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Anexo 31 Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (SCCCyG)

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Anexo 31 Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (SCCCyG)

Certificación en materia de IVA e IEPS

Al 17 de febrero de 2015, a nivel nacional se han certificado 3,061 empresas en materia de IVA e IEPS.

Modalidad Empresas con certificación

A 1649

AA 378

AAA 1034

SUR 187

OCCIDENTE 230

CENTRO 627

PACIFICO NORTE 811

NORTE CENTRO

603

NORESTE 603

El objetivo de la certificación es realizar una depuración del padrón IMMEX a nivel nacional, identificando aquellas empresas fachadas, o bien, que no operan regularmente su programa de fomento. El padrón IMMEX a nivel nacional es de 6,736 empresas, de las cuales se han identificado alrededor de 1,200 empresas que no operan regularmente el programa de fomento, o bien, solo realizan importaciones temporales de activo fijo. Las empresas certificadas representan: • 54.00% del padrón IMMEX que operan regularmente su programa de fomento. • 45.00% del total de padrón IMMEX a nivel nacional.

Certificación en materia de IVA e IEPS

Objetivo del SCCCyG

El Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías (SCCCyG) es el mecanismo a través del cual el SAT controlará y vigilará los saldos de las importaciones temporales no retornadas sujetas al beneficio del esquema de certificación y garantías establecidos en los art. 28-A de la LIVA y el 15-A de la LIEPS y anexo 31 de las RCGMCE. Conforme a las disposiciones legales el SCCCyG:

Determinará plazos ley de retorno de las importaciones temporales en función del tipo

de mercancía (fracción), régimen aduanero, certificación AGA RCGMCE 3.8.1. y

operaciones de transferencia dentro del territorio nacional (V1).

Vigilará los tiempos de retorno de las importaciones temporales.

Actualizará y controlará los saldos de créditos y garantías en función de entradas y

salidas.

Mecanismo de operación

El SCCCyG determina los saldos de créditos y garantías en función de:

Cargos: 1. El inventario existente o inventario inicial de las operaciones que a la fecha de aplicación

del crédito fiscal o del monto garantizado, se encuentren destinadas al régimen aduanero correspondiente.

2. Las operaciones que se realicen aplicando el crédito fiscal o garantía contra el pago del IVA o IEPS al amparo de las reglas 5.2.13., 5.2.20. y 5.2.22. de las RCGMCE.

Descargos: 1. Los informes de descargo asociados a los pedimentos de retorno, cambios de régimen,

transferencias virtuales, extracciones, regularizaciones de mercancías, los apartados B y C de las CTM, en su caso, los comprobantes fiscales que amparen la enajenación de las mercancías a las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte a que se refiere la regla 3.8.8., fracción VI, así como a los avisos de donación y destrucción.

Obligaciones derivadas del anexo 31 1) Transmisión del inventario inicial El contribuyente transmitirá de forma electrónica, el inventario existente de aquellas operaciones que se encuentren bajo el régimen que tenga autorizado, al día inmediato anterior a la entrada en vigor de la certificación, o de la aceptación para operar el esquema de garantías, según corresponda, en un plazo máximo de 30 días naturales posteriores a dicha fecha.

2) Transmisión de los informes de descargo Los contribuyentes deberán transmitir mensualmente de forma electrónica los informes de descargo, dentro del mes calendario siguiente al asociado al cierre de las operaciones realizadas por cada uno de los tipos de destinos aduaneros a descargar. El contribuyente podrá optar por transmitir los informes de descargo de forma bimestral.

Transmisión del inventario inicial

Fecha límite para el envío del Inventario Inicial.

28 de febrero de 2015

Correcciones al inventario inicial

Asunto: Boletín núm. P009 México, D.F. a 29 de enero de 2015

“2015, Año del Generalísimo José María Morelos y Pavón.” Por este medio, se hace del conocimiento de las empresas que cuentan con la autorización de la certificación en materia de IVA e IEPS, así como las que operan bajo el esquema de garantías, conforme a lo establecido en los artículos 28-A de la LIVA y 15-A de la LIEPS, y que hayan transmitido el inventario inicial dentro del plazo establecido en el apartado 1 del Anexo 31 de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, que se aceptarán dos correcciones posteriores dentro de los tres meses siguientes en el que se efectué el envío de forma electrónica del inventario existente de aquellas operaciones que se encuentren bajo el régimen que tengan autorizado, durante el plazo establecido para el cumplimiento de la obligación en los términos de las reglas 5.2.16. fracción XI último párrafo y, 5.2.24. fracción II segundo párrafo, de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior vigentes (RCGMCE). Las correcciones se efectuarán al actualizarse alguno de los supuestos siguientes: 1) Cuando se rectifique alguno de los siguientes campos del pedimento: •Número de pedimento. •Fecha del pedimento. •Fracción arancelaria. •Valor comercial. 1) Cuando se haya transmitido la información incompleta o con errores en el inventario inicial.

Las correcciones al inventario inicial presentados por el contribuyente sustituirán por completo al informe previamente presentado.

Transmisión del inventario inicial Ingresar al portal de tramites el SAT. Captura en Línea.- Para capturar la información del inventario inicial en línea, diríjase al menú: Servicios >> Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías >> Transmitir informes >> Inventario inicial >> Nuevo >> Captura en línea . Transferencia de archivos.- Para transmitir la información del inventario inicial a través de un archivo de texto, diríjase al menú: Servicios >> Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías >> Transmitir informes >> Inventario inicial >> Nuevo >> Cargar archivo .

Campos del Inventario Inicial. (Anexo 31 RCGMCE)

• Número de pedimento. • Fecha del pedimento : fecha de entrada (fecha de pago) • Fracción arancelaria. • Valor comercial.

Integración de archivo .txt Tipos de reportes: 01 Inventario inicial

09 Corrección al Inventario inicial

02 Informe de descargo

03 Detalle de descargos

04 Detalle de los pedimentos asociados al descargo

05 Detalle de los folios asociados al descargo

Carga masiva .txt, del inventario inicial y su corrección.

Caso de no contar con inventario inicial

Tratándose de cargas de archivos .txt, la estructura será:

01|9999|9999999|999|2004-01-01|99999999|0|N En caso de corrección será: 09|9999|9999999|999|2004-01-01|99999999|0|N|ABC980819DEF010015020001 Se recomienda que cuando se vaya a cargar un inventario inicial en ceros, se haga en archivo .txt, toda vez que cuando se hace en línea no reconoce los números 9999.

Informe de descargo y su corrección.

Otros descargos

Dudas recurrentes para la transmisión del Inventario Inicial.

Activos fijos muy antiguos.

Los activos fijos están totalmente depreciados.

Los pedimentos tienen menos dígitos que los requeridos en el layout del sistema.

La fracción arancelaria ya no existe.

Pedimentos consolidados abiertos en 2014 y cerrados en 2015 y con retornos en 2014.

Valores de activos en viejos pesos.

Errores de formato

La extensión correcta del archivo deberá ser .txt

Erróneamente se pone .TXT

El sistema solo mostrara que se esta cargando y no dará respuesta alguna.

Se recomienda codificar el archivo en ANSI, con un editor de texto,.

se sugiere:

Notepad ++

Así mismo, al terminar la captura se deja una línea de mas.

Al hacer la captura de los datos, se dejan espacios al final de la línea.

Estructura correcta, sin espacios.

Para ver los espacios presionar las teclas

Ctrl + E

Se repiten datos del mismo pedimento en diferentes líneas del archivo, motivo por el cual el

sistema muestra el siguiente error:

El valor comercial declarado en la fracción: 84522105 del pedimento: 4003428 es mayor al valor

comercial señalado en el pedimento original.

Se capturan valores distintos en la construcción del archivo .txt No se ponen los valores decimales en el valor comercial .00, en caso de valores enteros.

O viceversa se estén poniendo ceros a la izquierda. Se dejan espacios al final.

Se este cargando una corrección al inventario inicial, y no se este plasmando el identificador 09 Al detectar el sistema un folio anterior, sabe que es una corrección, sin embargo no lo valida; ya que al inicio tiene la clave de inventario inicial (01) y no corrección (09).

Errores de Técnicos Se intenta cargar un inventario inicial, y ya existe previamente uno cargado.

Para este caso deberá de accesar a la Siguiente ruta.

Sistema de Control de Cuentas de Créditos y Garantías

>>Transmitir informes >>Correcciones>> Cargar archivo

Teléfonos de Atención:

(55) 58-02-00-00 Ext. 44064 y 44075

Correo para consultas:

[email protected]

Gracias por su atención