programa de salud ocupacional (pso) sistema de gestiÓn de seguridad y salud en el trabajo (sgsst)

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PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST) VS

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Page 1: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO)

SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

VS

Page 2: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

Disposiciones finales

Subprograma Medicina Preventiva

Subprograma Medicina en el trabajo

Subprograma de higiene y seguridad industrial

Funcionamiento del Comité de higiene y seguridad industrial

Disposiciones finales

DECRETO 1443/ 2014 RESOLUCIÓN 1016/1989

GENERALIDADES

ALCANCE

ETAPAS Y DIFERENCIAS

Políticas y objetivo SG SST

Organización SG SST

Planificación SG SST

Aplicación SG SST

Mejoramiento SG SST

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

COLOMBIA

Auditoría y revisión alta dirección

Page 3: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

GENERALIDADESDecreto 1443 del 2014

Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

• Número de Artículos: 38

• Objetivo:

El SG-SST, consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la' planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en eltrabajo.

Resolución 1016 de 1989

Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional.

• Número de Artículos: 18

• Objetivo:

El PSO, consiste en la planeación, organización, ejecución y evaluación de las actividades de Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial, tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrollados en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria

Page 4: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

La elaboración y ejecución de los PSO para las empresas y lugares de trabajo, podrán ser realizados de acuerdo con las siguientes alternativas:a. Exclusivos y propios para la empresa.b. En conjunto con otras empresas.C. Contratados con una entidad que preste tales servicios, reconocida por el Ministerio de Salud para dichos fines.

El SG-SST debe adaptarse al tamaño y características de la empresa; igualmente, puede ser compatible con los otros sistemas de gestión de la empresa y estar integradoen ellos.

Debe ser liderado e implementado por el empleador o contratante, con la participación de los trabajadores y/o contratistas, garantizando a través de dicho sistema, la aplicación de las medidas de SST, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo

Para el desarrollo del PSO el empresario o patrono, designará una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades que requiera su ejecución.

GENERALIDADES

Page 5: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tener cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión.

Todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional de acuerdo con la presente Resolución.

ALCANCE

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El SG-SST esta dividido por las siguientes fases:

1. Política y Objetivos de SST2. Organización del SST3. Planificación del SST4. Aplicación 5. Mejoramiento6. Disposiciones finales

El PSO de las empresas y lugares de trabajo, será de funcionamiento permanente y estará constituido por:

1. Subprograma de Medicina Preventiva.

2. Subprograma de Medicina del Trabajo.

3. Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial.

4. Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de acuerdo con la reglamentación vigente.

5. Disposiciones finales

ETAPAS

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DIFERENCIASEl 31 de julio del 2014, se publicó la legislación que reemplaza el programa de salud ocupacional (PSO), por el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (SG-SST). Se entiende por programa de salud ocupacional como un conjunto de acciones en caminadas a controlar y prevenir las enfermedades laborales y los accidentes de trabajo, el SG-SST no cambia esa definición sino que la complementa, definiéndose como procesos relacionados entre si, divididos por etapas que conllevan a la prevención de enfermedades laborales, accidentes e incidentes de trabajo, y encaminados al mejoramiento continuo.

A continuación se van a mostrar las etapas del SG-SST y se va a nombrar en que parte se relacionan los subprogramas del PSO.

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1. Política y Objetivos del SG SST

El empleador o contratante debe

establecer por escrito una política de

SST que debe ser parte de las políticas

de gestión de la empresa, con alcance

sobre todos sus centros de trabajo y

todos sus trabajadores,

independiente de su forma de

contratación o vinculación, incluyendo

los contratistas y subcontratistas. Esta

política debe ser comunicada al

COPASST según corresponda de

conformidad con la normatividad

vigente.

En la resolución 1016 de 1989

en el art 4. y el párrafo 1 del

mismo, se establece que el

programa debe

tener

compromiso de prevenir sus

riesgos a todos sus

colaboradores y que debe

existir firma del empleador en

dicho documento.

Page 9: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

2. Organización del SG-SST

Obligaciones del empleador

Obligaciones de la ARL

Responsabilidad trabajadores

Capacitación SST

Conservación Documentos

Comunicación

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Obligaciones del empleador

En el art. 8 del decreto 1443 del 2014 se estipula: El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente.

La resolución 1016 de 1989, estipula que el empleador deberá velar por que el PSO se cumpla y destinar los recursos necesarios, pero no suministra un listado de funciones como se hace actualmente en el decreto 1443 de 2014

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Obligaciones de las Administradoras de Riesgos

Laborales (ARL)

En la anterior resolución no se estipulaba la obligación de las ARL, en la implementación del PSO, todo los recursos necesarios para este programa los aportaba el empleador, ya en el decreto 1443/14 se le asigna la responsabilidad de las ARL de prestar asesoría y asistencia técnica a las empresas y trabajadores afiliados, en la implementación del decreto.

Page 12: PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL (PSO) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)

Responsabilidades de los trabajadores

El decreto 1443/14 establece que el SG SST no solo es responsabilidad del empleador o contratistas, también le asigna responsabilidades a los trabajadores, algo que no se determinaba con el PSO

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Capacitación SST

El decreto 1443/14 establece que se debe desarrollar un programa documentado de capacitación, los temas de capacitación los elige el empleador o el personal contratado para mantener el SGSST, estos temas tiene que ir acorde con los riesgos presentes en la organización, anteriormente en la resolución 1016 1989, este tema solo se mencionaba para las brigadas de emergencia.

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Conservación de los documentos

El decreto 1443/14 y la resolución 1016/1989 establece que se debe mantener los siguientes registros:DECRETO 1443 2014 Resolución 1016 1989

Perfiles epediomológicos Listado de materias primas y sustancias empleadas en la empresa.

Exámenes ingreso, periódicos y egreso Historia ocupacional del trabajador, con sus respectivos exámenes de control clínico y biológico.

Resultado de mediciones higiénicas Relación de trabajadores expuestos a agentes de riesgo

Registro de actividades de capacitación en SST

Cumplimiento de programas de educación y entrenamiento.

Registro de entrega de los EPP Relación discriminada de elementos de protección personal que suministren a los trabajadores

20 Años

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Conservación de los documentos

la resolución 1016/1989 establece que se debe mantener los siguientes registros:

Resolución 1016 1989

Ausentismo general, por accidentes de trabajo, por enfermedad profesional y por enfermedad común.

Resultados de inspecciones periódicas internas de Salud Ocupacional.

Planes específicos de emergencia y actas de simulacro en las empresas cuyos procesos, condiciones locativas o almacenamiento de materiales riesgosos, puedan convertirse en fuente de peligro para los trabajadores, la comunidad o el medio ambiente.

Evaluación de los agentes de riesgos ocupacionales y de los sistemas de control utilizados.

Agentes de riesgos por ubicación y prioridades

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ComunicaciónEl decreto 1443 2014 establece que el empleador debe determinar mecanismos de comunicación con los trabajadores y sus partes interesadas en temas referentes al sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.

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3. Planificación El nuevo decreto 1443 del 2014 reduce todos los subprogramas a uno solo, lo convierte en un SGSST, la resolución 1016 de 1989 nos estipulaba que el empleador debía evaluar el programa cada 6 meses y que habían 4 indicadores de referencias, en el nuevo decreto nos menciona que hay que realizar identificaciones, evaluaciones iniciales, planes de acción y nos explica la estructura de los indicadores y cuales son indispensables para el SGSST.

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4. Aplicación La resolución 1016 de 1989, no da una estructura de implementación del programa, contrario a lo que estipula el decreto 1443 del 2014 en esta parte nos explica acerca de las medidas correctivas, gestiones de cambio, planes de emergencia que se deben realizar además de resaltar la importancia de evaluar las adquisiciones y la contratación que se realice en la organización.

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5. Auditoria y revisión por la alta dirección

Decreto 1443 2014 Resolución 1076 1989

El empleador debe realizar una auditoría anual, y una revisión por la alta dirección por lo mínimo 1 vez al año.

Investigar los accidentes e incidentes de trabajo al igual que las enfermedades laborales.

Será evaluado por la empresa, como mínimo cada 6 meses y se reajustará cada año, de conformidad con las modificaciones en los procesos y los resultados obtenidos o dentro del término de tiempo establecido por requerimientos de la autoridad competente.

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6. Mejoramiento Otro de los cambios del PSO, es que en el SG SST se habla de acciones preventivas y correctivas, y del mejoramiento continuo de los actividades de SST.

La resolución 1016 de 1989 determinaba que en los subprogramas tenían que existir medidas preventivas y correctoras, el decreto 1443 del 2014 estipula que sea en todos los procesos, documentos, instalacions, etc.

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7. Disposiciones Finales Decreto 1443 2014 Resolución 1076 1989

Mientras se cumplen los siguientes plazos para implementar el SG-SST se debe seguir con el PSO

• 18 meses para las empresas de menos de 10 trabajadores

• 24 meses para las empresas de 10 a 200 trabajadores.

• 30 meses para las empresas de 201 o mas trabajadores.

Las autoridades competentes exigirán los PSO, dentro de los siguientes términos:

• 6 meses para las empresas de 100 o más trabajadores.

• 12 meses para las empresas de 25 a 99 trabajadores.

• 18 meses para las empresas de menos de 25 trabajadores