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SERIE DOCUMENTOS TÉCNICOS PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

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  • SERIE DOCUMENTOS TCNICOS

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIN Y CERTIFICACIN DE COMPETENCIAS

    PROFESIONALES

  • DirectorioPeregrina Morgan Lora, PresidentaJorge Castro LenLiliana Miranda MolinaCarlos Rainusso YezAnglica Montan Flores

    Coordinacin Tcnica:Vernica Alvarado Bonhote

    Direccin de Evaluacin y CertificacinGabriela Arrieta Clavijo, DirectoraLuisa Ramos YllescasFrancisco Fidel Rojas Lujn

    Cuidado de Edicin:Oficina de ComunicacionesCentro de Informacin y Referencia

    Diseo de Cartula:Rubn Colonia Quezada

    Programa Educacin Bsica para TodosInstituto Peruano de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad de la Educacin Bsica (IPEBA)Calle Ricardo ngulo 266, San Isidro, Lima 27, Per.Telfonos: / (51-1) 223-2895, Fax: (51-1) 224-7123E-mail: [email protected]/ www.ipeba.gob.pe

    Se autoriza la reproduccin total o parcial siempre y cuando se mencione la fuente.

    Hecho el Depsito Legal en la Biblioteca Nacional del Per N 2012-13158ISBN N 978-612-46183-7-6Tiraje: 2000 ejemplaresPrimera edicin.Lima, Diciembre de 2012

    Diagramacin e Impresin: JB Grafic EIRLAv. Ignacio Merino 1681 - Lince

  • Presentacin 05

    Resolucin N 010-2012-SINEACE/P 07

    Captulo 1 09Aspectos generales 09

    Captulo 2 15Normalizacin 15

    Captulo 3 19Evaluacin y certificacin de competencias profesionales 19

    Captulo 4 27Autorizacin, registro y renovacin de entidades certificadoras 27

    Captulo 5 33Infracciones y sanciones 33

    ANEXOS 35

    NDICE

  • 4PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Direccin de Evaluacin y Certificacin

    Equipo de Expertos en Normalizacin y Certificacin de Competencias

    Directorio del IPEBA Mediante Acuerdo N 279-2011

    Consejo Superior del SINEACE

    mediante Resolucin N 010-2012 SINEACE/P

    Oficializado porAprobado porRevisado porElaborado por

  • 5PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    El IPEBA, al hacer un repaso de su trabajo durante la etapa fundacional, ha dado cuenta al pas sobre los avances y dificultades, al publicar su memoria institucional 2008-2011. En ella se menciona a la Certificacin de Competencias Profesionales como uno de los aspectos importantes de su quehacer en la ruta de la calidad.

    En efecto, hoy se puede mostrar los primeros resultados concretos en lo que corresponde a la certificacin: El Plan Piloto de Evaluacin y Certificacin de Competencias y dos procesos regulares realizados en zonas rurales con los siguientes resultados: 300 certificados de diversas funciones en las ocupaciones seleccionadas han sido entregados. 252 personas han sido certificadas de las cuales 44 son productores de plantones de caf y especies asociadas y 208 extensionistas rurales especialistas en ganadera de bovinos. Del conjunto, 175 son varones y 77 mujeres. Se han autorizado siete entidades certificadoras y 50 evaluadores de competencias han sido formados y certificados.

    Asimismo, se han publicado los siguientes documentos: Dos dcadas de formacin profesional y certificacin de competencias Per 1990-2010, Normas de Competencia del Productor de Plantones de Caf y Especies Asociadas y Normas de Competencias del Extensionista Rural Especialista en Ganadera de Bovinos.

    PRESENTACIN

    Las personas adquieren capacidades a lo largo de su vida y trabajo, que muchas veces no son conocidas ni reconocidas

    Memoria IPEBA 2008-2011

  • 6PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    La experiencia sealada permitio definir el marco normativo denominado Procedimiento para la Evaluacin y Certificacion de Competencias Profesionales que, en esta oportunidad, ponemos a disposicin de la opinin pblica.

    El documento ha sido construido en base a estudios previos con la participacin activa de empresarios, tcnicos, trabajadores, instituciones especializadas, gremios y expertos en la materia. Fue aprobado por el Directorio del IPEBA, mediante el Acuerdo N 279-2011, oficializado por el Consejo Superior del SINEACE, mediante la Resolucin N 010-2012-SINEACE/P, y publicado en el diario oficial El Peruano el 11 de febrero del 2012 convirtindose, de este modo, en una norma de aplicacin nacional.

    Al haber iniciado este proceso en las comunidades campesinas ms apartadas del Per, estamos plasmando nuestro gran desafo: La diversidad como punto de partida y la calidad educativa con equidad como llegada.

    El Directorio del IPEBA

  • 7PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

  • 8PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

  • 9PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 1.- Finalidad

    El presente procedimiento tiene por finalidad regular los requisitos y procesos de normalizacin, evaluacin y certificacin de las competencias profesiona-les, promovidos por el IPEBA, as como la autorizacin y renovacin de las En-tidades Certificadoras; de conformidad a lo dispuesto por la Ley N 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa- SINEACE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 018-2007-ED.

    Artculo 2.- Objetivos

    2.1. Objetivo general

    El objetivo del presente Procedimiento es poner a disposicin de las personas e instituciones interesadas los procedimientos para la normalizacin, evalua-cin y certificacin de competencias profesionales; as como, la autorizacin y renovacin de Entidades Certificadoras, estableciendo las responsabilidades de los diferentes actores del proceso, requisitos, plazos, faltas y sanciones co-rrespondientes.

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIN Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

    RESOLUCIN N 010-2012-SINEACE/P

    CAPTULO 1

    ASPECTOS GENERALES

  • 10

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    2.2. Objetivos especficos

    2.2.1. Definir los procedimientos para la normalizacin de compe-tencias profesionales.

    2.2.2. Definir los procedimientos del proceso de evaluacin y certifi-cacin de competencias profesionales de las personas interesa-das.

    2.2.3. Definir los procedimientos de autorizacin, registro y renova-cin de autorizacin de Entidades Certificadoras.

    2.2.4. Establecer los procedimientos de monitoreo, supervisin y eva-luacin a cargo del IPEBA.

    2.2.5. Establecer los formatos que se deben utilizar como parte de los procedimientos previstos.

    Artculo 3.- mbito de aplicacin y alcances

    El presente Procedimiento es de aplicacin a nivel nacional y alcanza a las per-sonas y entidades siguientes:

    a) Personas sujetas al proceso

    b) Entidades Certificadoras

    c) Evaluadores Certificados

    Artculo 4.- Proceso de certificacin de competencias

    La certificacin de competencias profesionales impulsada por el IPEBA, es un proceso de mejoramiento de la calidad educativa que tiene como propsito, brindar reconocimiento pblico de las competencias que las personas de-muestran en el mbito laboral, en base a una evaluacin de desempeo y de conocimientos.

  • 11

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Constituye un acto de justicia social, en tanto revalora la capacidad de las personas que no cuentan con ningn documento, respaldado por el Estado Peruano, que acredite sus competencias; permitindoles mayores oportuni-dades laborales y convirtindose en un instrumento para la competitividad, en tanto garantiza a las empresas y sectores productivos contar con recursos humanos calificados.

    El proceso de certificacin de competencias profesionales, consta de dos sub procesos: el de normalizacin y el de evaluacin y certificacin.

    Artculo 5.- Actores que intervienen en el proceso

    En el proceso de certificacin de competencias profesionales intervienen los siguientes actores:

    5.1. El sector productivo y empresarial

    Son aliados claves y estratgicos en el desarrollo de cada uno de los procesos realizados con fines de certificacin de competencias. Tienen como respon-sabilidad, aportar con sus conocimientos y experiencia sobre las demandas y requerimientos del mercado, definir con precisin perfiles y normas de com-petencias, brindar oportunidades de empleo a las personas certificadas, con-tribuir en la capacitacin y actualizacin de su personal.

    5.2. Entidades Certificadoras

    Son entidades pblicas o privadas, que demuestran tener trayectoria profesio-nal, solvencia econmica y reconocimiento institucional; asimismo, cumplen con los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Acreditan ante el IPEBA a su Representante Legal para los efectos que establecen las normas, as como un coordinador en cada regin donde acta, el mismo se responsabiliza de todo el proceso de evaluacin y certificacin, actuando como interlocutor del IPEBA para las coordinaciones y gestiones del proceso en dicha regin.

    CAPITULO 1 : ASPECTOS GENERALES

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    5.3. Evaluadores

    Son los encargados de ejecutar las actividades de evaluacin. La entidad cer-tificadora selecciona como parte de su equipo de evaluadores, a profesiona-les que tengan dominio y experticia en la funcin o funciones a evaluar y en metodologas de evaluacin de competencias. Los evaluadores que forman parte del equipo tcnico de las Entidades Certificadoras, deben estar certifi-cados por el IPEBA. De ninguna manera un profesional puede asumir el rol de evaluador, sin tener la mencionada certificacin.

    Artculo 6.- Candidatos a la evaluacin

    Son las personas que participan en los procesos de evaluacin de manera vo-luntaria y pueden ser los siguientes:

    Los egresados de la educacin bsica regular, especial, alternativa o tcnico productiva.

    Personas que no han culminado sus estudios en las modalidades planteadas.

    Los candidatos eligen la entidad certificadora autorizada por el IPEBA, ingre-sando al Registro de Entidades Certificadoras en el portal institucional: www.ipeba.gob.pe

    Artculo 7.- El Instituto Peruano de Evaluacin, Acreditacin y Certifica-cin de la Calidad de la Educacin Bsica IPEBA

    Es el rgano operador del SINEACE, con competencias en la Educacin Bsica y Educacin Tcnico Productiva. A travs de la Direccin de Evaluacin y Cer-tificacin, monitorea y supervisa los procesos de normalizacin, evaluacin y certificacin de competencias.

  • 13

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 8.- Base legal

    Constituye base legal del presente procedimiento las siguientes normas:

    Constitucin Poltica del Per.

    Ley N 28044, Ley General de Educacin.

    Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias.

    Ley N 28740, Ley del SINEACE.

    Decreto Supremo N 018- 2007- ED, Reglamento de la Ley N 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad Educativa.

    Decreto Supremo N 021-2006-ED, Lineamientos Nacionales de Pol-tica de la Formacin Profesional.

    Decreto Supremo N 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educacin.

    CAPITULO 1 : ASPECTOS GENERALES

  • 14

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

  • 15

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 9.- Concepto de la normalizacin

    La normalizacin de competencias es el sub proceso que consiste en identi-ficar de manera participativa, con la intervencin del sector productivo, los estndares de desempeo esperados en cada una de las tareas de una deter-minada funcin, correspondiente a una ocupacin seleccionada.

    Este proceso es realizado por las empresas, gremios e instituciones pblicas o privadas interesadas en promover la certificacin en determinadas ocupacio-nes seleccionadas en base a la demanda del sector productivo y del desarrollo del pas. El IPEBA participa monitoreando dichos procesos y aprobando oficial-mente la norma de competencia.

    La normalizacin de competencias comprende las siguientes etapas:

    Identificacin del sector productivo y de la ocupacin.

    Elaboracin y validacin del perfil profesional.

    Elaboracin y validacin de la norma o estndar de competencia profesional.

    Aprobacin del perfil y norma o estndar de competencia profesional.

    Registro del perfil y la norma o estndar de competencia profesional.

    Artculo 10.- Identificacin del sector productivo y de la ocupacin Las empresas, gremios, asociaciones de productores o empleadores, identifi-

    LA NORMALIZACIN

    CAPTULO 2

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    can las cadenas productivas y priorizan ocupaciones claves sobre las cuales les interesa desarrollar procesos de certificacin de competencias.

    Mediante un estudio de mercado laboral sustentan ante el IPEBA su inters de que se promueva la certificacin de competencias. El IPEBA evala la selec-cin de ocupaciones en sectores econmicos que se consideran estratgicos considerando si esas ocupaciones contribuyen a:

    a) Promover la inclusin social.

    b) Generar empleo.

    c) Proveer mayores ingresos a los trabajadores.

    d) Formar parte de una cadena productiva competitiva para el pas.

    e) Al desarrollo local, regional y nacional.

    Artculo 11.- Elaboracin y validacin del perfil profesional

    El perfil profesional es un documento que contiene, entre otros el conjunto de capacidades y competencias, que identifican la formacin de una persona para asumir en condiciones ptimas, las responsabilidades propias del desa-rrollo de funciones y tareas de una determinada ocupacin o profesin.

    El perfil est organizado en funciones que se desagregan en tareas. Por la re-lacin que tiene el perfil con el programa de formacin, las tareas se deben identificar como rutinarias, crticas y difciles.

    El perfil debe incorporar las siguientes capacidades profesionales necesarias para el desempeo:

    a) Capacidades de organizacin

  • 17

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012CAPITULO 2 : LA NORMALIZACIN

    b) Capacidades de comunicacin

    c) Capacidades para la cooperacin con superiores, pares y su-bordinados

    d) Capacidades para responder a las contingencias

    El perfil profesional contiene, adems, el listado de mquinas, equipos, herramien-tas, instrumentos, materias primas e insumos que el trabajador debe saber utilizar.

    Para la elaboracin del perfil profesional, la Entidad Certificadora o institucin interesada, utiliza metodologas e instrumentos como el Anlisis Funcional (AF), Anlisis Ocupacional (AO) u otros reconocidos internacionalmente, involucrando a representantes del sector productivo, trabajadores y especialistas en el tema.

    El Perfil Profesional levantado, debe ser validado en por lo menos dos re-giones del pas.

    Artculo 12.- Elaboracin y validacin de la norma o estndar de compe-tencia profesional

    Se considera una norma de competencia profesional, al instrumento en el que se definen y registran las especificaciones (conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes) con base en las cuales se espera que sea desempeada una funcin productiva. La Norma o estndar est constituida por unidades de competencia y realizaciones, criterios de desempeo, rangos de aplicacin, evidencias de desempeo y conocimiento.

    El IPEBA, elabora la norma o estndar de competencia con la participacin del sector productivo, utilizando el formato establecido. (Anexo 1).

    La norma o estndar de competencia debe ser validado en 2 o ms regiones a fin de verificar si corresponde a los requerimientos del mundo del trabajo, la produccin y el desarrollo.

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 13.- Aprobacin, oficializacin y publicacin de la norma o es-tndar de competencia profesional

    El IPEBA es el rgano competente para aprobar los perfiles y normas o estn-dares de competencia profesional, de acuerdo a los siguientes pasos:

    13.1. El IPEBA, convoca una mesa de expertos en la ocupacin se-leccionada, con el propsito de recibir opinin sobre la per-tinencia, validez y confiabilidad del perfil y de las normas o estndares de competencia.

    13.2. De reunir las condiciones establecidas, el IPEBA, las aprueba y gestiona su oficializacin va resolucin por el Consejo Su-perior del SINEACE y la publicacin de la misma en el diario oficial El Peruano.

    13.3. El IPEBA procede a efectuar la publicacin de la norma o es-tndar oficializado, en su portal institucional y en otros me-dios.

  • 19

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 14.- Concepto de la evaluacin y certificacin de competencias profesionales

    La evaluacin y certificacin de competencias profesionales es un acto volun-tario, donde las personas deciden ser evaluadas y certificadas en sus compe-tencias profesionales. Constituye parte del proceso integral de certificacin de competencias profesionales y consiste en recoger evidencias suficientes sobre los dominios cognitivos y prcticos del trabajador en el desempeo de una funcin, con la finalidad de darle el reconocimiento a su saber hacer, en condi-ciones reales de trabajo.

    La evaluacin de competencias, es desarrollada por Entidades Certificadoras debidamente autorizadas por el IPEBA, que cuentan con evaluadores certifica-dos, especializados en los campos productivos y de servicios que son materia de evaluacin.

    Consta de las siguientes etapas:

    Difusin, sensibilizacin y capacitacin.

    Convocatoria inscripcin y orientacin a los candidatos

    Evaluacin del postulante.

    Resultados de la evaluacin.

    EVALUACIN Y CERTIFICACIN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

    CAPTULO 3

  • 20

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Informe al IPEBA sobre la evaluacin de competencias.

    Revisin de documentacin sustentatoria.

    Certificacin.

    Registro.

    Medios de impugnacin.

    Monitoreo y supervisin del IPEBA.

    Vigilancia social

    Artculo 15.- Difusin, sensibilizacin y capacitacin

    La Entidad Certificadora, autorizada por el IPEBA, informa con un oficio al IPEBA el inicio del proceso de evaluacin por lo menos con 30 das de anticipacin.

    La Entidad Certificadora inicia este proceso con la difusin de la convocato-ria a evaluacin de competencias, comunicando los procesos y beneficios de la certificacin de competencias de manera abierta. Esta difusin debe-r estar hecha en el idioma nativo del grupo meta y en espaol, se realizar por un perodo mnimo de 15 das calendarios. Al momento de iniciar el proceso, firman y remiten al IPEBA con 30 das calendarios de anticipacin, una declaracin jurada sealando las ocupaciones en las que se ha iniciado el proceso de evaluacin, indicando las funciones en las que se evaluar. (Anexo 4) La difusin, sensibilizacin y capacitacin abarca un conjunto de acciones ne-cesarias e importantes para asegurar un adecuado proceso de evaluacin y certificacin. Los candidatos deben ser informados y/o sensibilizados y/o ca-pacitados por la Entidad Certificadora, con respecto a:

    a) Normas legales relacionadas con la Certificacin.

    b) Objetivos de la Certificacin.

  • 21

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012CAPITULO 3 : EVALUACIN Y CERTIFICACIN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

    c) Los requisitos para la Certificacin.

    d) Etapas de la Certificacin.

    e) Seleccin y entrega de las normas en las cuales se va a evaluar el candidato.

    f ) Contenidos y evidencias con las cuales el candidato va a de-mostrar su competencia.

    g) Deberes y derechos de los candidatos y de las Entidades Certi-ficadoras.

    h) Beneficios de la Certificacin.

    Artculo 16.- Convocatoria e inscripcin de los candidatos

    16.1. Convocatoria

    La convocatoria al proceso de evaluacin y certificacin de competencias es el llamamiento que la Entidad Certificadora realiza a las personas in-teresadas a presentarse como candidatos. Se realiza utilizando diversos medios de comunicacin (radio, tv, prensa, afiches, volantes, asambleas, presentaciones, segn realidad de cada zona) y anunciando el cronograma correspondiente.

    16.2. Inscripcin

    La Entidad Certificadora procede a la inscripcin de los candidatos, que renen los requisitos siguientes:

    a) Ser egresados o tener algn grado de estudios de la educacin bsica regular, especial, alternativa o tcnico productiva.

    b) Tener experiencia laboral en la funcin en la que ha elegido certi-ficar.

  • 22

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    c) Hacer el pago del derecho a evaluacin, de acuerdo al monto esta-blecido por la Entidad Certificadora seleccionada.

    d) El candidato recibe una ficha de inscripcin (Anexo 2) y una cons-tancia de inscripcin (Anexo 3), las mismas que deben ser llenadas y presentadas a la Entidad Certificadora.

    e) La Entidad Certificadora comunica al candidato la fecha de eva-luacin, el tipo y la duracin de la prueba y un listado de mate-riales, equipos, insumos y/o herramientas que deber disponer de acuerdo a la funcin o funciones que elija. Entrega las normas de competencias de la funcin en la que el candidato ha elegido ser evaluado.

    Artculo 17.- Evaluacin del postulante

    La evaluacin de competencias profesionales de un candidato debe ser reali-zada por dos (02) evaluadores con la finalidad de garantizar la transparencia del proceso y realizan la calificacin de manera separada. Deben llevar el ma-terial de evaluacin impreso. Si el evaluado es letrado, se le entrega la prueba de conocimientos para que sea desarrollada. Si es iletrado, los evaluadores le leen la pregunta y registran sus respuestas. La evaluacin se desarrolla en el idioma materno del evaluado.

    Para la prueba de desempeo, los evaluadores deben asegurarse de brindar las instrucciones de forma clara y precisa y proporcionar los insumos, herramien-tas e instrumentos para el desarrollo de las tareas establecidas en la prueba.

    Luego de terminada la evaluacin, ambos evaluadores contrastan sus resul-tados, y de encontrar diferencias significativas, proceden a complementar la evaluacin con pruebas de desempeo adicionales.

    El resultado debe ser comunicado inmediatamente al evaluado. La calificacin

  • 23

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012CAPITULO 3 : EVALUACIN Y CERTIFICACIN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

    se realiza sobre la base de cien (100) puntos. La prueba de desempeo tiene un puntaje mximo de ochenta (80) puntos y la de conocimientos de veinte puntos. El puntaje aprobatorio mnimo es de noventa (90) puntos.

    Artculo 18.- Resultados de la evaluacin

    Finalizado el proceso de evaluacin, donde el candidato ha respondido a una prueba escrita de conocimientos y a una prueba de desempeo en condicio-nes reales de trabajo, los evaluadores deben comunicar a los candidatos la ca-lificacin y resultados obtenidos, sealando si aprob o no aprob, indicando sus fortalezas y debilidades y orientando al candidato sobre capacitaciones complementarias, en caso de no haber logrado el puntaje mnimo.

    El candidato y los evaluadores firman el acta de evaluacin (Anexo 6). Antes de remitirse la documentacin a las oficinas de IPEBA, todas las actas sern firmadas y selladas por el Coordinador de la Entidad Certificadora.

    Artculo 19.- Informe al IPEBA sobre la evaluacin de competencias

    Una vez finalizado el proceso de evaluacin, las Entidades Certificadoras pro-ceden a enviar formalmente al IPEBA la siguiente documentacin:

    a) Oficio de presentacin de resultados (Anexo 5).

    b) Fichas de inscripcin de los candidatos.

    c) Copia de los DNI de los candidatos.

    d) Actas de evaluacin debidamente firmadas por los evaluado-res, el evaluado y el Coordinador de la Entidad Certificadora.

    e) Consolidado general de notas.

    f ) Pruebas y fichas de evaluacin de cada uno de los candidatos.

    Artculo 20.- Revisin de documentacin sustentatoria

    El IPEBA, a travs de la Direccin de Evaluacin y Certificacin, verifica la docu-mentacin entregada, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • 24

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Verificacin de datos de identidad del candidato.

    Coherencia de las notas consignadas en el consolidado general con las pruebas individuales.

    La sumatoria de los puntajes

    El Directorio del IPEBA con el informe favorable de la Direccin de Evaluacin y Certificacin, aprueba la certificacin y autoriza la entrega de certificados.

    Artculo 21.- Certificacin

    La certificacin de competencias, consiste en el reconocimiento pblico de las competencias profesionales que las personas han demostrado durante el pro-ceso de evaluacin en una o varias funciones de la ocupacin seleccionada el cual consta en un Certificado firmado por la Entidad Certificadora y el IPEBA. Constituye un acto administrativo de responsabilidad de las entidades certifi-cadoras, que cuenta con la aprobacin del IPEBA.

    Las Entidades Certificadoras coordinan las actividades de la ceremonia de en-trega de los certificados de competencias con las autoridades locales, regiona-les, empresas del sector y el IPEBA.

    Artculo 22.- Registro

    El IPEBA procede a asentar la ficha correspondiente en el Libro de Registro de las personas certificadas y publica los resultados en su portal institucional.

    Artculo 23.- Medios de impugnacin

    Los candidatos tienen derecho a presentar reclamos y/o quejas contra actos irregulares durante el proceso de evaluacin, de acuerdo a la Ley del Procedi-miento Administrativo General, Ley N27444. El reclamo o queja se presenta directamente a la Entidad Certificadora.

  • 25

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012CAPITULO 3 : EVALUACIN Y CERTIFICACIN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

    La Entidad Certificadora tiene un plazo de 10 das para resolverlo. El candidato puede interponer recurso de reconsideracin ante la Entidad Certificadora, siempre que se sustente en nueva prueba.

    El candidato puede interponer recurso de apelacin que ser resuelto por el IPEBA. La Direccin de Evaluacin y Certificacin tiene plazo de 20 das para resolver. Contra lo resuelto, se agota la va administrativa, quedando expedito el derecho de impugnacin en la va contencioso administrativa.

    Artculo 24.- Monitoreo y supervisin del IPEBA

    El IPEBA, a travs de la Direccin de Evaluacin y Certificacin, monitorea y su-pervisa el correcto desempeo de las Entidades Certificadoras, fiscalizando el cumplimiento de sus actividades de evaluacin. Las Entidades Certificadoras deben facilitar los procesos de supervisin y control del proceso de certifica-cin, el cual es realizado a travs de los siguientes mecanismos:

    a) Monitoreo: El IPEBA acompaa, orienta y asesora a las Enti-dades Certificadoras, en los lugares de evaluacin verificando que se cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento.

    b) Supervisin: El IPEBA, es el nico organismo autorizado para rea-lizar procesos de supervisin. Supervisa la rigurosidad tcnica y tica del proceso de certificacin de competencias profesionales.

    c) Visitas: El IPEBA puede realizar visitas opinadas e inopina-das a la Entidad Certificadora. Los resultados de la visita sern presentados en un informe por la Direccin de Evaluacin y Certificacin al Directorio del IPEBA.

    d) Evaluacin: El IPEBA evala anualmente a la Entidad Certifi-cadora, en base a los informes de monitoreo, las visitas rea-

  • 26

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    lizadas y los informes de supervisin. Los resultados de la evaluacin son entregados a la Entidad Certificadora, propi-ciando una retroalimentacin sobre las fortalezas y debilida-des que conduzcan a mejorar los procesos de evaluacin y certificacin realizados.

    Artculo 25.- Vigilancia social

    El IPEBA promueve la vigilancia social de los procesos de evaluacin y certifi-cacin, poniendo a disposicin de los ciudadanos el Libro de Reclamaciones en el portal institucional, para hacer llegar cualquier duda, queja o denuncia sobre hechos que puedan poner en duda la imparcialidad de la evaluacin o de los evaluadores.

    Asimismo, realizar encuestas de opinin a los candidatos a evaluarse, per-sonas certificadas, y empleadores para conocer sus percepciones sobre los procesos de evaluacin realizados y sobre las mejoras laborales y personales identificadas.

  • 27

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 26.- De las Entidades Certificadoras

    Las Entidades Certificadoras son personas jurdicas, pblicas o privadas nacio-nales con solvencia tcnica, econmica y tica para desarrollar procesos de evaluacin y certificacin de competencias profesionales. En concordancia con la Ley N 28740, Ley del SINEACE, se encuentran impedi-das de ser Entidades Certificadoras las instituciones cuyos directivos, sus cn-yuges o parientes hasta el cuarto grado de afinidad o consanguinidad; tengan algn vnculo laboral con el IPEBA, rgano operador del SINEACE.

    Artculo 27.- Requisitos para ser autorizado como Entidad Certificadora

    Las instituciones interesadas en ser autorizadas como Entidades Certificadoras presentan una solicitud al IPEBA y pagan los derechos correspondientes esta-blecidos en el TUPA del COSUSINEACE. Para ello deben considerar los siguien-tes requisitos:

    27.1. Legales

    Ser una institucin con personera jurdica inscrita en registros pblicos, para ello deber adjuntar a su solicitud:

    AUTORIZACIN, REGISTRO Y RENOVACIN DE ENTIDADES CERTIFICADORAS

    CAPTULO 4

  • 28

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Copia literal vigente de la partida electrnica o ficha registral.

    Vigencia de poder del representante legal, con antigedad no mayor de 30 das y fotocopia simple del documento nacional de identidad.

    Documento de consulta de RUC hbil y activo.

    27.2. Econmicos

    Las entidades postulantes deben demostrar solvencia econmica a fin de ga-rantizar el proceso de evaluacin y certificacin de competencias de los postu-lantes. Para ello deber presentar:

    Copia de la ltima Declaracin Jurada del Impuesto a la Renta.

    27.3. Infraestructura y equipamiento

    Las entidades postulantes deben disponer de una infraestructura y equipa-miento propio, alquilado o por convenio, que permita realizar la evaluacin de los postulantes. Para demostrarlo procedern de la siguiente manera:

    a) Si cuenta con infraestructura y equipamiento propios pre-sentarn copia legalizada del ttulo de propiedad.

    b) Si cuenta con infraestructura y equipamiento alquilado, pre-sentar copia del contrato de alquiler del local.

    c) Si cuenta con infraestructura y equipamiento cedido por convenio presentar copia del convenio de cesin de uso de infraestructura.

    d) Declaracin Jurada (anexo N 6) sobre equipos, herramientas e insumos y seguridad en locales destinados a procesos de evaluacin de competencias.

    e) Mapa de ubicacin de las instalaciones.

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012CAPITULO 4 : AUTORIZACIN, REGISTRO Y RENOVACIN DE IDENTIDADES

    El IPEBA tiene la potestad de verificar la infraestructura equipos y medidas de seguridad previstos por la entidad postulante.

    27.4. Capacidad de gestin y tica

    Las entidades postulantes deben demostrar su capacidad de gestin, presen-tando el curriculum vitae (CV) documentado de su coordinador, cuyo rol es el de interlocutor con el IPEBA para las gestiones y comunicaciones que se deban realizar durante el proceso.

    De igual modo presentarn los CV documentados de sus evaluadores, testi-moniando su capacidad en evaluacin de competencias profesionales.

    Asimismo, debern comprometerse a desarrollar los procesos con total impar-cialidad, transparencia y rigurosidad tcnica, as como abstenerse de interve-nir en caso de conflicto de intereses. (Anexo 7).

    Artculo 28.- De los evaluadores

    Las entidades postulantes deben disponer de un equipo de profesio-nales especializados en las funciones de la ocupacin a certificar, con experiencia en evaluacin de competencias y deben ser certificados por el IPEBA. El equipo de evaluadores cumplir con las siguientes condi-ciones:

    Los evaluadores deben acreditar su formacin y/ o experiencia con su CV documentado en copia simple y en formato proporcionado por el IPEBA. (Anexo 8).

    No deben ser parte del equipo de formacin o capacitacin, en caso de que la entidad postulante desarrolle procesos de formacin en las ocupaciones a evaluar.

    Deben comunicarse con fluidez en el idioma materno del candidato.

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Conocer las normas de competencias y los estndares de la funcin que va a evaluar.

    Evidenciar experiencia laboral referida a la ocupacin que van a certificar.

    Estar inscrito en el registro para evaluadores certificados del IPEBA.

    Presentar Declaracin Jurada de no tener antecedentes policiales ni penales. (Anexo 9).

    Presentar Declaracin Jurada de no tener ningn vnculo con el eva-luado. (Anexo 10).

    Artculo 29.- Revisin del expediente.

    La Direccin de Evaluacin y Certificacin, evala la documentacin presenta-da por las entidades postulantes. (Anexo 11).

    29.1. La DEC en un plazo mximo de 20 das verifica el expediente presentado y emite dictamen de autorizacin para que el Di-rectorio del IPEBA autorice a la institucin como Entidad Cer-tificadora y ordene su registro.

    29.2. En caso de no cumplirse en parte o todos los requisitos esta-blecidos en el presente Procedimiento, la Direccin de Eva-luacin y Certificacin remite las observaciones a la entidad postulante otorgndole un plazo de diez das hbiles para que levanten dichas observaciones.

    29.3. En caso de que la entidad postulante no cumpla con levantar las observaciones en el plazo sealado, se le devolver su ex-pediente para que vuelva a presentar su solicitud cuando lo estime conveniente.

  • 31

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012CAPITULO 4 : AUTORIZACIN, REGISTRO Y RENOVACIN DE IDENTIDADES

    Artculo 30.- Autorizacin de Entidades Certificadoras

    El dictamen de autorizacin es remitido por la Direccin de Evaluacin y Cer-tificacin al Directorio del IPEBA que, de encontrarlo conforme a las normas establecidas autoriza a la Entidad Certificadora a desarrollar los procesos de evaluacin y certificacin en la o las ocupaciones solicitadas. Dicha Autoriza-cin tiene una vigencia de dos (02) aos, pudiendo ser renovada. La Resolu-cin de autorizacin de Entidad Certificadora ser notificada formalmente a la institucin.

    Artculo 31.- Registro de Entidades Certificadoras autorizadas

    La Direccin de Evaluacin y Certificacin procede a inscribir a la Entidad Cer-tificadora en el Registro de autorizacin de Entidades Certificadoras del IPEBA, el cual ser de pblico acceso a travs de su portal institucional.

    El IPEBA, elaborar, actualizar y publicar peridicamente el Registro de Enti-dades Certificadoras, la relacin de evaluadores autorizados y el listado de las personas que han sido certificadas.

    Artculo 32.- Solicitud de renovacin de autorizacin como Entidad Cer-tificadora

    La Entidad Certificadora, presenta por va regular, su solicitud de renovacin de autorizacin, debidamente sustentada adjuntando con los siguientes requisitos:

    a) Vigencia de poder del representante de la Entidad Certificadora.

    b) Equipo de evaluadores, con sus CV en formato del IPEBA, actualiza-dos y documentados

    c) Certificados vigentes de los evaluadores emitidos por el IPEBA.

    d) Informe memoria conteniendo el balance de su trabajo durante el periodo autorizado.

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 33.- Informe de evaluacin del expediente de renovacin.

    El IPEBA revisa el Libro de Reclamaciones, el informe memoria de la Entidad Certificadora, analiza las encuestas de opinin a las personas certificadas y empleadores, tomando en consideracin dichos resultados para la toma de decisiones con respecto a la renovacin de autorizacin.

    Si se presentan observaciones a la Entidad Certificadora, sta debe levantarlas en un plazo de 30 das hbiles, las que sern evaluadas por la Direccin de Evaluacin y Certificacin.

    La Direccin de Evaluacin y Certificacin del IPEBA, previa evaluacin de la documentacin presentada, remite al Directorio del IPEBA, un informe de eva-luacin consignando el resultado correspondiente.

    Artculo 34.- Aprobacin y/o renovacin y registro

    El Directorio del IPEBA aprueba la renovacin de la autorizacin por un perio-do de dos (02) aos, se registra y publica en el portal institucional.

    Si la decisin fuera de no renovacin, comunica la decisin a la Entidad Certifi-cadora procedindose a su cancelacin del registro.

    De acuerdo a lo establecido en la Ley N 28740, el IPEBA comunica al COSUSINEACE lo actuado en relacin al proceso de autorizacin, registro y renovacin de Entidades Certificadoras para los fines pertinentes.

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 36.- Infracciones leves

    Constituyen infracciones leves:

    a) Incumplir con los plazos de difusin de los estndares y nor-mas de competencias, establecidos en el artculo 15 del pre-sente procedimiento.

    b) Realizar acciones de evaluacin, sin la comunicacin previa correspondiente en los plazos establecidos por IPEBA.

    Artculo 37.- Sanciones a infracciones leves

    Las sanciones a infracciones leves son:

    a) Amonestacin escrita.

    b) Multa segn el TUPA del COSUSINEACE.

    Artculo 35.- De las infracciones y sanciones

    Con la finalidad de garantizar un proceso de evaluacin imparcial, transpa-rente y tico se establecen las infracciones y sanciones a quienes violen las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.

    CAPTULO 5

    INFRACCIONES Y SANCIONES

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    Artculo 38.- Infracciones graves

    Constituyen infracciones graves:

    a) No cumplir con las normas y lineamientos de evaluacin y certifica-cin de competencias, establecidas en el presente Procedimiento.

    b) Falsear la documentacin presentada con fines de autorizacin.

    c) Falsear documentacin u omitir informacin sobre los proce-sos de evaluacin con fines de certificacin.

    d) Incurrir en actos de corrupcin.

    e) Que algn evaluador tenga grado de parentesco con evalua-dos o haya sido su formador o que sea certificado por su mis-ma entidad en alguna ocupacin.

    f ) Tener alguna condena por delito o falta.

    Artculo 39.- Sanciones a infracciones Graves

    Las sanciones a infracciones graves son:

    a) Suspensin temporal de actividades.

    b) Cancelacin definitiva de la autorizacin mediante resolucin y retiro del libro de registros.

    Los hechos que constituyan ilcitos penales sern puestos en conocimiento del Ministerio Pblico.

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    FORMATO DE LA NORMA O ESTNDAR DE COMPETENCIA

    ANEXO 1

    REALIZACIONES: Tarea especfica vinculada a la funcin

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 2

    FICHA DE INSCRIPCIN DEL CANDIDATO

    1. Informacin general del candidato

  • 39

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    2. Formacin del candidato

    Por favor llenar la siguiente informacin relacionada a su formacin:

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    3. Experiencia de trabajo

    Por favor llenar la siguiente informacin relacionada con su experiencia en el rea productiva y en la ocupacin en la que se va a evaluar y certificar:

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 3

    CONSTANCIA DE INSCRIPCIN

    Por medio del presente documento (Nombre de la Entidad Certificadora) deja constancia que (Nombres y Apellidos del candidato de acuerdo a su DNI) se ha inscrito para ser evaluado en la ocupacin de (nombre de la ocupacin) en las siguientes funciones:

    1.- 2.- 3.- 4.- 5.-

    Fecha de inscripcin: _____________________________

    Nombre y apellidos del responsable de emitir la constancia: _______________________

    Firma del candidato Nombre, firma y sello del Coordinador Entidad Certificadora

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 4

    DECLARACIN JURADA DE HABER INICIADO EL PROCESO PARA LA CERTIFICACIN DE COMPETENCIAS

    Yo, _______________________________________ (nombres y apellidos del Coordinador de la Entidad), identificado con DNI _______________, domiciliado en_________________________________en mi condicin de representante legal de la Entidad Certificadora___________________ ____________________informo al IPEBA que el da: (Fecha) se iniciar el proceso de evaluacin de competencias en la ocupacin de: (Nombre de la ocupacin) en las siguientes funciones:

    La evaluacin se llevar a cabo en (Lugar. Direccin) de (Hora de inicio) a (Hora de trmino).

    Firma y sello del Coordinador

    Lugar y fecha

    1.- 2.- 3.- 4.- 5.-

  • 43

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 5

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 6

  • 45

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 7

    1.- 2.- 3.- 4.- 5.-

    DECLARACIN JURADA SOBRE EQUIPOS, HERRAMIENTAS E INSUMOS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LOCALES DESTINADOS A

    PROCESOS DE EVALUACIONES DE COMPETENCIAS

    Yo, _________________________________________ (nombres y apellidos del representante de la Entidad Certificadora, identificado con DNI__________, domiciliado en: _________________________________ declaro que cuento con los equipos, herramientas e insumos necesarios para realizar la evaluacin de competencias en la ocupacin de (Sealar la ocupacin) en las siguientes funciones:

    Asimismo sealo que he adoptado todas las medidas de seguridad ocupacional correspondientes para salvaguardar la integridad fsica de los evaluados y evaluadores.

    Lugar y fecha

    Nombre, firma y sello del Coordinador Entidad Certificadora

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 8

  • 47

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 9

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 10

    PROCEDIMIENTO DEL IPEBA, PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2011

    Pgina 35 de 44 DIRECCIN DE EVALUACIN Y CERTIFICACIN DEL IPEBA

    Anexo 10

    Instituto Peruano de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad de la Educacin Bsica

    PACTO DE INTEGRIDAD ETICA

    DE LA ENTIDAD CERTIFICADORA DE COMPETENCIAS LABORALES, CON EL IPEBA.

    Yo, _________________________________________ (nombres y apellidos del representante

    de la Entidad Certificadora, identificado con DNI _______________, domiciliado

    en________________________________________firmo el presente PACTO DE INTEGRIDAD

    ETICA CON EL IPEBA, mediante el cual me comprometo a desarrollar los procesos de

    Evaluacin y Certificacin de Competencias Laborales en la zona de:

    __________________________________________con total imparcialidad, transparencia

    y rigurosidad tcnica, as como abstenerme en caso de conflicto de intereses.

    De igual forma me comprometo a desarrollar dichos procesos, ajustndonos a los valores

    ticos y morales que guan el accionar profesional y asegurando el mejor trato a los

    postulantes y al personal participante.

    Lugar y Fecha

    ____________________________________________ Firma y sello del responsable de la Entidad Certificadora

    PACTO DE INTEGRIDAD ETICADE LA ENTIDAD CERTIFICADORA DE

    COMPETENCIAS PROFESIONALES, CON EL IPEBA.

  • 49

    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 11PROCEDIMIENTO DEL IPEBA, PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2011

    Pgina 36 de 44 DIRECCIN DE EVALUACIN Y CERTIFICACIN DEL IPEBA

    Anexo 11

    I. DATOS PERSONALES.-

    _______________________________________________________________________________Apellido Paterno Apellido Materno Nombres

    LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: ___________________________________________Lugar da mes ao

    NACIONALIDAD:___________________________________________

    DOCUMENTO DE IDENTIDAD: ___________________________________________

    DIRECCIN: ________________________________________________________________Avenida/Calle/Jr. No.

    Dpto.

    URBANIZACIN/DISTRITO: ___________________________________________

    PROVINCIA: ___________________________________________

    DEPARTAMENTO: ___________________________________________

    TELEFONO: ___________________________________________

    CELULAR: ___________________________________________

    CORREO ELECTRONICO: ___________________________________________

    COLEGIO PROFESIONAL: ___________________________________________

    REGISTRO N: ___________________________________________

    II. FORMACIN ACADEMICA

    La informacin a proporcionar en el siguiente cuadro deber ser precisa, debindose adjuntar los documentos que sustenten lo informado (copia simple).

    Ttulo EspecialidadFecha de

    Extensin delTtulo

    (Mes/Ao)Universidad Ciudad/Pas

    DOCTORADOMAESTRIAPOSTGRADOLICENCIATURABACHILLERESTUDIOS

    FORMATO DE HOJA DE VIDAEVALUADOR DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    PROCEDIMIENTO DEL IPEBA, PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2011

    Pgina 37 de 44 DIRECCIN DE EVALUACIN Y CERTIFICACIN DEL IPEBA

    III. EXPERIENCIA DE TRABAJO

    En la presente seccin el evaluador deber detallar en cada uno de los cuadros siguientes, SOLO LAS FUNCIONES/TAREAS CUMPLIDAS EN CADA UNA DE LAS OCUPACIONES QUE SERN CALIFICADAS, DE ACUERDO AL SERVICIO REQUERIDO. En el caso de haber ocupado varios cargos en una entidad, mencionar cules y completar los datos respectivos.La informacin a ser proporcionada en los cuadros deber ser respaldada con las respectivas certificaciones.

    a) EXPERIENCIA GENERAL

    Experiencia laboral general acumulada que se califica ________aos _________meses

    Detallar en el cuadro siguiente, los trabajos que califican la experiencia general

    No.Nombre de la Entidad o

    EmpresaCargo

    DesempeadoDescripcin del trabajo

    realizadoFecha de

    Inicio(Mes/ Ao)

    Fecha de Culminacin(Mes/ Ao)

    Tiempoen el

    Cargo

    123456

    b) EXPERIENCIA LABORAL ESPECIFICA (EN EL SERVICIO REQUERIDO)

    Experiencia profesional acumulada en el rea que se califica ________aos _______.meses

    Detallar en el cuadro siguiente, los trabajos que califican la experiencia especfica en la ocupacin y las funciones que son materia de evaluacin. Los certificados que respalden esta parte, deben contener explcitamente la informacin que testimonie las competencias requeridas.

    No.

    Nombre de la Entidad o

    EmpresaCargo Desempeado Descripcin del trabajo realizado

    Fecha de Inicio(Mes

    / Ao)

    Fecha de Culminacin(Mes/ Ao)

    Tiempoen el

    Cargo

    12345

    IV. REFERENCIAS.

    En la presente seccin el candidato deber detallar las referencias correspondientes a las dos ltimas instituciones o personas donde estuvo prestando servicios.

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    PROCEDIMIENTO DEL IPEBA, PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2011

    Pgina 38 de 44 DIRECCIN DE EVALUACIN Y CERTIFICACIN DEL IPEBA

    No. Nombre de la Entidad o Persona Direccin Telfonos Correos electrnicos otros

    12

    Declaro que la informacin proporcionada es veraz y, en caso necesario, autorizo su investigacin.

    ___________________________________Firma del Postulante

    Fecha:______________________

    Nota: Toda informacin consignada en el presente formato, deber estar debidamente sustentada con las respectivas certificaciones y la firma del interesado.

    ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

    ANEXO 12

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012ANEXOS

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012

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    PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION Y CERTIFICACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 2012ANEXOS