proyecto de estatutos tranvía del camino de santa...

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PROYECTO DE ESTATUTOS PARA LA SOCIEDAD TRANVíA DEL CAMINO DE SANTA ROSA DE LA SOCIEDAD Y SU OBJETO ARTicULO PRIMERO. La Sociedad denominada Tranv{a del Ca- mino de Santa Rosa, tiene por objeto: adquirir las concesiones que el señor Santiago A Ossa ha obtenido de ¡as Municipali- dades de los departamentos de Santiago y la Victoria para construir un tranvía eléctrico de los Bajos de Mena al Mercado Central de Santiago, con un ramal á San Bernardo, lIevar á cabo y explotar este tranvía, y establecer una responsabilidad garantida para constituir una fianza por el total de la responsa- bilidad. AIn. 2.° La Sociedad será formada con setecientas cincuenta acciones de un valor nominal de mil pesos cada una. ART. 3·° La Sociedad durará treinta años, salvo que las Mu- nicipalidades adquieran el tranvía conforme á Jos contratos es- tipulados, debiendo entonces liquidarse. AIn. 4·° El domicilio de la Sociedad es la ciudad de San- tiago.

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PROYECTO DE ESTATUTOS

PARA LA SOCIEDAD

TRANVíA DEL CAMINO DE SANTA ROSA

DE LA SOCIEDAD Y SU OBJETO

ARTicULO PRIMERO. La Sociedad denominada Tranv{a del Ca­

mino de Santa Rosa, tiene por objeto: adquirir las concesiones

que el señor Santiago A Ossa ha obtenido de ¡as Municipali­dades de los departamentos de Santiago y la Victoria paraconstruir un tranvía eléctrico de los Bajos de Mena al MercadoCentral de Santiago, con un ramal á San Bernardo, lIevar á

cabo y explotar este tranvía, y establecer una responsabilidad

garantida para constituir una fianza por el total de la responsa­bilidad.

AIn. 2.° La Sociedad será formada con setecientas cincuenta

acciones de un valor nominal de mil pesos cada una.

ART. 3·° La Sociedad durará treinta años, salvo que las Mu­nicipalidades adquieran el tranvía conforme á Jos contratos es­

tipulados, debiendo entonces liquidarse.AIn. 4·° El domicilio de la Sociedad es la ciudad de San­

tiago.

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PROYECTO DE ESTATUTOS

DE LA CONSTITUCiÓN DE LA SOCIEDAD

ART. 5.° Las acciones serán personales; quedarán inscritas

eÚ un registro especial y se dará de ellas un título que debellevar las firmas del Presidente y del Secretario del Directorio

y el sello de la Sociedad.ART. 6.0 Las acciones son transferibles previa calificación del

cesionario por el Directorio. La transferencia se hará por escri­

tura privada ante dos testigos y firmándo1a el Presidente y elSecretario del Directorio, y en la que el nuevo accionista decla­

rará aceptar las disposiciones sociales de estos estatutos.A In'. ;.0 Las acciones son indivisibles.

ART. 8.° Los accionistas pagarán un 10 por ciento de su valor

nominal quince días después de organizada la Sociedad, y otro10 por ciento un año desp'ués, y quedan obligados á cubrir cuo­tas hasta de un 4 por 'ciento semeslral sobre el valor nominal

de sus accioncs siempre que el Tranvía no diera para cubrir losintereses y amortizaciones del semestre y que el Directorioacordare cobrarlas.

Toda mora en el pago de las cuotas será penada con el inte­rés mensual del uno por ciento; si se prolongara por más de tres

meses, queda facultaclo el Directorio para enajenar las accionesconforme á !as disposiciones del Código de Comercio.

AIZT. 9.° Cuando por quiebra ú otro motivo considerase inse­

gura la responsabilidad de algt'uí. accionista, queda facultado elDirectorio para pedir se garantice las acciones y para enajenar­

las cuando en el plazo de quince días no se diere la garantía

exigida.

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428 PROYECTO DE ESTATUTOS

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DE LA ADMINISTRACiÓN OS LA SOC!F:DAD

Ala. !O. La administracióil general de la Sociedad corres­

ponde á la J unta General de Accionistas.

ART. Ir. La J unta General de Accionistas tendrá lugar ordi­

nariamente en los cinco primeros días del mes de Enero y Julio,

y extraordinariamente cuando ]0 acordare el Directorio ó lo

pidieren por escritos accionistas que representen un sexto del

capital social.

A RT. 12. Las reuniones ordinarias de la J unta Genera] ten­

drán lugar previa una citación por avisos en dos diarios de San­

tiago, con diez días de anticipación; serán presididas por el

Presidente, ó en su ausencia por el Director más antiguo; ten­

drán lugar con el número de accionistas que concurran, y sus

deliberacioncs serán válidas sicmpre que obtengan la mayoríade los votos de los asistcntes.

En ellas se tratará:

1.0 Del balance del semestre anterior;

2.° De la mcmoria sobre la marcha de la Sociedad;

3. ° Del informe de los inspectores de cuentas;

4.° Del nombramiento de directores;

5.° Del nombramiento de dos inspectores de cuentas para el

semestre siguiente;

6.° De las medidas de orden interno que se propon6"an.

AI{T. 13. Las reuniones ext~aordinarias tendrán lugar previa

una citación personal y por dos diarios de Santiago con quince

días de anticipación; serán presididas por el Presidente del Di­

rectorio, Ó en su ausencia por el Director más antiguo, tendrán

lugar con la representación de los dos tercios dc"las acciones, y

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PROYECTODE ESTATUTOS 429

sus acuerdos serán válidos cuando concurran á aprobados los

dos tercios de las accioncs rcprcse~1tadas en la reunión.

E n ellas se tratará únicamen te de los motivos expresados enla citación. '

ART. \'4. Los accionistas tendrán un voto por cada acción

que posean Ó representen.

ART. 15. Los aécionistas que no tuvieren debidamente arre­

glados SLlS títulos de acciones deberán hacerla cinco días antes

de las sesiones de la junta sin lo que no tienen derecho á los

votos que ellas representan.

AR"f. 16. El accionista que no pudiere asistir á una reunión

de la J unta, podrá hacerse representar en ella por otro accionis­

t~l por medio de una carta-poder especial para esa reunión.

ART. 17. A la Junta General de Accionistas corresponde

exclusivamente el aumento del capital social, la reforma de los

Estatutos, la liqUidación de la sociedad y]a contratación de

deudas y empréstitos.

A RT. \ 8. Los acuerdos de la J unta General serán realizados

por un Directorio, compu,esto de cinco miembros, á quien co­

rresponde también la administración general del tranvía.

ART. 19. Los directores durarán cinco semestres en sus fun­

ciones, debiendo renovarse uno en cada semestre; serán elegi­

dos en votación secreta y pueden ser reelegidos indefinida­mente.

ART. 20. Para poder ser director se necesita poseer en sunombre veinticinco acciones á lo menos.

ART. 21. Las vacancias accidentales en el Directorio serán

llenadas, hasta que la J unta haga el nombramiento, porel accio­

nista que acuerde el Oirecto.rio.

Awf. 22. Dejarán de ser ,directores los miembros que caye­

ren en falencia, suspendieren SLlS pagos, se retiraren del país

por más de tres meses ó tuvieren imposibilidad física ó moral

para llenar su cometido.

~

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430 PROYECTODE ESTATUTOS

ART. 23. El Directorio funcionará con la asistencia de tres

de sus miembros, sus resoluciones se tomarán por mayoría de

votos, y si hubiere empate en alguna votación, se dejará para

la sesión siguiente: y si de nuevo lo hubiere, decidirá el Presiden te.

ART. 24. El Directorio celebrará sesión mensualmente, yextraordinariamente cuando lo p¡dan dos de sus miembros ó elAdministrador del Tranvía.

ART. 25. Las sesiones tendrán lugar en día y hora fijada con

anterioridad, y para las extraordinarias se deberá citar especial­

mente, indicando en la citación los asuntos que se tratarán.ART. 26. Son atribuciones del Directorio:

1.0 Formar el reglamento interno de la Sociedad;

2.° Aprobar el reglamento de administraciÓn del 1'ranvla;

3.° Nombrar y remover el administrador y el contador-

cajero;

4.0 Ordenar la remoción de los empleados que creyere inade­cuados al ::;ervicio;

5.° Fijar la planta de empleados, las garantías que deben

dar, su sueldo y gratificación;

6.° Hacer publicar cn uno ó más diarios de Santiago el ba-lance semestral;

7.° Fijar las tarifas;

8.0 Formar el presupuesto de gastos semestrales;

9.0 1ntegrar el Directorio en conformidad al· artículo 21;

10. Transigir las cue~tiones ó litigios que tuviere la Socie­

dad, ó sujetados á compromisos, nombrando jueces árbitros ó

arbitradores, con ó sin renuncia de ]os recursos legales;

11. Proponer las reformas de Estatutos y dar cumplimiento

á las resoluciones de la Junta;

12. Vedficar]a liquidación de la Sociedad con arreglo á lo

que estos Estatutos disponen.

ART. 27. Son atribuciones del Presidente del Directorio:

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PROYECTO DE ESTATUTOS 431

torio;1.° Presidir las reunio;1es de las J unta Directiva y del Direc-

.•.

2. ° Citar á reuniones de la J unta General y del Directorio;

3.° Representar con el secretario, judicial y. extrajudicialmen­te á la Sociedad.

IV

DE LA AD1\IINISTRACIÓ~ DEL TRANVÍA

,.\RT. 28. La administración del Tranvía estará á cargo de

un administrador bajo la vigilancia del Directorio, quien hará

de secretario en la~ J untas Generales y en las sesiones del Di­rectorio.

ART. 29. El administrador durará tres años en sus funciones

y será nombrado por e! Directorio.

ART. 30. Son atribucione~ de! administrador:

1.0 Dar cumplimiento á las disposiciones del Directorio, en

conformidad con los reglamentos y estos Estatutos;

2.° Organizar el personal de explotación del Tranvía y las

oficinas correspondientes;

3.° Llenar los empleos que fije el Directorio, 'velar sobre la

conducta de los empleados y renovados cuando sean inadecua­

dos al servicio;

4.° Presentar á la aprobación del Directorio el reglamento

de administración del Tranvía y las medidas de carácter gene­

ral que crea conveniente para la buena administración;

5.° Redactar y firmar como secretario las actas y comunica­

ciones de la Sociedad y del Directorio, llevar ]a corresponden­

cia genera], velar porque los libros se lleven en debida forma ydía á día y firmar con el Presidente los contratos y escrituras;

6. o· Atender á las operaciones de caja y presenciar los ar­

queos;

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432 PROYECTO DE ESTATUTOS

7.° Pn:sel1tar mensualmente un balance del movimiento defondos;

8.° Establecer el tránco;

9.° Velar por la conservación de la vía y el ,.naterial;10. Presentar semestralmente al Directorio una memoria so­

bre la marcha del tranvía;

1 I. Tomar las medidas de carácter interno que creyere con­veniente, en conformidad con el reglamento.

ART. 3 I. La contabilidad y el manejo de los fondos cstará á

cargo de un contador-cajero, cuyas obligaciones son:1.0 Pasar diariamente al Administrador el movimiento de

fondos;

2.° Depositar en un banco á la orden de la Sociedad el pro-ducto líquido del día;

3.o Llevar la estadística del movimiento de caja y pasajeros;4.° Llevar la contabilidad general de la Sociedad ydel Tranvía;

5.° Cobrar y pagar las cuentas de la Sociedad, recibir las en-tradas del Tranvía, pagar los empleados y examinar Jas cuentasde los que reciban fondos proveniente del tránco;

6.° C~jmplir con las disposiciones de los rcgbmentos;7.0 Dar cumplimicnto ,í las disposiciones de carácter interno

que el administrador le seiíale con motivo de la contabilidad.AR'r. 32. Los empleados son responsables personalmcnte por

las multas quc hubierc de pagarse por infracciones de la ley.

V

DE LAS OI'ERACION ES

A RT. 33. Las utilidades líquidas del semcstre se distribuiránen este orden:

1.0 4' por ciento ,del valor de los abonos que emitiere'la So­ciedad, al pago de sus Intereses y amortización;

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PROYECTO DE ESTATUTOS 433

2.0 2 por ciento del valor de los materiales, a fondo eJe reno­

vación de materiales;

3·.0 4 por ciento del capital pagado, á dividendo;

4·° El sobrante queda a disposición del Directorio para estos

objetos: mejoramiento del Tranvía, gratificación á los emplea­dos y dividendos extraordinarios.

ART. 34. Ello por ciento de las acciones que debe pagarse

según estos Estatutos, constituirá un fondo de garantía y de re­

serva que se invertirá en letras hipotecarias, y que no puede ser

distraído de su objetQ. sino cuando haya sido pagado por los ac­cion istas el total de las acciones.

VI

DE LA JURISDICCIÓN

ART. 35. Las cuestiones que se suscitaren entre el Directo­

rio y alguno de los socios, se sometarán al fallo de un juez árbi­

tro nombrado de común acuerdo, quien fallará sin u1terior re­

curso en vista de la exposición de las partes.

VII

~tOnrFICACIOJ\'ES SOCIALES

A In. 36. Los estatutos sólo pueden refornnrse cn sesIOnesex t raord inarias.

En la primera Junta General que fuerc convocada para este

objeto, se dará cucnta de los pi'oyectos de reforma presentados

y se nombrad, por mayoría dc votos y por listas, una comisión

compuesta de tres miembros, la que presentará en ]a sesión si­

guiente un informe sobre la reforma propuesta, el que, discutido,

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434 PROVECTO DE EST,\TUTOS

1será puesto en votación. En lo demás se seguirá el tr;imite ordi­

nario y legal.

Ala. 37. La liquidación de la Sociedad se hará en los si­

guientes casos:

1.0 Si las Municipalidades, al terminar el plazo por el cual

pueden contratar, detenninaren adquirir el Tranvía; y

2.° Si durante dos años no akanzare el producto del tráfico

á costear ]os gastos de explotación y á pagar los intereses de

las deudas con traídas para su construcción.

Ala. 38. La liquidaciÓn se hará en conformidad á las dispo­

siciones de] Código de Comercio, por el Directorio y tres so

cios nombrados ad hoc por la J unta General de Accionistas.

VIII

AI~TíCULOS TRANSITOIUOS

ART. 39. Queda facultado el Directorio para contraer una

deuda que no gane interés mayor que el 7 por ciento anual y

que equivalga al total del valor de la responsabilidad que repre­

sentan las acciones, la que será pagada con una amortización

de] 2 por ciento.

A Rl'. 40. El pri mer Directorio será nom bra(]o= en la primera

J unta General de Accionistas, que se reunirá con la citación que

con diez días de anticipación hiciere el señor Santiago A. Ossa.

y á la que deben concurrir la mitad m;is una de las acciones.

Awr. 41. El 31 de Diciembre ck 1393 sorteadl el Directorio

c1 orden en que cesadn en sus cargos los socios quc fúrmaren

el primer Directorio.

Ala. 42. Queda facultado el Directorio para Jlevar á cabo

la construcción del Tranvía en la forma y condici()nes que' crc­

yere conveniente y para invertir en eJla los fondos que pudiera

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PROYECTO DE ESTATUTOS 435

obtener 'bajo la responsabilic1ad sllscrita por Jas acciones socIa­

les. en conformidad al artículo 39. Esta facultac1 terminará el

día que se entregue al tráfico públic~oel Tranvía.

S. A. O.-E. V. M.

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