procedimiento penal acusatorio doc

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GARCIA Introducción. “El juicio equitativo es aquel que tiene en cuenta el contexto en el que se produce un acontecimiento, sus antecedentes y sus consecuencias.” Tzvetan Todorov. El nuevo procedimiento penal acusatorio, establecido por el artículo 20 constitucional, en el que las actuaciones serán orales y se regirán por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, buscará mejorar la impartición de justicia en nuestro sistema jurídico. El maestro Guillermo Colín Sánchez, en su obra de Derecho Mexicano del Procedimientos Penales , 2002 manifiesta que, “el Juicio oral está inmerso en el Derecho de Procedimientos Penales, el conjunto de normas internas y públicas, que regulan y determinan los actos, las formas y formalidades que deben observarse para hacer factible la Aplicación del Derecho Penal Sustantivo”(5), es por ello que el nuevo procedimiento penal acusatorio, a pesar de que está basado en otros sistemas

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Page 1: Procedimiento Penal Acusatorio  Doc

GARCIA

Introducción.

“El juicio equitativo es aquel que tiene en cuenta el contexto en el que se produce un

acontecimiento, sus antecedentes y sus consecuencias.”

Tzvetan Todorov.

El nuevo procedimiento penal acusatorio, establecido por el artículo 20 constitucional,

en el que las actuaciones serán orales y se regirán por los principios de publicidad,

contradicción, concentración, continuidad e inmediación, buscará mejorar la impartición

de justicia en nuestro sistema jurídico.

El maestro Guillermo Colín Sánchez, en su obra de Derecho Mexicano del

Procedimientos Penales, 2002 manifiesta que, “el Juicio oral está inmerso en el

Derecho de Procedimientos Penales, el conjunto de normas internas y públicas, que

regulan y determinan los actos, las formas y formalidades que deben observarse para

hacer factible la Aplicación del Derecho Penal Sustantivo”(5), es por ello que el nuevo

procedimiento penal acusatorio, a pesar de que está basado en otros sistemas

jurídicos, fue adoptado de manera que este nuevo procedimiento beneficiara la

impartición de justicia pronta y expedita, ya que con el paso de los años ha sido

demostrado que el procedimiento penal inquisitivo actual no satisface totalmente las

necesidades de impartición de justicia.

El principal objetivo de este ensayo es demostrar por qué fue sustituido el

sistema penal inquisitivo por el nuevo procedimiento pena acusatorio, pues este ultimo

establece que se verá beneficiada la impartición de justicia, disminuyendo la corrupción

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y el mal manejo de los asuntos, este nuevo procedimiento garantizará un juicio justo sin

beneficios más allá de lo que conforme a derecho le corresponde a cada una de las

partes.

Sustitución del sistema penal Inquisitivo e Introducción del sistema penal acusatorio.

El Nuevo procedimiento penal acusatorio, establecido en las reformas constitucionales

publicadas el 18 de junio de 2008 en el Diario Oficial de la Federación, tienen como

objetivo garantizar la impartición de justicia de manera más efectiva en la sociedad, a

través de una nueva forma de juicio que investigue de forma correcta los hechos y

otorgue sentencias conforme a derecho, ya que el procedimiento penal inquisitivo

presentaba ciertas controversias que abordaremos posteriormente y demostraran

porque este último se vio sustituido en nuestro sistema jurídico.

Dentro de las aportaciones más importantes de la reforma constitucional, podemos

encontrar la introducción de una nueva parte dentro del procedimiento penal acusatorio

asignada como “auto de vinculación a proceso” que se encuentra estipulada en el

artículo 19 de nuestra constitución. Esta determinación sustituye el “auto de formal

prisión” o “auto de sujeción a proceso”, y a partir de estas se establecía si las pruebas

que se recababan de la investigación implicaban una acción que la ley señala como

delito y que existe la posibilidad de que el imputado lo haya cometido o participado para

cometerlo, con la finalidad de darle seguimiento al proceso. Con esta nueva disposición

se procura disminuir la carga de pruebas requeridas al Ministerio Publico para

posteriormente solicitar una orden de aprehensión y de esta manera facilitar la

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intervención del juez en el procedimiento para que controle la investigación. De igual

forma, con esta nueva parte procedimental, se le informa al imputado los medios

probatorios que el Ministerio Público considera que lo hacen participe de la comisión del

delito, para que este haga valer sus garantías ante un juez totalmente imparcial.

En el Nuevo procedimiento penal acusatorio Salvador Sánchez Valencia, en su

artículo virtual, “Biblioteca jurídica Virtual UNAM”, Constitución y Nuevo Proceso Penal,

2013 menciona que:

“Binder propone establecer una nueva manera de hacer los juicios, una nueva

manera de investigar y una nueva manera de defender a los imputados. Así se han

delineado en los dictámenes de los legisladores y en las normas constitucionales los

nuevos papeles que deben jugar los actores en el proceso: el Ministerio Público

deberá desempeñarse ahora sólo como parte acusadora, con versátil actuación y

estrategia en sus tareas; la defensa requerirá mejorar, para ello los defensores

públicos gozarán de adecuado estatus constitucional y a los defensores privados se

les exigirá mayor profesionalidad; el órgano jurisdiccional será menester que actué

como un efectivo director del proceso, al inicio controlará y supervisará la

instrucción, después asumirá las tareas del juzgamiento con distinto titular; en fin, en

el centro de la escena, el imputado y el ofendido ejercitarán sus correspondientes

derechos” (IV)

Este nuevo procedimiento penal, investigara y defenderá los derechos de los

imputados, es por ello que ahora el Ministerio Publico solo acusará a estos con pruebas

claras y contundentes que conforme a derecho determinen si son culpables o no del o

los delitos que le son imputados, para que de esta forme el juicio se realice de manera

más justa para ambas partes.

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El procedimiento penal inquisitivo se vio sustituido por el nuevo procedimiento penal

acusatorio porque no siempre las sentencias eran dictadas justamente para alguna o

ambas partes, aunque en estricto derecho para los jueces si estuvieron apegadas sus

resoluciones conforme a la ley, es por ello que el nuevo procedimiento penal acusatorio,

buscará a través de sus etapas impartir justicia de manera más eficaz tanto para el

imputado como para el ofendido y de esta manera hacer valer sus derechos jurídicos,

pues el objetivo primordial de este nuevo procedimiento será dictar sentencias justas en

todos los casos.

Según lo establecido por el Artículo 20 de nuestra constitución, base del nuevo

procedimiento penal, la implementación de un sistema acusatorio con sus efectos

inmediatos: oralidad, publicidad, contradicción, concentración, continuidad e

inmediación; nos obliga a analizar a los elementos particulares del sistema acusatorio y

su relación con la instauración de juicios orales, así como el funcionamiento del sistema

inquisitivo, para poder establecer las causas que llevaron a sustituir a este ultimo

sistema en las reformas constitucionales del año 2008 a los artículos 19, 20 y algunos

otros para introducir el sistema acusatorio. Luigi Ferrajoli,en su obra Derecho y razón,

Teoría del garantismo penal, 1995 punta:

“Se puede llamar acusatorio a todo sistema procesal que concibe al juez como

sujeto pasivo rígidamente separado de las partes y al juicio como una contienda

entre iguales iniciada por la acusación, a la que le compete la carga de la prueba,

enfrentada, a la defensa en un juicio contradictorio, oral y público y resuelta por el

juez según su libre convicción. A la inversa llamaré inquisitivo a todo sistema

procesal donde el juez procede de oficio a la búsqueda, recolección y valoración de

pruebas, llegándose al juicio después de una instrucción escrita y secreta de la que

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están excluidos o, en cualquier caso, limitados la contradicción y los derechos de

defensa” (564)

Para lograr comprender de mejor manera la estructura de este nuevo procedimiento

es a través de sus principios y nuevos preceptos que contribuirán a mejorar nuestro

sistema jurídico penal, En todo sistema penal acusatorio se mostrara de manera clara la

separación de las funciones que a cada autoridad le corresponde fungir, es decir, las

funciones de acusar y juzgar quedan totalmente separadas entre sí, y las instituciones

encargadas de cada función desempeñaran única y exclusivamente sus roles para de

esta manera mejorar la impartición de justicia.

En un nuestro anterior sistema penal, es decir el sistema penal inquisitivo, el juez no

participa en la investigación, ni tampoco el Ministerio Público juzga la inculpabilidad o

inocencia de un inculpado, en este sistema el ministerio publico solo busca demostrar la

culpabilidad del imputado sin muchas veces detenerse a reflexionar si las pruebas

efectivamente determinan de manera contundente si cometió el ilícito. Es debido a la

ausencia de las características anteriormente mencionadas que el sistema inquisitivo no

cumple de todo con los requerimientos que garanticen mayor celeridad, acceso a la

justicia, Incrementar la eficiencia de los servidores públicos para que de esta forma

desempeñen de mejor manera su puesto y se pueda recuperar la confianza pública en

las autoridades encargadas de la operación del sistema.

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Conclusiones

La separación de funciones y los principios que rigen al sistema penal acusatorio, son

una necesidad para eliminar el mal manejo, mejorar el esclarecimiento de los procesos

judiciales y la transparencia que deben tener los juicios criminales, la introducción de la

nueva parte del procedimiento penal “el auto de vinculación al proceso” garantizará que

las ordenes de aprehensión se emitan de manera correcta, y todos los implicados en la

comisión del delito sean sancionados justamente, pues como ya lo mencionamos

anteriormente ahora el Ministerio público por medio de buenas estrategias se encargara

de juntar todos los elementos necesarios para que el juez, dicte una sentencia

totalmente imparcial y con forme a Derecho.

El nuevo procedimiento Penal Acusatorio, con sus nuevas estrategias y partes

procesales beneficiara la impartición de justicia, dando mayor celeridad a los juicios,

mejorando la calidad de nuestro sistema penal, y asumiendo siempre que todas y cada

una de las sentencias serán dictadas de manera justa y conforme a lo que de nuestras

leyes emana.

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Bibliografía

Carmona, Salvador Valencia. «Constitucion y Nuevo Proceso Penal .» Biblioteca

juridica virtual UNAM.

http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/refjud/cont/13/pjn/pjn4.htm (último acceso: 12

de Noviembre de 2013).

Ferrajoli, Luigi. Derecho y razón, Teoria del garantismo penal. Madrid: Trotta, 1995.

Pliego, Julio A. Hernandez. Programa de Derecho Procesa Penal. Mexico : Porrúa,

2001.

Sanchez, Gulliermo Colin. Derecho Mexicano de Procedimientos Penales. Mexico:

Porrua, 2002.

Page 8: Procedimiento Penal Acusatorio  Doc

GARCIA

Julio Eduardo García Hernández.

201330507

Manuel Miranda Quiroz.

Desarrollo de Habilidades en el uso de la Tecnología, la Información y la

Comunicación.

ENSAYO SISTEMA PENAL ACUSATORIO

¿Por qué se sustituyo el sistema penal inquisitivo en las

reformas del año 2008 por el Sistema Penal acusatorio?

Page 9: Procedimiento Penal Acusatorio  Doc

GARCIA

Índice

Introducción...................................................................................1

Sustitución del sistema penal Inquisitivo e Introducción del

sistema penal acusatorio...............................................................2

Conclusiones.................................................................................6

Bibliografía.....................................................................................7