratar. El texto de la convocatoria deberá ser firmado por los asociados
interesados en la convocatoria con sus firmas autenticadas ante un notario.
b. Obtenido el 15% de las firmas de asociados la Asamblea queda convocada y se procederá a las publicaciones y listas de asociados hábiles.
Artículo 80º. Convocatoria para Asamblea Ordinaria por Parte de los asociados: En caso de negativa por parte de la Junta de Vigilancia para
elaborar la convocatoria, los asociados interesados elaborarán ésta, procediendo en los términos de los Artículos 75º y siguientes. La lista de
asociados hábiles y no hábiles será elaborada por el Revisor Fiscal o en su defecto la certificará el Gerente de la Cooperativa.
Artículo 81º. No-asistencia a la Asamblea: Los asociados que no estén incluidos en la lista y que no recurran durante el tiempo de convocatoria
de la Asamblea, no podrán participar en ella, igualmente quienes durante este término, incurran en causal de inhabilidad.
Artículo 82º. Número de votos por asociado: En la Asamblea, cada asociado tiene derecho a solamente un (1) voto, cualquiera que sea el número de certificados de aportación que posea, y las decisiones se
adoptarán por mayoría simple de votos, salvo los casos previstos en la ley o en este Estatuto que requieren mayorías calificadas.
Artículo 83º. Quórum para decidir: La concurrencia de la mitad de los asociados hábiles, constituirá quórum para deliberar y adoptar decisiones
válidas. Si dentro de la hora siguiente a la convocatoria no se hubiere integrado el quórum requerido, se levantará un acta en que conste tal circunstancia, el número y si fueren posible los nombres de los asistentes
a la Asamblea, suscrita por los miembros de la Junta de Vigilancia. Cuando la Junta de Vigilancia por cualquier motivo, no levante el acta de
que trata este artículo, los asociados asistentes designarán un Secretario para que elabore el acta y será firmada por los asociados asistentes; cumplida esta formalidad la Asamblea podrá deliberar y adoptar
decisiones válidas con un número de asociados hábiles que no sea inferior a diez por ciento (10%) del total.
Dicho quórum no podrá ser en ningún caso inferior a la mitad del número mínimo de asociados necesarios para la constitución de la Cooperativa de
primer grado, esto es, diez (10) asociados. Parágrafo: En la Asamblea de asociados, no habrá representaciones en
ningún caso y para ningún efecto.
Estatuto General “Coonorte” 25
Artículo 84º. Asamblea de Delegados: Cuando el total de los asociados
de la Cooperativa supere los TRESCIENTOS (300), la Asamblea General de Asociados, podrá ser sustituida por una Asamblea General de Delegados, la cual se reglamentará teniendo en cuenta las disposiciones vigentes,
sobre la materia. El número de Delegados será de uno (1) por cada siete (7) asociados hábiles.
Los delegados electores solamente perderán tal carácter una vez se haya efectuado la elección de quienes habrán de sucederles en la Asamblea
General Ordinaria siguiente a la que hayan intervenido. A la Asamblea General de Delegados le serán aplicables, en cuanto
corresponda, las normas relacionadas a la Asamblea General de Asociados.
Artículo 85º. Conflicto de Intereses: Los miembros del Consejo de Administración, los miembros de la Junta de Vigilancia y los empleados de la Cooperativa que sean asociados, no podrán votar, en las Asambleas
Generales, cuando se trata de asuntos que afecten su responsabilidad.
Artículo 86º. Asamblea de Delegados: Si la Asamblea es de Delegados, el quórum mínimo será el cincuenta por ciento (50%) de los elegidos y convocados.
Artículo 87º. Asistencia de asociados hábiles: Los delegados a la
Asamblea deberán ser asociados hábiles de la Cooperativa.
CAPITULO VIII
REPRESENTANTE LEGAL; FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
Artículo 88º. El Gerente: El Gerente es el Representante Legal de la Cooperativa, principal ejecutor de las decisiones del Consejo de
Administración y de la Asamblea, director general de la Administración y superior de todos los funcionarios. Nombrado por el Consejo de Administración con un primer y segundo suplente, organismo éste que le
fijará su remuneración.
Parágrafo Primero. Para ser Gerente de la Cooperativa se requiere, además de los requisitos establecidos por la Ley y el Estatuto, reunir las condiciones exigidas por el Consejo de Administración.
Parágrafo Segundo. El Gerente no podrá entrar a ejecutar el cargo
mientras no haya presentado la fianza de manejo, fijada por el Consejo de Administración.
Artículo 89º. Funciones del Gerente. 1. Representar legal y judicialmente a la Cooperativa.
Estatuto General “Coonorte” 26
2. Organizar, coordinar y supervisar las actividades operativas y de
administración, entre estas poner en marcha las dependencias administrativas, oficinas, sucursales, agencias que señale el Consejo de Administración y de conformidad con las normas legales vigentes.
3. Nombrar y remover el personal administrativo. 4. Mantener las relaciones y la comunicación de la administración con
los órganos directivos, asociados y terceros. 5. Elaborar y someter a aprobación del Consejo de Administración los
reglamentos de carácter interno relacionados con el cumplimiento
del objeto social de la Cooperativa. 6. Celebrar contratos, con la aprobación del Consejo de
Administración. 7. Revisar operaciones de giro ordinario de la Cooperativa. 8. Verificar diariamente el estado de caja.
9. Responsabilizarse de enviar oportunamente los informes respectivos a las entidades competentes.
10. Las demás que se deriven de la naturaleza de su cargo.
CAPITULO IX
CONSTITUCIÓN E INCREMENTO PATRIMONIAL DE LA COOPERATIVA; RESERVAS Y FONDOS SOCIALES, FINALIDADES Y
FORMA DE UTILIZACIÓN DE LOS MISMOS
Artículo 90° . Definición Régimen Económico: Es el esquema mediante el cual la administración fija el origen de los ingresos de carácter administrativo y patrimonial, con los cuales se prevé el funcionamiento de
la entidad; que se pueden constatar en las cuentas, Balance General, Inventario y Estados de Resultados financieros de la Cooperativa, cuyo
ejercicio es anual y con corte al 31 de diciembre de cada año. Artículo 91°. Definición de Patrimonio: El patrimonio de la
Cooperativa estará constituido por los aportes sociales individuales y los amortizados, los fondos y reservas de carácter permanente, las donaciones que se reciban con destino al incremento patrimonial, los excedentes no
distribuidos y el superávit por valorizaciones patrimoniales.
Artículo 92º. El patrimonio de la Cooperativa estará conformado por: a. El Capital Social. Para efectos legales se denominará Certificado de
Aportación, y se conforma así:
1. Por los aportes mensuales obligatorios que cada asociado efectúa de acuerdo con la modalidad de vehículo que vincule a la Cooperativa, teniendo en cuenta sus características y ámbito de
operación (Cuentas Corrientes o Administración), el Consejo de Administración determinará el incremento anual de este aporte.
2. Los aportes extraordinarios que establezca la Asamblea General.
Estatuto General “Coonorte” 27
b. Los Fondos con destinación especifica y las reservas de carácter
permanente. c. El Superávit de Patrimonio.
Artículo 93º. Manejo del aporte social: El aporte social será variable e
ilimitado, no devengará en la Cooperativa ningún tipo de interés y será reembolsable al asociado en el momento de perder su calidad como tal, ya sea por voluntad propia o por determinación estatutaria.
Artículo 94º. Transparencia de los aportes: Los certificados de
aportación serán indivisibles y transferibles a terceros, con la aprobación del Consejo de Administración, de acuerdo con la reglamentación general que dicte para tal efecto.
CAPITULO X
APORTES SOCIALES MÍNIMOS NO REDUCIBLES DURANTE LA VIDA
DE LA COOPERATIVA; FORMA DE PAGO Y DEVOLUCIÓN; PROCEDIMIENTOS PARA EL AVALÚO DE LOS APORTES EN ESPECIE
O EN TRABAJO.
Artículo 95º. Competencia para fijar aportes: El Consejo de Administración señalará, mediante reglamentación general, el aporte obligatorio general, el aporte obligatorio que debe hacer cada asociado en
relación con el uso de los servicios de la Cooperativa, los cuales constituirán certificados de aportación.
Artículo 96º. Aporte para ingresar: El capital mínimo que debe suscribir cada asociado como concurrencia de su ingreso es de cinco (5)
salarios mínimos mensuales legales vigentes, este valor se cancelará en cuatro (4) cuotas, la primera de contado y por las tres (3) restantes se firmará tres (3) letras de cambio con vigencia mensual.
Parágrafo: En caso de morosidad en el pago de los aportes constituidos por los títulos valores señalados, se pagarán el interés fijado por el
Consejo de Administración, que ingresará como un recurso propio de la Cooperativa.
Artículo 97º. Entrega de certificados de aportación: El 31 de diciembre de cada año, la administración de la Cooperativa expedirá a
cada asociado los certificados de aportación, en el que conste el saldo de capital.
Artículo 98º. Aporte mínimo: El aporte social de cada asociado será como mínimo el equivalente a CINCO (5) salarios mínimos mensuales
legales vigentes al 31 de diciembre de cada año. El Consejo de administración reglamentará la forma de pago para nivelar los actuales aportes al monto aquí determinado, teniendo en cuenta que los asociados
Estatuto General “Coonorte” 28
que no tengan este valor, se les concede un plazo hasta el 31 de diciembre
de 2004, para cumplirlo. Artículo 99º. Garantía de los aportes: Los certificados de aportación,
depósitos y derechos de los asociados, en la Cooperativa, servirán como garantía de cualquier obligación de aquellos para con la Cooperativa,
pudiendo ésta efectuar las compensaciones respectivas. Artículo 100º. Depósito de aportes: Cuando haya litigio sobre la
propiedad de los certificados de aportación, el Gerente de la Cooperativa los mantendrá inmovilizados, mientras se establece a quien corresponden.
La propiedad se demostrará mediante pruebas documentales las cuales certificará como válidas, el Departamento Jurídico de la Cooperativa.
Artículo 101º. No distribución de Fondos Especiales. Los Fondos con destinación especifica, las reservas de carácter permanente y el superávit, no podrán ser repartidos entre los asociados, ni aún en el caso de
disolución y liquidación de la Cooperativa.
Artículo 102º. Límite máximo de aportes por asociado: En ningún caso el número de certificados de aportación que posea cada asociado, en la Cooperativa, podrá superar los límites establecidos por la Ley
Cooperativa.
CAPITULO XI
FORMA DE APLICACIÓN DE LOS EXCEDENTES
Artículo 103º. Período Fiscal: El ejercicio económico de la Cooperativa será anual y se cerrará el 31 de diciembre, fecha en la cual se producirá el
balance general consolidado y los demás estados financieros. Artículo 104º. Excedente Cooperativo. El producto del ejercicio social,
comprobados los inventarios, deducidos los gastos generales de operación, las cargas sociales, las amortizaciones y las reservas de carácter técnico y las que amparan las cuentas del activo, constituyen el excedente
Cooperativo. Se considerará déficit, si resulta menor el producto del ejercicio a los gastos, las cargas sociales y demás reservas técnicas.
Parágrafo Primero: Se podrán tener como costo de cada ejercicio las aportaciones necesarias para incrementar el fondo de reserva legal, el
Fondo de Educación, el Fondo de Solidaridad y las demás reservas que se constituyen con el fin de proteger el aporte Social de la Cooperativa y
garantizar la expansión y el mejoramiento de los servicios. Parágrafo Segundo: Al liquidar el ejercicio, si se produjere
excedente cooperativo alguno, este se destinará a incrementar las reservas de carácter irrepartible, en todo caso destinado, como mínimo. Los porcentajes establecidos en la Ley para Reserva Legal, Fondos de
Educación y Solidaridad.
Estatuto General “Coonorte” 29
Parágrafo Tercero: La Cooperativa cobrará a sus asociados tasas por
los servicios que le preste, procurando que éstas sean suficientes para cubrir los costos de operación y administración, guardados los márgenes de seguridad convenientes, no obstante, si en cualquier momento resultare
que dichas tasas se han estimado en exceso, los remanentes se destinarán a la constitución e incremento de la reserva para amortización del aporte
social. Artículo 105º. Constitución de Fondos Especiales: La Asamblea
General podrá ordenar se constituyan Fondos Especiales, debidamente reglamentados para ciertos fines, tales como reintegro y amortización del
aporte social, garantía de cartera, fondo de Seguridad Social, fondo de auxilios especiales, fondo de ayuda mutua, o apropiar sumas para incrementar la reserva Legal y otros reservas o fondos, los cuales
igualmente se podrán llevar como costo del ejercicio. Artículo 106º. Características del Fondo de Reserva: El Fondo de
Reserva y Protección de Aportes Sociales debe ser permanente e irrepartible y tiene por objeto garantizar a la Cooperativa la normal
realización de sus operaciones y ponerla en condiciones de satisfacer exigencias imprevistas y necesarias, financiadas por sus propios medios. Su dotación será preferencial sobre cualquier otro fondo o reserva y podrá
incrementarse además, con aportes especiales ordenados por la Asamblea, de todas formas deberá incrementarse anualmente con una
apropiación, de por lo menos el VEINTE POR CIENTO (20%) de los excedentes.
Artículo 107º. Fondo de Solidaridad: El Fondo de Solidaridad tiene por objeto facilitar a la Cooperativa recursos que la permitan auxiliar a los asociados y a sus familiares en caso de calamidad doméstica o accidente
de trabajo, y para establecer o incrementar servicios sociales de la entidad, deberán destinarse cuando menos el DIEZ POR CIENTO (10%) del
excedente anual para este fondo.
CAPITULO XII
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DE LA COOPERATIVA Y SUS
ASOCIADOS
Artículo 108º. Responsabilidad Solidaria de la Cooperativa: La Cooperativa se hace acreedora o deudora ante terceros y ante sus asociados por las operaciones que activa o pasivamente efectúan el
Consejo de Administración, el Gerente o el Mandatario de ella, dentro de la órbita de sus respectivas atribuciones.
Artículo 109º. Responsabilidad de cada asociado: La responsabilidad de los asociados para con la Cooperativa y para con los acreedores de ésta,
se limita a los valores que hayan aportado o estén obligados a aportar en certificados y comprenden las obligaciones contraídas por la Cooperativa, existentes en la fecha de su retiro o exclusión.
Estatuto General “Coonorte” 30
En los suministros, créditos y demás relaciones contractuales para con la
Cooperativa, los asociados responderán personal o solidariamente según se estipule en cada caso.
Artículo 110º. Retención de aportes: La Cooperativa podrá retener si ha habido pérdida en las operaciones, una parte de los certificados de
aportación y de los demás derechos correspondientes al asociado retirado, en forma proporcional a la pérdida registrada y hasta por el término de espiración de la responsabilidad de conformidad con lo dispuesto en el
artículo anterior y con las disposiciones legales y reglamentarias al respecto.
Artículo 111° . Responsabilidad de los órganos de administración, vigilancia y control: Los miembros del Consejo de Administración, Junta
de Vigilancia, Revisor Fiscal y demás miembros de la Cooperativa son responsables de la acción, omisión, o extralimitación en el ejercicio de sus funciones de conformidad con el derecho común.
La Cooperativa y los asociados, podrán ejercer acción de responsabilidad,
contra los miembros del Consejo de Administración, Junta de Vigilancia, Gerente, Revisor Fiscal y demás empleados por sus actos u omisión, acción o extralimitación, con los cuales hayan perjudicado el patrimonio
de la Cooperativa, con el objeto de exigir la reparación de los perjuicios causados.
CAPITULO XIII
NORMAS PARA FUSIÓN, INCORPORACIÓN, TRANSFORMACIÓN,
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Artículo 112º. Afiliación a Organismos Cooperativos de segundo
nivel: La Cooperativa podrá afiliarse a organismos de grado superior, tanto nacionales como internacionales mediante determinación tomada por el Consejo de Administración.
Artículo 113º. Competencia para decidir sobre fusión o liquidación: La decisión sobre incorporación o fusión, deberá ser tomada en Asamblea
General con el voto favorable de las dos terceras partes de los asociados hábiles, presente en la misma.
Artículo 114º. Distribución de remanentes: La Cooperativa se disolverá y deberá ser liquidada, únicamente en los casos previsto en la Ley y en el
presente Estatuto.
En caso de liquidación, si resultare algún remanente final éste no podrá ser distribuido entre los asociados de la Cooperativa; su destinación la hará la Asamblea General dentro de los términos del Artículo 121º, de
la Ley 79 de 1988.
Estatuto General “Coonorte” 31
Parágrafo: Cuando la Asamblea General ordene la disolución, en la
misma sesión elegirá dos liquidadores, cuya elección se hará por el sistema de cuociente electoral.
CAPITULO XIV
PROCEDIMIENTO PARA LA REFORMA DEL ESTATUTO
Artículo 115º. Aplicación de normas legales: Los casos no previstos en este Estatuto y que no fueren desarrollados mediante reglamentaciones
internas, se resolverá conforme lo prevé la Ley, los decretos y las resoluciones que sobre entidades cooperativas dicte la Superintendencia de Economía Solidaria, SES. En último término se recurrirá a las
disposiciones generales sobre asociaciones, fundaciones y sociedades que por su naturaleza sean aplicables a las cooperativas.
Artículo 116º. Interpretación del Estatuto: La interpretación del presente Estatuto se hará conforme a la Ley, la jurisprudencia, la Doctrina
y los Principios Cooperativos. El presente Estatuto con sus reformas son aprobadas en Asamblea
General Ordinaria de Asociados, realizada en la ciudad de Medellín el treinta y uno (31) de marzo de dos mil cinco (2005) y entran a regir a partir
del dieciséis (16) de agosto de dos mil cinco (2005)
JAIRO AGUDELO CASTAÑO BEATRIZ ELENA JARAMILLO GÓMEZ
Presidente Asamblea General Secretaria Asamblea General
Año Gravable Informado
Tipo de persona
Tipo de documento fundador
Número de identificación fundador
Primer apellido fundadorSegundo apellido
fundadorPrimer nombre fundador Otros nombres fundador Razón social fundador
2018 2 13 844532 González Miguel
2018 2 13 575205 Montoya Gustavo2018 2 13 523509 Zamarra Sossa Pedro Pablo2018 2 13 681580 Mejía Jorge2018 2 13 541394 Olarte Baltazar2018 2 13 3309916 Torres Tulio2018 2 13 790444 Correa Luis Carlos2018 2 13 3413795 Bustamante Tomás2018 2 13 21308933 Arroyave Madrid Luz2018 2 13 787996 Jaramillo Botero Emilio2018 2 13 780126 Echeverri Nancianceno2018 2 13 576227 Pérez Roberto2018 2 13 788131 Zabala Francisco Luis2018 2 13 531596 Acevedo Raúl2018 2 13 576459 Restrepo Correa José Virgilio2018 2 13 505671 Cuartas Darío2018 2 13 8317966 Cuartas Lopera Ezequiel2018 2 13 8221235 González Manuel2018 2 13 8211875 Alvarez Menéses Humberto2018 2 13 788035 Hernández Castaño Octavio
2530INFORMACION FUNDADORES2530
INFORMACION FUNDADORES
Año Gravable
Informado
Tipo de documento
Número de documento de identificación
Primer apellido Segundo apellido Primer nombre Otros nombresNIT de la persona jurídica que ejerce la representación
legal o el controlRazón social persona jurídica que ejerce la representación
legal o controlTipo de cargo
Denominación del cargo
2018 13 70826711 OSSA GIRALDO JESUS ULDARICO 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 70352868 DUQUE VELÁSQUEZ REINALDO HERNÁN 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 70551681 ARIAS RIOS DAIRO IVAN 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 3492974 GIRALDO PIEDRAHITA JAIRO DE JESUS 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 8354408 GOMEZ RIVAS GUSTAVO DE JESUS 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 8398461 VARGAS MUÑOZ JOSE GUSTAVO 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 71332868 GIRALDO LOPEZ FABIAN ALDEMAR 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 70517454 VASQUEZ CARDENAS CARLOS JULIO 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 70162305 LÓPEZ GIRALDO EUGENIO MARÍA 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 15533717 ARBOLEDA RENDON JOHN FREDY 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 15274386 SUCERQUIA TAPIAS CORNELIO ELIAS 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 70825156 MONTES DUQUE OSCAR HERNAN 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 15507623 GOMEZ RAMIREZ FRANCISCO ELIAS 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 71002253 MAZO MELGUIZO GERMAN DARIO 890905680 COONORTE LTDA. 2CONSEJERO PRINCIPAL
2018 13 70123995 MORENO ACOSTA HERNAN DARIO 890905680 COONORTE LTDA. 3REVISOR FISCAL PRINCIPAL
2018 13 70781232 RAMIREZ ACEVEDO CARLOS MARIO 890905680 COONORTE LTDA. 3REVISOR FISCAL SUPLENTE
2018 13 8153814 URIBE OTALVARO ANGEL FERNEY 890905680 COONORTE LTDA. 1REPRESENTANTE LEGAL PRINCIPAL
2018 13 43599179 HERNANDEZ POSADA LUZ DIARLEY 890905680 COONORTE LTDA. 1REPRESENTANTE LEGAR SUPLENTE
2531INFORMACIÓN DE CARGOS GERENCIALES, DIRECTIVOS O DE CONTROL2531INFORMACIÓN DE CARGOS GERENCIALES, DIRECTIVOS O DE CONTROL