presentacion matrimonios gay
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Se adopto una postura neutral. En la constitución y en la
legislación civil se encuentran los fundamentos para que
este supuesto se vuelva una realidad. De acuerdo con las
modificaciones que han venido surgiendo dentro del códigocivil del DF. Empezaremos con el análisis del articulo primero.
En los estados unidos mexicanos todas las personas gozaran
de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y
en los tratados internacionales de los que el estado mexicano
sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo
ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los
casos y bajo las condiciones de esta constitución.
Este es el punto de partida de la controversia, dado que las
parejas homosexuales consideran que según su
interpretación de la constitución están facultados y están
en uso de sus derechos.
Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre,responsable e informada sobre el número y el espaciamiento desus hijos.
Observemos: Aquí no nos especifica que el decidir de los hijosdebe de ser un acto de hombre y mujer, al decir “toda persona” esinterpretado de manera ambigua y es otro punto para las parejashomosexuales.
Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de susnecesidades de alimentación, salud, educación y sanoesparcimiento para su desarrollo integral.
Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación depreservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios
El estado otorgara facilidades a los particulares para quecoadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.
Nos damos cuenta que nunca se especifica que los encargados de
satisfacer las necesidades de los niños
deba de ser hombre y mujer, así las parejas del mismo sexo podían
adoptar no en función de una familia si no como tutores.
El tema es tratado en la actualidad de manera tolerante aun
cuando la mayoría de poblanos con el asunto de las uniones
legales gay y de las libertades sexuales, en el tema de la
adopción de niños por dichas parejas hay un claro rechazo.
La mayoría de ciudadanos, no está de acuerdo en que los
niños puedan ser adoptados legalmente por parejas del
mismo sexo.
El punto de vista científico: Sustenta el supuesto de padecer “complejo
de dipo” donde el infante se enamora en una determinada edad del
padre o madre. Entonces puede haber confusión entre “quien es quien”
si la pareja es homosexual.
La iglesia opina: que el buscar que un menor abandonado pueda
contar con una familia segura, confiable y con valores, es plausible
y debe respaldarse, pero no debe aceptarse ni permitirse que el
niño o niña sean expuestos a que al ser adoptados corran el riesgo
de ser víctimas de maltrato emocional o físico por personas del
mismo sexo que pretenden adoptar.
El matrimonio es un contrato civil, por el cual un solo hombre yuna sola mujer, se unen en sociedad para perpetuar la especie yayudarse en la lucha por la existencia.
Es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad devida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayudamutua. Debe celebrarse ante el juez del registro civil y con lasformalidades que estipule el presente código.
Es el fundamento de las parejas homosexuales para poder
adoptar; en la finalidad del matrimonio no nos dice que este
se realiza con la finalidad de conformar una familia, si no da
la figura de una sociedad, falta una disposición que señale
quienes la conforman, deja a la interpretación el hecho de
que matrimonio signifique una familia.
Pueden adoptar los cónyuges o personas solteras que tenganveinticinco años cumplidos y más de diecisiete años que el menorque se pretenda adoptar a la fecha de inicio del procedimientoespecial de adopción y que satisfagan los requisitos señalados eneste ordenamiento.
Dan la probabilidad de que personas solteras tengan la
posibilidad de adoptar un menor. Tal vez podrían realizar la
adopción no declarando, su preferencia sexual para poder
alcanzar este beneficio.
CONCLUSIONES
A la conclusión que hemos llegado después de realizar estetrabajo de investigación; es que en Puebla existe la posibilidadjurídica de que parejas del mismo sexo puedan adoptar amenores.
Y si lo vemos desde el punto de vista de preferencias sexualesno hay impedimento alguno para que parejas homosexualespuedan alcanzar este beneficio que está plasmado en el CódigoCivil para el Estado libre y Soberano de Puebla.
Cualquier impedimento que se presente para este tipo deparejas, bien se podría considerar como un atropello a losderechos humanos o un directo caso de discriminación.
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