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Presentación El presente plan operativo institucional y proyecto de presupuesto del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, se realizó en apego a los lineamientos técnicos y metodológicos, así como la normativa legal y técnica vigente, definidos para el ejercicio económico 2012. Asimismo, este documento se estructuró en estrecha relación con las prioridades externadas por la Presidenta de la República, Señora Laura Chinchilla Miranda, para la población de 65 años y más. Emiliana Rivera Meza Directora Ejecutiva Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor

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Presentación

El presente plan operativo institucional y proyecto de presupuesto del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, se realizó en apego a los lineamientos técnicos y metodológicos, así como la normativa legal y técnica vigente, definidos para el ejercicio económico 2012. Asimismo, este documento se estructuró en estrecha relación con las prioridades externadas por la Presidenta de la República, Señora Laura Chinchilla Miranda, para la población de 65 años y más.

Emiliana Rivera Meza

Directora Ejecutiva Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor

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PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL

EJERCICIO ECONÓMICO 2012

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I. Marco General

1.1. Nombre de la institución

Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor

1.2. Marco jurídico institucional

El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, (CONAPAM), tiene fundamento jurídico en la Ley No. 7935, Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, publicada en la Gaceta Nº 221 de 15 de noviembre de 1999. El CONAPAM es un órgano de desconcentración máxima, adscrito a la Presidencia de la República, con personería jurídica instrumental y es definido como ente rector en materia de envejecimiento y vejez, encargado de formular políticas que garanticen condiciones favorables para la población adulta mayor del país. Los fines definidos en la Ley No. 7935, son las siguientes:

Propiciar y apoyar la participación de la comunidad, la familia y la persona adulta mayor en las acciones para su desarrollo.

Impulsar la atención de las personas adultas mayores por parte de las entidades públicas y privadas y velar por el funcionamiento adecuado de los programas y servicios destinados a ellas.

Velar porque los fondos y sistemas de pensiones y jubilaciones mantengan su poder adquisitivo, para que cubran las necesidades básicas de sus beneficiarios.

Proteger y fomentar los derechos de las personas adultas mayores referidos en el ordenamiento jurídico en general.

Las funciones sustantivas del CONAPAM son:

Formular las políticas y los planes nacionales en materia de envejecimiento.

Conocer las evaluaciones anuales de los programas, proyectos y servicios dirigidos a la población adulta mayor, que sean ejecutados por las instituciones públicas o privadas

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Investigar y denunciar, de oficio o a petición de parte, las irregularidades que se presenten en las organizaciones que brindan servicios a personas adultas mayores y recomendar sanciones, de conformidad con la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, Nº 7935.

Fomentar la creación, continuidad y accesibilidad de los programas y servicios relativos a la atención integral de las personas adultas mayores y velar por ellos.

Participar, dentro del ámbito de su competencia, en los procesos de acreditación e instar a la concesión de acreditaciones o recomendar el retiro de la habilitación respectiva.

Conocer las evaluaciones sobre el desarrollo administrativo y técnico de los programas y servicios de atención a las personas adultas mayores, ejecutados por las instituciones con los aportes económicos del Estado, y velar porque estos recursos se empleen conforme a su destino.

Determinar los criterios técnicos para distribuir los recursos económicos públicos destinados a los programas y servicios para las personas adultas mayores.

Llevar un registro actualizado de las personas físicas y jurídicas acreditadas por el Ministerio de Salud para brindar servicios a las personas adultas mayores, así como de las personas a quienes la Caja Costarricense de Seguro Social haya expedido el carné de identificación correspondiente.

Promover la creación de establecimientos para atender a las personas adultas mayores agredidas y la ubicación o reubicación de las que se encuentren en riesgo social. Impulsar la investigación en las áreas relacionadas con el envejecimiento.

Impulsar la investigación en las áreas relacionadas con el envejecimiento.

Elaborar los reglamentos internos para cumplir adecuadamente los objetivos del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor.

Velar por el cumplimiento de declaraciones, convenios, leyes, reglamentos y demás disposiciones conexas, referentes a la protección de los derechos de las personas adultas mayores.

Las demás funciones que se consideren convenientes para el desarrollo de las actividades en pro del bienestar, el desarrollo y la protección del sector de la sociedad mayor de 65 años.

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Coordinar con las instituciones ejecutoras, los programas dirigidos a las personas adultas mayores.

Financiar programas de rehabilitación o tratamiento de personas adultas mayores en estado de necesidad o indigencia.

Financiar programas de organización, promoción, educación y capacitación que potencien las capacidades del adulto mayor, mejoren su calidad de vida y estimulen su permanencia en la familia y su comunidad.

Distribuir recursos financieros provenientes de la Ley No. 7972, proporcionalmente entre los Hogares, Albergues y Centros Diurnos de atención de personas adultas mayores, de acuerdo con el número de beneficiarios que cada uno atienda.

Distribuir recursos financieros provenientes de la Ley No. 5662, proporcionalmente entre los Hogares de atención de personas adultas mayores, de acuerdo con el número de beneficiarios que cada uno atienda.

Calificar a personas adultas mayores solas beneficiarias del bono de la vivienda.

Adicionalmente, en beneficio de la población adulta mayor, se cuenta con la siguiente normativa:

Leyes Ley No. 7936, Reforma al Artículo 33 de la Ley Reguladora de Transporte Remunerado de personas en vehículos automotores, Nº 3503 (15 de noviembre de 1999) Establece que las personas mayores de 65 años que hagan uso de los servicios de transporte colectivo remunerado, viajarán distancias que no excedan los 25 kilómetros sin costo alguno, en los desplazamientos que tengan una distancia de 25 kilómetros pero menos de 50, pagarán la mitad en el costo del pasaje y en los desplazamientos mayores de 50 kilómetros pagarán un setenta y cinco por ciento del pasaje. Ley No. 7972, Creación de Cargas Tributarias sobre Licores, Cervezas y Cigarrillos para financiar un plan integral de protección y amparo de la población adulta mayor, niñas y niños en riesgo social, personas discapacitadas, abandonadas, rehabilitación de alcohólicos y fármacodependientes, apoyo a las labores de la Cruz Roja y derogación de impuestos menores sobre las actividades agrícolas y su consecuente sustitución. (12 de diciembre de 1999).

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Asigna recursos económicos al Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor para la operación y el mantenimiento con miras a mejorar la calidad de atención de los hogares, albergues y centros diurnos de atención de ancianos, públicos o privados; para financiar programas de atención, rehabilitación o tratamiento de personas adultas mayores en estado de necesidad o indigencia; así como, para financiar programas de organización, promoción, educación y capacitación que potencien las capacidades del adulto mayor, mejoren su calidad de vida y estimulen su permanencia en la familia y su comunidad. Ley No. 7983, Ley de Protección al Trabajador (18 de febrero de 2000). Esta Ley fortalece el Régimen No Contributivo mediante el cual la Caja Costarricense de Seguro Social otorga una pensión a las personas adultas mayores de menos recursos económicos. Establece, que este régimen debe universalizarse para todas las personas adultas mayores en situación de pobreza. Ley No. 8153, Reforma del Artículo 54 y Derogación del Transitorio Único de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, Nº 7935 (17 de octubre de 2001) Define que los establecimientos públicos, privados y mixtos que pretendan brindar servicios de atención a la población adulta mayor, deberán habilitarse y estar en proceso de acreditación ante el Ministerio de Salud, como requisito previo para que el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor pueda autorizar el financiamiento parcial con recursos económicos del Estado, así como para que el Instituto Mixto de Ayuda Social pueda otorgarles el carácter de bienestar social a tales programas. Ley No. 8534, Reforma al Artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, No. 7052 (10 de agosto de 2006). Faculta al Banco Hipotecario de la Vivienda a erradicar tugurios y atender prioritariamente las necesidades de vivienda de las personas adultas mayor. Dispone que la calificación de persona adulta mayor sola para optar por el beneficio del bono de vivienda le corresponderá al Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor. Ley No. 8783, Reforma Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares, N° 5662 (13 de octubre de 2009). Establece un fondo de desarrollo social y asignaciones familiares que deberá transferirse a los hogares, albergues y centros diurnos para la atención de personas mayores de escasos recursos económicos. Ley No. 8924, Modificación de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda y Creación del Banco Hipotecario de la Vivienda, N° 7052, y sus reformas (08 de marzo de 2011).

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Indica que son elegibles para recibir el beneficio del fondo, las familias, las personas con discapacidad, las parejas jóvenes y las personas adultas mayores sin núcleo familiar, que no tengan vivienda o que, teniéndola, dichas viviendas requieran reparaciones o ampliaciones.

Decretos Decreto No.28867-MP (5 de setiembre de 2000). Establece que las instituciones públicas e instituciones descentralizadas que desarrollen campañas de comunicación dirigidas a las personas adultas mayores o la población en general que se refieran al proceso de envejecimiento, a la preparación para una vejez sana, a los derechos de las personas adultas mayores o a todas aquellas áreas directamente vinculadas con los adultos mayores, deberán coordinar estas campañas con el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, a efecto de que las mismas no sean contrarias a lo establecido en la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor. Decreto No.29679-S (16 de julio de 2001). Define normas que deberán cumplir los hogares, albergues y centros diurnos de atención a la población adulta mayor, para habilitarse ante el Ministerio de Salud. Decreto No.30107-MOPT (24 de enero de 2002). Determina las excepciones del pago de la tarifa del servicio de transporte colectivo para personas mayores de 65 años. Decreto No.30571-S (25 de junio de 2002). Establece el reglamento general de habilitación de establecimientos de salud y afines, en el cual define la clasificación a la que pertenecen los centros de atención al adulto mayor. Decreto No.32062-MP-S (27 de octubre de 2004). Establece que el 1º de Octubre de cada año será: “Día de la Persona Adulta Mayor”, en homenaje a la Persona Adulta Mayor, para que sea celebrado en todos los lugares públicos y privados, mediante la promoción de encuentros entre generaciones que estimulen las cercanías entre las personas de la población joven y las personas de la población adulta mayor. Decreto No.33158-MP (9 de mayo de 2006). Declara el 15 de Junio de cada año, como “Día Nacional contra el Abuso, Maltrato, Marginación y Negligencia contra las Personas Adultas Mayores”, con el fin de apoyar todas las actividades que se realicen para eliminar el flagelo contra ese grupo de población, para que sea celebrado en todos los lugares públicos y

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privados, mediante la promoción de encuentros entre generaciones que estimulen el respeto y consideración a las personas adultas mayores. Decreto No.33131-MP (3 de abril de 2006). Establece la creación del Premio “Diego Fernando Trejos Corrales- por el Mejoramiento de la Calidad de Vida de las personas adultas mayores”. El objetivo es reconocer los aportes que realizan personas físicas, instituciones públicas y organizaciones privadas, para el mejoramiento de la calidad de vida de las personas adultas mayores de Costa Rica. Decreto No.34961-MP (23 de diciembre de 2008). Reglamento para que el CONAPAM califique a las personas adultas mayores solas que soliciten Bono de Vivienda. Decreto No.36511-MOPT (12 de abril de 2011). Reglamento para determinar las excepciones del pago de la tarifa del servicio de transporte colectivo regular de personas modalidad tren, mediante un régimen de exención total o parcial del pago de los adultos mayores de 65 años, según los desplazamientos que efectúan este tipo de usuarios.

Reglamentos Reglamento de la Integral para la Persona Adulta Mayor, Ley No. 7935. Establece las disposiciones generales que las personas físicas o jurídicas y las instituciones públicas y privadas deben cumplir con el fin de garantizar a las personas adultas mayores el ejercicio de sus derechos y la obtención de sus beneficios.

1.3. Diagnóstico institucional1

1.3.1. Fortalezas 1. El CONAPAM cuenta con un bloque de legalidad que le brinda fortaleza

jurídica para cumplir con sus fines y funciones, tales como:

La Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, Nº 7935 y su Reglamento, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 221 del 15 de noviembre de 1999.

Ley No. 7972, Creación de Cargas Tributarias sobre Licores, Cervezas y Cigarrillos para financiar un plan integral de protección y amparo de la población adulta mayor, niñas y niños en riesgo social, personas discapacitadas, abandonadas, rehabilitación de alcohólicos y

1 Tomado del Plan Estratégico Institucional 2008-2012. Aprobado por la Junta Rectora del CONAPAM mediante Acuerdo Único, tomado en la Sesión Extraordinaria Nº 194, celebrada el día lunes 23 de junio de 2008.

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fármacodependientes, apoyo a las labores de la Cruz Roja y derogación de impuestos menores sobre las actividades agrícolas y su consecuente sustitución, para la asignación de recursos financieros para programas dirigidos a las personas adultas mayores.

La Ley No. 8534, que reforma el artículo 59 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, No. 7052, y sus reformas, publicados en el Diario Oficial La Gaceta No. 153 de fecha 10 de agosto de 2006, donde le asigna al CONAPAM la función de calificación de persona adulta mayor para el trámite de bono de vivienda.

La Ley General de Control Interno, Nº 8292, emitida por la Contraloría General de la República, para fiscalización de los recursos del estado, valoración de riesgo institucional, implementación de mejoras al sistema de control interno, entre otros.

2. La Junta Rectora del CONAPAM posee representación jurídica de algunas

instituciones y organizaciones involucradas en la temática de las personas adultas mayores y cuenta con el apoyo del Sistema Nacional Técnico de Apoyo para la Atención Integral de la Persona Adulta Mayor (SINATEC).

3. Se cuenta con un Consejo de Notables que es un órgano conformado por

personas que gozan de amplia experiencia en el tema de envejecimiento y vejez, cumplen un papel de asesor de la Junta Rectora del CONAPAM para canalizar las iniciativas y demandas de las personas adultas mayores con el fin de mejorar las condiciones y la calidad de vida de esta población.

4. EL CONAPAM posee un Plan Estratégico Nacional para la Atención de la

Persona Adulta Mayor 2006-2012, el cual fue consultado y validado por personas adultas mayores, expertos y responsables institucionales, en donde se definieron cinco líneas estratégicas (ingreso, maltrato, participación social e integración intergeneracional, consolidación de derechos y salud integral) y sus distintos componentes.

5. El CONAPAM apoya el desarrollo de investigaciones y publicaciones diversas

relacionadas con la temática de la población adulta mayor, tales como los estudios denominados “Estado actual de la investigación, la acción social y la docencia en salud, nutrición y el bienestar de la persona adulta mayor de Costa Rica” y “Estado de Situación de la Persona Adulta Mayor en Costa Rica”, el cual contiene indicadores de evaluación para la toma de decisiones. Asimismo, cuenta con una revista especializada denominada “La Voz de los Mayores” y materiales de divulgación y promoción.

6. La existencia de convenios y alianzas entre el CONAPAM y otras entidades

para el desarrollo de investigaciones, programas y acciones en la temática del

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envejecimiento y la vejez, como son: Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA siglas en inglés), Centro Centroamericano de Población (CCP), Universidad de Costa Rica (UCR), Consejo Nacional de Rectores (CONARE), Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (JUPEMA), Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Ministerio de Educación Pública (MEP), Federación Cruzada Nacional de Protección al Anciano (FECRUNAPA), Asociación Gerontológica Costarricense (AGECO) y 110 organizaciones de bienestar social que atienden a las personas adultas mayores en la modalidad de hogar, albergue y centro diurno. Además, la Institución integra la Red Intergubernamental Iberoamericana de Cooperación Técnica (RIICOTEC) y está afiliado a la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social (OISS).

7. La existencia de diversas comisiones y comités de trabajo institucionales como

el Consejo Editorial para la edición de la Revista La Voz de los Mayores, la Comisión de Superávit, la Comisión Institucional de Control Interno y de Valoración de Riesgo Institucional, Comité de Tecnologías de Información, Comisión de Salud Ocupacional, entre otros, que apoyan las labores internas del CONAPAM.

8. La Ley No. 7972 artículo 15, inciso a) le asigna recursos al CONAPAM para la

operación y el mantenimiento con miras para mejorar la calidad y atención de los hogares, albergues y centros diurnos, para financiar programas de atención, rehabilitación o tratamiento de personas adultas mayores en estado de necesidad e indigencia, así como para financiar programas de organización, promoción, educación y capacitación que potencien las capacidades de la persona adulta mayor, mejoren su calidad de vida y estimulen su permanencia en la familia y su comunidad.

9. El CONAPAM cuenta con una página web institucional, tiene Internet y cuentas de correo electrónico institucional. Asimismo, cuenta con hardware y software actualizado y homogéneo de conformidad con las posibilidades de la institución.

10. Se cuenta con un edificio (que no es propio), donde están ubicadas todos las

unidades que conforman el CONAPAM, cuya ubicación céntrica permite que sea de fácil acceso para la personas adultas mayores.

11. Existe un buen ambiente laboral en el CONAPAM, con personal capacitado y

comprometido con los fines y funciones de la Institución y sensibilizado con las personas adultas mayores.

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1.3.2. Debilidades 1. Débil posicionamiento del CONAPAM. La Institución no ejerce la función

rectora conforme lo establece la Ley No. 7935 y no ha formulado lineamientos ni políticas generales con el propósito de cumplir con lo que establece el inciso b) del artículo 2 del Reglamento a la Ley No. 7935 y en consecuencia lo que señala el artículo Nº 1 de la Ley (Objetivos).

2. La poca participación de las personas adultas mayores en los diferentes

procesos de formulación de políticas, programas y acciones dirigidos a este grupo poblacional.

3. Ausencia de sanciones claras dentro de la Ley No. 7935, por el incumplimiento

de las Instituciones Públicas y Privadas, de lo que establece la misma Ley. 4. Ausencia de una visión estratégica de la Junta Rectora del CONAPAM para

orientar el quehacer institucional. 5. La Junta Rectora del CONAPAM no ha definido directrices para la ejecución de

las líneas estratégicas indicadas en el Plan Estratégico Nacional para la Atención de la Persona Adulta Mayor 2006-2012. No hay un responsable que controle la incorporación de las líneas estratégicas en los Planes Anuales Operativos de las distintas instituciones indicadas en el Plan Estratégico Nacional para la Atención de la Persona Adulta Mayor 2006-2012.

6. El Plan Estratégico Nacional para la Atención de la Persona Adulta Mayor

2006-2012 tiene debilidades, tales como:

No se señala con claridad los resultados esperados con cada línea estratégica, ni los niveles de coordinación requeridos para cada una de ellas.

Las líneas estratégicas no precisan el aporte que corresponde a cada entidad, tanto en las actividades, la cantidad de recursos y las fechas de término esperado.

No hay compromiso formal asumido por cada una de las organizaciones involucradas en el Plan Estratégico Nacional para la Atención de la Persona Adulta Mayor 2006-2012, a efecto de cumplir con las acciones especificadas en el documento.

No se señalan con claridad los mecanismos de seguimiento y evaluación de las acciones que condicionarán a los resultados deseados, ni los reportes o informes de avance y cumplimiento final de resultados, ni los responsables, del Plan Estratégico Nacional para la Atención de la Persona Adulta Mayor 2006-2012.

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7. No existe seguimiento y evaluación del impacto de las recomendaciones emitidas por el CONAPAM a las organizaciones de bienestar social.

8. Dificultad para establecer indicadores de resultados institucionales por

limitaciones de información, relacionado con la inexistencia de bases de datos y sistemas de información que ayude a integrar las fuentes de datos históricos y actuales para posibilitar la medición de los mismos.

9. Débil presencia del CONAPAM en los medios de comunicación. No existe una

estrategia institucional de comunicación, tanto interna como externa. 10. No existe suficiente información sistematizada que permita conocer la situación

real y actual de las personas adultas mayores para tomar decisiones a favor de esta población.

11. El CONAPAM no cuenta con ingresos propios para gastos operativos y

administrativos, por lo que depende de los recursos asignados por el Ministerio de la Presidencia. Los recursos financieros y los recursos humanos asignados son insuficientes para cumplir con los fines y las funciones indicadas en la Ley No. 7935 y las diversas tareas asignadas por normativas emitidas por distintas entidades gubernamentales.

12. La ausencia de un mecanismo de comunicación e integración entre la Junta

Rectora del CONAPAM, el SINATEC, el Consejo de Notables y el personal institucional.

13. No se cuenta con una unidad de cómputo, ni profesionales en ese campo, por lo

que existen carencias en el área de tecnologías de información, en aspectos tales como:

Falta de sistemas de información claves que apoyen la toma de decisiones en varias unidades del CONAPAM. Se requiere de un sistema de información, evaluación y seguimiento de los programas, proyectos y servicios dirigidos a las personas adultas mayores; un sistema financiero-contable-presupuestario integrado; un programa informático para el control del inventario de materiales y suministros custodiados en la bodega de Proveeduría; un sistema de información automatizado para la evaluación y seguimiento del Plan Anual Operativo; un sistema de información automatizado para registros estadísticos y un sistema de información automatizado que vincule el Plan Operativo con el Presupuesto Institucional.

Obsolescencia de algunos equipos que reúnen parcialmente los requerimientos que se necesitan para lograr un trabajo más ágil en algunas áreas. La capacidad de almacenamiento actual del servidor no permite

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respaldar la información de varios años, ni soportar bases de datos y el desarrollo de sistemas.

No se cuenta con soporte técnico para mantenimiento preventivo tanto a nivel de software como de hardware. Se hace solamente mantenimiento correctivo de los equipos.

Lenta actualización de la página web del CONAPAM.

No existe un Plan Estratégico en Tecnologías de Información y no se cuenta con procedimientos por escrito sobre el uso que se les debe dar a las herramientas informáticas. Falta generalizar a todo el personal el acceso a Internet y correo electrónico.

No se tiene un estudio integral que permita establecer la situación actual y los requerimientos futuros en tecnologías de información, debido a que se carece de una visión estratégica y de flujos de información de parte de las unidades de la institución que permitan coordinar los procesos y el desarrollo de sistemas informáticos.

14. La estructura orgánica del CONAPAM no está acorde con las nuevas

responsabilidades asignadas a la institución. 15. Se carece de presupuesto destinado para adquirir un edificio propio u otras

instalaciones que sean más adecuadas para atender las funciones encomendadas en la Ley No. 7935 y para atender a las personas adultas mayores. La infraestructura actual presenta las siguientes debilidades:

Barreras arquitectónicas. La sala de sesiones de la Junta Rectora del CONAPAM se ubica en el segundo piso del edificio y para llegar a él se debe utilizar las escaleras, por lo que es inadecuado para las personas adultas mayores y personas con discapacidad.

El tamaño del edificio del CONAPAM es insuficiente dada la cantidad de funcionarios que trabajan en la institución. Existe hacinamiento en algunas áreas de trabajo, las cuales es más visible cuando se atienden público simultáneamente (áreas destinadas para Trabajo Social y Evaluación y Seguimiento).

No hay salida de emergencia para los funcionarios que laboran en el segundo piso del edificio.

Se carece de una infraestructura adecuada para el ejercicio del control interno.

No hay un área destinado para ubicar un Archivo Central.

Se carece de un área accesible para la atención de las personas adultas mayores y con discapacidad.

Algunas áreas carecen de iluminación y ventilación natural adecuada, lo que implica la utilización constante de energía eléctrica y ventiladores. El sistema de luminarias ineficientes que generan alto consumo eléctrico.

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Se encuentra ubicado frente a una calle con alto tránsito vehicular, que en horas pico provoca alta contaminación sónica. Además la línea del tren se encuentra muy cerca del edificio.

La ubicación de la Bodega de Recursos Materiales es inadecuada (segundo piso del CONAPAM).

Las áreas de trabajo no disponen de espacios libres que permitan ubicar los archivos de gestión que se requieren, lo que obliga a colocar los archiveros en zonas de paso.

Sólo existe una única área adecuada para efectuar reuniones de trabajo (sala de sesiones de la Junta Rectora del CONAPAM), la cual es utilizada también para capacitaciones y otras actividades.

Se carece de señalizaciones de emergencias y otras de conformidad con la aplicación de la Ley No. 7600, asimismo, se carece de un plan de emergencia y prevención de riesgos, de conformidad con la Ley No. 8488 y no se cuenta con expersores.

1.3.3. Oportunidades 1. A nivel nacional e internacional existe un amplio rango de legislación vigente

específica para la población adulta mayor, como:

El artículo 51 de la Constitución Política,

Los principios a favor de las personas adultas mayores declarados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU),

Plan de Acción de Madrid sobre el Envejecimiento,

La Estrategia Regional de Implementación para América Latina y el Caribe del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento.

2. El envejecimiento y la vejez son temas que se analizan en el contexto nacional e

internacional, aunado al incremento de la población adulta mayor. 3. Las instituciones públicas y privadas desarrollan y ejecutan programas,

proyectos y servicios dirigidos a las personas adultas mayores. 4. Posibilidad de articular acciones en materia de atención a la población adulta

mayor con las entidades públicas y privadas representadas en la Junta Rectora del CONAPAM.

5. Las líneas estratégicas indicadas en el Plan Estratégico Nacional para la

Atención de la Persona Adulta Mayor 2006-2012 responden a la normativa nacional e internacional.

6. La posibilidad de reformular las Leyes Nº 7972 y Nº 5662 para una mejor

asignación de los recursos.

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7. La posibilidad de establecer alianzas estratégicas y/o convenios con entidades

nacionales e internacionales para potenciar el quehacer institucional del CONAPAM. Existe interés de organismos internacionales de trabajar en acciones conjuntas para dictar políticas sobre las personas adultas mayores.

8. Existe la posibilidad de obtener recursos por medio de donaciones tanto a nivel

nacional como internacional. 9. El mercado laboral dispone de personal profesional calificado en materia de

envejecimiento y vejez que podrían apoyar las funciones del CONAPAM. Junto con la posibilidad de creación de plazas para el CONAPAM que permita desarrollar las funciones de manera eficaz y eficiente para el bienestar de la población adulta mayor.

10. El programa de Gobierno Digital, la existencia de tecnología avanzada,

empresas y profesionales altamente calificados en esta materia y las normas en tecnologías de información emitidas por la Contraloría General de la República, permiten apoyar las funciones operativas y administrativas del CONAPAM.

11. La aplicación de la normativa vigente fundamenta la reubicación del

CONAPAM y crea la posibilidad de solicitar a la Presidencia de la República recursos para gestionar la compra de un edificio.

12. El mercado inmobiliario ofrece posibilidades de adquirir un edifico más

amplio, de manera tal que facilite las labores de los funcionarios y sea adecuado para los usuarios del CONAPAM.

13. La existencia de medios de comunicación y oficinas de prensa en instituciones

relacionadas en la temática del envejecimiento y vejez, con programas o servicios dirigidos a las personas adultas mayores, para tratar asuntos de interés conjunto, generan amplias oportunidades de comunicación y divulgación de las acciones realizadas en beneficio de la población adulta mayor.

14. Amplia normativa de control, así como directrices, procedimientos,

pronunciamientos, entre otros, requiere que la institución ejerza fiscalización de los recursos que deben cumplir las organizaciones públicas y privadas que reciben recursos económicos del Estado, ofreciendo oportunidades de mejorar la eficiencia operacional y el cumplimiento de normativa.

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15. La existencia de opciones de capacitación a nivel nacional e internacional para los funcionarios y las funcionarias del CONAPAM, quienes a su vez pueden transmitir los conocimientos adquiridos a los demás.

1.3.4. Amenazas 1. La temática del envejecimiento y la vejez no ha constituido una prioridad en la

política social del país ni en las instituciones públicas. 2. Hay una desarticulación de las políticas públicas en materia de envejecimiento

y vejez que no contempla el significativo aumento de la población adulta mayor del país.

3. Percepción negativa de las organizaciones de bienestar social hacia el

CONAPAM por los requisitos que solicita, los cuales están amparados a la normativa legal vigente. Asimismo, hay resistencia para implementar nuevos controles que solicita la institución.

4. Pocos datos estadísticos claves de la población adulta mayor en Costa Rica, lo

que dificulta el establecimiento de políticas, acciones, entre otros, a favor de dicho grupo etáreo.

5. Poco compromiso de las instituciones en la ejecución de las líneas estratégicas

indicadas en el Plan Estratégico Nacional para la Atención de la Persona Adulta Mayor 2006-2012, según su competencia.

6. La asignación de nuevas funciones para el CONAPAM por disposición de

normas, criterios y pronunciamientos por otras instancias de Gobierno o modificaciones a las existentes, puede incidir en su planificación como rectoría, sin proveerle de los recursos necesarios para su cumplimiento.

7. Falta de sensibilización, manejo inadecuado y/o mala interpretación de

algunos medios de comunicación en situaciones específicas, que inciden en la creación de mitos y estereotipos en la población nacional respecto al envejecimiento y la vejez.

8. Desconocimiento de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, Nº 7935, por

parte de instancias administrativas y judiciales. 9. Desactualización y poca articulación de los protocolos de intervención en

diversas temáticas dirigido a las personas adultas mayores por parte de las instituciones públicas.

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10. Restricción presupuestaria de la Presidencia de la República, que implica una asignación menor de recursos, para las necesidades de contratación de materiales y servicios y otros gastos operativos del CONAPAM.

11. El Ministerio de Hacienda no gira como corresponde los recursos económicos

asignados por la Ley No. 7972, para cubrir las necesidades de las personas adultas mayores institucionalizadas.

12. El desconocimiento y ausencia de compromisos de parte de los Jerarcas de las

Instituciones Públicas y Privadas según las responsabilidades asignadas en la Ley No. 7935, para el cumplimiento de los programas, proyectos y actividades relacionadas con las personas adultas mayores.

13. Proceso lento de dotación de personal, relacionado con la dificultad de

encontrar profesionales que se ajusten a los requerimientos de la Dirección General de Servicio Civil. Asimismo, existe inestabilidad en la permanencia de funcionarios en los distintos puestos del CONAPAM, en la mayoría de los casos por estar nombrados en forma interina, lo cual hace menos ágil el funcionamiento de la Institución. Lo anterior se ve afectado también por ofertas de plazas en propiedad en otras instituciones públicas que no están bajo el Régimen de Servicio Civil, o de Empresas Privadas.

14. Restricciones para crear nuevas plazas de cargos fijos. 15. El desarrollo constante de nuevas tecnologías de información, pueden dejar

obsoletos en muy poco tiempo el software y hardware existentes en el CONAPAM, aunado a los costos elevados en consultorías informáticas, con procesos complejos y lentos para el diseño y desarrollo de sistemas de información.

Gráfico 1-1: Fortalezas, Oportunidades, Debilidades, Amenazas

Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor Año 2008

11

15 15 15

0

2

4

6

8

10

12

14

16

Fortalezas Debilidades Oportunidades Amenazas

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1.4. Estructura organizativa

Gráfico 1-2: Organigrama del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor

Aprobado por el Ministerio de Planificación, según oficio No. D.M. 061-01 de 24 de mayo de 2001.

La Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria del Ministerio de Hacienda aprobó la utilización de 35 plazas para cargos fijos. En el año 2008 esa Secretaría aprobó la creación de 5 plazas2 de nivel profesional. En el siguiente cuadro se detalla la distribución de las plazas por grupo ocupacional.

Cuadro 1-1. Número de plazas asignadas por grupo ocupacional

GRUPO OCUPACIONAL NUMERO DE PLAZAS Nivel Superior 2 Nivel Ejecutivo 9 Nivel Profesional 17 Nivel Técnico 4 Nivel Administrativo 5 Servicio 2 TOTAL DE PLAZAS 39

2 Mediante oficio CONAPAM-DE-1008-O-2008, de fecha 25 de setiembre de 2008, se remitió la solicitud a la Secretaría Técnica de la

Autoridad Presupuestaria para la creación de 5 plazas por cargos fijos de nivel profesional, las cuales cuentan con el debido contenido presupuestario y cuentan con el aval del señor Jorge Arturo Sánchez Zúñiga, Ministro de Vivienda y Asentamientos Humanos a.i. Rector

del Sector Social y Lucha contra la Pobreza, de conformidad al oficio DM-0654-08 de fecha 30 de julio del 2008. La Secretaría Técnica

de la Autoridad Presupuestaria mediante oficio STAP-2164-08, de fecha 10 de octubre de 2008, comunica el Acuerdo Nº 8436 donde se indica que se aprueban las plazas y rigen a partir del 1º de diciembre de 2008.

Auditoría

Planificación Asesoría Legal

Evaluación y

Seguimiento

de Programas

Promoción

Dirección Técnica

Recursos

Financieros

Recursos

Materiales

Recursos

Humanos

Dirección Administrativa y Financiera

Dirección Ejecutiva

Junta Rectora

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Cuadro 1-2. Número de plazas según ubicación en los procesos sustantivos y de apoyo

GRUPO OCUPACIONAL

PROGRAMA 1

PROGRAMA 2

PROGRAMA 3

Nivel Superior 2 2 2 Nivel Ejecutivo 9 9 9 Nivel Profesional 17 17 17 Nivel Técnico 4 4 4 Nivel Administrativo 5 5 5 Servicio 2 2 2 TOTAL DE PLAZAS 39 39 39

El CONAPAM cuenta con dos instancias asesoras denominadas: Sistema Nacional Técnico de apoyo para la atención integral de la persona adulta mayor, (SINATEC), y el Consejo de Notables. 1) Sistema Nacional Técnico para la atención de la Persona Adulta Mayor,

(SINATEC): En el mes de abril del año 2000, la Junta Rectora del CONAPAM, nombró como apoyo a las labores de la Dirección Ejecutiva, un grupo de asesores técnicos representantes de instituciones gubernamentales y no gubernamentales. Por su parte, el artículo 36 del Reglamento a la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, publicado el 19 de abril de 2002, establece que el CONAPAM contará con un equipo conformado por personas que tengan a cargo las acciones programáticas relativas a las personas adultas mayores en las diferentes instituciones. Las funciones que tiene el SINATEC, son las siguientes:

Velar porque en las políticas y en los planes anuales operativos, se incluyan los programas, proyectos y actividades con los respectivos recursos, en beneficio de las personas adultas mayores.

Informar regularmente a la Dirección Ejecutiva del CONAPAM sobre avances y limitaciones, en cuanto al logro de los derechos de las personas adultas mayores.

Colaborar con el CONAPAM en la selección de indicadores mediante los cuales se hará un seguimiento y evaluación de los programas y proyectos, tanto en cuanto a impacto en términos de cómo estos están contribuyendo a mejorar la calidad de vida de las personas mayores, como en cuanto a la cobertura, alcances y costos de los programas.

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Elaborar y presentar a la Dirección Ejecutiva del CONAPAM, iniciativas, recomendaciones o cualquier otro tipo de sugerencias que contribuyan en la toma de decisiones de la Junta Rectora.

Promover un cambio de actitud hacia lo que significa el proceso de envejecimiento, las facilidades que se deben ofrecer a las personas mayores y la preparación de los mismos funcionarios hacia esa etapa de la vida.

Servir de facilitadora o facilitador y coordinar internamente sobre lo que significa el enfoque de la atención integral para las personas adultas mayores.

Servir de enlace y promover el cambio de actitudes de una nueva cultura hacia la vejez y el envejecimiento.

Elaborar en conjunto con la Dirección Ejecutiva un programa de trabajo, de reuniones periódicas y de actividades que requieren de la participación complementaria de más de una institución.

Identificar los procedimientos e instrumentos mediante los cuales se establecerá la comunicación y el seguimiento de acuerdos.

Otras que sean asignadas por la Junta Rectora. 2) Consejo de Notables El Consejo de Notables del CONAPAM es un órgano conformado por personas que han participado activa y sistemáticamente y cuentan con amplia experiencia en los temas de envejecimiento y vejez. Poseen una clara identificación con las personas adultas mayores, así como un compromiso genuino para trabajar en favor de la defensa de los derechos de este grupo de la población. El Consejo de Notables fue creado en enero de 2003. A partir de esa fecha, el Consejo de Notables ha venido actualizando su naturaleza, sus funciones, su composición y funcionamiento. La finalidad del Consejo de Notables consiste en establecer los canales idóneos de retroalimentación, mediante ideas y estrategias necesarias para el logro de los objetivos establecidos en la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor, desarrolla acciones que permiten garantizar la colaboración y participación de las personas adultas mayores en la definición, aplicación y seguimiento de las políticas de atención, inserción social y calidad de vida dirigidas a este sector de la población en el campo de las competencias atribuidas a las instituciones del Estado.

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Por otro lado, en su papel de asesor principal de la Junta Rectora del CONAPAM canaliza las iniciativas y demandas de las personas adultas mayores con el fin de mejorar las condiciones y la calidad de vida de esta población. En particular, el Consejo de Notables tiene atribuidas las siguientes funciones:

Formular y recomendar líneas estratégicas y prioridades de actuación de las políticas dirigidas a las personas adultas mayores.

Participar activamente en la definición de las políticas dirigidas a la población adulta mayor.

Atender las consultas que le sean formuladas por la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, así como por otras instituciones relacionadas con las personas mayores, y emitir los correspondientes dictámenes.

Canalizar a la Junta Rectora del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor las iniciativas presentadas por las organizaciones no gubernamentales y otras asociaciones.

Elaborar un perfil del integrante del Consejo de Notables y una propuesta que regule el ingreso y su funcionamiento.

1.5. Marco estratégico institucional

1.5.1. Misión El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, ente rector en materia de envejecimiento y vejez, formula políticas y planes nacionales, promueve, ejecuta, evalúa y coordina el desarrollo de programas, proyectos y servicios implementados por las entidades públicas y privadas y dirigidos a la población adulta mayor, con el objetivo de garantizar el mejoramiento de su calidad de vida, desde un enfoque de derechos, con perspectivas de género y solidaridad intergeneracional. 1.5.2. Visión El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor ejercerá su liderazgo en la formulación, articulación, verificación y ejecución de políticas y planes nacionales en materia de envejecimiento y vejez, con el objetivo de promover el mejoramiento de la calidad de vida de la población adulta mayor, con recursos para brindar

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servicios acordes con los valores institucionales y proyección a nivel nacional e internacional. 1.5.3. Políticas institucionales

El quehacer sustantivo del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor se encaminará a la creación de un entorno social favorable para que las personas adultas mayores potencien su desarrollo y favorezcan el ejercicio pleno de sus derechos.

Relaciones permanentemente al interior de la institución y de ésta con el medio, para ampliar y fortalecer la rectoría del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, con el fin de establecer acciones coordinadas para lograr servicios idóneos de salud y seguridad social, vivienda, recreación y cultura para las personas adultas mayores, así como dar soluciones a sus problemas, aprovechando las capacidades de los Gobiernos Locales, entidades públicas, organismos no gubernamentales y otras organizaciones de la sociedad civil.

El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor impulsará y coordinará la formación y cultura sobre el envejecimiento, la vejez y respeto a la dignidad de las personas adultas mayores, que conduzca a eliminar la discriminación y la segregación por motivos de edad en todos los ámbitos de la sociedad, contribuyendo así a fortalecer la solidaridad y el apoyo de la familia, la comunidad y la sociedad en general.

Se promoverán tecnologías de información orientadas a la transformación de los datos en conocimiento especializado y útil para todas las entidades públicas y privadas que desarrollan acciones para la población adulta mayor del país, y para apoyar la gestión administrativa institucional y mejorar los procesos que se realizan.

El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor promoverá la búsqueda permanente de recursos económicos y humanos, que le permitan cumplir con su marco legal vigente; así como el establecimiento de un sistema de control interno que optimice la administración de los mismos, y su adherencia a los planes de acción previstos.

El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor velará por un desarrollo organizacional basado en la realización del ser humano, mediante el fomento de sus potencialidades y propiciando el cultivo de valores éticos, habilidades, y su capacidad de trabajo en equipo, de adaptación al cambio y de espíritu de servicio.

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La gestión administrativa estará enmarcada en un proceso de planeación permanente sobre la base de un Plan Nacional de Desarrollo y Plan Estratégico Institucional. Todas las actividades realizadas serán objeto de evaluación y sus resultados serán aprovechados para mejorar permanentemente los procesos.

1.5.4. Objetivos generales o estratégicos

Fortalecer la rectoría técnica del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor en materia de envejecimiento y vejez.

1.5.5. Valores

Empatía: Aptitud de comprensión y de entender las necesidades, situaciones y vivencias de las personas adultas mayores, los usuarios y las usuarias.

Compromiso: Corresponde a la dedicación a un objetivo contraído o a una tarea encomendada, en beneficio de las personas adultas mayores, los usuarios y las usuarias de la Institución.

Cooperación: Actitud de colaboración con los demás, de ayuda, de servicio, de búsqueda de coincidencia en beneficio de una causa colectiva a favor de las personas adultas mayores, así como el trabajo conjunto para lograr metas.

Integridad: Comportamiento acorde con la rectitud, el respeto y la honestidad hacia la institución y las personas.

Liderazgo: Implica una capacidad para inspirar y guiar a los individuos o grupos para la consecución de objetivos y metas institucionales.

Responsabilidad: Asumir compromisos y actuar conforme a ellas, con una respuesta positiva ante la obligación contraída y por lo que tiene que responder ante los demás.

Sinergia: Complementación entre personas y equipos de trabajo, apoyados en el talento y la creatividad de cada uno, respetando sus diferencias.

Transparencia: Valor que garantiza que todo se hace en concordancia con la normativa.

1.5.6. Factores claves de éxito

Compromiso para efectuar un proceso duradero de planificación estratégica y operativa institucional.

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Identificación del personal con la misión, visión y objetivos institucionales.

Renovación y mantenimiento de tecnologías de información adecuada.

Soporte administrativo a la labor sustantiva.

1.6. Mercado público (mercado meta)

La información contenida en el Plan Operativo Institucional y Proyecto de Presupuesto 2012 cubre el mercado nacional, los cuales se indican en la programación estratégica institucional. La acción final del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor busca atender a las personas adultas mayores

1.7. Producto o servicio

El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor tiene identificado los siguientes productos y servicio:

Servicios de rectoría en materia de envejecimiento y vejez (políticas, planes, lineamientos, programas y proyectos).

Servicios de promoción permanente en materia de envejecimiento y vejez

Prestaciones económicas para la atención de personas adultas mayores y proyectos de infraestructura.

1.8. Cronograma para la ejecución física y financiera de los programas

Tabla 1-3. Cronograma

MESES DEL AÑO 2012

PROGRAMAS Nº 1

Envejeciendo con calidad de vida

Nº 2 Construyendo lazos

de solidaridad

Nº 3 Administración

central

Enero

Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Monto presupuestario (en millones de colones)

376,75 7294,22 753,40

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La ejecución física y financiera de los programas se lleva a cabo durante todo el ejercicio económico 2012.

Tabla 1-4. Desglose financiero por programas

Nombre del programa

Monto presupuestario (en millones de

colones)

Participación relativa de c/u

01 - Envejeciendo con calidad de vida

376,75 4,47%

02- Construyendo lazos de solidaridad

7294,11 86,58%

03- Administración central

753,40 8,94%

TOTAL

8424,38 100,00%

1.9. Vinculación del plan operativo con el Plan Nacional de Desarrollo

El Plan Operativo Institucional 2012 está vinculado al Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2011-2014, en donde se ha incorporado el recurso económico requerido en el Presupuesto 2012 para la atención de dos acciones, que están referidas a la implementación de la “Red de atención progresiva para el cuido de la persona adulta mayor”. Las acciones mencionadas están en el Programa 1 y Programa 2.

1.10. Indicadores de gestión y/o de resultados

Indicador de Gestión y/o de Resultados

Fórmula

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Porcentaje de personas adultas mayores que se encuentren en riesgo social en el 2015. 3

(# de personas adultas mayores no institucionalizadas, solas y que necesiten ayuda para la vida diaria en el periodo t hasta t+4 (2011-2015) / # total de personas adultas mayores no institucionalizadas, solas y que necesiten ayuda para la vida diaria estimadas en el año 2010) * 100

Porcentaje de avance anual en la implementación de las etapas definidas para la puesta en marcha y evaluación de la Política Nacional en materia de envejecimiento y vejez 2011-2021. 4

% de avance anual en la implementación de las etapas definidas para la puesta en marcha y evaluación de la Política Nacional en materia de envejecimiento y vejez 2010-2020 en el año t, en relación con el 100% a cumplir en el año t+9 (2021).

Porcentaje informes de seguimiento analizados provenientes de las entidades públicas y privadas según la Directriz MP-025.

((# de informes de seguimiento analizados provenientes de las entidades públicas y privadas según la Directriz MP-025 en el año t / # total de entidades públicas y privadas que deben entregar informes en el año t) *100)

Porcentaje de comités locales (sistemas) de atención integral para el cuido de las personas adultas mayores articulados y capacitados en los cantones y comunidades prioritarias u otros a nivel nacional.

((# de comités locales (sistemas) de atención integral para el cuido de las personas adultas mayores articulados y capacitados en el año t / # total de comités locales (sistemas) programados para el periodo 2011-2014.

3 En la Ley No. 7935 se define el concepto de riesgo social como “situación de mayor vulnerabilidad en que se encuentran las personas adultas mayores cuando presentan factores de riesgo que, de no ser tratados, les producen daños en la salud. La reducción de personas adultas mayores en riesgo social debe ser enfocado integralmente y requiere la participación de diversos actores tales como la familia, entidades públicas y privadas, y ciudadanos en general. Lo anterior debido a que una forma de prevenir que los adultos mayores lleguen a esa condición, es mediante campañas de promoción que promuevan sus derechos, así como la definición de políticas en materia de envejecimiento y vejez. 4 Los indicadores propuestos no consideran todas las dimensiones de desempeño, por ejemplo de calidad, debido a que no se han definidos parámetros para comparar la gestión. Se espera que con la elaboración de procedimientos se puedan obtener datos relevantes para el establecimiento futuro de ese indicador. En el POI 2012, el CONAPAM ha procurado establecer los indicadores de gestión y de resultados conforme a la normativa vigente. La Institución reitera la solicitud expuesta a la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria en cuanto al apoyo técnico para la definición de otros indicadores (si fuera necesario) que coadyuven en la rendición de cuentas y en la toma de decisiones.

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Porcentaje de promotores formados por año en materia de envejecimiento y vejez.

((# de promotores formados en materia de envejecimiento y vejez en el año t / # de promotores que pueden recibir formación en el año t según base de datos de la Dirección Técnica)*100)

Recursos económicos ejecutados para generar servicios de promoción permanente en el ámbito de los derechos, beneficios y servicios para las personas adultas mayores, y en materia de envejecimiento y vejez

((Monto de recursos económicos ejecutados en el año t / Monto total de recursos económicos presupuestados en el año t) *100)

Porcentaje de acciones de promoción permanente en el ámbito de los derechos, beneficios y servicios para las personas adultas mayores, y en materia de envejecimiento y vejez realizadas.

((# de acciones de información en el ámbito de los derechos, beneficios y servicios para las personas adultas mayores, y en materia de envejecimiento y vejez realizadas en el año t / # total de acciones de información programados en el año t)*100)

Porcentaje de subsidios económicos transferidos a entidades públicas y privadas que atienden personas adultas mayores, que cumplen con los requisitos para la transferencia de recursos provenientes de la Ley No. 7972.

((Monto de subsidios económicos transferidos a entidades públicas y privadas que trabajan con personas adultas mayores que cumplen con los requisitos para la recepción de recursos de la Ley No. 7972 en el año t / monto total de subsidios económicos programados de la Ley No. 7972 en el año t) * 100)

Porcentaje de subsidios económicos transferidos a entidades públicas privadas que atienden personas adultas mayores y que cumplen con los requisitos para la transferencia de recursos de la Ley No. 8783.

((Monto de subsidios económicos transferidos a entidades públicas privadas que trabajan con personas adultas mayores que cumplen con los requisitos para la recepción de recursos de la Ley No. 8783 en el año t / monto total de subsidios económicos programados de la Ley No. 8783 en el año t) * 100)

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Cantidad de personas adultas mayores institucionalizadas atendidas por entidades privadas con subsidios económicos transferidos de la Ley No. 8783 y la Ley No. 7972.

Número de personas adultas mayores institucionalizadas atendidas por las entidades privadas en el año t.

Porcentaje de avance en la atención de personas adultas mayores que se benefician con diversas modalidades de apoyo del Programa "Red de atención progresiva para el cuido integral de la persona adulta mayor".

% de avance en la atención de personas adultas mayores que se benefician con diversas modalidades de ayudas del Programa "Red de atención progresiva para el cuido integral de la persona adulta mayor" en el año t.

Porcentaje de recursos económicos transferidos a entidades públicas y privadas para construir, remodelar o ampliar centros diurnos y/o hogares de ancianos proveniente de la Ley No. 8783 y la Ley No. 7972.

((Monto de recursos económicos transferidos a entidades públicas y privadas para construir, remodelar o ampliar centros diurnos y/o hogares de ancianos proveniente de la Ley No. 8783 y la Ley No. 7972 en el año t / monto total de recursos económicos programados de la Ley No. 8783 y la Ley No. 7972 en el año t) * 100)

Porcentaje de subsidios económicos del año t-1 fiscalizados que se transfirieron a entidades públicas y privadas para la atención de personas adultas mayores.

((Monto de subsidios económicos del año t-1 fiscalizados que se transfirieron a entidades públicas y privadas para la atención de personas adultas mayores / monto total de subsidios económicos entregados en el año t-1) * 100)

Porcentaje de entidades públicas y privadas que recibieron subsidios económicos para la atención de personas adultas mayores, evaluadas en el cumplimiento de la Guía de supervisión y evaluación.

((# de de entidades públicas y privadas que recibieron subsidios económicos para la atención de personas adultas mayores, evaluadas en el cumplimiento de la Guía de supervisión y evaluación en el año t / # total de entidades públicas y privadas evaluables según el listado vigente en el año t) * 100)

1.11. Programación estratégica institucional

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Institución: Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM)

Misión:

Visión:

Programas presupuestarios: (A)

Nombre del programaMonto presupuestario

(en millones de colones)Participación relativa de c/u

01 - Envejeciendo con calidad de vida 376,75 4,47%

02- Construyendo lazos de solidaridad 7.294,22 86,58%

03- Administración central 753,40 8,94%

TOTAL 8.424,37 100,00%

Prioridades institucionales:

Indicadores de resultado:

Fórmula: (número de personas adultas mayores no institucionalizadas, solas y que necesiten ayuda para la vida diaria en el periodo t hasta

t+4 (2011-2015) / Número total de personas adultas mayores no institucionalizadas, solas y que necesiten ayuda para la vida diaria

estimadas en el año 2010) * 100

Reducir la cantidad de personas adultas mayores en riesgo social en el 2015.

Indicador: Porcentaje de personas adultas mayores que se encuentren en riesgo social en el 2015.

Objetivos estratégicos institucionales:

Dotación de tecnologías de información que fortalezca la coordinación y gestión institucional de los programas y servicios del CONAPAM

con otras entidades públicas y privadas que atienden a la población adulta mayor.

Fortalecer la rectoría técnica del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor en materia de envejecimiento y vejez.

ASPECTOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES

El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor, ente rector en materia de envejecimiento y vejez, formula políticas y planes nacionales,

promueve, ejecuta, evalúa y coordina el desarrollo de programas, proyectos y servicios implementados por las entidades públicas y

privadas y dirigidos a la población adulta mayor, con el objetivo de garantizar el mejoramiento de su calidad de vida, desde un enfoque de

derechos, con perspectivas de género y solidaridad intergeneracional.

Sensibilización en materia de envejecimiento y vejez que fortalezca la solidaridad social y el apoyo mutuo entre generaciones.

Asignación oportuna de los recursos económicos del Estado a entidades públicas y privadas para la atención de personas adultas

mayores, y que contribuyan a mejorar su calidad de vida.

Políticas de atención integral sostenible para las personas adultas mayores que garanticen igualdad de oportunidades y vida digna en

todos los ámbitos.

El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor ejercerá su liderazgo en la formulación, articulación, verificación y ejecución de políticas y

planes nacionales en materia de envejecimiento y vejez, con el objetivo de promover el mejoramiento de la calidad de vida de la población

adulta mayor, con recursos para brindar servicios acordes con los valores institucionales y proyección a nivel nacional e internacional.

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INSTITUCION:

PROGRAMA O

SUBPROGRAMA:

MISION: (1)

OBJETIVO ESTRATEGICO

INSTITUCIONAL (ES): (2)

2012Anual

Diseñar y ejecutar

políticas, lineamientos,

planes y programas

nacionales para la

protección y mejoramiento

constante de la calidad de

vida de las personas

adultas mayores.

Eficacia

Porcentaje de avance en

la implementación de las

etapas definidas para la

puesta en marcha y

evaluación de la Política

Nacional en materia de

envejecimiento y vejez

2011-2021.

% de avance en la

implementación de las

etapas definidadas para la

puesta en marcha y

evaluación de la Política

Nacional en materia de

envejecimiento y vejez

2010-2020 en el año t, en

relación con el 100% a

cumplir en el año t+9

(2021).

ND ND ND 30% 20% 54% 58% 62% 5,00 Internos,

Ley 7972

Dirección

Ejecutiva, Junta

Rectora

Las etapas para la puesta en marcha de la Política

Nacional en materia de envejecimiento y vejez 2011-

2021 son:

a. Preparación y aprobación de la Política (30%)

b. Difusión (20%)

c. Gestión (40%)

d. Evaluación (10%)

Articular acciones

interinstitucionales e

intersectoriales en

beneficio de las personas

adultas mayores,

mediante el análisis de las

evaluaciones anuales de

los programas, proyectos y

servicios dirigidos a esta

población y que son

ejecutados por entidades

públicas y privadas.

Eficacia

Porcentaje informes de

seguimiento analizados

provenientes de las

entidades públicas y

privadas según la Directriz

MP-025.

((# de informes de

seguimiento analizados

provenientes de las

entidades públicas y

privadas según la Directriz

MP-025 en el año t / #

total de entidades públicas

y privadas que deben

entregar informes en el

año t) *100)

ND ND ND 40% 47% 53% 60% 63% 0,00 Interno Dirección

Ejecutiva

Línea base: 150 entidades públicas y privadas

Diseñar e implementar

mecanismos de

seguimiento y evaluación

que permitan el desarrollo

de la Red de Atención

Progresiva para el Cuido

Integral de las Personas

Adultas Mayores mediante

una ejecución articulada

de comités locales

(sistemas) en el ámbito

nacional.

Eficacia

Porcentaje de comités

locales (sistemas) de

atención integral para el

cuido de las personas

adultas mayores

articulados y capacitados

en los cantones y

comunidades prioritarias u

otros a nivel nacional.

((# de comités locales

(sistemas) de atención

integral para el cuido de

las personas adultas

mayores articulados en el

año t / # total de comités

locales (sistemas)

programados para el

periodo 2011-2014.

ND ND ND 50% 20% 20% 10% 105,49 Internos,

Ley 7972

Dirección

Ejecutiva

La implementación del Programa "Red de atención

progresiva para el cuido de la persona adulta mayor"

se iniciará en los cantones y comunidades

identificadas como prioritarias en el marco del

Programa "Comunidades solidarias" establecida por

la Presidenta de la República, Sra. Laura Chinchilla

Miranda, al cual se le puede incorporar otras a nivel

nacional. En el periodo 2011-2014 se planea la

articulación y fortalecimiento de 50 sistemas de

atención integral para el cuido de personas adultas

mayores, es decir, la conformación de 50 comités

locales encargados de articular las acciones que se

realizarán en su localidad, los cuales serán

capacitados por el CONAPAM.

01 - Envejeciendo con calidad de vida

2012

Estimación

Recursos

Presupuestarios (en

millones de colones)

Metas del Indicador

2008 F F

Fortalecer la rectoría técnica del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor en materia de envejecimiento y vejez.

Ejercer la rectoría en materia de envejecimiento y vejez mediante la definición de políticas, planes, lineamientos, programas y promoción permanente para el logro de un entorno social favorable que potencie el desarrollo, el ejercicio pleno de los derechos y una mejor

calidad de vida para las personas adultas mayores y la sociedad costarricense.

Supuestos, Notas Técnicas y ObservacionesFórmula

Monto2013 2014 2015

Fuente de

datos del

indicador

Desempeño Histórico

Desempeño Proyectado

2009

Producto:

Servicios de rectoría en materia

de envejecimiento y vejez

(políticas, planes, lineamientos,

programas y proyectos).

Usuarios:

-Funcionarios públicos que

realizan acciones dirigidas a las

personas adultas mayores.

-Instituciones públicas con

programas y/o proyectos

específicos para personas

adultas mayores (servicios

públicos, municipalidades, entre

otros)

-Entidades privadas sin fines de

lucro que trabajan con personas

adultas mayores.

-Empresas privadas que

brindan servicios al público

general.

-Habitantes del país.

Beneficiarios:

-Población adulta mayor.

PROGRAMACION ESTRATEGICA A NIVEL DE PROGRAMA

Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM)

Producto (s)Objetivo Estratégico del

Programa

Indicador de Gestión y/o

de Resultados

2010 2011

Page 31: Presentación - Consejo Nacional de la persona adulta mayor 2012 completo.pdf · al adulto mayor. Decreto No.32062-MP-S (27 de octubre de 2004). Establece que el 1º de Octubre de

2012Anual

2012

Estimación

Recursos

Presupuestarios (en

millones de colones)

Metas del Indicador

2008 F F

Supuestos, Notas Técnicas y ObservacionesFórmula

Monto2013 2014 2015

Fuente de

datos del

indicador

Desempeño Histórico

Desempeño Proyectado

2009

Producto:

Servicios de rectoría en materia

de envejecimiento y vejez

(políticas, planes, lineamientos,

programas y proyectos).

Usuarios:

-Funcionarios públicos que

realizan acciones dirigidas a las

personas adultas mayores.

-Instituciones públicas con

programas y/o proyectos

específicos para personas

adultas mayores (servicios

públicos, municipalidades, entre

otros)

-Entidades privadas sin fines de

lucro que trabajan con personas

adultas mayores.

-Empresas privadas que

brindan servicios al público

general.

-Habitantes del país.

Beneficiarios:

-Población adulta mayor.

Producto (s)Objetivo Estratégico del

Programa

Indicador de Gestión y/o

de Resultados

2010 2011

Eficacia

Porcentaje de promotores

formados por año en

materia de envejecimiento

y vejez.

((# de promotores

formados en materia de

envejecimiento y vejez en

el año t / # de promotores

que pueden recibir

formación en el año t

según base de datos de la

Dirección Técnica)*100)

ND ND ND ND 100,00% 100,00% 100,00% 100,00% 5,00 Interna

Ley 7972

Archivos de

gestión,

Dirección

Técnica

Economía

Recursos económicos

ejecutados para generar

servicios de promoción

permanente en el ámbito

de los derechos,

beneficios y servicios para

las personas adultas

mayores, y en materia de

envejecimiento y vejez

((Monto de recursos

económicos ejecutados en

el año t / Monto total de

recursos económicos

presupuestados en el año

t) *100)

85% 85% 90% 92% 94% 95% 95% 96% 0,00 Interna Archivos de

gestión,

Dirección

Técnica

Eficacia

Porcentaje de acciones

de promoción permanente

en el ámbito de los

derechos, beneficios y

servicios para las

personas adultas

mayores, y en materia de

envejecimiento y vejez

realizadas.

((# de acciones de

información en el ámbito

de los derechos,

beneficios y servicios para

las personas adultas

mayores, y en materia de

envejecimiento y vejez

realizadas en el año t / #

total de acciones de

información programados

en el año t)*100)

ND ND ND 100% 100% 100% 100% 100% 261,26 Interna

Ley 7972

Archivos de

gestión,

Dirección

Técnica

A partir del año 2010 se establecerán actividades de

promoción que sean relevantes para la informar y

divulgar la temática del envejecimiento y la vejez,

considerando el recurso humano y económico

disponible del CONAPAM.

Se programa la realización de 7 acciones:

-Celebración 15 de junio: Día Mundial de la Toma de

Conciencia contra el Abuso y Maltrato en la

Vejez.(San José, Perez Zeledón, Cañas)

- Celebración 1° de octubre: Día Internacional de las

Personas Adultas Mayores. (San José, Puntarenas,

Sarapiquí)

_-Publicación de material informativo en distintos

soportes (revistas, desplegables, página web)

-Investigaciones

-Material promocional (5 mil camisetas, 500 bolsos

ejecutivos, 500 carpetas, 5 mil lapiceros, 2 mil

paraguas, 3 mil sombreros, 2 mil jarras).

-Grupos organizados de personas adultas mayores

-Encuentros estratégicos nacionales e

internacionales. (Foro consultivo, SINATEC,

Madrid+100, OBS, Red de cuido)

t: año de programación 376,75

FF: Fuente de Financiamiento

Producto:

Servicios de promoción

permanente en materia de

envejecimiento y vejez

Usuarios:

-Entidades públicas y privadas

(con o sin fines de lucro)

-Población nacional en general

Beneficiarios:

-Población adulta mayor

Lograr un abordaje integral

de la temática de la vejez

y el envejecimiento en la

población mediante

servicios de promoción

que permitan un cambio

cultural y una valoración

positiva hacia las

personas adultas

mayores.

Page 32: Presentación - Consejo Nacional de la persona adulta mayor 2012 completo.pdf · al adulto mayor. Decreto No.32062-MP-S (27 de octubre de 2004). Establece que el 1º de Octubre de

INSTITUCIÓN:

PROGRAMA O

SUBPROGRAMA:

MISIÓN:

OBJETIVO ESTRATÉGICO

INSTITUCIONAL (ES):

2012Anual

Producto:

Subsidio de recursos

económicos a entidades

públicas y privadas señaladas

en la Ley No. 8783 y Ley No.

7972.

Usuarios:

-Entidades públicas y privadas

(sin fines de lucro) que atienden

personas adultas mayores.

Beneficiarios:

-Personas adultas mayores

(enfatizando las que se

encuentren en riesgo social).

Eficacia

Porcentaje de subsidios

económicos transferidos a

entidades públicas y

privadas que atienden

personas adultas

mayores, que cumplen

con los requisitos para la

transferencia de recursos

provenientes de la Ley No.

7972.

((Monto de subsidios

económicos transferidos a

entidades públicas y

privadas que trabajan con

personas adultas mayores

que cumplen con los

requisitos para la

recepción de recursos de

la Ley No. 7972 en el año t

/ monto total de subsidios

económicos programados

de la Ley No. 7972 en el

año t) * 100)

97% 98% 98% 98% 98% 98% 98% 98% 2.062,19 Interna

Ley 7972

Departamento

de Recursos

Financieros,

Dirección

Administrativa y

Financiera

Una vez que el CONAPAM recibe los recursos

provenientes de la Ley No. 7972 (los cuales ingresan

a la Caja Única del Estado), la Institución solicita al

Ministerio de Hacienda la transferencia de los

recursos económicos a las entidades públicas y

privadas, previa verificación de requisitos, conforme

a un reporte que se genera para el efecto y el cual se

realiza en el menor tiempo posible.

Eficacia

Porcentaje de subsidios

económicos transferidos a

entidades públicas

privadas que atienden

personas adultas mayores

y que cumplen con los

requisitos para la

transferencia de recursos

de la Ley No. 8783.

((Monto de subsidios

económicos transferidos a

entidades públicas

privadas que trabajan con

personas adultas mayores

que cumplen con los

requisitos para la

recepción de recursos de

la Ley No. 8783 en el año t

/ monto total de subsidios

económicos programados

de la Ley No. 8783 en el

año t) * 100)

98% 99% 99% 99% 99% 99% 99% 99% 1.792,92 Interna

Ley 8783

Departamento

de Recursos

Financieros,

Dirección

Administrativa y

Financiera

Una vez que el CONAPAM recibe los recursos

provenientes de la Ley No. 8783 (los cuales ingresan

a la Caja Única del Estado), la Institución solicita al

Ministerio de Hacienda la transferencia de los

recursos económicos a las entidades públicas y

privadas, previa verificación de requisitos, conforme

a un reporte que se genera para el efecto y el cual se

realiza en el menor tiempo posible.

Eficacia

Cantidad de personas

adultas mayores

institucionalizadas

atendidas por entidades

privadas con subsidios

económicos transferidos

de la Ley No. 8783 y la

Ley No. 7972.

Número de personas

adultas mayores

institucionalizadas

atendidas por las

entidades privadas en el

año t.

31.484 3.146 2.400 3.300 3.500 3.600 3.700 3.800 0,00 Interna

Ley 7972

Ley 8783

Departamento

de Evaluación y

Seguimiento de

Programas,

Dirección

Técnica

El número de personas adultas mayores a atender

con subsidios económicos, dependerá si cumplen los

siguientes requisitos:

- Mayor o igual a 65 años,

- Costarricenses (exigencia de la Ley Nº 5662), pero

por la Ley Nº 7972 permite la atención de

extranjeros.

- Que tengan pensión del Régimen No Contributivo o

que no tengan pensión.

Fuente de

datos del

indicador

2015

02- Construyendo lazos de solidaridad

Monto

Metas del Indicador

Fórmula

Fortalecer la rectoría técnica del Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor en materia de envejecimiento y vejez.

Indicador de Gestión y/o

de Resultados

Contribuir con la atención de las personas adultas mayores en estado de necesidad o indigencia, en condiciones de pobreza, vulnerabilidad y riesgo social mediante el subsidio de recursos económicos o el apoyo económico para proyectos con recursos provenientes de

la Ley No. 8783 y la Ley No. 7972 a entidades públicas y privadas.

Transferir eficazmente

recursos económicos a

las entidades públicas y

privadas para subsidiar la

atención de personas

adultas mayores

institucionalizadas y no

institucionalizadas,

conforme a las leyes No.

7972 y No. 8783.

2010 2011

Supuestos, Notas Técnicas y Observaciones

20142013 F F

PROGRAMACIÓN ESTRATÉGICA A NIVEL DE PROGRAMA

2012

Estimación

Recursos

Presupuestarios (en

millones de colones)Producto (s)Objetivo Estratégico del

Programa

2009

Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM)

Desempeño Proyectado

Desempeño Histórico

2008

Page 33: Presentación - Consejo Nacional de la persona adulta mayor 2012 completo.pdf · al adulto mayor. Decreto No.32062-MP-S (27 de octubre de 2004). Establece que el 1º de Octubre de

2012Anual

Fuente de

datos del

indicador

2015 Monto

Metas del Indicador

FórmulaIndicador de Gestión y/o

de Resultados

Transferir eficazmente

recursos económicos a

las entidades públicas y

privadas para subsidiar la

atención de personas

adultas mayores

institucionalizadas y no

institucionalizadas,

conforme a las leyes No.

7972 y No. 8783.

2010 2011

Supuestos, Notas Técnicas y Observaciones

20142013 F F

2012

Estimación

Recursos

Presupuestarios (en

millones de colones)Producto (s)Objetivo Estratégico del

Programa

2009

Desempeño Proyectado

Desempeño Histórico

2008

Asimismo, se vela que las personas adultas mayores

a subsidiar sean realmente las que lo requieran y

que no cuenten con medios económicos suficientes,

por lo que a las entidades privadas sin fines de lucro

(organizaciones de bienestar social) se le solicita el

listado de personas adultas mayores que tendrían el

subsidio junto con una certificación de pensión del

beneficiario o sino, una declaración jurada.

Eficacia

Porcentaje de avance en

la atención de personas

adultas mayores que se

benefician con diversas

modalidades de apoyo del

Programa "Red de

atención progresiva para

el cuido integral de la

persona adulta mayor".

% de avance en la

atención de personas

adultas mayores que se

benefician con diversas

modalidades de ayudas

del Programa "Red de

atención progresiva para

el cuido integral de la

persona adulta mayor" en

el año t.

ND ND ND 25% 50% 75% 100% 2.435,62 Internos,

Ley 8783

Unidad de

Gestion

Rectora,

Dirección

Ejecutiva

La implementación del Programa "Red de atención

progresiva para el cuido de la persona adulta mayor"

se iniciará en los cantones y comunidades

identificadas como prioritarias en el marco del

Programa "Comunidades solidarias" establecida por

la Presidenta de la República, Sra. Laura Chinchilla

Miranda, con la atención de 2500 personas de la

población de 65 años y más.

El desempeño proyectado corresponde al avance de

atención de la población proyectada (2500 personas

adultas mayores) en el período 2011-2014.

Según estudios realizados por el Dr. Luis Rosero

Bixby, Demógrafo - Universidad de Costa Rica, en el

país existen para el año 2010 26800 PAM que son

receptores de cuidados, cifra que aumentará a

177400 en el año 2060.

Transferir eficazmente

recursos económicos a

las entidades públicas y

privadas para construir,

remodelar o ampliar

centros diurnos y/o

hogares que atienden

personas adultas mayores

conforme a la Ley No.

8783 y la Ley No. 7972.

Eficacia

Porcentaje de recursos

económicos transferidos a

entidades públicas y

privadas para construir,

remodelar o ampliar

centros diurnos y/o

hogares de ancianos

proveniente de la Ley No.

8783 y la Ley No. 7972.

((Monto de recursos

económicos transferidos a

entidades públicas y

privadas para construir,

remodelar o ampliar

centros diurnos y/o

hogares de ancianos

proveniente de la Ley No.

8783 y la Ley No. 7972 en

el año t / monto total de

recursos económicos

programados de la Ley

No. 8783 y la Ley No.

7972 en el año t) * 100)

ND ND ND ND 100% 100% 100% 100% 1.000,00 Interna

Ley 7972

Ley 8783

Departamento

de Evaluación y

Seguimiento de

Programas,

Dirección

Técnica

Transferir eficazmente

recursos económicos a

las entidades públicas y

privadas para subsidiar la

atención de personas

adultas mayores

institucionalizadas y no

institucionalizadas,

conforme a las leyes No.

7972 y No. 8783.

Page 34: Presentación - Consejo Nacional de la persona adulta mayor 2012 completo.pdf · al adulto mayor. Decreto No.32062-MP-S (27 de octubre de 2004). Establece que el 1º de Octubre de

2012Anual

Fuente de

datos del

indicador

2015 Monto

Metas del Indicador

FórmulaIndicador de Gestión y/o

de Resultados

Transferir eficazmente

recursos económicos a

las entidades públicas y

privadas para subsidiar la

atención de personas

adultas mayores

institucionalizadas y no

institucionalizadas,

conforme a las leyes No.

7972 y No. 8783.

2010 2011

Supuestos, Notas Técnicas y Observaciones

20142013 F F

2012

Estimación

Recursos

Presupuestarios (en

millones de colones)Producto (s)Objetivo Estratégico del

Programa

2009

Desempeño Proyectado

Desempeño Histórico

2008

Fiscalizar eficazmente a

las entidades públicas y

privadas que reciben

subsidios económicos de

la Ley No. 8783 y la Ley

No. 7972, con el fin de que

éstos se utilicen de

conformidad con el marco

legal vigente, para la

atención de las personas

adultas mayores.

Eficacia

Porcentaje de subsidios

económicos del año t-1

fiscalizados que se

transfirieron a entidades

públicas y privadas para la

atención de personas

adultas mayores.

((Monto de subsidios

económicos del año t-1

fiscalizados que se

transfirieron a entidades

públicas y privadas para la

atención de personas

adultas mayores / monto

total de subsidios

económicos entregados

en el año t-1) * 100)

ND ND ND ND 70% 70% 72% 72% 0,00 Interna

Ley 7972

Ley 8783

Departamento

de Evaluación y

Seguimiento de

Programas,

Dirección

Técnica

Eficacia

Porcentaje de entidades

públicas y privadas que

recibieron subsidios

económicos para la

atención de personas

adultas mayores,

evaluadas en el

cumplimiento de la Guía

de supervisión y

evaluación.

((# de de entidades

públicas y privadas que

recibieron subsidios

económicos para la

atención de personas

adultas mayores,

evaluadas en el

cumplimiento de la Guía

de supervisión y

evaluación en el año t / #

total de entidades públicas

y privadas evaluables

según el listado vigente en

el año t) * 100)

ND ND ND 50% 50% 52% 52% 54% 0,00 Interna

Ley 7972

Ley 8783

Departamento

de Evaluación y

Seguimiento de

Programas,

Dirección

Técnica

La Guía de supervisión y evaluación de los servicios

brindados por las organizaciones de bienestar social

a las personas adultas mayores es un instrumento

que consolida las observaciones de la Contraloría

General de la República sobre la incorporación de

indicadores de calidad de los servicios. El

instrumento fue aprobado por la Junta Rectora del

CONAPAM en el I semestre de 2010.

t: año de programación 7.290,73

FF: Fuente de Financiamiento