programa de atenciÓn a la salud materno+infantil

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PROGRAMA DE ATENCIN

PROGRAMA NACIONAL

DE ATENCIN A LA SALUD

MATERNO-INFANTIL

Caracas, diciembre de 2009

INDICE

pp.

I. INTRODUCCION...04

II. ANTECEDENTES....05

III. JUSTIFICACIN.09

IV. ALCANCE Y FINALIDAD DEL PROGRAMA.......11

V. DEFINICIN DE TERMINOS Y CONCEPTOS..12

VI. OBJETIVOS

VI. 1. Objetivos Generales.... 14

VI. 2. Objetivos Especficos......14

VII. ACTIVIDADES...16

VIII. DELIMITACIONES

VIII.1. Temporal.......47

VIII.2. Espacial.........47

IX. METAS.....47

X. ESTRUCTURA........50

XI. FUNCIONES

XI. 1. Nivel Nacional.......51

XI. 2. Nivel Estadal........55

XI. 3. Nivel de las Unidades Funcionales de Base.......59

XII. ANEXOS

XII.1. ANEXOS A:

Metodologa de Atencin Pre-Concepcional

XII.2. ANEXOS B

Metodologa de Atencin Pre-Natal

XII.3. ANEXOS C

Protocolo para la atencin en Las Casas

Maternales

XII.4. ANEXOS D

Metodologa para Puericultura

XII.5. ANEXOS E

Tarjeta para la Atencin Pre-Natal

XII.6. ANEXOS F

Tarjeta para la Atencin Peditrica

XII.7. ANEXOS G

Protocolo de atencin Cuidados prenatales y atencin obsttrica de emergencia (Comit Venezolano 2008)

XII.8. ANEXOS H

Metodologa para la Nutricin de la Madre y e Nio

XII.9. ANEXOS I

Esquema de Inmunizacin para el Programa Nacional de Atencin a la salud Materno-Infantil

I. INTRODUCCIN

La Repblica Bolivariana de Venezuela, inscrita en el contexto mundial como un pas en vas de desarrollo, no escapa a la problemtica generalizada de padecer una elevada morbilidad y mortalidad materno infantil que no satisfacen las expectativas del compromiso del milenio suscrito con la Organizacin Mundial de la Salud (OMS), en el que, a travs del desarrollo de polticas sustentables y efectivas, se reduzcan la mortalidad materno infantil en un periodo a corto y mediano plazo.

Muchas han sido las variables que han incidido que en los ltimos cinco aos no se haya modificado la mortalidad materno-infantil, a pesar de haber mejorado significativamente la atencin e inversin en salud en los aos de Gobierno Revolucionario iniciado en 1999, dado, entre otras causas, por la falta de un sistema nico de salud que universalice las polticas de estado en todo el mbito nacional, con un marco jurdico slido para hacer cumplir los objetivos y metas trazados.

Es por ello que, a partir de las indicaciones dadas por el Presidente, Comandante Hugo Rafael Chvez Fras, de asumir los retos sociales como un proceso incontenible y susceptible de producir cambios de estrategia para la consecucin de metas que eleven la calidad de vida de los venezolanos, desarrollamos una propuesta de Programa Nacional de Atencin a la Salud Materno Infantil, denominado (por

disposicin Presidencial) como Misin Nio Jess y dirigido a unificar planes, estrategias de ejecucin, mtodos de vigilancia y

cuantificacin fiel, de estricto cumplimiento en todo el mbito nacional, independientemente del sistema donde se desarrolle, bien sea pblico o privado.

Este programa, amparado en los artculos 83, 84 y 85 de la Constitucin Nacional, prev alcanzar metas de reduccin de la mortalidad materna e infantil en un plazo de cinco aos, con la promocin y desarrollo de polticas sanitarias integrales, as como el fortalecimiento de la infraestructura, con operatividad y control oportuno, que permitan una atencin de alta calidad a la poblacin de mujeres en todas las etapas de su vida reproductiva y a la poblacin infantil , con el compromiso del estado venezolano de otorgarle una mxima prioridad.

II. ANTECEDENTES

Desde la creacin del entonces Ministerio de Sanidad en el ao 1936, se ha tratado de consolidar en Venezuela un Sistema Nacional de Salud que sea garante de la atencin integral, universal y gratuita a todos los venezolanos. Estos esfuerzos comenzaron como respuesta a grandes calamidades desde el punto de vista sanitario que afectaban sobre todo a la poblacin rural de la poca, como fueron la malaria y la tuberculosis. Hombres dedicados a la salud pblica en Venezuela se trazaron estos objetivos como una poltica de estado en un pas donde la mortalidad materna e infantil y las enfermedades endmicas rurales devastaban a un significativo nmero de

compatriotas. Sin embargo, pese a los nobles objetivos de ese nacimiento, la salud pblica fue creciendo de manera desorganizada; atendiendo ms a intereses polticos y comerciales que a la verdadera esencia de servicio pblico. Es por ello que en la dcada de los aos 40 se funda el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales y los servicios mdicos del Instituto de Previsin y Asistencia Social del Ministerio de Educacin (IPASME), ambos con una autonoma desde el punto de vista de planificacin y aporte financiero, contrastando con la idea inicial del ministerio de tener un solo sistema de salud slido y efectivo. A la par de ello, a travs de los aos se fue fortaleciendo un sistema de salud privado que, de manera creciente y sostenida, fue absorbiendo las necesidades de atencin mdica, amparado en la desunin y desatencin del estado en materia de salud pblica. Es por ello que los gobiernos en la dcada de los ochenta y noventa descuidaron an ms el crecimiento de los servicios de salud y optaron por la adquisicin de plizas de seguros privados que orientaban la atencin de salud de los empleados pblicos hacia el sector privado, perdiendo el estado de esta manera la oportunidad de fortalecer sus instituciones y por el contrario desvo cuantiosas inversiones hacia los intereses privados desligados de la realidad y las necesidades de la poblacin. Aunado a ello el modelo mdico hospitalario que ha manejado el estado como concepcin de atencin en salud descuid de manera grosera e irresponsable los primeros niveles de atencin, para as dejar, casi en letra muerta, los programas de promocin y prevencin que venan planteando el Ministerio de Sanidad durante su existencia. La mxima expresin de esta poltica de divorcio con las necesidades de nuestro pueblo se observ en el ao 1998 cuando se cre y firm la ley del Sistema Nacional de Salud, que le abra las puertas de par en par a la privatizacin de todo el Sistema de Salud Pblica en Venezuela y la liquidacin del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), quedando el extinto Ministerio de Sanidad como un simple observador y planificador de polticas de salud dirigidas a fortalecer este nuevo modelo privatizador dejando la asistencia de salud en manos del mercado. Es entonces cuando nace la figura de cambio radical en el rumbo del pas encabezado por el Presidente Comandante Hugo Rafael Chvez Fras, quien en un acto reivindicador de la dignidad y los derechos de nuestro pueblo, decreta la no liquidacin del IVSS y el comienzo de un nuevo modelo de salud en el pas que garantice la universalidad, la eficiencia en la atencin en todos sus niveles y la gratuidad como responsabilidad del estado para con sus ciudadanos.

La repercusin sobre la salud de la pobre inversin pblica y del aumento de la pobreza fue de tal magnitud que para comienzo de los aos 70 se calcul que por lo menos el 30% de los menores de 5 aos sufran algn grado de desnutricin, y entre 1968 y 1973 la tasa de mortalidad infantil se elev de 46,7 a 53,7 por mil nacidos vivos registrados. Desde 1983la Direccin Nacional Materno-Infantil, perteneciente al Ministerio de Salud y Asistencia Social, tena la

responsabilidad de preservar y promocionar estilos de vida saludables

y prevenir las muertes maternas e infantiles a travs de la creacin y puesta en marcha de planes y actividades que incidieran directa y positivamente en estas reas, dada la situacin existente, estos objetivos no pudieron ser alcanzados. Entre los aos 1999 y 2000 se instal el Comit Nacional de Prevencin y Control de la Mortalidad Materna e Infantil, instancia intersectorial y multidisciplinaria que dise e implement el Plan Nacional de Prevencin y Control de la Mortalidad Materna e Infantil consistente en: llevar un sistema de registro e investigacin de las muertes, evaluacin de las condiciones de eficiencia de los establecimientos en la atencin al parto, calidad de atencin de las emergencias obsttricas y neonatales, calidad de atencin de las emergencias infantiles, atencin primaria integral en la infancia y promocin de las casas comunitarias de salud.

En el ao 2000 la Secretara Ejecutiva de la Comisin Nacional para la Prevencin del Embarazo Precoz fue transferida al Ministerio de Salud y Desarrollo Social y se constituy el Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva y posteriormente el Programa Nacional de Nios, Nias y Adolescentes los cuales sustituyeron aquel Programa Materno-Infantil, creando una plataforma programtica para la aplicacin de la Legislacin Nacional e Internacional vigente en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Basados en los enunciados de nuestro Presidente donde se orient trabajar con las premisas de Revisin, Rectificacin y Reimpulso retomamos la atencin materno-infantil, pero ahora, desarrollando un Programa como prioridad fundamental del estado venezolano, integrador de las acciones en todo el sistema de prestacin de salud que serva de gua, como trazador para la implementacin acelerada de un Sistema Pblico Nacional de Salud.

III. JUSTIFICACIN

La Repblica Bolivariana de Venezuela se adhiri a los Compromisos de Desarrollo del Milenio suscritos con la Organizacin Mundial de la Salud (OMS) que plantean reducir en dos tercios la mortalidad de menores de cinco aos para el 2015 respecto a la tasa existente en 1990; y reducir en tres cuartos la mortalidad materna en el mismo plazo. Esto representa una reduccin en la mortalidad de nios menores de 5 aos de 32,09 a 10,69 por 1000 nacidos vivos registrados; y la mortalidad materna de 58,94 a 14,73 por 100.000 nacidos vivos registrados. Desde 1999 hasta 2007 la mortalidad materna y neonatal se ha mantenido sin variaciones significativas. Esto obliga a una revisin del modelo de atencin actual para garantizar cobertura y calidad del proceso de atencin a la salud materno infantil, que impacte efectivamente en la reduccin de dicha mortalidad.

Por mandato, la Constitucin de la Repblica Bolivariana de

Venezuela en sus artculos 83, 84 y 85 establecen:

La salud es un derecho social fundamental, obligacin del Estado que lo garantizar como parte del derecho a la vida

para lo que crear, ejercer y gestionar un Sistema Pblico Nacional de Salud, de carcter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regido por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integracin social y solidaridad

El estado regular las instituciones pblicas y privadas de salud

Para garantizar la salud Materno-Infantil y vencer los obstculos an hoy presentes, en los principios trazados por la direccin del pas, de Revisin de nuestras polticas de salud, as como las propuestas de Rectificacin y Reimpulso a nuestros principios de Revolucin Socialista, es que debemos:

Ofrecer un Programa Nacional de Atencin a la Salud Materno-Infantil con mayor capacidad resolutiva que genere confianza.

Aplicar polticas pblicas que involucren aspectos ticos, filosficos, de valores y de estndares de calidad de vida para brindar una atencin universal, justa, equitativa, solidaria y gratuita a la poblacin Materno-Infantil, que sirva de eje trazador y gua al resto del Sistema de Salud.

Desarrollar procesos para alcanzar resultados de calidad estadsticamente confiables y registros sostenibles en el tiempo, que permitan medir la atencin gineco-obsttrica y peditrica.

Garantizar el compromiso de asumir la rectora en la formacin y capacitacin del personal de salud adecuado al programa; y fortalecer la integracin de las Organizaciones Comunitarias como parte del equipo de Salud.

Alcanzar un incremento de la calidad de vida a mujeres, nias, nios y adolescentes en todo el territorio nacional.

IV. ALCANCE Y FINALIDAD DEL PROGRAMA

Este Programa Nacional de la Atencin a la Salud Materno Infantil, es inclusivo, de alcance nacional, prioriza la atencin integral a la mujer en trminos de calidad en el proceso vinculado a la salud reproductiva, especialmente con la atencin integral pre-concepcional, cuidados pre-natales calificados, proceso de atencin al trabajo de parto y parto propiamente dicho, a la purpera y al recin nacido.

Garantiza adems la atencin integral al nio con nfasis en el menor de 5 aos, sobre todo en los aspectos vinculados a su crecimiento y desarrollo.

Es un programa trazador e integrador para los dems programas nacionales de salud que se aplican y para aquellos que se

desarrollarn, contribuye a la consolidacin funcional del Sistema Pblico Nacional de Salud en el pas y permite adecuar la organizacin y funcionamiento del mismo, de manera que priorice y controle la Atencin Materno-Infantil en los diferentes establecimientos de atencin.

Tiene carcter intersectorial e interinstitucional, ya que ampla y modifica el concepto del equipo de salud vigente, para incluir la participacin activa de las comunidades organizadas en conjuncin con los diferentes organismos del estado, comprometiendo adems normativamente al sector privado en la responsabilidad de adscribirse a las orientaciones metodolgicas del programa.

V. DEFINICIN DE TRMINOS Y CONCEPTOS

Atencin pre-natal: conjunto de acciones que se realizan a las mujeres en la etapa del embarazo con el propsito de brindarles cuidados de calidad a las mismas.

Dispensarizacin: es el proceso organizado, continuo y dinmico de evaluacin e intervencin planificada e integral, de los individuos y familias, con un enfoque clnico, epidemiolgico y social del estado de salud. Es un proceso coordinado y liderado por el Equipo de Salud Comunitario.

Riesgo reproductivo: condicin que puede repercutir desfavorablemente sobre la madre o su producto, durante todo el proceso de la reproduccin.

Riesgo pre-concepcional: condicin existente antes de la concepcin, que puede repercutir desfavorablemente sobre la madre o

su producto, durante el proceso de la reproduccin.

RMM= (defunciones maternas /total de NV) / 100 000 10 000

La Organizacin Mundial de la Salud define la mortalidad materna como la muerte de una mujer durante su embarazo, parto, o dentro de los 42 das despus de su terminacin, por cualquier causa relacionada o agravada por el embarazo, parto o puerperio o su manejo, pero no por causas accidentales. Por lo general se hace una distincin entre muerte materna directa que es resultado de una complicacin del propio embarazo, parto o su manejo, y una causa de muerte indirecta que es una muerte asociada al embarazo en una paciente con un problema de salud pre-existente o de reciente aparicin.

Tasa de mortalidad materna (TMM) es realmente la Razn de mortalidad materna (RMM): es el nmero de defunciones maternas por 100.000 nacidos vivos. Algunas veces se usa 1.000 o 10.000 nacidos vivos.

Tasa de mortalidad infantil (TMI): es el nmero de defunciones de nios menores de un ao por cada 1,000 nacidos vivos en un determinado ao y lugar.

Tasa de Mortalidad Perinatal: el nmero de defunciones perinatales (fetales de 28 semanas o ms y neo natal precoz) por cada 1 000 nacimientos

Tasa de mortalidad de nios menores de 5 aos (TMM5), el nmero de defunciones de nios menores de cinco (5) aos por cada

mil (1000) nios de esa edad.

VI. OBJETIVOS

VI.1. Objetivo General

Mejorar cualitativa y cuantitativamente la atencin a la mujer con riesgo preconcepcional, la atencin prenatal, durante la fase del parto y puerperio y al nio desde su nacimiento hasta los 5 aos de edad, con extensin en algunas actividades hasta la adolescencia, de manera que efectivamente se logre reducir las tasas de mortalidad materna, perinatal, infantil y de menores de cinco aos.

VI.2. Objetivos Especficos

VI.2.1. Incrementar la educacin para la salud materno-infantil con participacin comunitaria.

VI.2.2. Identificar el riesgo materno preconcepcional y establecer conductas que lo reviertan o aminoren.

VI.2.3. Elevar la calidad de la atencin prenatal y perinatal, garantizando la adecuada calificacin del recurso humano acorde a las necesidades del programa y crear las estructuras funcionales necesarias para ello.

VI.2.4. Promover un adecuado estado nutricional a la mujer, en especial en su estado preconcepcional, de gestante y en la lactancia as como al nio o nia.

VI.2.5. Reducir la mortalidad materna directa e indirecta.

VI.2.6. Reducir la mortalidad perinatal con nfasis en su componente neonatal (recin nacido).

VI.2.7. Incrementar la lactancia materna.

VI.2.8. Mejorar el seguimiento al nio sano hasta los cinco (5) aos de edad, desarrollando acciones de promocin, prevencin de salud y deteccin temprana de las desviaciones de la normalidad.

VI.2.9. Incrementar la calidad de atencin a los nios, nias y adolescentes enfermos y promover una adecuada y oportuna rehabilitacin.

VI.2.10. Lograr niveles adecuados de inmunizacin materna e infantil con extensin a la adolescencia.

VI.2.11. Reducir la mortalidad en nios menores de cinco aos.

VI.2.12. Desarrollar un sistema de informacin estadstica sanitaria que responda a las exigencias del programa.

VI.2.13. Establecer los sistemas de control que garanticen el cumplimiento y evaluacin del programa, as como, su vigilancia epidemiolgica.

VI.2.14. Fortalecer la actividad docente dirigida a la formacin y capacitacin de los recursos humanos involucrados en la Misin Nio Jess,

VI.2.15. Promover el desarrollo de las investigaciones en salud en el rea materno - infantil.

VII. ACTIVIDADES

VII.1. Actividades del objetivo:

Incrementar la educacin para la salud materno-infantil con participacin comunitaria.

Impartir charlas educativas y foros sanitarios participativos con la comunidad, tomando en consideracin el respeto a su cultura y costumbres.

Garantizar educacin individual y grupal en consultorios, salas de espera y de hospitalizacin, por parte del personal mdico, de enfermera, siclogos, nutricionistas y otros profesionales afines.

Garantizar un plan de medios, en todos los niveles, para promover la salud materno-infantil con amplia participacin comunitaria; para desarrollar actitudes, conductas y comportamientos encaminados a prevenir enfermedades y complicaciones relacionadas con la mujer, nios, nias y adolescentes dirigidos a lograr un mejor nivel de calidad de vida.

VII.2. Actividad del objetivo:

Identificar el riesgo materno preconcepcional y establecer conductas que lo reviertan o aminoren.

Garantizar que se cumpla por el equipo de salud a todos los niveles, lo establecido por los protocolos de atencin a la mujer en su fase preconcepcional (Anexo A).

VII.3. Actividades del objetivo:

Elevar la calidad de la atencin prenatal y perinatal, garantizando la adecuada calificacin del recurso humano acorde a las necesidades del programa y crear las estructuras funcionales necesarias para ello.

Garantizar que se cumplan por el equipo de salud los protocolos para la atencin pre-natal (Anexo B).

Ingresar, en todos los niveles de atencin del sistema de salud, a las embarazadas con patologas asociadas o no al embarazo y/o al feto, que lo requieran.

Garantizar el ingreso hospitalario a las gestantes que concurran en cualquier estado de su trabajo de parto.

Garantizar el ingreso hospitalario a las purperas con patologas que no sean tributarias de tratamiento ambulatorio.

Garantizar y priorizar la atencin mdica a las embarazadas de alto riesgo o graves que acudan a los centros hospitalarios bien sea por referencia o asistencia espontnea; brindndoles cuidados especiales, oportunos y de calidad.

Crear los espacios y organizar las camas de los Servicios de Obstetricia para garantizar la hospitalizacin y tratamiento especfico para pacientes de alto riesgo obsttrico.

VII.4. Actividades del objetivo:

Promover un adecuado estado nutricional a la mujer, en especial en su estado preconcepcional, de gestante y en la lactancia as como al nio (a).

Promover la creacin de los servicios de atencin y vigilancia nutricional en todos los niveles, para la mujer en su fase preconcepcional, durante el embarazo, en su vida materna, con nfasis en su etapa de puerperio y lactancia.

Detectar durante la atencin prenatal las gestantes mal nutridas y dar las orientaciones pertinentes para su modificacin.

Atender especialmente la nutricin de las gestantes que han tenido como antecedente previo, recin nacidos de bajo peso.

Considerar como riesgo diettico a toda gestante que comience su embarazo con un peso para la talla inferior al 90% y/o un ndice de masa corporal afectado segn los valores establecidos (Anexo B).

Valorar la dieta y su composicin nutricional en las gestantes hospitalizadas.

Realizar evaluacin nutricional en las consultas de pediatra y puericultura, cumpliendo lo establecido en el Sistema de

Vigilancia Nutricional (Anexo H).

Valorar el estado nutricional de todo paciente peditrico al ingresar y registrar en toda hoja de egreso si se encuentra por debajo de diez (10) percentil de peso/talla.

Brindar orientacin nutricional en todas las consultas de pediatra y puericultura.

Detectar a los nios con malnutricin por defecto y por exceso en menores de cinco (5) aos a travs de las consultas, visitas de campo con participacin de las organizaciones comunitarias, haciendo la notificacin correspondiente.

Dispensarizar a todo nio con mal nutricin, brindndole las consultas y visitas de campo necesarias.

Ingresar a todo nio menor de un (1) ao que sea diagnosticado con desnutricin por debajo del tercer percentil de peso para la edad y talla.

Priorizar la atencin de los nios mal nutridos que concurran a la emergencia peditrica independientemente del nivel de atencin, con una enfermedad aguda o crnica.

Crear y desarrollar los servicios de clnica nutricional en los hospitales con Servicios de Pediatra.

Tomar en consideracin el aporte nutricional, como un elemento teraputico, en las dietas de los hospitalizados, priorizando al nio con mal nutricin.

Evaluar peridicamente el estado nutricional de los pacientes ingresados.

VII.5. Actividades del objetivo:

Reducir la mortalidad materna directa e indirecta.

Garantizar el cumplimiento de la atencin integral establecida

metodolgicamente por medio del Protocolo de Atencin Cuidados prenatales y atencin obsttrica de emergencia (Anexo G) y otros anexos incorporados.

Garantizar el control y funcionamiento de la consulta de profilaxis del riesgo materno y perinatal.

Desarrollar y organizar salas de cuidados especiales para la atencin de la gestante y la fase del puerperio.

Garantizar la participacin de especialista de gineco-obstetricia en casos de pacientes referidas a la Unidad de Terapia Intensiva de Adultos (UTI).

Realizar discusin del caso de las pacientes graves y otras que lo requieran, dejando constancia de la misma en la historia clnica, debiendo ser presididas por el Jefe del Servicio y jerarquizada por el Director del hospital.

Controlar que en toda mujer que vaya a ser tratada por un aborto incompleto, se cumplan los requisitos de atencin exigidos.

Brindar atencin epidemiolgica especial a las salas de ciruga, partos, de legrados y exigir el cumplimiento de todas las normativas relacionadas a la prevencin y control de infeccin.

El Banco de Sangre debe garantizar la reserva de sangre, plasma y glbulos en los hospitales y Servicios gineco-obsttricos.

Incorporar al pensamiento medico de otras especialidades, la sospecha diagnostica y de certeza de embarazo ectpico, ante la

concurrencia de una mujer con dolor abdominal.

Discusin obligatoria, de acuerdo a lo reglamentado, de todas las muertes maternas de causas directas e indirectas.

VII.6. Actividades del objetivo:

Reducir la mortalidad perinatal con nfasis en su componente neonatal (recin nacido).

Reducir la mortalidad perinatal. Cumplir los protocolos establecidos para la atencin de las pacientes con riesgo perinatal.

Hacer nfasis en la pesquisa de la malnutricin fetal como causa de muerte perinatal.

Brindar informacin a las mujeres de edad frtil de los factores que pueden comportarse como teratognicos. Indicar cido flico preconcepcional cuando se planifica un embarazo.

En caso de cesrea anterior evaluar adecuadamente la edad gestacional y realizar sta despus de cumplidas las treinta y nueve (39) semanas.

Establecer vigilancia estricta durante el trabajo de parto, haciendo nfasis especial en evitar las muertes debidas a anoxia intraparto y trauma.

Establecer y controlar las medidas de asepsia en la atencin del parto.

Controlar que las instrumentaciones y las maniobras obsttricas sean ejecutadas por personal calificado.

Mantener personal adiestrado en reanimacin del recin nacido, logrndose adems que estn disponibles los equipos necesarios.

Conocer las causas de mortalidad perinatal a travs del estudio necrpsico de las defunciones perinatalesy de los factores obsttricos relacionados con estas.

Discutir cada muerte perinatal examinando los factores contribuyentes y determinantes.

Desarrollar los cuidados especiales intraparto dotando estos servicios de los equipos necesarios acorde al nivel de atencin y de cuidados especiales neonatales.

Brindar una atencin adecuada al recin nacido

Garantizar el cumplimiento de las actividades programadas para la atencin preconcepcional, a la gestante, el trabajo de parto y parto, con el fin de obtener un producto de la mejor calidad posible.

Tomar en consideracin que muchas drogas administradas a la madre pueden afectar al feto y recin nacido, produciendo depresin al momento de nacer entre otros efectos desfavorables. Evitar el uso de las que no sean de indicacin estrictamente necesarias.

Cumplimentar lo establecido como evidencias de atencin respecto a la reanimacin. Realizar esta en funcin de los parmetros de respiracin, frecuencia cardiaca y coloracin del recin nacido (RN); segn guas de reanimacin.

Utilizacin cuidadosa de la oxigenoterapia, sobre todo en los RN de muy bajo peso. No es adecuado iniciar la ventilacin con Oxgeno al 100%, de ser posible este debe ser hmedo y tibio.

Los equipos manuales de ventilacin deben contar con vlvulas de PEEP (presin espiratoria final), para conservar la capacidad residual funcional.

Es de gran importancia la conservacin de la temperatura del neonato.

La medicacin que incluye el uso de volumen, bicarbonato y otras drogas es de uso excepcional. La ms justificada en casos que no resuelvan con las maniobras bsicas es la epinefrina.

El recurso humano para la realizacin de estos procedimientos debe estar debidamente capacitado y acreditado

Realizar los cuidados inmediatos al recin nacido que incluyen la profilaxis de la conjuntivitis al paso por el canal del parto y de la enfermedad hemorrgica.

Estimular en el mismo momento del nacimiento la relacin madre nio/a por contacto directo; e iniciar la lactancia materna, dependiente de las caractersticas del recin nacido y la madre.

Garantizar una adecuada clasificacin de los riesgos. Mediante examen fsico y anamnesis establecer el estado de salud del recin nacido (RN), en base al cual definir su ubicacin y /o la necesidad de transferirlo a otra unidad que cuente con la resolutividad requerida.

Contar con los requerimientos mnimos en las unidades de menor nivel para la estabilizacin del neonato, antes de su traslado a otra unidad en caso de requerirlo.

Cumplimentar las normas de prevencin de infecciones en las salas de ciruga, parto y servicios de atencin neonatal. Insistiendo en lavado y desinfeccin de las manos como la medida primordial.

Garantizar que el nio sano, o aquel cuya observacin o tratamiento se pueda realizar junto a la madre, no sea separado de esta, y no se introduzca otra alimentacin diferente a la lactancia materna. Esta poltica debe mantenerse de ser posible an para nios/as ingresados/as en servicios de neonatologa.

Cumplimentar la inmunizacin establecida para esta edad, segn esquema.

Para la atencin al recin nacido se establecen los diferentes

sistemas de atencin, no necesariamente correspondientes a los niveles del sistema de salud:

Nivel I: Cuidados Bsicos de Atencin

Este nivel corresponde a instituciones donde se realizan partos de bajo riesgo materno/neonatal. Debe contar con los recursos necesarios para la reanimacin del recin nacido:

Reanimador manual preferiblemente de auto inflado.

Medio de aspiracin y fuente de oxgeno.

Posibilidad de garantizar la temperatura corporal del recin nacido (RN). Incubadora u otro medio.

Medicamentos esenciales y para los cuidados inmediatos.

El nio permanecer junto a la madre y en caso de patologa o riesgo por su edad gestacional y/o peso se trasladar a otro nivel de atencin.

Nivel II:

Cuidados de Atencin al nio de riesgo y algunas patologas en las que se prev no van a requerir de Cuidados Intensivos. Podrn ingresar RN con edad gestacional mayor de treinta (30) semanas y /o peso mayor de mil quinientos (1500) gramos. Para ello adems de lo requerido en el nivel I debe contar con:

Equipo de reanimacin manual con vlvula PEEP aadida.

Fuente de calor para los ingresados.

Fuentes de aspiracin y Oxigeno.

Hemoterapia.

Posibilidad y recursos para administracin y mantenimiento de medicacin intravenosa.

Alimentacin por sonda.

Posibilidad de realizar estudio radiolgico.

Monitorizacin no invasiva mnima (frecuencia cardiaca, respiratoria y tensin arterial). Debe enfatizarse que en toda institucin que se va a suministrar oxigenoterapia al recin nacido debe contarse con Saturmetro de oxgeno de la Hemoglobina, para evitar los graves daos que el oxgeno es capaz de producir de usarse de forma inadecuada.

Se podr contar con equipo para presin positiva continua de vas area de aplicacin nasal (PPC).

Laboratorio que garantice la realizacin de anlisis como: hemoglobina; hematocrito; conteo de leucocitos; grupo sanguneo y factor Rh; glicemia; bilirrubina; VDRL para sfilis; de ser posible otros de qumica sangunea y estudios microbiolgicos.

Nivel III:

Adems de lo expuesto para los niveles anteriores, en este se brindar atencin a recin nacidos menores de mil quinientos (1500) gramos o edad gestacional menor de treinta (30) semanas. Estos servicios pueden realizar ciruga al neonato, o en su defecto tenerla convenida con otra institucin de salud. Las actividades de atencin realizadas a este nivel son consideradas como de Terapia Intensiva Neonatal. Se incrementa para ello:

Ventiladores de presin positiva intermitente en sus diferentes modalidades, convencional o alta frecuencia.

xido Ntrico inhalado (no necesariamente).

Alimentacin parenteral.

Monitorizacin, otros recursos de equipamiento mdico, insumos y medicamentos adecuados a las patologas que se decida atender. Que podrn ser variables y acordadas.

El laboratorio contar con posibilidades para realizar el resto de los estudios de qumica sangunea; gasometra; estudios microbiolgicos. Y otros que den respuesta a los requerimientos.

Estudios de imagen como Ultrasonografa; y otros como Tomografa Computarizada, Resonancia Magntica Nuclear.

Nivel IV:

Constituyen Unidades de Terapia Intensiva Neonatal de Alto Nivel Resolutivo, incrementndose a ellas la ciruga cardiovascular u otras de alta tecnologa; y/o la posibilidad de realizar Oxigenacin de Membrana Extracorprea (ECMO); hemodilisis y hemofiltracin.

En todos los niveles antes mencionados se considerar la

posibilidad de solicitar la atencin de otras especialidades que se requieran. Contarn con personal calificado acorde a la atencin que se brinda.

Al organizar el sistema de atencin neonatal se tendr en cuenta los verdaderos requerimientos en funcin de costo/beneficio y su real factibilidad.

El sistema tiene que apoyarse en un subsistema de traslado efectivo.

Algunos principios bsicos que deben ser considerados para una adecuada Atencin Neonatal

El perodo de transicin no debe ser tomado como algo que transcurre sin dificultades, por el contrario, requiere de una mayor observacin capaz de evitar complicaciones de importancia. Ms an cuando se asocien factores de riesgo.

La reanimacin al momento del nacimiento es un proceder fundamental para una buena recuperacin, pero no est exenta de producir serios daos. Por lo que se requiere de capacitacin y de los recursos adecuados.

Considerar la rotura prolongada de membranas anniotico-fetales como condicin de alto riesgo de infeccin neonatal y parto pretrmino.

Las consecuencias de la corioamnionitis pueden ser extremadamente graves para el feto y neonato. Lo que obliga a

definir la conducta obsttrica a seguir.

Tomar en consideracin que el Sndrome de Respuesta Inflamatoria en el neonato puede desencadenarse, adems de por infeccin, asociado a otros factores como el dolor, la asfixia, la hemorragia, la hipotermia, el trauma y otras. Lo que agravar el estado del recin nacido.

La hiperoxemia puede ser tan daina como la hipoxemia. La reanimacin no requiere siempre de Oxigeno al 100%, muy peligroso y puede resultar daino sobre todo en el RN de muy bajo peso o muy baja edad gestacional.

Necesidad de evitar la hipocapnia y la hipercapnia.

Resulta de extrema importancia el control adecuado de la temperatura corporal, su desbalance puede originar severas alteraciones.

La retinopata de la prematuridad, si bien no puede ser eliminada, si puede prevenirse en un grado importante.

La efectividad de la teraputica con surfactante pulmonar exgeno est totalmente evidenciada y es uno de los procedimientos que ms han contribuido a la supervivencia del recin nacido, junto al uso de madurantes pulmonares utilizados en la gestante como profilaxis del sndrome de dificultad respiratoria.

La ventilacin mecnica artificial en el neonato es un procedimiento altamente complicado que requiere de los

conocimientos adecuados para su aplicacin, y de un seguimiento evolutivo (monitorizacin) que incluye el seguimiento clnico, gasomtrico, radiolgico y de otras tecnologas que permiten la interpretacin de la interfase Ventilador/recin nacido. No debiendo ser un simple algoritmo de puesta en marcha y seguimiento, por los daos que un mal proceder puede ocasionar. Cuidando los volmenes a utilizar.

El uso de Presin Positiva continua por medio de cnulas nasales (mtodo menos invasivo), debe ser revalorado por su posible accin beneficiosa en algunas entidades.

El recin nacido es capaz de sentir dolor, recordar que no siempre se tiene que tratar por medio de medicamentos, y de ser necesarios utilizar los mas inocuos en la forma y prescripcin adecuada.

La utilizacin de drogas vaso activas tiene indicaciones precisas y no rutinarias.

No todos los recin nacidos crticamente enfermos son portadores de infeccin.

La antibioticoterapia profilctica e indiscriminada puede resultar peligrosa.

El uso de plasma y albmina tiene muy pocas indicaciones y nunca como componente nutricional.

No se ha demostrado que la indicacin liberal de sangre o glbulos rojos, sea ms efectiva que la restringida, y las primeras

estn sometidas a un mayor riesgo de complicaciones.

Un buen balance hidroelectroltico influye muy favorablemente en la sobrevida neonatal, sobre todo en los de muy bajo peso. En estos y en los que reciben ventilacin se debe promover una restriccin inicial que se modifica acorde a estricto control de los ingresos y egresos (cuidado con prdidas insensibles), asegurando las prdidas fisiolgicas de peso.

El uso indiscriminado de diurticos puede ser muy perjudicial. Es necesario garantizar indicaciones estrictas.

Cuidado con el diagnstico de hipotensin e hipoperfusin. Puede ser exagerado y condicionar malas prcticas y malos resultados.

La nutricin es un proceso de suma importancia para el futuro del recin nacido, pero resulta de alta complejidad sobre todo en los ms pequeos, debiendo, siempre que sea posible, que esta se base en leche materna de su madre; dependiendo la tcnica a utilizar de las caractersticas del neonato.

Tomar en consideracin ante TODOS los procesos a realizar en el recin nacido la vulnerabilidad de su sistema nervioso y los posible daos que pueden establecerse. Se busca no solo reduccin de la mortalidad, sino Garanta de la Calidad de Vida.

Es necesario que nuestras Unidades de Neonatologa estn impregnadas de Amor, y que integremos al cuidado del nio/a a

la madre y al padre, incorporando toda una serie de procederes que mejoren y estimulen su desarrollo integral, y tcnicas tempranas de rehabilitacin.

En fin: Aplicar la Ciencia del Detalle de forma integral con Amor y Paciencia.

VII.7. Actividades del objetivo:

Incrementar la lactancia materna

Utilizar adecuadamente los medios de difusin masiva para destacar la importancia de la lactancia materna (Anexo H).

Examinar las mamas de la gestante en consulta pre-natal y orientar sobre las ventajas y aplicacin adecuada de la lactancia materna

Realizar actividades educativas sobre lactancia materna en todas las salas de gestantes y en la fase de puerperio, e insistir en los aspectos sealados en el punto anterior.

Mantener al recin nacido junto a su madre durante

la fase del puerperio no permitiendo el uso de leches artificiales u otras infusiones, garantizando su amamantamiento, excepto en situaciones especiales maternas y del recin nacido que lo contraindiquen.

Lograr que todo recin nacido normal o de bajo peso al nacer, lacte de su madre en el saln de partos o en las primeras dos (2) horas que siguen al nacimiento, siempre que no exista contraindicacin para la misma.

Incrementar la permanencia en el hospital a la madre del recin nacido ingresado hasta el alta del mismo, con el propsito de garantizarle la lactancia materna.

Mantener, de ser posible la permanencia materna, que durante todo el horario del da y de la noche ofrezca lactancia materna a los nios/as ingresados en el Servicio de Neonatologa.

En los nios que necesitan ser alimentados por gavage (sonda), debe ser utilizada leche materna.

Lograr que cada madre lacte a su hijo/a por un perodo de tiempo no menor de seis (6) meses.

VII.8. Actividades del objetivo:

Mejorar el seguimiento al nio sano hasta los cinco (5) aos de edad, desarrollando acciones de promocin, prevencin de salud y deteccin temprana de las desviaciones de la normalidad.

Captar la totalidad de los recin nacidos en el hospital, hogar o consulta dentro de los siete (7) das de edad.

Garantizar una atencin mdica peridica, continua, completa y dispensarizada al nio menor de cinco (5) aos.

Realizar controles de puericultura segn los protocolos establecidos (Anexo D).

Brindar atencin especial al nio de riesgo, por lo que debe

proceder a dispensarizarlo.

Vigilar la salud buco-dental, remitindolos oportunamente a las consultas de odontologa a partir de los dos (2) aos.

VII.9. Actividades del objetivo:

Incrementar la calidad de atencin a los nios, nias y adolescentes enfermos y promover una adecuada y oportuna rehabilitacin.

Garantizar el seguimiento del nio sano hasta los cinco (5) aos de edad y detectar oportunamente las desviaciones de la normalidad, tomando las acciones correspondientes para su correccin.

Dispensarizar y brindar una atencin de calidad a los nios de riesgo. Considerando entre estos a:

- Bajo peso al nacer (menores de dos mil quinientos (2500) gramos) y pre-trminos (menores de treinta y siete (37) semanas).

- Egresados por patologas neonatales con: Enfermedad pulmonar crnica, asfixia perinatal y otros daos o secuelas de este perodo.

- Portadores de anomalas congnitas que pongan en peligro la vida (cardiovasculares, sistema nervioso central, otras) y casos operados de las mismas.

- Mal nutricin por debajo del dcimo percentil del peso para la talla.

- Portadores de enfermedades diarreicas, respiratorias u otras enfermedades crnicas de la infancia.

Portadores de secuelas neurolgicas y otras incapacidades.

Nacimientos mltiples.

Garantizar y priorizar la atencin medica especializada a los nios/as y adolescentes de alto riesgo o grave que acudan a los centros hospitalarios bien sea por referencia o asistencia espontnea. Brindndoles cuidados especiales, oportunos y de calidad, con transferencia al nivel de atencin requerido en casos necesarios.

Garantizar el cumplimiento del esquema de inmunizacin establecido (Anexo I).

Lograr una utilizacin adecuada y de calidad de las salas de Terapia Intensiva peditrica.

Garantizar y mejorar las condiciones de traslado del paciente crticamente enfermo.

Desarrollar y garantizar la rehabilitacin del paciente peditrico.

Exigir el cumplimiento de las medidas generales que se relacionan a las principales causas de muerte peditricas:

Evitar el hacinamiento tanto en el hogar como en instituciones infantiles, escolares y hospitalarias.

Exigir el mximo cumplimiento de las normas higinico-sanitarias establecidas en los servicios hospitalarios,

insistindose en que se garantice el suministro adecuado de utensilios y materiales de limpieza.

Evitar que la madre o padre acompaante cargue o manipule otros nios que no sean los de ellos.

Mantener una estrecha vigilancia sobre la tcnica y conservacin de la venipuntura en los pacientes a los que se le aplique medicacin por esta va.

Promover la utilizacin de la rehidratacin oral en pacientes con enfermedades diarreicas agudas.

Ingresar precozmente pacientes con alto riesgo mdico social, y aquellos cuyos sntomas empeoran, o en los que se sospeche una complicacin.

Evitar la estada prolongada. Todo caso que no evolucione favorablemente o que se prolongue su estada, o est reportado grave, debe discutirse en colectivo cuantas veces sea necesario.

Cumplimentar las normas establecidas para el tratamiento de las afecciones especficas, evitando el uso innecesario de poli-frmacos y abuso de antimicrobianos.

Discusin de caso a todo paciente grave, o con estada mayor de siete (7) das, dejando constancia en historia clnica.

Reportar al comit de prevencin y control de la infeccin hospitalaria, la ocurrencia y anlisis de las infecciones

Intrahospitalaria.

Garantizar el cumplimiento de las normas higinico-epidemiolgicas para la prevencin de infecciones a todos los niveles.

Mantener los controles higinicos establecidos sobre calidad del agua, leche, alimentos, alcantarillados, residuales, vectores, a los niveles correspondientes.

Dotar de los recursos humanos de tipo higinico epidemiolgico los principales hospitales del pas, (epidemilogos, enfermeras vigilantes epidemiolgicas, microbilogos, tcnicos de microbiologa, otros).

Dotar de los recursos materiales necesarios para la prevencin y control de infecciones a los hospitales del pas (equipos y locales de microbiologa, equipos de desinfecciones, esterilizacin y desinfectantes).

Conocer mensualmente los grmenes circulantes en el hospital que producen infecciones hospitalarias, con el objetivo de tener una mejor orientacin diagnstico-teraputica en los casos infectados, y de trazar una estrategia adecuada de desinfeccin.

Evitar el uso indiscriminado de antibiticos, controlando en cada sala o servicio el uso de los mismos.

Hacer nfasis especial con el personal que labora en hospitales en el lavado sistemtico de las manos, como medida fundamental en la prevencin de la infeccin nosocomial.

Realizar desinfeccin terminal de camas, aspiradoras, tiendas de oxgeno, equipos y fmites despus del uso en nios ingresados y cumplir las normas de desinfeccin establecidas.

Controlar sistemticamente los Departamentos de Esterilizacin verificando mediante los medios adecuados (tubos testigos, cinta testigo y control biolgico) su normal funcionamiento.

Entregar una copia de la hoja de egreso del nio a la madre o padre acompaante, que entregar al mdico de asistencia ambulatoria.

Citar a las consultas de seguimiento del hospital, los casos que tengan pendientes alguna investigacin o que el criterio mdico as lo exija.

Mantener actualizado los planes de emergencia que permitan afrontar cualquier alza de la morbilidad por las principales afecciones infecciosas.

Reforzar el empleo de la lactancia materna. Insistiendo en la no suspensin de esta en madres que presentan infecciones banales tratadas con antibiticos durante un perodo corto de tiempo.

Incrementar la educacin para la salud y divulgacin permanente a travs de los medios de comunicacin a los

diferentes niveles sobre la prevencin de estas entidades.

Brindar en las consultas de atencin ambulatoria informacin a los padres sobre la prevencin de accidentes y su forma de ocurrencia de acuerdo a la edad del nio/a y en correspondencia a los aspectos relacionados con su crecimiento y desarrollo.

VII.10. Actividades del objetivo:

Lograr niveles adecuados de inmunizacin materna e infantil con extensin a la adolescencia.

Exigir el cumplimiento del esquema de inmunizacin oficial en gestantes, nios/as y adolescentes (Anexo I).

Responsabilizar a los mdicos relacionados con la atencin materno-infantil con la vacunacin a ellos asignadas.

Exigir en consultas de atencin prenatal, puericultura y pediatra la tarjeta de inmunizacin para su actualizacin y control.

VII.11. Actividades del objetivo:

Reducir la mortalidad en nios menores de cinco aos.

Garantizar el cumplimiento de la atencin integral establecida metodolgicamente por este programa y sus anexos.

Exigir el cumplimiento de los protocolos de atencin preconcepcional, a la gestante y en las salas de trabajo de parto y parto.

Exigir el cumplimiento de lo establecido para la atencin del recin nacido en salas de parto y servicios de atencin neonatal.

Dispensarizar y garantizar la atencin integral a la poblacin infantil de riesgo.

Detectar oportunamente las desviaciones de la normalidad y su adecuada correccin por medio de las consultas de puericultura.

Cumplimentar el esquema de inmunizacin.

Garantizar la atencin especializada acorde a los niveles de atencin de las patologas presentes en el nio/a.

Cumplir las normas de prevencin y control de infecciones en las diferentes instancias.

Brindar una atencin de calidad en las Unidades de Terapia Intensiva Peditrica.

Cumplimentar la declaracin de los casos de infeccin intrahospitalaria y su correcta evaluacin.

Mantener actualizados los planes estratgicos para enfrentar el alza de la morbilidad de distintas enfermedades infecciosas en los diferentes niveles de atencin.

Discutir todas las defunciones de los nios/a menores de cinco (5) aos.

Realizar el anlisis peridico de la morbilidad y mortalidad, para definir las estrategias de atencin requeridas.

VII.12. Actividades del objetivo:

Desarrollar un sistema de informacin estadstica sanitaria que responda a las exigencias del programa.

Elaborar un sistema de informacin estadstica sanitaria

que provea informacin estadstica confiable y oportuna que sirva para la planificacin, organizacin, ejecucin y control

para todos los niveles de Coordinacin del Programa.

Establecer de manera homognea los formatos de captacin de datos primarios en todos y cada uno de los centros de salud que brinden servicios de atencin materno-infantil o en aquellos sitios donde, por excepcin, acontezcan eventos relacionados y de obligatorio registro para el Programa Nacional de Atencin a la Salud Materno-Infantil.

Asignar la responsabilidad del registro del dato primario al personal mdico en cada uno de los niveles de atencin, y por excepcin, a un miembro especfico del equipo de salud debidamente acreditado.

Consolidar y validar en las unidades de salud los datos que se originan de los registros primarios.

Transmitir los formatos consolidados y validados de cada unidad de salud a los niveles Municipales y/o Distritales segn los plazos de entrega y en los soportes establecidos.

En el nivel Municipal y/o Distrital se har la consolidacin, validacin y anlisis de la informacin recibida y su debida transmisin al nivel superior de la Coordinacin del Programa Nacional de Atencin a la Salud Materno- Infantil,

segn los plazos de entrega y con los soportes establecidos. A este nivel se emitir la informacin de la marcha del programa a los directivos y usuarios establecidos.

En el nivel Estadal se har la consolidacin, validacin y anlisis de la informacin recibida del nivel Municipal y/o

Distrital y su debida transmisin a la Coordinacin Nacional del Programa Nacional de Atencin a la Salud Materno- Infantil, segn los plazos de entrega y con los soportes establecidos. A este nivel se emitir la informacin de la marcha del programa a los directivos y usuarios establecidos.

Ser la Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess el nico rgano oficial autorizado para emitir la informacin estadstica peridica del Programa al primer nivel de Direccin del pas, organismos internacionales y dems usuarios designados, previa aprobacin de la mxima autoridad de Direccin.

La informacin estadstica de la Misin Nio Jess (Programa Nacional de Atencin a la Salud Materno- Infantil), una vez validada por el nivel superior debe estar disponible para el dominio pblico.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess, en cada uno de sus niveles, realizar supervisiones peridicas al sistema de informacin estadstico.

VII.13. Actividades del objetivo:

Establecer los sistemas de control que garanticen el cumplimiento y evaluacin del programa, as como, su vigilancia epidemiolgica.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess, en los niveles Nacional, Estadal, Unidades Funcionales de base realizaran control de la gestin administrativa en todas sus etapas.

Se establecer plan y cronograma para reuniones de anlisis del comportamiento del programa con frecuencia mensual a nivel de la Coordinacin Nacional, las Coordinaciones Estadales y de las Unidades Funcionales de base.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess, a todos los niveles, ejecutaran controles verticales y horizontales a las instancias administrativas del Programa, dirigidos a la calidad de gestin, cumplimiento de la planificacin, caractersticas de la organizacin, mecanismos de evaluacin, calidad de la documentacin, actas, acuerdos con cumplimiento de los mismos y todos los procesos administrativos en el manejo de recursos humanos, financieros y materiales.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess,, en los niveles Nacional, Estadal y de las Unidades Funcionales de base realizaran Control de la Calidad de la asistencia y de procesos de atencin establecidos, en los diferentes centros y unidades del sistema.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess,, a todos los niveles, ejecutaran supervisiones con controles y ayuda en los diferentes centros y unidades del sistema, dirigido a la calidad de los servicios y cumplimiento de los procesos de atencin medico-asistencial, promoviendo solucionar conjuntamente la debilidad del proceso de atencin con la correccin capacitante necesaria en cada caso.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess,, a todos los niveles, planificaran inspecciones (programadas y sorpresivas) a todos los niveles y para los diferentes centros y unidades del sistema dirigido a la calidad de los servicios y cumplimiento de los procesos de atencin medico-asistencial.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess,, a todos los niveles, planificaran y ejecutaran auditoras mdicas en los diferentes centros y unidades del sistema, dirigidas a la calidad de los servicios y cumplimiento de los procesos de atencin medico-asistencial, enfatizando en las historias clnicas.

Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas para diferentes plazos del Programa Nacional de Atencin a la Salud Materno-Infantil a partir de los indicadores.

Controlar la actividad docente dirigida a la formacin y capacitacin de los recursos humanos involucrados.

Controlar la actividad cientfica dirigida a los procesos de investigacin relacionada con la atencin a la Salud Materno-Infantil, fundamentalmente investigaciones aplicadas basadas en los problemas sanitarios identificados por el equipo de salud en cada nivel, considerando el debido apego a los principios de la tica mdica.

VII.14. Actividades del objetivo:

Fortalecer la actividad docente dirigida a la formacin y capacitacin de los recursos humanos involucrados en la Misin Nio Jess.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess, en sus diferentes niveles crearan y desarrollaran planes de formacin y capacitacin de acuerdo a las necesidades de aprendizaje, desarrollo de habilidades en los servicios y en los procesos de atencin, dando prioridad a la atencin de la salud de la mujer y el nio.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess, en sus diferentes niveles determinaran la aprobacin de los planes de formacin y capacitacin de los recursos humanos.

La Coordinacin de la Misin Nio Jess, a nivel Nacional establecer las relaciones y convenios necesarios con las instituciones acadmicas, debidamente legalizadas ante los Ministerio del Poder Popular para la Educacin, con vista a certificar capacitaciones y habilitaciones no contempladas en la formacin tradicional.

VII.15. Actividades del objetivo:

Promover el desarrollo de las investigaciones en salud en el rea materno - infantil.

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess, en sus diferentes niveles crearn y desarrollarn planes de investigacin de acuerdo a los problemas identificados para la consecucin de soluciones, dando prioridad a la salud de la mujer y el nio

Las Coordinaciones de la Misin Nio Jess, en sus diferentes niveles determinaran la aprobacin del plan temtico a desarrollar en las investigaciones y sus respectivos protocolos, a fin de preservar el rigor cientfico, la tica mdica y los valores culturales de las poblaciones seleccionadas para ello.

VIII. DELIMITACIONES

VIII.1. Temporal

La Misin Nio Jess, comenzar a implementarse a partir de su aprobacin y se desarrollar en forma permanente, con actualizaciones peridicas anuales y revisin integral cada 5 aos.

VIII.2. Espacial

La Misin Nio Jess, ser implementada en todo el territorio nacional, tanto en el mbito pblico como en el privado.

IX. METAS

Las metas a cumplir por el presente Programa para el ao 2015 son:

Reducir la tasa (razn) de mortalidad materna de 57 a 40 o menos, por 100.000 nacidos vivos (25% de reduccin).

Reducir la tasa de mortalidad infantil de 14,1 a 11,0; o menos, por 1.000 nacidos vivos (20% de reduccin).

Reducir la tasa de mortalidad de nios menores de cinco aos de 16,7 a 12,5; o menos, por 1.000 nacidos vivos (25 % de reduccin).

Reducir la tasa de mortalidad neonatal de 10 a 8, o menos, por 1.000 nacidos vivos (20% de reduccin).

Captacin del 90% o ms de las mujeres embarazadas para atencin prenatal.

Brindar 10 consultas prenatales por embarazadas como mnimo.

Lograr la inmunizacin con toxoide tetnico del 90% o ms de las embarazadas captadas.

Brindar un 80% o ms de controles de consultas de puerperio.

Lograr el 100% de serologa VDRL en el primer y tercer trimestre de las embarazadas captadas, as como la realizacin de VDRL y HIV al 100% de las gestantes que ingresan para el parto y que no se ha comprobado su realizacin.

Descartar riesgo obsttrico al 100% de las embarazadas captadas y hacer revaloracin de este entre las 28 y 32 semanas.

Remitir al 95% de las mujeres de alto riesgo obsttrico a las consultas especiales establecidas.

Realizar un 100% de determinacin de pesquisaje de TSH en todo recin nacido.

Captar el 100% de los recin nacidos egresados vivos de los servicios de maternidad dentro de los 7 das posteriores a su alta para su seguimiento en la comunidad.

Lograr no menos de un 60% de lactancia materna exclusiva hasta el sexto mes de vida.

Lograr un 90% de egresados de maternidades con lactancia materna.

Lograr niveles de inmunizacin de:

-El 100% por BCG, anti-hepatitis B de los nios egresados vivos.

-El 100% por Pentavalente en el menor de 1 ao y en el grupo de 1 a 5 aos.

-El 100% por triple viral en el grupo de un ao.

-El 100% de los nios menores de 1 ao vacunados con antipolio.

Realizar 12 controles durante el primer ao de vida a los recin nacidos de bajo peso al nacer.

Brindar 10 controles de puericultura al menor de 1 ao.

Brindar 3 controles anuales de puericultura al grupo de 1-4 aos.

X. ESTRUCTURA

Nota: MPPS: Ministerio del Poder Popular para la Salud/MPPC: Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Proteccin Social/MPPM: Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la igualdad de Gnero/MPPE: Ministerio del Poder Popular para la Educacin/MPPPI: Ministerio del Poder Popular para los Pueblos Indgenas/FBA: Fundacin Barrio Adentro

XI. FUNCIONES

XI.1.Nivel Nacional

Del Vice-Presidente del Consejo de Ministro para el rea Social

El Vice-Presidente del Consejo de Ministro para el rea Social nombrar el Presidente de la Misin Nio Jess. As como a propuesta de la Coordinacin Nacional a los Directores Estadales de la Misin Nio Jess.

El Vice-Presidente del Consejo de Ministro para el rea Social nombrar un equipo de especialistas integrado, como mnimo, por: Gineco-Obstetras, Pedatras, Neonatlogos, Epidemilogos, Enfermeras u otros profesionaleszado del equipo de salud,s sobre todo al trabajo de campo dentro de la comunidad11111111111111111111111111111111111111111; para conformar la Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess,, en calidad de miembros principales.

El Vice-Presidente del Consejo de Ministro para el rea Social y la Comisin Presidencial de la Misin Nio Jess son responsables de la implementacin del Programa en todo el Sistema de Salud, bien sea pblico o privado; con nfasis en los aspectos organizativos, gerenciales, en los procesos de atencin y de control.

Del Presidente de la Misin Nio Jess

El Presidente de la Misin Nio Jess ser el mximo representante de la Comisin Presidencial de la Misin Nio Jess para la ejecucin de todas las funciones necesarias en el desarrollo de esta.

El Presidente de la Misin Nio Jess es el responsable de convocar y presidir las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Coordinacin Nacional Misin Nio Jess.

El Presidente de la Misin Nio Jess es responsable de realizar, con la Coordinacin Nacional, anlisis integrales y peridicos, de frecuencia mnima mensual para evaluar el cumplimiento de calidad de servicios, metas e indicadores a nivel nacional y trazar las correspondientes estrategias.

El Presidente de la Misin Nio Jess es el responsable de tramitar ante autoridades competentes del MPPS, a propuesta de la Coordinacin Nacional, aquellas modificaciones estructurales, de funciones y de cumplimiento de normas a que diera a lugar las necesidades de adaptabilidad en determinado Estado, Municipio o Distrito si as fuera el caso.

El Presidente de la Misin Nio Jess es el responsable de proponer y apoyar la creacin de Centros Reguladores para la referencia y contra-referencia de pacientes, dando prioridad a la atencin materno-infantil. Estos funcionarn como facilitador gil y seguro de traslados y rescate de pacientes, garantizando que exista el cupo real de camas en el nivel de referencia.

De la Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess

La Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess ser responsable de proponer al Presidente de la Misin los Directores Estadales de la Misin.

Es responsabilidad de la Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess realizar anlisis integrales y peridicos, para evaluar el cumplimiento de calidad de servicios, metas e indicadores en el nivel nacional, tomando en cuenta las informaciones enviadas por las Coordinaciones Estadales, los controles realizados y otras fuentes de informacin relacionadas.

La Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess ser responsable de asesorar a la Comisin Presidencial de la Misin Nio Jess en los anlisis peridicos de los procesos de implementacin, ejecucin y control para determinar la calidad de los mismos, as como trazar las medidas necesarias para dar soluciones a las situaciones desfavorables que requieran atencin inmediata, para la formulacin de nuevas estrategias e incorporacin de procesos o metodologas que contribuyan al perfeccionamiento del Programa.

La Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess ser responsable de convocar a las Coordinaciones Estadales de manera ordinaria y extraordinaria de acuerdo a la situacin que as lo amerite.

La Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess Implementar, controlar e incorporar en la medida de las necesidades la informacin estadstica correspondiente a las acciones y resultados de este programa.

La Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess Formular los planes de capacitacin y entrenamiento, confeccionados a la medida de las necesidades para el personal que labora o se relaciona al mismo.

La Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess Establecer y cumplimentar los mecanismos que resulten efectivos para una adecuada coordinacin intersectorial e intrasectorial necesarias para el desarrollo del programa.

La Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess participar en la elaboracin del plan que satisfaga las necesidades del recurso humano que garantice la adecuada atencin mdica, as como de equipos mdicos, insumos y otros recursos necesarios para su desarrollo.

La Coordinacin Nacional de la Misin Nio Jess velar por el adecuado uso y funcionamiento de los recursos existentes

XI.2. Nivel Estadal

Del Director Estadal y/o Regional de Salud

El Director Estadal y/o Regional de Salud tiene la responsabilidad de garantizar el apoyo necesario en reas de financiamiento, recursos humanos y materiales para el fiel cumplimiento de la Misin Nio Jess en su Estado

Del Director Estadal de la Misin Nio Jess

El Director Estadal de la Misin Nio Jess ser el mximo representante de la Coordinacin Estadal de la Misin, para la implementacin del mismo en todo el Sistema de Salud, bien sea pblico o privado, con nfasis en los aspectos organizativos, gerenciales, de los procesos de atencin y de control. E informar del estado de ejecucin, controles , resultados y requerimientos al Director Estadal y/o Regional de Salud

El Director Estadal de la Misin Nio Jessser responsable de nombrar el equipo de especialistas integrado como mnimo, por: Gineco-Obstetras, Pediatras, Neonatlogos, Epidemilogos, Enfermeras para la conformacin de la Coordinacin Estadal, en calidad de miembros principales. Cuando se considere pertinente, se podrn proponer profesionales de otras reas del conocimiento. As como nombrar a los Coordinadores de las Unidades Funcionales de Base.

El Director Estadal de la Misin Nio Jess ser el responsable de tramitar, a propuesta de la Coordinacin Estadal, aquellas modificaciones estructurales, de funciones y de cumplimiento de normas a que diera lugar las necesidades de adaptabilidad del Programa en los diferentes niveles si as fuera el caso, para su debida aprobacin a nivel de la Coordinacin Nacional.

El Director Estadal de la Misin Nio Jess convocar de manera obligatoria y con una frecuencia mensual a la Coordinacin Estadal de la Misin, para un anlisis integral del cumplimiento de calidad de servicios, metas e indicadores en el nivel correspondiente.

El Director Estadal de la Misin Nio Jess gestionar ante las distintas instituciones del territorio, la utilizacin de los recursos materiales, equipos mdicos y de laboratorio que se vinculan con los procesos de atencin del programa; propiciando el funcionamiento y la homologacin de estos, independientemente de su ubicacin.

El Director Estadal de la Misin Nio Jess es el responsable de que existan los niveles de cobertura de los medicamentos incluidos en el cuadro bsico para la atencin materno-infantil, con criterio de accesibilidad para la poblacin atendida.

De la Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess

Es responsabilidad de la Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess realizar anlisis integrales y peridicos, con una frecuencia mensual, para evaluar el cumplimiento de calidad de servicios, metas e indicadores en el nivel estadal, tomando en cuenta la informacin de los anlisis enviados por las Unidades Funcionales de base y por los controles realizados para establecer un diagnstico de salud materno-Infantil que permita programar la ejecucin adecuada de los recursos.

La Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess ser la responsable de exigir y controlar el cumplimiento de las normas y procedimientos de las instituciones adscritas a su rea de influencia, bien sean pblicas o privadas, independientemente de la clasificacin, incluyendo los institutos o servicios de salud autnomos.

La Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess informar peridicamente al Director Estadal de Salud de los anlisis realizados durante los procesos de implementacin, ejecucin y control para as determinar la calidad de los mismos y trazar conjuntamente las medidas necesarias para dar soluciones a las situaciones desfavorables que requieran atencin inmediata, para la formulacin de nuevas estrategias e incorporacin de procesos o metodologas que contribuyan al perfeccionamiento del Programa.

La Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess formular los planes de capacitacin y entrenamiento, confeccionados a la medida de las necesidades para el personal que labora o se relaciona a la atencin de la salud materno-infantil.

La Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess implementar, controlar e incorporar en la medida de las necesidades la informacin estadstica correspondiente.

La Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess establecer y cumplimentar los mecanismos que resulten efectivos para una adecuada coordinacin intersectorial e intrasectorial necesarias.

La Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess participar en la elaboracin del plan que satisfaga las necesidades del recurso humano para garantizar la adecuada atencin mdica, as como de equipos mdicos, insumos y otros recursos necesarios para su desarrollo.

La Coordinacin Estadal y/o Regional de la Misin Nio Jess velar por el adecuado uso y funcionamiento de los recursos existentes.

XI.3. Nivel de las Unidades Funcionales de Base. (Municipios, Distritos o Regiones Sanitarias)

Del Coordinador de las Unidades Funcionales de Base

El Coordinador de las Unidades Funcionales de Base ser el mximo representante de la Coordinacin de la Misin a nivel de Municipios, Distritos o Regiones Sanitarias, para la implementacin del mismo en todo el Sistema de Salud, bien sea pblico o privado, con nfasis en los aspectos organizativos, gerenciales, de los procesos de atencin y de control.

El Coordinador de las Unidades Funcionales de Base nombrar su equipo de trabajo para la Misin Nio Jess

De la Coordinacin de las Unidades Funcionales de Base

La Coordinacin de las Unidades Funcionales de Base ser responsable de la implementacin de la Misin en su rea territorial de influencia, pudiendo adems proponer la creacin de estructuras que complementen y garanticen el cumplimiento de los objetivos y las metas a ese nivel.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales de Base ser la responsable de tramitar aquellas modificaciones estructurales, de funciones y de cumplimiento de normas a que diera a lugar las necesidades de adaptabilidad de la Misin, si as fuera el caso, ante la Coordinacin Estadal quien a su vez remitir a la Coordinacin Nacional para su debida evaluacin.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales ser responsable de convocar y organizar los equipos de salud comunitaria en los distintos niveles de subordinacin, propiciando la participacin activa de los factores comunitarios organizados y otros, que de carcter voluntario, participarn en este equipo.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales ser la responsable de exigir y controlar el cumplimiento de las normas y procedimientos de las instituciones adscritas a su rea de influencia, bien sean pblicas o privadas. En aquellos casos de institutos o servicios de salud autnomos, igualmente le corresponde iniciar la investigacin ante eventos desfavorables.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales realizar evaluacin continua para garantizar el cumplimiento integral de la calidad de servicios, metas e indicadores correspondientes, de manera que le permita corregir favorablemente la situacin materno-infantil; se reunirn mensualmente para el respectivo anlisis.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales ser responsable de asesorar al Coordinador de su nivel de la Misin en la calidad de su implementacin, ejecucin y control. Trazar las medidas necesarias para dar solucin a las situaciones desfavorables que requieran atencin inmediata, as como incorporar nuevos procesos o metodologas que contribuyan al perfeccionamiento del Programa.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales garantizar la coordinacin efectiva y oportuna de los traslados sanitarios materno-infantil en su rea de influencia, operativizndolo a travs del centro regulador. Especial atencin en aquellas poblaciones de difcil acceso

La Coordinacin de las Unidades Funcionales garantizar la relacin integradora en los diferentes niveles de atencin. controlando el cumplimiento del sistema de referencia y contra-referencia

La Coordinacin de las Unidades Funcionales controlar el cumplimiento de los registros sanitarios establecidos en su nivel y tendr la responsabilidad de remitirlo oportunamente a la Coordinacin Estadal.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales tendr la responsabilidad de coordinar acciones de promocin y prevencin maternoinfantil con otras instituciones y organizaciones comunitaria

La Coordinacin de las Unidades Funcionales propondr a la Coordinacin Estadal la necesidad de la creacin de Casas de Abrigo Maternal, para de ser pertinente, esta realice la solicitud a la Coordinacin Nacional.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales implementar, controlar e incorporar, en la medida de las necesidades, la informacin estadstica correspondiente a las acciones y resultados de este programa.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales de Atencin establecer y cumplimentar los mecanismos que resulten efectivos para una adecuada coordinacin intersectorial e intrasectorial.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales participar en la elaboracin del plan que satisfaga las necesidades del recurso humano para garantizar la adecuada atencin mdica, as como de equipos mdicos, insumos y otros recursos necesarios para su desarrollo.

La Coordinacin de las Unidades Funcionales velar por el adecuado uso y funcionamiento de los recursos existentes.

De las Unidades funcionales de Atencin Materno - Infantil

Las Unidades de Atencin Materno Infantil constituyen la esencia funcional del programa en lo que a la atencin mdica se refiere, que garantizan la atencin ambulatoria y de hospitalizacin necesaria y en las que se materializa el principio de integracin efectiva entre la atencin primaria con la atencin secundaria (ambulatoria o hospitalaria) y la atencin especializada de alta complejidad, en el tercer nivel de atencin.

Garantiza el debido funcionamiento y agilidad en el proceso de referencia y contra referencia en la atencin materno-infantil concebida en este programa; desarrollando adems el concepto de acompaamiento por el personal de salud directamente involucrado en la atencin al paciente que lo amerite, en su ruta de referencia y contra referencia.

En caso de poseer en su territorio Casas de Abrigo Maternal, garantizar el buen funcionamiento de estas. Anexo C (Protocolo de atencin para las Casas de Abrigo Maternal)

Garantiza la vigilancia del buen funcionamiento del centro local coordinador para referencias de pacientes donde se priorice la atencin materno-infantil y que funcione como un facilitador gil y seguro de traslado y rescate de pacientes , asegurando que exista el cupo real de camas en el nivel al que sea referido

Garantiza la debida calidad en todas las etapas de atencin al nio y la mujer gestante, en el parto , y el puerperio , sea en la atencin ambulatoria o hospitalizada , para lo cual exige que se cumpla con rigor la organizacin de los servicios en las clnicas ambulatorias y hospitales, y estn definidas las funciones de los Jefes de Servicios y salas y los controles del cumplimiento de estas

De las Comunidades Organizadas

Las Comunidades Organizadas sern invitadas a participar activamente en el equipo de salud comunitario y tendrn como acciones principales la colaboracin activa en reas acordadas previamente, orientadas sobre todo al trabajo de campo dentro de la comunidad; con nfasis en la prevencin y promocin de la salud.

COORDINACIN NACIONAL DE LA MISIN NIO JESS

DIRECTOR ESTADAL Y/O

REGIONAL DE SALUD

COORDINACIN ESTADAL DE LA MISIN NIO JESS

COORDINACIN DE LAS UNIDADES FUNCIONALES DE BASE

COMUNIDADES ORGANIZADAS

UNIDADES DE ATENCIN

MATERNO-INFANTIL

CASAS DE ABRIGO MATERNAL

VICE-PRESIDENCIA PARA EL REA SOCIAL

COMISIN PRESIDENCIAL DE LA MISIN NIO JESS

DIRECTOR ESTADAL DE LA MISIN NIO JESS

PRESIDENTE DE LA MISIN NIO JESS

MPPS

MPPC

MPPM

MPPE

MPPPI

FBA

*

FUNDACIN

MISIN NIO JESS

PROGRAMA NACIONAL DE ATENCIN A LA SALUD MATERNO-INFANTIL MISIN NIO JESS

Venezuela, Diciembre 20091