presentacion tesis anaoly perez udefa - agosto 2013
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Aspectos legales del documento electrónico y la firma electrónica en VenezuelaTRANSCRIPT
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD DE FALCÓN
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS CARRERA DERECHO
LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO Y LA
FIRMA ELECTRÓNICA EN EL CONTEXTO DE LA JURISDICCIÓN CIVIL VENEZOLANA
Trabajo Especial de Grado para optar al Título de Abogado
Tutora:
Abg. Migdaly Colina
Autora: Br. Anaoly Pérez de
Hellburg
Punto Fijo, 02 de Agosto de 2013
Contenido de la Presentación
CAPÍTULO I El Problema
CAPÍTULO II Marco Teórico
CAPÍTULO III Marco
Metodológico
CAPÍTULO IV Resultados
CONLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Capitulo I: El Problema
ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO Y LA
FIRMA ELECTRÓNICA EN EL CONTEXTO DE LA JURISDICCIÓN CIVIL
VENEZOLANA
ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO Y LA FIRMA ELECTRÓNICA EN EL CONTEXTO DE LA JURISDICCIÓN CIVIL
VENEZOLANA
Calvo, B. (2008), define la palabra “Prueba, del latín
probo, probare, probatum, que significa probar, esto es,
demostrar o acreditar la verdad o certeza de un hecho.
A su vez el verbo probare, deriva del abjetivo probus,
que traduce bueno, recto y honrado. Entonces, en su
sentido etimológico, probar es hacer buena afirmación o
negación que se formula en un juicio”.
Planteamiento del Problema
Formulación del Problema
¿Cuál es la naturaleza jurídica del
documento electrónico en Venezuela?
¿Cuáles son los elementos que deben contener el
documento electrónico desde el contexto de la
jurisdicción civil venezolana, para determinar su
eficacia probatoria?
¿Cuáles son las diferencias entre una firma
electrónica y una firma escaneada?
ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO Y LA FIRMA ELECTRÓNICA EN EL CONTEXTO DE LA JURISDICCIÓN CIVIL
VENEZOLANA
Objetivos O
bje
tiv
o
Gen
eral
Ob
jeti
vo
Esp
ecíf
ico
s
Ob
jeti
vo
s E
spec
ífic
os
Ob
jeti
vo
s E
spec
ífic
os
Describir la
naturaleza
jurídica que la
ley le otorga a
los
documentos
electrónicos en
Venezuela.
Identificar los
elementos que
deben contener
el documento
electrónico
desde el
contexto de la
jurisdicción civil
venezolana,
para determinar
su eficacia
probatoria.
Explicar
las
diferencias
que
existen
entre una
firma
electrónica
y una
firma
escaneada
Analizar la
Eficacia
Probatoria del
documento y
firma
electrónica en
el contexto de
la Jurisdicción
Civil
Venezolana
Justificación
ÁMBITO ESPACIAL.
ÁMBITO SOCIAL.
ÁMBITO TEMPORAL.
ÁMBITO METODOLÓGICO.
ÁMBITO POBLACIONAL.
Capítulo II
MARCO TEÓRICO
ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO Y LA FIRMA ELECTRÓNICA EN EL CONTEXTO DE LA JURISDICCIÓN CIVIL
VENEZOLANA
Antecedentes
Inte
rnac
ion
al
Olmos
M.(2009), de la
Ciudad de
México DF,
presenta su
investigación
titulada "Valor
Probatorio de los
Documentos
Electrónicos" N
acio
nal
Peñaranda
H.(2006),
"Aplicación de los
Actos de
Conciliación v
Mediación
luscibernéticos en
los Procesos
Desarrollados en los
Tribunales de
Protección del Niño
y del Adolescente“.
Nac
ion
al
González G.
(2002), en su
trabajo titulado
"Hacia el
Procedimiento
Administrativo
Electrónico
Venezolano en el
contexto de la
Administración
Pública Electrónica"
SUSCERTE
La Superintendencia de Servicios
de Certificación Electrónica
Bases Teóricas:
CENIF
Bases Teóricas Centro Nacional de Informática Forense:
Está encargado de realizar la colección,
preservación, análisis y presentación de evidencias
digitales relacionadas con la tecnología de la
información que apoyará las investigaciones
judiciales en esta materia.
Informática
Forense
Ruiz, W (2010). “Es la disciplina científica de la Criminalística
que se aplica a la investigación de hechos o delitos
informáticos, analizando las evidencias digitales que se
encuentran en computadoras, dispositivos digitales, red o en
internet, con la finalidad de obtener información disponible
que puede servir de ayuda en la resolución de casos legales”.
(pag 75).
”.
AL CAMBIAR LOS NUMEROS POR LETRAS TENEMOS
8N875S7S - T35B2T8350
ANALISIS-TRIBUTARIO
CRIPTOGRAFÍA
Proviene del griego (cripto: oculto) y es
definido por el Diccionario de la Real
Academia como “el arte de escribir con
clave secreta o de un modo enigmático”.
M U R C I É L A G O
1 2 3 4 5 6 7 8 9 0
DOCUMENTO
Bases Teóricas
Según Salcedo, C (2007), es la extracción de un
pensamiento que luego perdura sensiblemente,
sobre todo tangible, visible o audible. (pag. 29).
Es el resultado de una actividad humana; en sentido
estricto dice Devis (1981),”…es un documento toda
cosa que sea producto de un acto humano,
perceptible con los sentidos de la vista y el tacto, que
sirve de prueba histórica indirecta y representativa de
un hecho cualquiera.(pag. 487).
Bases Teóricas: Documento Electrónico
Es considerado por la Ley Especial Contra Delitos
Informáticos, en su artículo 2, como “El registro incorporado
en un sistema en forma escrito, video, audio o cualquier otro
medio, que contiene data o información acerca de un hecho
o acto capaces de causar efectos jurídicos”. (LECDI Art 2).
Peñaranda, H. (1998), como “…aquel instrumento que
contiene un escrito-mensaje, destinado a durar en el tiempo,
en lenguaje convencional (bits), sobre soporte, que podría ser
cinta o disco. En otras palabras, es aquel documento que
provenga de cualquier medio de informática o que también
sea formado o realizado por ésta” (pag. 18).
No es otra cosa que un mensaje de datos. Definido en el Art. 2 de Ley
de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas de Venezuela (LSMDFE)
como "toda información inteligible en formato electrónico o similar
que pueda ser almacenada o intercambiada por cualquier medio"
Bases Teóricas:
Eficacia Probatoria
Firma Electrónica
Prueba
Prueba Electrónica
Bases Legales:
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. Gaceta Oficial Nº 5.453
Código Civil De Venezuela Gaceta Oficial Nº 2.990
Extraordinario del 26 de julio del 1.982
Código de Procedimiento Civil (CPC). Gaceta Oficial
N° 4.209 Extraordinaria de fecha 18 de septiembre de
1990.
Decreto con Fuerza de Ley Nº 37.148 del 28 de
Febrero de 2.001. Ley Sobre Mensajes de
Datos y Firmas
Términos Básicos
Usuario
Signatario
Autoridad de Certificación
Certificado Electrónico
Mensaje de Datos
Conceptualización
de las Variables
ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO Y LA FIRMA ELECTRÓNICA EN EL CONTEXTO DE LA JURISDICCIÓN CIVIL
VENEZOLANA
VARIABLES DEFINICIÓN CONCEPTUAL DIMENSIÓN INDICADORES
EFICACIA
PROBATORIA
El artículo 4 del Decreto con Fuerza de Ley Sobre
Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas el año
2001, estable la eficacia probatoria de la siguiente
manera: “Los Mensajes de Datos tendrán la misma
eficacia probatoria que la ley otorga a los
documentos escritos, sin perjuicio de lo establecido
en la primera parte del artículo 6 de este Decreto-
Ley. Su promoción, control, contradicción y
evacuación como medio de prueba, se realizará
conforme a lo previsto para las pruebas libres en el
Código de Procedimiento Civil.
Validez
Prueba
Valoración
Documento Escrito
Documento Electrónico
Firma Manuscrita
Voluntad de la Partes
Subsistencia y firmeza de algún acto
virtud de las cosas para producir sus efectos
pertinencia y eficacia en relación con los
hechos alegados
DOCUMENTO
ELECTRONICO
“El documento electrónico es aquel instrumento
que contiene un escrito-mensaje, destinado a durar
en el tiempo, en lenguaje convencional (bits), sobre
soporte, que podría ser cinta o disco. En otras
palabras, es aquel documento que provenga de
cualquier medio de informática o que también sea
formado o realizado por ésta” (Peñaranda 1998).
Informática
Forense
Mensaje de datos
Computador
Acreditación
Emisor
Internet
Signatario
Soporte físico
Soporte Digital
FIRMA
ELECTRONICA
“Información creada o utilizada por el Signatario,
asociada al Mensaje de Datos, que permite
atribuirle su autoría bajo el contexto en el cual ha
sido empleado (LSMDFE, Art 2)”.
Autoría
Certificación Electrónica
Seguridad
Clave Pública
Clave Privada
Criptográfica
Signatario
Información
Autoría del mensaje de dato
Fuente: Pérez (2013)
Capitulo III
ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO Y LA
FIRMA ELECTRÓNICA EN EL CONTEXTO DE LA JURISDICCIÓN CIVIL
VENEZOLANA
Marco
Metodológico
Tipo y Diseño de Investigación
Diseño de
Investigación
Jurídico
Documental.
Nava H. (2008)
Tipo de
Investigación
Analítica
Hurtado J. (2007)
Capitulo III: Marco Metodológico
POBLACIÓN MUESTRA
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (1999)
Articulo 26, 28, 49, 60, 110 y
257
Código Civil De Venezuela
Gaceta Oficial Nº 2.990 Extraordinario del 26 de
julio del 1.982
Artículos del 1.355 al 1.372
Código de Procedimiento Civil (CPC)
Gaceta Oficial N° 4.209 Extraordinaria de fecha 18
de septiembre de 1990
Artículos 395 al 399, 429,
434, 436, 451, 455, 452, 453,
506, 507,508 y 509
Decreto con Fuerza de Ley Nº 37.148 del 28 de
Febrero de 2.001
Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas
Artículos 1,3,4,5,6,16,17,18, 38
y 43.
Población y Muestra
Arias F,
(2006)
Navas H,
(2008)
Capitulo III: Marco Metodológico
TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE
RECOLECCIÓN DE DATOS
Revisión
Bibliográfica
Sánchez (2007)
Observación
Arias F, (2006)
Capitulo III: Marco Metodológico
Capitulo III: Marco Metodológico Fases Metodológicas
Fase I : Elaboración de un arqueo bibliográfico de las fuentes legales en materia civil, documentales y doctrinarias que permitieron la descripción de la naturaleza jurídica que la ley le otorga a los documentos electrónicos en Venezuela. Fase II: Selección de los artículos contenidos en los instrumentos jurídicos existentes en la legislación civil venezolana que versan sobre la eficacia probatoria de los documentos públicos y privados, como también de los documentos electrónicos. Fase III: Registro de la información derivada de la aplicación del arqueo bibliográfico de las normas jurídicas que están implícitas en la ley, para establecer las diferencias entre la firma electrónica y la firma escaneada. Fase IV: Realización del fichaje para darle unidad y valor a la información jurídica y doctrinaria recolectada en relación al documento electrónico y la firma electrónica en el contexto de materia civil venezolana, para así establecer los resultados y conclusiones de la presente investigación.
Capitulo IV
ANÁLISIS DE LA EFICACIA PROBATORIA DEL DOCUMENTO Y LA
FIRMA ELECTRÓNICA EN EL CONTEXTO DE LA JURISDICCIÓN CIVIL
VENEZOLANA
Resultados y
Discusión
Capitulo IV: Resultados Describir La Naturaleza Jurídica que la Ley le Otorga
a Los Documentos Electrónicos en Venezuela
La legislación venezolana a partir de la publicación en Gaceta
Oficial del Decreto con Fuerza de Ley Nº 37.148 del 28 de
Febrero del 2001, “Ley de Mensajes de Datos y Firmas
Electrónicas” (LSMDFE), sele otorga al documento electrónico
eficacia probatoria desde la esta ley equipara la misma eficacia
probatoria que la ley le otorga a los documentos escritos
La promoción, control, contradicción y
evacuación como medio de prueba, se
realizará conforme a los previsto para las
pruebas libres establecidas en el artículo
395 del Código de Procedimiento Civil
Capitulo IV: Resultados Elementos Que Deben Contener El Documento Electrónico
Desde El Contexto De La Jurisdicción Civil Venezolana, Para
Determinar Su Eficacia Probatoria.
La eficacia probatoria de los documentos en general, se
fundamenta en la inclusión como medio de prueba en un
procedimiento civil, aunque estas disposiciones pueden
entenderse como una regulación básica o común para todos los
procedimientos judiciales. Entre los elementos fundamentales y
obligatorio están:
La autenticidad
Impugnación de la autenticidad
El cotejo o comprobación documental
Diferencias Que Existen Entre Una Firma
Electrónica Y Una Firma Escaneada
Capitulo IV: Resultados
La Firma es lo que le permite
atribuirle la autoría o voluntad
de aceptar lo que está contenido
en un documento.
La Firma Escaneada o
Digitalizada, es que resulta de
estampar de manera ológrafa la
firma sobre un soporte
electrónico, el cual transfiere
dicha una imagen en formato
digital a una computadora o
cualquier dispositivo de
almacenamiento, para
posteriormente ser utilizada.
Para dar una visión mas amplia
de esta definición, presento a
continuación un escáner
portátil, utilizado para registrar
firmas digitales o lo que lo
mismos escaneadas.
Escaneada Electrónica
Figura Nº 04
Figura Nº 02
Figura Nº 01
Figura Nº 03
La Firma Escaneada o Digitalizada
Capitulo IV: Resultados
La Firma Electrónica
Capitulo IV: Resultados
Figura Nº 05: TOKEN CRIPTOGRAFICO
Es aquella que resulta en aplicar cierto
algoritmos matemáticos, a su
contenido inserto en un documento
electrónico, en lo que se hace
necesario aplicar una clave pública y
una privada, entonces la firma
electrónica podrá formar parte
integrante del Mensaje de Datos, o
estar inequívocamente asociada a éste;
enviarse o no en un mismo acto.
La Firma Electrónica
Capitulo IV: Resultados
Escaneada Electrónica
1. El documento electrónico constituye una nueva forma surgida de las evolución de nuevas políticas implementadas por el Estado Venezolano en materia de tecnológica y de telecomunicaciones.
2. Se equiparó el documento electrónico al documento escrito, estableciendo su promoción, control, contradicción y evacuación como medio de prueba, conforme a los previsto para las pruebas libres establecidas en el artículo 395 del Código de Procedimiento.
3. En lo que respecta a la naturaleza jurídica del documento electrónico, se clasificó en función de la persona de quien emana, en documentos públicos y documentos privados, a los cuales el Código Civil Venezolano le atribuye el carácter de instrumento, los cuales pueden ser valorados por el Juez como medio y objeto prueba.
Conclusiones
Conclusiones
4.- Por su fuerza probatoria el documento electrónico se clasifica en autentico y
fehaciente, el primero es aquel que prueba por si mismo y el segundo permite
presumir la existencia de un hecho.
5.- Por su valor probatorio, los documentos electrónicos se clasifican auténticos o
públicos, por la gran importancia que tienen en las relaciones jurídicas, son los
que por si mismo, hacen prueba o dan fe de su contenido.
6.- Se puede evidenciar que la firma electrónica goza de seguridad jurídica.
7.- La firma electrónica es inalterable y la firma escaneada puede ser fácilmente
manipulada por diseñadores gráficos, con el uso de programas (software)
especiados en la edición de imagines utilizados muy comúnmente en las
actividades publicitarias.
En conclusión de lo esbozado, se infiere que el
DOCUMENTO ELECTRÓNICO goza de eficacia
probatoria, cuando está firmado
electrónicamente, ya que esto permite atribuirle
la autoría o voluntad de aceptar lo que está
contenido en él, convirtiéndose en un
instrumento de prueba plena, en diferencia a
otros que pasan a ser un simple indicio o un
principio de prueba, ya que eficacia probatoria
dependerá de la naturaleza del documento.
Conclusiones
A la Superintendencia de Certificación Electrónica (SUSCERTE), a crear campañas de información sobre los
beneficios del uso de las firmas electrónicas, implementando campañas de cooperación, con las universidades,
empresas, asociaciones y fundaciones para difundir esta novedosa herramienta tecnológica, ya que brinda una
gran seguridad jurídica.
A nuestra casa de estudio (Universidad de Falcón), para que se realicen seminario, foros y charlas, sobre los
beneficios del uso de las firmas electrónicas, para que en un futuro no muy lejano incluirla como requisito
obligatorio de los trabajos de proyectos y trabajos de grados la firma electrónica, ya que esta le otorga la
autoría e inalterabilidad de los contenidos, lo que ayudaría a combatir el plagio de estos trabajos.
Al Tribunal Supremo de Justicia, para que promocione los procesos judiciales mediante el uso de
videoconferencia, como lo ha logrado el Dr. Hector Peñaranda, quien ha tenido mucho éxito, con la
homologación de las decisiones mediante el uso de su firma electrónica.
A los Registradores y Notarios para unan esfuerzos y logren el otorgamiento de los documentos
electrónicamente.
A la Confederación de Colegios de Abogados de Venezuela, para que implemente políticas de actualización
en materia de Derecho Informático, con el uso de Visado del Documento con la Firma Electrónica, lo que
sería una gran innovación ya que brindaría a la sociedad, seguridad jurídica a la hora de contratar de los
servicios de un abogado, y no caer en manos de usurpadores de esta hermosa profesión.
A los Abogados, para que adquieran su firma electrónica y hagan uso de ella, para que protejan de una
manera eficaz y económica el derecho de autor de los documentos redactados por ellos.
A las Instituciones del Estado, en especial a su apoderados judiciales, para que elaboren documentos
electrónicos visados con firmas electrónicas, lo que facilita los tramites administrativos y beneficia a la
colectividad.
Y a los Estudiantes en general que continúen profundizando en el estudio de los documentos y
firmas electrónicas, ya que estos temas son muy novedosos y poco conocidos por la comunidad
estudiantil del derecho
Recomendaciones
Para el logro del triunfo
siempre ha sido indispensable
pasar por la senda de los
sacrificios.
Simón Bolívar
Gracias por su amable atención
Autora: Anaoly Pérez de Hellburg
Punto Fijo, 02 de Agosto de 2013