propuestas al a ley de participación andaluza - grupo democracia digital andalucÍa (dda)

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Web: http://www.democraciadigital-andalucia.com Lista de correo: "[email protected]" <[email protected]> Informe DDA Propuestas inaplazables y factibles para una democracia real en Andalucía Organiza Documento elaborado por Democracia Digital Andalucía (DDA) para la Ley Andaluza de Participación Ciudadana Andalucía, 10 de Mayo de 2013

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Propuestas al a Ley de Participación Andaluza - Grupo DEMOCRACIA DIGITAL ANDALUCÍA (DDA) En el presente documento figura la porpuesta del grupo Democracia Digital Andalucía a la Ley Andaluza de Participación Ciudadana. Esta Ley, impulsada por la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales (CALRI) de la Junta de Andalucía, viene precedida de un proceso de participación ciudadana para el que se genera este grupo motor específico para la Democracia Digital: Democracia Digital Andalucía. Como objetivo nos marcamos hacer de esta Ley la más avanzada de España en materia de transparencia y participación en medios electrónicos: • El ciudadano deberá poder participar en procesos de consulta, propuesta, decisión y co-participación en procesos de la gestión pública. • Resulta de vital importancia la transparencia para la participación y esta sensibilidad se recoge tanto a nivel de derechos como de obligaciones de la Administración. • Las vías electrónicas para la participación tienen un papel relevante, así como el voto electrónico.

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Web: http://www.democraciadigital-andalucia.com

Lista de correo: "[email protected]" <[email protected]>

Informe DDAPropuestas inaplazables y factibles para una democracia real en Andalucía

Organiza

Documento elaborado por Democracia Digital Andalucía (DDA) para la Ley Andaluza de Participación CiudadanaAndalucía, 10 de Mayo de 2013

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INFORME DDA: Propuestas inaplazables y factibles para una democracia real en Andalucia.

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I. ¿Qué es este documento?

En el presente documento figura la porpuesta del

grupo Democracia Digital Andalucía a la Ley

Andaluza de Participación Ciudadana. Esta Ley,

impulsada por la Consejería de Administración

Local y Relaciones Institucionales (CALRI) de la

Junta de Andalucía, viene precedida de un

proceso de participación ciudadana para el que se

genera este grupo motor específico para la

Democracia Digital: Democracia Digital

Andalucía. Como objetivo nos marcamos hacer

de esta Ley la más avanzada de España en

materia de transparencia y participación en

medios electrónicos:

• El ciudadano deberá poder participar en

procesos de consulta, propuesta,

decisión y co-participación en procesos

de la gestión pública.

• Resulta de vital importancia la

transparencia para la participación y

esta sensibilidad se recoge tanto a nivel

de derechos como de obligaciones de la

Administración.

• Las vías electrónicas para la

participación tienen un papel relevante,

así como el voto electrónico.

Algunos datos ...

La propuesta recoge derechos

del ciudadano y obligaciones de

la Administración.

Se describen 21 instrumentos de

participación de tipo consulta,

propuesta, decisión y

co-participación

Se recomienda la creación de

organismos independientes

coordinar el fomento de la

participación

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Índice de contenidos1.Propuesta a la Ley ...................................................................................................................................................... 4

1.1.Preámbulo ............................................................................................................................................................. 4

1.2.Disposiciones Generales ....................................................................................................................................... 5

1.3.Derechos de participación ..................................................................................................................................... 7

1.4.De los deberes públicos ........................................................................................................................................ 9

1.5.Instrumentos de participación ............................................................................................................................. 11

1.6.Medidas para el fomento de la participación ...................................................................................................... 25

2.Sugerencias implementación de mecanismos de fomento y participación ............................................................. 30

2.1.Plan Itinerante de Educación y Participación Democrática – “LA DEMOCRACIA SE MUEVE” ................. 30

2.2.Propuesta para hacer más participativo el portal institucional de la Consejería de Administración Local y

Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía .................................................................................................. 31

3.Sobre Democracia Digital Andalucia ...................................................................................................................... 36

3.1.Antecedentes ....................................................................................................................................................... 36

3.2.Método de trabajo ............................................................................................................................................... 39

3.3.Somos .................................................................................................................................................................. 41

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1. Propuesta a la Ley

1.1. Preámbulo

La participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en la vida política, económica, cultural y

social es un principio constitucional (art. 9.2 CE) cuya finalidad última es la garantía de una libertad y una

igualdad reales y efectivas. La consecución de estos objetivos irrenunciables para una sociedad moderna y

democrática como la nuestra es un compromiso y una obligación de todas las Administraciones Públicas. La

exigencia de remoción de los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud obliga a depurar nuestro

ordenamiento jurídico, contemplando con mayor precisión y claridad todas las medidas necesarias para mejorar la

transparencia, el derecho de acceso a la información de los ciudadanos y ciudadanas y su participación en

los asuntos públicos, directamente o por medio de representación (art. 23 CE), y constituyen, a su vez, la base

para la mejora institucional y de gobierno.

La transparencia y el acceso a la información deben ser complemento fundamental a toda acción de

participación ciudadana. Sólo cuando los mecanismos de participación se someten a escrutinio, cuando los

ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones en procesos de participación y bajo qué criterios actúan

los implicados, podremos hablar de una sociedad crítica y participativa.

La consolidación de la participación ciudadana permitirá que la ciudadanía pueda colaborar en la acción de

los gobernantes, produciéndose, de este modo, una complementación entre la participación en los asuntos públicos

y la democracia representativa, lo que posibilitará el perfeccionamiento de los valores democráticos, de la cultura

democrática, de la racionalización y modernización de las administraciones públicas, de la innovación en la

gobernabilidad y del afianzamiento de una democracia más deliberativa y más próxima a la ciudadanía.

Esta aportación a la próxima Ley Andaluza de Participación Ciudadana recoge las nuevas vías y

sensibilidades de participación ciudadana que ha hecho evidentes y posibles Internet. Formalmente, la propuesta

se encuentra estructurada en cuatro bloques: sobre los derechos del ciudadano y obligaciones de la administración

en materia de participación ciudadana, instrumentos para la participación y mecanismos fomento de la

participación.

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1.2. Disposiciones Generales

La presente ley tiene por objeto ampliar y fomentar la participación ciudadana, tanto de forma individual

como colectiva, directa o indirectamente, en la actividad administrativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

así como en la vida económica, política, cultural y social, haciendo así realidad parte de los mandatos

contemplados en el Estatuto de Autonomía. Las siguientes definiciones sirven de aplicación al resto de secciones

de la presente propuesta.

1.2.1.Definición de ciudadanía.

Conforman ciudadanía aquellas personas con residencia en Andalucía, con independencia de su condición

política y nacionalidad, así como los ciudadanos Andaluces residentes en otras Comunidades Autónomas, o en el

extranjero, y que hayan tenido la última vecindad administrativa en Andalucía. También conforman ciudadanía

entidades de ciudadanía organizada tales como asociaciones inscritas en el Registro, agrupaciones de ciudadanos

no registradas u organizaciones sin ánimo de lucro.

1.2.2.Definición de proceso de participación ciudadana.

Se denomina proceso de participación ciudadana al conjunto de actos y acciones orientados a integrar a la

ciudadanía en el ejercicio de la gestión pública. Cualquier mecanismo o instrumento de participación ciudadana

que la Administración inicie cumplirá con la presente definición, a fin de ser considerado un proceso de

participación ciudadana de acuerdo a la Ley. Un proceso de participación ciudadan contempla las siguientes

fases:

• Identificación de problemas o necesidades

• Busqueda y presentación de posibles alternativas de solución.

• Elección de una/varias alternativas de solución

• Implementación de la/s alternativa/s

• Evaluación y refinamiento de esa implementación.

La Administración podrá abrir a participación una, varias o todas las fases descritas, estando obligada a publicar

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una memoria para aquellas fases que no queden abiertas a participación. Sobre la naturaleza del objeto de la

participación, a fin de que la ciudadanía pueda realizar aportaciones fundamentadas, todo proceso de participación

ciudadana se abrirá con un conjunto de Información Pública (véase siguiente definición), seleccionado de oficio

por la propia Administración. La ciudadanía contará con un plazo previo para solicitar otros documentos o

información pública que ayude a realizar propuestas fundamentadas. Sobre la naturaleza del propio proceso,

cualquier proceso de participación ciudadana que se abra figurará descrito con:

• Fases del proceso que son abiertas a participación

• Carácter vinculante o no de cada una de las fases abiertas a participación

• Calendario para la realización de aportaciones

• Canales a través de los cuales los participantes podrán

• Criterios en base a los cuales unas aportaciones serán más valoradas que otras

• Plazos para la presentación de resultados

• Información sobre los agentes públicos implicados en el proceso participativo: nombre, cargo,

organización a la que pertenecen, experiencias como agente público en procesos participativos previos.

• Referencia a la asignación presupuestaria en base a la cual se inicia el proceso participativo

En aras de una mejora continua, al cierre de todo proceso de participación la ciudadanía contará con un plazo para

presentar las buenas y malas prácticas identificadas. Estas se anexarán a la memoria elaborada por los

responsables públicos.

1.2.3.Definición de Información pública.

Se entiende por Información pública a toda la información elaborada, recibida o en posesión de las entidades

públicas andaluzas, sin importar cómo esté almacenada. La información en formato electrónico en manos de las

instituciones públicas deberá ser entregada a aquéllos que solicitan recibirla en formato electrónico utilizando

estándares abiertos, reutilizables y con todo el detalle disponible. No se podrá imponer ninguna condición o

restricción a la reutilización de la información recibida. Esto será aplicable a todas las entidades públicas

andaluzas, a todos los poderes y a todas aquellas entidades privadas que realicen funciones públicas. El secreto y

la denegación de la información son la excepción.

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1.3. Derechos de participación

1.3.1.El derecho a la participación.

La ciudadanía, en los términos expuestos en el bloque 1.2 de la presente propuesta, tiene el derecho a

participar en la gestión de los asuntos públicos que son competencia de la Junta de Andalucía, así como en el

ejercicio de los poderes demarcados en la soberanía que le confiere el Estatuto de Autonomía (art. 1.3). La

ciudadanía tiene el derecho a participar por vías presenciales o telemáticas, y las Administraciones velarán por la

provisión de canales telemáticos de igual o superior calidad y eficacia que las vías presenciales. Todos los

ciudadanos gozarán del mismo derecho en igualdad de condiciones, no pudiéndose atribuir mayor valoración a la

participación de un ciudadano sobre otro en función de sus características personales, lugar de residencia o vía que

eligiera para la participación. El ciudadano tiene derecho a que se haga público el resultado definitivo del

procedimiento en el que ha participado y se le informe de los motivos y consideraciones en los que se

basa la decisión adoptada, incluyendo la información relativa al proceso de participación pública.

1.3.2.El derecho de iniciativa.

La ciudadanía, en los términos expuestos en el bloque 1.2 de la presente propuesta, tiene el derecho a invocar

el inicio de un proceso de participación ciudadana en el seno de cualquier procedimiento en la Junta de Andalucía

y otras Instituciones Públicas de la Comunidad. El ejercicio del derecho de iniciativa para la realización de un

proceso de participación ciudadana por parte de la ciudadanía deberá notificarse por las personas promotoras a la

Junta de Andalucía, que tendrá la obligación de contestar en el plazo de un mes. La resolución, en el caso de

desestimación de la propuesta, deberá ser motivada, especificando las razones por las que no se considere

oportuna. En caso de silencio administrativo, este se entenderá positivo. A partir del momento de la notificación,

las personas y/o entidades promotoras ciudadanas dispondrán de un plazo de dos meses para la formalización de la

iniciativa.

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1.3.3.El derecho de acceso a la información para la participación es un derecho de toda

persona.

El acceso a la información para la participación es un derecho de toda persona, que debe aplicarse sin

discriminación por razón de nacionalidad o carácter del solicitante y que debe poder ejercerse sin necesidad de

justificar las razones por las que se solicita la información. Las denegaciones de acceso a la información para la

participación o la no contestación de las solicitudes realizadas podrán ser impugnadas mediante el régimen de

recursos administrativos y, en su caso, en vía contencioso-administrativa, a través del procedimiento para la

protección de los derechos fundamentales de la persona previsto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso

Administrativa.

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1.4. De los deberes públicos

1.4.1.Adecuación de la Administración para posibilitar la participación ciudadana.

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía adecuará sus estructuras

administrativas para que el derecho de participación ciudadana pueda ser ejercido, tanto individual como

colectivamente, directamente o por medio de repersentación o intermediación, de forma real y efectiva. Para ello

promoverá la creación de códigos de buen gobierno, donde se contendrán los principios éticos y de conducta

necesarios para que el personal a su servicio garantice el ejercicio del derecho de participación ciudadana,

establecerá convenios de colaboración para promover los derechos individuales y colectivos inherentes a la

participación ciudadana, fomentarán la participación ciudadana a través de medios electrónicos, con la finalidad

de posibilitar la plena participación de los sujetos de esta ley.

1.4.2.Garantías de mejora continua en los procesos de participación ciudadana.

La Administración garantizará que todo proceso de participación será eficiente y de calidad, de acuerdo a los

principios recogidos en el bloque 1.2 sobre procesos de participación. Además, garantizará que los ciudadanos y

ciudadanas tengan derecho a expresar observaciones y opiniones sobre los propios procesos de participación

abiertos, en un periodo abierto de exposición pública, junto con los resultados de los procesos de participación a

su finalización. Los empleados públicos tendrán la obligación de atender estas observaciones en la apertura de

siguientes procesos de participación ciudadana.

1.4.3.Invocar procesos de participación o realizar solicitudes de información para la

participación, de forma sencilla, rápida y gratuita.

El único requisito debe ser proporcionar un nombre, un domicilio y la descripción de la información buscada,

sin que se les exija justificar el motivo de su solicitud de información para la participación o aprovechamiento de

su derecho de iniciativa para invocar procesos de participación.

Las solicitudes realizadas deberán ser también expuestas de manera pública y consultable pudiendose agrupar

distintas peticiones referentes a la misma o similar información. La respuesta debe realizarse inmediatamente o

dentro un plazo de 1 mes. Sólo en casos excepcionales, cuando sea complicada y siempre con notificación al

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solicitante, la entidad pública podrá ampliar este plazo otros 10 días hábiles. El plazo sólo podrá ampliarse una

vez y, en caso de no emitir respuesta, el silencio se considerará positivo.

La realización de solicitudes o invocación de procesos de participación ciudadana deben ser gratuitos.

Asimismo cada entidad pública y privada obligada por la ley tendrá que designar uno o más empleados públicos

como responsables para atender dichas solicitudes. Las denegaciones deben estar justificadas y tener un carácter

limitado.

1.4.4.Principio de publicidad activa.

Las entidades públicas, a iniciativa propia, deben poner a disposición del público información para la

participación básica y esencial sin que sea necesario realizar una solicitud. Todos los organismos públicos, a

iniciativa propia, deben poner a disposición del público un registro de todos los documentos que poseen y deben

asegurar el acceso fácil y gratuito a la información sobre sus funciones, responsabilidades y aquella información

trascendente que les corresponda, sin necesidad de que esta información les sea solicitada. Dicha información

debe ser actual, clara, estar escrita en lenguaje sencillo y disponible en un repositorio abierto, indexado al resto de

contenidos.

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1.5. Instrumentos de participación

Consulta

1.5.1.La Administración pregunta.

Consultas lanzadas desde los poderes públicos para recoger opiniones y propuestas en un proceso de

deliberación abierto a la ciudadanía. La administración habiltará consultas a la ciudadanía como paso previo a la

redacción de leyes o acciones con especial impacto sobre los ciudadanos.

Las administraciones pondran en marcha mecanismos mediante los cuales consultarán a la ciudadanía sobre

medidas propuestas por la misma sobre temáticas que se consideren relevantes. Requiere una respuesta ciudadana

concreta ante diferentes temáticas expresada a través de un referéndum o sistema de votación similar. Se realiza a

través de una o varias preguntas con opciones de respuesta estructuradas (habitualmente SI/NO o baremaciones de

escala, etc ). Asi mismo, se permitirá a la ciudadanía priorizar estas consultas entre sí para poner en relieve la

importancia de los distintos procesos. Las preguntas más relevantes pueden además desembocar en la apertura de

un proceso participativo específico como pueden ser comités, paneles, etc.

Es compatible con otras modalidades de participación tales como asambleas o foros ciudadanos y podran

visibilizarse en ellas especialmente. Es posible y recomendable su uso a través de las Nuevas Tecnologías. La ley

regularía reglamentariamente las condiciones para una consulta ciudadana, personas/entidades convocantes y

convocados, vías de participación, recuento de respuestas, etc.

Estas consultas son no viculantes y no requieren de compromiso por parte de los responsable públicos. El

mecanismo de consultas vinculantes se detalla en el punto 2.3.1. donde lo decidido es de obligatorio cumplimiento

por los poderes públicos.

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1.5.2.La Administración responde (Preguntas formuladas por parte de los ciudadanos de

forma directa a distintos poderes públicos)

Las administraciones pondran en marcha mecanismos mediante los cuales la ciudadania realice preguntas y

consultas a los distintos poderes públicos (puede ser cualquier escalafón de la administración que sea competente

al asunto en cuestión) y se comprometen a responder en un plazo breve.

El mecanismo habilitará además la posibilidad de priorizar mensualmente esas consultas de cara a visibilizar

y acelerar aquellas que la ciudadanía considere más relevanes. En ese sentido, se establece el marco mínimo de

responder a las 3 preguntas priorizadas por la ciudadanía en un plazo establecido máximo de 1 mes. Para las

preguntas más relevantes pueden usarse formatos complementarios a la respuesta tales como videos,

comparecencias, visualizaciones, etc.

1.5.3.Publicación, visualización y evaluación de presupuestos

Todo presupuesto público, tanto previsión como ejecución deberá ser detallado y accesible. Se realizarán

también esfuerzos en facilitar su comprensión por medio de herramientas de visualización. Además, se facilitarán

herramientas y procesos para su evaluación tanto en su impacto como en posibles desviaciones. Estas mismas

herramientas serán las usadas para el mecanismo de presupuestos participativos.

1.5.4.Monitorización de la actividad parlamentaria. (calendario y resultados de votaciones,

informes, información complementaria, etc.)

Se pondrá a disposición de la ciudadanía el material, la información y los datos de los que disponga el

parlamento para su acción legilativa. Este mecanismo pretende extender e intensificar mecanismos ya existentes

como el diario de sesiones. Facilitará además a los ciudadanos el participar en otros mecanismos al poner a su

disposición tanto la agenda de votaciones (y otras complementarias) como la información pertinente a la acción

legislativa previa y el estado actual de la iniciativa.

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1.5.5.Repositorio informes y documentación de interés.

Para que se de una participación real y útil, es imprescindible que la información esté disponible y utilizable

por parte de la ciudadanía. Los poderes públicos habilitarán un repositorio donde se dispondrá de la información

relevante a los procesos, políticas, acciones y problemas a tratar. Este repositorio recogerá tanto la documentación

y datos de la adminstración como de otros externos bien sean de organismos, entidades o ciudadanía. Se

contemplarán distintos formatos como puedan ser documentos, videos, enlaces, visualizaciones, etc.

1.5.6.Registro de Participación Ciudadana para entidades jurídicas sin ánimo de lucro.

Se crea el Registro de Participación Ciudadana donde podrán inscribirse las personas jurídicas sin ánimo de

lucro. La inscripción en el Registro otorgará el derecho a ser parte activa en los instrumentos de participación

ciudadana como entidad ciudadana. La inscripción y el acceso al Registro podrá realizarse tanto a través de las

nuevas tecnologías de comunicación como en las dependencias que el Gabinete de Participación Ciudadana

establezca (no teniendo que ser dependencias específicas) y se estructurará por áreas temáticas en función de las

materias de previsible consulta, garantizando en todo caso el acceso de las personas con algún grado de

discapacidad.

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PropuestaFormuladas por la ciudadanía sobre distintos ámbitos de interés relacionados con la gestión pública.

Existen tres tipos de propuestas que bien pueden transformarse en otro tipo a lo largo del proceso de elaboración.

Estos tipos de mecanismos pueden hacer patente la conciencia ciudadana para que los poderes públicos se

posicione sobre una determinada materia, entregar una proposición de ley u originar la apertura o

transformación a un proceso de wikilegislación (ALP).

1.5.7.No vinculantes.

En este tipo se encuadran todas aquellas propuestas que no necesitan transformarse en legislación o bien no

tiene sentido transformarlas en ella. Se incluyen actos como declaraciones institucionales, peticiones a otras

instituciones, etc.

1.5.7.1.Declaraciones institucionales

Declaraciones solicitadas por parte de las ciudadanía de forma directa a distintos poderes públicos. Las

administraciones pondran en marcha mecanismos mediante los cuales la ciudadania realice propuestas a los

distintos poderes públicos. El mecanismo habilitará además la posibilidad de priorizar mensualmente esas

propuestas de cara a visibilizar y acelerar aquellas que la ciudadanía considere más relevanes. Para las preguntas

más relevantes pueden usarse formatos complementarios a la declaración formal tales como videos,

comparecencias, visualizaciones, etc.

1.5.7.2.Peticiones a otras instituciones, entidades u organismos:

Peticiones solicitadas por parte de las ciudadanía de forma directa a distintos poderes públicos andaluces pero

que por estar fuera de sus competencias, la respuesta no dependa de la Junta de Andalucía. Este proceso vincula a

la junta a hacer la petición a la institución o entidad que corresponda.

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1.5.8.Vinculantes

En este tipo se encuadran todas aquellas propuestas que la ciudadanía quiera legislar. Sea presentando un

texto ya desarrollado por la ciudadanía por sus propios cauces (colectivos o individuales), o abriendo un proceso

colaborarivo hospedado por los poderes públicos como puede ser el de wikilegislación (o más amplio) o bien

proponer para su legislación (delegando el proceso en sus legítimos representantes).

1.5.8.1.Petición Legislativa Popular (PLP).

Este mecanismo establece una via para que la ciudadanía, de manera individual o colectiva, solicite el que se

legisle sobre una temática concreta. Dejando a sus legitimos representantes el proceso legislativo concreto. La

ciudadanía se limita a establecer objetivos (que podrán temporalizarse mediante el mecanismo de agenda

colaborativa)

Serán necesarias la recogida de firmas para garantizar su legitimidad popular. Queda a criterio del

Parlamento y/o gobierno el formato del proceso legislativo elegido para su formalización. Esta petición podrá, una

vez legitimada por el suficiente apoyo ciudadano, ser expuesta y/o defendida en el parlamento mediante el Escaño

ciudadano.

1.5.8.2.Inciativa Legislativa Popular (ILP).

La ciudadanía podrá presentar propuestas de ley ya elaboradas por sus propios cauces y/o organizaciones

para que sean incorporadas al trámite parlamentario. Serán necesarias la recogida de firmas para garantizar su

legitimidad popular. Una vez presentadas, serán defendidas/expuestas en el parlamento mediante mecanismos

tales como el Escaño Ciudadano. En el trámite parlamentario, tales iniciativas podran ser modificadas en su

forma, para adecuarlas al ordenamiento jurídico existente pero no en su fondo, intenciones y medidas. En caso de

que el fondo no se ajustara a la legislación vigente, la administración estaría obligada a abrir un proceso

participativo por el cual, conjuntamente se subsanen los posibles conflictos.

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1.5.8.3.Acción Legislativa Popular (ALP).

Las actuales Iniciativas Legislativas Populares (ILP) son prácticamente la única herramienta de participación

política ciudadana directa. Aún así, su uso y eficacia han brillado por su ausencia durante su vida legal.

Consideramos que una Comunidad inserta en un Estado Democrático y de Derecho debe habilitar y potenciar

mecanismos mediante los cuales la población pueda proponer y colaborar en la redacción de textos legales, sin

limitación de la materia, dando sentido a la titularidad de la soberanía, que reside en el mismo pueblo, y al

mandato representativo, que no debe entenderse como una arrogación excluyente del poder legislativo por parte

de los parlamentarios, sino una potestad compartida entre estos y los ciudadanos, los unos como

representantes-mandatarios, los otros como representados-mandantes. Es por ello que proponemos la creación de

una nueva figura jurídica: la Acción Legislativa Popular (en adelante ALP) que se acoja a los principios

desarrollados bajo la denominación de wikilegislación.

Gracias a las nuevas tecnologías de la comunicación, hoy día es ya posible el trabajo conjunto y colaborativo

de personas con competencias y conocimiento en cualquier materia. Este tipo de trabajo y desarrollo de

conocimiento en red está demostrado como altamente eficiente y eficaz, si se le dota de las herramientas y la

metodología oportunas. Esta ALP comparte trazos y fundamentos de la actual ILP en lo concerniente a la

posibilidad de elaborar y presentar proyectos de Ley al Parlamento de Andalucía, una vez recabadas un número

determinado de firmas que legitimen su apoyo popular. Sin embargo, amplía las capacidades actualmente

existentes en tanto contaría con:

• Una herramienta web de elaboración colaborativa de texto dotada de multiplataformas: foro, etherpad,

wiki y sistema de votación/validación/recogida de firmas.

• La expansión de las materias susceptible de ser propuesta en una ALP, eliminando las restricciones

actuales, sorprendentemente establecidas en los ámbitos y derechos más importantes para la ciudadanía.

• La computación de la firma digital como válida a la hora de recoger las firmas de apoyo a la ALP (como

se recogía en la propuesta del escaño 110).

• Posibilidad de aprobación directa en votación, por parte de la ciudadanía, de cualquier ALP que supere

los pasos previos, estos son: Elaboración. Redacción de la proposición en términos y forma de Proyecto

de Ley.

• Validación como definitivo/acabado del texto redactado en la plataforma de edición colaborativa, a través

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de una metodología de trabajo colaborativo similar a la Wikipedia. La participación no estará limitada a

las personas físicas, pudiendo participar administraciones, gobierno, grupos parlamentarios y otras

personas jurídicas asi como asociaciones y colectivos. De esta forma se centraliza y unifica el proceso

legislativo simplificando su posterior tramitación parlamentaria.

• Recogida de las firmas establecidas por el reglamento de desarrollo para cada materia, en atención a su

importancia y en consonancia con la forma jurídica y el quorum necesarios para la aprobación, en su

caso, en el Parlamento. Así, es lógico que una ALP que verse sobre materias sujetas a "Reserva de Ley"

requieran de un apoyo más representativo y mayoritario para su posterior tramitación al pleno de la

Cámara.

La votación de la ALP que cumpla los anteriores requisitos se llevará a cabo por los medios y métodos

descritos en el mecanismo de Voto telemático permanente. En ningún momento podrá vetarse o paralizarse una

ALP que cumpla con los requisitos anteriormente establecidos y que, por tanto, refleje indudablemente un

mayoritario apoyo popular.

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Decisión

1.5.9.Consultas vinculantes.

Pueden ser lanzadas tanto desde la ciudadanía como desde los poderes públicos. Son procesos identicos a los

definidos en el punto 1.5.1 pero de tipo vinculante por lo que requieren de actuación a su conclusión pudiendo ser

su resultado la apertura de otro/s mecanismos de participación ciudadana como pueden ser paneles, presupuestos

participativos, tribunales, wikilegislación o cualquier otro que se demande o considere oportuno.

1.5.10.Voto telemático permanente.

Con base en los principios de legalidad y jerarquía que informan tanto el ordenamiento jurídico andaluz

como el español, la Constitución es norma máxima en la que se basa y se desprenden el resto de normas,

nacionales y también autonómicas. En la Constitución Española encontramos los siguientes artículos:

"1.2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado."

"9.2 Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del

individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o

dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural

y social."

"23.1 Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de

representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal."

Al mismo tiempo, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, en relación a los anteriores artículos

constitucionales y en especial al artículo 1.2, establece en el artículo 1.3 que "Los poderes de la Comunidad

Autónoma de Andalucía emanan de la Constitución y del pueblo andaluz, en los términos del presente Estatuto de

Autonomía, que es su norma institucional básica."

Entendiéndose los "poderes" del Estado y de la propia Comunidad como Legislativo, Ejecutivo y Judicial,

teniendo en cuenta que el primero de éstos representa la base y razón de los otros dos, recuperando el sentido

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originario del mandato representativo y en atención de las capacidades tecnológicas de las que disfrutamos en la

actualidad, se presenta e impone la obligación histórica de dar un paso más en la profundización democrática en

pos del ejercicio efectivo de la soberanía autonómica del pueblo andaluz.

Siendo perfectamente válida la identificación y firma digital para actos administrativos en materia de

sanidad o educación, para el pago de tributos e incluso planteándose su validez en el apoyo y rubrica de las

Iniciativas Legislativas Populares, lo que consiste ya en una pura declaración de voluntad política y no un simple

acto contractual o administrativo, ha llegado la hora de utilizar la firma digital de la que dispone el Documento

Nacional de Identidad en su formato electrónico y las tecnologías de la comunicación para permitir el voto directo

de cualquier ciudadano que lo desee, sin ninguna obligatoriedad, sino por pura muestra de interés y voluntad, en

cualquier trámite de votación legislativa parlamentaria.

Este mecanismo de participación supone un complemento al procedimiento electoral, entendiendo que el

mandato representativo por el que los parlamentarios ejercen su papel en la cámara legislativa andaluza debe ser y

puede ser perfectamente revocable en el momento en que el mandante, el ciudadano, así lo estime. Así mismo, el

voto directo permitiría la participación política y el ejercicio de su proporcional soberanía a los ciudadanos y

ciudadanas que no ejerzan el derecho a sufragio, por no encontrar una opción electoral que les convenza o

cualquier otro legítimo motivo.

Dicha cuota proporcional y personal de soberanía se puede calcular fácilmente en atención al número de

personas inscritas en los censos electorales y con plena capacidad de actuar políticamente, dividida entre el

número de parlamentarios, con lo que resulta el peso de la parte alicuota del voto de cada ciudadano.

La Administración Pública Andaluza deberá pomover y facilitar el ejercicio del derecho al voto directo por

los medios que se establezcan en la legislación y reglamentación de desarrollo, siendo las medidas adoptadas una

apuesta firme por la posibilidad de conexión a internet a cada andaluz. Así mismo, se pondrán a disposición de los

sujetos activos de este derecho al voto directo todos los recursos informáticos que la Junta de Andalucía tenga, ya

sea en centros de formación, centros cívicos, bibliotecas, etc. o estableciendo ad hoc centros de votación.

El desarrollo del portal web donde se realicen las votaciones deberá contar con toda la información necesaria

para realizar una votación con todas las garantías democráticas, incluyendo calendario de votaciones, acceso a los

proyectos de ley, foros de discusión así como tutoriales y materiales didacticos para facilitar el ejercicio de este

derecho a toda persona.

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Co-participación

1.5.11.Presupuestos participativos (vinculantes).

Iniciativa orientada hacia el empoderamiento de la ciudadanía y en el ejercicio de un rol activo en la vida de

sus instituciones. La ciudadanía decide las prioridades de asignación de los fondos públicos. Hasta el momento,

los presupuestos participativos suelen tener un alcance municipal y vinculante, donde se organizan asambleas de

barrio (dimensión territorial) o grupos sectoriales (dimensión tematica) Se presta igualmente atención no solo al

resultado de las votaciones, foros o consultas ciudadanas, sino a la construcción de procesos democráticos de toma

de decisiones. El éxito de esta iniciativa se basa en la implicación tanto de instituciones como de la propia

ciudadanía en el proceso. Estos presupuestos, asi como su ejecución, sus contratos y concursos deberán hacerse

públicos (datos y visualizaciónes) mediante los mecanismos descritos en la ley de participación ciudadana.

1.5.12.Realización de aportaciones y evaluación en la contratación pública.

La Junta de Andalucía abrirá a participación la licitación pública, de modo que que la ciudadanía pueda

realizar aportaciones previo convocatoria de concursos públicos, y evaluación tras la ejecución de los contratos.

Para hacer más comprensible al ciudadano el historial de adjudicación pública y las licitaciones en curso se

implementarán mejoras en la actual Plataforma de Contratación Pública de la Junta de Andalucía para que el

ciudadano pueda:

• Realizar búsquedas por palabras clave y recibir avisos sobre estas.

• Visualizar cuadros resumen de contratación por localidad, provincia, fecha, adjudicatario, organismo

público y/o palabras clave.

Las aportaciones que un ciudadano podrá realizar previo sacar a convocatoria un concurso público son:

• Aportaciones al Pliego Admnistrativo y Pliego Técnico.

• Aportaciones a los criterios de valoración para la adjudicación.

Las evaluaciones que un ciudadano podrá realizar una vez finalizado los contratos son:

• Valoración del resultado en base a lo establecido en el Piego de Condiciones Técnicas.

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• Valoración del propio proceso de ejecución por parte de la adjudicataria.

1.5.13.Agenda Colaborativa.

Este instrumento pretende no solo hacer pública la agenda del gobierno sino hacer a la ciudadanía participe

de ella. En ese sentido, los poderes públicos ofrecerán información de los eventos que organizan o a los que

asisten, además se dispondrán los huecos resultantes para que la ciudadanía proponga alternativas. Estan

propuestas de agenda pueden variar desde la asistencia a eventos ciudadanos o de otras administraciones

nacionales e internacionales hasta la participación personificada en los instrumentos de participación descritos.

Asi mismo, se dispondrán mecanismos para que la ciudadanía pueda establecer o modificar la agenda de

objetivos por los que se regirán las acciones de la administración. En este sentido se distinguirán objetivos a corto,

medio y largo plazo. Este mecanismo será una de las referencias posibles a la hora de establecer cuando han de

invocarse mecanismos de auditoría/evaluación de la administración o los procesos participativos.

1.5.14.Campañas digitales.

Son campañas informativas solicitadas y organizadas tanto por los poderes públicos como por la propia

ciudadanía. Se dispondrá de un repositorio específico con el material desarrollado y listo para su difusión. Este

contenido estará clasificado eindexado a los posibles procesos o mecanismos de participación que puedan o no

haberlos motivado. Se dispondrá además de un sistema de votación/priorización dual (administración y

ciudadanía) por el cual podrán destacarse las más relevantes así como hacer patente la sintonía entre las distintas

prioridades marcadas por unos y otros elementos de la sociedad andaluza.

1.5.15.Vigilancia en participación (como vigilancia tecnológica).

Se habilitarán mecanismos que permitan vigilar los distintos procesos participativos que se dan en otras

partes del mundo de cara a la mejora continua de los procesos e instrumentos participativos de los que la sociedad

andaluza se dota. Para ello, se recopilarán, tanto desde la poderes públicos como desde la propia ciudadanía, desde

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simples referencias a esos procesos así como informes u otro material relevante desarrollado por esas propias

iniciativas, otras entidades o procesos participativos propios tales como los comités de evaluación/auditoría o los

paneles habilitados para tal efecto.

1.5.16.Comités de evaluación/auditoría (leyes, procesos, problemas, etc)

Su fundamento se inspira en el principio de evaluación participada de las políticas, procesos, legislación,

acciones y problemas de los poderes públicos. La auditoría de proximidad define un proceso formal de análisis del

nivel de transparencia y rendición de cuentas de un organismo público. Requiere el establecimiento de una serie

de indicadores que definan el funcionamiento óptimo de un centro público, para, posteriormente, analizar su

desempeño y elaborar un informe con fortalezas, debilidades y propuestas de mejora Diferentes grupos de interés

(en función de la naturaleza del servicio público evaluado) participan en el proceso de recogida de información,

cuyos resultados son públicos y permanecen accesibles a la ciudadanía. En cuanto a los indicadores, se emplearán

indicadores tanto de tipo objetivo (métricas reconocidas para la temática, etc) como subjetivos (sensaciones,

preferencia, etc)

1.5.17.Paneles: ciudadanos, colectivos o entidades reunidas para desarrollar una temática

específica.

Espacios de discusión compartida entre los poderes públicos, personal experto, entidades ciudadanas y

personas interesadas en torno a una temática concreta. Se trata de examinar y discutir sobre documentos públicos,

consulta a profesionales y elaboración de un informe más o menos vinculante sobre diferentes temáticas. Tiene

múltiples aplicaciones, por ejemplo para conocer posicionamientos de diferentes grupos sociales ante asuntos de

interés común. Su uso a través de las Nuevas Tecnologías puede derivar en la creación de comunidades virtuales

sobre un determinado tema.

Pueden resultar útiles como experiencia de aprendizaje colectivo. El número de participantes voluntarios

puede ser variado. Se pueden realizar paneles simultáneos y conformar documentos de trabajo colaborativos. El

resultado de estos paneles son documentos u otros materiales no legislativos pero que sirvan de base para el

desarrollo y/o evaluación de legislación, procesos, acciones, etc.

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1.5.18.Tribunales/foros ciudadanos.

Audiencia pública acerca del desempeño de una administración pública en el cumplimiento de códigos éticos

o buenas prácticas establecidas. Se realiza una selección de personas usuarias de un determinado servicio, que,

previa audiencia y presentación de informes, emiten un juicio de valor sobre el grado de proximidad democrática

de esos servicios. Las personas pueden participar individualmente o como representantes de diferentes grupos de

interés. Se busca que la sociedad civil participe activamente en el ejercicio de sus derechos. Esta modalidad

también puede derivar en la organización de eventos organizados para rendir cuentas sobre la gestión pública de

determinadas políticas, considerando la oportunidad de incorporar la visión de la ciudadanía en el proceso. En este

caso, la modalidad de Foros Ciudadanos habría de ser tenida en cuenta.

1.5.19.Mediación.

Los poderes públicos habilitaran herramientas para la mediación de conflictos que requieran de soluciones

pero no se necesite o se desee acudir a la via judicial. Esta herramienta esta especialmente indicada cuando

procesos de evaluación como los Comités/Auditorias, Tribunales o evaluación de ejecución de contratos públicos

arrojen conclusiones negativas permitiendo una primera via de entendimiento y busqueda participada de

soluciones permitiendo a todos los actores implicados o afectados el participar de la solución.

Otros

1.5.20.Escaño ciudadano.

Propuesta consistente en aumentar el número de escaños en el parlamento, siendo ocupados por aquellas

iniciativas populares que podrán defenderlas en pleno conforme al funcionamiento reglamentario del Parlamento.

El uso de este escaño no tiene únicamente un valor simbólico, sino que participa de pleno derecho en el ejercicio

de las votaciones. Las personas/entidades que representen la propuesta de iniciativa popular podrán argumentar su

propuesta en pleno, y participar en la deliberación correspondiente. Su desarrollo podría implicar una revisión de

las normas vigentes sobre el acceso y funcionamiento parlamentario.

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1.5.21.Promoción, refactorización, ordenación y clasificación de procesos (folksonomias,

páginas temáticas, etc).

Dado que los procesos y mecanismos, además de producir potenciales sinergias, pueden encadenarse unos

con otros o incluso mutar de unos a otros. Se hace necesario el habilitar mecanismos y herramientas para

asegurarse una trazabilidad de los procesos y facilitar una visión general y de conjunto. Esto incide en la

necesidad de acceder a la información de los propios procesos así como facilitar la gestión de estos y la

construcción de posteriores relatos de interés tanto para la ciudadanía como para los poderes públicos. Es también

del ambito de este mecanismo el promocionar los casos de éxito, las buenas prácticas y otros hitos relevantes a la

participación.

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1.6. Medidas para el fomento de la participación

Para garantizar la efectiva implantación y evaluación de la Ley de Participación la Administración deberá

crear instancias administrativas que permitan coordinar y articular su desarrollo de forma tranparente y abierto a la

participación de la sociedad civil.

1.6.1.Consejo Andaluz y Foros Provinciales de Participación

La Junta de Andalucía impulsará la creación de un Consejo Andaluz de Participación que será el organo

encargado de analizar, debatir y evaluar la aplicación de la presente Ley y cuya composición estará formada por

miembros de la administración, actores sociales y representantes ciudadanos de los Foros Provinciales de

Participación.

Los Foros Provinciales de Participación serán instancias abiertas a la participación de colectivos y

ciudadanos de cada provincia desde donde se hará un seguimiento y evaluación de la implementación de la Ley y

donde se elaborarán propuestas relacionadas con la misma.

Será responsabilidad de los Foros en primera instancia y del Consejo la asistencia y colaboración para que la

ciudadanía haga uso de los instrumentos de participación dispuestos, siendo garante del respeto a los derechos del

ciudadano y vigilante de la efectiva ejecución de las obligaciones por parte de la Administración en materia de

participación.

Desde estas instancias se desarrollarán y coordinarán a su vez medidas centradas en el fomento de la

participación, la promoción de la cultura democrática y el acercamiento por parte de la ciudadanía a las

herramientas e instrumentos que la permitan.

1.6.2.Gabinete Andaluz de Democracia Digital

Uno de los ámbitos estratégicos para poder desarrollar este acercamiento hacia los nuevos instrumentos de

participación estipulados por la Ley es el uso y l pedagogía en materia de aplicaciones digitales e internet, para lo

cual se contará con un organismo destinado a la planificación, desarrollo, coordinación y promoción de las

herramientas digitales de participación y su integración con los procesos de participación presenciales: el Gabinete

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Andaluz de Democracia Digital.

La Junta de Andalucía creará un órgano de carácter institucional,que contará con una dotación

presupuestaria propia, dedicado a la promoción y articulación de la democracia digital en Andalucía. Dicho

organismo, dependiente de la Dirección de Participación (Consejería de Administración Local y Relaciones

Institucionales), se guiará por una gestión público-ciudadana propiciando la participación de ciudadanos,

asociaciones y expertos en materia de democracia y nuevas tecnologías.

Rigiéndose por criterios de transparencia y co-gestión, este organismo rendirá cuentas a la ciudadanía en

los mismos términos que cualquier otro instrumento de participación, tal y como ha quedado reflejado en la

presente propuesta a la Ley. Entre las distintas funciones asignadas a este gabinete se destacan las siguientes:

• Diseño e implementación de mecanismos de participación ciudadana a través de herramientas y

dispositivos digitales.

• Gestión de un portal/herramienta online para la promoción y el ejercicio de la participación y la

democracia digital

• Promoción, difusión y dinamización de las herramientas adoptadas para la participación por los

distintos medios incluyendo y priorizando los digitales.

• Análisis, seguimiento y evaluación de la puesta en marcha y desarrollo de los mecanismos de

participación y los compromisos derivados por parte de la administración.

• Puesta en marcha de programas e iniciativas destinados a un acercamiento de la población a los

mecanismos y herramientas destinadas a la participación y la pedagogía democrática.

• Establecimiento de vínculos y soporte de iniciativas ciudadanas destinadas a promover la

transparencia, la participación y la organización de la ciudadanía.

• Seguimiento y supervisión de medidas o iniciativas institucionales que sean susceptibles de ser

traducidas, implementadas o dotadas de mayor profundidad democrática a través de la utilización

de herramientas o recursos digitales.

• Seguimiento y estudio de experiencias similares, impulso de la innovación para la creación de

nuevas herramientas y participación en redes y foros que trabajen temáticas similares.

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• Desarrollo de programas formativos y divulgativos a través de seminarios, congresos,

publicaciones y talleres relacionados con la profundización democrática a través de herramientas

digitales.

Todos los puntos anteriores deberán contar, en lo que a su desarrollo informático se refiere, con el desarrollo

y uso de software libre, a disposición, en todo momento, de cualquier ciudadano que quiera colaborar o hacer uso

de él, en los mismos términos.

1.6.3.Portal-Espacio Online para la promoción de la Democracia Digital

Unas de las tareas principales del Gabinete es el desarrollo,con el respaldo presupuestario e institucional de

la Administración,de unportal web (o espacio online) destinado a la implementación, administración y

promoción de las herramientas y procesos de participación. Este espacio será desarrollado u en software libre que,

una vez desarrollado, será puesto a disposición para su reutilización por parte de la ciudadanía. La misión del

portal será hacer visibles al ciudadano los procesos de participación en vías de planificación o en marcha (activos

o finalizados) y asistirle en el buen uso y aprovechamiento de los instrumentos de participación ciudadana

recogidos en la presente ley, así como educar en la participación. Este Portal alojará las herramientas y

aplicaciones que se consideren oportunas para el desarrollo digital de los Instrumentos de participacióndescritos

en el punto 1.5. A su vez, contará con funcionalidades encaminadas a cumplir los siguientes objetivos:

• Promoción de los Procesos de Participación Ciudadana. Catalogación e indexación de los procesos

de participación ciudadana en curso y realizados. Para cada proceso de participación incorporado se

mostrará información sobre cómo participar, el avance del proceso, sus resultados y el dictamen de

evaluación, abierto, que se haya dispuesto.

• Transparencia en la Participación. Catalogación, indexación, y visualización de conjuntos de datos

relacionados con la Administración Pública que sean de especial relevancia para el ciudadano que

quiera aprovechar o iniciar un proceso de participación. Habilitará espacios que recojan las

contribuciones y enriquecimientos que ciudadanos y colectivos realicen con y sobre esos datos.

• Promoción de campaña de difusión, espacios organizativos ciudadanos, para tejer redes entre

ciudadanos y colectivos que compartan intereses, preocupaciones o deseos.

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• Promover la alfabetización digital y la participación democrática a través de herramientas

informáticas mediante campañas, materiales pedagógicos, talleres, turoriales en formato

multimedia o cualquier otro medio disponible.

1.6.4.Programas de capacitación y formación en materia de Participación Ciudadana

La Administración Pública elaborará e incluirá en programas de enseñanza pública básica, de grado, y

formación complementaria, contenidos que refieran al aprovechamiento de los derechos establecidos por la

presente Ley. Se establecerán las regulaciones pertinentes para poder oficializar de forma curricular las

capacidades obtenidas de estos planes de formación.

1.6.5.Subvenciones y ayudas públicas.

En los Presupuestos Generales del se incluirá, anualmente, un programa para el fomento de la participación

ciudadana. La concesión de las subvenciones se regirá por sus bases generales, por las normas presupuestarias y

por la normativa general relativa al régimen jurídico de las subvenciones. En todo caso, se valorará la

productividad y la calidad de los servicios de las entidades ciudadanas beneficiarias, en adecuación a las políticas

de fomento de los procesos participativos establecidos por el departamento competente. El departamento

competente en materia de participación ciudadana establecerá las oportunas bases reguladoras de la convocatoria,

requisitos y procedimiento de concesión y justificación de las ayudas y subvenciones públicas.

1.6.6.Reconocimiento público.

Se dotará de medios a las instituciones públicas Andaluzas para que reconozcan el papel de las iniciativas

de promoción de la participación ciudadana, en términos de reconocimiento social de su labor, en formas tales

como: recopilación y publicidad a las buenas prácticas, reconocimientos públicos en congresos/conferencias o

entrega de premios, o incluso medidas que permitan conciliar la vida participativa con la vida personal, laboral o

familiar.

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1.6.7.Fomento de la Participación a través de los medios de comunicación.

La Administración Pública impulsará la creación de contenidos multimedia y espacios de formación y

deliberación en materia de participación y educación democrática en formatos radiofónicos y televisivos que serán

promocionados y difundidos a través de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA).

Se realizarán convocatorias a realizadores y creadores andaluces para elaborar un repositorio de contenidos

radiofónicos y televisivos centrados en la promoción y formación de la participación ciudadana que estarán a

disposición de televisiones y radios locales y comarcales para su difusión.

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2. Sugerencias implementación de mecanismos de fomento y participación

El presenta apartado recoge el desarrollo de algunos mecanismos de participación y fomento de la

participación.

2.1. Plan Itinerante de Educación y Participación Democrática – “LA

DEMOCRACIA SE MUEVE”

La implementación y desarrollo de la Ley de Participación se acompañará de programas de formación,

pedagogía y promoción de la participación y la cultura democrática. Se permitirá un acercamiento por parte de la

población andaluza hacia las herramientas de participación, ya sea presencial o a través de medios digitales

telemáticos. Para ello, se crearán programas de dinamización y participación en los que equipos de formadores y

dinamizadores, a través de unidades móviles dotadas con los instrumentos técnicos necesarios, recorrerán el

territorio andaluz formando y fomentando la participación a través de sus distintos medios.

Bajo el nombre “La Democracia se Mueve”, distintas unidades de participación recorrerán el territorio,

utilizando una flota de vehículos equipados, con itinerarios formativos, apertura de foros de participación,

ejercicios prácticos o desarrollo y aplicación de programas pedagógicos. El Plan "La Democracia Se Mueve" se

formula con los siguientes objetivos:

• Abrir instancias de participación en los territorios que permitan fomentar la cultura democrática y la

implicación en los asuntos comunes.

• Conocer de cerca las problemáticas, reclamos o demandas de los distintos territorios andaluces.

• Desarrollar talleres y procesos formativos con la población para mejorar el uso de internet y las

herramientas digitales para la participación.

• Desarrollo de actividades culturales que fomenten la cultura democrática y permitan difundir y

promocionar las campañas o procesos en marcha, alentando la participación de la población.

• Se propone tejer una red de equipos formadores por todo el territorio andaluz, partiendo de las capitales y,

en cascada, llegando a los municipios más pequeños y el hábitat rural.

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2.2. Propuesta para hacer más participativo el portal institucional de

la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de

la Junta de Andalucía

A raíz de una consulta lanzada a Democracia Digital por Andalucía, se elaboró una serie de recomendaciones

para hacer más participativa su web institucional. Los resultados constituyen en sí una sugerencia de

implementación de mecanismos de participación web. El proceso de análisis, las definiciones y la forma de

estructurar la propuesta dibujan un ejercicio re-utilizable para elaborar propuestas similares a otros portales web

institucionales que deseen abrir canales de participación ciudadana.

Análisis de las áreas de trabajo de la Consejería1

A1 Administración local: Servicios e información relativos al mundo local andaluz

A2 Voluntariado: Iniciativas del movimiento asociativo y de voluntariado andaluz

A3 Memoria democrática: Investigación, conocimiento y divulgación de lo ocurrido en la Guerra Civil

A4 Consumo: Protección y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios

A5 Cooperación al desarrollo: Ayuda y cooperación internacional para el desarrollo

Precedentes de Participación a través de la Web:

• Consumo responde Participa: Blog, Presencia redes sociales, Foro de Debates (Plantea un debate),

Consulta Pública

• Puntos fuertes: Comunicación 2.0, Ciudadanos pueden abrir debates (bottom-up)

• Puntos débiles: Carencia de espacio público donde evaluar políticas públicas.

1 http://www.juntadeandalucia.es/organismos/administracionlocalyrelacionesinstitucionales/areas.html

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Definiciones

Transparencia para la Participación:

La transparencia y el acceso a la información deben ser complemento fundamental a toda acción de participación

ciudadana. Sólo cuando los mecanismos de participación se someten a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden

conocer cómo se toman las decisiones en procesos de participación, y bajo qué criterios actúan los implicados

podremos hablar de una sociedad crítica y participativa. Tipos:

• T1 Transparencia Activa: Se entiende por Transparencia Proactiva a la actividad de publicar información

pública de interés ciudadano sin necesidad de una solicitud previa de acceso a la información.

• T2 Transparencia Reactiva: Se entiende por Transparencia Reactiva como garantizar el acceso a la

información atendiendo a las peticiones de los ciudadanos.

Participación Ciudadana:

Todas las actividades que los ciudadanos realizan voluntariamente –ya sea a modo individual o a través de sus

colectivos y asociaciones– con la intención de influir directa o indirectamente en las políticas públicas y en las

decisiones de los distintos niveles del sistema político y administrativo:

E1 Evaluación: monitorizar, feedback, analisis

E2 Definición: tomar evidencias, identificar problemas, priorizar

E3 Diseño: debatir propuestas, redactar propuestas, debatir soluciones

E4 Ejecución: ganar respaldo, accion colaborativa, cambiar conductas

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Propuesta

A continuación se presenta un catálogo de propuestas para someter las políticas y programas de la Consejería

participación en la Evaluación (E1), Definición (E2) y Diseño(E3).

P1 Publicar la agenda de la consejería (Agenda Pública)

• Ámbito: Toda la consejería

• Descripción: Generación de confianza y engagement de la ciudadanía a la actividad participativa de la

CALRI

• Objetivo: T1 Transparencia Proactiva E1 Evaluación (monitorización, feedback) E2 Definición (priorizar)

• Herramientas web:

◦ Blog: Contenidos (sindicable) + Feedback ciudadano (comentarios, valoracion tipo estrellas OK/NO)

◦ Calendario (iCAL): descargable, sindicable

P2 Red social "Registro de Agentes de Cooperación" y "Registro General de Entidades del Voluntariado"

• Ámbito: Cooperación al desarrollo y Voluntariado

• Descripción: Perfil público para cada uno de los inscritos ambos registros. Hacerlo "Social" permitiendo

comunicación desde el perfil entre los distintos inscritos en el registro y desde usuarios externos.

• Objetivo: T1 Transparencia Proactiva

• Herramientas: Wordpress BuddyPres s

P3 Evaluación de la Actividad en Cooperación Andaluza y Voluntariado

• Ámbito: Cooperación al desarrollo y Voluntariado

• Descripción: Instrumento de participación tipo Jurado Ciudadano. Esta propuesta amplía los usos de la

detallada en P2. Desde la propia Red Social la Consejería convoca a debate debate los contenidos de los

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Informes de Evaluación de (A) Plan Andaluz del Voluntariado y (B) Informe Anual de la Cooperación

Andaluza.

• Objetivo: E1 Evaluación E2 Definición

• Herramientas:

◦ Wordpress BuddyPress (Véase P2)

◦ Visualización del presupuesto y ejecución por programas: OpenSpending.

◦ Evaluación e identificación de problemas: Foros, OpenIrekia, ePetitions.

P4 Paneles Ciudadanos web (foro/consulta)

• Ámbito: Voluntariado / Consumo / Memoria democrática

• Descripción: Espacio para la deliberación, identificación de problemas y propuesta de soluciones sobre

temáticas/iniciativas concretas que abra la Consejería a participación

• Objetivo: E2 Definición

• Herramientas: Uservoic e , Oiga.me

P5 Seguimiento y participación sobre la actividad legislativa

• Ámbito: Toda la consejería

• Descripción: Seguimiento a la actividad legislativa y participación en la elaboración de leyes

• Objetivo: E2 Definición | E3 Diseño

• Herramientas:

◦ Sobre texto legislativo dado: OpenCongress (apoyo/oposición, seguimiento al trámite, comentarios).

◦ Para la edición colaborativa de enmiendas y propuestas: Mediawiki.

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Recomendaciones para la puesta en funcionamiento de estos mecanismos

La ciudadanía es juez de la utilidad de la plataforma. Tus indicadores clave de que vas por el buen camino son:

• Grado de Participación en la plataforma

• Percepción ciudadana del grado de Colaboración de la AAPP

Para ello organiza la puesta en funcionamiento de una plataforma de participación en base a estas tres fases:

F1 Identificar colectivos interesados en participar: Ayudarán a decidir que piden a la Administración, son

potenciales early-adopters

• Grupos de interés oGov/oData

• Asociaciones de barrios

• Profesionales Periodismo

• Tercer sector

F2 Puesta en marcha de la plataforma:

• Adaptar a la imagen corporativa y abrir período beta-testing a colectivos interesados.

• Sacar a producción con políticas públicas que puedan ser participadas.

F3 Actividades de Difusión:

• Dar a conocer las funcionalidades al ciudadano

• Presentaciones en foros oGov

• Convoca asociaciones en actividades

• Solicitar feedback a ciudadania

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3. Sobre Democracia Digital Andalucia

3.1. Antecedentes

La apertura de un proceso abierto y colaborativo para la elaboración de la Ley de Participación por parte de

la Consejería de Administración y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía la interpetamos como un

efecto en el ambito institucional del intenso y multitudinario proceso de movilización social abierto por el ciclo

15M que,sumado a una demanda historica de muchos movimientos sociales y ciudadanos,ha exigido de forma

contundente una profunda democratización de las instituciones públicas. Una vez que se comunica por parte de la

Dirección General de Derechos de Ciudadanía, Participación y Voluntariado la intención de abrir este proceso una

amplia red de personas vinculadas a distintos espacios colectivos participes en el 15M y otros colectivos e

interesados en estas temáticas nos convocamos para abrir un ambito de trabajo y discusión colectiva con el

objetivo de elaborar un paquete de propuestas que reflejase de la manera mas fiel posible las legitimas demandas

que estabamos exigiendo en las redes y en las plazas.

Nuestro análisis de las sociedades contemporáneas y nuestra experiencia organizativa y en el seno del

movimiento nos indicaba con claridad que cualquier proceso que busque una profundización democrática tiene

que contar como un elemento estratégico el uso de internet y de herramientas digitales telemáticas. Para nosotros

era manifiesta la necesidad y el deseo de abrir un espacio destinado a incoporar en la nueva Ley cuestiones

relacionadas con la llamada Democracia Digital que reflejen la innovación, la crítica al funcionamiento de las

democracias representativas por parte de la ciudadanía y las herramientas que ya estaban en funcionamiento.

Jornadas Democracia Digital (Málaga, Diciembre 2012)

El primer paso para ello fue la organización de unas jornadas públicas en las que reunir a gente vinculada al

movimiento 15M, miembros de la administración vinculada al desarrollo de la nueva Ley de

Participación,expertos en la cultura de internet y experiencias institucionales exitosas en el impulso de la

democracia digital. Las jornadas Democracia Digital y nuevas formas de participación en la era de internet se

celebraron en La Casa Invisible de Málaga los dias 13,14 y 15 de diciembre de 2012 y contaron con la

participación, entre otros,de Javier Toret Medina (X.net-Bcn), Florencio Cabello (UMA), Victoria Anderica y

David Cabo (Fundación CIVIO), Javier de la Cueva, Smári McCarthy (IMMI,Islandia), Stephan Grueso y Nagore

INFORME DDA: Propuestas inaplazables y factibles para una democracia real en Andalucia.

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de los Rios (Irekia,Pais Vasco).

El programa y la presentación de los ponentes invitados puede consultarse en la web

http://www.democraciadigital-andalucia.com y los audios y videos de las interesantísimas ponencias y debates que

las acompañaron pueden verse y oirse aquí:

• Audios:

http://archive.org/details/DemocraciaDigitalYNuevasFormasDeParticipacinEnLaEraDeInternet13

• Videos:

http://tesladream.tumblr.com/post/37631911742/democracia-digital-y-nuevas-formas-de-participacion-en

Las jornadas de Democracia Digital desarrolladas en Málaga cumplieron los objetivos que nos marcamos

presentando con claridad políticas públicas en materia de democracia digital muy avanzadas y sólidas, el altísimo

nivel de innovación producido en esta materia por parte de las redes y movimientos sociales y la urgencia de

impulsar políticas de transparencia y participación por parte de los gobiernos que se pretendan nombrar

democráticos.

Uno de los objetivos centrales de las jornadas era promover un espacio de analisis, discusión y elaboración

de propuestas entre personas y colectivos de toda Andalucía para poder trabajar en el marco de proceso de

gestación y diseño de la nueva Ley de Participación. De ese modo,con una amplia participación y con un plan de

trabajo común, quedó constituido el Grupo de Trabajo por la Democracia Digital en Andalucía (DDA).

Reunión de trabajo en Cooperativa Tramallol (Sevilla, Ener 2013)

Con ánimo de impulsar la concreción de lo propuesto y debatido en el anterior encuentro y en la red,

volvimos a reunirnos en Sevilla para continuar elaborando material asi como generar más y continuar y asentar la

dinámica de trabajo surgida del encuentro en Málaga. Se definen los mecanismo más conocidos y empiezan a

surgir nuevas propuestas que se debaten. Asi mismo se hace una primera planificación y temporización para los

resultados buscados. Los distintos grupos específicos plantean posibles formas de coordinarse. Se sale de estas

jornadas con un conjunto de textos iniciales no desarrollados pero bien encaminados además de un repositorio de

enlaces que ilustran las mejores prácticas disponibles.

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Encuentros virtuales (Mumble, correos electrónicos y redes sociales; proceso aun vivo)

Tras los dos encuentros, el trabajo se traslada a la red por medio de las nuevas tecnologías. Se hacen

pequeñas reuniones que se abren al resto del grupo por medio de aplicaciones libres de teleconferencia (chat de

voz) y la edición se traslada de los pads iniciales al wiki habilitado para ello en el propio portal de la iniciativa. A

partir de ahí, los textos empiezan a unificarse, concretarse y pulirse hasta dar el resultado del que se hace entrega.

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3.2. Método de trabajo

En las jornadas de Málaga se acordó una hoja de ruta que marcaría los objetivos, las fases y la metodología

de trabajo para la elaboración del informe. Las fases que nos marcamos eran simples:

1. Recabar información institucional para poder conocer de cerca cuestiones relacionadas democracia y

tecnología en la Junta de Andalucía-instancias institucionales, programas, presupuestos, evaluaciones,etc-

y de ese modo poder ajustar mejor las propuestas. En este punto queremos destacar que comprobamos la

enorme dificultad que presenta la administración para poder acceder a información que consideramos

básica para un minimo conocimiento de su funcionamiento y una correcta evaluación de las políticas

públicas. Para poder obtener información básica sobre los programas públicos andaluces sobre

participación ciudadana y TIC´s elaboramos una solicitud de información a través de una de las

herramientas diseñadas por al sociedad civil que consideramos ejemplares en materia de transparencia,el

proyecto tuderechoasaber.es .La solicitud de información enviada se puede consultar aquí:

http://www.tuderechoasaber.es/es/request/informacin_sobre_proyectos_de_ci

2. Discusión y puesta en común de los ambitos centrales sobre los que trabajaríamos en la elaboración del

informe.

3. Redacción de los borradores de las propuestas y discusión colectiva sobre los mismos.

4. Elaboración de la versión final del informe: una segunda fase de discusión y puesta en comun sobre las

elementos centrales de la propuesta que queríamos trasladar,

Al ser un grupo conformado por varias decenas de personas y de distintas ciudades andaluzas se opta por

dotarse de las siguientes herramientas de trabajo:

• Lista de correo DDA 12 mediante la cual mantener la coordinación general y la circulación de la

información y lo avances del trabajo

• PADS de trabajo colaborativo donde avanzar el trabajo sobre los ditintos ámbitos que pretendíamos

abordar.El esquema de pads de trabajo utilizados puede consultarse aquí:

http://www.democraciadigital-andalucia.com/portada

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• WIKI a través del cual se fueron volcando los adelantos,correcciones y aportaciones a las distintas

versiones del informe hasta su redacción final.

• Mumble: mediante el cual se celebraron reuniones, seguimiento y coordinación del trabajo online

colaborativo.

• Reuniones presenciales: Además de reuniones puntuales de trabajo por ciudades el grupo DDA celebró

dos reuniones presenciales, la primera durante las jornadas en Málaga (15-12-2012) en La Casa Invisible

y la segunda en Sevilla (18 y 19-01-2013) en La Nave de Tramallol.

En definitiva, el presente documento es fruto de un proceso de trabajo en red colaborativo desarrollado de

forma voluntaria por numerosas personas de distintas ciudades andaluzas con la intención de contribuir a un

proceso de profundización democrática en las instituciones públicas de nuestra comunidad

autónoma.Consideramos que se dan todas las condiciones para dar un impulso decidido y firme en aras de una

democracia sostenida en una intensa participación de los ciudadanos.Para su aplicación se necesita simplemente la

determinación política para llevarla a cabo y lo más importante, una ciudadanía crítica y activa que acompañe y

protagonice este proceso.

Desde el Grupo de Trabajo por la Democracia Digital en Andalucía

haremos lo que este a nuestro alcance para que así sea.

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3.3. Somos

El presente informe es fruto del trabajo colaborativo de DEMOCRACIA DIGITAL ANDALUCIA (DDA).

Han participado activamente en su elaboración (Nombre, Colectivo, Ciudad, twitter)

• J.Félix Ontañon (OpenKratio Sevilla - Sevilla -@fontanon)

• Juan Romero Raposo ( OpenKratio -Sevilla / Demo4.0 - Sevilla -@juanrrcc)

• Nicolás Sguiglia (La Casa Invisible / Plataforma de Afectados por la Hipoteca-PAH - Málaga

-@NicoSguiglia)

• Francisco Jurado Gilabert (Demo 4.0 / LIPPO Universidad Pablo de Olavide - Sevilla -@SuNotissima)

• Manuel J. Roman (15M Jerez / Democracia 4.0 -@manjenet)

• Juan Diaz Ramos (Democracia Real Ya! / Plan de Rescate Ciudadano - Málaga - @er_guan)

• Florencio Cabello (Universidad de Málaga / Fundación de los Comunes - Málaga -@commontrad)

• Ysabel Torralbo (El Sueño de Tesla / MediaLab-La Casa Invisible - Málaga - @pituskaya)

• Pablo García (AndaLibre - Sevilla - @pablov2)

• Javier S.B.Jusore (Hackandalus/ LLQQ - Sevilla -@jusore)

• Angel Madrid Delgado (Demo 4.0 - Sevilla -@angelmad2)

• Antonio Moreno Mejías (CRAC -@morenocrac)

Colaboradores/consultores externos:

• Javier de la Cueva (@jdelacueva)

• Victoria Andarica (Acces Info Europe - @vickyande)

• David Cabo (Fundación CIVIO -@dcabo)

• Nagore de los Ríos (IREKIA Gobierno Abierto -@nagodelos)

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• Javier Toret (X.Net -@toret)

• Smári McCarthy ( IMMI Iniciativa Islandesa de Medios Modernos -@smarimc)

• Stephane Grueso (15M.cc -@fanetin)

• Gabriel Ochoa (Guifi.Net Málaga -@yorus)

• Maria G. Perulero (Goteo.org -@perulera)

• Victor Mari Saez (Universidad de Cádiz -@VictorMari6)

• David Montero (Compoliticas- Universidad de Sevilla -@_davidmontero)

• David Rey Jordan (OpenKratio- Universidad Pablo de Olavide – Sevilla @davidrjordan)

• Juan Moreno Yagüe (Demo 4.0/15M - Sevilla@hackbogado)

• Adán Sánchez de Pedro (Hackandalus/ LLQQ- Málaga -@aesedepece)

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