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PROYECTO DE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA A DEBATE Abog. Denis Adan Aguilar Cabrera

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se hace una descripción sobre la evolución de la ley universitaria. y sorbe el proyecto de la nueva ley universitaria, posturas a favor posturas en contra.. y una reflexión.

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  • 1. PROYECTO DE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA A DEBATE Abog. Denis Adan Aguilar Cabrera

2. CRONOLOGA DE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA La Comisin de Educacin del Congreso de la Repblica que lo preside el congresista de Per Posible, Daniel Mora, ayer aprob el captulo VII de un total de 16 por aprobarse del proyecto de la nueva Ley Universitaria, donde determin cmo se elegira a los rectores en una eventual vigencia de la nueva reglamentacin de la actual Ley Universitaria 23733. 3. CRONOLOGA DE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA Con esta aprobacin se viene plasmando el futuro de la universidad peruana, la cual tiene diversas modificaciones con referencia a la actual reglamentacin y de culminarse la aprobacin de los 16 captulos, en la prxima legislatura entrara en debate en el pleno del Congreso para su aprobacin. Aqu les presentamos una cronologa de la aprobacin de los siete primeros captulos aprobados por la Comisin de Educacin, el cual sostiene que s habr autonoma universitaria pese a la creacin de la Superintendencia Nacional de Educacin Universitaria, institucin que amenaza reemplazar a la Asamblea Nacional de Rectores y al CONAFU. 4. CAPTULO I: DISPOSICIONES GENERALES En este punto del proyecto, discutido y aprobado por la comisin el 04 y 10 de junio, se considera que el objetivo es normar la creacin, funcionamiento, supervisin, transparencia y cierre de las universidades, as como considerar los principios y funciones del modelo institucional. Del mismo modo, se subraya la autonoma de cada universidad, pese a la creacin de la Superintendencia Nacional de Educacin Universitaria. La Polica Nacional y el Ministerio Pblico slo pueden ingresar a la universidad por mandato judicial o pedido expreso del rector. 5. CAPTULO II: CREACIN SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACIN UNIVERSITARIA Aprobado el 11 de junio, es el que ha recibido crticas y cuestionamientos porque se norma la creacin de la Superintendencia Nacional de Educacin Universitaria, institucin que estara lista sesenta das despus de una eventual promulgacin de esta ley. Con la creacin de la SUNAEU adscrita al Ministerio de Educacin, se encargar de la supervisin de la calidad de educacin, adems de fiscalizar el uso de los recursos de las universidades. Tambin podr autorizar el funcionamiento de universidades pblicas y privadas cosa que en la actualidad lo hace el CONAFU. 6. CAPTULO II: CREACIN SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACIN UNIVERSITARIA Adems, su cuerpo directivo estar conformado por nueve integrantes. Un representante del Ministerio de Educacin, uno del CEPLAN, uno del CONCYTEC, dos de las universidades pblicas, dos de las universidades privadas, uno de los colegios profesionales y uno del sector empresarial. Entre estas nueve personas, se elegir al presidente de la superintendencia. Esta institucin podr decidir la cancelacin de la acreditacin de una universidad, es decir, dispondr el cierre de una casa de estudios, as como de alguna de sus facultades o escuelas profesionales que no se adecuen al estndar que se normar. 7. CAPTULO III: CREACIN Y AUTORIZACIN DEL FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Antes de la constitucin de una universidad pblica o privada, se requiere el visto bueno favorable de la SUNAEU. Adems, debe tener al menos dos facultades en las que sus escuelas profesionales propuestas tengan que satisfacer la demanda cuantitativa y cualitativa. En este captulo, aprobado el 14 de junio, indica los requisitos para la creacin de universidades pblicas y las disposiciones para la autorizacin del funcionamiento provisional de universidades privadas, la cual no ser mayor a los cinco aos de autorizacin. 8. CAPTULO IV: EVALUACIN, ACREDITACIN Y CERTIFICACIN Aqu el proyecto indica que el Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa (SINEACE) establecer los procesos de evaluacin, acreditacin y certificacin para el mejoramiento de la calidad educativa, los cuales sern obligatorias. En tanto, el Consejo de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad de la Educacin Superior Universitaria (CONEAU), que depende del SINEACE, acreditar las carreras o instituciones de educacin superior universitaria o validar aquellos procesos de acreditacin realizados por entidades autorizadas. El contenido importante de este captulo, aprobado el 14 de junio, es el que seala que si las facultades de una universidad no logran acreditar su calidad en tres evaluaciones inmediatas, sern clausuradas y disueltas por la Superintendencia Nacional de Educacin Universitaria. 9. CAPTULO V: ORGANIZACIN ACADMICA Aunque en este captulo, aprobado el 18 de junio, se subraya la funcin de la universidad y sus facultades, as como de los departamentos acadmicos, la parte ms relevante es en la que se modifica los requisitos para la obtencin del bachillerato y el ttulo profesional, maestra y doctorado. El estudiante, una vez que culmina sus ciclos acadmicos exigidos por la universidad, podr lograr el grado de bachiller elaborando, presentando y sustentado una tesis de investigacin. De tal modo, se eliminar el bachillerato automtico. Asimismo, para la obtencin de la titulacin profesional, el bachiller podr sustentar una segunda tesis o presentar un trabajo de suficiencia profesional. Tambin deber demostrar el conocimiento de un idioma extranjero o una lengua nativa. 10. CAPTULO V: ORGANIZACIN ACADMICA Para obtener una maestra, el titulado tendr que aprobar al menos 48 crditos o cuatro semestres acadmicos, adems de elaborar una tesis de carcter original conforme a la especialidad estudiada. Adems, deber dominar un segundo idioma o una lengua nativa. En tanto, para obtener el grado de doctor, el magister deber concluir satisfactoriamente los seis semestres de estudio o los 64 crditos, presentar una tesis de mxima rigurosidad acadmica y de carcter original y dominar dos idiomas extranjeros, de los cuales uno puede ser reemplazado por una lengua nativa. 11. CAPTULO VI: INVESTIGACIN Esta parte del proyecto, aprobado el 24 de junio, no ha tenido mayores cuestionamientos, porque en ella se considera a la investigacin como una funcin esencial y obligatoria de cada universidad, que tendr la labor de propiciarla, fomentarla y realizarla. Las universidades pblicas o privadas debern participar en la elaboracin y formacin del Plan Nacional de Ciencia, Tecnologa e Innovacin. Asimismo, tambin se establece que los gobiernos regionales destinarn el 20 % de los recursos percibidos por el canon a las universidades pblicas de su zona, esto para la inversin en investigacin cientfica y tecnolgica. En ningn caso, este dinero puede ser utilizado para el pago de retribuciones o remuneraciones. 12. CAPTULO VII: ELECCIN DE RECTOR Y VICERRECTORES Ayer, la comisin discuti sobre la eleccin del Rector, Vicerrector Acadmico y Vicerrector de Investigacin sern elegidos mediante voto universal y ya no como se hace en la actualidad, donde slo la Asamblea Universitaria est encargada de la eleccin. Tanto docentes como estudiantes y graduados podrn participar en la eleccin de las autoridades universitarias, aunque sus votos no tendrn el mismo valor, por la existencia de la ponderacin. Los docentes ordinarios tendrn los dos tercios de los votos, mientras que el tercio restante recaer en los estudiantes matriculados y graduados. 13. CAPTULO VII: ELECCIN DE RECTOR Y VICERRECTORES Un punto importante es que aquellos doctores (requisitos indispensable tener doctorado), que aspiren a ser rectores tendrn que conformar una lista nica al lado de los postulantes a vicerrector acadmico y vicerrector de investigacin. La lista ganadora tendr que obtener ms del 50 % de los votos, caso contrario, se ir a una segunda vuelta con las dos planchas que alcancen los dos primeros puestos en la votacin primaria. Es este proyecto de la nueva Ley Universitaria no se contempla la reeleccin inmediata. An faltan debatir y aprobar nueve captulos antes de ser programada a debate en el pleno del Congreso de la Repblica. 14. QUE PROPONE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA 1. SUNAU REGULA. Tras las disposiciones generales, el segundo captulo de la ley norma la creacin de la Sunau que, adscrita al Ministerio de Educacin, se encargar de la supervisin de la calidad educativa, adems de fiscalizar el uso de los recursos. Tambin podr autorizar el funcionamiento de universidades, tarea que cumple la Conafu. Un punto polmico es la presencia en su consejo directivo de un representante del sector empresarial. Adems, podr decidir la cancelacin de la acreditacin de una universidad, es decir, dispondr su cierre. 35 universidades pblicas y privadas, la Federacin Nacional de Docentes Universitarios y la Federacin de Estudiantes (FEP) han advertido que las competencias de la Sunau violan el artculo 18 de la Constitucin, que dispone que cada centro se rige por sus estatutos. 15. QUE PROPONE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA 2. CREACIN Y FUNCIONAMIENTO En el Captulo III se seala que para constituir una universidad, pblica o privada, se requiere la opinin favorable de la Sunau. Debe tener al menos dos facultades, y las carreras propuestas tienen que satisfacer la demanda. Adems se sealan los requisitos para la creacin de universidades y las disposiciones para la autorizacin de funcionamiento provisional de universidades privadas, que no ser mayor a los cinco aos. 16. QUE PROPONE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA 3. ACREDITACIN En el cuarto captulo se indica que el Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa (Sineace) establecer estos procesos para el mejoramiento de la calidad educativa de forma obligatoria. En tanto, el Consejo de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad de la Educacin Superior Universitaria (Coneau), que depende del Sineace, acreditar a las universidades o validar procesos de acreditacin externa. Si una universidad no logra acreditar su calidad en tres evaluaciones inmediatas, ser clausurada y disuelta por la Sunau. Por este punto, la ANR ha pedido la suspensin del debate en el Congreso 17. QUE PROPONE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA 4. Tesis obligatoria Segn el quinto captulo, el grado de bachiller se obtendr a travs de una tesis. Se eliminar el bachillerato automtico. Para la licenciatura, adems de una tesis, se deber demostrar el dominio de un idioma extranjero o una lengua nativa. 18. QUE PROPONE LA NUEVA LEY UNIVERSITARIA 5. Ms investigacin Se acord que las universidades pblicas destinarn para la investigacin, como mnimo, un 10% de sus recursos autogenerados y no menos del 15% del presupuesto estatal, adems del canon. En el caso de las privadas, destinarn no menos de un 15% de su presupuesto, porcentaje que debe incrementarse hasta un 25% en diez aos. 19. CLAVES PARA ENTENDER. EL PORQUE LOS ESTUDIANTES LA RECHAZAN AUTONOMA UNIVERSITARIA Al ser consultados sobre la razn por la que se oponen a este proyecto de ley, los estudiantes sealan que, de aprobarse esta ley, la autonoma universitaria estara en peligro y una casa de estudios dependera de la Superintendencia Nacional de Educacin Universitaria, institucin que sera instaurada sesenta das despus de ser promulgada la ley y que reemplazara a la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) escenario que muchos consideran inconstitucional. Precisamente, la ANR se ha enfrentado a la comisin que preside el congresista Daniel Mora, quien asegura que los rectores estn tratando de manipular a los estudiantes, al punto de confundirlos sobre los alcances de esta ley, con el afn de quedarse en el cargo. Estn buscando las contradicciones los seores que se quieren perpetuar en la ANR, toda ley tiene su transicin, su momento para aplicarse, afirma el titular de la Comisin de Educacin. 20. CLAVES PARA ENTENDER. EL PORQUE LOS ESTUDIANTES LA RECHAZAN AUTONOMA UNIVERSITARIA Por su parte, Orlando Velsquez, titular de la ANR, asegura que este proyecto es una injerencia absurda y absoluta del poder poltico. La institucionalidad creada por largos aos de autonoma y democracia en las universidades, las propuestas que se estn trabajando para el gobierno y las diferentes instancias de la actividad civil se vendran por tierra, considera. En tanto, los estudiantes ven en peligro la autonoma de sus universidades con la creacin de Superintendencia Nacional de Educacin Universitaria, que se encargar de la supervisin de la calidad educativa y la fiscalizacin del uso de los recursos. Este ltimo punto ha sido duramente criticado por los universitarios. 21. CLAVES PARA ENTENDER. EL PORQUE LOS ESTUDIANTES LA RECHAZAN AUTONOMA UNIVERSITARIA A ello, se suma la conformacin de los nueve miembros de esta superintendencia: un representante del Ministerio de Educacin, un representante del CEPLAN, un representante del CONCYTEC, dos representantes de las universidades pblicas, dos representantes de las universidades privadas, un miembro de los colegios profesionales y un representante del sector empresarial. Quin ser el empresario que se sume a esta superintendencia?, es la pregunta que los estudiantes se hacen y otro motivo por el que se oponen. Para muchos estudiantes el sector empresarial tiene como propuesta la privatizacin de la educacin, por lo que resulta ilgico que integre esta superintendencia que se contrapone a la intencin de enseanza gratuita. 22. CLAVES PARA ENTENDER. EL PORQUE LOS ESTUDIANTES LA RECHAZAN VOTO PARITARIO Una de las grandes modificaciones que tendr la Ley Universitaria es el contenido sobre la eleccin del rector y los dos vicerectores (uno acadmico y otro de investigacin). En la actualidad, la Asamblea Universitaria es la encargada de elegir a estas autoridades que tienen un mandato de cinco aos. Con esta ley, el voto ser universal, es decir, tanto docentes como estudiantes matriculados y graduados podrn elegir a su rector y vicerrectores, pero el voto es ponderado. Los docentes ordinarios tienen los dos tercios de los votos, mientras que los universitarios el restante tercio. 23. CLAVES PARA ENTENDER. EL PORQUE LOS ESTUDIANTES LA RECHAZAN VOTO PARITARIO Los universitarios estn en contra de este mecanismo de eleccin y exigen que el voto sea paritario, es decir, que el voto de los docentes tenga el mismo peso que el del total de estudiantes, 50 %- 50 %. Todos por igual es el reclamo de los alumnos. Pese a que se plante esta posibilidad en el interior de la Comisin de Educacin, el grupo parlamentario opt por los tercios en los votos. 24. CLAVES PARA ENTENDER. EL PORQUE LOS ESTUDIANTES LA RECHAZAN CALIDAD EDUCATIVA En opinin de los estudiantes, esta ley no pone nfasis en una propuesta de mejora educativa, en relacin a recursos econmicos que se destinen a mejorar no solo la infraestructura de las universidades, sino tambin que promuevan y fomenten la investigacin en las casas de estudio. A pesar que en el capitulo sexto se dispone que los gobiernos regionales entreguen el 20 % del canon a las universidades pblicas de su zona, para la inversin en investigacin cientfica y tecnolgica; los universitarios consideran que ello no es suficiente y exigen una respuesta clara a este requerimiento. 25. LA UNIVERSIDAD QUE TENEMOS Y LA UNIVERSIDAD QUE NECESITAMOS Hay dos puntos principales de la reforma: LA PRIMERA es la instauracin de una Autoridad Nacional de Educacin Universitaria. As, tendramos la regulacin desde el Estado a travs del Ministerio de Educacin, el Ministerio de Economa y Finanzas y CONCYTEC. Hay que tener cuidado con el tema de la regulacin, que en la prctica puede convertirse en intervencin. Si es as, la situacin se vuelve peligrosa porque a la propuesta se suma la CONFIEP, con lo que tendramos la intervencin no solo estatal sino del poderoso empresariado del pas. EL SEGUNDO es la supresin de la ANR, quienes la dirigen son rectores de las propias universidades que deben evaluar, con lo que tenemos conflicto de intereses, y que se veran afectados. 26. LA UNIVERSIDAD QUE TENEMOS Y LA UNIVERSIDAD QUE NECESITAMOS PRIMERO, HAY QUE SITUARNOS. El punto de partida para la discusin es el argumento de la calidad. Para el sentido comn, existe baja calidad en todos los niveles educativos. La educacin superior resulta relevante no solo porque forma a los profesionales para el pas, sino porque su acceso es clave para el ascenso social de los individuos y sus familias. El escenario actual para la universidad peruana en general es de crisis. La pblica, por motivos que van desde el escaso presupuesto hasta la corrupcin de sus autoridades, ante la indiferencia de los sucesivos gobiernos nacionales; y la privada con fines de lucro, cuya expansin desmedida ha puesto en riesgo la calidad de sus profesionales, tanto por el rgimen de docentes (por horas), como por su escaso contenido crtico (solo llevan cursos para su profesin) e infraestructura insuficiente (no campus, sino edificios pequeos y cerrados). 27. LA UNIVERSIDAD QUE TENEMOS Y LA UNIVERSIDAD QUE NECESITAMOS PRIMERO, HAY QUE SITUARNOS. El punto de partida para la discusin es el argumento de la calidad. Ahora, el argumento disparador de la urgencia de una reforma en estos momentos de la historia es el de la competitividad internacional: no hay ninguna universidad peruana entre las 500 mejores del mundo, lo cual es cierto. Y es que ahora las universidades compiten no solo con sus pares nacionales (lo que permite que hasta las asociativas deban buscar formas de mejorar su oferta educativa por medio del alza de pensiones), sino hasta internacionales, midindose a travs de los rnkings como ARWU de Shanghai o The Times Higher Education de Inglaterra, basados en criterios cuantitativos de investigacin y premios. 28. LA UNIVERSIDAD QUE TENEMOS Y LA UNIVERSIDAD QUE NECESITAMOS Ahora, el punto de partida es la calidad. Pues, pensemos en ella. Cmo saber que nos acercamos a los estndares internacionales si no los hemos discutido primero y ms bien creemos a priori que el Estado y los empresarios la asegurarn sin saber qu es?Cules son los criterios que debemos seguir? Muchos estamos de acuerdo en que el fomento de la investigacin es parte de ello. Empero, es increble que los institutos de investigacin no se pronuncien abiertamente sobre el tema. Dnde estn GRADE, CIES, CISEPA, etc.? Estn trabajando con el Congreso y no lo sabemos? Estn organizando eventos en auditorios o qu? 29. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY Es necesario dar una nueva ley universitaria? Es urgente porque la ley vigente, el decreto legislativo dado por el rgimen fujimorista, nos ha conducido a una situacin deplorable. Por permitir la inversin privada en la educacin existen 140 universidades, la mayora de muy poca calidad educativa, en las que priman el lucro, la renta y se ha acentuado una lucha por el poder. 30. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY Y hacia dnde debe apuntar la ley? La ley universitaria en el Per debe exigir que haya universidades de calidad comprobada, que otorguen una preparacin integral, que estn vinculadas con la realidad nacional y acenten el aspecto de la investigacin 31. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) ha sumado o restado? En realidad no se ven frutos concretos de su actividad, habindose limitado a resolver conflictos que se propiciaban dentro de las propias universidades cuando se pelean para llegar al poder, all entra a tallar y forma comisiones reorganizadoras... creo que ha olvidado que hay tareas que van ms all de mirar de modo disimulado los problemas. 32. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY Se deben replantear las funciones de la ANR o debera desparecer? Debe quedar como un organismo de coordinacin entre rectores, pero sin tener algunas facultades que hoy posee y que no cumple cabalmente. No puede seguir haciendo lo que le venga en gana, abusando de su autonoma. 33. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY En qu ha fallado, qu facultades no debera tener? La ANR no debe autorizar el funcionamiento de universidades porque ha permitido la creacin de varias de muy escasa calidad, sin pedir exigencias mnimas respecto a plana docente, estructura fsica y equipamiento. Se han visto casos de campus que funcionan provisionalmente, los fines de semana, en hoteles; una vergenza. 34. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY Se puede considerar que con la creacin de una superintendencia para mejorar la calidad de las universidades? S, porque la superintendencia ser una instancia que vigile el uso adecuado de los recursos que se otorgan a las universidades. Eso no es ir contra la autonoma, eso se llama transparencia. Adems, debe establecer estndares mnimos y aceptables para que una universidad se pueda llamar universidad en toda la extensin de la palabra. 35. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY Se justifican las marchas de protesta contra la ley universitaria? No, pero si se explican porque la nueva ley cambiara un estado de cosas que vienen funcionando mal con el consentimiento de muchos. Una universidad que merece llamarse universidad no debera oponerse. Pero la ANR insiste en que la ley lesiona la autonoma. Eso es FALSO, son crticas y reclamos que pueden caber en una pancarta, eso no se sustenta. 36. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY Vemos un apresuramiento en discutir la ley? Lleg el momento de discutirla, de ver los pro y contra, porque la situacin no da para ms. Las universidades no estn investigando ni planteando un perfil de estudiantes de calidad, no tienen un rol social de liderazgo. Eso tiene que cambiar. 37. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY Miembros de la Red Nacional de Juventudes del Per - Renajuv, saludaron la aprobacin de la nueva norma legal dirigida a estos centros superiores de estudios y exigen mejor educacin y responsabilidad de sus autoridades. El presidente de Renajuv, James Ramos Vargas, indic que la ley permitir que la educacin superior se vincule con el desarrollo social, el uso de la tecnologa, y el Estado, por ello este nuevo dictamen que an es evaluado, no infringe con la autonoma universitaria, 38. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD. DESDE HACE ms de dos dcadas se puso de moda el trmino responsabilidad social en todas las organizaciones pblicas y privadas, y citarlo resulta pertinente ahora que est en debate la nueva ley universitaria, la que es cuestionada mayormente por quienes ven amenazados sus intereses crematsticos. Los docentes universitarios deben tener plena conciencia para definir lo que es la responsabilidad social vinculada a las universidades. 39. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD. Ser responsable es entender que cada uno de nosotros formamos parte de una sociedad y que todos asumimos compromisos y obligaciones que debemos cumplir, tanto individualmente como en conjunto (institucional). Por tanto, las universidades tienen el deber y la obligacin de cumplir con la sociedad peruana, a la que se deben, y, en tanto, no tengan una visin de futuro y se pongan a tono con los adelantos y la tecnologa no estaremos desarrollando el pas. En esta razn creemos que la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) tiene que cambiar y no seguir modelos de hace ms de 30 aos. 40. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD. De qu investigacin pueden hablar hoy ciertos maestros universitarios, si muchos de estos jams han escrito una pgina sobre la ciencia o la disciplina que dicen dominar. Por lo dems, tenemos abundantes profesores universitarios que ensean pura teora, pues no han realizado nunca trabajo de campo. Tal es el caso, por citar solo uno de aquellos expertos en administracin de empresas o negocios internacionales que nunca han gerenciado nada, ni siquiera una pyme. 41. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD. Es tal la obsolescencia de muchas universidades pblicas y privadas que carecen de buenas bibliotecas, laboratorios, sistemas informticos de mediana o ltima generacin. Nos preguntamos cmo se acreditarn esas universidades, con una calidad de enseanza mediocre, desfasada. Desearamos saber cuntos de los maestros universitarios peruanos han seguido cursos y maestras en el extranjero y cuntos de nuestros magsteres y doctores hablan dos idiomas, por lo menos. 42. POSTURAS A FAVOR DE LA NUEVA LEY RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD. De all surge la perentoria urgencia de reformar la actual legislacin universitaria y constituir un nuevo sistema de educacin superior. Dicho sistema debe tener objetivos claros y concretos como, por ejemplo, dar el gran salto de la industrializacin. Por tanto, resultar necesario reformular todo el sistema universitario. 43. EL FALLO DE LA SENTENCIA DEL EXP. 0017-2008-AI Inconstitucional la Ley N 28564. Declara que no existe organismo competente para autorizar filiales. El CONAFU, se encuentra prohibido de ejercer sus competencias (Art. 2, Ley 26439) Declara estado de cosas inconstitucionales. Cierre de toda filial universitaria que no haya sido ratificada regularmente por el CONAFU. Creacin de una Superintendencia altamente especializada, la que deber evaluar a todas las universidades y filiales ratificadas o autorizadas por el CONAFU, esta evaluacin, de conformidad con el fundamento jurdico 216, deber incluir a las filiales universitarias cuyo funcionamiento haya sido autorizado judicialmente. 44. GRACIAS.