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Curso LEGISLACIÓN AMBIENTAL

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Curso

LEGISLACIÓN AMBIENTAL

Normativa Ambiental

Normativa Ambiental Vigente

Código Orgánico Ambiental

C

CONV

LEYES

ACUERDOS MINISTERIALES/ RESOLUCIONES/

DECRETOS EJECUTIVOS

Constitución 2008

Que, numeral 27 del el artículo 66, reconoce y garantiza a las personas, el derecho a viviren un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armoníacon la naturaleza;

Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sinperjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley: 6. Respetar los derechos de lanaturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modoracional, sustentable y sostenible

Art. 326. Numeral. 5.- Toda persona tendrá derecho a realizar sus labores en un ambienteadecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar.

Art. 397 Numeral 2. “La prevención de la contaminación ambiental, la recuperaciónde los espacios naturales degradados, el manejo sustentable de los recursosnaturales y los requisitos que para estos fines deberán cumplir las actividadespúblicas y privadas.”

CONVENIOS INTERNACIONALES

• Ecuador es el Estado Parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático,

aprobada por el H. Congreso Nacional, mediante Resolución Legislativa de 22 de agosto de 1994, publicada

en el Registro Oficial No. 532 de 22 de septiembre del mismo año y, ratificada según Decreto Ejecutivo No.

2148 de 27 de septiembre de 1994, publicado en el Registro Oficial No. 540 de 4 de octubre de 1994;

• Convención de Viena; Ratificado a partir del 1992, el Protocolo de Montreal, sobre la minimización de las

sustancias químicas agotadoras de la capa de Ozono;

• Convención de Basilea, sobre el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos;

• Convenio de Rótterdam sobre el uso de los productos químicos peligrosos;

• Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes;

• El 15 de enero de 1998, el Ecuador suscribió el "Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones

Unidas sobre el Cambio Climático". El Congreso Nacional, mediante Resolución Legislativa de 6 de octubre

de 1999, ratifica el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio

Climático, para implementar el “El Mecanismo de Desarrollo Limpio”;

• Entendimiento con el Fondo Prototipo del Carbono, en proyectos de energía alternativa.

CONVENIOS INTERNACIONALES

LEYES

El COA deroga varias leyes en materia ambiental, tal como:

❑ Ley de Gestión Ambiental,

❑ Ley par a la Prevención de la Contaminación Ambiental,

❑ Codificación de la Ley que Protege a la Biodiversidad,

❑ Codificación de la Ley par a la Preservación de Zonas de Reserva,

❑ Codificación de la Ley Forestal y Conservación de Áreas Naturales ,

❑ varios artículos de la Ley Orgánica de Salud, y de la Ley de Hidrocarburos.

TULSMA

Art. 1.- Establécense las siguientes políticas básicas ambientales del Ecuador: Numeral 5.

La gestión ambiental en el Ecuador se fundamentará básicamente en la solidaridad, la corresponsabilidad, la

cooperación y la coordinación entre todos los habitantes del Ecuador, dirigidas a garantizar el desarrollo

sustentable, en base al equilibrio y la armonía entre lo social, lo económico y lo ambiental. Criterios similares,

guiarán al Ecuador en sus relaciones con los demás países y pueblos del mundo a fin de que las actividades

que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción y competencia o fuera de ella no perjudiquen a otros Estados y

zonas sin jurisdicción, ni tampoco que sea perjudicado por acciones de otros. Particular mención hace a su

decisión de propender a la cogestión racional y sostenible de recursos compartidos con otros países.

TULSMA

➢ LIBRO I DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL

➢ LIBRO II DE LA GESTIÓN AMBIENTAL

➢ LIBRO III DEL REGIMEN FORESTAL

➢ LIBRO IV DE LA BIODIVERSIDAD

➢ LIBRO V DE LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS COSTEROS

➢ LIBRO VI DE LA CALIDAD AMBIENTAL

➢ LIBRO VII DEL REGIMEN ESPECIAL: GALAPAGOS

➢ LIBRO VIII DEL INSTITUTO PARA EL ECODESARROLLO REGIONAL AMAZONICO ECORAE

➢ LIBRO IX DEL SISTEMA DE DERECHOS O TASAS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTA EL MINISTERIO DEL AMBIENTE Y

POR EL USO Y APROVECHAMIENTO DE BIENES NACIONALES QUE SE ENCUENTRAN BAJO SU CARGO Y PROTECCIÓN

ACUERDOS MINISTERIALES

ACUERDO NO. 061 REFORMA DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN

SECUNDARIA. Edición Especial Nº 316 - Registro Oficial - Lunes 4 de mayo de 2015

LIBRO VI

Art. 1.- Ámbito.- El presente Libro establece los procedimientos y regula las actividades y

responsabilidades públicas y privadas en materia de calidad ambiental. Se entiende por calidad

ambiental al conjunto de características del ambiente y la naturaleza que incluye el aire, el agua, el

suelo y la biodiversidad, en relación a la ausencia o presencia de agentes nocivos que puedan afectar al

mantenimiento y regeneración de los ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos de la

naturaleza.

ACUERDO NO. 097 . 30 de Julio del 2015

ACUERDO NO. 225. Mecanismo de la Certificación Ecuatoriana Ambiental "Punto Verde "

ACUERDOS MINISTERIALES

Procedimiento para obtener la Certificación Ecuatoriana Ambiental (CEA) – Punto Verde

a) La empresa remite una carta a la Subsecretaría de Calidad Ambiental, manifestando su interés en obtener la

Certificación Ecuatoriana Ambiental “Punto Verde”; adjuntando los formularios de aplicación.

b) Habilitación de visita por el Organismo Evaluador de la Conformidad (OEC), una vez que la empresa evaluada

obtenga una calificación mínima de 80% en los ítems de evaluación.

c) Visita del OEC a la empresa, para verificación in situ de los ítems de evaluación y el caso de producción más limpia

postulado

d) Informe de aceptación

e) Entrega de CEA “Punto Verde”

NORMAS INEN

VC-IN-01 CONDICIONES GENERALES PARA LA INSPECCION DE CONFORMIDAD CON DOCUMENTO NORMATIVO

1. OBJETIVOEste instructivo tiene como propósito describir las condiciones generales que utiliza el INEN para el proceso deinspección de productos de conformidad con documentos normativos.

2. ALCANCEEste documento es aplicable a la persona natural o jurídica que solicite la inspección de productos deconformidad con Norma Técnica Ecuatoriana INEN o Reglamento Técnico Ecuatoriano INEN.

INEN\NORMAS DE INSPECCION\VC IN 01 Condiciones generales 2016-04-04.pdf

NTE INEN 2 336:2002 PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO. PROCEDIMIENTO PARA LA INSPECCIÓN DE CALIDAD DE LOS DERIVADOS DEL PETROLEO.

INEN\NORMAS DE INSPECCION\INEN .2336. DERIVADOS DEL PETROLEO. ISPECCION.pdf

NORMAS INEN

➢ NTE- INEN- ISO 3864-1-2013. SÍMBOLOS GRÁFICOS. COLRES DE SEGURIDAD Y SEÑALES DE SEGURIDAD. PARTE 1:

PRINCIPIOS DE DISEÑO PARA SEÑALES DE SEGURIDAD E INDICADORES DE SEGURIODAD. D:\CURSOS\NORMATIVA

AMBIENTAL\INEN\INEN_ISO_3864.pdf

➢ NTE INEN 878:2013. RÓTULOS, PLACAS RECTANGULARES Y CUADRADAS.DIMENSIONES.

➢ NT-21 SEÑALIZACION. REQUISITOS. D:\CURSOS\NORMATIVA AMBIENTAL\INEN\NT-21-Señalización.-Requisitos.pdf

➢ NTE- INEN- 2266-2013 TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE MATERIALES PELIGROSOS. REQUISITOS INEN\NTE-

INEN-2266-Transporte-almacenamiento-y-manejo-de-materiales-peligrosos.pdf

➢ REGLAMENTO TECNICO ECUATORIANO RTE-INEN-078:2013. TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE

MATERIALES PELIGROSOS. INEN\RTE-078 TRASNPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS.pdf

NORMAS INEN

➢ NORMA INEN 2288:2000 PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES PELIGROSOS. ETIQUETADO DE PRECAUCIÓN.

REQUISITOS. INEN\ INEN 2288 Productos-Quimicos-Industriales-Etiquetado.pdf

➢ NORMA INEN NTE INEN 2841- 2014. GESTIÓN AMBIENTAL. ESTANDARIZACIÓN DE COLORES PARA RECIPIENTES DE

DEPÓSITO Y ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE RESIDUOS SÓLIDOS. REQUISITOS. INEN\ INEN 2841.pdf

➢ NTE INEN 2290 2015-. FUNDAS PLÁSTICAS PARA RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS. REQUISITOS . INEN\nte-inen-2290.pdf

MUCHAS GRACIAS