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INFORME DE GESTIÓN Dirección de Consulta Previa Primer Cuatrimestre AÑO 2012 Decreto 1320 de fecha 13 de julio de 1998, “Artículo 1. Objeto. La Consulta Previa tiene por objeto analizar el impacto económico, am- biental, social y cultural que puede ocasionarse a una comunidad indígena o negra por la explo- tación de recursos naturales dentro de su terri- torio (…)” Artículo 3o. Identificación de comunidades indígenas y negras. Cuando el proyecto, obra o actividad se pretenda realizar en zonas no titula- das y habitadas en forma regular y permanente por comunidades indígenas o negras suscepti- bles de ser afectadas con el proyecto, le corres- ponde al Ministerio del Interior certificar la presencia de dichas comunidades, el pueblo al que pertenecen, su representación y ubica- ción geográfica. (Negrillas fuera de texto.) El Instituto Colombiano para la Reforma Agraria - Incora, certificará sobre la existencia de territorio legalmente constituido. Las anteriores entidades, expedirán dicha certificación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud que para el efecto haga el interesado en el proyecto obra o actividad, la cual contendrá: a) Identificación del interesado; b) Fecha de la solicitud; c) Breve descripción del proyecto, obra o actividad; d) Identificación del área de influencia directa del proyecto, obra o actividad, acompañada de un mapa que precise su localización con coordenadas geográficas o con sistemas Gauss. Desarrollo de la Consulta Previa-Directiva Presidencial 01 de 2010 El Presidente de la República en uso de sus facultades constitucio- nales, legales y como suprema autoridad administrativa emitió la Directiva Presidencial No 001 de fecha 26 de marzo de 2010 con el fin de promover y proteger el derecho fundamental a la Consulta Previa de los grupos étnicos nacionales y organiza la metodología del proceso de Consulta Previa unificando procedimientos y estable- ciendo con precisión las acciones que requieren de Consulta y las que no. Rafael Antonio Torres Martín Dirección de Dirección de Consulta Previa Consulta Previa (DCP) (DCP) Dr. Rafael Antonio Torres Martín 2427400 ext 2681 MINISTERIO DEL INTERIOR Bogotá D.C, Viernes 04 de Mayo de 2012 ¡Gracias por su atención!

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Page 1: Primer Cuatrimestre AÑO 2012 - MinInterior · AÑO 2012 Decreto 1320 de fecha 13 de julio de 1998, “Artículo 1. Objeto. La Consulta Previa tiene por objeto analizar el impacto

INFORME DE GESTIÓN

Dirección de Consulta Previa

Primer Cuatrimestre

AÑO 2012

Decreto 1320 de fecha 13 de julio de 1998,

“Artículo 1. Objeto. La Consulta Previa tiene por objeto analizar el impacto económico, am-biental, social y cultural que puede ocasionarse a una comunidad indígena o negra por la explo-tación de recursos naturales dentro de su terri-torio (…)”

Artículo 3o. Identificación de comunidades indígenas y negras. Cuando el proyecto, obra o actividad se pretenda realizar en zonas no titula-das y habitadas en forma regular y permanente por comunidades indígenas o negras suscepti-bles de ser afectadas con el proyecto, le corres-ponde al Ministerio del Interior certificar la presencia de dichas comunidades, el pueblo al que pertenecen, su representación y ubica-ción geográfica. (Negrillas fuera de texto.) El Instituto Colombiano para la Reforma Agraria - Incora, certificará sobre la existencia de territorio legalmente constituido.

Las anteriores entidades, expedirán dicha certificación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud que para el efecto haga el interesado en el proyecto obra o actividad, la cual contendrá:

a) Identificación del interesado;

b) Fecha de la solicitud;

c) Breve descripción del proyecto, obra o actividad;

d) Identificación del área de influencia directa del proyecto, obra o actividad, acompañada de un mapa que precise su localización con coordenadas geográficas o con sistemas Gauss.

Desarrollo de la Consulta Previa-Directiva Presidencial 01 de 2010

El Presidente de la República en uso de sus facultades constitucio-nales, legales y como suprema autoridad administrativa emitió la Directiva Presidencial No 001 de fecha 26 de marzo de 2010 con el fin de promover y proteger el derecho fundamental a la Consulta Previa de los grupos étnicos nacionales y organiza la metodología del proceso de Consulta Previa unificando procedimientos y estable-ciendo con precisión las acciones que requieren de Consulta y las que no.

Rafael Antonio Torres Martín

Dirección de Dirección de Consulta PreviaConsulta Previa

(DCP)(DCP)

Dr. Rafael Antonio Torres Martín

2427400 ext 2681

MINISTERIO

DEL INTERIOR

Bogotá D.C, Viernes 04 de Mayo de 2012

¡Gracias por su atención!

Page 2: Primer Cuatrimestre AÑO 2012 - MinInterior · AÑO 2012 Decreto 1320 de fecha 13 de julio de 1998, “Artículo 1. Objeto. La Consulta Previa tiene por objeto analizar el impacto

Decreto No 2893 del 11 de agosto de 2011

“Por el cual se modifican los objetivos, la estructura orgánica

y funciones del Ministerio del Interior y se integra el sector administrativo del Interior ”, creó la Dirección de Consulta

Previa y le asignó funciones específicas para dirigir en coor-dinación con las entidades y dependencias correspondientes los procesos de Consulta Previa que se requieran de confor-midad con la Ley, razón por la cual el Ministerio del Interior a

través de esta Dirección y con el propósito de respetar el debido proceso en el marco de la Consulta Previa, debe certificar la presencia o no de grupos étnicos en territorio donde se pretenda desarrollar cualquier proyecto, obra o

actividad, conforme lo establece el Decreto 1320 de 1998.

1. PROCESO DE CERTIFICACIÓN

Primer Cuatrimestre, AÑO 2012

2. PROCESO DE CONSULTA PREVIA

Proyectos de Alta Complejidad:

DOBLE CALZADA LOBO GUERRERO - BUGA -BUENAVENTURA (Valle del Cauca), Empresa INVIAS

MACROPROYECTO DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL

(Valle del Cauca), Empresa PATRIMONIO AUTÓNOMO

PERFORACION EXPLORATORIA BLOQUE TIBURON

(Guajira), Empresa OMIMEX

SISMICA SILVESTRE 2D (Guajira), Empresa ECOPETROL

POZO COATI

(Putumayo), Empresa C & C ENERGY

PROYECTO INTEGRADO DE MPX (Magdalena, Guajira y Cesar), Empresa MPX

DOBLE CALZADA CARTAGENA – BARRANQUILLA

(Bolívar), Empresa Consorcio Vía al Mar

RUTA DEL SOL SECTOR 3 (Cesar), Empresa YUMA CONCESIONARIA

CERREJON P-500

(Guajira), Empresa CERREJON

AMPLIACION PARQUE NACIONAL CHIRIBIQUETE (Amazonas), PARQUES NACIONALES NATURALES DE COLOMBIA