procedimiento de negociación colectiva
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Programa de Vigilancia Programa de Vigilancia Social en Empresas Social en Empresas
TransnacionalesTransnacionales
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PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACION
COLECTIVA
Paúl Castellanos Córdova
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MARCO JURIDICO
CONSTITUCIÓN POLÍTICA de 1993, Art. 28º
TUO de la LEY DE RELACIONES COLECTIVAS, D.S. Nº010-2003-TR
REGLAMENTO de la LEY DE RELACIONES COLECTIVAS, D.S. Nº011-92-TR y modificatorias
D.S. 016-2006: TUPA del MTPE
R.M. Nº45-95-TR y R.M. Nº46-2007-TR : Formularios para la presentación por los empleadores de información necesaria para valorizar las peticiones de los trabajadores y examinar la situación económica, financiera de las empresas
Convenio 98º OIT.- sobre el derecho de Sindicación y Negociación Colectiva / Convenio 154º OIT.- sobre la negociación colectiva. No ratificado por Perú
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4DEFINICION DE NEGOCIACION COLECTIVA
•ES UN PROCESO DE DIALOGO ENTRE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES Y EL EMPLEADOR
•ES UN DERECHO FUNDAMENTAL DE NATURALEZA COLECTIVA
•TIENE POR OBJETO LA CELEBRACION DE UN CONVENIO COLECTIVO QUE HA DE REGULAR LAS RELACIONES LABORALES ENTRE TRABAJADORES Y EMPLEADOR
•EL CONVENIO COLECTIVO REGULA: LAS REMUNERACIONES, LAS CONDICIONES DE TRABAJO, LA PRODUCTIVIDAD, OTRAS RELACIONES ENTRE TRABAJADORES Y EMPLEADORES
DERECHO
PROCESO DE
DIALOGO
CONVENIO COLECTIVO
ESTABLECE NORMAS Y
OBLIGACIONES
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SUJETOS DE LA NEGOCIACION COLECTIVA
NEGOCIACION COLECTIVA
SINDICATO 1
SINDICATO 2
REPRESENTAN-TES DE LOS
TRABAJADORESEMPLEADOR 1
GRUPO DE EMPLEADORES
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6NIVEL O AMBITO DE NEGOCIACION
DETERMINA
EL NIVEL OAMBITO DEL SINDICATO
EL NIVEL OAMBITO DEL
CONVENIO COLECTIVO
EL NIVEL OAMBITO DE
LA NEGOCIACION
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7NIVEL O AMBITO DE ORGANIZACIÓN
SINDICAL
6. NIVEL DE RAMA DE ACTIVIDAD
1. NIVEL DE SECCIÓN, TALLER O
UNIDAD DE PRODUCCIÓN
7. NIVEL DE OFICOS VARIOS
5. NIVEL DE GREMIO
2. NIVEL DE ESTABLECIMIENTO
3. NIVEL DE CATEGORÍA
4. NIVEL DE EMPRESA
GRADO DE ORGANIZACIÓN
SINDICAL
PRIMER GRADO
SEGUNDO GRADO
TERCER GRADO
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8DETERMINACION DEL NIVEL
Si no existeCONVENIOCOLECTIVO
previo en cualquiera delos niveles señalados
LAS PARTESACUERDAN EL
NIVEL DE NEGOCIACION
NIVEL DE EMPRESA
SI NO HAY ACUERDO
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9CAPACIDAD PARA NEGOCIAR
SindicatoB
SindicatoC¿Quiénes pueden
negociar y por tanto suscribir
ACUERDOS?
SindicatoA
No hay Sindicato
Sindicato Ó
Se elige representantespor mayoríaabsoluta
NO SE PODRAENTABLAR
NEGOCIACIONCOLECTIVA
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10CAPACIDAD PARA NEGOCIAR
200
SindicatoB+ C
601
500
SindicatoB
401SindicatoC
99
Total de trabajadoresdel ámbito: 1200
SindicatoA
No hay Sindicatomayoritario
Pueden conformaruna mayoría
No afilados
SindicatoA+B
700 Acordar la forma Como se ejercerá esta
representación
Prorrata, proporcionalEncomendada a uno
De los Sindicatos
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11CAPACIDAD PARA NEGOCIAR
400
SindicatoB+195
595
605
SindicatoB
195
Total de trabajadoresdel ámbito: 1200
SindicatoA
Sindicatomayoritario
Legitimidad Negocial
No afilados
CONVENIO COLECTIVOse aplica a los 1200
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12Comisión Negociadora
3 6
3
SindicatoB: 200
1SindicatoC:400
100
Total de trabajadoresdel ámbito: 1200
SindicatoA :500
No afilados
12
3 dirigentes: Sindicato - 50 3 representantespliego lo presentamayoría absoluta
111 1 11 1 1 1
11 1
1113 11 1 10
1 dirigentes: por cada 50
Un máximo de 12
?
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Durante la negociación colectiva se cancela el registro sindical
CONSTITUCION DE
NUEVO SINDICATO
EL SINDICATO VIGENTE: Podrá continuar con el trámite a través de la comisión que se designe en ASAMBLEA.
FUSION O ABSORCION
DE SINDICATOS
La mayoría absoluta
en asamblea podrá acordar
continuar con la NEGOCIACIÓN
Debe designar tres
Representantes
MODIFICACIONES EN LA REPRESENTACION
La negociación continúa con la
comisión designada
hasta su culminación
PLIEGO LO PRESENTA
LA MAYORIA
ABSOLUTA
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14FUERO SINDICAL PARA LOS MIEMBROS DE LA NEGOCIACION COLECTIVA
3 Meses después
¿Luego es posible despedir al miembro
de la comisión?
Negociación Colectiva
Entrega del
pliego
Se Suscribe
Convenio
Fuero SindicalArt. 31º inc. E) LRCT
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CONVENIO COLECTIVO
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16EFECTOS DEL CONVENIO COLECTIVO
Sindicato B400
CONVENIO 2 CONVENIO 3
Sindicato A605
Efectosparciales
195
Total de trabajadoresdel ámbito: 1200
Efectosgenerales
Sindicatomayoritario
CONVENIOse aplica alos 1200
500 200401 99
CONVENIO 1
No Afiliados
Sin convenio
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CARACTE-RISTICAS
1. Rige desde el día siguiente al de caducidad del Convenio Anterior
2. Si no lo hubiera: desde la fecha de presentación del pliego
3. Rige por el periodo que acuerden las partes. A falta de acuerdo su duración será de un año
5. Continua vigente hasta el vencimiento de su plazo, en caso de fusión, venta, traspaso, cambio de giro y otras situaciones similares
4. Continua vigente mientras no sea modificado por un Convenio posterior, sin perjuicio de las cláusulas permanentes o que se acuerde expresamente su prorroga total o parcial.
CONVENIO COLECTIVO
Salvo las cláusulas para las que se pacte plazo distinto o se establezcan obligaciones de hacer o dar en especie
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FORMALIDAD
1. Se formaliza en tres ejemplares, una copia para cada parte
Los contratos individuales quedan automáticamente adaptados aquella
2. Una copia para la AAT para su registro y archivo
NO podrá contener disposiciones contrarias al trabajador
OBLIGA a las personas en nombre de quien se celebró.
Tiene FUERZA VINCULANTE para las partes
A quienes resulte aplicable y a los trabajadores que se incorporen con posterioridad a las empresas comprendidas
CONVENIO COLECTIVO
OBLIGATORIEDAD
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TIPOS DE CLÁUSULAS
•CLAUSULAS NORMATIVAS: se incorporan de modo automático a los contratos individuales de trabajo.
•CLAUSULAS OBLIGACIONALES: establecen derechos y obligaciones de naturaleza colectiva para las partes: SINDICATO Y EMPLEADOR
•CLAUSULAS DELIMITADORAS: regulan el ámbito de vigencia del convenio colectivo
durante su vigencia protegen su cumplimiento, se interpretan y aplican como normas jurídicas
Las cláusulas obligacionales y delimitadoras se interpretan según las reglas de los contratos
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ETAPAS DE LA NEGOCIACION COLECTIVA
PRESENTA-CION DEL PLIEGO
NEGOCIACION DIRECTA
ARBITRAJE
HUELGA
CONCILIA-CION
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PLIEGO DE RECLAMOS
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22CONTENIDO DEL PLIEGO
DE PETICIONES ART. 51 DE LA LRCT
1. Denominación, domicilio y número de registro de(l)(los) sindicato(s) que suscribe(n) el proyecto de convenio colectivo.
2. Nómina de integrantes de la comisión negociadora, con la estipulación expresa de “las facultades de participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de éstas, suscribir cualquier acuerdo y llegado el caso, la convención colectiva de trabajo”
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23CONTENIDO DEL PLIEGO
DE PETICIONES ART. 51 DE LA LRCT 3. Nombre o denominación social y
domicilio de la(s) empresa(s).4. Peticiones formuladas en forma de
cláusulas que integren el proyecto de convenio.
5. Firmas de dirigentes o representantes designados para tal fin por la asamblea.
6. Copia de la comunicación remitida al empleador tratándose de negociaciones en el ámbito de empresa
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24PRESENTACION DEL PLIEGO
PLAZONo antes de 60 días ni después de 30
días calendario anteriores a la caducidad del convenio colectivo
FORMAS
Directa al empleador
Por intermedio del MTPE
Negociación por rama o Gremio
Negativa de la empresa a recibir el
pliego
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25VIGENCIA DEL CONVENIO SUSCRITO ANTES DE LA CADUCIDAD DEL CONVENIO ANTERIOR
Vigencia del Convenio anterior
Vigencia del nuevo convenio
Negociación Colectiva
Entrega del pliego Suscripción del Convenio
Caducidad del convenio vigente
30 días 30 días Art. 43º inc. de LRCT
Periodo para presentar el pliegoArt. 52º inc. de LRCT
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26PRIMER CONVENIO COLECTIVO SUSCRITO CON LA EMPRESA
NegociaciónColectiva
Entrega del
pliego
Surgeobligaciónde negociar
1 año 10 días como
máximo
Empresa iniciasus funciones
Inicio denegociaciones
Suscripción deconvenio
AplicaciónRetroactiva
del convenio
Aplicación inmediatade las cláusulas con
plazo distinto o prestaciones de daro hacer en especie
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27VIGENCIA DEL CONVENIO ANTE EL RETRASO EN LA ENTREGA DEL PLIEGO
Vigencia del Convenio anterior
Vigencia del nuevo convenioNegociación
Colectiva
Entrega del
pliego
Se Suscribe
Convenio
30 días 30 días
Periodo para presentar el pliegoArt. 52º inc. de LRCT
Periodode
posterga-ción
5 días 5 días
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28VIGENCIA DEL CONVENIO ANTE EL RETRASO EN LA ENTREGA DEL PLIEGO
Aplicación del Convenio anterior
Vigencia del nuevo convenio
Negociación Colectiva
Entrega del
pliego
Inicio de la negociación
30 días 30 días
Periodo para presentación
Suscripción denuevo convenio,
laudo o resolución
Caducidad del convenio vigente
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EL DERECHO DE INFORMACION
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MARCO JURIDICO
D.S. 016-2006: TUPA del MTPE: Procedimientos 67º y 68º
TUO de la LEY DE RELACIONES COLECTIVAS, D.S. Nº010-2003-TR, Art. 56º y 57º.
REGLAMENTO de la LEY DE RELACIONES COLECTIVAS, D.S. Nº011-92-TR y modificatorias: Art. 38º y 39º
R.M. Nº46-2007-TR : Formularios para la presentación por los empleadores de información necesaria para valorizar las peticiones de los trabajadores y examinar la situación económica, financiera de las empresas
R.M. Nº45-95-TR : Sobre el procedimiento y las multas
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FORMAS DE EJERCER ELDERECHO DE INFORMACION
DICTAMEN ECONOMICOY LABORAL
ELABORADO POREL MTPE
NEGOCIACION COLECTIVA
SOLICITUD DEINFORMACION A LA EMPRESA
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32INFORMACION PROPORCIONAPOR EL EMPLEADOR
La información se determina
de común acuerdo
INFORMACION
•Si no hay acuerdo la AAT determina la
información básica que debe ser entregada a los
trabajadores
LA EMPRESA DEBE
PROPORCIONAR
Información económica,
financiera, social y demás pertinente de la empresa
A pedido de los representantes
de los trabajadores
Su entrega no debe ser
perjudicial para la empresa
Suspensión del derecho de
INFORMACIÓN
Trabajadores representantes
y asesoresDEBER DE RESERVA
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DEFINICION
Por Solicitud
CARACTE-RISTICAS
•INTRUMENTO TECNICO: Analiza la situación económica, financiera y laboral de la empresa, de forma IMPARCIAL.
CONTRIBUYE: a la solución pacífica de la Negociación
1. Trabajadores.
2. Empleador(es).
3. Tribunal Arbitral
•ELEMENTO DE VALORACION: para el Tribunal Arbitral o la AAT, al momento de resolver.
REQUISITOS
• NO ES VINCULANTE: No dictamina, no resuelve
Debe estar en curso el proceso de Negociación Colectiva
EL DICTAMEN ECONÓMICO Y LABORAL
De OFICIO por la AAT
-Información seg. Formularios de la R.M.Nº045-95-TR
-Empleador paga tasa de 5% UIT al presentar información.
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Solicitud DEL
HUELGA
Entrega del
pliego
Caducidad del convenio
vigente
90 días
Información proporcionadapor el empleador Art. 55 de LRCT
30 días30 días 30 días
Negociación Colectiva
CONCILIACIÓNTRATO DIRECTO
ARBITRAJE
Notificación MTPE
8 d. háb 5 d. háb
Entrega de la infor-
mación al MT
Elaboración DEL
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INFORMACION FINANCIERA
•DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO A LA RENTA PRESENTADA A SUNAT, de los últimos tres ejercicios: copia simple
FORMULARIOS
1 al 8:
1. Estado de pérdidas y ganancias
•COPIA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS: Si los hubiera.
INFORMACION QUE SE REQUIERE A LA EMPRESA SEGÚN R.M.Nº046-2007-TR
2. Balance General
8. Número de trabajadores por año
3. Estado de flujos de efectivo
7. Gastos de personal relacionados al costo de producción o servicios
5. Volumen físico de producción y/o servicios
4. Ingresos por ventas netas y/o servicios
6. Materia prima consumida en el proceso de producción
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INFORMACION LABORAL
•COPIAS DE LAS PLANILLAS DE PAGO: 12do mes de vigencia del Convenio anterior o al del mes anterior al inicio de vigencia para los casos del primer pliego
FORMULARIOS
1 al 7:
•COPIA DEL CONVENIO ANTERIOR O REVISON DE PACTOS: Si los hubiera.
INFORMACION QUE SE REQUIERE A LA EMPRESA SEGÚN R.M.Nº046-2007-TR
4. Conceptos que se otorgan en función del básico
6. Beneficios económicos y condiciones de trabajo
7. Aportaciones y contribuciones sociales
5. Conceptos que se otorgan eventualmente en función del básico
2. Remuneraciones mensuales vigentes para el presente pliego (también en Excel y en diskette)
1. Número de trabajadores a nivel de la empresa para la vigencia del convenio colectivo
3. Pago de planillas del convenio anterior
8. Número de familiares directos en caso hubiere puntos del pliego en función a ellos, número de trabajadores por turnos, número de trabajadores por jornada laboral
•Copias de las actas si durante la negociación se hubieren solucionado algunos puntos del pliego.
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37OBSERVACIONES AL DICTAMEN
Según el artículo 39º del Reglamento de la LRCT, es posible formular observaciones la dictamen
económico laboral emitido por la AAT
REQUISITOS Y CARACTERIS-TICAS
CUALQUIERA DE LAS PARTES: Trabajadores o empleador
Deberán estar DEBIDAMENTE SUSTENTADAS
Podrá ser acompañada de PRUEBA INSTRUMENTAL
La AAT emite un segundo y último dictamen, que RATIFIQUE O RECTIFIQUE el primer dictamen
Deberán formularse dentro de los TRES (3) DÍAS posteriores a la notificación del Dictamen
Está referido SÓLO A LAS OBSERVACIONES FORMULADAS
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38CONTENIDO DEL DICTAMEN ECONOMICO LABORAL
Análisis de la situación laboral
Costo promedio mensual o diario de los trabajadores sujetos y no sujetos a pliego
Nivel de remuneraciones promedio de los trabajadores sujetos a pliego.
Análisis de la situación
económica y financiera
Costo a nivel de empresa de las remuneraciones y beneficios vigentes
Estado de Ganancias y perdidas, ingresos, efecto volumen, y efecto precio.
Costo a nivel de empresa de la valorización del pliego y de las remuneraciones y beneficios vigentes de los trabajadores sujetos y no sujetos a pliego
Volumen de producción, costo de producción, gastos operativos.
Estado de perdidas análisis estructural, balance general análisis estructural, ratios financieros
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NEGOCIACIÓN DIRECTA
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NEGOCIACION DIRECTA
Sólo es obligatorio levantar ACTAS para consignar los acuerdos adoptados
INICIO
FORMALIDAD Y PLAZOS
•Deberá iniciarse dentro de los 10 días calendario de presentado el pliego
El empleador puede proponer cláusulas nuevas o sustitutorias de las convenciones anteriores
•Las reuniones se realizan en los plazos y oportunidades que las partes acuerden, dentro o fuera de la jornada laboral. Las partes conservan en todo el procedimiento el derecho a reunirse y acordar lo que estimen adecuado.
ACTAS
Las partes podrán recurrir a cualquier medio válido para la solución pacífica de la controversia
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NEGOCIACION DIRECTA
OBLIGACION DE NEGOCIAR DE BUENA FE
•Implica abstenerse de toda acción que pueda resultar lesiva a los derechos de corrección y equidad, sin menoscabo del derecho de huelga legítimamente ejercitado.
A todos aquellos trabajadores y empleadores que negocien colectivamente
¿Qué significa?
¿A quién corresponde?
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SUSPENSION DE LA NEGOCIACION DIRECTA
•Son causales válidas para la suspensión de la
negociación e impedimento para el arbitraje:
• Las modalidades irregulares DE HUELGA:
1. Paralización intempestiva.
2. Paralización de sección neurálgicas.
3. Trabajo a desgano, a ritmo lento o a reglamento.
4. Reducción deliberada del rendimiento.
5. Paralización con permanencia en el centro de trajo y obstrucción.
El uso de violencia sobre personas o cosas
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FIN DE LA NEGOCIACION DIRECTA
ACUERDO
DESACUERDO
•Si una de las partes no estuvieran de acuerdo en continuar con la negociación, se tendrá por concluida la etapa respectiva.
Es el producto
negocial típico
CONVENIO COLECTIVO
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ETAPA DE CONCILIACION
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45CONCILIACION
A SOLICITUD DE PARTE
DE OFICIO
PÚBLICO
PRIVADO
•Si ninguna de las partes lo solicitara, la ATT podrá iniciar dicho procedimiento de oficio si lo estimase necesario o conveniente, en atención a las características del caso
•Las partes informarán a la Autoridad la terminación de la negociación, sin haber llegado a un acuerdo. Pueden solicitar el inicio de un procedimiento de conciliación
•Cuerpo técnico especializado y calificado del MTPE, integrado en función de las necesidades del servicio, por especialistas de diversas áreas.
•Pueden las partes, si así lo acuerdan, encomendar esta función a personas privadas, caso en el cual deberán remitir AAT copia de las actas que se levantan.
¿Quién puede ser el
conciliador?
¿Quién lo puede
solicitar
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•CARACTERISTICAS
1. Flexibilidad y simplicidad en su desarrollo
2. Papel activo del conciliador en el advenimiento entre las partes.
3. Se realizarán tantas reuniones como fuesen necesarias, siempre y cuando exista la voluntad entre las parte de llevarlas a cabo.
4. Si una de las partes no concurriera o de hacerlo no estuviera de acuerdo con proseguir la conciliación, se tendrá por concluida esta etapa.
CONCILIACION
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MEDIACION
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48MEDIACION
A SOLICITUD DE PARTE
CARACTERISTICAS
1. El mediador presentará una o más propuestas que las partes pueden rechazar o aceptar.
2. Se realizarán tantas reuniones como sean necesarias.
1. Si las partes lo autorizan, el conciliador podrá actuar como mediador.
2. Podrá ser un cuerpo técnico del MTPE
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49MEDIACION
PLAZOS
•Los que señalen las partes. A falta de acuerdo serán 10 días contados desde la designación del mediador.
•Si no hay acuerdo en ese plazo, se convoca a una AUDIENCIA donde las partes presentaran su última propuesta en forma de proyecto de CONVENIO COLECTIVO.
•El mediador presentará una propuesta escrita final que de no ser aceptada por las partes dentro de los tres días hábiles siguientes pondrá fin a su gestión.
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50EXTRAPROCESO
LAS PARTES
DE OFICIO AAT
Reuniones privadas con cada parte
Conciliación en equipo
•ES GRATUITO
•DILIGENCIA QUE NO ESTÁ LEGALMENTE
PREVISTA
•ES UN MECANISMO ALTERNATIVO USADO POR EL MTPE A FIN DE BUSCAR LA PREVENCIÓN O LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
CARACTERISTICAS
INSTRUMENTOS
Lo solicitan
•Cuando la conciliación regulada no cumple sus fines
•En situaciones no tipificadas por la norma adjetiva
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DERECHO DE HUELGA
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MARCO JURIDICO
D.S. 016-2006: TUPA del MTPE:
Procedimientos 9, 10, 11 y 12
TUO de la LEY DE RELACIONES COLECTIVAS, D.S. Nº010-2003-TR, Art. 72º al 86º.
REGLAMENTO de la LEY DE RELACIONES COLECTIVAS, D.S. Nº011-92-TR y modificatorias: Art. 62º al 73º - D.S.Nº013-2006-TR (08/06/2006)
D.N. 005-94-DNRT : Regula la correcta aplicación del procedimiento en el ejercicio del derecho de huelga
CONSTITUCIÓN POLÍTICA de 1993, Art. 28
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53DEFINICION DEL DERECHO DE HUELGA
• EL CARÁCTER PLURALISTA, DEMOCRÁTICO, LIBRE, DE LA SOCIEDAD. PERMITE QUE EXISTAN GRUPOS UNIDOS EN FUNCIÓN A LA DEFENSA DE SUS PROPIOS INTERESES QUE ENTRAN INEVITABLEMENTE EN CONFLICTO: TRABAJADORES Y EMPLEADORES
•ES UN DERECHO FUNDAMENTAL DE NATURALEZA COLECTIVA
• ES UNA FACULTAD, UNA POTESTAD EQUILIBRADORA O COMPENSATORIA. INSTRUMENTO DE PROTECCIÓN O AUTOTUTELA DE LOS INTERESES DE LOS TRABAJADORES.
DERECHO
ES UNAMANIFESTA-
CION DEL CON- FLICTO
FORMADE
AUTOTUTELA
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En caso de incumplimientode disposiciones legales o convencionales cuando
el empleador se negare a cumplirResolución judicial consentida
o ejecutoriada
NEGOCIACION COLECTIVA
SITUACIONES EN LAS QUE SE PUEDE
EJERCER EL DERECHO
DE HUELGA
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55REQUISITOS PARA EJERCER LA HUELGA
1. Carácter laboral y sindical:Tener por objeto la defensa de los derechos e intereses profesionales o socioeconómicos de los trabajadores.
2. Decisión mayoritaria: más del 50% y en la forma que expresamente determinen los estatutos.
3. Haber comunicado con 5 días hábiles de antelación y 10 en caso de servicios públicos esenciales.
4. NO haber recurrido al arbitraje
5. Haber agotado la negociación directa
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Requisitos de la huelga según el esquema
anterior al D.S. Nº013-2006-TR
1000 + 1
800 noafiliados
200
1200
Quórum en Asamblea
1000 + 1Votación a favor
Deben paralizar sus laboreslos 2000 trabajadores
Total de trabajadoresdel ámbito: 2000
AfiliadosSindicato
Sindicatomayoritario
Mayoría deTrabajadoresdel ámbito
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Requisitos de la huelga según el esquema
establecido por D.S. Nº013-2006-TR
800
800 noafiliados
400
1200
Quórum en Asamblea
600 + 1Votación a favor
Paralizan sus laboreslos 2000 trabajadores
Total de trabajadoresdel ámbito: 2000
AfiliadosSindicato
199
Sindicatomayoritario
Mayoría deTrabajadores
afiliados
2/3de trabajadoresafiliados
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Requisitos de la huelga según el esquema
establecido por D.S. Nº013-2006-TR
600
1100 noafiliados
300
900
Quórum en Asamblea
450 + 1Votación a favor
Paralizan los 900 afiliados
Total de trabajadoresdel ámbito: 2000
AfiliadosSindicato
149
Sindicatominoritario
Mayoría deTrabajadores
afiliados
2/3de trabajadoresafiliados
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Para la aplicación del esquema del D.S. Nº013-2006-TR, es necesario que
la declaratoria de Huelga se haya regulado
expresamente en el estatuto
1334
801 noafiliados
134
1200
Quórum en Asamblea
1000 + 1Votación a favor
Deben paralizar sus laboreslos 2000 trabajadores
Total de trabajadoresdel ámbito: 2001
AfiliadosSindicato
SindicatoNo reguloHUELGA
Mayoría deTrabajadoresdel ámbito
2/3de trabajadoresdel ámbito
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60COMUNICACIÓN DEL INICIO DE LA HUELGA
1. Se debe comunicar al empleador y a la AAT en los plazos establecidos, acompañando copia del Acta de votación refrendada por Notario Público.
2. Acompañar la nómina de trabajadores que deben seguir laborando: 1) Servicios públicos esenciales o 2) Labores indispensables para la empresa
3. Especificar el ámbito de la huelga, el motivo su duración y el día y hora fijados para su inicio.
4. Declaración jurada de la Junta Directiva, indicando que la decisión fue tomada según los requisitos señalados en el artículo 73º inciso b.
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HUELGA IMPROCEDENTE
CUANDO NO CUMPLE LOS REQUISITOS exigidos por la LRCT
HUELGA ILEGAL
•LA RESOLUCION DEBE INDICAR CLARAMENTE LOS REQUISITOS OMITIDOS
CALIFICACION DE LA HUELGA POR LA AAT
5. Por no ser levantada una vez notificado el laudo o resolución definitiva que ponga fin a la controversia
Así como no garantizar la permanencia de trabajadores en el caso de SSEE
2. Por haberse producido con ocasión de ella violencia contra bienes o personas
1. Si se materializa no obstante haber sido declarada improcedente
4. Por incumplir los trabajadores con la disposición sobre servicios indispensables para la empresa
3. Por incurrirse en las modalidades atípicas.
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PROCEDIMIENTO DE HUELGA
Comunicación a la AAT IMPROCEDENTE
•Declaración de ilegalidad.
Calificación del
cumplimiento de los
requisitos
3 días hábiles de recibida la comunicación
PROCEDENTE: Inicio de la
HUELGA
3 días para la apelación
Pronuncia-miento final(plazo de 2
días hábiles)
IMPROCEDENTE
Paralizar las labores
Continuación de labores
Pronunciamiento final (plazo de 2días hábiles)
Apelación
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IMPROCEDENTE
Inicio dela HUELGA
Comunicación del plazo
Día 1
Apelación Sindicato
Notificacióncalificación MT
5 d. háb
10 d. háb
IMPROCEDENTE
Notificación calificación MT ILEGAL
Apelación Sindicato
Notificacióncalificación MT
Notificación calificación MT
ILEGAL
Trabajadores retornan a sus labores
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64EFECTOS
1. Abstención de actividades de todos los trabajadores del ámbito.
2. Suspensión de los contratos de trabajos: No hay prestación de servicios ni pago de la remuneración.
3. Impide el retiro de bienes de la empresa por parte del empleador.
4. NO afecta la antigüedad del trabajador
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65CARACTERISTICAS
1. Duración: puede ser declarada por tiempo definido o indefinido.
2. Forma: pacífica y con abstención de labores, salvo: trabajadores de dirección, de confianza y de servicios indispensables
3. Sujeta a ratificación: cuando se convoque a consulta por el 20% de trabajadores afectados
4. Opciones: cabe la mediación (voluntaria o vía AAT) y el arbitraje (con aceptación del empleador)
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LA HUELGAPUEDE
TERMINAR POR
1. POR ACUERDO DE LAS PARTES EN CONFLICTO
3. POR HABERSE SOLUCIONADO EL
PLIEGO POR RESOLUCION
ADMINISTRATIVA
4. POR SE DECLARADA ILEGAL
2. POR DECISION DE LOS TRABAJADORES
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67SOLUCION DEL PLIEGO POR LA AAT
HUELGA CON CARACTERISTICAS
GRAVES
La AAT promueve el arreglo directo u otras
formas de solución pacífica
•PROLONGACION EXCESIVA EN EL TIEMPO: comprometiendo gravemente a una empresa o sector productivo
ASUME CARACTERISTICAS GRAVES: por su magnitud y consecuencias
Si estas fracasan el MTPE resuelve el pliego en forma definitiva
•DERIVA EN ACTOS DE VIOLENCIA
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ARBITRAJE
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ARBITRAJE
CLASES
Por acuerdo
de partes
TIPOS
•OBLIGATORIO: en el caso de servicios públicos esenciales
A falta de acuerdo: tribunal tripartito. A falta de acuerdo sobre el presidente será designado por la AAT
1. Unipersonal: persona natural o jurídica
2. Tribunal ad-hoc.
3. Institución representativa.
4. MTPE
5. Cualquier otra modalidad
•Tribunal Tripartito: Si non hay acuerdo el tercer árbitro lo designará el Ministerio de la Presidencia, nunca el MTPE
Regla general
•VOLUNTARIO: es la regla general
Empresas del
Estado
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70ARBITRAJE - PROCEDIMIENTO
1. Fijación de puntos de discrepancia
2. Entrega al ente arbitral de propuestas finales, con copia a la otra parte.
3. Formulación de observaciones (plazo de 5 días) a propuesta de la otra parte
4. Actuación y entrega de pruebas, informes, pericias, etc. (plazo máximo de 30 días)5. Convocatoria para aclaración de propuestas.
6. LAUDO: Recogerá íntegramente la propuesta de una de las partes. Es posible, por razones de equidad, atenuar aspectos de la propuesta elegida