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Resumen Ejecutivo

EIA Parque Fotovoltaico Santiago Solar

Región Metropolitana

Mayo, 2015

Gestión Ambiental Consultores S.A

Padre Mariano 103 Of. 307

7500499, Providencia, Chile

Fono: +56 2 2719 5600

Fax: +56 2 2235 1100

www.gac.cl

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Resumen Ejecutivo

EIA Parque Fotovoltaico Santiago Solar

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RESUMEN EJECUTIVO

1. Descripción del Proyecto

El Proyecto se denomina “Parque Fotovoltaico Santiago Solar” (en adelante, Proyecto), cuyo

titular es la empresa Santiago Solar S.A. El representante legal del titular son los señores César

Norton y Juan Gana, cuyo domicilio es Apoquindo 3472, Oficina 1401, Las Condes, Santiago;

Región Metropolitana.

El Proyecto consiste en la construcción y operación de una planta solar fotovoltaica, con una

capacidad total instalada hasta 120 MWp. La central aprovechará el recurso disponible con la

instalación de unos 372.240 módulos fotovoltaicos para la captación de la energía solar. El

Proyecto inyectará la energía producida en la línea Las Vegas – Cerro Navia de 110 kV,

perteneciente al Sistema Interconectado Central (SIC), lo que permitirá abastecer la demanda

energética producto del crecimiento del país. De acuerdo a lo establecido en el Art. 3 del D.S.

40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente la tipología de ingreso recae en: b) Líneas de

transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones; y c) Centrales generadoras de energía

mayores a 3 MW.

El Proyecto se emplaza en los terrenos pertenecientes a Agrícola Bauzá, cuyo predio incluye

los terrenos localizados a ambos lados de la Ruta 5 Norte. Su ubicación se encuentra a

aproximadamente 6 km al este de Til Til, en la Comuna de Til Til, Provincia de Chacabuco,

Región Metropolitana, ocupando una superficie de 201,6 ha para la ubicación de los paneles

fotovoltaicos, centros de transformación, subestación eléctrica, caminos internos y de acceso.

La localización del Proyecto se justifica debido a que el área cuenta con un suficientemente alto

recurso solar. Asimismo, como condición técnica, se requiere la existencia cercana de líneas de

transmisión eléctrica, con capacidad disponible para inyectar la energía generada por el

Proyecto. Finalmente, se requiere que el terreno sea relativamente plano.

Durante la fase de construcción (12 meses) se habilitarán el acceso al Proyecto y los caminos

internos; se habilitarán una faena de construcción e instalaciones de control; se instalarán los

módulos fotovoltaicos y el sistema de cableado; y, finalmente, se montarán las edificaciones y la

subestación con su conexión al SIC.

Durante la fase de operación (25 años) se procederá a generar energía partir de cada módulo

fotovoltaico. El proceso será monitoreado permanentemente y de manera periódica se realizará

lavado de paneles.

La fase de cierre considera el desmantelamiento de instalaciones.

Las principales emisiones que generará el Proyecto ocurrirán en la fase de construcción y

corresponderán a material particulado, gases de combustión y ruido. También se generarán

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residuos tales como residuos líquidos domésticos, residuos sólidos asimilables a domésticos,

residuos sólidos industriales no peligrosos, residuos sólidos orgánicos (lodos provenientes de la

PTAS), y residuos peligrosos, en menor medida.

2. Determinación y justificación del área de influencia

Se determinó el área de influencia en base a esquemas de modelos conceptuales simples de

causa-efecto.

Su definición se realiza para cada elemento del medio ambiente afectado, tomando en

consideración los impactos ambientales potencialmente significativos, así como el espacio

geográfico de emplazamiento de las acciones, partes y obras del Proyecto.

En virtud de lo anterior, se definió un área de influencia para los siguientes componentes

ambientales: Calidad del aire, Ruido y vibraciones, Campos electromagnéticos, Geomorfología,

Hidrología, Edafología, Flora y vegetación, Hongos, Fauna, Arqueología, Recurso visual, Áreas

protegidas y Sitios prioritarios, Turismo, Uso del territorio, Dimensión geográfica, Dimensión

demográfica, Dimensión antropológica, Dimensión socioeconómica, Dimensión bienestar social

básico, y Proyectos con RCA.

3. Línea Base

El Estudio de Impacto Ambiental presenta una caracterización de la línea de base de cada

componente para el cual se definió un área de influencia. Los componentes más relevantes son

los siguientes:

Edafología

El Proyecto se emplaza, según CIREN (2010), sobre suelos correspondientes a las series

Quilapilún, Rungue y La Parva; todas cuales presentan características de Mollisol. Según

CIREN (2010), son suelos profundos, con un horizonte superficial negro, rico en materia

orgánica, que se han formado en condiciones de estepa o de pradera. Son suelos fértiles que,

con adecuado manejo, pueden producir rendimientos elevados.

Respecto a la erosión, el 63% de la superficie de la comuna de Til Til presenta algún grado de

erosión, mientras que solo un 28,54% de la comuna se encuentra libre de erosión. Para la

totalidad del área del Proyecto, el Riesgo de Erosión Actual es bajo, para la misma área, el

Riesgo de Erosión Potencial aumenta, donde solo un 23,61% de la superficie mantiene su

Riesgo Bajo, y un 76,38% aumenta a Riesgo Medio.

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Del total de superficie, el 83,85% (181,12 ha) corresponde a suelos de características arables,

mientras que el 10,15% (20,48 ha) corresponde a suelos no arables.

Plantas (flora y vegetación)

El área de influencia se inserta en la comuna de Til Til. Es una zona que presenta mayormente

una cubierta vegetacional dominada por el bosque espinoso ralo, acompañado por una cubierta

de herbáceas altamente degradadas por el intensivo sobrepastoreo y deforestación.

La totalidad de la superficie de la zona en estudio se encuentra dentro de una formación de

ambientes naturales, que presentan una cubierta vegetacional dominada por el bosque

espinoso, y que de acuerdo a sus características propias se categorizan en matorral y bosque.

En base a las prospecciones de terreno, se puede concluir que en el área de influencia

predominan las formaciones de bosque nativo que alcanzan una superficie de 162,1 ha, con

una estructura bastante homogénea. Así, el bosque de Espino predomina en todos los sectores,

ya sean laderas, quebradas y sectores con pendientes ligeras y abruptas.

En cuanto a la flora, se han registrado 37 taxas de flora vascular, de las cuales el 68% de la

flora es originaria del país (30% endémico y 38% nativo), lo que da cuenta del buen nivel de

conservación de la flora del área de influencia en lo que se refiere a lo autóctono con las

especies con problemas de conservación amenazadas Prosopis chilensis (algarrobo) y Porlieria

chilensis (guayacán), por lo que es posible concluir que la flora asociada al área de influencia se

presentan elementos a considerar en el ámbito de la conservación, así como un endemismo

importante. Por otra parte, el nivel de flora advena supera el promedio nacional de 12%, lo que

da cuenta de que el área de influencia no está exenta de la amenaza de la invasión de especies

advenas que alteran el ciclo natural de un ecosistema.

Fauna en categoría de conservación

La riqueza específica del área de estudio registrada en dos campañas de terreno fue 48

especies, donde la riqueza total por ambiente fue de 47 especies para bosque, 21 para

matorral. Adicionalmente se registraron 8 especies introducidas en el área de influencia,

compuestas por especies domésticas y asilvestradas.

De las especies registradas en los distintos ambientes destacan siete especies de interés, por

encontrarse en alguna categoría de conservación: tres reptiles, un ave y tres mamíferos. Dentro

de estas encontramos tres especies en categoría de amenaza: Callopistes maculatus (iguana

chilena) listada “Vulnerable”, Spalacopus cyanus (cururo) listada “En Peligro”, y Vultur gryphus

(cóndor), listadas como “Vulnerable”.

No se registraron sitios de interés dentro el área de influencia, sin embargo, el ambiente bosque

presentaría una mayor diversidad y una mayor cantidad de especies en categoría de

conservación.

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Paisaje

Las características paisajísticas del área de influencia están determinadas por la estética

mediterránea de la zona central del país dominada por una extensa área de cuencas y valles

interiores que se desarrollan entre la Cordillera de la Costa y la Cordillera de Los Andes. El

paisaje altamente determinado por la acción antrópica, exhibe extensas zonas dedicadas a la

agricultura en el fondo de valle, siendo un factor homogeneizador del paisaje rural dominante. El

factor climático tiene un papel importante en las características visuales del área ya que permite

la existencia de vegetación y plantaciones estacionales que cambian notablemente el paisaje

observado.

Áreas Protegidas y Sitios Prioritarios

La comuna de Til Til cuenta con dos áreas protegidas, el Santuario de la Naturaleza El Roble y

el Monumento Histórico Iglesia de Til Til. De estas, solo el Santuario de la Naturaleza cuenta

como área protegida para efectos SEIA en el marco del artículo 11 letra d) de la Ley N°19.300.

Este santuario, cuyo objeto de protección corresponde al bosque relicto de Robles de Santiago

(Notofagus macrocarpa), se encuentra a más de 15 km del área donde se instalará el Proyecto.

En relación a la Iglesia de Til Til, esta se encuentra a más de 4 km de dicha área.

Patrimonio Cultural: Arqueología

En el área de influencia del Proyecto y su entorno inmediato se identificaron presencia de 12

hallazgos arqueológicos de épocas prehispánicas. De ellos, 5 conforman dos sitios

arqueológicos definidos como pequeños talleres líticos. Los 7 hallazgos restantes son aislados y

corresponden a hallazgos líticos muy probablemente pertenecientes a la misma ocupación

cultural de los 2 sitios arqueológicos. Ambos sitios arqueológicos, presentan escasísimo

material cultural en superficie, lo cual da cuenta de una ocupación muy efímera en épocas

prehispánicas indeterminadas.

Turismo

La actividad turística registrada en la zona es escasa, ya que existe solo un atractivo turístico

establecido en el área, llamado Thermas Internacionales, aunque cabe señalar que este

complejo turístico no concuerda con la identidad turística de las zonas rurales de la Región

Metropolitana, la cual está asociada a actividades y/o tradiciones propias del campo chileno.

Los servicios e infraestructura turística destinados al hospedaje y alimentación de turistas, son

escasos en el área. Los poblados más cercanos (ubicados fuera del área de influencia) son

Punta Peuco, Huertos Familiares y Rungue, y no disponen de dichos servicios para satisfacer

las necesidades de los turistas. En este sentido Til Til es la localidad más completa, en donde

se puede encontrar una mayor variedad de servicios e infraestructura, encontrando tanto

servicios de alojamiento como de alimentación.

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En cuanto a la accesibilidad y conectividad, la comuna de Til Til posee potencial para el

desarrollo de actividades turísticas, ubicándose en una zona privilegiada, cerca de una gran

urbe y la principal ruta del país, la Ruta 5, sin embargo, el área del Proyecto es considerada un

espacio de paso y no posee atractivos turísticos específicos que inviten a detenerse en el

sector.

Medio Humano

La localidad de Los Aromos se ubica en la Región Metropolitana, provincia de Chacabuco, en la

comuna de Til Til, y forma parte del área rural de la comuna. Se emplaza al oriente de la capital

comunal, hacia el poniente de la Ruta 5 Norte, a la altura del kilómetro 44,5. Es considerado por

el INE como un caserío.

Los Aromos es un caserío de carácter residencial y agrícola. El sector en el que se emplaza es

de carácter rural, con parcelas y fundos de mediana y gran extensión, que se dedican

principalmente a la explotación agrícola y ganadera. En el caserío se identificaron en

septiembre de 2014 un total de 17 viviendas ocupadas, más tres viviendas en construcción.

4. Impactos significativos

Los resultados de la evaluación de impacto indican que el Proyecto generará impactos

significativos sobre los componentes edafología, plantas (flora y vegetación) y animales

silvestres (fauna). Estos impactos ocurrirán durante la fase de construcción.

En el componente Edafología’, en el factor ‘Capacidad de uso de suelo’ se predice un impacto

significativo denominado “Pérdida del suelo: CCU II-III”.

En el componente ‘Plantas’, en el factor ‘Flora singular’ se predicen un impacto significativo

denominado “Pérdida de flora singular: Porlieria chilensis” y un impacto significativo

denominado “Pérdida de flora singular: Prosopis chilensis”.

En el componente ‘Plantas’, en el factor ‘Vegetación singular’ se predice un impacto significativo

denominado “Pérdida de vegetación singular: Bosque nativo de preservación de Acacia caven”.

En el componente ‘Animales silvestres’, en el factor ‘Especies sensibles y/o en categoría de

conservación’ se predicen un impacto significativo denominado “Pérdida de ejemplares: Cururo”

y un impacto significativo denominado “Pérdida y/o modificación de hábitat: Cururo”.

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5. Efectos, características o circunstancias que dan origen a elaborar

un Estudio de Impacto Ambiental

Sobre la base del análisis realizado de los artículos 5 al 11 del Reglamento del SEIA, y en

concordancia con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 19.300, se puede concluir que el

Proyecto “Parque Fotovoltaico Santiago Solar” le corresponde ingresar al SEIA a través de un

Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto contempla la generación de efectos, características o

circunstancias señaladas en letra b) del artículo 11 de la LBGMA, el artículo 6 del RSEIA en su

literal a) y b). Lo anterior, debido a que el Proyecto intervendrá zonas con recursos protegidos, a

saber por la presencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los

recursos naturales renovables, en cuanto a la intervención de flora y fauna en categoría de

conservación y pérdida del suelo CCU II y III durante la fase de construcción.

A continuación, se presenta la siguiente tabla con los efectos, características o circunstancias

del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, en relación a su detalle conforme el D.S Nº 40/2012 del

Ministerio del Medio Ambiente; efectos significativos en virtud de los cuales el titular del

Proyecto se encuentra en la necesidad de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental mediante un EIA:

Artículo 11, Ley Nº 19.300 D.S 40/2012 MMA Impacto

Letra b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Literal a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes

Pérdida del suelo: CCU II-III

Literal b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el Artículo 37 de la Ley.

Pérdida de flora singular:

Porlieria chilensis

(guayacán)

Pérdida de flora singular:

Prosopis chilensis

(algarrobo)

Pérdida de vegetación singular: Bosque nativo de preservación de Acacia caven (espino)

Pérdida de ejemplares de Spalacopus cyanus

(cururo)

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Artículo 11, Ley Nº 19.300 D.S 40/2012 MMA Impacto

Pérdida y/o modificación de hábitat de Spalacopus cyanus (cururo)

6. Potenciales riesgos para la salud humana

Las emisiones y residuos que generarán por el proyecto durante sus fases no superarán las

normas primarias de calidad o de emisión, vigentes en Chile, por lo que el Proyecto no generará

riesgos para la salud de la población.

7. Plan de medidas de mitigación, reparación y compensación y su

seguimiento

A continuación se presentan aquellas medidas propuestas para mitigar y/o compensar los

impactos adversos significativos producto del desarrollo del Proyecto.

En el factor ‘Capacidad de uso de suelo’ se predice un impacto significativo denominado

“Pérdida del suelo: CCU II-III”. La recuperación se realizará a partir de suelos identificados con

Clase de Capacidad de uso de los suelos entre IV y VII, según Pauta del SAG. Estos suelos

suelen presentar limitantes por pedregosidad superficial o subsuperficial, pendiente,

profundidad efectiva y/o drenaje.

Si bien el impacto identificado se produce debido a movimientos de tierra o al emplazamiento de

la subestación, de los centros de transformación, de los caminos y a la instalación de los pilotes

que sujetarán los paneles; la medida de compensación tendrá en consideración el área

considerada como pérdida debido a la solicitud de cambio de uso de suelo, aplicado sobre los

suelos con capacidad de uso II-III. Por lo tanto, la magnitud de suelo (superficie) que se

entiende impactada corresponderá a 90,75 ha. En consecuencia, la magnitud de suelo

(superficie) que será compensada será de 1,5 x 90,75 = 136,13 ha.

En el factor ‘Flora singular’ se predicen dos impactos significativos denominados: “Pérdida de

flora singular: Porlieria chilensis” y “Pérdida de flora singular: Prosopis chilensis”.

En el factor ‘Vegetación singular’ se predice el impacto significativo denominado “Pérdida de

vegetación singular: Bosque nativo de preservación de Acacia caven”.

El Titular aclara que el diseño final adoptado por el parque fotovoltaico ha considerado en gran

medida la disminución de estos efectos, en especial evitar la corta de individuos de Prosopis

chilensis. Es así como antes de definir la ubicación precisa de los paneles fotovoltaicos se optó

por dejar como zona liberada en un costado al parque con mayor presencia de esta especie.

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Con la finalidad de evitar o disminuir estos efectos adversos del proyecto, se consulta un ‘Plan

de medidas de flora y vegetación’. Este plan, asociado a los impactos indicados, incluye

medidas de compensación, las cuales corresponden al ‘Plan de repoblación de especies

arbustivas’ y al ‘Plan de repoblación de especies arbóreas’; ambas descritas en detalle en el

Anexo 7.1 “Plan de medidas de flora y vegetación” y resumidas en la Ficha que se entrega en

este Capítulo 7.

En el factor ‘Especies sensibles y/o en categoría de conservación’ se predicen dos impactos

significativos denominados “Pérdida de ejemplares Cururo” y “Pérdida y/o modificación de

hábitat Cururo”.

Con la finalidad de minimizar (incluso evitar) el efecto adverso significativo, tanto de pérdida de

ejemplares como de pérdida y/o modificación de hábitat, se consulta una medida de mitigación

que corresponde a favorecer el desplazamiento progresivo de Spalacopus cyanus (cururo)

desde aquellas áreas que serán intervenidas por las obras del Proyecto, hacia sectores sin

intervención. Para ello se utilizará el método denominado “perturbación controlada”.

La actividad de perturbación controlada permitirá que los ejemplares de cururo presentes en el

área de influencia se desplacen hacia una zona que constituirá su nuevo hábitat.

El sitio hacia el cual se programará el desplazamiento consiste en una zona aledaña al

proyecto, en la que no se ejecutarán obras, y que reúne las condiciones que caracterizan el

hábitat del cururo. Para efectos de identificar el área de destino y sus características en función

al área de origen de los individuos se realizó un estudio de caracterización de áreas, obteniendo

como resultado una caracterización del área escogida, la cual se entrega en Anexo 7.2

Caracterización área de destino para cururos.

8. Plan de prevención de contingencias y emergencias

El Plan de Prevención de Riesgos, Contingencias y Emergencias, establece los parámetros

para el control adecuado de dichas eventualidades o imprevistos, respecto a las etapas de

construcción, operación, cierre y abandono. El referido Plan considera riesgos transversales de

este tipo de proyecto, definiendo responsabilidades de cada uno de los integrantes del equipo

directivo del Proyecto así como también los específicos de la etapa de Construcción.

9. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable

El presente Estudio de Impacto Ambiental, considera un Plan de cumplimiento de la legislación

ambiental, indicando la normativa de carácter general, las normas de carácter específico

asociadas directamente con la protección del medio Ambiente, la preservación de la naturaleza,

el uso y manejo de los recursos naturales.

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En concreto, el marco legal general lo constituyen principalmente la Ley Nº 19.300 y el D.S Nº

40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. En relación a la normativa de carácter especial, se

ha dividido según componente u objeto de protección, a saber: Aire; Ruido; Patrimonio Cultural;

Recursos Naturales; Residuos; Condiciones sanitarias y ambientales en lugares de trabajo;

Vialidad y Transporte; Combustible y Ordenamiento Territorial, principalmente.

De acuerdo a la normativa ambiental y aplicable al Proyecto, se han identificado los siguientes

permisos ambientales sectoriales que aplican al presente Estudio.

Identificación de los Permisos señalados en el D.S. 40/12

Autoridad que lo otorga

Artículo 126: Los requisitos para su otorgamiento consisten en garantizar que no existirán riesgos para la salud de la población y/o calidad de aire, agua y suelo.

AUTORIDAD SANITARIA

Artículo 132: Permisos para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico.

CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES

Artículo 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

AUTORIDAD SANITARIA

Artículo 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

AUTORIDAD SANITARIA

Artículo 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

AUTORIDAD SANITARIA

Artículo 146: Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso.

MINAGRI

Artículo 150. El requisito para su otorgamiento consiste en la corta de bosque nativo cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el Artículo 3 del presente Reglamento.

MINAGRI

Artículo 156: Permiso para efectuar modificaciones de cauce. DGA

Artículo 160.- Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.

MINVU

Artículo 161.- Calificación de instalaciones industriales y de bodegaje. Pronunciamiento

AUTORIDAD SANITARIA

10. Compromisos ambientales voluntarios

El Proyecto considera compromisos voluntarios que dicen relación con impactos no

significativos y que han sido complementados con un plan de seguimiento, tales como:

Programa para proteger la fauna

Protocolo de comportamiento de trabajadores

Programa de construcción respetuosa con el entorno

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Mesa de Trabajo con la Comunidad de Los Aromos

Apoyo técnico para que el Municipio instale luminarias solares en camino público Los Aromos

Plan de Capacitación Laboral

Apoyo para el mejoramiento del acceso a la localidad de Los Aromos

Concurso Local para elegir nombre Parque Fotovoltaico