propuesta relativa a la desestimación de la medida cautelar solicitada por el grupo popular

3
GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA AYUNTAMIENTO SAN MARTIN DE LA VEGA MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA, RELATIVA A LA DESESTIMACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA POR LA ALCALDESA Y SIETE CONCEJALES DEL GRUPO POPULAR DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE UN ACUERDO PLENARIO EL 9 DE JULIO DE 2014 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El pasado 9 de julio de 2014 se celebró sesión ordinaria de Pleno en la que el Grupo Municipal Socialista presentó, en base al artículo 97.5 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, una enmienda al punto sexto del orden del día, relativo a la Moción del Grupo Municipal Popular reprobando su labor como concejal y solicitando a Don José Antonio Lorenzo la dimisión como concejal del partido popular en el Ayuntamiento de San Martín de la Vega”, que al ser aprobada supuso la adopción de los siguientes ACUERDOS: Reprobar la actitud de la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, Dña. María del Carmen Guijorro Belinchón, como responsable directa de haber propiciado, consentido y apoyado los comportamientos de su cargo de confianza. Modificar la Medida nº1, relativa al gasto de personal, contenida en la Memoria explicativa del Plan de Ajuste aprobado en sesión plenaria de fecha 30 de marzo de 2012, tal en el sentido de aumentar al 100% las jornadas disminuidas a seis trabajadores en régimen laboral desde el 15 de febrero de 2013. Modificar la Medida nº6 y 13, relativa al gasto en cargos políticos del equipo de Gobierno, contenida en la Memoria explicativa del Plan de Ajuste aprobado en sesión plenaria de fecha 30 de marzo de 2012, por el que se prescinde del tercer cargo de confianza (además de los dos ya prescindidos), conllevando la modificación de la medida nº6 y 13, Modificar la Medida 16.2.f) de las contenidas en la Memoria explicativa del Plan de Ajuste aprobado en sesión plenaria de fecha 30 de marzo de 2012, por la que se suprime con efectos inmediatos, la edición de la revista “Avanza” o cualquier otra publicación que la pudiera sustituir, tanto en formato papel como electrónico. Con registro de entrada nº 7664, de fecha 4 de septiembre de 2014, se recibió en este Ayuntamiento notificación del Decreto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº25 de Madrid por el que se acordaba la admisión a trámite del recurso contencioso administrativo, Procedimiento Ordinario 336/2014, interpuesto por doña Alicia Huertas y siete personas más, todos ellos Concejales del Grupo Municipal Popular (incluido la Alcaldesa), contra el acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento adoptado en el punto sexto del orden del día de la sesión ordinaria de fecha 9 de julio de 2014, por el que se aprueba la enmienda presentada por el

Upload: agrupacion-socialista-de-san-martin-de-la-vega

Post on 20-Nov-2015

56 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA AL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA, RELATIVA A LA DESESTIMACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA POR LA ALCALDESA Y SIETE CONCEJALES DEL GRUPO POPULAR DE SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE UN ACUERDO PLENARIO EL 9 DE JULIO DE 2014

TRANSCRIPT

  • GRUPO MUNICIPAL

    SOCIALISTA

    AYUNTAMIENTO

    SAN MARTIN DE LA

    VEGA

    MOCIN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA AL PLENO DEL

    AYUNTAMIENTO DE SAN MARTN DE LA VEGA, RELATIVA A LA

    DESESTIMACIN DE LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA POR LA ALCALDESA

    Y SIETE CONCEJALES DEL GRUPO POPULAR DE SUSPENSIN DE LA

    EJECUCIN DE UN ACUERDO PLENARIO EL 9 DE JULIO DE 2014

    EXPOSICIN DE MOTIVOS

    El pasado 9 de julio de 2014 se celebr sesin ordinaria de Pleno en la que el Grupo Municipal

    Socialista present, en base al artculo 97.5 del Reglamento de Organizacin, Funcionamiento

    y Rgimen Jurdico de las Entidades Locales, una enmienda al punto sexto del orden del da,

    relativo a la Mocin del Grupo Municipal Popular reprobando su labor como concejal y

    solicitando a Don Jos Antonio Lorenzo la dimisin como concejal del partido popular en el

    Ayuntamiento de San Martn de la Vega, que al ser aprobada supuso la adopcin de los

    siguientes ACUERDOS:

    Reprobar la actitud de la Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, Da. Mara del Carmen

    Guijorro Belinchn, como responsable directa de haber propiciado, consentido y apoyado

    los comportamientos de su cargo de confianza.

    Modificar la Medida n1, relativa al gasto de personal, contenida en la Memoria explicativa

    del Plan de Ajuste aprobado en sesin plenaria de fecha 30 de marzo de 2012, tal en el

    sentido de aumentar al 100% las jornadas disminuidas a seis trabajadores en rgimen

    laboral desde el 15 de febrero de 2013.

    Modificar la Medida n6 y 13, relativa al gasto en cargos polticos del equipo de Gobierno,

    contenida en la Memoria explicativa del Plan de Ajuste aprobado en sesin plenaria de

    fecha 30 de marzo de 2012, por el que se prescinde del tercer cargo de confianza (adems

    de los dos ya prescindidos), conllevando la modificacin de la medida n6 y 13,

    Modificar la Medida 16.2.f) de las contenidas en la Memoria explicativa del Plan de Ajuste

    aprobado en sesin plenaria de fecha 30 de marzo de 2012, por la que se suprime con

    efectos inmediatos, la edicin de la revista Avanza o cualquier otra publicacin que la

    pudiera sustituir, tanto en formato papel como electrnico.

    Con registro de entrada n 7664, de fecha 4 de septiembre de 2014, se recibi en este

    Ayuntamiento notificacin del Decreto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n25 de

    Madrid por el que se acordaba la admisin a trmite del recurso contencioso administrativo,

    Procedimiento Ordinario 336/2014, interpuesto por doa Alicia Huertas y siete personas ms,

    todos ellos Concejales del Grupo Municipal Popular (incluido la Alcaldesa), contra el acuerdo

    del Pleno de este Ayuntamiento adoptado en el punto sexto del orden del da de la sesin

    ordinaria de fecha 9 de julio de 2014, por el que se aprueba la enmienda presentada por el

  • GRUPO MUNICIPAL

    SOCIALISTA

    AYUNTAMIENTO

    SAN MARTIN DE LA

    VEGA

    Grupo Municipal Socialista a la Mocin del Grupo Municipal Popular incluida en el citado punto,

    antes mencionada.

    Asimismo, con registro de entrada n7663 y fecha 4 de septiembre de 2014, tambin se recibi

    en el Ayuntamiento Diligencia de Ordenacin del Juzgado de lo Contencioso Administrativo

    n25 de Madrid, por la que se acordaba formar Pieza Separada de Medidas Cautelares en el

    Procedimiento Ordinario 336/2014 antes citado.

    En el citado recurso, el Grupo Popular impugna el acuerdo del Pleno en cuanto a la supresin

    de una plaza de personal eventual, el aumento de jornada de seis trabajadores laborales y la

    supresin de la edicin de la revista municipal. Adems, alegaban la ilegalidad del acuerdo por

    defectos de forma y por resolver acerca de competencias que por las Leyes de rgimen local

    se atribuyen al Alcalde y no al Pleno, tales como el cese del personal eventual, y supresin de

    una revista municipal, por lo que entiende que concurre causa de nulidad de pleno derecho en

    el acuerdo recurrido.

    Igualmente, en cuanto al plan de ajuste municipal se alegaba que los acuerdos adoptados son

    contrarios al Plan de Ajuste aprobado al amparo del Real Decreto Ley 4/2012, as como un

    posible dao para el inters pblico.

    Por otra parte, la defensa del Ayuntamiento aleg que las medidas adoptadas suponen un

    ahorro que cuantifica, citando los artculos 104.1 y 22.2.i) de la Ley de Bases del Rgimen

    Local y argumentando que si bien se atribuye a la aprobacin de los Presupuestos anuales la

    modificacin del nmero, caractersticas y retribuciones del personal eventual, se trata de una

    medida de ahorro a que se refiere el RDL 4/2012, de 24 de febrero, argumentando que es de

    aplicacin preferente sta ltima norma por tratarse de una norma especial.

    En el Auto n 90/2014, de fecha 1 de diciembre, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n

    25 de Madrid ACUERDA que NO HA LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR SOLICITADA, y por

    tanto, se desestima, alegando que a la vista de las argumentaciones de las partes no se da

    argumento alguno vlido para justificar la medida cautelar de suspensin.

    Igualmente, en el citado auto se recoge que las medidas de suspensin como la interesada

    slo pueden acogerse cuando se acredite la circunstancia de la prdida de la finalidad legtima

    del recurso. Esto es, cuando se acredite que la ejecucin del acto impugnado diera lugar a

    daos irreversibles, que los actores no han concretado en modo alguno y naturalmente no ha

    podido demostrar en este incidente.

    Finaliza argumentando que en el caso que nos ocupa no es posible suspender la ejecucin del

    acto administrativo recurrido porque no puede hacerse sin entrar a conocer las cuestiones de

    fondo que se plantean en el recurso, lo que est vedado en este momento procesal y que no

    queda suficientemente acreditado que la ejecutividad del acto recurrido haya de crear una

    situacin irreversible, ni la produccin de daos o perjuicios de reparacin imposible o difcil.

    Por tanto, no procede la suspensin de la ejecutividad del acto recurrido.

  • GRUPO MUNICIPAL

    SOCIALISTA

    AYUNTAMIENTO

    SAN MARTIN DE LA

    VEGA

    El Pleno toma conocimiento.