principios que rigen las contrataciones 1 y 2

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D e C apacitación, Estudio y A sesoría en Contrataciones delEstado A s o c i a c i ó n C i v i l

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Page 1: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

De Capacitación, Estudio y Asesoría en Contrataciones del Estado

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DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA LA LEY

DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Alcances

La presente norma contiene las disposiciones y lineamientos que

deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de

contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones

y derechos que se derivan de los mismos.

Artículo 2.- Objeto

El objeto del presente Decreto Legislativo es establecer las

normas orientadas a maximizar el valor del dinero del

contribuyente en las contrataciones que realicen las Entidades del

Sector Público, de manera que éstas se efectúen en forma

oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, a

través del cumplimiento de los principios señalados en el artículo

4º de la presente norma.

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Artículo 3.- Ámbito de aplicación

3.1 Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la

presente norma, bajo el término genérico de Entidad(es):

a) El Gobierno Nacional, sus dependencias y reparticiones;

b) Los Gobiernos Regionales, sus dependencias y reparticiones;

c) Los Gobiernos Locales, sus dependencias y reparticiones;

d) Los Organismos Constitucionales Autónomos;

e) Las Universidades Públicas;

f) Las Sociedades de Beneficencia y las Juntas de Participación

Social;

g) Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú;

h) Los Fondos de Salud, de Vivienda, de Bienestar y demás de

naturaleza análoga de las Fuerzas Armadas y de la Policía

Nacional del Perú;

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i) Las empresas del Estado de derecho público o privado, ya sean

de propiedad del Gobierno Nacional, Regional o Local y las

empresas mixtas bajo control societario del Estado; y,

j) Los proyectos, programas, fondos, órganos desconcentrados,

organismos públicos del Poder Ejecutivo, instituciones y demás

unidades orgánicas, funcionales, ejecutoras y/o operativas de

los Poderes del Estado; así como los organismos a los que

alude la Constitución Política del Perú y demás que sean

creados y reconocidos por el ordenamiento jurídico nacional.

3.2 La presente norma se aplica a las contrataciones que deben

realizar las Entidades para proveerse de bienes, servicios u obras,

asumiendo el pago del precio o de la retribución correspondiente

con fondos públicos, y demás obligaciones derivadas de la calidad

de contratante.

(…)

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Artículo 4.- Principios que rigen las

contrataciones

Los procesos de contratación regulados

por esta norma y su Reglamento se rigen

por los siguientes principios, sin perjuicio

de la aplicación de otros principios

generales del derecho público:

Page 6: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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a) Principio de Promoción del

Desarrollo Humano: La contratación

pública debe coadyuvar al desarrollo

humano en el ámbito nacional, de

conformidad con los estándares

universalmente aceptados sobre la

materia.

Page 7: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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b) Principio de Moralidad: Todos los

actos referidos a los procesos de

contratación de las Entidades estarán

sujetos a las reglas de honradez,

veracidad, intangibilidad, justicia y

probidad.

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c) Principio de Libre Concurrencia y

Competencia: En los procesos de

contrataciones se incluirán regulaciones o

tratamientos que fomenten la más amplia,

objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y

participación de postores.

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d) Principio de Imparcialidad: Los

acuerdos y resoluciones de los funcionarios y

órganos responsables de las contrataciones de

la Entidad, se adoptarán en estricta aplicación

de la presente norma y su Reglamento; así

como en atención a criterios técnicos que

permitan objetividad en el tratamiento a los

postores y contratistas.

Page 10: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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e) Principio de Razonabilidad: En todos los

procesos de selección el objeto de los

contratos debe ser razonable, en términos

cuantitativos y cualitativos, para satisfacer el

interés público y el resultado esperado.

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f) Principio de Eficiencia: Las contrataciones

que realicen las Entidades deberán efectuarse

bajo las mejores condiciones de calidad, precio

y plazos de ejecución y entrega y con el mejor

uso de los recursos materiales y humanos

disponibles. Las contrataciones deben observar

criterios de celeridad, economía y eficacia.

Page 12: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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g) Principio de Publicidad: Las

convocatorias de los procesos de selección y

los actos que se dicten como consecuencia

deberán ser objeto de publicidad y difusión

adecuada y suficiente a fin de garantizar la

libre concurrencia de los potenciales postores.

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h) Principio de Transparencia: Toda

contratación deberá realizarse sobre la base de

criterios y calificaciones objetivas, sustentadas

y accesibles a los postores. Los postores

tendrán acceso durante el proceso de

selección a la documentación correspondiente,

salvo las excepciones previstas en la presente

norma y su Reglamento. La convocatoria, el

otorgamiento de la Buena Pro y los resultados

deben ser de público conocimiento.

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Page 15: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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i) Principio de Economía: En toda

contratación se aplicarán los criterios de

simplicidad, austeridad, concentración y

ahorro en el uso de los recursos, en las etapas

de los procesos de selección y en los acuerdos

y resoluciones recaídos sobre ellos,

debiéndose evitar exigencias y formalidades

costosas e innecesarias en las Bases y en los

contratos.

Page 16: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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j) Principio de Vigencia Tecnológica: Los

bienes, servicios o la ejecución de obras deben

reunir las condiciones de calidad y modernidad

tecnológicas necesarias para cumplir con

efectividad los fines para los que son requeridos,

desde el mismo momento en que son

contratados, y por un determinado y previsible

tiempo de duración, con posibilidad de

adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el

caso, con los avances científicos y tecnológicos.

Page 17: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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k) Principio de Trato Justo e Igualitario:

Todo postor de bienes, servicios o de obras

debe tener participación y acceso para

contratar con las Entidades en condiciones

semejantes, estando prohibida la existencia de

privilegios, ventajas o prerrogativas.

Page 18: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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l) Principio de Equidad: Las prestaciones y

derechos de las partes deberán guardar una

razonable relación de equivalencia y

proporcionalidad, sin perjuicio de las

facultades que corresponden al Estado en la

gestión del interés general.

Page 19: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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m) Principio de Sostenibilidad Ambiental: En toda

contratación se aplicarán criterios para garantizar la

sostenibilidad ambiental, procurando evitar impactos

ambientales negativos en concordancia con las normas

de la materia.

Estos principios servirán también de criterio

interpretativo e integrador para la aplicación de la

presente norma y su Reglamento y como parámetros

para la actuación de los funcionarios y órganos

responsables de las contrataciones.

Page 20: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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Ley del Procedimiento

Administrativo General

LEY Nº27444

Artículo IV.- Principios del procedimiento

administrativo

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1. El procedimiento administrativo se sustenta

fundamentalmente en los siguientes principios,

sin perjuicio de la vigencia de otros principios

generales del Derecho Administrativo:

Page 22: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.1. Principio de legalidad.- Las autoridades

administrativas deben actuar con respeto a la

Constitución, la ley y al derecho, dentro de las

facultades que le estén atribuidas y de acuerdo

con los fines para los que les fueron conferidas.

Page 23: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.2. Principio del debido procedimiento.- Los

administrados gozan de todos los derechos y garantías

inherentes al debido procedimiento administrativo, que

comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y

producir pruebas y a obtener una decisión motivada y

fundada en derecho. La institución del debido

procedimiento administrativo se rige por los principios del

Derecho Administrativo. La regulación propia del Derecho

Procesal Civil es aplicable sólo en cuanto sea compatible con

el régimen administrativo.

Page 24: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.3. Principio de impulso de oficio.- Las

autoridades deben dirigir e impulsar de oficio

el procedimiento y ordenar la realización o

práctica de los actos que resulten

convenientes para el esclarecimiento y

resolución de las cuestiones necesarias.

Page 25: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.4. Principio de razonabilidad.- Las decisiones de la

autoridad administrativa, cuando creen obligaciones,

califiquen infracciones, impongan sanciones, o establezcan

restricciones a los administrados, deben adaptarse dentro de

los límites de la facultad atribuida y manteniendo la debida

proporción entre los medios a emplear y los fines públicos

que deba tutelar, a fin de que respondan a lo estrictamente

necesario para la satisfacción de su cometido.

Page 26: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.5. Principio de imparcialidad.- Las autoridades

administrativas actúan sin ninguna clase de discriminación

entre los administrados, otorgándoles tratamiento y tutela

igualitarios frente al procedimiento, resolviendo conforme al

ordenamiento jurídico y con atención al interés general.

Page 27: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.6. Principio de informalismo.- Las normas de

procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a

la admisión y decisión final de las pretensiones de los

administrados, de modo que sus derechos e intereses no

sean afectados por la exigencia de aspectos formales que

puedan ser subsanados dentro del procedimiento, siempre

que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interés

público.

Page 28: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.7. Principio de presunción de veracidad.- En la

tramitación del procedimiento administrativo, se

presume que los documentos y declaraciones

formulados por los administrados en la forma prescrita

por esta Ley, responden a la verdad de los hechos

que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en

contrario.

Page 29: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.8 Principio de conducta procedimental.- La autoridad

administrativa, los administrados, sus representantes o

abogados y, en general, todos los partícipes del

procedimiento, realizan sus respectivos actos

procedimentales guiados por el respeto mutuo, la

colaboración y la buena fe. Ninguna regulación del

procedimiento administrativo puede interpretarse de modo

tal que ampare alguna conducta contra la buena fe procesal.

Page 30: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.9. Principio de celeridad.- Quienes participan en el

procedimiento deben ajustar su actuación de tal modo que

se dote al trámite de la máxima dinámica posible, evitando

actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento

o constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una

decisión en tiempo razonable, sin que ello releve a las

autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el

ordenamiento.

Page 31: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.10. Principio de eficacia.- Los sujetos del procedimiento

administrativo deben hacer prevalecer el cumplimiento de la

finalidad del acto procedimental, sobre aquellos formalismos cuya

realización no incida en su validez, no determinen aspectos

importantes en la decisión final, no disminuyan las garantías del

procedimiento, ni causen indefensión a los administrados.

En todos los supuestos de aplicación de este principio, la finalidad

del acto que se privilegie sobre las formalidades no esenciales

deberá ajustarse al marco normativo aplicable y su validez será una

garantía de la finalidad pública que se busca satisfacer con la

aplicación de este principio.

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1.11. Principio de verdad material.- En el procedimiento, la

autoridad administrativa competente deberá verificar plenamente los

hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá

adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la

ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los administrados o

hayan acordado eximirse de ellas.

En el caso de procedimientos trilaterales la autoridad administrativa

estará facultada a verificar por todos los medios disponibles la

verdad de los hechos que le son propuestos por las partes, sin que

ello signifique una sustitución del deber probatorio que corresponde

a éstas. Sin embargo, la autoridad administrativa estará obligada a

ejercer dicha facultad cuando su pronunciamiento pudiera

involucrar también al interés público.

Page 33: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.12. Principio de participación.- Las entidades deben brindar las

condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la

información que administren, sin expresión de causa, salvo aquellas

que afectan la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad

nacional o las que expresamente sean excluidas por ley; y

extender las posibilidades de participación de los administrados y

de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les

puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusión,

el servicio de acceso a la información y la presentación de opinión.

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1.13. Principio de simplicidad.- Los trámites

establecidos por la autoridad administrativa

deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda

complejidad innecesaria; es decir, los requisitos

exigidos deberán ser racionales y

proporcionales a los fines que se persigue

cumplir.

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1.14. Principio de uniformidad.- La autoridad

administrativa deberá establecer requisitos

similares para trámites similares,

garantizando que las excepciones a los

principios generales no serán convertidos en la

regla general. Toda diferenciación deberá

basarse en criterios objetivos debidamente

sustentados.

Page 36: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.15. Principio de predictibilidad.- La

autoridad administrativa deberá brindar a los

administrados o sus representantes

información veraz, completa y confiable sobre

cada trámite, de modo tal que a su inicio, el

administrado pueda tener una conciencia

bastante certera de cuál será el resultado final

que se obtendrá.

Page 37: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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1.16. Principio de privilegio de controles posteriores.- La

tramitación de los procedimientos administrativos se

sustentará en la aplicación de la fiscalización posterior;

reservándose la autoridad administrativa, el derecho de

comprobar la veracidad de la información presentada, el

cumplimiento de la normatividad sustantiva y aplicar las

sanciones pertinentes en caso que la información

presentada no sea veraz.

Page 38: Principios Que Rigen Las Contrataciones 1 y 2

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2. Los principios señalados servirán también de criterio

interpretativo para resolver las cuestiones que puedan

suscitarse en la aplicación de las reglas de procedimiento,

como parámetros para la generación de otras

disposiciones administrativas de carácter general, y para

suplir los vacíos en el ordenamiento administrativo.

La relación de principios anteriormente enunciados no tiene

carácter taxativo.