presentacion aud pb portezuelo copy · 2020. 9. 14. · febrero, 27 de febrero y 6 de marzo de...
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AUDIENCIA PÚBLICA
Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial
Ley N° 5961 – Decreto Reglamentario N° 2109/94
Resolución N°109/1996 y N° 21/2018 – Resolución N° 93/2020
EX-2019- 00134761-GDEMZA-SAYOT
EX-2019-00133618-GDEMZA-SAYOT
EX-2019- 00130261-GDEMZA-SAYOT
EX-2019- 00134112-GDEMZA-SAYOT
Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial
OBRAS COMPLEMENTARIAS PORTEZUELO DEL VIENTO
Secretaría de Ambiente y
Ordenamiento Territorial
Primera Etapa : presentación del estudio ambiental del proyecto, que se denomi-
na Manifestación General de Impacto Ambiental.
Segunda Etapa: Solicitud del Dictamen Técnico lo realiza preferentemente una
Universidad o Instituto de Investigación y de los Dictámenes Sectoriales se le so-
licitan a los organismos con competencia en la temática de la que se trate proyecto.
Tercera Etapa: realización de la Audiencia Pública.
Etapa Final: emisión de la Declaración de Impacto Ambiental, que se otorga a
través de una resolución que emite la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento
Territorial.
Procedimiento de Evaluación
de Impacto Ambiental
Secretaría de Ambiente y
Ordenamiento Territorial
Resolución N° 75/2019 – SAyOT R.I . de PEIA - Nueva Villa Las Loicas
Resolución N° 83/2019 - SAYOT R.I . de PEIA - Ruta N N° 145
Resolución N° 90/2019 - SAYOT R. I. de PEIA – Ruta P N° 226
Resolución N° 30/2019 - SAYOT R.I. de PEIA – LAT 210m
Normas Legales Emitidas del P.E.I.A
PROPONENTE DEL PROYECTO: MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA Designa al organismo científico técnico para elaborar el Dictamen Técnico, UTN-RM.,
establece tiempos de ejecución y costos.
Designa a los organismos sectoriales :
1.Agencia Provincial de Ordenamiento Territorial
2.Dirección de Recursos Naturales Renovables
3.Dirección de Protección Ambiental
4.Dirección Nacional de Vialidad
5.Dirección Provincial de Vialidad
6.Ente Provincial Regulador Eléctrico
7. Dirección de Patrimonio Cultural y Museos dependiente de la
Secretaría de Cultura
8.Departamento General de Irrigación
9.Dirección de Hidráulica
10.Municipalidad de Malargüe
Resolución N° 02/2020, 03/2020, 04/2020 Y 05/2020 – SA y OT:
Resoluciones de Convocatoria para la AUDIENCIA PUBLICA DEL PROYECTO.
Designa Instructores.
Fija sitios para inscripción y consulta de toda la documentación relacionada Establece
fechas para la publicación de la Audiencia en los medios de locales, oficiales y
nacionales.
Resolución N° 084/2020 – SA y OT: amplia los instructores para la Audiencia.
Normas Legales Emitidas del P.E.I.A
Secretaría de Ambiente y
Ordenamiento Territorial
Resolución N° 76/2018
Por la mencionada norma se dio Inicio al proceso de Consulta a Pueblos Originarios,
el cual continua abierto a la fecha de la presente audiencia, aquellos afectados por el
área del proyecto, la misma se realizó el día 3 de Abril, en la ciudad de Malargüe , la
que arrojó como resultado la apertura de una mesa de dialogo con los pueblo origi-
narios: Comunidad Rankil Ko, Buta Mallín y Malal Pincheira.
Procesos Específicos Informes Técnicos Complementarios
Secretaría de Ambiente y
Ordenamiento Territorial
Participación Ciudadana
Art. 41 Constitución Nacional
“Derecho a tener todos los ciudadanos un ambiente sano”
Ley Provincial N° 5961
PRESERVACIÓN , CONSERVACIÓN Y MEJORA DEL AMBIENTE
Decreto 2109/94
Reglamentario de la Ley 5961
Resolución Reglamentaria Audiencia Pública 109/1996
Resolución Reglamentaria N° 21/2018 SA y OT
Resolución N° 93/200 – Reglamento especifico para la Audiencia Pública
Audiencia Pública
Fundamental en este proceso, es un mecanismo de participación donde todos los
ciudadanos pueden expresarse, respetando las reglas de la audiencia. Las opiniones
vertidas, durante la audiencia son tenidas en cuenta para posteriormente emitir la
DIA. Secretaría de Ambiente y
Ordenamiento Territorial
Audiencia Pública
Se dividirá en 4 partes
1° parte: Explicación del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, con-
clusiones de Dictámenes solicitados en el marco del PEIA del Proyecto.
2° parte: Presentación y explicación de los proyectos de las obras complementari-
as de Portezuelo del Viento:
Traza Ruta Nacional N° 145
Traza Ruta Provincial N° 226
Traza Línea Alta Tensión
Relocalización Paraje Las Loicas
3° parte: Presentación y explicación de las Manifestaciones Generales de Impacto
Ambiental de los Proyecto.
4° parte: Participación de todos aquellos interesados que se hayan inscripto a para
hacer uso de la palabra y emitir sus opiniones y/o consultas. En el caso que hoy nos
convoca, se realizara de manera escrita, por razones establecidas en la Resolución
N° 93/2020.
Secretaría de Ambiente y
Ordenamiento Territorial
Publicación de 4 avisos de convocatoria, en las fechas 14 de Enero, 19 de
Febrero, 27 de Febrero y 6 de Marzo de 2020:
Diario Los Andes
Diario El Sol
Ser y hacer, Departamento de Malargüe
Sitio Web de la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial.
Publicación de la Síntesis se realizó en los Diarios Los Andes, El Sol y Ser y
Hacer el día 28 de Febrero de 2020.
Publicación en Boletín Oficial en las fechas 14 de Enero, 19 de Febrero, 27
de Febrero y 6 de Marzo de 2020
Publicaciones
Secretaría de Ambiente y
Ordenamiento Territorial
Secretaría de Ambiente y
Conclusiones de los dictamenes requeridos
DICTAMEN TÉCNICO Elaborado por la Universidad Tecnológica Nacional Regional Mendoza
Concluyen que los Estudios de Impacto Ambiental evaluados, cumple con los requisi-
tos establecidos en la normativa vigente. Se sugiere que se tengan en consideración las
recomendaciones y conclusiones efectuadas en el dictamen, completando y/o desa-
rrollando los puntos mencionados.
Ordenamiento Territorial
A tal efecto Serman SA como consultor ambiental, dio respuesta a las observaciones
requeridas en el dictamen, las que se encuentran en el expediente y serán valoradas al
momento de la elaboración de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto.
DICTÁMENES SECTORIALES Elaborado por los organismos establecidos por Resoluciones N° 30/2019, 75/2019, 83/2019 y 90/2019.-
De las presentaciones realizadas por los organismos invitados a emitir dictamen secto-
rial, cada informe está acompañado por recomendaciones, observaciones, aportes y
sugerencias, las que serán tenidas en cuenta en la elaboración de la Declaración de Im-
pacto Ambiental del proyecto. Así como el cumplimiento exhaustivo de parte del Minis-
terio de Planificación, e Infraestructura Pública, como proponente del proyecto, del
Plan Vigilancia y Control Ambiental y sus Medidas de Mitigación para cada uno de los
aspectos identificados en la Manifestación General de Impacto Ambiental.
Secretaría de Ambiente y
Ordenamiento Territorial
Reglamento de la Audiencia Pública
Oralidad
Todas las intervenciones se realizarán oralmente, dirigiéndose SIEMPRE las exposiciones
al instructor de la audiencia. El tiempo de exposición será de 45 minutos para cada exposi-
tor del proyecto de las « Obras Complementarias del Proyecto Portezuelo del Viento», a fin
de que se lo presente y explique a la audiencia vía streaming.
Los oradores y asistentes oportunamente inscriptos, así como el público interesado en
general podrán acceder al contenido de los actos de audiencia pública a través de la página
web de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial (http://www.ambiente.men-
doza.gov.ar/), la cual hará público el acto a través de señal de video en vivo (streaming);
Una vez finalizada la transmisión de la audiencia pública, aquellos que se hubieran inscrip-
to como oradores para dichos actos podrán remitir sus conclusiones, observaciones, co-
mentarios y demás expresiones por escrito y vía correo electrónico a la cuenta sbarros@-
mendoza.gov.ar, dentro de los 5 (cinco) días siguientes a los actos en cuestión. Para dicha
remisión deberán identificarse debidamente (nombre, apellido, documento, representac-
ión (en su caso), identificar el proyecto sobre el que emite sus observaciones o comentari-
os, y procurar una extensión no mayor a 5 páginas de forma tal de respetar la garantía de
igualdad entre los oradores;
Las presentaciones de los inscriptos como oradores serán incorporadas a los procedimien-
tos de evaluación de impactos ambientales, los que serán tenidos en cuenta conforme su
pertinencia, por la autoridad de aplicación en el dictado de la Declaración de Impacto Am-
biental.
MUCHAS
GRACIAS!