programaciÓn de orientaciÓn y acciÓn tutorial

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Bollullos Par del Condado - 2011/2012 ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL Programación

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Programación; Orientación y Acción Tutorial. IES "Delgado Hernández". Bollullos Par del Condado. Curso 2011-2012.

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Bollullos Par del Condado - 2011/2012

ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIALProgramación

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PROPUESTA DE POAT MAYO - 2011

I. INTRODUCCIÓN

Orientación y educación son términos que son asumidos, en el panorama educativo actual, como conceptos íntimamente relacionados. La orientación educativa ha pasado a ser considerada, en los últimos años, un pilar básico y esencial del sistema educativo que incide en la calidad de los procesos que en él se desarrollan y, en definitiva, en una educación de calidad en equidad.

Es una orientación que entiende la educación más allá del puro aspecto de instrucción y adiestramiento para centrarse en otros aspectos de la vida del alumnado y que pretende, por tanto, con su intervención, el desarrollo pleno e integral del mismo. El alumnado, es contemplado en esta concepción de la orientación educativa, en su aspecto social, afectivo, intelectual y físico.

La orientación educativa y la acción tutorial se conciben como procesos inherentes a la propia acción docente que tienen como fin último el desarrollo integral del alumnado. Son elementos de calidad del sistema educativo que deben ser entendidos como procesos de ayuda planificados y continuados en el tiempo y que, a través de la intervención colaborativa con la comunidad educativa, persiguen el desarrollo académico, personal, social y profesional del alumnado. Así pues, lejos de ser un ámbito exclusivo de intervención para especialistas en la materia -orientadores-, es una responsabilidad compartida por todo el profesorado.

Así pues, la orientación, además, centra su intervención no sólo en los beneficiarios finales -el alumnado- sino que afecta y contempla actuaciones con las familias de este alumnado y con el profesorado responsable de la docencia y de la orientación y acción tutorial derivada de sus funciones, en un intento de coordinar los esfuerzos de los diferentes agentes implicados en la educación de los alumnos en la búsqueda de su desarrollo integral.

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II. PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL.

El Plan de Orientación y Acción Tutorial constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula, a medio y largo plazo, el conjunto de actuaciones del equipo docente, relacionadas con los objetivos de la orientación y la acción tutorial que, de manera coordinada, se propongan para las distintas etapas y enseñanzas que se impartan en el Centro, en coherencia con el Proyecto educativo.

La orientación educativa y la acción tutorial contribuyen a la personalización e individualización de los procesos de enseñanza y aprendizaje favoreciendo que todo el alumnado alcance, en función de sus necesidades y capacidades, las competencias básicas recogidas en los distintos Decretos que regulan el currículo. La orientación tiene así un carácter preventivo ante los problemas de aprendizaje y se constituyen como un elemento de calidad y de éxito escolar.

A su vez, la orientación educativa y la acción tutorial colaboran en el desarrollo de acciones que faciliten los momentos de transición, asegurando el establecimiento de cauces de coordinación académica entre los centros que garanticen la coherencia de actuaciones entre las distintas etapas educativas.

Además, como elemento de ayuda en el desarrollo personal del alumnado, la orientación educativa y la acción tutorial tendrán un papel fundamental en la promoción de la cultura de paz y en la mejora de la convivencia, así como en la construcción de una escuela coeducativa y en equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación.

En este sentido, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 1, relativo a los principios de la educación, concibe la orientación educativa y profesional de las y los estudiantes como un medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. Este aspecto nos lleva a considerar la orientación educativa y la tutoría como factores clave para la calidad de la enseñanza, la adquisición de las competencias básicas y la mejora del rendimiento escolar.

Asimismo, el artículo 7, de la Ley 17/2007 de 10 de diciembre de Educación de Andalucía, se hace eco de este aspecto, recogiendo en su

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apartado b, la orientación educativa y profesional como un derecho del alumnado.

1. EL ANÁLISIS Y DELIMITACIÓN DE LAS NECESIDADES C ON RESPECTO A LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y ACCIÓN TUTORIAL.

1.1. Características socio-económicas de la zona do nde se inserta el centro.

El IES Delgado Hernández se halla situado en Bollullos del Condado. Este pueblo, que pertenece a la provincia de Huelva, se encuentra a medio camino de la autovía Sevilla-Huelva y está, por lo tanto, bien comunicado. Es puerta de acceso al Parque Natural de Doñana y playas de Matalascañas. Pertenece a la comarca natural del Condado-campiña. Su orografía es prácticamente llana y cuenta con una población superior a los 14.000 habitantes.

En el término de Bollullos existen dos núcleos con características urbanas: el núcleo principal, que está al norte y colinda con La Palma; y Los Almendrales, que es un núcleo diseminado y está en la carretera de Bollullos a Rociana. El núcleo principal de población tiene una gran cohesión urbana y contiene tanto un centro con características urbanísticas tradicionales, como una serie de barriadas construidas para dar cabida a una población creciente.

Bollullos fue hasta la década de los años 70 un pueblo con dependencia, casi exclusiva, del sector vitivinícola, complementado con otros cultivos y una pequeña industria de elaboración artesanal. Desde entonces, ha ido diversificando su producción, introduciendo el cultivo de la fresa y apareciendo un mosaico de otras actividades económicas. Una parte importante de la población ha pasado a trabajar en los sectores de servicios e industria agroalimentaria. Sin embargo, la mitad de la población ocupada sigue trabajando en el campo. La crisis económica ha provocado un aumento considerable de personas desempleadas.

Los padres de los alumnos del Centro son relativamente jóvenes, entre los 40 y 50 años en su gran mayoría. La mayoría de las madres se dedican a sus labores y trabajan en el campo por temporadas (principalmente en las fresas). La tasa de actividad en las mujeres es baja. La mayor parte de los padres se dedican a los servicios, agricultura y construcción. De todo ello, deducimos que el nivel profesional es medio-bajo. La renta anual se sitúa

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también en ese rango y hay un porcentaje importante de familias cuyos ingresos anuales son claramente bajos.

La población de Bollullos tiene un crecimiento moderado, producto de una alta tasa de fertilidad y de movimientos migratorios. En este sentido, la llegada progresiva de inmigrantes al pueblo obliga a los centros educativos a atender a alumnos con una diversidad creciente de culturas.

Nuestros alumnos, sobre todo muchos de los que cursan las enseñanzas obligatorias, dedican poco tiempo al estudio y no suelen hacerlo en un horario fijo. Su principal preocupación son los amigos y a estar con ellos dedican mayoritariamente su tiempo.

Bollullos no es un gran foco de actividad cultural, pero sí ofrece a los miembros de la Comunidad actividades educativas, culturales y deportivas interesantes. Dentro de la situación educativa está el Centro de Profesores del Condado-Valverde, diferentes guarderías municipales y privadas, tres centros de Educación Infantil y Primaria, dos centros públicos de Educación Secundaria Obligatoria y otro privado concertado, donde se imparten 4 ciclos Formativos de Grado Medio y dos Programas de Garantía Social. Esto se completa con un Conservatorio de Música.

La oferta cultural suele ser amplia, ya que la Casa de Cultura organiza diferentes actividades, como cursos de teatro, pintura, manifestaciones culturales populares, exposiciones, semanas monográficas, etc. La oferta deportiva es también adecuada e incluye diferentes escuelas deportivas para los alumnos, de diferentes especialidades.

1.2. Etapas educativas que se imparten en nuestro ies.

• Enseñanza Secundaria obligatoria.

- Programas de Diversificación Curricular.

• Bachillerato:

- Ciencias de la Naturaleza y de la Salud. - Humanidades y Ciencias Sociales. - Artes.

• Ciclo Formativo de Grado Medio:

- Sistemas microinformáticos y redes. - Atención Socio-sanitaria.

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• Ciclo Formativo de Grado Superior:

- Administración de Sistemas Informáticos en red.

1.3. CARACTERÍSTICAS DEL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO :

Nuestro Centro funciona de manera parecida a todos los centros donde se imparten enseñanzas similares. Por lo tanto en él se presentan dificultades comunes a este tipo de centros, como es la progresiva desmotivación del alumnado hacia las tareas escolares y la aparición de algunos problemas de convivencia, fundamentalmente en los primeros cursos de la ESO.

La falta de profesorado para poder atender a la diversidad, de manera adecuada es una demanda constante del Centro año tras año.

El interés del profesorado por formar parte del Equipo Directivo es escasa, de lo que se deduce que la implicación del mismo en el funcionamiento del Centro es mejorable.

Se precisa pues, una mayor implicación, no sólo del profesorado, sino de toda la comunidad educativa, y mayores incentivos y recursos materiales y personales por parte de la Administración Educativa.

A pesar de todo lo expuesto, el funcionamiento del Centro es aceptable, existiendo una colaboración permanente entre éste y las Instituciones del entorno y participando en el desarrollo de diferentes planes y proyectos, entre los que podemos reseñar:

� Centro TIC. � Centro Bilingüe. � Plan de atención a las familias (comedor y actividades de

tarde). � Plan de acompañamiento.

1.4. Características del profesorado:

El profesorado del Centro muestra una variopinta distribución, ya que, junto con un número de profesores definitivos, que llevan muchos años en este

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Centro, existe también un gran número de profesores interinos que cambian de un curso para otro, y otros definitivos que sólo permanecen aquí unos años.

El sentimiento de muchos profesores es de impotencia para poder dar una respuesta adecuada, con los medios de que se dispone, a las tareas que se les encomienda. Principalmente, más que para dar respuesta a la diversidad, para atender adecuadamente a alumnos de la etapa de escolaridad obligatoria que no desean estar cursando estos estudios.

A pesar de lo dicho, muchos profesores participan de forma activa en el desarrollo de los proyectos que el Centro viene implementando.

1.5. Características más comunes del alumnado:

El alumnado del centro es similar al de cualquier centro de Secundaria. Su número de alumnos oscila en torno a los quinientos. De estos alumnos, los que proceden de Primaria y se incorporan a la Enseñanza Secundaria, lo hacen, principalmente desde los tres Centros de este nivel educativo de la localidad, haciéndolo en un alto porcentaje desde el CEIP Reyes Católicos, más próximo a nuestro Centro, y en mucha menor medida desde los otros dos Centros. En el caso de los Ciclos Formativos y Bachilleratos los alumnos proceden del propio Centro y del otro IES de la localidad e incluso de pueblos cercanos, sobre todo en los Ciclos y en el Bachillerato de la modalidad de Artes. Por ello consideramos muy importante las actividades de orientación dirigidas, tanto a nuestro propio alumnado, como las planificadas para los alumnos de la zona que se incorporan a la ESO, Bachillerato y Ciclos Formativos que se imparten en nuestro Centro.

Especialmente en la ESO abundan los alumnos con un considerable retraso escolar y numerosas dificultades de aprendizajes, sobre todo en lo que se refiere a los aprendizajes de las materias instrumentales, existiendo un número elevado de alumnos con n.e.e. asociadas a condiciones personales y a situaciones socioeconómicas, derivadas en algunos casos de su carácter de alumnado inmigrante. También se detecta una gran parte del alumnado la falta de hábitos de hábitos y técnicas de estudio adecuados.

Se da la circunstancia que, año tras año, algunos alumnos se incorporan a la Enseñanza Secundaria con un Nivel de Competencia Curricular de más de dos cursos académicos de retraso con respecto a los niveles de referencia y sin haber permanecido un año más en la Enseñanza Primaria.

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En lo que respecta a la continuación de estudios por parte de los alumnos hemos comprobado que en torno al 70 % de los alumnos de 4º de ESO continúan estudios de Bachillerato en nuestro propio Centro, mientras que el 30% restante se matriculan en loa Ciclos Formativos de Grado Medio de la localidad. Estos hecho hacen necesario un esfuerzo importante del Centro en el proceso orientador del alumnado.

Los alumnos que finalizan sus los estudios de bachillerato, en un alto porcentaje, continúan estudios universitarios. Estos alumnos se distribuyen principalmente entre las Universidades de Sevilla y Huelva, aumentando en ésta el número de alumnos matriculados en los últimos años.

El números de alumnos de nuestro Centro que se decide por cursar Ciclos Formativos de Grado Superior es bajo, aunque también, en los últimos años se constata un leve aumento.

De todo lo expuesto, se extrae la necesidad de orientación tanto a nivel grupal como individual. Y no sólo puntual, sino incluida en el currículum de las diferentes materias. Esto no implica que en momentos específicos sea necesaria la realización de actividades de carácter general dirigidas a los alumnos de un nivel determinado.

1.6. Características de los padres:

Las madres y padres del alumnado están organizados en una AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos) cuya Junta Directiva tiene una actitud muy colaborativa con el Centro, aunque la participación de los padres en sus actividades suele ser baja. El nivel de preocupación de los padres es variable, pudiendo distinguirse dos grupos: uno, altamente preocupado por la marcha de sus hijos en el Instituto, mientras que en otros muchos padres no se observa una postura de colaboración y seguimiento de las actividades escolares de sus hijos.

Su participación en la vida del Centro ha ido disminuyendo en los últimos años, y últimamente han existido algunas dificultades para mantener en funcionamiento la AMPA que viene existiendo desde hace bastante tiempo.

2. LA PROGRAMACIÓN DE LAS ACTUACIONES A REALIZAR EN RELACIÓN CON LA ACCIÓN TUTORIAL, EL DESARROLLO DE HABILIDADES PARA LA GESTIÓN DE LA CARRERA Y EL APOY O

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A LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE DESDE UN MODELO INCLUSIVO.

La orientación educativa y la acción tutorial son procesos inseparables de la acción educativa. La puesta en práctica de los programas y actuaciones de este plan de orientación educativa y acción tutorial deben tender a la máxima integración en el desarrollo de las áreas y ámbitos curriculares, sin perjuicio de aquellos programas y actuaciones que deban ser implementados de manera específica en el horario lectivo destinado a la tutoría o en otros momentos de la jornada escolar.

La orientación educativa y la acción tutorial se conciben como procesos inseparables de la acción docente y, como tales, tienden al desarrollo de los objetivos generales de la etapa y de las competencias básicas del alumnado.

Estos programas y actuaciones podrán desarrollarse en la tutoría lectiva, siendo en este caso competencia de la tutora o tutor. Igualmente podrán desarrollarse programas y actuaciones de forma transversal en las áreas del currículum y de manera combinada. Para la aplicación de los mismos, y según lo establecido en el plan, se podrá contar con la colaboración de otros profesionales en coordinación con la tutora o tutor.

2.1. Programas y actuaciones.

Los programas y actuaciones lo trataremos de agrupar en tres grandes bloques de contenidos.

a. Desarrollo personal y social.

b. Apoyo a los procesos de enseñanza y aprendizaje.

c. Desarrollo de habilidades para la gestión de la carrera.

a) Programas y actuaciones para el desarrollo perso nal y social. Programa

Se incluirán en este ámbito todos aquellos que se dirijan de manera explícita al desarrollo personal y social del alumnado. Se planificarán actuaciones encaminadas al desarrollo del autoconcepto y la autoestima, educación emocional, habilidades y competencias sociales, hábitos de vida saludable, educación afectiva y sexual y coeducación, educación medioambiental y para el consumo, uso racional y crítico de las tecnologías de la información y la comunicación, aprendizaje de una ciudadanía democrática, educación para la paz y para la resolución pacífica de conflictos y utilización del tiempo libre.

b) Programas y actuaciones para el apoyo a los proc esos de enseñanza y aprendizaje.

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Se incluirán en este ámbito todos aquellos que se encaminen a la mejora del aprendizaje y los resultados del alumnado, contribuyendo a que cada alumno o alumna desarrolle al máximo sus potencialidades. Para ello, se diseñarán y aplicarán actuaciones encaminadas a la prevención, detección e intervención temprana sobre las dificultades en el aprendizaje; desarrollo de la competencia en comunicación lingüística, con especial énfasis en la adquisición del hábito lector y el desarrollo de los procesos de comprensión lectora; programas específicos para la mejora del resto de las competencias básicas; mejora de la motivación, refuerzo del interés y apoyo al aprendizaje de hábitos y técnicas de estudio.

c) Propuesta de programas y actuaciones encaminadas al desarrollo de habilidades para la gestión de la car rera.

La toma de decisiones se convierte en el elemento fundamental en este ámbito, por lo que, para su desarrollo, se incluirán autoconocimiento e identidad personal, exploración de los propios intereses, conocimiento del sistema educativo y acercamiento al mundo de las profesiones, toma de decisiones, elección de estudios y profesiones desde la igualdad de género.

Cada curso escolar, las tutoras y tutores concretarán los programas y actuaciones a desarrollar con el grupo de alumnos y alumnas, atendiendo para ello a las características evolutivas del alumnado así como a las necesidades detectadas.

Cada tutora o tutor celebrará antes de la finalización del mes de noviembre una reunión con todos los padres o madres o tutores o guardadores legales del alumnado para exponer de manera global el plan de trabajo previsto para el curso de cara al desarrollo de los tres bloques de contenidos establecidos anteriormente. En estas reuniones se incluirá, además, información precisa sobre los cauces de participación de las familias en el desarrollo del proceso educativo. Esta participación podrá desarrollarse como colectivo (Asociaciones de Madres y Padres de Alumnado, Consejos Escolares, Delegado o Delegada de Madres y Padres…) e individualmente (entrevistas con el tutor o tutora, compromisos educativos, compromisos de convivencia…).

Las actuaciones con el alumnado se pueden desarrollar a través de:

� Actividades de tutoría lectiva desarrolladas por los tutores o tutoras del grupo (ESO).

� Actividades de intervención con todo el grupo de alumnos y alumnas por parte del orientador u orientadora.

� Actividades de atención individualizada a algún alumno o alumna por parte del orientador u orientadora.

� Actividades integradas en las programaciones didácticas de las distintas áreas y materias.

� Actividades complementarias y extraescolares. � Actividades desarrolladas por agentes externos al centro (carácter

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puntual).

La concreción de algunas actuaciones con el alumnado, a modo de ejemplo, podrían ser:

� Exploración de las capacidades, intereses, motivaciones del alumnado.

� Exposición de las distintas opciones académicas que hay al finalizar cada etapa: Programas de Iniciación Profesional, Bachillerato, Ciclos Formativos de grado medio, Ciclos Formativos de Grado Superior. Carreras Universitarias.

� Asesoramiento sobre las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de grado medio y superior.

� Acercamiento a las titulaciones universitarias, pruebas de acceso a la universidad, notas de corte.

� Información sobre las enseñanzas artísticas: música y danza; artes plásticas y diseño; arte dramático; idiomas; deportivas.

� Análisis de las opciones formativas para el alumnado que no obtenga titulación: Formación Profesional Ocupacional y Educación de personas adultas.

� Información sobre los requisitos de acceso, los plazos de matriculación, documentación y solicitudes de las enseñanzas postobligatrias.

� Información sobre las pruebas de acceso a los ciclos for-mativos, y a la universidad: requisitos, plazos, desarrollo de las pruebas, contenido de las mismas.

� Descripción de los recursos que les brinda la Administración Pública como: residencias, becas.

� Acercamiento a las distintas profesiones, ocupaciones, actividades. � Información sobre convalidaciones (Ciclos formativos, Universidad). � Exploración del mercado laboral. � Iniciación en los métodos y técnicas de búsqueda de empleo. � Conocimiento y práctica del modelo de toma de decisiones. � Elaboración de un itinerario académico y/o profesional personal.

2.2. Actuaciones con las familias

Las actuaciones con la familia se desarrollarán a través de:

� Atención grupal de los tutores o tutoras a las familias del alumnado. � Atención individualizada de los tutores a la familia de un alumno. � Atención a todas las familias en grupo por parte del orientador. � Atención individualizada a las familias por parte del orientador.

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La concreción de algunas actuaciones con la familia, a modo de ejemplo, podría ser:

� Conocimiento de las capacidades, intereses, motivaciones, expectativas de sus hijos e hijas.

� Asesoramiento sobre las distintas opciones académicas que hay al finalizar la etapa en la que están escolarizados sus hijos e hijas: Programas de Iniciación Profesional, Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio, Ciclos Formativos de Grado Superior.

� Descripción de los requisitos de acceso, los plazos de matriculación, documentación y solicitudes de las enseñanzas que quieren cursar sus hijos e hijas.

� Información sobre las enseñanzas artísticas: música y danza; artes plásticas y diseño; arte dramático; idiomas; deportivas.

� Asesoramiento sobre las opciones formativas para el alumnado que no obtenga titulación: Formación Profesional Ocupacional y Educación de personas adultas.

� Exploración de los recursos que les brinda la Administración Pública como: residencias, becas....

� Aproximación al mercado laboral, relacionado con los intereses profesionales de sus hijos e hijas.

3. OBJETIVOS GENERALES DE LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y LA ACCIÓN TUTORIAL.

Entendemos, por tanto el Plan de Orientación como el nivel de planificación educativa a medio plazo que sirve a dos finalidades diferentes:

• La de adecuar los principios y directrices de Orientación establecidas por la Administración para el conjunto del Sistema o para una Etapa Educativa a las necesidades particulares de nuestro centro educativo.

• La de servir de referente inmediato para la elaboración de las programaciones anuales del Departamento de Orientación.

Con el desarrollo de este Plan de Orientación y Acción Tutorial pretendemos contribuir a la mejora de la calidad de la oferta educativa de nuestro Centro mediante la adecuación de los principios y procesos de Orientación a la realidad concreta de nuestro entorno social, cultural y educativo.

La orientación y la acción tutorial contribuirán al logro de los siguientes objetivos:

a. Favorecer la adaptación del alumnado al contexto escolar y la integración del mismo en el grupo clase con especial énfasis, en su

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caso, en los momentos de transición entre las diferentes etapas educativas.

b. Diseñar y desarrollar actuaciones encaminadas a la promoción de la cultura de paz y la mejora de la convivencia, tanto en el grupo clase como en el conjunto del centro educativo.

c. Promover acciones dirigidas a educar en y para la igualdad, integrando la perspectiva de género en las actuaciones que se lleven a cabo desde el marco de la tutoría.

d. Establecer estrategias de coordinación del equipo docente para la mejora, tanto de la acción orientadora, como de los rendimientos y aprendizajes del alumnado, tendiendo, en todo caso, al máximo desarrollo posible de las competencias básicas.

e. Contribuir a la equidad en la educación, potenciando la compensación de desigualdades a través de la puesta en práctica de medidas organizativas y curriculares que posibiliten la atención a la diversidad del conjunto del alumnado del centro desde un enfoque inclusivo de la educación.

f. Potenciar y coordinar el desarrollo de experiencias educativas interdisciplinares que permitan al alumnado el aprendizaje integrado y la aplicación del currículo como vía fundamental para el desarrollo de las competencias básicas.

g. Realizar un seguimiento personalizado del proceso de aprendizaje del alumnado, haciendo especial hincapié en la prevención y, en su caso, detección temprana de las dificultades en el aprendizaje y promoviendo las medidas correctoras tan pronto como dichas dificultades se detecten.

h. Favorecer el autoconocimiento de los alumnos y alumnas para que conozcan y valoren sus propias capacidades, motivaciones e intereses de una forma ajustada y realista.

i. Posibilitar la adquisición por parte del alumnado de habilidades y conocimientos que favorezcan la posterior toma de decisiones en relación a las opciones académicas y laborales evitando el sesgo que pudiese aparecer en dichas decisiones por motivos de género.

j. Establecer vínculos de colaboración y cooperación entre el centro, los representantes legales del alumnado y el entorno.

k. Facilitar las estrategias para la toma de decisiones de los alumnos y de las alumnas respecto a su futuro profesional y a la elección de un itinerario académico ajustado a sus intereses, actitudes y capacidades.

l. Ofrecer información al alumnado, sobre las distintas opciones formativas al término de la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y los ciclos Formativos

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m. Ofrecer información a las familias, sobre las distintas opciones formativas al término de la Educación Secundaria Obligatoria y de todas las enseñanzas que se imparten en el Centro.

n. Establecer los mecanismos para que el alumnado acceda al

conocimiento del mundo del trabajo, las ocupaciones y los procesos que favorecen la transición a la vida activa, la inserción laboral y la formación a lo largo de la vida.

3.1. Objetivos específicos de las diferentes etapas y enseñanzas.

3.1.1. Objetivos específicos de la Acción Tutorial para la etapa

de la Educación Secundaria Obligatoria:

� Realizar un seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado, con

especial incidencia en aquel que presenta necesidades educativas especiales.

� Conocer la problemática y situación de cada alumno y alumna atendiendo especialmente a la falta de motivación, dificultades de integración, crisis madurativas, o problemática familiar.

� Desarrollar en los alumnos y alumnas hábitos y estrategias para fomentar el

aprendizaje en las distintas áreas y materias, en colaboración con los distintos profesores y profesoras.

� Ofrecer información al alumnado sobre su proceso de aprendizaje.

� Facilitar la integración del alumnado en el grupo-clase, fomentando la cohesión y participación del mismo en las actividades del Centro.

� Favorecer la coordinación del equipo educativo para adecuar al grupo los objetivos del curso.

� Facilitar el conocimiento del alumnado mediante la información recíproca entre el tutor o tutora y el profesor o profesora del área o materia.

� Coordinar las sesiones de evaluación del grupo y la puesta en práctica de las decisiones adoptadas en las mismas.

� Detectar, de manera precoz, las dificultades y problemas que presenta cada alumno o alumna en las diferentes materias.

� Favorecer la coordinación entre tutores y tutoras en aspectos referidos a la programación y evaluación de las actividades de tutoría y tratamiento de la problemática individual o grupal.

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� Ofrecer información a los padres y madres que permita su activa participación

en el Centro y colaboración con los procesos educativos que en él se desarrollan.

� Potenciar la colaboración entre las familias y el Centro.

� Promover la formación de los padres y madres del alumnado para una mejor educación de sus hijos e hijas y la creación de un clima familiar favorecedor de ésta.

� Fomentar la participación dinámica de los padres y madres en las estructuras

organizativas del Centro.

� Ofrecer información a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas y solicitar la colaboración para un mejor desarrollo del mismo.

� Asesorar al alumnado en sus posibilidades académicas y profesionales.

� Favorecer el autoconocimiento del alumnado reflexionando sobre sus posibilidades y limitaciones.

� Proporcionar instrumentos que faciliten la reflexión al alumnado sobre sus

intereses, aptitudes, destrezas y motivaciones. � Conocer los intereses profesionales del alumnado. � Relacionar las características personales con los intereses profesionales. � Proporcionar información al alumnado de 3° de E.S. O., sobre las opciones

académicas de 4° de E.S.O. y su vinculación con est udios posteriores. � Conocer y analizar la oferta académica y formativa al término de la

enseñanza obligatoria: titulaciones, lugares, condiciones de acceso... � Conocer las profesiones del entorno más próximo. � Conocer procedimientos de búsqueda de empleo. � Ejercitarse en las técnicas de búsqueda de empleo (cartas, entrevistas,

currículum...). � Conocer y practicar las fases del modelo de torna de decisiones. � Elaborar un itinerario formativo o profesional realista, siguiendo las fases del

modelo de toma de decisiones. � Atender de forma individualizada al alumnado y a las familias ante casos de

incertidumbre o necesidad de información más especializada.

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� Establecer relaciones de colaboración con los recursos personales y/o

instituciones del entorno para favorecer el asesoramiento integral del alumnado del centro

� Informar a las familias sobre las opciones académicas y profesionales al término de la E.S.O.

� Ofrecer información a las familias sobre los requisitos y el proceso de matriculación en las distintas opciones formativas al término de la E.S.O.

� Etc.

3.1.2. Objetivos específicos de la Acción Tutorial para la etapa de la Educación Secundaria Pos-obligatoria:

� Realizar un seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado.

� Ofrecer información al alumnado sobre su proceso de aprendizaje.

� Facilitar la integración del alumnado en el grupo-clase, fomentando la

cohesión y participación del mismo en las actividades del Centro.

� Asesorar al alumnado en sus posibilidades académicas y profesionales.

� Favorecer la coordinación del equipo educativo.

� Facilitar el conocimiento del alumnado mediante la información recíproca entre el tutor o tutora y el profesor o profesora del área o materia.

� Coordinar las sesiones de evaluación del grupo y la puesta en práctica de las decisiones adoptadas en las mismas.

� Ofrecer información a los padres y madres que permita su activa participación en el Centro y colaboración con los procesos educativos que en él se desarrollan.

� Potenciar la colaboración entre las familias y el Centro.

� Promover la formación de los padres y madres del alumnado para una mejor educación de sus hijos e hijas y la creación de un clima familiar favorecedor de ésta.

� Fomentar la participación dinámica de los padres y madres en las estructuras organizativas del Centro.

� Ofrecer información a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas y solicitar la colaboración para un mejor desarrollo del mismo.

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� Etc.

En lo que respecta más concretamente a la Orientación Académica y Profesional, si algo caracteriza a los alumnos de estas enseñanzas es la necesidad de tomar decisiones.

Para que tome sus decisiones, el alumno requiere de tres tipos de conocimientos:

� De sí mismo.

� De la meta hacia la que se dirige.

� De los recursos que necesita poner en juego para lograr los objetivos anteriores.

El Objetivo de la función orientadora debe consistir en "aclarar" el camino que en cada ocasión toma el alumno, haciéndole ver los riesgos, las ventajas y las dificultades con las que se puede encontrar y ofrecerle los medios para que pueda superarlos.

Los programas que formarán parte del PAC de cada curso en relación con la orientación académico-profesional, han de ayudar a los alumnos a asimilar e integrar habilidades, experiencias y apreciaciones relacionadas con:

• El conocimiento de uno mismo, que incluye tanto la relación de la persona con sus propias características y percepciones, como sus relaciones con los otros y con el medio.

• El conocimiento de las diversas alternativas que se le presentan al terminar.

• El manejo de las habilidades de toma de decisiones.

En 1º de bachillerato: La orientación se centrará en la opcionalidad de segundo, sin olvidar los ciclos formativos. Se intenta agotar toda la orientación académica y profesional (salidas al mundo laboral, oferta y demanda en el mercado, oposiciones, estrategias de búsqueda de empleo).

En 2º de bachillerato: Se pretende ofrecer la información más amplia posible sobre las alternativas, especialmente en el mundo académico (ciclos formativos de grado superior y carreras universitarias). En este momento el conocimiento del alumno sobre sí mismo y sobre el mundo académico y profesional es más amplio; no obstante, y en algunos casos, el alumno necesita clarificar aspectos muy concretos de las opciones formativas (grado de empleabilidad, las Pruebas de Acceso a la Universidad, características de determinados Ciclos de Grado Superior, ...).

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En los Ciclos Formativos se cuenta con la ventaja de tener integrado en el currículo el Modulo de Formación y Orientación Laboral que cumple muchos de los objetivos descritos anteriormente. no obstante desde el Departamento de Orientación se abordarán temas relacionadas con la Orientación Académica con especial énfasis en las pruebas de acceso a los Ciclos formativos de Grado superior, el ingreso en la Universidad y en las convalidaciones entre la Formación Profesional y la Universidad.

4. EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN.

El Departamento de Orientación, regulado por el artículo 85 del Decreto

327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria es el órgano de coordinación cuyas competencias inciden en el diseño y desarrollo de la orientación y la acción tutorial en el centro educativo.

Tal y como se establece en el segundo apartado del citado artículo, el Departamento de Orientación ejercerá las siguientes funciones:

a. Colaborar con el equipo directivo en la elaboración del plan de orientación y acción tutorial y en la del plan de convivencia para su inclusión en el proyecto educativo y contribuir al desarrollo y a la aplicación de los mismos, planificando y proponiendo actuaciones dirigidas a hacer efectiva la prevención de la violencia, la mejora de la convivencia escolar, la mediación y la resolución pacífica de los conflictos.

b. Colaborar y asesorar a los departamentos de coordinación

didáctica y al profesorado, bajo la coordinación de la jefatura de estudios, en el desarrollo de las medidas y programas de atención a la diversidad del alumnado y en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje.

c. Elaborar la programación didáctica de los programas de

diversificación curricular, en sus aspectos generales, y coordinar la elaboración de la programación de los ámbitos, en cuya concreción deberán participar los departamentos de coordinación didáctica de las materias que los integran.

d. Asesorar al alumnado sobre las opciones que le ofrece el sistema

educativo, con la finalidad de transmitirle la importancia de

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proseguir estudios para su proyección personal y profesional. Cuando optara por finalizar sus estudios, se garantizará la orientación profesional sobre el tránsito al mundo laboral.

e. Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto

educativo del instituto o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

4.1. Composición del Departamento de Orientación.

Además del profesor perteneciente a la especialidad de orientación educativa y siguiendo lo regulado en el Decreto 327/2010, formarán parte del Departamento de Orientación los siguientes profesionales:

a. El profesorado especialista en pedagogía terapéutica y audición y lenguaje, al que le serán de aplicación las funciones que se establecen con carácter general en el artículo 17 de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado así como las que se recogen en los artículos 13 y 14 de la presente orden respectivamente.

b. El profesorado responsable de los programas de atención a la diversidad, A tal efecto, se entenderá como profesorado responsable de los programas de atención a la diversidad aquellos profesores y profesoras que, siendo responsables del diseño y aplicación de alguno o algunos de los programas de atención a la diversidad que se regulan en la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía, no ostente la tutoría de algún grupo de alumnado del centro.

c. Por su parte, el resto de profesionales no docentes que se incorporarán al departamento de orientación serán aquellos que presten sus servicios de manera directa al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

4.2. Coordinación del Departamento de Orientación.

La persona titular de la Jefatura de Estudios reservará, en los horarios personales de los tutores de la ESO una hora semanal para reuniones de coordinación con el orientador. La periodicidad de estas reuniones del orientador con los tutores de bachillerato y de los ciclos formativos será

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mensual. Los tutores y tutoras que asistan a estas reuniones serán los y las de un mismo nivel, grupo de niveles, etapa o ciclo, en función de las características y necesidades del centro.

Se procurará que el profesorado de las especialidades de pedagogía terapéutica y audición y lenguaje, en el ejercicio de la tutoría compartida asistan a aquellas reuniones en las que se traten aspectos relacionados con el alumnado al que atiendan.

Las y los profesionales no docentes que se incorporen al departamento de orientación, deberán asistir a las reuniones de coordinación de dicho departamento siempre que éstas queden contempladas dentro de total de horas que quede reflejado en su contrato.

4.3. Funciones del Orientador y consideraciones sob re las mismas.

El artículo 86 del Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria establece, con carácter general, las funciones del profesorado perteneciente a la especialidad de orientación educativa.

El desarrollará las siguientes funciones:

a) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

b) Asistir a aquellas sesiones de evaluación que se establezcan de acuerdo con el equipo directivo del instituto.

c) Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje a las necesidades del alumnado.

d) Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de medidas relacionadas con la mediación, resolución y regulación de conflictos en el ámbito escolar.

e) Asesorar al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de las diferentes actuaciones y medidas de atención a la diversidad, especialmente las orientadas al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo.

f) Colaborar en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial, asesorando en sus funciones al profesorado que tenga asignadas las tutorías, facilitándoles los recursos didácticos o educativos necesarios e interviniendo directamente con el alumnado, ya sea en grupos o de forma individual, todo ello de acuerdo con lo que se recoja en dicho plan.

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g) Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica del mismo.

h) En su caso, impartir docencia de aquellas materias para las que tenga competencia docente, de acuerdo con los criterios fijados en el proyecto educativo y sin perjuicio de la preferencia del profesorado titular de las mismas.

i) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el proyecto educativo del instituto o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

Para desarrollar algunas de estas funciones es preciso tener en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Respecto a la participación del orientador u orientadora en las sesiones de evaluación. El criterio a aplicar con carácter general será el de asistencia y participación en el mayor número posible de grupos. Sin embargo, ante la imposibilidad de asistir a todas las sesiones, de cara a la priorización y planificación del trabajo se establecen los siguientes criterios:

a) Por su participación directa en el diseño y desarrollo de los

programas de diversificación curricular, asistirá a las sesiones de evaluación de los grupos en los que se encuentre el alumnado que cursa Programas de Diversificación Curricular.

b) Por su relevancia de cara a la toma de decisiones en los períodos de transición, se priorizarán las sesiones de los grupos de 1º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria.

c) Por la necesidad de aportar asesoramiento especializado, de

carácter psicopedagógico, que oriente la toma de decisiones, asistirá a las sesiones de evaluación en las que valore el progreso de determinados alumnos o alumnas que hayan participado en alguno de los programas de atención a la diversidad que se hayan puesto en funcionamiento en el centro. Igualmente, tendrá la misma consideración el alumnado que haya sido atendido en el aula de convivencia del centro.

2. A la hora de establecer el horario del orientador se garantizará una

distribución horaria entre los siguientes ámbitos de actuación:

a. Atención directa, de forma individual, al alumnado y a sus familias.

b. Intervención directa en grupos de alumnos y alumnas. c. Asesoramiento psicopedagógico a la Comunidad Educativa. d. Coordinación con las tutoras y los tutores así como con el equipo

directivo.

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Las horas dedicadas a la intervención directa en grupos de alumnos y

alumnas se dedicarán exclusivamente a una o varias de las siguientes funciones:

a. Desarrollar actividades de la tutoría lectiva de los grupos de diversificación curricular.

b. Desarrollar, junto con el profesorado que ostenta la tutoría correspondiente, actividades de carácter más especializado que las realizadas habitualmente en dichas sesiones.

c. Implementar alguna o algunas de las actuaciones y programas previstos en el plan de orientación y acción tutorial para el desarrollo de los bloques de contenidos establecidos en dicho plan.

3. Las restantes horas, hasta completar las treinta de obligada permanencia en el centro, podrán dedicarse a cualesquiera otras de las atribuidas al profesorado perteneciente a la especialidad de orientación educativa en el artículo 86 del Decreto 327/2010 y que no impliquen la intervención directa con el alumnado de manera individual o grupal. En cualquier caso, en líneas generales, las actuaciones a realizar en este horario se centrarán en tareas de coordinación, la programación, cumplimentación de documentación académica, así como al cumplimiento del plan de reuniones fijado por la jefatura de estudios.

4. El horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o

representantes legales del alumnado se fijará previa cita de forma que se posibilite la asistencia de los mismos.

4.4. Funciones de los maestros especialistas en la atención del alumnado con n.e.e.

Atendiendo a la orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria y más concretamente a su artículo 17 y sin perjuicio de lo recogido en el artículo 9 del Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria, el maestro o maestra especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales tendrá, al menos, las siguientes funciones específicas:

a) La atención e impartición de docencia directa para el desarrollo del currículo al alumnado con necesidades educativas especiales cuyo dictamen de escolarización recomiende esta intervención. Asimismo, podrá atender al alumnado con otras necesidades específicas de apoyo educativo en el desarrollo de intervenciones especializadas que contribuyan a la mejora de sus capacidades.

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b) La realización, en colaboración con el profesorado de la materia encargado de impartirla y con el asesoramiento del departamento de orientación, de las adaptaciones curriculares significativas, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía.

c) La elaboración y adaptación de material didáctico para la atención educativa especializada del alumnado con necesidades educativas especiales, así como la orientación al resto del profesorado para la adaptación de los materiales curriculares y de apoyo.

d) La tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales al que imparte docencia, en los términos previstos en el apartado en el apartado 3.

e) La coordinación con los profesionales de la orientación educativa, con el personal de atención educativa complementaria y con otros profesionales que participen en el proceso educativo del alumnado con necesidades educativas especiales.

2. La atención al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en grupos ordinarios con apoyos en periodos variables se llevará a cabo, preferentemente, en dicho grupo. No obstante, podrán desarrollarse intervenciones específicas individuales o grupales fuera del aula ordinaria cuando se considere necesario. 3. De conformidad con lo recogido en el artículo 90.1 del Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria, la tutoría del alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un grupo ordinario, la tutoría será ejercida de manera compartida entre el profesor o profesora que ejerza la tutoría del grupo donde está integrado y el profesorado especialista. Para hacer posible esta coordinación la Jefatura de Estudios establecerá cada curso escolar el calendario de reuniones entre ambos docentes y las actuaciones a realizar de manera conjunta. En todo caso, la atención a las familias de este alumnado se realizará conjuntamente, lo que será previsto en el horario individual de este profesorado.

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5. VERTIENTES Y ÁMBITOS EN LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA .

5.1. Vertientes del plan de orientación y acción tu torial

Para el desarrollo de POAT consideraremos tres tipos de contenidos o

intervenciones pertenecientes a tres vertientes diferentes:

5.1.1. Vertiente escolar.

Esta vertiente está constituida por todas aquellas intervenciones

orientadoras que tienen relación con la optimización de los procesos de enseñanza/aprendizaje, con independencia de en qué aspectos se centren (aprendizaje/enseñanza), del ámbito de intervención (zona, centro, grupos o alumno) y de los sujetos a que se dirija (alumnos, padres o profesores), teniendo como referencia básica el principio de normalización de los principios educativos y como objetivo básico facilitar la planificación, desarrollo y evaluación de una respuesta curricular adaptada a las peculiaridades de los grupos e individuos.

5.1.2. Vertiente vocacional.

Otro grupo de contenidos tiene relación con las necesidades derivadas de los procesos de inserción profesional y laboral de nuestros jóvenes y tendrán como objetivo promover el desarrollo y la madurez vocacionales del alumno, a través de un conjunto de tareas tendentes a potenciar el conocimiento de sí mismo y del entorno socio-laboral, la instauración de procesos “ilustrados” de toma de decisiones y el manejo eficaz de la información vocacional pertinente.

Los contenidos de esta vertiente de la Orientación pertenecerán a los siguientes bloques de información:

• Conocimiento de sí mismo. • Conocimiento de las opciones posibles. • Proceso de toma de decisiones.

5.1.3. Vertiente personal.

Y finalmente tendremos en cuenta una tercera vertiente de contenidos, que son aquellos que tienen relación con la potenciación de las capacidades socio-afectivas de los alumnos. Los contenidos que pertenecerán a esta vertiente de la Orientación pertenecerán a los siguientes bloques de información:

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• Los contenidos actitudinales y ejes transversales del currículum. • Contenidos relacionados con el equilibrio personal y las relaciones

sociales.

5.2. Ámbitos de intervención.

En nuestro sistema educativo se parte de considerar que la Orientación tiene como finalidad básica el logro de las metas que se proponen en la Educación, siendo al mismo tiempo complementaria y subsidiaria del subsistema de Enseñanza, debiendo actuar ambos subsistemas de forma conjunta en el logro de las metas educativas.

Los contenidos que hemos señalado en las diferentes vertientes de la Orientación los organizaremos alrededor de los tres ámbitos de intervención que son habituales en nuestro Sistema Educativo, que son:

� La acción tutorial.

� La orientación académica y profesional.

� La Atención a la Diversidad.

6. TUTORÍA Y DESIGNACIÓN DE TUTORAS Y TUTORES.

De acuerdo con lo establecido en los Decretos 327 y 328/2010 por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos de los Institutos de Educación Secundaria, los tutores y tutoras ejercerán la dirección y la orientación del aprendizaje del alumnado y el apoyo en su proceso educativo en colaboración con las familias.

Cada unidad o grupo de alumnos y alumnas tendrá un tutor o tutora que será nombrado por la dirección del centro, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo. Este nombramiento se efectuará para un año académico.

Atendiendo a la orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria La tutoría de cada grupo de alumnos y alumnas recaerá en un profesor o profesora que imparta docencia en dicho grupo.

Se designará preferentemente al profesor o profesora que tenga mayor horario semanal con el grupo. Se procurará que aquellos profesores y profesoras que, durante un curso escolar, hayan tenido asignada la tutoría de un grupo del primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria continuará ejerciendo esta función en el segundo curso hasta su finalización por parte del grupo de alumnos y alumnas con que lo inició, siempre que continúen prestando servicio en el centro.

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La mencionada orden, que regula en su artículo 9 la organización de la tutoría establece que:

1. El horario de la tutoría en los institutos de educación secundaria será de tres horas a la semana de las de obligada permanencia en el centro, salvo en el caso de la educación secundaria obligatoria que será de cuatro horas, de las que dos de ellas serán de horario lectivo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.l) del Reglamento Orgánico de los institutos de educación secundaria, el horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o representantes legales del alumnado se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos y, en todo caso, en horario de tarde.

2. En la educación secundaria obligatoria, las tareas relacionadas con el desempeño de las tutorías, incluidas en el horario lectivo del tutor o tutora, se dedicarán una hora a actividades con el grupo y otra a la atención personalizada del alumno y de su familia. Las dos horas restantes incluidas en el horario regular de obligada permanencia en el centro se dedicarán, una hora a las entrevistas con la familia del alumnado y otra a las tareas administrativas propias de la tutoría.

3. En las enseñanzas posobligatorias, de las tres horas dedicadas a las

tareas relacionadas con el desempeño de las tutorías, incluidas en el horario regular de obligada permanencia en el centro, una hora se dedicará a la atención personalizada del alumno y de su familia, otra a las entrevistas con la familia del alumnado y otra a las tareas administrativas propias de la tutoría.

4. Los programas de diversificación curricular tendrán hasta tres horas

semanales de tutoría, de las que una corresponderá a la de la tutoría con el grupo de referencia del alumnado y el resto a la tutoría específica que imparta el orientador o la orientadora del instituto al grupo que sigue dicho programa.

Para favorecer la transición entre la Enseñanza Primaria y la Secundaria y atendiendo a lo que establece el artículo 9.4. de la mencionada orden el departamento de orientación, en colaboración con los equipos de orientación educativa de la zona mantendrán en el mes de Mayo o Junio una reunión de coordinación para intercambiar la información relativa al tránsito entre ambas etapas educativas. Además, cada curso escolar se elaborará un programa de tránsito con acciones dirigidas al alumnado y a las familias.

En el caso del alumnado que presente características que hagan previsible el fracaso escolar y social (dificultades de aprendizaje, disrupciones frecuentes en clase, absentismo escolar...) se podrá establecer la figura del segundo tutor ó tutora.

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El alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en un grupo ordinario, la tutoría será ejercida de manera compartida entre el profesor o profesora que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesor especialista.

Esta tutoría compartida o cotutoría debe ser entendida como un ejercicio de asunción conjunta de las responsabilidades que, como docentes, se tienen en relación al alumnado con necesidades educativas especiales. De este modo, la tutoría compartida posibilitará que el profesorado que ejerza la tutoría del grupo y el profesorado especializado para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales diseñen de manera colaborativa el conjunto de medidas y estrategias que permitan la personalización del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado apuntando, como fin último, a la inclusión de dicho alumnado.

El ejercicio de la tutoría compartida implicará:

a) El asesoramiento del profesorado especializado para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales en las adaptaciones necesarias en la programación didáctica, estrategias metodológicas, medidas de acceso al currículo, estrategias y procedimientos de evaluación.

b) La realización conjunta de la valoración del proceso de

enseñanza-aprendizaje en aquellas áreas que se hayan adaptado, siendo la cumplimentación de la documentación referida a la evaluación y la transmisión de la información de dicho proceso a las familias responsabilidad del tutor o tutora del grupo. El profesorado especializado para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales ofrecerá asesoramiento sobre aquellos aspectos que pudiesen ser considerados más específicos.

c) La celebración de entrevistas con los representantes legales del

alumnado en las que la información y orientación necesarias se ofrecerá de forma compartida entre el tutor ó tutora y el profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.

6.1. Funciones de la tutoría

El artículo 91 del ROC de la Enseñanza Secundaria determina el profesorado que ejerza la tutoría desarrollará las siguientes funciones:

a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción

tutorial.

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b) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y toma de decisiones personales, académicas y profesionales.

c) Coordinar la intervención educativa del profesorado que compone el equipo docente del grupo de alumnos y alumnas a su cargo.

d) Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y elaboradas por el equipo docente.

e) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y

aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo.

f) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas.

g) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar,

junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación, promoción y titulación del alumnado, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación.

h) Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a

su cargo.

i) Recoger la opinión opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas materias, ámbitos o módulos que conforman el currículo.

j) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus padres, madres o representantes legales.

k) Facilitar la comunicación y la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y los padres y madres o representantes legales del alumnado. Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a través de la cual los padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad podrán intercambiar información relativa a la evolución escolar de sus hijos e hijas con el profesorado que tenga asignada la tutoría de los mismos de conformidad con lo que a tales efectos se establezca por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

l) Mantener una relación permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 12 del ROC. A tales efectos, el horario dedicado a las entrevistas con los padres, madres o representantes legales del alumnado se fijará de forma que se posibilite la asistencia de los mismos y, en todo caso, en sesión de tarde.

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m) Facilitar la integración del alumnado en el grupo y fomentar su

participación en las actividades del instituto.

n) Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.

ñ) Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el plan de orientación y acción tutorial del instituto o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

7. COORDINACIÓN INTERNA ENTRE TODOS LOS AGENTES IMPLICADOS EN LA ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y LA ACCIÓN TUTORIAL.

7.1. Coordinación del equipo de orientación.

La coordinación del equipo de orientación se realizará en reuniones periódicas, al menos una vez al mes. En todo caso, se programará una reunión inicial al principio de curso para detectar y analizar necesidades y realizar propuestas para la elaboración del Plan de Orientación y Acción Tutorial y una reunión al final de cada trimestre para realizar un seguimiento de las actuaciones recogidas en dicho plan, así como una al final de curso para la evaluar el desarrollo del mismo y realizar propuestas de mejora.

Las y los profesionales no docentes que se incorporen al equipo de orientación, deberán asistir a las reuniones de coordinación de dicho equipo siempre que éstas queden contempladas dentro de total de horas que quede reflejado en su contrato.

La legislación vigente plantea, como hemos indicado, la necesidad de mantener reuniones de coordinación entre el orientador y, en su caso, otros miembros del Departamento de Orientación, y el profesorado que tenga asignada la tutoría de los distintos grupos.

Esta coordinación viene justificada por la consideración de la Orientación y la Acción Tutorial desde una perspectiva global, que se extiende más allá de la labor desarrollada por tutores, tutoras y profesorado en este ámbito. Igualmente surge para garantizar la coherencia entre las intervenciones que se desarrollen en los grupos de un mismo nivel educativo. Finalmente, responde a la necesidad de asesoramiento en la función tutorial por parte del Departamento de Orientación como estructura de apoyo a la educación en los Institutos de Educación Secundaria.

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7.1.1. Convocatoria y supervisión. La convocatoria y supervisión de estas reuniones será competencia del

titular de la Jefatura de estudios.

7.1.2.. Periodicidad.

La periodicidad de celebración de estas reuniones de coordinación, será semanal en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria y mensual para las Enseñanzas Postobligatorias.

7.1.3. Participantes. Los participantes en estas reuniones de coordinación serán:

• El orientador. • Los tutores de un mismo nivel en la ESO. o de los tutores de los grupos

de la etapa en las enseñanzas post-obligatorias. • El maestro especialista de Pedagogía Terapéutica, cuando sea necesario.

7.1.4. Contenido.

Algunos de los temas que serán tratados en estas reuniones serán:

� Desarrollo de las actividades realizadas en la hora de tutoría lectiva, en los grupos de Educación Secundaria Obligatoria, o en el desarrollo de las programaciones de las áreas, materias o módulos en los grupos de enseñanzas postobligatorias.

� Tratamiento de la orientación académica y profesional: orientaciones para la emisión del consejo orientador, información académica y profesional necesaria para llevar a cabo la orientación del alumnado, actividades, técnicas y estrategias para el desarrollo de las sesiones de tutoría relacio-nadas con la orientación académica y profesional...

� Desarrollo de las medidas de atención a la diversidad: demanda de evaluación de alumnado por el Departamento de Orientación, asesoramiento sobre medidas de atención a la diversidad adecuadas en cada caso, seguimiento del alumnado que es objeto de alguna medida de atención a la diversidad, criterios en la evaluación del alumnado con necesidades educativas espe-ciales...

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� Seguimiento de programas específicos: programa de refuerzo, diversificación curricular, técnicas de trabajo intelectual, mejora de la convivencia, habilidades sociales....

� Valoración y puesta en común de la evolución de los grupos en aspectos relacionados con el rendimiento académico, hábitos y técnicas de estudio, relaciones con el profesorado, disciplina, relaciones interpersonales, participación, integración en el centro, actitudes hacia el estudio...

� Aspectos relacionados con la convivencia y el desarrollo curricular: nivel académico, principales dificultades detectadas, conflictos entre el alumnado, relaciones con las familias...

� Preparación de las sesiones de evaluación: informes previos, preparación de la sesión de evaluación con el alumnado, contenido y guía para el desarrollo de la sesión de evaluación, documentación a cumplimentar...

� Tratamiento de la atención individualizada al alumnado y sus familias: orientaciones para abordar la relación con la familia y el alumnado, análisis de la información obtenida, acciones a emprender, en su caso, comunicación de las conclusiones necesarias, resolución de conflictos, establecimiento de compromisos...

� Coordinación de los equipos docentes: informes previos, temas a tratar, guía y estrategias para el desarrollo de las reuniones de coordinación, elaboración de actas y conclusiones, resolución de conflictos...

7.2. Organización de la coordinación entre todos lo s miembros del

equipo educativo de cada grupo. El artículo 83 del ROC de Secundaria, que regula el funcionamiento de los Equipos Docentes señala que:

1. Los equipos docentes estarán constituidos por todos los profesores y profesoras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos y alumnas. Serán coordinados por el correspondiente tutor o tutora.

2. Los equipos docentes tendrán las siguientes funciones:

a) Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, de acuerdo con el proyecto educativo del centro.

b) Realizar de manera colegiada la evaluación del alumnado, de acuerdo con la normativa vigente y con el proyecto educativo del centro y adoptar las decisiones que correspondan en materia de promoción y titulación.

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c) Garantizar que cada profesor o profesora proporcione al alumnado

información relativa a la programación de la materia que imparte, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación.

d) Establecer actuaciones para mejorar el clima de convivencia del grupo.

e) Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo,

estableciendo medidas para resolverlos y sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos en materia de prevención y resolución de conflictos.

f) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso,

se proporcione a los padres, madres o representantes legales de cada uno de los alumnos o alumnas del grupo.

g) Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no significativas, bajo

la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del departamento de orientación a que se refiere el artículo 85.

h) Atender a los padres, madres o representantes legales del alumnado del

grupo de acuerdo con lo que se establezca en el plan de orientación y acción tutorial del instituto y en la normativa vigente.

i) Cuantas otras se determinen en el plan de orientación y acción tutorial del instituto.

3. Los equipos docentes trabajarán para prevenir los problemas de aprendizaje o de convivencia que pudieran presentarse y compartirán toda la información que sea necesaria para trabajar de manera coordinada en el cumplimiento de sus funciones.

4. Los equipos docentes, en la etapa de educación secundaria obligatoria, trabajarán de forma coordinada con el fin de que el alumnado adquiera las competencias básicas y objetivos previstos para la etapa.

7.2.1. Convocatoria y supervisión.

La convocatoria y supervisión de estas reuniones será competencia del titular de la Jefatura de estudios. 7.2.2. Periodicidad.

La periodicidad de celebración de estas reuniones de coordinación tendrá un carácter, al menos, mensual, teniendo en cuenta que el plazo entre la última convocatoria de una reunión de coordinación y la reunión dedicada a la sesión de evaluación no podrá ser inferior a un mes.

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7.2.3. Participantes.

Los participantes en estas reuniones de coordinación serán:

� Profesorado que imparte docencia al grupo o interviene en el proceso de enseñanza aprendizaje del alumnado del mismo. Cuando la Jefatura de Estudios lo considere oportuno, asistirán a las mismas el delegado de grupo con voz pero sin voto.

� En estas reuniones se contará con el asesoramiento del orientador, siempre que esto sea posible. El Jefe de Estudios determinará la prioridad en la asistencia a estas reuniones.

7.2.4. Contenido. Entre los contenidos de estas reuniones se tratarán:

� Evolución del rendimiento académico del alumnado: análisis de los resultados académicos, estudio de las principales dificultades que plantea el alumnado individualmente y en grupo, detección de aquellos aspectos favorecedores u obstaculizadores del rendimiento académico, hábitos y actitudes hacia el estudio...

� Propuestas para la mejora del rendimiento del grupo y de cada alumno o alumna y las decisiones que se tomen al respecto: adopción de medidas de atención a la diversidad ordinarias o extraordinarias, cambios en la organización del grupo, comunicación con las familias, tratamiento de las técnicas de estudio y trabajo intelectual...

� Valoración de las relaciones sociales del grupo: análisis de aspectos

relacionados con la participación e integración del alumnado, comportamiento, relaciones entre iguales y con el profesorado, niveles de aceptación...

� Propuestas para mejora de la convivencia en el grupo y decisiones al

respecto: adopción de medidas disciplinarias, establecimiento de criterios de actuación del profesorado ante situaciones diversas, desarrollo de actividades tutoriales relacionadas con la convivencia, modificaciones en la disposición física del grupo, comunicación con la familia y solicitud de colaboración...

� Coordinación del desarrollo de las programaciones didácticas, de la tutoría y de la orientación profesional en función de las necesidades del grupo: análisis de la evolución e incidencias en el desarrollo de las programaciones didácticas, contenidos de tutoría a abordar desde las áreas y materias, tratamiento de la orientación profesional desde los contenidos curriculares...

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7.3. Coordinación del profesorado.

La coordinación entre profesores para diseñar, desarrollar y evaluar las actividades de orientación profesional integradas en sus programaciones didácticas se puede llevar a cabo a través de:

� Las reuniones de cada departamento didáctico, que están contempladas

en el horario regular del profesorado y que tienen una periodicidad semanal. Es el jefe o jefa del departamento didáctico el responsable de coordinarlas y de levantar acta.

� Las reuniones del E.T.C.P.

7.4. Distribución de responsabilidades de los dist intos miembros del equipo educativo, en relación con el desarrollo de la acción tutorial.

La Acción Tutorial como parte de la función docente de cada profesor o profesora es inherente a dicha labor y todo el profesorado ha de ser responsable del desarrollo de la misma en su propia práctica. Este hecho es compatible, y ha de ser complementario, con la existencia de un profesor o profesora que ostente la tutoría del grupo de alumnos y alumnas.

En este sentido, la coordinación entre el tutor o tutora y los miembros del equipo educativo es esencial y deberá planificarse, especificando cómo, desde cada una de las áreas o materias, los distintos profesores y profesoras apoyarán el desarrollo de las actuaciones programadas desde la Acción Tutorial.

En especial, serán objeto de coordinación aspectos como:

� Mejora de la convivencia. Fijar las actuaciones de cada profesor o profesora en el ámbito de las relaciones de convivencia del grupo.

� Técnicas y estrategias de aprendizaje. Definir la participación de las áreas y materias para apoyar la aplicación y generalización de las técnicas y estrategias de aprendizaje tratadas en las sesiones de tutoría.

� Orientación académica y profesional. Seleccionar los contenidos

relacionados con la orientación académica y profesional que cada profesor o profesora abordará desde su área o materia y actividades para ello.

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� Atención a la diversidad. Precisar la aportación que cada área y materia realizará para responder a las necesidades educativas planteadas desde la diversidad del alumnado del grupo.

� Autoevaluación. Concretar las actividades que cada profesor o

profesora realizará para provocar la reflexión del alumnado en torno a la propia evolución del alumno o alumna en un área o materia concreta y la adopción de propuestas de mejora, en su caso.

� Contenidos de carácter transversal. Determinar el tratamiento que

cada área y materia va a hacer de los temas de carácter transversal desde los contenidos curriculares que le son propios.

8. COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN CON SERVICIOS Y AGENTES EXTERNOS.

� Se llevarán a cabo reuniones de coordinación de la Jefatura de Estudios con los servicios e instituciones del entorno y con entidades ajenas al centro para desarrollar determinados programas. La Jefatura de Estudios contará con la colaboración del Departamento de Orientación.

� A estas reuniones debe de asistirá un miembro de la Jefatura de estudios.

� En estas reuniones se tratarán temas relacionados con:

- El calendario de actividades.

- Profesionales implicados en desarrollar las distintas actuaciones programadas.

- El tipo de actividades, es decir, las realizadas en horario lectivo, las complementarias, las extraescolares.

- Los horarios para desarrollar las actividades.

- Los destinatarios.

� Cada curso escolar se mantendrán reuniones de coordinación con los

profesionales del EOE de la zona para dar una respuesta adecuada a la atención del alumnado (orientación médica, asesoramiento logopédico, etc). Una de estas reuniones se dedicará al transito de los alumnos con n.e.e.

9. DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS PARA RECOGER Y ORGANIZAR DATOS ACADÉMICOS Y PERSONALES DE CADA ALUMNO.

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El desempeño de la función tutorial, por parte del profesorado que tiene asignada esta responsabilidad para un grupo de alumnos, requiere la recogida de numerosa información de los integrantes del mismo. Se trata de aquella información, de carácter académico y personal, considerada necesaria para orientar el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje del alumnado.

Para ello, se podrá crear un expediente personal de cada alumno o alumna, más allá del puramente administrativo, y que incluya aquella información relevante para un adecuado desempeño de la Acción Tutorial. El soporte de esta documentación puede ser diversa e incluso optar por la informatización de la información y gestión de la misma.

De manera orientativa, la información que podría formar parte de este expediente personal podría ser:

9.1. Información sobre la historia escolar del alu mnado.

� Apuntes de reunión de coordinación para la transición entre la etapa de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria donde quede reflejada aquella información aportada y valorada, de manera puntual, sobre algún alumno o alumna.

� Copia del Informe de tránsito de Educación Primaria a

Educación Secundaria Obligatoria. � Copia de los Informes de Evaluación Individualizados.

9.2. Información curricular.

� Resultados de pruebas de evaluación inicial. � Resultados de la evaluación trimestral. Recogida de la

información que sobre un alumno o alumna se genere en las sesiones de evaluación.

9.3. Datos psicopedagógicos.

• Informes de evaluación psicopedagógica.

9.4. Información de reuniones de equipo educativo.

• Síntesis de la información aportada y valorada, respecto a un

alumno o alumna concreto, en la reunión mantenida por el equipo docente de un grupo.

9.5. Información del proceso de enseñanza-aprendiza je en un área o

materia.

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• Establecer un modelo de informe del profesor o profesora correspondiente para recabar información puntual sobre el proceso de enseñanza aprendizaje.

9.6. Información de la coordinación entre tutores y el Departamento de

Orientación. • Información aportada y valorada, de manera puntual sobre

algún alumno o alumna, en la reunión de coordinación entre los tutores y tutoras de nivel y el Departamento de Orientación.

9.7. Información del proceso de coordinación y comu nicación con las

familias.

• Síntesis de la información obtenida en las entrevistas individualizadas mantenidas con la familia del alumnado.

10. PROCEDIMIENTOS Y ORGANIZACIÓN DE LA COMUNICACI ÓN

CON LAS FAMILIAS.

El artículo 12 del ROC de Secundaria establece los derechos de las familias. En este sentido indica que las familias tienen derecho a:

a) Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del instituto.

b) Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza y aprendizaje de éstos.

c) Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus

hijos e hijas.

d) Ser oídas en las decisiones que afecten a la evolución escolar de sus hijos e hijas.

e) Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus

hijos e hijas.

f) Ser informadas puntualmente de las faltas de asistencia de sus hijos e hijas al instituto.

g) Suscribir con el instituto un compromiso educativo para procurar un

adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.

h) Conocer el Plan de Centro.

i) Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro.

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j) Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente

perjudiciales para la convivencia realizadas por sus hijos e hijas.

k) Suscribir con el instituto un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.

l) Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del

instituto, así como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto.

m) Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos

adoptados en el instituto.

n) Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar.

o) Utilizar las instalaciones del instituto en los términos que establezca el Consejo Escolar.

Por otro lado el artículo 13 de la mencionada norma señala la colaboración que las familias deben tener con el Centro y establece que:

1. Los padres y las madres o representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos e hijas o pupilos, tienen la obligación de colaborar con los institutos de educación secundaria y con el profesorado, especialmente durante la educación secundaria obligatoria.

2. Esta colaboración de las familias se concreta en: a) Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades

escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado.

b) Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.

c) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del instituto.

d) Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado

los libros de texto y el material didáctico cedido por los institutos de educación secundaria.

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e) Cumplir con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el instituto.

Para poder llevar a la práctica esta normativa es preciso asimilar que

nuestra labor docente requiere que nos planteamos, la implicación, participación y colaboración de las familias del alumnado en los procesos de enseñanza-aprendizaje.

En este sentido, la comunicación con las familias se convierte en un pilar fundamental para el logro de dichos objetivos y, en consecuencia, en uno de los ejes centrales de intervención de la Acción Tutorial. Entre los procedimientos para desarrollar se encontrarán los siguientes:

10.1. Reuniones grupales con padres y madres del al umnado de un mismo grupo.

� Fechas: Habrá una reunión, obligatoria, al inicio de curso y se

podrán celebrar otras reuniones cuando se considere necesario. � Convocatoria: Deberá ser la Jefatura de estudios quien convoque a

las familias para la asistencia a estas reuniones. � Contenidos: Los contenidos a tratar en las reuniones se

determinaran en el plan anual de Centro.

10.2. Entrevistas individualizadas con las familias .

� Todos los tutores deberán establecer en el PAC el procedimiento

que va a seguir ellos o las familias para solicitar una entrevista individualizada.

� Cada curso académico se establecerá en el PAC el horario de

celebración de estas reuniones. � Calendario: Estas entrevistas se celebrarán:

• Tras las sesiones de evaluación. • Cuando sea requerida por el tutor o la familia.

10.3. Otros procedimientos de comunicación con las familias.

Estos procedimientos serán:

� Comunicación de registro e incidencias en la asistencia a

clase del alumno o alumna. � Agenda de trabajo del alumno o alumna. � Boletín de calificaciones de cada sesión de evaluación. � Nota informativa.

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11. LOS PROCEDIMIENTOS PARA REALIZAR EL SEGUIMIENTO Y LA EVALUACIÓN DE LA ORIENTACIÓN Y LA ACCIÓN TUTORIAL.

La evaluación deberá ser abordada desde dos perspectivas. Por una parte, desde el seguimiento continuado de las actuaciones desarrolladas -evaluación de proceso- y una evaluación final o de producto, como aquélla que implica una valoración de los resultados finales de cada uno de los retos planteados. Ambas han de tener un carácter formativo, en el sentido de que deben servir, o bien para analizar lo que se está haciendo con intención de afianzar o de cambiar, en el caso de la evaluación procesual, o bien para enriquecer propuestas futuras a partir de la evaluación final.

Los procedimientos que utilizaremos serán:

� Análisis continuo de la Acción Tutorial, a través de las reuniones de coordinación del Departamento de Orientación con los tutores y tutoras de nivel y de coordinación de los miembros del equipo educativo.

� Observación y análisis de los procesos de enseñanza-aprendizaje de los grupos de alumnos y alumnas.

� Seguimiento a través de los expedientes académicos. � Diálogo y debate en la clase. � Cuestionarios de evaluación para tutores y alumnado. � Evaluación final a través de entrevistas con tutores y

cuestionarios al alumnado. � Análisis continuo del proceso a través de todas las reuniones de

coordinación que mencionamos en el presente documento. � Inclusión en la Memoria Final de curso de la valoración realizada

así como de propuestas de mejora para el próximo curso escolar.

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