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Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No. 64c 75. PBX: 437 76 30 Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 www.icbf.gov.co República de Colombia Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Dirección de Protección PROTECCIÓN -ACCIONES PARA PRESERVAR Y RESTITUIR EL EJERCICIO INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA BPIN 1004000480000 I. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, fue creado por la Ley 75 de 1968, como ente coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Es un establecimiento público descentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio; adscrito al Departamento para la Prosperidad Social, que tiene como misión trabajar por el desarrollo y la protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias colombianas. La Protección Integral de los niños, niñas y adolescentes, está fundamentada en la Constitución Política Colombiana, la cual en el Art. 44, “…establece la obligación de la familia, la sociedad y el Estado de asistir y proteger al niño y a la niña para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos”, concepto reafirmado en el Art. 7 de la Ley 1098 de 2006, que entiende por protección integral de los niños, niñas y adolescentes, el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento inmediato en desarrollo del principio del interés superior. Es así, como por medio del proyecto de inversión “Protección - Acciones para preservar y restituir el ejercicio integral de los derechos de la niñez y la familia”, el ICBF desarrolla acciones y programas de atención para el Restablecimiento de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situaciones de amenaza, inobservancia o vulneración de derechos, especialmente aquellos estipulados en los Art. 18, 19 y 20 de la Ley 1098 de 2006, y a los niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado interno de acuerdo con lo que establece la Ley 1448 de 2011. Así mismo, a través de este proyecto de inversión se desarrollan programas de atención para adolescentes menores de 18 años, vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA, en virtud de lo contenido en la Ley 1098/06 - Código de Infancia y Adolescencia en su Libro II y la Ley 1453/11 que la modifica.

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Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No. 64c – 75. PBX: 437 76 30 Línea gratuita nacional ICBF 01 8000 91 8080 www.icbf.gov.co

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Cecilia De la Fuente de Lleras

Dirección de Protección

PROTECCIÓN -ACCIONES PARA PRESERVAR Y RESTITUIR EL EJERCICIO INTEGRAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA

BPIN 1004000480000

I. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, fue creado por la Ley 75 de 1968, como ente coordinador y articulador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. Es un establecimiento público descentralizado, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio; adscrito al Departamento para la Prosperidad Social, que tiene como misión trabajar por el desarrollo y la protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias colombianas. La Protección Integral de los niños, niñas y adolescentes, está fundamentada en la Constitución Política Colombiana, la cual en el Art. 44, “…establece la obligación de la familia, la sociedad y el Estado de asistir y proteger al niño y a la niña para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos”, concepto reafirmado en el Art. 7 de la Ley 1098 de 2006, que entiende por protección integral

de los niños, niñas y adolescentes, el reconocimiento como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento inmediato en desarrollo del principio del interés superior. Es así, como por medio del proyecto de inversión “Protección - Acciones para preservar y restituir el ejercicio integral de los derechos de la niñez y la familia”, el ICBF desarrolla acciones y programas de atención para el Restablecimiento de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situaciones de amenaza, inobservancia o vulneración de derechos, especialmente aquellos estipulados en los Art. 18, 19 y 20 de la Ley 1098 de 2006, y a los niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado interno de acuerdo con lo que establece la Ley 1448 de 2011. Así mismo, a través de este proyecto de inversión se desarrollan programas de atención para adolescentes menores de 18 años, vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes - SRPA, en virtud de lo contenido en la Ley 1098/06 - Código de Infancia y Adolescencia en su Libro II y la Ley 1453/11 que la modifica.

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Marco de Política Pública de Protección En cumplimiento de la legislación internacional en materia de niñez (Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), Declaración de los Derechos del Niño de (1959), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966), Convención Interamericana de Derechos Humanos, Pacto de San José (1969), Convención sobre los Derechos del Niño (1989), Reglas de Naciones Unidas para la Administración de Justicia – Reglas de Beijing (1990), Reglas de Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil – Reglas de Riad (1990), Reglas de Naciones Unidas sobre las Medidas no Privativas de Libertad – Reglas de Tokio (1990), Reglas de Naciones Unidas para la Protección de Menores Privados de la Libertad – Reglas de La Habana (1990), Observación General de las Naciones Unidas No. 10 sobre los Derechos del Niño en la Justicia de Menores (2007),así como toda la legislación en materia de derechos humanos y derecho internacional humanitario) y de la legislación nacional (Constitución Política Colombiana y Código de Infancia y Adolescencia, en especial el capítulo II), la Dirección de Protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar desarrolla acciones tendientes al restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes. Participa activamente en el diseño e implementación de políticas como

prevención y atención de Explotación Sexual y Comercial de niños, niñas y adolescentes, prevención y atención del trabajo infantil, prevención y protección integral de niños, niñas y adolescentes víctimas de reclutamiento forzado, política integral de protección de niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual, política de discapacidad, entre otras, así como el desarrollo de un enfoque diferencial en el proceso de restablecimiento de derechos. Problemática que atiende el proyecto Los niños, niñas y adolescentes que se encuentran con sus derechos vulnerados, amenazados o inobservados, en algunas ocasiones se encuentran desvinculados del sistema escolar, algunos se encuentran en ejercicio o acompañamiento del trabajo informal ambulante, con conductas y problemáticas asociadas como inicio de consumo de sustancias psicoactivas, actividades delictivas y pertenecientes a familias con relaciones disfuncionales. La característica esencial relacionada con la vulneración de derechos desencadena comportamientos agresivos con su grupo de pares y su respectiva red familiar, además se evidencia dificultad para asumir normas tornándose desafiantes con las figuras de autoridad. Presentan dificultad para asumir normas, aceptar figuras de autoridad y seguir instrucciones debido a que en sus hogares la mayor parte del tiempo no están presentes dichas figuras, evento que genera

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aceptación de la norma a través del maltrato o del castigo desencadenando problemas de comunicación y aprendizaje en el que deben asumir roles que no son acordes con su edad. Así mismo no se observa un manejo adecuado de pautas de crianza al interior del hogar lo que dificulta que los niños, niñas y adolescentes mantengan y adopten hábitos y rutinas adecuados. Los niños, niñas y adolescentes presentan un perfil coherente con el entorno en el que se desenvuelven, su vulnerabilidad física y psicológica frente al medio social los obliga a adquirir y desarrollar medios de subsistencia, mecanismos de protección y manipulación con el fin de ser escuchados, atendidos y aceptados por su grupo de pares. Frente a esto se observa que el agente determinante del desarrollo personal de los niños, niñas y adolescentes es el modelo que ofrece su medio familiar, dadas las características de violencia, maltrato intrafamiliar, delincuencia, inestabilidad mental, desamparo o sobreprotección, disfuncionalidad en sus relaciones, lo cual ofrece un panorama poco alentador en la formación de los niños, niñas y adolescentes. El mundo se les presenta contradictorio, lo que los lleva a exhibir baja tolerancia a la frustración e incertidumbre acerca de su presente y acciones del futuro. Es por esto que los niños, niñas y adolescentes presentan dificultad para

relacionarse adecuadamente con sus compañeros y con el entorno, pues ante cualquier situación que se sientan amenazados, reaccionan de una manera hostil a través de la agresión física y verbal, generando contextos de difícil intervención donde se ponen barreras que en muchos casos son difíciles de romper. Por otro lado, se les dificulta comportarse adecuadamente en instituciones o espacios abiertos de la comunidad. Presentan inconvenientes relacionados con la capacidad para comprender o expresar una petición, emoción, un saludo, una protesta o una negativa. En general los niños, niñas y adolescentes muestra altos índices de agresividad con ellos mismos, sus familias y grupos de pares, por conductas aprendidas en su hogar y proyectados a los demás contextos, lo que lleva a que los niños se tornen ansiosos al no tener control sobre situaciones que son de su interés o que los afectan, como son los conflictos familiares, buscando así mecanismos de defensa para suprimir sentimientos y emociones, presentando déficit de auto esquemas. II. OBJETIVOS

El proyecto “Protección - Acciones para preservar y restituir el ejercicio integral de los derechos de la niñez y la familia”, tiene como objetivo garantizar el restablecimiento de derechos vulnerados a los niños, niñas, adolescentes y familias, y la reparación del daño causado, en el marco de la

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Constitución Nacional, los tratados internacionales y el Código de Infancia y Adolescencia, a través de procesos de atención directa, integración y fortalecimiento familiar, gestión e inclusión social. Los objetivos específicos del proyecto son: Gestionar las acciones que permitan el

restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes, personas mayores de 18 años con discapacidad y mujeres menores de 18 años gestantes o en periodo de lactancia, con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados.

Articular acciones que contribuyan a la restitución del derecho a la identidad, en su elemento filiación, de los niños, niñas y adolescentes, dentro de los procesos de investigación de paternidad y maternidad.

Gestionar las acciones que permitan la atención integral a los adolescentes que ingresen al SRPA en sus componentes pedagógico, restaurativo, de inclusión social.

III. DESCRIPCIÓN

Procesos de Atención de

Restablecimiento de Derechos – PARD

Se entiende por Restablecimiento de Derechos de los niños, niñas y

adolescentes, la restauración de su dignidad e integridad como sujetos y de la capacidad para hacer un ejercicio efectivo de los derechos que le han sido vulnerados. El restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes es responsabilidad del Estado en su conjunto a través de las autoridades públicas, quienes tienen la obligación de informar, oficiar o conducir ante la Policía, las Defensorías de Familia, las Comisarías de Familia o en su defecto, los inspectores de Policía o las personerías municipales o distritales, a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en condiciones de riesgo o vulnerabilidad. Cuando esto ocurra, la autoridad competente deberá asegurarse de que el Sistema Nacional de Bienestar Familiar garantice su vinculación a los servicios sociales. Las situaciones de ingreso al Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos son tres:

a. Inobservancia:

Consiste en el incumplimiento, omisión o negación de acceso a un servicio, o de los deberes y responsabilidades ineludibles que tienen las autoridades administrativas, judiciales, tradicionales nacionales o extranjeras, actores del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, sociedad civil y personas naturales, de garantizar, permitir o procurar el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas o adolescentes nacionales y

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extranjeros que se encuentren en el territorio colombiano o fuera de él.

b. Amenaza:

Consiste en toda situación de inminente peligro o de riesgo para el ejercicio de los derechos de todos los niños, niñas o adolescentes.

c. Vulneración:

Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Una vez los niños, niñas y adolescentes ingresan a un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos, la Autoridad Administrativa determina la modalidad en la que deben estar ubicados de acuerdo con lo establecido en los lineamientos técnicos del modelo para la atención de los niños, niñas y adolescentes con derechos inobservados, amenazados o vulnerados. Es responsabilidad de la Dirección de Protección contar con la oferta de servicios a nivel nacional en cada una de las modalidades con los cupos que se requieren para esta atención. Modalidades de atención: - Centro de emergencia:

Es una modalidad de atención que se ofrece de manera inmediata a los niños, niñas y adolescentes, como medida de urgencia, cuando han sido remitidos por la autoridad

administrativa. Se puede establecer el uso de la modalidad una vez adelantadas las acciones de verificación inmediata de la garantía de derechos (Art. 52. Ley 1098 de 2006), cuando se haya establecido la inobservancia, amenaza o vulneración de alguno de sus derechos y no proceda la ubicación de los niños, niñas y adolescentes en hogar de paso. - Intervención de apoyo:

Consiste en el desarrollo de servicios de atención ambulatoria que se configuran en un proceso de apoyo y orientación individual y familiar con el fin de restituir o fortalecer condiciones para el ejercicio pleno de los derechos de niños, niñas y adolescentes, a través de mínimo diez sesiones mensuales en el medio familiar. Esta modalidad atiende vulneración, discapacidad, situación de vida en calle, trabajo infantil, consumo de sustancias psicoactivas y violencia sexual. Apoyo psicosocial: Son acciones secuenciales de atención interdisciplinaria individual y familiar que parten de las potencialidades individuales de los niños, niñas y adolescentes, e inciden en su desarrollo personal, de acuerdo con su condición particular, con el fin de superar las situaciones que generaron su ingreso al proceso administrativo de restablecimiento de derechos.

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Apoyo psicológico especializado: Intervención que se realiza a los niños, las niñas y adolescentes, y si se requiere a sus familias o redes vinculares de apoyo, que presentan alteraciones psicológicas, comportamentales, relacionales o deterioro significativo en otras áreas de su vida, como consecuencia de situaciones de las cuales han sido víctimas y que constituyen una intervención fundamental en el restablecimiento de derechos. - Externado:

Restablece a los niños, niñas y adolescentes el ejercicio de sus derechos vulnerados sin desvincularlos de su medio familiar con el fin de superar sus factores de vulnerabilidad y propiciar factores de generatividad. Los niños, niñas y adolescentes atendidos por esta modalidad deben asistir a una institución durante cuatro (4) horas diarias, los días hábiles del mes, en jornada alterna a la escolar. Esta modalidad atiende vulneración, discapacidad, situación de vida en calle, trabajo infantil, y consumo de sustancias psicoactivas. Media jornada: La familia o red vincular presenta factores de generatividad para que el niño, la niña o el/la adolescente permanezca con ella, pero requiere de apoyo del ICBF para ejercer plenamente los derechos de los niños, niñas y adolescentes, superar los factores de vulnerabilidad, generar factores de generatividad y prevenir situaciones de

mayor vulneración o abandono. Esta modalidad aplica para niños, niñas y adolescentes escolarizados. Jornada completa: La familia o red vincular requiere de apoyo del ICBF para ejercer plenamente los derechos de los niños, niñas y adolescentes, fortalecer los vínculos familiares y redes de apoyo, con el fin de superar los factores de riesgo y formar factores de generatividad. Esta modalidad aplica para niños, niñas y adolescentes no escolarizados, que han desertado del sistema educativo o que requieren de apoyos educativos especiales. - Casa hogar:

Es un hogar, en el cual los niños, niñas, adolescentes y gestantes o en período de lactancia, con derechos inobservados, amenazados o vulnerados, cuentan con el acompañamiento de profesionales, orientado a propiciar una convivencia similar a la de la vida familiar y con la atención e intervención familiar requerida para el restablecimiento de sus derechos. - Hogar Sustituto:

El hogar sustituto proporciona experiencias positivas de vida para los niños, niñas y adolescentes, con sus derechos inobservados, amenazados o vulnerados, privilegiando que en el seno de una familia concurran tanto un entorno protector donde se privilegie el disfrute del amor y la protección, como la construcción de vínculos

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afectivos seguros, que le permitan a cada uno de los beneficiarios, superar las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentran. Esta modalidad atiende discapacidad y vulneración. - Hogar Gestor:

Esta modalidad se desarrolla a través de acompañamiento psicosocial y apoyo económico cuando se requiera, dirigido al niño, niña o adolescente en su medio familiar, con el fin que la red familiar o vincular, asuma de manera corresponsable la protección integral y desde la garantía del “derecho de los niños, niñas y adolescentes de tener una familia y no ser separado de ella.” Esta modalidad atiende discapacidad. - Internado:

Modalidad de atención especializada a los niños, las niñas, los adolescentes, a quienes se les ha vulnerado sus derechos, que presentan situación de vida en calle (habitabilidad de calle) y lo procedente es la separación de la familia de origen o extensa y su ubicación en un medio institucional durante las 24 horas al día, siete (7) días a la semana, en el cual se garantiza la atención especializada requerida. Esta modalidad atiende discapacidad, consumo de sustancias psicoactivas, violencia sexual, situación de vida en calle, y madres gestantes y/o en periodo de lactancia.

- Casa de acogida:

Modalidad de atención en medio diferente al de la familia de origen o red vincular, en la que se implementa la fase I del proceso de atención “identificación, diagnóstico y acogida”, con adolescentes mayores de 15 años y menores de 18 años, víctimas del reclutamiento ilícito, que se han desvinculado de los grupos armados organizados al margen de la ley. - Casa de protección:

Es una modalidad de atención en medio diferente al de la familia de origen o red vincular, para continuar el restablecimiento de derechos y la reparación integral de los adolescentes que provienen de la primera fase de atención del programa especializado, y no cuentan con familia y/o red vincular de apoyo, o esta no es garante de derechos, y/o reporta factores de riesgos para la protección del adolescente. En esta modalidad se implementan las fases II y III del proceso de atención. - Hogar sustituto tutor:

Es una modalidad de atención en medio diferente al de la familia de origen o red vincular, para el restablecimiento de derechos y contribución a la reparación integral de los niños, niñas y adolescentes víctimas del reclutamiento ilícito, en una familia sustituta – tutora, seleccionada de acuerdo a los criterios técnicos del ICBF. En esta modalidad se ubican los (las) hijos (as) de las (los) adolescentes.

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Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes – SRPA

El Art. 139 de la Ley 1098 de 2006 afirma que el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes es el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que rigen o intervienen en la investigación y juzgamiento de delitos cometidos por personas que tengan entre catorce (14) y dieciocho (18) años al momento de cometer el hecho punible. El Restablecimiento en Administración de Justicia permite atender a la población de adolescentes y jóvenes vinculados a procesos de Responsabilidad Penal, niños y niñas menores de catorce (14) años involucrados en posible comisión de delitos y los adolescentes entre catorce (14) y dieciocho (18) años que ingresan por conflicto con la ley y son atendidos en servicios de restablecimiento de derechos teniendo en cuenta que la conducta no dio lugar a procesos judiciales y requieren atención en procesos de Restablecimiento de Derechos. Dicha atención se presta a través de servicios que buscan evitar la reiteración de conductas delictivas, la inclusión social, el restablecimiento de sus derechos, en procesos de atención con sentido pedagógico, restaurativo y diferenciado, y de acuerdo con lo establecido en el lineamiento técnico de Modelo de Atención para Adolescentes y Jóvenes en Conflicto con la Ley – SRPA.

Modalidades de atención - Centro transitorio: Con el fin de que el adolescente pueda estar en un lugar adecuado mientras el fiscal competente resuelve si es procedente presentar el caso ante el juez de garantías, se han creado los centros transitorios en los cuales un adolescente puede permanecer 36 horas de acuerdo con el Art. 191 del Código de la Infancia y Adolescencia. - Centro de internamiento preventivo: Es el servicio que presta atención a los adolescentes que son remitidos por el juez de control de garantías según los criterios definidos en la ley y donde los adolescentes procesados deben estar separados de los ya sancionados. Este sitio es de carácter cerrado, es la policía de infancia y adolescencia quien velará por la seguridad, el control y la vigilancia, por tratarse de un centro privativo de la libertad. - Centro de atención especializado: Es el lugar donde son ubicados por orden judicial los y las adolescentes cuando han sido hallados responsables de la comisión de un delito. Es una sanción privativa de la libertad en medio institucional en la cual permanece el adolescente hasta tanto la sanción cese o se modifique. La sanción podrá tener una duración que no exceda los ocho (8) años.

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- Prestación de servicios a la comunidad: Es la sanción en la cual los adolescentes desarrollan tareas en el medio comunitario del municipio de residencia con la orientación de un profesional. En todo caso, queda prohibido el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o que entorpezca la educación del adolescente, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. No podrá exceder los seis meses según lo estipulado en el Art. 184 del Código de Infancia y Adolescencia. - Libertad asistida/vigilada: Es la concesión de la libertad que da la autoridad judicial al adolescente con la condición obligatoria de someterse a la supervisión, la asistencia, la orientación de un programa especializado. No podrá durar más de dos años según lo establecido en el Art. 185 del Código de Infancia y Adolescencia. - Internado restablecimiento en

administración de justicia: Es la sanción en la cual el adolescente es ubicado en una institución abierta, que presta servicio las 24 horas de día, no implica medidas de seguridad ni constituye privación de libertad. La sanción podrá tener una duración máxima de tres (3) años. - Semicerrado-internado: Este servicio de atención permite el cumplimiento de la sanción impuesta por los Jueces de Conocimiento a los/las

adolescentes hallados responsables de la comisión de un delito y que no cuenten con familia o red de apoyo o que ésta no sea garante de derechos. - Apoyo Post-institucional:

Es un servicio en medio socio-familiar que consiste en brindar apoyo a los adolescentes que han egresado del Centro de Atención Especializada y del Internado abierto, para favorecer su integración familiar e inclusión social por un término menor a un año. - Apoyo Post-institucional restablecimiento

en administración de justicia: Es un servicio en medio socio-familiar que consiste en brindar apoyo a los adolescentes y jóvenes que han egresado de los servicios que operan medidas o sanciones SRPA, para favorecer su integración familiar e inclusión social. Unidades Móviles La Unidad Móvil es un equipo de profesionales de las áreas psicosocial y nutricional con capacidad de atender a los niños, niñas y adolescentes y su grupo familiar en situación de desplazamiento o víctima de desastres, brindando la atención directamente en la zona en donde se presente la emergencia, y/o en su lugar de residencia. Su objetivo es contribuir a la garantía y restitución de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, mujeres gestantes, madres lactantes y su grupo familiar, familias

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indígenas, familias afrodescendientes y adultos mayores en situación de desplazamiento, víctimas de desastres, o inseguridad alimentaria, mediante el desarrollo de acciones integrales y diferenciales de acompañamiento orientadas a: - Prestar asistencia alimentaria de

emergencia y acompañamiento nutricional.

- Apoyar los procesos de organización y participación comunitaria.

- Promover acciones que atenúen las

consecuencias traumáticas de los eventos vividos, y prevengan los riesgos asociados al desplazamiento.

- Promover y gestionar la articulación

intersectorial para la atención. Las Unidad Móviles están conformadas por: Equipo psicosocial y de Nutrición (Gestores de caso), Profesional Enlace y Profesional de Apoyo de Unidad Móvil. Beneficiarios del proyecto para el 2017 Para la vigencia 2017 se espera atender a 349.396 niños, niñas y adolescentes a nivel nacional, en los 32 departamentos y en la ciudad capital a través de las diferentes modalidades de atención que presta la Dirección de Protección. La distribución de los beneficiarios está programada de la siguiente manera:

REGIONAL BENEFICIARIOS

AMAZONAS 1.905

ANTIOQUIA 38.963

ARAUCA 5.487

ATLANTICO 8.374

BOGOTA 54.579

BOLIVAR 7.913

BOYACA 4.979

CALDAS 13.739

CAQUETA 5.057

CASANARE 3.068

CAUCA 15.976

CESAR 6.696

CHOCO 7.934

CORDOBA 7.213

CUNDINAMARCA 18.842

GUAINIA 1.268

GUAVIARE 3.889

HUILA 4.397

LA GUAJIRA 11.881

MAGDALENA 6.011

META 7.419

NARIÑO 11.264

NORTE DE SANTANDER 7.572

PUTUMAYO 4.677

QUINDIO 6.485

RISARALDA 6.024

SAN ANDRES 1.172

SANTANDER 9.366

SUCRE 7.655

TOLIMA 10.456

VALLE DEL CAUCA 46.047

VAUPES 1.051

VICHADA 2.037

TOTAL 349.396

Fuente: Proyección Dirección de Protección Criterios para establecer los cupos Se define como cupo la capacidad de atención integral disponible para cada beneficiario en una unidad de servicio o sede de atención. Durante el mismo mes, de manera secuencial pueden ser atendidos uno o varios niños, niñas o adolescentes a través de un mismo cupo.

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Se entiende por cupo utilizado aquella capacidad de atención integral contratada de la cual han hecho uso uno o más beneficiarios remitidos por la autoridad competente para el restablecimiento de derechos, durante todos los días del mes calendario (7 días a la semana y 24 horas al día). Se entiende por cupo no utilizado aquella capacidad de atención integral que, habiendo sido contratada por el ICBF, no ha sido utilizada por beneficiarios remitidos por el ICBF o por la autoridad competente. Por lo tanto: - El número de beneficiarios que son

atendidos es superior al número de cupos que son contratados.

- Dos (2) meses antes de iniciar la Vigencia y con base en estudios debidamente soportados sobre la problemática de los niños, niñas y adolescentes con sus derechos vulnerados, amenazados o inobservados, cada Regional define la metas sociales en términos de niños, niñas y adolescentes que podrían ser atendidos en el trascurso de la vigencia.

- Este cálculo, que se lleva a cabo con

base en un estudio juicioso, puede no resultar exacto debido a que la vulneración de derechos no se puede predecir. De acuerdo con la Ley 1098 de 2006, frente a una situación de vulneración, amenaza o inobservancia de derechos de los niños, niñas o

adolescentes, de forma inmediata se debe abrir un proceso administrativo de restablecimiento de derechos, dentro del cual se podría producir una medida de ubicación provisional en alguna de las modalidades sujeto de inversión de los dineros a cargo del ICBF.

- Esta vulneración, inobservancia o amenaza de derechos se puede

presentar en cualquier momento de la vigencia.

IV. ESQUEMA FINANCIERO

A lo largo del horizonte del proyecto de inversión se ha buscado fortalecer los procesos de atención de los servicios, brindando minutas alimentarias de calidad, la dotación básica necesaria y restituir los derechos de los niños, niñas y adolescentes que hacen parte del proyecto, para lo cual se ha contado con los siguientes recursos del Presupuesto General de la Nación - PGN.

VIGENCIA APR. VIGENTE

(1)

RECURSOS EJECUTADOS

(2)

PORCENTAJE EJECUTADO

(2/1)

2008 349.963.105.616 342.977.087.471 98,00%

2009 414.234.159.488 404.582.175.089 97,67%

2010 439.676.400.000 430.675.435.303 97,95%

2011 494.469.554.874 477.771.844.990 96,62%

2012 543.255.085.941 528.458.648.789 97,28%

2013 659.109.546.930 634.103.689.239 96,21%

2014 697.584.932.208 677.064.855.001 97,06%

2015 730.921.325.661 718.458.382.967 98,29%

2016 908.987.921.029 901.927.683.636 99,22%

Fuente: Sistema de Seguimiento a los Proyectos de Inversión – SPI

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Cecilia De la Fuente de Lleras

Dirección de Protección

Asimismo, para la vigencia 2017 se cuenta con recursos de inversión provenientes del PGN, por valor de $972.114.204.628 distribuidos a nivel nacional así:

REGIONAL APR. INICIAL

AMAZONAS 1.899.567.989,00

ANTIOQUIA 117.581.671.410,00

ARAUCA 4.446.966.737,00

ATLANTICO 19.791.545.553,00

BOGOTA 158.000.710.228,00

BOLIVAR 23.847.509.107,00

BOYACÁ 16.816.582.426,00

CALDAS 47.752.658.587,00

CAQUETÁ 7.255.498.492,00

CASANARE 6.377.715.681,00

CAUCA 27.663.260.177,00

CESAR 10.888.355.372,00

CHOCÓ 4.587.586.144,00

CÓRDOBA 12.603.825.470,00

CUNDINAMARCA 44.926.621.133,00

GUAINIA 1.054.402.401,00

GUAJIRA 5.481.583.544,00

GUAVIARE 1.620.967.440,00

HUILA 13.031.657.855,00

MAGDALENA 6.976.187.203,00

META 19.297.453.313,00

NARIÑO 23.636.482.402,00

NORTE DE SANTANDER 13.927.630.221,00

PUTUMAYO 3.932.417.411,00

QUINDIO 20.192.325.914,00

RISARALDA 20.907.609.577,00

SAN ANDRES 2.433.727.119,00

SANTANDER 31.768.139.937,00

SUCRE 6.693.807.737,00

TOLIMA 39.741.773.017,00

VALLE 103.358.478.338,00

VAUPÉS 794.788.547,00

VICHADA 841.407.901,00

ICBF SEDE NACIONAL 151.983.290.245,00

TOTAL 972.114.204.628,00

Fuente: Sistema Integrado de Información Financiera – SIIF Nación II – Fecha Enero 31 de 2017.

Adicionalmente, para la vigencia 2017 Se focalizaron recursos para atender a los niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado y desplazados de la violencia por $79.572.147.942; en condición de discapacidad por valor de 223.193.020.556; y a grupos étnicos por $450.000.000. V. LOGROS Y METAS 2017

- Acompañar la puesta en funcionamiento

de las nuevas unidades de servicio del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes. Meta: 100% de unidades que entran en operación acompañadas en Cundinamarca, Chocó, Córdoba, Magdalena, San Andrés y Meta, con modelo de atención acorde a los lineamientos vigentes.

- Acompañar integralmente los Procesos de Restablecimiento de Derechos en Regionales priorizadas, a través de la cualificación de servicios y procesos de atención con enfoque diferencial. Meta: 100% de las Regionales priorizadas acompañadas: Guaviare, Vichada, Vaupés, Putumayo, Guainía y San Andrés, Chocó, Antioquia, Valle, Santander y Córdoba.

- Fortalecer atención de casos de violencia sexual, con las siguientes metas: Lineamiento de violencia sexual concertado y aprobado; y campaña de las 72 horas desarrollada en 18 regionales.

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- Atender las familias de niños, niñas y adolescentes bajo protección en el Proyecto Familias con Bienestar con el propósito de disminuir largas permanencias, robustecer los procesos de apoyo y fortalecimiento familiar, y reducir la separación de los niños, niñas y adolescentes de su entorno familiar. Meta: 5.224 familias de niños, niñas y adolescentes bajo protección atendidas por parte del operador de Familias con Bienestar (aumento del 200% frente a lo alcanzado en 2016).

- Promover la adopción de niños, niñas y adolescentes con características y necesidades especiales. Meta: 75% niños, niñas y adolescentes con características y necesidades especiales con familia asignada.

Adicional a los retos que presenta la Dirección de Protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para mejor la calidad de los servicios ofrecidos, el proyecto de inversión cuenta con una serie de indicadores de producto y gestión que se reportan mensualmente en el Sistema de Seguimiento a los Proyectos de Inversión - SPI del Departamento Nacional de Planeación - DNP: Indicadores de producto

Nombre del indicador Meta 2017

Niños, niñas y adolescentes, personas mayores de 18 años con discapacidad y mujeres menores de 18 años gestantes o en periodo de lactancia, con sus de Atendidos a nivel nacional

120.494

Niños, niñas y adolescentes víctimas del conflicto armado o desastres naturales, con derechos restablecidos y/o con acompañamiento para la reparación Atendidos a Nivel Nacional.

106.560

Niños, niñas y adolescentes con su derecho a la identidad, en su componente de filiación restablecido. Atendidos a Nivel Nacional.

5.500

Adolescentes y jóvenes mayores de 14 años que reciben atención integral una vez ingresan al SRPA Atendidos a Nivel Nacional.

122.342

Indicadores de Gestión

Nombre del indicador Meta 2017

Porcentaje de Adolescentes en Proceso de Restablecimiento de Derechos (PARD) con Situación Jurídica Definida, Atendidos en la Modalidad Formación Integral para la Vida

100,00%

Porcentaje de niños, niñas y adolescentes con informes de seguimiento post adopción

30,00%

VI. RESTRICCIONES Y LIMITACIONES La principal limitación que afrenta el proyecto “Protección - Acciones para preservar y restituir el ejercicio integral de los derechos de la niñez y la familia” es de orden presupuestal, debido a que no es posible determinar las problemáticas sociales a las que se enfrentarán los niños, niñas y adolescentes a lo largo del año, y en caso de requerirse cupos adicionales, el ICBF deberá garantizar la atención de los menores de edad. VII. CONTACTOS DEL PROYECTO Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Funcionario responsable: Ana María Fergusson Talero Cargo: Directora de Protección Email: [email protected] Teléfono: 4377630. Ext. 101200 – 101455 Dirección: Av. Cra.68 # 64 C- 75

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